Este documento establece las normas y procedimientos disciplinarios para el personal de la Policía Nacional del Perú. Define los principios rectores como legalidad, debido proceso y proporcionalidad. También describe los bienes jurídicos protegidos como la ética, disciplina, servicio e imagen policial. Finalmente, detalla normas de conducta para el personal policial en relación con el trato al ciudadano, órdenes de los superiores, limitaciones políticas y comunicación con los medios.
Procedimientos El Juzgamiento de los delitos menos graves.
La Extradición
Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada. Objeto. Naturaleza Jurídica. Sujetos Procesales.
Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia.
Ley Orgánica para la Protección de
Niños, Niñas y Adolescentes
El documento resume los principales cambios en el rol de la Policía Nacional del Perú (PNP) bajo el nuevo Código Procesal Penal (NCPP), así como los desafíos en su implementación. La PNP ahora tiene un rol de apoyo técnico a la investigación dirigida por el Ministerio Público. La PNP realiza diligencias preliminares para ayudar en la investigación preliminar, como recopilar pruebas y testimonios. Sin embargo, existen varios nudos críticos en la aplicación del NCPP, como una falta de claridad en los roles
El documento describe las funciones de la Policía Nacional del Perú en el proceso penal peruano según el Código Procesal Penal. La Policía realiza investigaciones técnicas y científicas bajo la dirección del Ministerio Público. También puede llevar a cabo detenciones, controles de identidad, inspecciones, pesquisas y otras diligencias preliminares para esclarecer delitos e identificar a sus autores, dando cuenta de sus actuaciones al Ministerio Público.
1) Los protocolos de investigación y las actas policiales son herramientas importantes para la policía que permiten registrar y sistematizar la información relacionada con las evidencias y el progreso de las investigaciones.
2) Es necesario que la policía reciba capacitación en temas como la asistencia a víctimas, la recolección y preservación de evidencias, y el enfoque basado en la criminalística para realizar investigaciones eficaces y respetuosas de los derechos humanos.
3) Entre los principales tipos de act
El documento describe las dos etapas de la investigación en el sistema de justicia penal acusatorio: 1) La etapa de investigación desformalizada, en la cual el Ministerio Público y la policía recopilan pruebas sin intervención judicial; y 2) La etapa de investigación formalizada, la cual comienza con la audiencia de imputación ante un juez. También se mencionan los criterios de oportunidad que permiten al Ministerio Público terminar anticipadamente la investigación en ciertos casos.
Este documento presenta un resumen de 3 oraciones o menos de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República de México. La ley organiza la Procuraduría General para que maneje asuntos legales federales y establece que el Procurador General dirigirá al Ministerio Público de la Federación. También define las funciones del Ministerio Público para investigar delitos federales, representar al gobierno en casos penales, y proveer apoyo y protección a víctimas.
Aspectos generales del acta policial_IAFJSRMauri Rojas
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germina legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación de los futuros profesionales en el derecho en su fase incipiente, preparándolo para entender, comprender y desarrollar exitosamente su futura profesión y mejorar las habilidades y destrezas de profesionales que ya estén en su ejercicio profesional.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela
www.iafjsr.com.ve
Este documento describe el marco legal y los roles de la Policía Nacional y el Ministerio Público en el proceso penal peruano según el Código Procesal Penal. Indica que el Ministerio Público conduce jurídicamente la investigación con apoyo de la Policía Nacional, la cual realiza actos de investigación operativos y técnico-científicos. Asimismo, establece los deberes y facultades de la Policía en función de investigación como recibir denuncias, asegurar pruebas y detener sospechosos.
Procedimientos El Juzgamiento de los delitos menos graves.
La Extradición
Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada. Objeto. Naturaleza Jurídica. Sujetos Procesales.
Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia.
Ley Orgánica para la Protección de
Niños, Niñas y Adolescentes
El documento resume los principales cambios en el rol de la Policía Nacional del Perú (PNP) bajo el nuevo Código Procesal Penal (NCPP), así como los desafíos en su implementación. La PNP ahora tiene un rol de apoyo técnico a la investigación dirigida por el Ministerio Público. La PNP realiza diligencias preliminares para ayudar en la investigación preliminar, como recopilar pruebas y testimonios. Sin embargo, existen varios nudos críticos en la aplicación del NCPP, como una falta de claridad en los roles
El documento describe las funciones de la Policía Nacional del Perú en el proceso penal peruano según el Código Procesal Penal. La Policía realiza investigaciones técnicas y científicas bajo la dirección del Ministerio Público. También puede llevar a cabo detenciones, controles de identidad, inspecciones, pesquisas y otras diligencias preliminares para esclarecer delitos e identificar a sus autores, dando cuenta de sus actuaciones al Ministerio Público.
1) Los protocolos de investigación y las actas policiales son herramientas importantes para la policía que permiten registrar y sistematizar la información relacionada con las evidencias y el progreso de las investigaciones.
2) Es necesario que la policía reciba capacitación en temas como la asistencia a víctimas, la recolección y preservación de evidencias, y el enfoque basado en la criminalística para realizar investigaciones eficaces y respetuosas de los derechos humanos.
3) Entre los principales tipos de act
El documento describe las dos etapas de la investigación en el sistema de justicia penal acusatorio: 1) La etapa de investigación desformalizada, en la cual el Ministerio Público y la policía recopilan pruebas sin intervención judicial; y 2) La etapa de investigación formalizada, la cual comienza con la audiencia de imputación ante un juez. También se mencionan los criterios de oportunidad que permiten al Ministerio Público terminar anticipadamente la investigación en ciertos casos.
Este documento presenta un resumen de 3 oraciones o menos de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República de México. La ley organiza la Procuraduría General para que maneje asuntos legales federales y establece que el Procurador General dirigirá al Ministerio Público de la Federación. También define las funciones del Ministerio Público para investigar delitos federales, representar al gobierno en casos penales, y proveer apoyo y protección a víctimas.
Aspectos generales del acta policial_IAFJSRMauri Rojas
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“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germina legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación de los futuros profesionales en el derecho en su fase incipiente, preparándolo para entender, comprender y desarrollar exitosamente su futura profesión y mejorar las habilidades y destrezas de profesionales que ya estén en su ejercicio profesional.
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Este documento describe el marco legal y los roles de la Policía Nacional y el Ministerio Público en el proceso penal peruano según el Código Procesal Penal. Indica que el Ministerio Público conduce jurídicamente la investigación con apoyo de la Policía Nacional, la cual realiza actos de investigación operativos y técnico-científicos. Asimismo, establece los deberes y facultades de la Policía en función de investigación como recibir denuncias, asegurar pruebas y detener sospechosos.
La miscelánea en materia penal aprobada por el Congreso de la Unión actualiza el marco legal para dar cumplimiento a las reformas constitucionales de 2008 en materia de justicia penal. La reforma modifica leyes como el Código Penal Federal, el Código Federal de Procedimientos Penales, y la Ley contra la Delincuencia Organizada para tipificar nuevos delitos, regular mejor la investigación de delitos y la protección de víctimas, y establecer mayores facultades para las autoridades encargadas de combatir la delincuencia organizada.
El rol de la policia en el nuevo codigo procesal penalMartin Manco
1) El documento describe el rol de la policía en Perú según la constitución, incluyendo garantizar el orden interno, prestar protección a personas y comunidad, y garantizar el cumplimiento de leyes.
2) Explica la relación de la policía con el Ministerio Público, que la policía debe cumplir los mandatos del Ministerio Público en investigaciones.
3) Resume las funciones de la policía en investigaciones preliminares según el nuevo Código Procesal Penal, incluyendo apoyar al Ministerio Público y respet
Lamina derecho procesal penal ii no borrarLean_dru
El documento describe los procedimientos legales para el juzgamiento de delitos menos graves y delitos cometidos por adolescentes en Venezuela. Explica que los delitos menos graves son aquellos cuya pena máxima no excede los 8 años y no incluyen ciertos delitos graves. Describe las etapas de la investigación, audiencia preliminar, juicio oral y decisión final para estos casos. También cubre el procedimiento especial para adolescentes, incluyendo la detención en flagrancia, audiencia de presentación y medidas cautelares.
Este documento explica la naturaleza y propósito de los actos policiales. Define un acto policial como el medio escrito en el que los funcionarios policiales describen los detalles de un hecho, incluyendo la identificación de participantes y evidencia recolectada. Explica que los actos policiales deben ceñirse a principios de legalidad y deben respetar los derechos humanos. También establece los tipos de actos policiales y su fundamento constitucional y legal.
Este documento presenta información sobre actas policiales en Venezuela. Explica que los funcionarios de policía, bajo la dirección del Ministerio Público, son responsables de realizar diligencias para determinar delitos y identificar a sus autores. También describe los pasos requeridos para elaborar un acta policial válida y la importancia de mantener la cadena de custodia de las pruebas para garantizar su integridad.
Valoracion juridica del acta de inv penal_IAFJSRMauri Rojas
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germina legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación de los futuros profesionales en el derecho en su fase incipiente, preparándolo para entender, comprender y desarrollar exitosamente su futura profesión y mejorar las habilidades y destrezas de profesionales que ya estén en su ejercicio profesional.
