Júpiter - Hércules - Hermes Tres Modelos de Juez. Autor François OstSergio Quiroz
En el número de junio de 1990 de la Revue de l’École nationale de la magistrature se describe en estos términos la profesión de magistrado: “No existe de manera evidente ningún otro modelo de referencia, ninguna otra definición unívoca de una profesión que tienda a volverse tan multiforme y pluralista”. La constatación, a su vez, se inscribe en la observación de un campo judicial y jurídico definido como “heterogéneo y complejo”, de tal manera que las evoluciones en curso impiden “toda referencia a la idea de un modelo”-
Júpiter - Hércules - Hermes Tres Modelos de Juez. Autor François OstSergio Quiroz
En el número de junio de 1990 de la Revue de l’École nationale de la magistrature se describe en estos términos la profesión de magistrado: “No existe de manera evidente ningún otro modelo de referencia, ninguna otra definición unívoca de una profesión que tienda a volverse tan multiforme y pluralista”. La constatación, a su vez, se inscribe en la observación de un campo judicial y jurídico definido como “heterogéneo y complejo”, de tal manera que las evoluciones en curso impiden “toda referencia a la idea de un modelo”-
Nuevos desafios del derecho penal - Bill Alan Del Castillo MermaInversiones Andia
Directores: Del Castillo Merma, Bill Alan, NUEVOS DESAFIOS DEL DERECHO PENAL Y CRIMINOLOGÍA. JAVIER VILLA STEIN, LUIS LAMAS PUCCIO, ALONSO PEÑA CABRERA.
Ensayo final juicios orales ventajas y desventajasFanny So
Es un ensayo sobre las ventajas y desventajas del nuevo Sistema acusatorio adversarial (Juicios orales) que se implementarán en 2016 a nivel República, en nuestro país, México.
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Directores: Del Castillo Merma, Bill Alan, NUEVOS DESAFIOS DEL DERECHO PENAL Y CRIMINOLOGÍA. JAVIER VILLA STEIN, LUIS LAMAS PUCCIO, ALONSO PEÑA CABRERA.
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Es un ensayo sobre las ventajas y desventajas del nuevo Sistema acusatorio adversarial (Juicios orales) que se implementarán en 2016 a nivel República, en nuestro país, México.
Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3.pdfsandradianelly
Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3Un libro sin recetas, para la maestr
ACERTIJO DE CARRERA OLÍMPICA DE SUMA DE LABERINTOS. Por JAVIER SOLIS NOYOLAJAVIER SOLIS NOYOLA
El Mtro. JAVIER SOLIS NOYOLA, crea y desarrolla ACERTIJO: «CARRERA OLÍMPICA DE SUMA DE LABERINTOS». Esta actividad de aprendizaje lúdico que implica de cálculo aritmético y motricidad fina, promueve los pensamientos lógico y creativo; ya que contempla procesos mentales de: PERCEPCIÓN, ATENCIÓN, MEMORIA, IMAGINACIÓN, PERSPICACIA, LÓGICA LINGUISTICA, VISO-ESPACIAL, INFERENCIA, ETCÉTERA. Didácticamente, es una actividad de aprendizaje transversal que integra áreas de: Matemáticas, Neurociencias, Arte, Lenguaje y comunicación, etcétera.
1. I
1.3 Sistema Inquisitivo.
Como punto de partida, es preciso definir que es un sistema de enjuiciamiento, y se
entiende por tal, el conjunto de instituciones, normas, procedimientos y autoridades
que intervienen en la impartición de justicia de un país. Entiéndase por sistema de
enjuiciamiento, la forma, modo o manera como un estado resuelve los conflictos
interpersonales de sus gobernados, y que éste sistema refleja con mayor exactitud
los contenidos democráticos o autocráticos de su constitución, existiendo una
relación directamente proporcional entre un estado de derecho de corte autocrático,
con los sistemas de enjuiciamiento inquisitivo, y viceversa los estados más liberales
y democráticos con los sistemas de enjuiciamiento acusatorios y orales.
Es decir, entre más autocrático sea el estado, más inquisitivo será su sistema de
enjuiciamiento. No por nada los autores señalan que este sistema tiene como fuente
jurídica al derecho Romano Imperial, de la última Época, prosiguiendo con la
inquisición perfeccionada por el Derecho Canónico, y que perneó por toda la Europa
Continental a partir del siglo XIII.
Luego entonces, el sistema inquisitivo es propio del absolutismo, donde la
administración de justicia descansaba en una sola persona, el soberano, que la
delegaba a terceros para que la ejercieran materialmente. En este sistema la
persecución penal pública de los delitos en manos del inquisidor, quien al mismo
tiempo ejercía las funciones de acusar y defender, es desarrollada en el marco de
un proceso penal excesivamente formal, riguroso, discontinuo y secreto, por ende,
escrito, pues en él, mediante el levantamiento de actas, se construía el material a
partir del cual se dicta el fallo. Bajo este sistema la búsqueda de la verdad justificaba
cualquier medio empleado, admitiendo las formas más crueles de coerción basado
en la presuposición de la culpabilidad del sujeto, quien no era otra cosa que el objeto
del proceso, a quien no se le reconocía el derecho a la defensa, pues si era culpable
no merecía tal derecho y si era inocente no importaba, pues el inquisidor al fin de
cuentas lo descubriría.
