Ponencia: Novedades en derecho de consumidorGermán Grosso
III Seminario de Capacitación y Actualización para Funcionarios y Abogados del Poder Judicial.
En la presente ponencia haremos un somero análisis de la novedades que surgen en relación al Derecho del Consumidor a partir de la regulación de los “Contratos de consumo” en el Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación (ley 26.994), lo que implica toda una innovación en nuestro derecho y en el derecho comparado. Se hará una breve descripción de la regulación que contiene el código, haciendo en cada caso un análisis crítico al respecto. Se culminará el presente trabajo exponiendo cuáles son los principios que se han plasmado en el nuevo texto, los cuales pretenden regir todo el micro-sistema del derecho del consumidor, en donde la Constitución Nacional marca las bases, el Código asegura, junto con ella, un mínimo de protección y resulta ser es el epicentro del que brotan las raíces de regulación, complementando ese marco las leyes especiales, especialmente la ley de Defensa del Consumidor
Ponencia: Novedades en derecho de consumidorGermán Grosso
III Seminario de Capacitación y Actualización para Funcionarios y Abogados del Poder Judicial.
En la presente ponencia haremos un somero análisis de la novedades que surgen en relación al Derecho del Consumidor a partir de la regulación de los “Contratos de consumo” en el Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación (ley 26.994), lo que implica toda una innovación en nuestro derecho y en el derecho comparado. Se hará una breve descripción de la regulación que contiene el código, haciendo en cada caso un análisis crítico al respecto. Se culminará el presente trabajo exponiendo cuáles son los principios que se han plasmado en el nuevo texto, los cuales pretenden regir todo el micro-sistema del derecho del consumidor, en donde la Constitución Nacional marca las bases, el Código asegura, junto con ella, un mínimo de protección y resulta ser es el epicentro del que brotan las raíces de regulación, complementando ese marco las leyes especiales, especialmente la ley de Defensa del Consumidor
Ponencia: Novedades en Derecho del ConsumidorGermán Grosso
III Seminario de Capacitación y Actualización para Funcionarios y Abogados del Poder Judicial
Ponencia: Novedades en Derecho del Consumidor
Germán Eduardo Grosso Molina
Ponencia: Novedades en Derecho del ConsumidorGermán Grosso
III Seminario de Capacitación y Actualización para Funcionarios y Abogados del Poder Judicial
Ponencia: Novedades en Derecho del Consumidor
Germán Eduardo Grosso Molina
COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...YuliPalicios
Es una copilación de fotografías y extractos
del II Foro de Mujeres Buglé: Por la Defensa de los Derechos Territoriales, realizado en el corregimiento de Guayabito Comarca Ngäbe-Buglé de Pannamá. A través de estas imágenes y sus reseñas, buscamos presentar estrategias
para responder a las amenazas a las que se enfrentan, reforzar el cuidado y vigilancia del territorio, los derechos y la cultura, como mecanismos de defensa territorial, aportes que fortalezcan colectivamente la protección de
los derechos territoriales del Pueblo Buglé.
Muy buena novela,se trata de una mujer que es ffhjknvvg fgjklkkk jsjsbsbsndnsndndndndn sjjsmsmskzjd s ajam xjsksmiz xbdksnxkosmxjxis sksojsnx s kslsidbd xvdnlsoslsnd sbsklslzjx d sislodjxbx x dbskslskjsbsbsnsnsndndzkkdkdks sjjsmsmskzjd Bienvenido al portapapeles de Gboard; todo texto que copies se guardará aquí.Para pegar un clip en el cuadro de texto, tócalo.Para fijar un clip, manténlo presionado. Después de una hora, se borrarán todos los clips que no estén fijados.Utiliza el ícono de edición para fijar, agregar o borrar cips:vvvb.Muy buena novela,se trata de una mujer que es ffhjknvvg fgjklkkk jsjsbsbsndnsndndndndn sjjsmsmskzjd s ajam xjsksmiz xbdksnxkosmxjxis sksojsnx s kslsidbd xvdnlsoslsnd sbsklslzjx d sislodjxbx x dbskslskjsbsbsnsnsndndzkkdkdks sjjsmsmskzjd Bienvenido al portapapeles de Gboard; todo texto que copies se guardará aquí.Para pegar un clip en el cuadro de texto, tócalo.Para fijar un clip, manténlo presionado. Después de una hora, se borrarán todos los clips que no estén fijados.Utiliza el ícono de edición para fijar, agregar o borrar cips:vvvb.
