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"UNION DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES DE CHILE”
Santiago, 14 de mayo de 2020.
COMUNICADO NACIONAL
DE : DIRECTORIO UFEMUCH
A : FEDERACIONES REGIONALES, ASOCIACIONES Y FUNCIONARIOS(AS) MUNICIPALES
DEL PAIS
Junto con saludarles y deseando se encuentren bien junto a sus familias, la
Confederación Unión de Funcionarios Municipales de Chile “UFEMUCH”, tiene a bien
comunicar que el día miércoles 06 y lunes 11 de mayo del presente año, el Presidente
Nacional, Miguel Ángel Gómez Quijada, en conjunto con el Vice Presidente Víctor Mora
Astroza, y el Encargado de la Comisión Técnica, Christian Gajardo Altamirano, en
modalidad de videoconferencia, participaron en la Mesa Técnica de trabajo,
convocada por la SUBDERE, para realizar un balance al contexto nacional y por sobre
todo, la importancia del municipalismo en este periodo de crisis, asimismo, retomar el
dialogo para concordar posibles proyectos de ley en post de resolver los problemas que
afectan a los funcionarios municipales.
Necesario es señalar, que la última reunión citada de esta mesa técnica, fue en el
mes de septiembre del año 2019, sin que, a la fecha, se hayan podido concretar ninguna
de las iniciativas que en ese momento estaban desarrolladas, y que en la actualidad
requieren ser abordadas de manera más profunda.
Ante ello, se consultó en primera instancia por los proyectos relacionados con la
derogación del artículo 9ter de la ley N° 19.803, que nos instala una barrera de
comparación remuneracional con los funcionarios del sector público centralizado. Acto
seguido, se solicitó información sobre la forma en que se dará solución a los graves
problemas que ha generado el incremento previsional, además de la denominada ley
corta de planta, en dos ámbitos, primero para reabrir un periodo excepcional por la
entrada en vigencia de los nuevos reglamentos de plantas para el presente año y,
segundo, la preocupación que nos generan aquellos procesos de encasillamiento y
concursos públicos que puedan no cumplirse debido a que las proyecciones de ingresos
no serán los que se acordaron en los respectivos procesos de aprobación de las nuevas
plantas municipales. Para esto último, se concordó realizar un análisis jurídico y financiero
por parte de la Subdere.
En el ámbito, de las respuestas sobre las materias consultadas, se indicó que aún
permanecen en manos del Subsecretario, Sr. Claudio Alvarado, para su resolución y
esperemos que prontamente esa autoridad realice la tramitación correspondiente para
dar soluciones definitivas a algunas de las materias comprometidas por esa
Subsecretaría.
Inmediatamente y como prioridad, se dio énfasis al tema de la modificación a la
ley N° 21.135, de Incentivo al Retiro para Funcionarios Municipales, en ambas reuniones
existió un amplio intercambio de opiniones, en razón de las propuestas existentes, no
pudiendo concluir con una postura única, aunque para esta Confederación, nada de lo
propuesto por nuestra institución, significaría un mayor gasto al erario nacional, y solo
beneficiaría a más funcionarios municipales.
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Por tal motivo, Ufemuch hizo entrega a la Subdere, de la siguiente propuesta de
modificaciones a la ley N° 21.135:
1. Reordenamiento de Postulación.
2.- Retiro Anticipado o Desacople.
3.- Retrasar el Proceso de Postulación.
4.- Proceso Nuevo de Postulación y Reconocimiento.
5.- Médicos psicotécnicos como beneficiaros de la ley.
6.- Derecho al beneficio para los herederos de los fallecidos y los retirados entre 01 de
Julio del 2014 y la fecha de entrada en vigencia de la nueva normativa.
7.- Pérdida del derecho a la transmisibilidad de los beneficios.
En este contexto, nos preocupa que las modificaciones que se proyectan a la ley
de incentivo al retiro por parte del Gobierno no vayan en la línea de la integralidad y de
soluciones para todos y cada uno de los funcionarios y funcionarias que se encuentran
esperando por años una salida digna del municipio, es por eso, que solo la voluntad
política, tanto del poder ejecutivo como del legislativo; y que estamos seguros existe;
dará una solución definitiva hasta el año 2025, beneficiando a quienes han dado una
vida al servicio público y en forma especial a las diversas comunidades de nuestro país.
Colegas esperaremos prontas respuestas de la Subdere, y confiando que estas sean
positivas, se mantendrá una información fluida a nuestras bases tanto de las
conversaciones y negociaciones, como de las resoluciones que tome la autoridad.