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El nuevo Código Procesal Penal peruano introduce un sistema acusatorio que separa las funciones de investigación y juzgamiento. El Ministerio Público asume un rol protagónico en la investigación penal bajo la dirección del Fiscal, mientras que los jueces se encargan del juzgamiento. El Código también fortalece los derechos de la defensa, las víctimas y los imputados.
Aspectos generales del acta policial2_IAFJSRMauri Rojas
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germina legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación de los futuros profesionales en el derecho en su fase incipiente, preparándolo para entender, comprender y desarrollar exitosamente su futura profesión y mejorar las habilidades y destrezas de profesionales que ya estén en su ejercicio profesional.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela
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Este documento presenta un manual de procedimientos para la preservación del lugar del hecho y la escena del crimen. Describe los conceptos básicos de lugar del hecho y escena del crimen, e incluye secciones sobre la protección y aseguramiento del lugar, la inspección ocular, la fijación del lugar a través de descripciones, croquis, planos y fotografía, la recolección de evidencia y la liberación del lugar. El objetivo es establecer pautas para preservar la integridad física del lugar y evitar la pérd
El documento explica qué es la flagrancia y el proceso inmediato en el sistema de justicia penal peruano. La flagrancia se refiere a cuando una persona es detenida cometiendo un delito. El proceso inmediato es un proceso abreviado que puede solicitarse en casos de flagrancia, confesión del imputado, o evidencia clara de la comisión de un delito. La policía puede detener a alguien sin orden judicial solo cuando hay flagrancia o peligro inminente de un delito.
deficiencia y rol de la pnp en el nuevo codigo procesal penaltakeshy colca torres
El documento discute el rol de la policía en las investigaciones bajo el nuevo Código Procesal Penal peruano. Señala que la policía ya no está a cargo de la investigación preliminar, sino que debe asistir al Ministerio Público en las investigaciones. También recomienda construir un nuevo sistema de investigación que defina claramente las funciones de la policía en cooperación con el Ministerio Público.
Proceso penal antes de la reforma de 2008EynarEnrique
El documento describe el proceso penal en el estado de Quintana Roo antes de la reforma de 2008. Resume los principales pasos del proceso incluyendo la denuncia, averiguación previa, ejercicio de la acción penal, detención, consignación ante tribunales, declaración preparatoria, periodo probatorio, y autos de termino constitucional. También define conceptos clave como delito, acción penal, pruebas periciales y testimoniales.
La reforma constitucional del sistema mexicano de seguridad y justicia tiene como objetivo transformar de raíz el sistema actual para que sea más efectivo, respete los derechos humanos y combata la delincuencia organizada. Algunos de los cambios clave incluyen establecer la presunción de inocencia, limitar el uso de la prisión preventiva, garantizar una defensa adecuada para los acusados y hacer que los juicios sean públicos, orales y continuos para mayor transparencia e imparcialidad.
Cuadro comparativo del artículo 21 constitucionalCarlos Paredes
El documento compara el Artículo 21 constitucional de 1993 con la versión actual. Ambas versiones establecen que la investigación de delitos corresponde al Ministerio Público y a las policías bajo su conducción. También establecen que el ejercicio de la acción penal corresponde al Ministerio Público y que la imposición de penas corresponde a la autoridad judicial. La versión actual agrega disposiciones sobre la seguridad pública a nivel federal, estatal y municipal y la creación de un Sistema Nacional de Seguridad Pública.
El documento resume los principales aspectos de la investigación penal en Venezuela según la Constitución y el Código Orgánico Procesal Penal. El Ministerio Público dirige la investigación y puede ordenar diligencias e inspecciones, mientras que la policía solo puede realizar diligencias urgentes y debe informar los resultados al Ministerio Público. Todas las actuaciones deben respetar el debido proceso y los derechos fundamentales.
1 proced penal ordinario mapas formas inicio investigación penal carlos a p...yenny mar g
1. El documento describe varias formas de inicio de la investigación penal según la legislación ecuatoriana, incluyendo la denuncia, la investigación de oficio, y la querella.
2. Se indica que la querella es una forma válida de inicio de la investigación penal según la jurisprudencia citada.
3. También se mencionan otros modos como el requerimiento de parte u órgano ofendido para ciertos delitos donde la víctima es un funcionario público.
Material convertido y editado para el fin educativo de instruir a los funcionarios de seguridad en venezuela en cuanto a las normativas, metodologías y pasos en cuanto a las actuaciones policiales en el pais
Este documento resume las reformas al artículo 18 constitucional mexicano en materia penal. Explica que la reforma cambia el concepto de "pena corporal" a "pena privativa de libertad", reconociendo que las penas corporales están prohibidas. También establece que el sistema penitenciario se organizará en torno al trabajo, capacitación, educación, salud y deporte para lograr la reinserción social de los sentenciados y evitar la reincidencia. Además, cambia el objetivo de "readaptación social" a "reinserción
Este documento contiene tres artículos relacionados con la regulación del régimen disciplinario de la Policía Nacional del Perú. El artículo 1 establece los principios rectores como el debido proceso y la proporcionalidad. El artículo 15 describe los signos y expresiones de respeto obligatorios entre el personal policial como el saludo reglamentario. El artículo 14 indica que el personal policial debe comunicar a su comando sobre cualquier ausencia fuera de su demarcación regional.
Este decreto supremo aprueba el reglamento de la Ley No 30714, que regula el régimen disciplinario de la Policía Nacional del Perú. El reglamento establece las normas y procedimientos para prevenir, regular y sancionar infracciones cometidas por el personal de la policía. También aprueba las tablas de infracciones y sanciones leves, graves y muy graves. Finalmente, autoriza al Ministerio del Interior y a la Dirección General de la Policía Nacional a implementar los órganos necesarios para aplicar el nuevo régimen disciplinario a n
Este documento describe el régimen disciplinario de la Policía Nacional del Perú. Explica las normas legales que rigen los procedimientos sancionadores, incluyendo las infracciones y sanciones, los órganos disciplinarios y los procedimientos administrativos disciplinarios. El objetivo es asegurar una mayor celeridad en los procesos disciplinarios para favorecer la ética, disciplina e imagen de la institución policial.
Este documento describe el régimen disciplinario de la Policía Nacional del Perú. Explica las normas legales que rigen los procedimientos sancionadores, incluyendo las infracciones y sanciones, los órganos disciplinarios y los procedimientos administrativos disciplinarios. El objetivo es asegurar una mayor celeridad en los procesos disciplinarios para favorecer la ética, disciplina e imagen de la institución policial.
La miscelánea en materia penal aprobada por el Congreso de la Unión actualiza el marco legal para dar cumplimiento a las reformas constitucionales de 2008 en materia de justicia penal. La reforma modifica leyes como el Código Penal Federal, el Código Federal de Procedimientos Penales, y la Ley contra la Delincuencia Organizada para tipificar nuevos delitos, regular mejor la investigación de delitos y la protección de víctimas, y establecer mayores facultades para las autoridades encargadas de combatir la delincuencia organizada.
El rol de la policia en el nuevo codigo procesal penalMartin Manco
1) El documento describe el rol de la policía en Perú según la constitución, incluyendo garantizar el orden interno, prestar protección a personas y comunidad, y garantizar el cumplimiento de leyes.
2) Explica la relación de la policía con el Ministerio Público, que la policía debe cumplir los mandatos del Ministerio Público en investigaciones.
3) Resume las funciones de la policía en investigaciones preliminares según el nuevo Código Procesal Penal, incluyendo apoyar al Ministerio Público y respet
Lamina derecho procesal penal ii no borrarLean_dru
El documento describe los procedimientos legales para el juzgamiento de delitos menos graves y delitos cometidos por adolescentes en Venezuela. Explica que los delitos menos graves son aquellos cuya pena máxima no excede los 8 años y no incluyen ciertos delitos graves. Describe las etapas de la investigación, audiencia preliminar, juicio oral y decisión final para estos casos. También cubre el procedimiento especial para adolescentes, incluyendo la detención en flagrancia, audiencia de presentación y medidas cautelares.
Este documento explica la naturaleza y propósito de los actos policiales. Define un acto policial como el medio escrito en el que los funcionarios policiales describen los detalles de un hecho, incluyendo la identificación de participantes y evidencia recolectada. Explica que los actos policiales deben ceñirse a principios de legalidad y deben respetar los derechos humanos. También establece los tipos de actos policiales y su fundamento constitucional y legal.
Este documento presenta información sobre actas policiales en Venezuela. Explica que los funcionarios de policía, bajo la dirección del Ministerio Público, son responsables de realizar diligencias para determinar delitos y identificar a sus autores. También describe los pasos requeridos para elaborar un acta policial válida y la importancia de mantener la cadena de custodia de las pruebas para garantizar su integridad.