Derechos de las personas con discapacidad. Análisis documental..pdfJosé María
El Real Patronato sobre Discapacidad es un organismo autónomo que tiene entre otros fines la promoción de la aplicación de los ideales humanísticos, los conocimientos científicos y los desarrollos técnicos para el perfeccionamiento de las acciones públicas y privadas sobre discapacidad.
Diario de Sesiones de la Convención Constituyente - Vigésimo Primera Sesión -...Movimiento C40
En esta sesión de la Constituyente de 1940, comienza la discusión del proyecto constitucional presentado a la Convención.
Se discuten el prologo, artículos 1, 2, 3. Disputa territorial por la Cienaga de Zapata.
4. • Derecho del consumidor surge como respuesta al fenómeno de
contratación en masa, donde la igualdad entre las partes de un
contrato, se ve seriamente afectada, siendo abismal la asimetría
económica, de información y la diferente capacidad para imponer
cláusulas en el contrato.
• Los contratantes no poseen ni libertad de conclusión ni libertad de
configuración interna de los contratos, los fundamentos sobre los que
se estructuraba el principio de fuerza obligatoria de los contratos dejó de
servir , y las soluciones del Derecho Civil y Mercantil se mostraban
ineficaces.
• Por estas razones, hubo que implementar una normativa especial
que diera respuesta a estas problemáticas.
5. FUNDAMENTO
DERECHO DEL
CONSUMIDOR
RAZÓN GENÉRICA: Desigualdad de las partes
contratantes (Abuso y protección parte más débil)
OTRAS RAZONES:
1) Asimetrías de información.
2) Practicas comerciales injustas e inescrupulosas.
3) Riesgos y complejidad en la producción.
4) Productos peligrosos.
5) deshumanización de las relaciones. Ejemplo
compras por internet.
6. ORIGEN DEL
DERECHO DEL
CONSUMIDOR
• Se dice que su génesis se encuentra
en el discurso del Presidente de
Estados Unidos John F. Kennedy del
15 de marzo de 1962 quien, en un
mensaje especial al Congreso, habló
sobre protección de los intereses de
los consumidores y se refirió:
• 1) Derecho a la seguridad.
• 2) Derecho a ser informado.
• 3) Derecho a elegir.
• 4) Derecho a ser oído.
A partir de ahí, comienza todo el
desarrollo tanto legislativo como
doctrinal del Derecho de Consumo y la
enunciación de diversas listas de
derechos de los consumidores en el
seno de organismos internacionales.
7. EL D ER EC H O
D EL
C ON SU MID OR
ES D E D ATA
RESIENTE, UN
D ER EC H O EN
D EC AN TAC IÓN .
Se discuten muchas cosas actualmente.
1) Denominación: ¿Derecho del Consumo o Derechos del
consumidor?
2) Concepto de derecho del consumidor.
3) ¿Es un derecho autónomo de las otras ramas del derecho?
4) ¿Dónde debe regularse? ¿es necesario dictar un código de
Consumo?
4) ¿Cuales son sus principios?
5) ¿Cuáles son sus características?
Estamos en la época de nacimiento del derecho del consumidor,
no de la consolidación del derecho del consumidor.
8. 1)
DENOMINACIÓN:
¿DERECHO DEL
CONSUMO O
DERECHOS DEL
CONSUMIDOR?
• ¿Tiene importancia la denominación? ¿
Por qué?
• El derecho del consumidor tiene una carga
ideológica, por eso hay autores que no les
gusta el derecho del consumidor porque
entienden que le pone trabas al desarrollo
económico.
• Si decimos que la denominación correcta es
derecho del consumidor: El foco se coloca
en el consumidor como parte débil
• Si decimos que la denominación correcta es
derecho del consumo, el foco está en el
acto de consumo.
