Barquisimeto, Agosto 2016
Universidad Fermín Toro
Vice Rectorado Académico
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
Escuela de Derecho
Autor:
Gutiérrez, Claudio
C.I. V- 15.886.368
Materia: Dº Mercantil II y Prácticas
SAIA «E»
Derecho Concursal
Es el conjunto de normas materiales y procesales, que regulan y permiten la
declaración de proceder a la ejecución colectiva de todo el patrimonio del deudor, en
beneficio de sus acreedores, con la finalidad de asegurar la ocupación y embargo general
de dicho patrimonio, así como la seguridad de que el deudor no continuara administrando
libremente y agravando la crisis.
Protege las crisis del patrimonio de los comerciantes, así como los conflictos que
resultan de la falta de pago del deudor, de sus obligaciones mercantiles.
El Derecho Concursal
Importancia
Tipos de Ejecución
Singular
Se origina cuando el acreedor asiste a los medios procesales
ordinarios, con el objeto de denunciar una situación de
incumplimiento del deudor en sus obligaciones comerciales, con la
finalidad de obtener la satisfacción de su interés.
Colectiva
Se fundamenta en los principios de inclusión y generalidad,
debido a que cuando el patrimonio se hace insuficiente para cancelar
lo adeudado, en virtud de un desequilibrio que lo afecta, se procede a
la liquidación de todo el patrimonio del deudor en beneficio de todos
sus acreedores.
Se entiende por patrimonio, al conjunto de Derechos y Obligaciones que conforman
una universalidad de Derechos que son susceptibles de valoración pecuniaria; cuando el
mismo carezca de medios líquidos necesarios para que el deudor pague sus deudas,
interviene el Estado a imponer al comerciante la obligación realizar ante un Tribunal la
declaración de quiebra o facultad para solicitar el atraso.
La cesación de pagos en el atraso, como en el caso de la quiebra, no se refiere a la
impotencia definitiva del patrimonio del deudor para hacer frente a los pagos de las
obligaciones líquidas y exigibles con el numerario y el activo realizable a corto plazo.
El Patrimonio como Prenda Común de las
Acreedores
La Suspensión y Cesación de Pagos
Procedimiento mercantil, producido cuando un comerciante se ve imposibilitado para
pagar la totalidad de las deudas que ha contraído, en virtud de que no dispone de la
cantidad de dinero necesaria para ella. La petición de dicho procedimiento, puede ser
realizado tanto de forma autónoma, como defensa ante una demanda por quiebra.
El procedimiento de atraso, no es un Derecho ni una Obligación, ni del deudor ni de
sus acreedores, sino que es un beneficio legal otorgado al comerciante, de conformidad
con lo establecido en el artículo 898 del Código de Comercio.
El Atraso
Naturaleza Jurídica
Libros del comerciante.
Balance general.
Inventario de sus bienes.
Lista estimada de sus deudores.
Estado nominativo de sus deudores.
Patente de industria y comercio.
Opinión favorable de por lo menos 3 de sus acreedores
Requisitos para la Solicitud del
Procedimiento de Atraso
Procedimiento de Atraso
Contenido de
la solicitud
La solicitud debe cumplir, conforme a lo establecido en el
artículo 899 del Código de Procedimiento Civil, con los requisitos
exigidos por el artículo 340 del referido Código; y entre otras
cosas, estar acompañada de los instrumentos públicos o privados
que la justifiquen, e indicarse los otros medios probatorios que
hayan de hacerse valer en el procedimiento.
Admisión
Después de verificada la presentación de todos los documentos
acompañados a la solicitud, el tribunal dictará las medidas de
vigilancia que fueren necesarias, y procederá al nombramiento de
un síndico y una comisión de tres de los principales acreedores, de
los que figuren en el balance del peticionario, y convocará a unos
y otros por la prensa a una reunión que debe verificarse en el
octavo día siguiente.
