D E R E C H O P E N A L
UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICERECTORADO ACADEMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
ESCUELA DE DERECHO
Yaritza Peña
CI 20010480
Derecho Penal
Sujeto Activo :
Una persona
natural
Sujeto pasivo:
Persona en la cual
recae el agravio
El aborto es la interrupción
maliciosa del embarazo en
cualquier momento de su
evolución
Comunicación a una o mas personas
con animo de dañar de una acusación
que se hace a otra persona física o
moral de un hecho , La injuria es toda
expresión proferida o acción
ejecutada en deshonra , descredito o
menos precio d una persona
Objeto material: FETO
Tipos de abortos penales:
Aborto Criminal
Aborto preterintencional
Aborto agravado
Objeto jurídico:
El honor de la reputación
Objeto material:
La persona en la que ha recaído
la ofensa o difamación
Sujeto activo: La madre si es
provocado, el partero si es
inducido
Sujeto pasivo: el feto
Sujeto pasivo:
El agresor o victimario
Objeto jurídico :
Derecho a la vida
Naturaleza jurídica:
Es un delito de acción
privada perseguible de
parte de instancia
agraviada
Naturaleza jurídica
Delito de acción privada
Naturaleza jurídica
Delito de acción publica
Abandono de
personas
incapaces
La acción consiste en
abandonar al sujeto
pasivo.
Sujeto activo.- En el delito de abandono, el sujeto activo es la persona
imputable que ejerce la guarda o el cuidado sobre el incapaz abandonado.
Sujeto pasivo.- Es el incapaz abandonado.
Naturaleza.- El delito de abandono es un delito de peligro individual, ya que
se expone a peligro a una persona determinada (el incapaz abandonado).
DECISIÓN
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando
justicia en nombre de la República por autoridad de la ley declara:
1.- SIN LUGAR la apelación ejercida por el abogado Franklin Gutiérrez en su condición de defensor de la
ciudadana ZORAIDA JOSEFINA HUERTA MUÑOZ, contra la decisión dictada el 18 de diciembre de 2008, por la Sala Primera
de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia.
2.- CONFIRMA la decisión del a quo, que declaró improcedente in limine litis la demanda de amparo constitucional
propuesta.
Publíquese y regístrese. Remítase el expediente al tribunal de origen.
Dada, firmada y sellada en el Salón de Sesiones de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en Caracas, a los
23 días del mes de julio de dos mil doce (2012). Años: 202º de la Independencia y 153º de la Federación.
La Presidenta,
LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
El Vicepresidente,
FRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
Los Magistrados

Derechopenalyaritza

  • 1.
    D E RE C H O P E N A L UNIVERSIDAD FERMIN TORO VICERECTORADO ACADEMICO FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS ESCUELA DE DERECHO Yaritza Peña CI 20010480 Derecho Penal
  • 2.
    Sujeto Activo : Unapersona natural Sujeto pasivo: Persona en la cual recae el agravio El aborto es la interrupción maliciosa del embarazo en cualquier momento de su evolución Comunicación a una o mas personas con animo de dañar de una acusación que se hace a otra persona física o moral de un hecho , La injuria es toda expresión proferida o acción ejecutada en deshonra , descredito o menos precio d una persona Objeto material: FETO Tipos de abortos penales: Aborto Criminal Aborto preterintencional Aborto agravado Objeto jurídico: El honor de la reputación Objeto material: La persona en la que ha recaído la ofensa o difamación Sujeto activo: La madre si es provocado, el partero si es inducido Sujeto pasivo: el feto Sujeto pasivo: El agresor o victimario Objeto jurídico : Derecho a la vida Naturaleza jurídica: Es un delito de acción privada perseguible de parte de instancia agraviada Naturaleza jurídica Delito de acción privada Naturaleza jurídica Delito de acción publica Abandono de personas incapaces La acción consiste en abandonar al sujeto pasivo. Sujeto activo.- En el delito de abandono, el sujeto activo es la persona imputable que ejerce la guarda o el cuidado sobre el incapaz abandonado. Sujeto pasivo.- Es el incapaz abandonado. Naturaleza.- El delito de abandono es un delito de peligro individual, ya que se expone a peligro a una persona determinada (el incapaz abandonado).
  • 3.
    DECISIÓN Por las razonesanteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley declara: 1.- SIN LUGAR la apelación ejercida por el abogado Franklin Gutiérrez en su condición de defensor de la ciudadana ZORAIDA JOSEFINA HUERTA MUÑOZ, contra la decisión dictada el 18 de diciembre de 2008, por la Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia. 2.- CONFIRMA la decisión del a quo, que declaró improcedente in limine litis la demanda de amparo constitucional propuesta. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente al tribunal de origen. Dada, firmada y sellada en el Salón de Sesiones de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en Caracas, a los 23 días del mes de julio de dos mil doce (2012). Años: 202º de la Independencia y 153º de la Federación. La Presidenta, LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO El Vicepresidente, FRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ Los Magistrados