Este documento trata sobre los temas de derechos de autor, licenciamiento y software libre. Explica que los derechos de autor protegen las obras literarias y artísticas de sus creadores. También discute las diferencias entre software con licencia y software libre, y cómo el software libre permite que cualquier persona contribuya y modifique el código sin restricciones. Finalmente, cubre los diferentes tipos de licenciamiento de software y sus condiciones de uso.
1. Asignatura:
Gestión Básica de la información
Derechos de Autor
Licenciamiento
Software Libre
Presenta
Naia Catherine Rojas. ID 150063
Juan Felipe Sánchez Cortés. ID 150488
2. DERECHOS DE
AUTOR
El derecho de autor es un término jurídico que describe
los derechos concedidos a los creadores por sus obras
literarias y artísticas.
El tipo de obras que abarca el derecho de autor incluye:
obras literarias como novelas, poemas, obras de teatro,
documentos de referencia, periódicos y programas
informáticos; bases de datos; películas, composiciones
musicales y coreografías; obras artísticas como
pinturas, dibujos, fotografías y escultura; obras
arquitectónicas; publicidad, mapas y dibujos técnicos.
5. Irresistible ascensión de los derechos de autor/copyright El
mundo de la propiedad intelectual se halla dividido entre dos
tradiciones. La del derecho de autor mantiene que las
prerrogativas de los autores sobre sus obras se derivan del acto
de creación y son personalísimas. Tal carácter se halla descrito
elocuentemente en la declaración de Le Chapellier ante la
asamblea francesa en 1791: De todas las propiedades, la más
sagrada, la más legítima, la más inatacable, y, si me es permitido
expresarme así, la más personal es la que concierne a la obra
fruto del pensamiento de un escritor. A diferencia de este
enfoque, el copyright no reconoce el derecho de los autores como
derivado de la creación per se, sino como un privilegio económico
concedido por el Estado. La razón de tal concesión es expresada
con precisión en la Constitución de los Estados Unidos de
América:
Barrera-Agarwal, María Helena. Derechos de autor y libertad de
expresión.
, , Ecuador: Red Revista Latinoamericana de Comunicación
CHASQUI, 2006. p 4.
8. El software libre es un tipo de software que da libertad a sus
usuarios. Con el advenimiento de Internet, el software libre se ha
consolidado como alternativa, técnicamente viable y
económicamente sostenible, al software de propiedad. Lenguas
como el bretón, el gallego, el gaélico o el catalán han tenido un
desarrollo muy escaso en el mundo del software de propiedad por
as limitaciones que impone. En contraposición, en el mundo del
software libre estas lenguas se han desarrollado con un éxito
notable. Proyectos de software libre tan importantes como el
navegador Mozilla, el entorno GNOME o el sistema GNU/Linux
ienen traducciones completas o parciales en todas estas lenguas.
El software libre representa una oportunidad sin precedentes para
el desarrollo de lenguas minoritarias, como el catalán, en las
nuevas tecnologías gracias a las libertades que nos garantiza.
Mas i Hernàndez, Jordi. El software libre y las lenguas minoritarias:
una oportunidad impagable.
, España: Red Digithum, 2006. p 3.
http://site.ebrary.com/lib/bibliouniminutosp/Doc?
d=10123080&ppg=3
9. Actualmente existen empresas que producen y venden software
de propiedad (contrapuesto al libre); de hecho, es este tipo de
software el que utilizan la mayoría de usuarios hoy en día. El
software de propiedad está sujeto a diversas limitaciones; de
entrada, normalmente hay que pagar su licencia y, además, se
está sujeto a las posibles limitaciones técnicas de estos
programas y a las que su licencia impone, con las consiguientes
posibles incompatibilidades entre programas elaborados por
empresas diferentes; así pues, se está en cierta medida ligado a
la empresa que lo fabrica (por ejemplo, para traducirlo, para las
actualizaciones, para complementos, etc.). El software libre, en
cambio, no está sujeto a estas limitaciones de mejora, ya que su
licencia permite de manera explícita que cualquier usuario añada
las mejoras (o adaptaciones) que quiera, y con total libertad. Está
disponible en forma de código fuente y, por lo tanto, todo el
Mas i Hernàndez, Jordi. El software libre y las lenguas
minoritarias: una oportunidad impagable.