Valoracion juridica del acta de inv penal_IAFJSRMauri Rojas
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germina legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación de los futuros profesionales en el derecho en su fase incipiente, preparándolo para entender, comprender y desarrollar exitosamente su futura profesión y mejorar las habilidades y destrezas de profesionales que ya estén en su ejercicio profesional.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela
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El nuevo Código Procesal Penal peruano introduce un sistema acusatorio que separa las funciones de investigación y juzgamiento. El Ministerio Público asume un rol protagónico en la investigación penal bajo la dirección del Fiscal, mientras que los jueces se encargan del juzgamiento. El Código también fortalece los derechos de la defensa, las víctimas y los imputados.
Aspectos generales del acta policial2_IAFJSRMauri Rojas
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germina legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación de los futuros profesionales en el derecho en su fase incipiente, preparándolo para entender, comprender y desarrollar exitosamente su futura profesión y mejorar las habilidades y destrezas de profesionales que ya estén en su ejercicio profesional.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela
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Este documento presenta un manual de procedimientos para la preservación del lugar del hecho y la escena del crimen. Describe los conceptos básicos de lugar del hecho y escena del crimen, e incluye secciones sobre la protección y aseguramiento del lugar, la inspección ocular, la fijación del lugar a través de descripciones, croquis, planos y fotografía, la recolección de evidencia y la liberación del lugar. El objetivo es establecer pautas para preservar la integridad física del lugar y evitar la pérd
El documento explica qué es la flagrancia y el proceso inmediato en el sistema de justicia penal peruano. La flagrancia se refiere a cuando una persona es detenida cometiendo un delito. El proceso inmediato es un proceso abreviado que puede solicitarse en casos de flagrancia, confesión del imputado, o evidencia clara de la comisión de un delito. La policía puede detener a alguien sin orden judicial solo cuando hay flagrancia o peligro inminente de un delito.
deficiencia y rol de la pnp en el nuevo codigo procesal penaltakeshy colca torres
El documento discute el rol de la policía en las investigaciones bajo el nuevo Código Procesal Penal peruano. Señala que la policía ya no está a cargo de la investigación preliminar, sino que debe asistir al Ministerio Público en las investigaciones. También recomienda construir un nuevo sistema de investigación que defina claramente las funciones de la policía en cooperación con el Ministerio Público.
Proceso penal antes de la reforma de 2008EynarEnrique
El documento describe el proceso penal en el estado de Quintana Roo antes de la reforma de 2008. Resume los principales pasos del proceso incluyendo la denuncia, averiguación previa, ejercicio de la acción penal, detención, consignación ante tribunales, declaración preparatoria, periodo probatorio, y autos de termino constitucional. También define conceptos clave como delito, acción penal, pruebas periciales y testimoniales.
La reforma constitucional del sistema mexicano de seguridad y justicia tiene como objetivo transformar de raíz el sistema actual para que sea más efectivo, respete los derechos humanos y combata la delincuencia organizada. Algunos de los cambios clave incluyen establecer la presunción de inocencia, limitar el uso de la prisión preventiva, garantizar una defensa adecuada para los acusados y hacer que los juicios sean públicos, orales y continuos para mayor transparencia e imparcialidad.
Cuadro comparativo del artículo 21 constitucionalCarlos Paredes
El documento compara el Artículo 21 constitucional de 1993 con la versión actual. Ambas versiones establecen que la investigación de delitos corresponde al Ministerio Público y a las policías bajo su conducción. También establecen que el ejercicio de la acción penal corresponde al Ministerio Público y que la imposición de penas corresponde a la autoridad judicial. La versión actual agrega disposiciones sobre la seguridad pública a nivel federal, estatal y municipal y la creación de un Sistema Nacional de Seguridad Pública.
El documento resume los principales aspectos de la investigación penal en Venezuela según la Constitución y el Código Orgánico Procesal Penal. El Ministerio Público dirige la investigación y puede ordenar diligencias e inspecciones, mientras que la policía solo puede realizar diligencias urgentes y debe informar los resultados al Ministerio Público. Todas las actuaciones deben respetar el debido proceso y los derechos fundamentales.
1 proced penal ordinario mapas formas inicio investigación penal carlos a p...yenny mar g
1. El documento describe varias formas de inicio de la investigación penal según la legislación ecuatoriana, incluyendo la denuncia, la investigación de oficio, y la querella.
2. Se indica que la querella es una forma válida de inicio de la investigación penal según la jurisprudencia citada.
3. También se mencionan otros modos como el requerimiento de parte u órgano ofendido para ciertos delitos donde la víctima es un funcionario público.
Material convertido y editado para el fin educativo de instruir a los funcionarios de seguridad en venezuela en cuanto a las normativas, metodologías y pasos en cuanto a las actuaciones policiales en el pais
Este documento resume las reformas al artículo 18 constitucional mexicano en materia penal. Explica que la reforma cambia el concepto de "pena corporal" a "pena privativa de libertad", reconociendo que las penas corporales están prohibidas. También establece que el sistema penitenciario se organizará en torno al trabajo, capacitación, educación, salud y deporte para lograr la reinserción social de los sentenciados y evitar la reincidencia. Además, cambia el objetivo de "readaptación social" a "reinserción
Este documento contiene tres artículos relacionados con la regulación del régimen disciplinario de la Policía Nacional del Perú. El artículo 1 establece los principios rectores como el debido proceso y la proporcionalidad. El artículo 15 describe los signos y expresiones de respeto obligatorios entre el personal policial como el saludo reglamentario. El artículo 14 indica que el personal policial debe comunicar a su comando sobre cualquier ausencia fuera de su demarcación regional.
Este decreto supremo aprueba el reglamento de la Ley No 30714, que regula el régimen disciplinario de la Policía Nacional del Perú. El reglamento establece las normas y procedimientos para prevenir, regular y sancionar infracciones cometidas por el personal de la policía. También aprueba las tablas de infracciones y sanciones leves, graves y muy graves. Finalmente, autoriza al Ministerio del Interior y a la Dirección General de la Policía Nacional a implementar los órganos necesarios para aplicar el nuevo régimen disciplinario a n
Este documento describe el régimen disciplinario de la Policía Nacional del Perú. Explica las normas legales que rigen los procedimientos sancionadores, incluyendo las infracciones y sanciones, los órganos disciplinarios y los procedimientos administrativos disciplinarios. El objetivo es asegurar una mayor celeridad en los procesos disciplinarios para favorecer la ética, disciplina e imagen de la institución policial.
Este documento describe el régimen disciplinario de la Policía Nacional del Perú. Explica las normas legales que rigen los procedimientos sancionadores, incluyendo las infracciones y sanciones, los órganos disciplinarios y los procedimientos administrativos disciplinarios. El objetivo es asegurar una mayor celeridad en los procesos disciplinarios para favorecer la ética, disciplina e imagen de la institución policial.
Este documento describe el régimen disciplinario de la Policía Nacional del Perú. Explica las normas legales que rigen los procedimientos sancionadores, incluyendo las infracciones y sanciones, los órganos disciplinarios y los procedimientos administrativos disciplinarios. El objetivo es asegurar una mayor celeridad en los procesos disciplinarios para favorecer la ética, disciplina e imagen de la institución policial.
Este documento resume el régimen disciplinario de la Policía Nacional del Perú. Establece que la disciplina y ética son fundamentales para la institución policial. Describe las normas legales que rigen los procedimientos disciplinarios, incluidos los principios que los rigen, las infracciones y sanciones, y los órganos responsables de la investigación y decisión de casos. Finalmente, explica el procedimiento para infracciones leves que involucra notificar al acusado, recibir descargos, emitir una orden de sanción y verificar su legalidad.
Ley nro30714 nueva ley de regimen disciplinario de la pnpHoracio Valdivia
Este documento presenta dos leyes aprobadas por el Congreso de la República del Perú. La primera ley deroga un decreto legislativo anterior y restituye la vigencia de normas modificadas o derogadas por ese decreto. La segunda ley regula el régimen disciplinario de la Policía Nacional del Perú, estableciendo principios rectores, bienes jurídicos protegidos, normas de conducta, tipificación de infracciones y sanciones disciplinarias.
Este documento deroga el Decreto Legislativo 1268 que regulaba el régimen disciplinario de la Policía Nacional del Perú y restituye la vigencia del Decreto Legislativo 1150 y otras normas modificadas o derogadas por el Decreto Legislativo 1268. Además, establece una nueva ley que regula el régimen disciplinario de la Policía Nacional del Perú, la cual contiene principios rectores, bienes jurídicos protegidos, normas de disciplina y servicio, tipificación de infracciones, sanciones
Ley que-regula-el-regimen-disciplinario-de-la-policia-nacion-ley-n-30714-1602...Carlos Zalazar D
Este documento deroga el Decreto Legislativo 1268 que regulaba el régimen disciplinario de la Policía Nacional del Perú y restituye la vigencia del Decreto Legislativo 1150 y otras normas modificadas o derogadas por el Decreto Legislativo 1268. Además, establece una nueva ley que regula el régimen disciplinario de la Policía Nacional del Perú, la cual contiene principios rectores, tipificación de infracciones, sanciones disciplinarias y el procedimiento sancionador.