Procedimiento de Atraso
Medidas de
vigilancia
Se puede prohibir al deudor que durante la tramitación de la
solicitud venda, constituya prendas e hipotecas, tomar dinero a
préstamo, transigir cuestiones, cobrar o hacer pagos sin
autorización del juez.
Procedimiento mercantil, producido cuando un comerciante se ve imposibilitado para
pagar la totalidad de las deudas que ha contraído, en virtud de que no dispone de la
cantidad de dinero necesaria para ella. La petición de dicho procedimiento, puede ser
realizado tanto de forma autónoma, como defensa ante una demanda por quiebra.
El procedimiento de atraso, no es un Derecho ni una Obligación, ni del deudor ni de
sus acreedores, sino que es un beneficio legal otorgado al comerciante, de conformidad
con lo establecido en el artículo 898 del Código de Comercio.
El Atraso
Naturaleza Jurídica
El Síndico
Nombramiento Luego de admitirse la solicitud de atraso, o la quiebra
Funciones
Informar al tribunal y a los acreedores sobre las causas que
han provocado la suspensión de los pagos por parte del
deudor solicitante del atraso, examinar a fondo la solicitud y
recaudos acompañados, con la finalidad de constatar la
existencia real de los activos que figuren en el balance.
Administrar los bienes del atraso.
Conservar los bienes, defenderlos y vender bienes que
puedan deteriorarse.
Representar a la masa de acreedores, quienes lo designan
con la intervención del Juez.
La Comisión de Acreedores
Conformada por los 3 principales acreedores, del comerciante deudor que solicita el
procedimiento de atraso, de conformidad con lo establecido en el artículo 900 del Código
de Comercio .
 El nombramiento de un síndico .
 La orden de ocupar judicialmente todos los bienes del fallido, sus libros,
correspondencia y documentos.
 La orden de que las cartas y telegramas dirigidos al fallido sean entregados a los
síndicos.
 La prohibición de pagar y de entregar mercancías al fallido, sin pena de nulidad en
los pagos y entregas, y orden a las personas que tengan bienes o papeles pertenecientes
al fallido para que los pongan dentro del tercer día a disposición del Tribunal de
Comercio, sin pena de ser tenidos por ocultores o cómplices de la quiebra.
 La orden de que se convoque a los acreedores presentes para que concurran con los
documentos justificativos de sus créditos, a la primera junta general, que tendrá lugar el
día y hora que se designará dentro de los 15 días inmediatos.
Contenido de la Sentencia
 La orden de que se haga saber a los acreedores en la República que dentro del
término que se les designará, concurrir con los documentos justificativos de su crédito
bajo apercibimiento de continuarse los procedimientos de la quiebra sin volverse a citar
ningún ausente.
La orden de hacer saber a los acreedores que se hallen fuera de la República la
declaración de quiebra y el término dentro del cual deben ocurrir con los documentos
justificativos de sus créditos, bajo el apercibimiento dicho en el número anterior.
La orden de que se publiquen la declaratoria de quiebra y la prohibición orden de
entrega de que se habla en el número 4 de este artículo.
La orden de remitir inmediatamente copia de lo conducente el Juez competente,
cuando aparezca alguna circunstancia que amerite procedimiento criminal.
Contenido de la Sentencia
La apelación de la sentencia, deberá hacerse dentro de los 5 días siguientes a la
publicación de la misma.
La venta de los bienes muebles se hará en venduta; pero el Juez podrá autorizar ventas
privadas. La de los inmuebles se hará con las formalidades que se observan en la de
inmuebles de niños, niñas y adolescentes.
En cualquier estado del proceso, el fallido y sus acreedores pueden celebrarse
convenios, conforme a lo establecido en el Código de Comercio, para ello deben contar
con la aceptación del resto de los acreedores por unanimidad, en caso de no haber
unanimidad, se observarán las disposiciones establecidas en el referido Código.