Se adjunta, documentación detallada entregada a la Subdere.
Junto con despedirnos atentamente de ustedes, solicitamos la máxima difusión a las
bases del país y autoridades edilicias.
JOSÉ ESCOBAR RAMÍREZ MIGUEL ÁNGEL GÓMEZ QUIJADA
SECRETARIO GENERAL PRESIDENTE
MAGQ/JER/VHMA/CGA
C.C.
Comisión de Gobierno de la Cámara de Diputadas y Diputados.
Comisión de Gobierno del Senado.
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MINUTA CON MODIFICACIONES A LA LEY N° 21.135, PROPUESTAS
POR UFEMUCH
1. Reordenamiento de Postulación:
Debido a la existencia de un número importante de funcionarios y funcionarias con edad
para acogerse a retiro, que presentan enfermedades catastróficas, terminales y crónicas, es
de humanidad, modificar el ordenamiento en que se definen los cupos anuales, razón por la
cual, se debe dar prioridad a quienes presenten una certificación médica que acredite dicha
condición.
Requiere de Modificación Legal.
2. Retiro Anticipado o Desacople:
Se podrá ejercer el derecho a retirarse del municipio, desde el momento en que se postula a
un cupo de la ley, y se encuentra vigente la Resolución Municipal, que acredita la
postulación y el cumplimiento de requisitos, además, en este proceso se debe garantizar la
situación de los funcionarios y funcionarias a contrata, respecto de la posibilidad de ser
desvinculados antes del periodo de asignación del beneficio.
Requiere de Modificación Legal.
3. Retrasar el Proceso de Postulación:
Todo funcionario o funcionaria, que haya cumplido la edad máxima para postular (65 años),
durante el periodo anual en que le corresponda postular, podrá ampliar el plazo de retiro, en
un periodo máximo de dos años, en este mismo sentido, se debe incorporar una norma, que
permita que aquellos funcionarios y funcionarias que desistieron en el proceso de
postulación inicial, puedan repostular y acceder a los beneficios de la ley, si existieran cupos
al final de proceso.
Requiere de Modificación Legal.
4. Proceso Nuevo de Postulación y Reconocimiento:
Debido a que el proceso de postulación del primer periodo, se desarrolló durante el periodo
estival del año 2019, un importante número de funcionarios y funcionarias no tuvieron la
información necesaria y clara para postular, por ende, es de toda lógica abrir un nuevo
proceso de postulación para garantizar igualdad de oportunidades, adicionalmente, se debe
incluir una norma, que permita que aquellos funcionarios y funcionarias que se retiraron de
los municipios y que están en los registros de postulación de la Subsecretaría de Desarrollo
Regional y Administrativo, puedan mantener su condición de beneficiario.
Requiere de Modificación Legal.
5. Médicos psicotécnicos como beneficiaros de la ley:
Con el objeto de utilizar dentro del periodo el máximo de cupos disponibles, sobre todo por
la alta tasa de deserción, es prudente incluir a estos funcionarios que se regulan por las
normas del Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales, toda vez, que a nivel
país, estos no deben representar un número superior a los 150 funcionarios con las edades
cumplidas o por cumplir para acogerse a retiro voluntario.
Requiere de Modificación Legal.
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6. Derecho al beneficio para los herederos de los fallecidos y los retirados entre 01 de
Julio del 2014 y la fecha de entrada en vigencia de la nueva normativa:
En consideración que, conforme a los datos existentes, los 10.600 cupos no serán totalmente
utilizados por los funcionarios, se deberá considerar a este grupo de ex funcionarios y sus
herederos, siempre que existieran cupos disponibles en el proceso.
Requiere de Modificación Legal.
7. Pérdida del derecho a la transmisibilidad de los beneficios:
Conforme al Reglamento Nº 193, de 2019, de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y
Administrativo, que contempla que el periodo de postulación rige desde el 01 de septiembre
al 31 de diciembre de cada año, genera una discriminación para que aquellos funcionarios y
funcionarias que durante el respectivo año cumplan la edad para pensionarse entre el 01 de
enero y el 31 de agosto, en torno a la posibilidad de garantizar el derecho a la
transmisibilidad de los beneficios de la ley en favor de sus herederos, si se produjera su
fallecimiento en ese periodo.
Requiere de Modificación del Reglamento.
JOSÉ ESCOBAR RAMÍREZ MIGUEL ÁNGEL GÓMEZ QUIJADA
SECRETARIO GENERAL PRESIDENTE
CHRISTIAN GAJARDO ALTAMIRANO
ENCARGADO COMISIÓN TÉCNICA