Este documento deroga el Decreto Legislativo 1268 que regulaba el régimen disciplinario de la Policía Nacional del Perú y restituye la vigencia del Decreto Legislativo 1150 y otras normas modificadas o derogadas por el Decreto Legislativo 1268. Además, establece una nueva ley que regula el régimen disciplinario de la Policía Nacional del Perú, la cual contiene principios rectores, bienes jurídicos protegidos, normas de conducta, tipificación de infracciones y sanciones disciplinari
Este documento deroga el Decreto Legislativo 1268 que regulaba el régimen disciplinario de la Policía Nacional del Perú y restituye la vigencia de las normas anteriores. Se deroga el Decreto Legislativo 1268 y se restituye la vigencia del Decreto Legislativo 1150 y otras normas modificadas o derogadas por el Decreto Legislativo 1268. El documento fue aprobado por el Congreso de la República y promulgado por el Presidente de la República.
10. ley n° 30077 ley contra el crimen organizado(2)Pablo March
Este documento presenta resúmenes de varias resoluciones y designaciones de diferentes organismos del gobierno peruano. También incluye la Ley No 30077 contra el crimen organizado, la cual establece reglas y procedimientos para investigar y sancionar delitos cometidos por organizaciones criminales.
Este documento es el Código Penal de El Salvador. Establece las normas y principios generales del derecho penal salvadoreño, incluyendo garantías penales mínimas como el principio de legalidad, la prohibición de la responsabilidad objetiva, y la aplicación de la ley más favorable. También regula cuestiones como la territorialidad y personalidad de la ley penal salvadoreña, así como la vigencia de la ley en el tiempo.
Pre publicacion proyecto_contravenciones_pnp_2015Dayana1z
Este documento presenta un proyecto de decreto para aprobar el Código Administrativo de Contravenciones de Policía en Perú. El código establecería normas para regular conductas que afectan la convivencia ciudadana y el orden público pero que no constituyen delitos. El documento explica la necesidad de tales normas y que serían aplicadas por la policía para imponer sanciones administrativas como multas. El proyecto de decreto aprobaría el código y establecería su implementación en la policía nacional.
Este documento presenta la base legal que crea un marco para sancionar el incumplimiento de las disposiciones emitidas durante la emergencia sanitaria por el COVID-19 en Perú. Explica que la Policía Nacional del Perú tiene ahora la potestad fiscalizadora y sancionadora de acuerdo a los decretos recientemente aprobados. También discute conceptos clave como fiscalización, potestad sancionadora y el enfoque de fiscalización en el Perú, señalando la importancia de un correcto procedimiento administrativo sancionador
Este documento resume la Ley No 30714, que regula el régimen disciplinario de la Policía Nacional del Perú. Establece 20 principios rectores como legalidad, autonomía, debido proceso, doble instancia, proporcionalidad, e imparcialidad. Detalla las infracciones leves, graves y muy graves, así como las sanciones correspondientes. Explica los órganos competentes para investigar e imponer sanciones, y el procedimiento administrativo disciplinario, incluyendo las acciones previas, plazos, y formas de concluir el proceso.
La ley establece un período de transición de hasta 5 años para la implementación progresiva del nuevo Código Procesal Penal en la provincia. Durante este período, las causas existentes se resolverán a través de un Sistema de Conclusión de Causas que incluye mecanismos como el archivo, el juicio abreviado o la suspensión del juicio a prueba. Se crea un Comité de Gestión para supervisar el proceso. Los jueces, fiscales y defensores recibirán capacitación, y al finalizar el
La investigación policial en el caso de extorsióncuto41
Este documento presenta las conclusiones y recomendaciones de un proyecto de ley sobre extorsión y su relación con la criminalística en el marco del nuevo código procesal penal en Perú. Propone varias recomendaciones como mejorar la capacitación de peritos criminalísticos, adquirir nueva tecnología forense, y realizar campañas públicas sobre la importancia de preservar las escenas del crimen. El objetivo final es fortalecer la investigación criminalística para apoyar mejor el sistema de justicia peruano.
Grilletes electrónicos en el perú teoriaRenzo Alanya
El documento discute el uso de grilletes electrónicos en el Perú. Argumenta que los grilletes electrónicos podrían ayudar a reducir la superpoblación en las cárceles peruanas, mejorar el control de personas bajo detención domiciliaria y apoyar la lucha contra la criminalidad. Sin embargo, señala que los grilletes electrónicos solo serían una herramienta útil si se implementan correctamente y respetan los derechos humanos.
Grilletes electrónicos en el perú teoriaRenzo Alanya
El documento discute el uso de grilletes electrónicos en el Perú para ayudar a reducir la superpoblación carcelaria. Argumenta que los grilletes electrónicos permitirían monitorear a los detenidos en detención domiciliaria y liberar espacio en las prisiones sobrepobladas. Expertos señalan que los grilletes serían más baratos que mantener reclusos en la cárcel y podrían usarse para aquellos condenados con sentencias menores a seis años. Sin embargo, algunos señalan que esto plantea preocupaciones sobre los
ACERTIJO DESCIFRANDO CÓDIGO DEL CANDADO DE LA TORRE EIFFEL EN PARÍS. Por JAVI...JAVIER SOLIS NOYOLA
El Mtro. JAVIER SOLIS NOYOLA crea y desarrolla el “DESCIFRANDO CÓDIGO DEL CANDADO DE LA TORRE EIFFEL EN PARIS”. Esta actividad de aprendizaje propone el reto de descubrir el la secuencia números para abrir un candado, el cual destaca la percepción geométrica y conceptual. La intención de esta actividad de aprendizaje lúdico es, promover los pensamientos lógico (convergente) y creativo (divergente o lateral), mediante modelos mentales de: atención, memoria, imaginación, percepción (Geométrica y conceptual), perspicacia, inferencia y viso-espacialidad. Didácticamente, ésta actividad de aprendizaje es transversal, y que integra áreas del conocimiento: matemático, Lenguaje, artístico y las neurociencias. Acertijo dedicado a los Juegos Olímpicos de París 2024.
Soluciones Examen de Selectividad. Geografía junio 2024 (Convocatoria Ordinar...Juan Martín Martín
Criterios de corrección y soluciones al examen de Geografía de Selectividad (EvAU) Junio de 2024 en Castilla La Mancha.
Soluciones al examen.
Convocatoria Ordinaria.
Examen resuelto de Geografía
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José Luis Jiménez Rodríguez
Junio 2024.
“La pedagogía es la metodología de la educación. Constituye una problemática de medios y fines, y en esa problemática estudia las situaciones educativas, las selecciona y luego organiza y asegura su explotación situacional”. Louis Not. 1993.
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1. El Peruano
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máximo de un (1) año, a partir de la vigencia de la ético que la responsabilidad de representar la autoridad,
presente norma. el cumplimiento de la ley, el orden y la seguridad en toda
2. Los artículos 44º, 45º y 46º del Capítulo VII del la República, exigen de sus miembros;
Título II, de la presente norma, son de aplicación El proceso de fortalecimiento de la Policía Nacional
para el Oficial de Armas egresado desde el 2012 del Perú
De conformidad con lo establecido en el artículo 104°
SEGUNDA.- Los procedimientos a que se refiere el de la Constitución Política del Perú;
Capítulo III del Título II de la presente Ley, son regulados Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros:
en el Decreto Legislativo que norma el Régimen Educativo Con cargo a dar cuenta al Congreso de la República;
de la Policía Nacional del Perú. Ha dado el Decreto Legislativo siguiente:
TERCERA.- Excepcionalidad para los Oficiales de
Armas de la modalidad de acceso directo FGETGVQ!NGIKUNCVKXQ!SWG!TGIWNC!GN!
Para los Oficiales de Armas que causaron alta el 1 de TËIKOGP!FKUEKRNKPCTKQ!FG!NC!RQNKEÏC!
enero de los años 2002 y 2003 en la modalidad de acceso
directo al amparo del derogado artículo 33º de la Ley PCEKQPCN!FGN!RGTÜ
27238, Ley de la Policía Nacional del Perú, es aplicable
el incremento de cinco (5) años a las edades máximas TÍTULO PRELIMINAR
establecidas para postular a los cursos institucionales PRINCIPIOS RECTORES
de capacitación, especialización, perfeccionamiento e
investigación y desarrollo. La edad límite de permanencia Artículo 1º.- Garantías y principios rectores
en el grado es equivalente a la de Oficiales de Servicios. El presente Decreto Legislativo garantiza el derecho
de defensa, la doble instancia y el debido procedimiento
CUARTA.- Lo dispuesto en el numeral 2) del artículo con arreglo a la Constitución Política del Perú y las normas
76º, y el numeral 2) del artículo 91º, regirán a partir del vigentes sobre la materia.
período de evaluación siguiente a la fecha de entrada en Constituyen criterios de interpretación y son de
vigencia de la presente norma. aplicación obligatoria en todo procedimiento disciplinario:
QUINTA.- El cómputo de los períodos dispuesto en 1) Principio de legalidad.- El superior y los
el artículo 92º comenzará a regir a partir del proceso de órganos disciplinarios deben actuar con respeto
ascenso promoción 2014. a la Constitución Política del Perú, la ley y al
derecho, dentro de las facultades que le estén
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA atribuidas, y de acuerdo con los fines para los
DEROGATORIA que les fueron conferidas.