La Liquidación
Convenios
Derecho Concursal Claudio

Derecho Concursal Claudio

  • 1.
    Barquisimeto, Agosto 2016 UniversidadFermín Toro Vice Rectorado Académico Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas Escuela de Derecho Autor: Gutiérrez, Claudio C.I. V- 15.886.368 Materia: Dº Mercantil II y Prácticas SAIA «E» Derecho Concursal
  • 2.
    Es el conjuntode normas materiales y procesales, que regulan y permiten la declaración de proceder a la ejecución colectiva de todo el patrimonio del deudor, en beneficio de sus acreedores, con la finalidad de asegurar la ocupación y embargo general de dicho patrimonio, así como la seguridad de que el deudor no continuara administrando libremente y agravando la crisis. Protege las crisis del patrimonio de los comerciantes, así como los conflictos que resultan de la falta de pago del deudor, de sus obligaciones mercantiles. El Derecho Concursal Importancia
  • 3.
    Tipos de Ejecución Singular Seorigina cuando el acreedor asiste a los medios procesales ordinarios, con el objeto de denunciar una situación de incumplimiento del deudor en sus obligaciones comerciales, con la finalidad de obtener la satisfacción de su interés. Colectiva Se fundamenta en los principios de inclusión y generalidad, debido a que cuando el patrimonio se hace insuficiente para cancelar lo adeudado, en virtud de un desequilibrio que lo afecta, se procede a la liquidación de todo el patrimonio del deudor en beneficio de todos sus acreedores.
  • 4.
    Se entiende porpatrimonio, al conjunto de Derechos y Obligaciones que conforman una universalidad de Derechos que son susceptibles de valoración pecuniaria; cuando el mismo carezca de medios líquidos necesarios para que el deudor pague sus deudas, interviene el Estado a imponer al comerciante la obligación realizar ante un Tribunal la declaración de quiebra o facultad para solicitar el atraso. La cesación de pagos en el atraso, como en el caso de la quiebra, no se refiere a la impotencia definitiva del patrimonio del deudor para hacer frente a los pagos de las obligaciones líquidas y exigibles con el numerario y el activo realizable a corto plazo. El Patrimonio como Prenda Común de las Acreedores La Suspensión y Cesación de Pagos
  • 5.
    Procedimiento mercantil, producidocuando un comerciante se ve imposibilitado para pagar la totalidad de las deudas que ha contraído, en virtud de que no dispone de la cantidad de dinero necesaria para ella. La petición de dicho procedimiento, puede ser realizado tanto de forma autónoma, como defensa ante una demanda por quiebra. El procedimiento de atraso, no es un Derecho ni una Obligación, ni del deudor ni de sus acreedores, sino que es un beneficio legal otorgado al comerciante, de conformidad con lo establecido en el artículo 898 del Código de Comercio. El Atraso Naturaleza Jurídica
  • 6.
    Libros del comerciante. Balancegeneral. Inventario de sus bienes. Lista estimada de sus deudores. Estado nominativo de sus deudores. Patente de industria y comercio. Opinión favorable de por lo menos 3 de sus acreedores Requisitos para la Solicitud del Procedimiento de Atraso
  • 7.
    Procedimiento de Atraso Contenidode la solicitud La solicitud debe cumplir, conforme a lo establecido en el artículo 899 del Código de Procedimiento Civil, con los requisitos exigidos por el artículo 340 del referido Código; y entre otras cosas, estar acompañada de los instrumentos públicos o privados que la justifiquen, e indicarse los otros medios probatorios que hayan de hacerse valer en el procedimiento. Admisión Después de verificada la presentación de todos los documentos acompañados a la solicitud, el tribunal dictará las medidas de vigilancia que fueren necesarias, y procederá al nombramiento de un síndico y una comisión de tres de los principales acreedores, de los que figuren en el balance del peticionario, y convocará a unos y otros por la prensa a una reunión que debe verificarse en el octavo día siguiente.
