Este documento describe la organización y competencia de los tribunales agrarios en Venezuela. Explica que existen tribunales de primera instancia agraria, tribunales de segunda instancia agraria o tribunales superiores agrarios, y una sala especial agraria de la sala de casación social del Tribunal Supremo de Justicia. Detalla las competencias de cada uno de estos tribunales, como resolver disputas sobre tierras, contratos agrarios, y recursos sobre decisiones de entidades agrarias del estado.
ORGANIZACIÓN Y COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES AGRARIOSfelixellider
La palabra jurisdicción proviene del latín iuris, “derecho” y dictio o decire, “decir”, lo que significa: decir el derecho. Artículo 151 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario (2010)La jurisdicción especial agraria estará integrada por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, y los demás tribunales señalados en esta Ley.
ORGANIZACIÓN Y COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES AGRARIOSfelixellider
La palabra jurisdicción proviene del latín iuris, “derecho” y dictio o decire, “decir”, lo que significa: decir el derecho. Artículo 151 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario (2010)La jurisdicción especial agraria estará integrada por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, y los demás tribunales señalados en esta Ley.
Organización y Competencia de los Tribunales AgrariosJacoboSuarez3
Los Tribunales Agrarios ventilan las diversas acciones y procedimientos interpuestos por personas que de una u otra manera acuden ante la jurisdicción en busca de la Justica Agraria.
ORGANIZACIÓN DE LOS TRIBUNALES AGRARIOS:
Tribunales de Primera Instancia Agraria
Tribunales de Segunda Instancia Agraria
Sala Especial Agraria
COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES AGRARIOS
TRIBUNALES DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA
Competencias:
1- Acciones declarativas, petitorias, reivindicatorias y posesorias en materia agraria.
2-Deslinde judicial de predios rurales
3- Acciones relativas al uso, aprovechamiento, constitución de servidumbres y demás derechos reales para fines agrarios.
4-Acciones sucesorales sobre bienes afectos a la actividad agraria
5-Acciones derivadas del derecho de permanencia
6-Procedimientos de desocupación o desalojos de fundos.
7-Acciones derivadas de perturbaciones o daños a la propiedad o posesión agraria.
8-Acciones derivadas de contratos agrarios.
9-Acciones de indemnización de daños y perjuicios derivados de la actividad agraria.
10-Acciones originadas con ocasión a la constitución del patrimonio familiar agrario
11-Acciones derivadas de conflicto suscitados entre sociedades de usuarios, uniones de prestatarios, cooperativas y demás organizaciones de índole agraria.
12- Acciones derivadas del crédito agrario.
TRIBUNALES DE SEGUNDA INSTANCIA AGRARIA
Competencias:
1-Por apelación de las sentencias dictadas por los Tribunales de Primera Instancia Agraria. (Art. 229 de la Ley de la Reforma Parcial de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario).
2-En primer grado de jurisdicción, los recursos contenciosos administrativos de nulidad contra las providencias dictadas o por los entes estatales agrarios.
3-En primer grado de jurisdicción las demandas patrimoniales contra los entes del Estado relacionados con la materia de su competencia (agrario y ambiente).
4-Conocerán del juicio de Expropiación Agraria.
SALA ESPECIAL AGRARIA
Competencias:
1-De los recursos de interpretación que sean interpuestos sobre normas contenidas en la presente Ley
2-De los recursos de casación en materia agraria
3-Delas apelaciones o consultas de las sentencias dictadas por los tribunales superiores contencioso administrativos agrarios y demás asuntos contencioso administrativos relacionados con la materia regulada en la presente Ley.
4-Cualquier otra competencia que las leyes le atribuyan.
Organización y Competencia de los Tribunales AgrariosJacoboSuarez3
Los Tribunales Agrarios ventilan las diversas acciones y procedimientos interpuestos por personas que de una u otra manera acuden ante la jurisdicción en busca de la Justica Agraria.
ORGANIZACIÓN DE LOS TRIBUNALES AGRARIOS:
Tribunales de Primera Instancia Agraria
Tribunales de Segunda Instancia Agraria
Sala Especial Agraria
COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES AGRARIOS
TRIBUNALES DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA
Competencias:
1- Acciones declarativas, petitorias, reivindicatorias y posesorias en materia agraria.
2-Deslinde judicial de predios rurales
3- Acciones relativas al uso, aprovechamiento, constitución de servidumbres y demás derechos reales para fines agrarios.
4-Acciones sucesorales sobre bienes afectos a la actividad agraria
5-Acciones derivadas del derecho de permanencia
6-Procedimientos de desocupación o desalojos de fundos.
7-Acciones derivadas de perturbaciones o daños a la propiedad o posesión agraria.
8-Acciones derivadas de contratos agrarios.
9-Acciones de indemnización de daños y perjuicios derivados de la actividad agraria.
10-Acciones originadas con ocasión a la constitución del patrimonio familiar agrario
11-Acciones derivadas de conflicto suscitados entre sociedades de usuarios, uniones de prestatarios, cooperativas y demás organizaciones de índole agraria.
12- Acciones derivadas del crédito agrario.
TRIBUNALES DE SEGUNDA INSTANCIA AGRARIA
Competencias:
1-Por apelación de las sentencias dictadas por los Tribunales de Primera Instancia Agraria. (Art. 229 de la Ley de la Reforma Parcial de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario).
2-En primer grado de jurisdicción, los recursos contenciosos administrativos de nulidad contra las providencias dictadas o por los entes estatales agrarios.
3-En primer grado de jurisdicción las demandas patrimoniales contra los entes del Estado relacionados con la materia de su competencia (agrario y ambiente).
4-Conocerán del juicio de Expropiación Agraria.