2. I
Ubicación Temporal.
Como se ha visto, en otras latitudes, se ubica el inicio de este sistema en el segundo
imperio romano, y en Europa continental a partir del siglo XIII, pero para lo que en
este trabajo interesa, nos limitaremos a hacer una ubicación temporal de la vigencia
de este sistema de enjuiciamiento en nuestro país. Para tal efecto, debemos
recordar la más elemental noción de historia de México, así puntualicemos que tras
la conquista del imperio Azteca por los españoles en México se adoptaron las leyes
de la península, donde evidentemente imperaba el sistema de enjuiciamiento
inquisitivo y que también, tuvo vigencia en nuestro país en su expresión más radical
con el Tribunal del Santo Oficio, mejor conocido como la “Santa Inquisición”.
Pero, al no ser la presente tesis una tesis de corte histórico, nos limitaremos a
señalar que el último gran periodo de la historia de México donde imperó el sistema
inquisitivo-moderno, fue de los años de 1886 a 1917, con la dictadura del General
Profirió Díaz Morí, y que feneció con el triunfo de la Revolución Mexicana y el
surgimiento de la actual constitución. 13 aquí debemos recordar que no es sino
hasta el año de 1901, cuando se crea en México la figura jurídica del Ministerio
Público y de la Procuraduría General de Justicia, como un órgano autónomo
dependiente del Poder Ejecutivo, separándolo del Poder Judicial de la Federación
al cual pertenecía, delegándole de manera exclusiva la investigación y persecución
de los delitos.
Comenzando con una definición general superflua, podemos decir que nos
encontramos en un proceso de un sistema inquisitivo cuando las facultades de
acusar y juzgar recaen en manos de una misma persona, o, mejor dicho, el juez y
el órgano acusador trabajan a la par, en caso de México nos referimos al Ministerio
Público y al Poder judicial, esto quiere decir que el Juez no es neutral, ya que su
trabajo al mismo tiempo es acusar y no ser una especie de observador externo.
Todo el procedimiento es cien por ciento escrito, se maneja de una manera secreta,
es decir, no da lugar a la oralidad ni a la publicidad, sin mencionar la carencia de
otros principios que deben existir en un debido proceso penal.
3. I
Existe la posibilidad de la doble instancia, dada la jerarquía de los tribunales. El
imputado casi siempre declara durante el proceso, y su simple confesión puede ser
prueba suficiente para dictarle una sentencia condenatoria5. Según la gravedad del
delito podría tener lugar la prisión preventiva. Sin ser dicho abiertamente, el acusado
tiene ante el estado la calidad de culpable hasta que se demuestre lo contrario. Se
encuentra prácticamente en un estado de indefensión ante el juez “acusador” debido
al poder atribuido a este.
Resumiendo lo anterior con una frase de Ricardo Levene: “cuando se mezclan las
funciones, cuando se mezclan los órganos, cuando tenemos Fiscal que hace de
Juez, nos encontramos frente a un sistema inquisitivo.
La inquisición.
El sistema inquisitivo a la fecha ha funcionado entre comillas, en México y en
algunos otros países que tienen como raíces jurídicas el Derecho Romano-
Germánico. Históricamente nace conociéndose como la “inquisición”, la antigua
forma de juzgar en el Derecho Canónico, (el derecho canónico es del derecho de la
iglesia católica) creada en la Edad Media y que se extendería por toda Europa. El
estado y la Iglesia eran uno solo y juntos regulaban al hombre de la época.
Históricamente se ha utilizado también el nombre de Derecho Eclesiástico, el cual
hoy por hoy es una rama del Derecho Canónico, este, son normas del Derecho
Eclesiástico provenientes del derecho estatal7.
Derecho Canónico: “… es el ordenamiento jurídico de la iglesia católica, el conjunto
de factores que estructuran la iglesia como una sociedad jurídicamente
organizada”8.
Durante la inquisición los herejes eran considerados enemigos del Estado y de la
Iglesia como si fueran criminales públicos o terroristas que se oponían al orden
establecido9, el Estado mismo los acusaba y juzgaba, de ahí parte el nombre del
actual sistema inquisitivo.
4. I
Siendo el derecho romano la base de sistemas jurídicos en la actualidad, siendo
Roma la cuna de la iglesia católica, es como partiendo de estas normas se va
creando el derecho en tantos países.
El Sistema Penal Inquisitivo obtiene su nombre del término procesal “inquirir”, esto
era una manera de iniciar el proceso penal, la cual consistía en que la investigación
que se le iniciaba a la persona procesada tenía lugar sin necesidad de que hubiera
acusación o denuncia alguna, bastaba con rumores que se hicieren sobre la
persona o por otra u otras le imputaran algún delito