, , España: Red Digithum, 2006. p 3.
http://site.ebrary.com/lib/bibliouniminutosp/Doc?
10. mundo puede acceder a él y lo puede utilizar como quiera. Éste es
el espíritu del software libre: que todo el mundo pueda contribuir a
mejorarlo sin tener que pagar ni pedir permiso a nadie, y que las
mejoras se pongan a disposición de todo el mundo. Con el
advenimiento de Internet, el software libre se ha consolidado como
alternativa, técnicamente viable y económicamente sostenible, al
software de propiedad. Contrariamente a lo que a menudo se
piensa, grandes empresas informáticas como AOL, IBM, Sun y
Apple ofrecen apoyo financiero y comercial al software libre. Por
ejemplo, hoy en día IBM facilita el uso de GNU/Linux en sus
mainframes (grandes ordenadores), y las nuevas versiones del
sistema operativo de los ordenadores Apple (MacOS X) están
basadas en software libre (FreeBSD). El software libre no excluye
necesariamente el uso de software de propiedad (uno puede
continuar usándolo si lo desea), al contrario, puede integrarse a él
o bien complementarlo. E, incluso, si se quiere, puede
reemplazarlo efectivamente. Entre el software de propiedad más
popular podemos encontrar conocidos programas que utilizan la
mayoría de usuarios hoy en día, desde el Microsoft Office o el
11. LICENCIAMIENTO
Existen muchos niveles de
licenciamiento, entre los cuales estan los
modelos OEM (Original Equipment
Manufacturer) que se venden instalados
en equipos nuevos, debido a que este
tipo de licenciamiento es el más
económico, muchas empresas se ven
asaltadas en su buena fe y han adquirido
este tipo de software para utilizarlos en
sus viejos equipos, cayendo asi en una
conducta ilegal ya que las licencias OEM
solo es valido única y exclusivamente si
vienen pre-instaladas en equipos
nuevos.
12. Un contrato de licenciamiento Es el encargado de estar
pendiente del uso y la legalidad de un software.todo estos
terminos son encargados del manejo y la cantidad de veces q se
puede utilizar un el software y que no se deba copiar si no es solo
para un manejo del mismo es decir copia de respaldo.
"Los derechos digitales La gestión de derechos digitales (DRM,
por el acrónimo inglés de “digital rights management”) es un tema,
relativamente, desatendido en nuestro campo profesional, a pesar
de haber generado un cambio mayúsculo en la comprensión de
los derechos de propiedad intelectual (copyright), en el dominio
digital. Según la Organización Mundial del Comercio (OMC), los
derechos de propiedad intelectual (DPI) “son aquellos que se
confieren a las personas sobre las creaciones de su mente.
Suelen dar al creador derechos exclusivos sobre la utilización de
su obra por un plazo determinado”. Dichos derechos se dividen en
dos sectores: el derecho de autor y sus derechos conexos, y los
derechos industriales sobre marcas de fábrica o de comercio, e
invenciones, dibujos y modelos industriales y secretos
13. El tema de las regulaciones
"Por el lado de las regulaciones para la venta y el uso de software,
en 1999 surgió en los Estados Unidos el proyecto de ley Uniform
Computer Information Transactions Act (UCITA, o Ley de
Transacciones Uniformes de Información Computarizada), ya
aprobado en dos Estados. Esta ley regulará todos los contratos
para el desarrollo, venta, licenciamiento, soporte y mantenimiento
de software, y muchos otros contratos que impliquen uso de
información."