SALA ESPECIAL AGRARIA
Competencias:
1-De los recursos de interpretación que sean interpuestos sobre normas contenidas en la presente Ley
2-De los recursos de casación en materia agraria
3-Delas apelaciones o consultas de las sentencias dictadas por los tribunales superiores contencioso administrativos agrarios y demás asuntos contencioso administrativos relacionados con la materia regulada en la presente Ley.
4-Cualquier otra competencia que las leyes le atribuyan.
Para el jurista venezolano Román José Duque Corredor, el Derecho Agrario "Es aquella rama del derecho que persigue ajustar las relaciones jurídicas de carácter agrario a los dictados de la justicia social, con el objeto de facilitar y crear las condiciones necesarias para llevar a cabo una auténtica Reforma Agraria Integral, para así lograr un aumento de la producción agrícola y así hacer más justa y equitativa la distribución de la propiedad agraria"
COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...YuliPalicios
Es una copilación de fotografías y extractos
del II Foro de Mujeres Buglé: Por la Defensa de los Derechos Territoriales, realizado en el corregimiento de Guayabito Comarca Ngäbe-Buglé de Pannamá. A través de estas imágenes y sus reseñas, buscamos presentar estrategias
para responder a las amenazas a las que se enfrentan, reforzar el cuidado y vigilancia del territorio, los derechos y la cultura, como mecanismos de defensa territorial, aportes que fortalezcan colectivamente la protección de
los derechos territoriales del Pueblo Buglé.
Derechos de las personas con discapacidad. Análisis documental..pdfJosé María
El Real Patronato sobre Discapacidad es un organismo autónomo que tiene entre otros fines la promoción de la aplicación de los ideales humanísticos, los conocimientos científicos y los desarrollos técnicos para el perfeccionamiento de las acciones públicas y privadas sobre discapacidad.
Aumento, reducción, prorrateo y exoneración de alimentos PDF gratis.pdf derec...
Derecho A y A.MEPT
1. GUANARE, ABRIL DE 2019
UNIVERSIDAD FERMÌN TORO
VICE-RECTORADO ACADÈMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÌDICAS Y POLÌTICAS
ESCUELA DE DERECHO
NÙCLEO PORTUGUESA-SEDE GUANARE
Profesora: Keidys Pérez.
Participante: María E, Parra T.
C.I: 13.604.952
Materia: Derecho Agrario y Ambiental.
ORGANIZACIÓN Y COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES AGRARIOS EN VENEZUELA
2. ORGANIZACIÓN DE LOS TRIBUNALES AGRARIOS EN
VENEZUELA
Tribunales de Primera Instancia
Agraria
Tribunales de Segunda Instancia
Agraria o Tribunales Superiores Agrarios
Sala Especial Agraria de la
Sala de Casación Social del Tribunal
Supremo de Justicia
Dos Magistrados o Magistradas de la Sala
de Casación Social del Tribunal Supremo
de Justicia y un conjuez o conjueza de
la citada Sala.
El Juez o Jueza competente.
El Juez o Jueza competente.
3. Tribunales de Primera Instancia Agraria
COMPETENCIAS DE LOS TRIBUNALES AGRARIOS EN VENEZUELA
1. Acciones declarativas petitorias, reivindicatorias y posesorias en materia agraria. 2. Deslinde judicial de predios
rurales. 3. Acciones relativas al uso, aprovechamiento, constitución de servidumbres y demás derechos reales,
para fines agrarios 4. Acciones sucesorales sobre bienes afectos a la actividad agraria 5. Acciones derivadas del
derecho de permanencia 6. Procedimientos de desocupación o desalojos de fundos 7. Acciones derivadas de
perturbaciones o da es a la propiedad o posesión agraria 8.Acciones derivadas de contratos agrarios 9. Acciones
de indemnización de da os y perjuicios derivados de la actividad agraria 10. Acciones originadas con ocasión a la
constitución del patrimonio familiar agrario 11. Acciones derivadas de conflictos suscitados entre sociedades de
usuarios, uniones de prestatarios, cooperativas y demás organizaciones de índole agraria. 12. Acciones derivadas
del crédito agrario. 13. Acciones y controversias surgidas del uso, aprovechamiento, fomento y conservación de
los recursos naturales renovables que determine la ley. 14. Acciones derivadas del uso común de las aguas de
regad o y de las organizaciones de usuarios de las mismas. 15. En general, todas las acciones y controversias
entre particulares relacionados con la actividad agraria.
4. COMPETENCIAS DE LOS TRIBUNALES AGRARIOS EN VENEZUELA
Tribunales de Segunda Instancia Agraria
1. Por apelación de las sentencias dictadas por los Tribunales de Primera Instancia Agraria. (Art. 229 de la Ley de
Reforma Parcial de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario). 2. En primer grado de jurisdicción, los recursos
contenciosos administrativos de nulidad contra las providencias dictadas por los entes estatales agrarios. 3. En
primer grado de jurisdicción, las demandas patrimoniales contra los entes del Estado relacionados con la materia
de su competencia (agrario y ambiente). 4. Conocerán del juicio de Expropiación Agraria.
5. COMPETENCIAS DE LOS TRIBUNALES AGRARIOS EN VENEZUELA
Sala Especial Agraria
1. De los recursos de interpretación que sean interpuestos sobre normas contenidas en la
presente Ley. 2. De los recursos de casación en materia agraria. 3. De las apelaciones o consultas
de las sentencias dictadas por los tribunales superiores contencioso administrativos agrarios y
demás asuntos contenciosos administrativos relacionados con la materia regulada en la presente
Ley. 4. Cualquier otra competencia que las leyes le atribuyan.
6. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
•Ley de Tierras y Desarrollo Agrario (2010). Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela,
Número: 5.991 Extraordinario. Julio 29, 2010.