  • 8.
    Procedimiento de Atraso Medidasde vigilancia Se puede prohibir al deudor que durante la tramitación de la solicitud venda, constituya prendas e hipotecas, tomar dinero a préstamo, transigir cuestiones, cobrar o hacer pagos sin autorización del juez.
  • 9.
    Procedimiento mercantil, producidocuando un comerciante se ve imposibilitado para pagar la totalidad de las deudas que ha contraído, en virtud de que no dispone de la cantidad de dinero necesaria para ella. La petición de dicho procedimiento, puede ser realizado tanto de forma autónoma, como defensa ante una demanda por quiebra. El procedimiento de atraso, no es un Derecho ni una Obligación, ni del deudor ni de sus acreedores, sino que es un beneficio legal otorgado al comerciante, de conformidad con lo establecido en el artículo 898 del Código de Comercio. El Atraso Naturaleza Jurídica
  • 10.
    El Síndico Nombramiento Luegode admitirse la solicitud de atraso, o la quiebra Funciones Informar al tribunal y a los acreedores sobre las causas que han provocado la suspensión de los pagos por parte del deudor solicitante del atraso, examinar a fondo la solicitud y recaudos acompañados, con la finalidad de constatar la existencia real de los activos que figuren en el balance. Administrar los bienes del atraso. Conservar los bienes, defenderlos y vender bienes que puedan deteriorarse. Representar a la masa de acreedores, quienes lo designan con la intervención del Juez.
  • 11.
    La Comisión deAcreedores Conformada por los 3 principales acreedores, del comerciante deudor que solicita el procedimiento de atraso, de conformidad con lo establecido en el artículo 900 del Código de Comercio .
  • 12.
     El nombramientode un síndico .  La orden de ocupar judicialmente todos los bienes del fallido, sus libros, correspondencia y documentos.  La orden de que las cartas y telegramas dirigidos al fallido sean entregados a los síndicos.  La prohibición de pagar y de entregar mercancías al fallido, sin pena de nulidad en los pagos y entregas, y orden a las personas que tengan bienes o papeles pertenecientes al fallido para que los pongan dentro del tercer día a disposición del Tribunal de Comercio, sin pena de ser tenidos por ocultores o cómplices de la quiebra.  La orden de que se convoque a los acreedores presentes para que concurran con los documentos justificativos de sus créditos, a la primera junta general, que tendrá lugar el día y hora que se designará dentro de los 15 días inmediatos. Contenido de la Sentencia
  • 13.
     La ordende que se haga saber a los acreedores en la República que dentro del término que se les designará, concurrir con los documentos justificativos de su crédito bajo apercibimiento de continuarse los procedimientos de la quiebra sin volverse a citar ningún ausente. La orden de hacer saber a los acreedores que se hallen fuera de la República la declaración de quiebra y el término dentro del cual deben ocurrir con los documentos justificativos de sus créditos, bajo el apercibimiento dicho en el número anterior. La orden de que se publiquen la declaratoria de quiebra y la prohibición orden de entrega de que se habla en el número 4 de este artículo. La orden de remitir inmediatamente copia de lo conducente el Juez competente, cuando aparezca alguna circunstancia que amerite procedimiento criminal. Contenido de la Sentencia La apelación de la sentencia, deberá hacerse dentro de los 5 días siguientes a la publicación de la misma.
  • 14.
    La venta delos bienes muebles se hará en venduta; pero el Juez podrá autorizar ventas privadas. La de los inmuebles se hará con las formalidades que se observan en la de inmuebles de niños, niñas y adolescentes. En cualquier estado del proceso, el fallido y sus acreedores pueden celebrarse convenios, conforme a lo establecido en el Código de Comercio, para ello deben contar con la aceptación del resto de los acreedores por unanimidad, en caso de no haber unanimidad, se observarán las disposiciones establecidas en el referido Código. La Liquidación Convenios