• Doctrina y Jurisprudencia utilizan Derecho
del Consumo o Derecho del Consumidor
indistintamente.
9. 2) CONCEPTO DE DERECHO DEL
CONSUMIDOR
• Debido a su juventud resulta bastante difícil dar una definición
acabada y definitiva de derecho de consumo.
• Definición de Antonio Benjamín: “Es un sistema global de
normas, principios, instituciones e instrumentos de
implementación, consagrados por el ordenamiento jurídico en
favor del consumidor, para garantizarle en el mercado una
posición de equilibrio en sus relaciones con los empresarios”
10. 3) AUTONOMÍA
DEL DERECHO
DEL
CONSUMIDOR.
• ¿El derecho del consumidor es un
derecho autónomo?
• ¿Qué significa que sea
autónomo?
• Derecho autónomo: significa que
tiene una estructura propia.
• Si uno analiza las ramas del
derecho: civil, familia, laboral,
tributario, constitucional, se puede
concluir que tienen diálogo con otras
ramas, que tiene principios propios.
Entonces La idea de autonomía es
rara, no existen ramas autónomas
del derecho, el derecho es
integrado.
11. 4) REGULACIÓN
DEL DERECHO
DEL
CONSUMIDOR
Se debe regular en leyes
especiales.
Se debe regular en el Código
Civil.
Se debe dictar un Código del
Consumidor.
Se debe regular en la
Constitución Política de la
Republica.
12. 5) PRINCIPIOS
DEL DERECHO
DEL
CONSUMIDOR.
• Hay ciertos principios permanentes
del derecho, generales, por ejemplo:
la buena fe, la responsabilidad, pero
además hay principios específicos.
• Vamos a analizar los principios
específicos en derechos del
consumidor.
13. A) PRINCIPIO RRO
CONSUMIDOR
• Introducido por la ley 21.398.
• Art. 2 ter “Las normas contenidas en esta ley
se interpretarán siempre en favor de los
consumidores, de acuerdo con el principio
pro consumidor, y, de manera
complementaria, según las reglas contenidas
en el párrafo 4° del Título Preliminar del
Código Civil.".
• "Artículo 16 C. “Las cláusulas ambiguas de
los contratos de adhesión se interpretarán en
favor del consumidor.as cláusulas ambiguas
de los contratos de adhesión se interpretarán
en favor del consumidor.
• Cuando existan cláusulas contradictorias
entre sí, prevalecerá aquella cláusula o parte
de ella que sea más favorable al
consumidor”.
14. B) EL PRINCIPIO DE
LA
TRANSPARENCIA
• Art. 3 letra b de la ley 19.496
• Un déficit de información de los
consumidores permite actuar
con mayor abuso a un
proveedor.
• Ejemplo: un italiano inventa una
maquina, la compra un chileno y
no sabe cómo hacerla funcionar.
El italiano debe enseñarle a
manejar la máquina, infórmale
al consumidor como funciona
esta máquina.
15. C) PRINCIPIO DE LA
SEGURIDAD EN EL
CONSUMO
• Art 3 letra d de la ley 19.496
• Se debe garantizar la seguridad
del consumidor mientras se
desarrolla un acto de consumo.
• Se debe asegurar a integridad
del consumidor.
• Ejemplo: niña que viajo en tren,
se cayó y perdió sus
extremidades. Debe asegurarse
al consumidor que llegara
seguro al lugar de destino.
16. D) PRINCIPIO
DEL CONSUMO
SUSTENTABLE
• Art. 3 letra b de ley
19.496
• Es un deber que el
consumo no cause
un daño al medio
ambiente. Este
principio es más
complejo.
• Esta en sintonía con
normas
constitucionales y
ambientales.
17. E) PRINCIPIO DE LA
REPARACIÓN
INTEGRAL
• Art. 3 letra E
• Esto es clave, un consumidor
tiene que quedar
completamente reparado de
cualquier daño.
• La reparación debe ser
adecuada y oportuna. Además
debe comprender todos los
daños patrimoniales y morales.