2) Principio de la autonomía de la responsabilidad
ÚNICA.- Derogación administrativa.- El procedimiento disciplinario
Deróguense la Ley 28857, Ley del Régimen de Personal sancionador es independiente y distinto de
de la Policía Nacional del Perú y sus modificatorias. las acciones jurisdiccionales civiles, penales
u otras, que está orientada a establecer la
responsabilidad administrativo-disciplinaria en
POR TANTO: las que incurre el personal de la Policía Nacional
Mando se publique y cumpla, dando cuenta al del Perú.
3) Principio del debido procedimiento.- Las
Congreso de la República. infracciones son sancionadas con sujeción a
los procedimientos establecidos en la presente
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días norma, respetándose las garantías y derechos
del mes de diciembre del año dos mil doce. del debido proceso.
4) Principio de inmediatez.- El conocimiento de
OLLANTA HUMALA TASSO la comisión de una infracción obliga el inicio
Presidente Constitucional de la República
inmediato del procedimiento administrativo-
disciplinario correspondiente y compromete la
JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR responsabilidad del superior.
Presidente del Consejo de Ministros
5) Principio de concurso de infracciones.-
Cuando una misma conducta califique con más
WILFREDO PEDRAZA SIERRA de una infracción, se aplicará la sanción prevista
Ministro del Interior
para la infracción de mayor gravedad.
6) Principio de proporcionalidad.- Las decisiones
876803-10 en el ejercicio de la potestad disciplinaria
sancionadora, deben mantener proporción entre
Fgetgvq! Ngikuncvkxq! swg! tgiwnc! gn! la infracción cometida y la sanción.
7) Principio de reserva.- El personal que
Tëikogp! Fkuekrnkpctkq! fg! nc! Rqnkeïc! conozca de una investigación administrativo-
Pcekqpcn!fgn!Rgtü disciplinaria o sea parte de la misma, está
obligado a mantener reserva del contenido del
DECRETO LEGISLATIVO procedimiento hasta su culminación.
Nº 1150 8) Principio de prohibición de la doble
investigación o sanción.- No se podrá
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA investigar o imponer dos o más sanciones
disciplinarias por el mismo hecho, en los casos
POR CUANTO: que se aprecie la identidad del sujeto, hecho y
fundamento.
El Congreso de la República, mediante Ley 29915, 9) Principio de tipicidad.- Adecuación de la
ha delegado en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar conducta a la infracción descrita y sancionada
en materia de fortalecimiento institucional de la Policía por la norma sin admitir interpretación extensiva
Nacional del Perú y de la carrera policial, entre otras, o analogía.
conforme a lo señalado en el numeral 1 del artículo 2° de 10) Principio de razonabilidad.- Las sanciones
la citada norma; previstas en la presente norma se gradúan
La Policía Nacional del Perú es una institución en atención a la gravedad, naturaleza y
profesional, jerarquizada, no deliberante, disciplinada y trascendencia del hecho, así como las
subordinada al poder constitucional, donde la disciplina referencias administrativas disciplinarias del
constituye uno de los bienes jurídicos fundamentales para infractor.
preservar el servicio policial; 11) Principio de imparcialidad.- El superior y los
La sociedad requiere confianza en su institución órganos disciplinarios actúan sin ninguna clase
policial, la cual se construye con una actuación ajustada al de discriminación entre el personal de la Policía
cumplimiento estricto de los deberes legales y con el nivel Nacional del Perú otorgándoles tratamiento y
2. El Peruano
480550 NORMAS LEGALES &,-'"!-'.0+/!$$!*+!*,),+-(.+!*+!%#$%
tutela igualitarios frente al procedimiento, en CAPÍTULO III
atención a los bienes jurídicos protegidos por la NORMAS DE CONDUCTA
presente norma.
12) Principio de celeridad.- El superior y los Artículo 10º.- Trato debido
órganos disciplinarios deben cumplir su El personal policial brinda un trato cortés y respetuoso
actuación dentro de los plazos establecidos, al ciudadano. El mismo trato debe darse entre el personal
evitando actuaciones que dificulten su de la Policía Nacional del Perú.
desenvolvimiento. Se impulsará de oficio el
procedimiento administrativo-disciplinario. Artículo 11º.- Responsabilidad del superior
13) Principio de irretroactividad.- Son aplicables El superior es responsable de ejercer y mantener
las disposiciones sancionadoras vigentes en el la autoridad en forma permanente en todo lugar y
momento de incurrir el infractor en la conducta circunstancia.
a sancionar, salvo que las posteriores le sean
más favorables. Artículo 12º.- Responsabilidad del subordinado
El subordinado obedecerá las órdenes recibidas,
TÍTULO I siempre que estén enmarcadas en lo dispuesto en la
ASPECTOS GENERALES Constitución Política del Perú y normatividad vigente;
también está obligado a dar cuenta de su cumplimiento al
CAPÍTULO I superior que las dispuso.
OBJETO, CONTENIDO Y ALCANCE
Artículo 13º.- Del personal en situación de
Artículo 2º.- Objeto disponibilidad o retiro afectados por actos de
Tiene por objeto establecer las normas y indisciplina
procedimientos administrativos disciplinarios destinados Cuando algún miembro de la Policía Nacional del
a prevenir, regular y sancionar las infracciones cometidas Perú en situación de disponibilidad o retiro, afectado por
por el personal de la Policía Nacional del Perú. una conducta que constituya infracción cometida por
otro miembro de la institución en situación de actividad
Artículo 3º.- Contenido o disponibilidad, podrá solicitar la investigación o sanción
Contiene los principios rectores, los bienes jurídicos correspondiente, mediante denuncia debidamente
protegidos, las normas de disciplina y servicio, la tipificación fundamentada ante el superior o dependencia de la
de las infracciones, las sanciones disciplinarias, la Inspectoría General más cercana.
estructura de los órganos del sistema disciplinario policial
y el procedimiento sancionador, constituyéndose en un Artículo 14º.- Relación con los medios de
régimen especial para cautelar y mantener la disciplina en comunicación social
la Policía Nacional del Perú. El personal de la Policía Nacional del Perú podrá
informar a través de los medios de comunicación social
Artículo 4º.- Alcance cuando tenga autorización expresa de su Comando o
El presente Decreto Legislativo comprende al personal de los órganos encargados del Sistema de Información
de la Policía Nacional del Perú, en situación de actividad y y Comunicación Social de la institución, sobre las
disponibilidad, con exclusión del personal civil. actividades que por función o servicio policial desarrolla.
También se aplicará al personal de la Policía Nacional Igual procedimiento deberá observar cuando se requiera
del Perú en situación de retiro, siempre que las presuntas relación con los medios de comunicación por razones
infracciones se hayan cometido mientras se encontraba personales.
en situación de actividad o disponibilidad.
Artículo 15º.- Limitaciones
CAPÍTULO II El personal de la Policía Nacional del Perú, está
DE LOS BIENES JURÍDICOS PROTEGIDOS prohibido de pertenecer a partidos, agrupaciones u otras
organizaciones de carácter político, así como participar
Artículo 5º.- Bienes jurídicos protegidos en actividades político partidarias, gremiales, sindicales,
El presente Decreto Legislativo se fundamenta en la manifestaciones públicas, huelgas o petición en conjunto.
necesidad de privilegiar y salvaguardar los bienes jurídicos
constituidos por: la Ética Policial, la Disciplina Policial, el Artículo 16º.- Impedimento en el desempeño del
Servicio Policial y la Imagen Institucional, como bienes cargo
jurídicos imprescindibles para el cumplimiento adecuado El personal de la Policía Nacional del Perú, que ha
de la función policial y el desarrollo institucional. sido sancionado con resolución firme por la comisión de
infracción grave o muy grave que afecte la función que
Artículo 6º.-Ética Policial venía desempeñando, no podrá continuar ni volver a ser
La Ética Policial es el conjunto de principios, valores asignado al cargo que ocupaba al momento de cometer
y normas de conducta que regula el comportamiento del la infracción o en funciones análogas en otra unidad,
personal de la Policía Nacional del Perú. Su observancia por un período de cinco (05) años. Tal medida se deberá
genera confianza y respeto en las personas, la sociedad, disponer en la resolución sancionadora para su ejecución
la patria y la institución. y cumplimiento a través de la Dirección Ejecutiva de
Personal de la Policía Nacional del Perú.
Artículo 7º.- Disciplina Policial
La Disciplina Policial es la condición esencial de la Artículo 17º.- Comunicación para ausentarse de la
Policía Nacional del Perú. Se entiende como el acatamiento demarcación territorial.
consciente y voluntario de las órdenes que se dictan con El personal de la Policía Nacional del Perú no podrá
arreglo a Ley, que permite asegurar la unidad de acción ausentarse del ámbito de la demarcación territorial policial,
y el cumplimiento de la finalidad fundamental, misión y sin conocimiento previo de su comando.
funciones institucionales.
