4. DEFINICIÓN
Conjunto de normas jurídicas que regulan los procesos jurisdiccionales
administrativos (debido proceso) por controversias entre órgano
administrador y persona administrada.
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8. PROCEDENCIA
- Resoluciones en las que se tiene por agotada la vía administrativa.
- Por silencio administrativo en una resolución.
- Revocación de resolución consentida por interesados.
- Error de cálculo o error de hecho en Interpretación de contratos
administrativos.
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9. IMPROCEDENCIA
Asuntos:
- De orden político, militar o de defensa
- Salud e higiene pública
- Competencia de otros tribunales
- Denegatoria de concesiones
- Exclusión legal para interponer acción
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10. NATURALEZA JURÍDICA
Proceso judicial administrativo de conocimiento por medio del se lleva
el control privativo (Salas de lo contencioso administrativo) de la
relación jurídica del derecho administrativo entre los órganos
administrativos y los particulares como administrados.
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11. CARACTÉRISTICAS
- Proceso de control privativo (no es un recurso es un proceso)
- Facultad por la cual el particular se opone a las resoluciones de la administración pública ante
por medio de accionar ante órgano jurisdiccional competente.
- Es un proceso litigioso o contencioso (Surge de las resoluciones o actos administrativos que
vulneran intereses de particulares o el propio Estado)
- Deben haberse agotado los recursos impugnatorios en la vía administrativa para su
interposición (principio de definitividad)
- Se ventila ante tribunal de jurisdicción privativa una sala especifica en materia administrativa,
Tribunal de lo Contencioso Administrativo
- Única Instancia
- No apelable
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13. REQUISITOS DE INTERPOSICIÓN
- Haber causado estado (ya no proceder ningún medio de
impugnación)
- Vulneración de Derechos o intereses de los administrados u otro
órgano del Estado
REQUSITOS LEGALES
-Revocatoria y Reposición: Art. 11 LCA
-Contencioso Administrativo: Art. 28 LCA
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14. ELEMENTOS
- Personales: los sujetos procesales (el órganos administrativo que resolvió
o realizo el acto que perjudica al particular u otro órgano del Estado)
- Formales: los requisitos legales de interposición. (principio de
definitividad, interposición ante tribunal competente)
- Materiales: la emisión de una sentencia que confirme, modifique o
revoque una resolución o acto administrativo previo.
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15. TRÁMITE no tributario
Primera fase:
3 meses Interposición de demanda (auxiliado por abogado, timbre forense)
5 días Tribunal solicita antecedentes órgano administrativo e informe
10 días Órgano administrativo remite a tribunal
3 días Tribunal resuelve (admitiendo o no para trámite)
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16. TRÁMITE no tributario
Segunda fase:
15 días emplazamiento (órgano administrativo, PGN, interesadas, contraloría si afecta hacienda pública)
5 días (Actitudes del demandado):
• Excepciones previas en incidente (no apelable)
• Allanamiento (se dicta sentencia a los 15 días)
• Rebeldía (contestada negativamente)
• Contestación negativa
• Contestación negativa y excepciones perentorias que se resuelven en sentencia
• Contestación negativa y reconvención
30 días Apertura a prueba
15 días Vista
10 días Auto para mejor fallar
15 días Sentencia
Ejecución del actor (Estado ante lo económico coactivo, particular en la vía de apremio)
15 días Recurso de casación
30 días Amparo (por violación de derechos fundamentales o silencio administrativo)
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18. DEFINICIÓN
Interposición del Proceso jurisdiccional contencioso administrativo cuando
entidad del Estado emite acto o resolución que vulnera a otra entidad del
Estado.
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19. TRÁMITE
3 años para emitir acuerdo gubernativo de lesividad
3 meses para interponer la acción de lesividad ante órgano jurisdiccional
(contencioso administrativo)
- Primera Fase
- Segunda Fase
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21. DEFINICIÓN
Proceso Judicial promovido por la Contraloría General de Cuentas por
reparos (adeudos) no subsanados contra personas que pertenecen al Estado
o trabajan para él.
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22. TRÁMITE
Formulación de expediente de glosa con reparos no desvanecidos, tramitado y formulado por CGC
20 días CGC remita expediente (ante Tribunal de 1ra Instancia de Cuentas)
15 días emplazamiento (interesados a quienes entregan copia literal del pliego de reparos no desvanecidos)
Actitudes del demandado: todas las de juicio ordinario (Rebeldía se dicta sentencia a los 8 días)
15 días prueba Ordinaria, 60 días extraordinario (pruebas del extranjero)
8 días sentencia
Ejecución (juzgados de lo económico coactivo)
3 días apelación, 48 horas audiencia, 6 días prueba, 8 días sentencia (ante Sala de Cuentas)
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23. ECONÓMICO COACTIVO
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Art. 45 Decreto 1126 del congreso (Ley Orgánica del Tribunal y Contraloría de Cuenta)
Art. 42 Decreto 6-91 del congreso (Código Tributario)
24. DEFINICIÓN
Proceso judicial interpuesto por el Estado contra personas Individuales o
jurídicas por adeudos líquidos y exigibles de plazo vencido (Tributario o no
tributario).
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25. TRÁMITE no tributario
Interposición de demanda adjuntando titulo ejecutivo ante juzgado económico coactivo no tributario
3 días Auto donde califica el titulo ejecutivo que sea cantidad liquida y exigible, requerimiento al obligado
o embargo de bienes suficientes
3 días Emplazamiento, Interposición de excepciones que ataquen la eficacia del título u oposición
5 días Audiencia al ejecutante, y PGN si hay oposición o excepciones
6 días Prueba
15 días Sentencia
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26. TRÁMITE tributario
Interposición de demanda adjuntando titulo ejecutivo ante juzgado económico coactivo tributario
3 días Auto donde califica titulo que sea cantidad liquida y exigible, requerimiento al obligado o embargo
de bienes suficientes
5 días Emplazamiento, a interesado para interponer excepciones que ataquen la eficacia del título, u
oposición
5 días Audiencia a la SAT para que se pronuncie
10 días Prueba (no hay extraordinario)
15 días Sentencia.
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27. Parte práctica
De conformidad con lo anteriormente visto en clase,
Establecer los fundamentos legales y constitucionales de
los procesos judiciales administrativos siguientes:
Establecer el fundamento legal y los requisitos
legales de interposición de los recursos de
revocatoria y reposición y de la demanda del
proceso contencioso admirativo (Ley de lo
contencioso administrativo).
Una vez terminado el presente laboratorio, enviar al
correo: rsamayoal1@miumg.edu.gt 27
Notas del editor
1. Saludo y bienvenida.
2. Agradecimiento por el esfuerzo.
3. Presentación en catedrático y alumnos.