18. F) EL PRINCIPIO
DE LA LIBERTAD
EN EL CONSUMO
• Art 3 letra a
• Nadie puede ser
obligado a adquirir un
bien o recibir un
servicio que no tenga
interés y que no ha
escogido libremente.
19. G) PRINCIPIO DE LA NO
DISCRIMINACIÓN DEL
CONSUMIDOR
• Art 3 letra c
• Importa un derecho para el
consumidor y una limitación de
actuación para el proveedor en el
sentido que no tiene plena libertad
de contratación en materia de
consumo, pues debe proveer el bien
o servicio sin poder rechazar al
consumidor sin un motivo justificado.
20. 6)
C AR AC TER ÍSTIC A
S DEL DERECHO
D EL C ON SU MID OR
1° Interacción entre normas
de derecho público y derecho
privado.
2° Carácter interdisciplinario.
3° El carácter imperativo de
los derechos reconocidos al
consumidor
21. 1° INTERACCIÓN ENTRE NORMAS DE DERECHO
PÚBLICO Y DERECHO PRIVADO.
• El derecho de consumo integra normas de derecho público con el
objeto de fortificar los derechos del consumidor.
• Así, el derecho de consumo tiene una naturaleza dual, donde sus
normas de derecho privado se centran en la relación entre el
consumidor y el proveedor y, el derecho público se dirige a
asegurar el cumplimiento de sus disposiciones.
22. 2 ° C A R Á C T E R
I N T E R D I S C I P L I N A R I O .
• Entre sus disposiciones es posible hallar
normas de derecho civil, mercantil,
administrativo, procesal y penal.
23. 3° EL CARÁCTER
IMPERATIVO DE
LOS DERECHOS
RECONOCIDOS
AL CONSUMIDOR
• Esta característica encuentra fundamento en
la consideración de que estas normas tuitivas
forman parte del orden público cuyo
cumplimiento interesa a toda la sociedad,
razón por la cual, además, los derechos
establecidos en favor de los consumidores
son irrenunciables.
24. PA N O R A M A A C T U A L D E R E C H O D E L C O N S U M I D O R
30. • La compañía de streaming ha
dado aviso de que a partir del 16
de abril, sus usuarios tendrán la
opción de generar dos cuentas
adicionales para compartir los
servicios contratados, cada una
por el valor de $2.380 pesos
mensuales.
• Fuera de esas dos cuentas, toda
conexión no autorizada será
bloqueada.
• Se trata de una medida piloto
que será implementada en solo
tres países, Chile uno de ellos.
31. ¿Puede Netflix implementar cobros
adicionales a los consumidores?
• Razones para implementar medida; Consumidores
informales/Perdida monetaria para la empresa.
• No puede implementar estos cobros:
• 1) En los términos y condiciones del servicio no se contemplan cobros
adicionales. Si lo realiza seria un modificación unilateral (Requiere
consentimiento del consumidor?
• 2) Los términos y condiciones son poco claros, es un contrato de
difícil comprensión. Art 12 letra A ley 19.496
• 3) Principio pro consumidor.
32. Modificaciones legales Importantes.
Ley 21.081 “Modifica ley N° 19.496, sobre protección de los derechos de los consumidores”.
Publicada el 13-09-2018
Ley 21.226 “Establece un régimen jurídico de excepción para los procesos judiciales, en las
audiencias y actuaciones judiciales, y para los plazos y ejercicio de las acciones que indica, por
el impacto de la enfermedad covid-19 en chile”. Publicada el 02-02-2021
Ley 21.234 “Limita la responsabilidad de los titulares o usuarios de tarjetas de pago y
transacciones electrónicas en caso de extravío, hurto, robo o fraude”. Publicada 20-05-2020
Ley 21.320 “Modifica la ley Nº 19.496, sobre protección de los derechos de los consumidores,
en materia de cobranza extrajudicial y otros derechos del consumidor”. Publicada el 20-04-2021
Ley 21.394 “Introduce reformas al sistema de justicia para enfrentar la situación luego del
estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública. Publicada el 30-11-
2021
Ley 21.398 “Establece medidas para incentivar la protección de los derechos de los
consumidores. Publicada 24-12-2021