CAPÍTULO IV
Artículo 8º.-Servicio Policial SIGNOS EXTERIORES DE RESPETO
El Servicio Policial es el conjunto de actividades que
ejecuta el personal de la Policía Nacional del Perú en Artículo 18º.- Signos y expresiones de respeto
situación de actividad para el cumplimiento de la misión y Los signos y las expresiones que norman las relaciones
funciones institucionales, de acuerdo a lo estipulado en la internas y externas entre los miembros de la institución y
Constitución Política del Perú, las leyes y reglamentos. demás autoridades políticas, militares y eclesiásticas, son
de obligatorio cumplimiento, conforme a las disposiciones
Artículo 9º.- Imagen Institucional reglamentarias que se emitan sobre el particular. Su
La Imagen Institucional es la representación ante la transgresión constituye infracción conforme a la presente
opinión pública del accionar del personal de la Policía norma.
Nacional del Perú. Constituye la base principal de la
relación de confianza y legitimidad que debe imperar Son signos y expresiones de respeto los siguientes:
entre la institución, su personal y la sociedad en 1. El saludo reglamentario al superior es obligatorio
general. en todo lugar o circunstancia, quien debe
3. El Peruano
&,-'"!-'.0+/!$$!*+!*,),+-(.+!*+!%#$% NORMAS LEGALES 480551
contestar debidamente. El subordinado debe Artículo 24º.- Cumplimiento de las órdenes
ponerse de pie y adoptar la posición de atención. Las órdenes deben cumplirse en el tiempo, lugar y
Entre personal de igual grado, el menos antiguo modo indicado por el superior. Excepcionalmente, cuando
está obligado a saludar reglamentariamente; varíen las circunstancias previstas para su ejecución, su
en caso de duda, cualquiera de ellos puede cumplimiento puede ser dilatado o modificado, siempre
anticiparse, demostrando así su cortesía, que no pudiese consultarse al superior, a quien se le
disciplina y educación. comunicará la decisión en el término de la distancia.
2. La manera de presentarse al superior debe ser
con pulcritud en el vestir y buenos modales. CAPÍTULO VII
El personal está obligado a usar el uniforme o CONDUCTO REGULAR
el traje de civil con sobriedad, decoro, aseo y
corrección. Artículo 25º.- Obligatoriedad del conducto regular
3. El subordinado al dirigirse al superior debe Constituye el medio empleado para transmitir y
anteponer la palabra “Mi”, seguida del grado recibir órdenes, disposiciones, consignas y documentos
que ostenta el superior. El trato de “Usted” en general a través de la línea de comando establecida
es obligatorio entre el personal de la Policía en la organización policial. El conducto regular es de
Nacional del Perú en todos los actos públicos y observancia obligatoria.
privados. El superior debe igualmente responder
con respeto y consideración. Artículo 26º.- Excepción del conducto regular
4. La presentación y reconocimiento para el El conducto regular excepcionalmente puede
ejercicio del comando o desempeño del cargo ser obviado, cuando las solicitudes sean negadas o
son obligatorios, y se ejecutarán en ceremonia demoradas injustificadamente por el superior jerárquico
conforme a lo dispuesto en el reglamento a quien se recurrió. En este caso, el subordinado podrá
respectivo. acudir al superior inmediato o a una instancia superior.
5. Los jefes de las Unidades Policiales al asumir
el cargo, presentarán su saludo en forma CAPÍTULO VIII
personal o por escrito, según corresponda, a la LA DISCIPLINA EN EL
autoridad política, regional, municipal, judicial, RÉGIMEN DE EXCEPCIÓN
militar y eclesiástica; así como a los jefes de las
dependencias públicas. Artículo 27º.- Obligación de constituirse al servicio
6. El personal de la Policía Nacional del Perú en estado de emergencia o estado de sitio
debe mantener cordiales relaciones con los Cuando se decrete el estado de emergencia previsto
funcionarios públicos y con los representantes en la Constitución Política del Perú, el personal de la
de las instituciones privadas. Policía Nacional del Perú en uso de licencia, vacaciones,
permiso, comisión o franco, está en la obligación de
CAPÍTULO V presentarse inmediatamente a la Unidad Policial donde
SUBORDINACIÓN, MANDO presta servicios, siempre y cuando el estado de excepción
Y COMANDO haya sido decretado en la demarcación territorial donde
labora.
Artículo 19º.- De la subordinación Igual procedimiento se adoptará cuando el estado de
Existe subordinación hacia el superior en razón del emergencia se decrete en el lugar donde se encuentre, en
grado, antigüedad o cargo. Se ejerce jerárquicamente de las situaciones previstas en el párrafo anterior, debiendo
grado a grado, manteniendo a cada cual en el ámbito de constituirse a la Unidad Policial más cercana.
sus deberes y derechos. En caso se decrete el estado de sitio, el personal de
la Policía Nacional del Perú en situación de actividad y
Artículo 20º.- Ejercicio del mando y comando disponibilidad, en el lugar donde se encuentre, deberá
El mando es la facultad que tiene el superior en presentarse inmediatamente a la Unidad Policial donde
situación de actividad de impartir órdenes y disposiciones presta servicios o a la más cercana.
al subordinado, en razón de su categoría, jerarquía, grado
y antigüedad. TÍTULO II
El ejercicio del comando es propio del desempeño del INFRACCIONES Y SANCIONES
cargo asignado por nombramiento expreso. DISCIPLINARIAS
Artículo 21º.- Responsabilidad del ejercicio de CAPÍTULO I
mando y comando INFRACCIONES DISCIPLINARIAS
El ejercicio del mando y comando es irrenunciable e
implica responsabilidad personal por los actos u omisiones Artículo 28º.- Infracciones
que constituyan infracción. Las infracciones son acciones u omisiones que
atentan contra las obligaciones y deberes establecidas en
Artículo 22º.- Facultad disciplinaria sancionadora la Ley de la Policía Nacional de Perú, la Ley de Carrera y
La facultad disciplinaria sancionadora es inherente al Situación de la Policía Nacional del Perú; y, especialmente
personal de la Policía Nacional del Perú en situación de aquellas que importen detrimento de los bienes jurídicos
actividad, en su condición de superior o integrante de los protegidos por la presente norma.
órganos disciplinarios de la institución. Es ejercida dentro
de las atribuciones y límites establecidos en la presente Artículo 29º.- Clases de infracciones
norma. Según su gravedad, se clasifican en Leves (Anexo
Asimismo, el personal de la Policía Nacional del Perú I), Graves (Anexo II) y Muy Graves (Anexo III), y se
está facultado para sancionar al personal de igual grado encuentran tipificadas en las Tablas de Infracciones y
bajo su comando. Sanciones que forman parte de la presente norma.
Los integrantes de los órganos disciplinarios por la
naturaleza de su función, tendrán la facultad de sancionar CAPÍTULO II
al infractor de igual grado. SANCIONES DISCIPLINARIAS
CAPÍTULO VI Artículo 30º.- Clases de sanciones
ÓRDENES Para las infracciones disciplinarias tipificadas en el
presente Decreto Legislativo se impondrán las siguientes
Artículo 23º.- Ejercicio y naturaleza de las órdenes sanciones:
El comando se ejercita mediante órdenes verbales o
escritas que deben ser cumplidas a cabalidad dentro del 1) Amonestación
marco legal. La amonestación es la sanción escrita y la
Toda orden debe ser lícita, lógica, oportuna, clara, impone el superior al infractor por la comisión
coherente y precisa. Así mismo, debe ser impartida por de infracciones Leves, siempre que no sea
el superior dentro de los límites de las atribuciones y reincidente en la comisión de la misma
funciones establecidas por la normatividad vigente. infracción. Tiene carácter preventivo.
4. El Peruano
480552 NORMAS LEGALES &,-'"!-'.0+/!$$!*+!*,),+-(.+!*+!%#$%
2) Sanción Simple Interior, que actúan integrados en materia de fiscalización,
La sanción simple es la sanción escrita por evaluación, investigación y sanción disciplinaria.
infracción Leve que impone el superior u órgano Tiene como Órgano Rector a la Inspectoría General
disciplinario al infractor. Se extiende de uno (01) del Sector Interior.
a diez (10) días. Cada día de sanción implica la
disminución de ocho décimas (0.8) de punto de Artículo 35º.- Ejercicio de la Potestad Sancionadora
la Nota Anual de Disciplina. Disciplinaria
3) Sanción de Rigor El ejercicio de la potestad sancionadora disciplinaria
La sanción de rigor es la sanción escrita es atribuido a la Policía Nacional del Perú para las
por infracción Grave que impone el órgano infracciones Leves y Graves e infracciones Muy Graves
disciplinario al infractor. Se extiende de uno (01) en primera instancia; y, al Ministerio del Interior, para
a quince (15) días. Cada día de sanción implica las infracciones Muy Graves en segunda instancia o en
la disminución de un punto y seis décimas (1.6) consulta, de acuerdo a las disposiciones del presente
de la Nota Anual de Disciplina. Decreto Legislativo.
4) Pase a la situación de disponibilidad por
medida disciplinaria CAPÍTULO II
El pase a la situación de disponibilidad por ÓRGANOS DISCIPLINARIOS
medida disciplinaria es la separación temporal
de la situación de actividad por un período de Artículo 36º.- Finalidad
seis (06) meses a dos (02) años. Es aplicada Los Órganos Disciplinarios tienen por finalidad
por el órgano disciplinario por la comisión de investigar e imponer sanciones, de acuerdo con lo
una infracción Muy Grave. Implica además establecido en el presente Decreto Legislativo y su
la disminución de treinta (30) puntos de la reglamento. Ejercen sus funciones con autonomía y son
Nota Anual de Disciplina por cada año que se los siguientes:
mantuvo fuera de la situación de actividad.
5) Pase a la Situación de retiro por medida 1) El Tribunal de Disciplina Policial del Ministerio
disciplinaria del Interior.
Elpase a la situación de retiro por medida disciplinaria 2) La Inspectoría General de la Policía Nacional
es la separación definitiva de la situación de del Perú a través de:
actividad. Es aplicada por el órgano disciplinario por
la comisión de una infracción Muy Grave, y se anota a. Inspectorías Regionales, según su
en el Registro Nacional de Sanciones Disciplinarias competencia territorial.
de la Policía Nacional del Perú. b. Oficinas de Disciplina (OD) de las
Jefaturas Administrativas del nivel
Artículo 31º.- Criterios para la imposición de Dirección, Regiones Policiales, Frentes
sanciones Policiales, Direcciones Territoriales,
Para determinar la sanción, el superior u órgano Divisiones Territoriales y de las Unidades
disciplinario deberá considerar los siguientes criterios: Operativas.
1) Uso del cargo para cometer la infracción. 3) El Superior del presunto infractor.
2) Las circunstancias en que se cometió la 4) Las Comisiones Especiales de Investigación
infracción. que se designen desde la Policía Nacional del
3) Las referencias administrativas disciplinarias. Perú o el Ministerio del Interior.
4) La magnitud de los daños y perjuicios
ocasionados. Artículo 37º.- Causales de inhibición del integrante
5) La reparación o resarcimiento oportuno del de los Órganos Disciplinarios
daño antes de la sanción. Los impedimentos para intervenir como integrante de
6) Mayor responsabilidad del efectivo más antiguo los Órganos Disciplinarios son los siguientes:
en la comisión de la infracción.
7) El grado de colaboración para el esclarecimiento 1) Parentesco con el personal sujeto de la
de los hechos. investigación, con el denunciante o con los
8) La confesión espontánea y sincera. miembros del mismo Órgano Disciplinario,
en calidad de cónyuge, conviviente o hasta el
Artículo 32º.- De la sanción y sus efectos cuarto grado de consanguinidad o segundo
La sanción por infracción Leve y Grave se notifica grado de afinidad.
de inmediato al infractor. Cuando constituya acto firme o 2) Cuando el presunto infractor, denunciante o
se agota la vía administrativa, se remitirá a la Dirección miembro del Órgano Disciplinario pertenezca a
Ejecutiva de Personal dentro del plazo de tres (03) días la misma promoción de egreso de la Escuela de
hábiles, para su codificación, sistematización y archivo en Formación de la Policía Nacional del Perú o de
el legajo personal. la misma promoción de ingreso a la Institución
La resolución de sanción por infracción Muy Grave Policial para el personal de procedencia
que constituya acto firme o agote la vía administrativa, universitaria.
debidamente notificada, surte efecto inmediato por 3) Existencia de enemistad manifiesta con el
su propio mérito, no siendo necesaria la emisión de presunto infractor o denunciante.
resolución adicional alguna. Copia certificada de la 4) Ser denunciante de los hechos o haber sido
resolución y del cargo de recepción será remitida a la denunciado antes por alguno de los presuntos
Dirección Ejecutiva de Personal, para que accione en el infractores o denunciantes.
ámbito de su competencia. 5) Haber participado en una investigación policial
contra el presunto infractor o denunciante.
Artículo 33º.- Motivación de la sanción 6) Ser deudor, acreedor, fiador del presunto
El actor o la resolución que dispone la sanción infractor o del denunciante, o tener intereses
disciplinaria debe estar debidamente motivada, comunes con estos últimos.
contiene un resumen de los hechos, pruebas actuadas,
individualizando al infractor o infractores, la tipificación, la En los casos antes mencionados, el integrante del
sanción impuesta y su duración, según corresponda. Órgano Disciplinario está en la obligación de inhibirse. En
caso que no lo haga, la recusación será resuelta por el
TÍTULO III superior jerárquico.
DEL SISTEMA DISCIPLINARIO
CAPÍTULO III
CAPÍTULO I COMPETENCIA DE LOS
SISTEMA DISCIPLINARIO POLICIAL ÓRGANOS DISCIPLINARIOS
Artículo 34º.- El Sistema Disciplinario Policial Artículo 38°.- Superior del presunto infractor
El Sistema Disciplinario Policial es el conjunto de Es el miembro de la Policía Nacional del Perú de
Órganos de la Policía Nacional del Perú y del Ministerio del grado superior al infractor; o, que siendo del mismo grado
5. El Peruano
&,-'"!-'.0+/!$$!*+!*,),+-(.+!*+!%#$% NORMAS LEGALES 480553
lo tiene bajo su comando o recibe una denuncia en contra una Sala que resolverá en primera instancia, y los tres
de éste. Tiene competencia para investigar sumariamente titulares conformarán Sala en segunda instancia.
las infracciones leves e imponer las sanciones previstas
en el presente Decreto Legislativo. CAPÍTULO IV
Cuando el superior conozca de una infracción Grave TRIBUNAL DE DISCIPLINA POLICIAL
o Muy Grave, deberá ponerla en conocimiento inmediato
del órgano de investigación que corresponda. Artículo 42º.- Naturaleza, Conformación,
Competencia territorial y sede del Tribunal de
Artículo 39º.- Competencia para investigar Disciplina Policial
infracciones disciplinarias Graves o Muy Graves El Tribunal de Disciplina Policial es la última instancia
La dependencia de la Inspectoría General del lugar administrativa en el procedimiento disciplinario iniciado
donde se cometió el hecho es competente para investigar por infracciones Muy Graves. Se encuentra en el ámbito
las infracciones disciplinarias, teniendo en consideración de la Inspectoría General del Sector Interior y está dotado
lo siguiente: de autonomía técnica y funcional.
El Tribunal tiene su sede en Lima. El Reglamento
1) Las Inspectorías Regionales son competentes dispondrá las condiciones para la creación de Salas
para investigar e imponer las sanciones en adicionales, en función de la carga procesal. La Sala
primera instancia, por la comisión de infracciones se podrá trasladar a otras ciudades y tener sesiones
Muy Graves. Son también competentes para itinerantes.
resolver los recursos de apelación contra las Cada Sala estará compuesta por tres (03) miembros
infracciones Graves impuestas por las Oficinas titulares y (03) suplentes, que son designados por
de Disciplina. Resolución Ministerial, por un período de tres años. No
2) Las Oficinas de Disciplina son competentes podrá designarse como miembro de Sala, al personal
para investigar y sancionar las acciones que policial en situación de actividad. La función de miembro
constituyan infracciones Graves cometidas por de Sala es a tiempo parcial, y es retribuida mediante
el personal policial que presta servicio en donde dietas por asistir a un máximo de ocho sesiones por mes
éstas se encuentren. También son competentes calendario. En caso alguno de los miembros designados
para resolver los recursos de apelación contra sea personal PNP en situación de retiro, la percepción de
las sanciones impuestas por la comisión de esta dieta es compatible con la pensión y otros beneficios
infracciones Leves. que le correspondan.
Artículo 40°.- Funciones de los órganos de Artículo 43º.- Secretaría Técnica del Tribunal
disciplina Cada Sala del Tribunal contará con una Secretaría
Los órganos de disciplina de la Inspectoría General Técnica a cargo de un Secretario Técnico designado
de la Policía Nacional del Perú desarrollan las siguientes por Resolución Ministerial a propuesta de la Sala
funciones: correspondiente.
La Secretaría Técnica tendrá como función servir
1) Investigar los hechos en los cuales se encuentre de enlace entre los órganos de investigación y el
involucrado el personal de la Policía Nacional Tribunal, brindar soporte técnico administrativo para la
del Perú, que constituyan infracción Grave o proyección de las resoluciones que deban emitirse, citar
Muy Grave tipificada en el presente Decreto a sesión, disponer la realización de las notificaciones
Legislativo. correspondientes, así como preparar todo lo necesario
2) Imponer las sanciones que correspondan en el para que el Tribunal pueda cumplir con sus funciones. Las
caso de las infracciones Graves o Muy Graves. notificaciones pueden ser realizadas también por la vía
En este último caso, únicamente como primera electrónica.
instancia.
3) Poner en conocimiento de la autoridad Artículo 44°.- Funciones
competente cuando existan indicios razonables Son funciones del Tribunal de Disciplina Policial:
de la comisión de un delito, sin perjuicio de la
investigación disciplinaria correspondiente. 1) Conocer y resolver los recursos de apelación
4) Disponer o suspender las medidas preventivas contra las resoluciones que imponen sanciones
a las que se refiere la presente norma. por infracciones Muy Graves. Sus resoluciones
5) Realizar acciones previas. agotan la vía administrativa.
6) Elevar en consulta o apelación al Tribunal de 2) Conocer y resolver los recursos de apelación
Disciplina Policial, las resoluciones emitidas en en última instancia, contra las resoluciones que
primera instancia por infracciones Muy Graves. disponen medidas preventivas por infracciones
7) Otras que se especifiquen en el reglamento Graves y Muy Graves.
del presente Decreto Legislativo o que se les 3) Resolver en consulta las resoluciones que
encargue expresamente por la Inspectoría no hayan sido apeladas. En estos casos, el
General de la Policía Nacional del Perú, la Tribunal podrá aprobar las resoluciones de
Inspectoría General del Sector Interior o el primera instancia, agotando con ello la vía
Tribunal de Disciplina Policial. administrativa; o declarar la nulidad de la
misma, debiendo en este caso el órgano de
Artículo 41.- Casos Excepcionales de competencia investigación emitir nuevo pronunciamiento.
para investigar infracciones disciplinarias 4) El Tribunal podrá disponer que los órganos de
Por excepción, el Inspector General del Sector investigación realicen acciones de investigación
Interior o en su defecto, el Inspector General de complementarias. También podrá disponer de
la Policía Nacional del Perú, de oficio o a solicitud oficio o a solicitud de parte la realización de un
del Ministro del Interior o el Director General de la informe oral.
Policía Nacional del Perú, respectivamente, podrá
disponer la conformación de comisiones especiales Artículo 45°.- Dependencia administrativa del
de investigación, cuando se afecte gravemente la Tribunal
imagen institucional. Estas Comisiones contarán con El Tribunal de Disciplina Policial depende
las mismas competencias, funciones y atribuciones administrativamente del Ministerio del Interior.
que los órganos de investigación dependientes de la
Inspectoría General de la PNP. Artículo 46°.- Requisitos para ser miembro del
Estas Comisiones tienen competencia preminente y Tribunal
excluyente sobre los asuntos a cargo de los órganos de Para ser designado miembro del Tribunal de Disciplina
investigación ordinarios, los que se encuentran obligados Policial se requiere:
a colaborar con todo aquello que les sea requerido por
estas Comisiones extraordinarias. 1) Ser mayor de 40 años de edad.
Cuando el presunto infractor sea un Oficial General, 2) Contar con título profesional de abogado y
la investigación y la sanción en caso corresponda, estará colegiatura hábil.
a cargo del Tribunal de Disciplina Policial. En este caso, 3) Tener experiencia profesional en entidades del
los tres (03) miembros suplentes del Tribunal conformarán sector público o privado no menor de diez (10)
6. El Peruano
480554 NORMAS LEGALES &,-'"!-'.0+/!$$!*+!*,),+-(.+!*+!%#$%
años o comprobada docencia universitaria por 3) Presentar descargos, documentos y otras
el mismo período. pruebas que considere conveniente; asumiendo
4) Tener estudios de especialización, ya sea su costo.
en gestión pública, Derecho constitucional, 4) Acceder a la información relacionada a su
administrativo, penal, laboral, ciencias policiales, caso, en cualquier fase del procedimiento
gestión de recursos humanos o similares. administrativo disciplinario, observando las
5) No encontrarse en estado de quiebra culposa o excepciones de ley.
fraudulenta. 5) Obtener copias de los documentos.
6) No haber sido condenado por delito doloso. 6) Ser notificado de la resolución que pone fin al
7) No haber sido sancionado con destitución o procedimiento administrativo disciplinario.
despido por falta grave. En el caso del personal 7) Presentar los recursos de impugnación que
Policía Nacional del Perú en situación de establece del presente Decreto Legislativo.
retiro, no haber sido sancionado con pase a la
situación de disponibilidad o retiro. Artículo 51º.- Conclusión del procedimiento
8) Tener conducta intachable y reconocida administrativo disciplinario
solvencia e idoneidad moral. Concluye por muerte del presunto infractor,
prescripción de la potestad sancionadora disciplinaria o
resolución firme de sanción o absolución.
TÍTULO IV
PROCEDIMIENTO Artículo 52°.- Circunstancias eximentes
ADMINISTRATIVO-DISCIPLINARIO Las circunstancias eximentes de responsabilidad
administrativa disciplinaria son las siguientes:
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES 1) Obrar en salvaguarda de la vida o integridad
física propia o de otras personas, actuando con
Artículo 47°.- Del procedimiento administrativo la diligencia debida.
disciplinario 2) Obrar por disposición de una norma legal, en
El procedimiento administrativo-disciplinario para cumplimiento de un deber o en virtud de un
infracciones Leves se inicia cuando el superior que ha mandato judicial o privilegiando un derecho o
constatado o tomado conocimiento de la infracción, y un bien jurídico superior, siempre que se actúe
concluye cuando se comunica por escrito al infractor la con la diligencia debida.
sanción correspondiente. 3) Proceder en virtud de obediencia al superior,
Cuando un superior constata o conoce por cualquier siempre que la orden de éste no sea
medio de la comisión de una infracción Grave o Muy manifiestamente ilícita.
Grave, informa de inmediato y por escrito al Órgano 4) Obrar bajo el estado de enfermedad psicótica
de Investigación correspondiente, para que éste acreditada, que haya impedido totalmente
inicie el procedimiento administrativo-disciplinario que al actor apreciar el carácter ilícito del acto y
corresponda. suprimido su capacidad para obrar libremente.
En el caso de infracciones Graves o Muy Graves, el 5) Causar un mal por evitar otro mayor, siempre
procedimiento administrativo-disciplinario se inicia con la que este último sea efectivo y no se pueda
notificación al presunto infractor, para que presente sus razonablemente exigir al autor el sacrificio del
descargos. bien amenazado y que dadas las circunstancias,
no haya podido emplear otro medio menos
Artículo 48º.- Acciones preliminares perjudicial.
Las acciones preliminares son diligencias que realizan 6) Obrar por una fuerza física irresistible
los Órganos de Investigación competentes con la finalidad proveniente de un tercero o de la naturaleza.
de identificar, ubicar y acopiar indicios, evidencias,
pruebas y otros que puedan ser utilizados para el inicio Artículo 53º.- Circunstancias atenuantes
del procedimiento administrativo-disciplinario, cuando Se consideran circunstancias atenuantes las
se presuma la comisión de una infracción Grave o Muy siguientes:
Grave.
1) Tener menos de tres (03) meses como egresado
Las acciones preliminares son las siguientes: de las Escuelas de Formación o encontrarse en
1) Visitas de inspección o de constatación. período de asimilación.
2) Declaraciones o entrevistas. 2) Cometer la infracción por exceso de celo en el
3) Recopilación de las informaciones que permitan cumplimiento de sus obligaciones.
el esclarecimiento de los hechos. 3) Incurrir en infracción por la influencia probada
4) Verificación documentaria. de un superior.
5) Otras que resulten necesarias. 4) La confesión sincera y espontánea de haber
cometido la infracción o colaboración en la
Las acciones previas para su ejecución tienen un investigación para el mejor esclarecimiento de
plazo no mayor de diez (10) días hábiles, a cuyo término, los hechos.
si se determina que existen indicios razonables para
iniciar el procedimiento administrativo-disciplinario, se Artículo 54º.- Circunstancias agravantes
continuará con la notificación; caso contrario, se formulará Se consideran circunstancias agravantes las
el informe correspondiente y con la resolución respectiva siguientes:
se procederá a su archivamiento, dando cuenta a la
Inspectoría General de la Policía Nacional del Perú. 1) La reincidencia.
2) La comisión de la infracción estando uniformado
Artículo 49°.- Impedimento de pase a la Situación o utilizando armas.
de Disponibilidad o Retiro 3) Cometer la infracción en presencia de
El personal que se encuentre sometido a procedimiento subordinados.
administrativo disciplinario por la comisión de infracciones 4) Incurrir en el hecho u omisión en acto del
Muy Graves tiene suspendido el derecho de pasar a su servicio o durante la instrucción.
solicitud a la Situación de Disponibilidad o Retiro, hasta 5) Afectar gravemente la imagen institucional.
que el procedimiento correspondiente quede firme o se
agote la vía administrativa. Artículo 55º.- Actos inimpugnables
Son actos inimpugnables administrativamente los
Artículo 50º.- Derechos del presunto infractor siguientes:
Son derechos del presunto infractor los siguientes:
1) La sanción de amonestación.
1) Conocer los hechos que se le imputan, la 2) La resolución o disposición superior que dispone
infracción y sanción que le correspondería. acciones preliminares.
2) Ser asistido por un abogado de su libre elección, 3) La resolución de suspensión de la medida
cuando lo considere pertinente. preventiva.
7. El Peruano
&,-'"!-'.0+/!$$!*+!*,),+-(.+!*+!%#$% NORMAS LEGALES 480555
4) Las resoluciones que agotan la vía - Las circunstancias de la comisión de los
administrativa. hechos.
5) La resolución de inicio del procedimiento - La identificación de los presuntos implicados.
administrativo disciplinario. - Los elementos probatorios o la descripción de
6) Las resoluciones que resuelvan incidentes los mismos para su ubicación o comprobación.
o pretensiones planteadas por el presunto - La identificación del Órgano de Investigación.
infractor o denunciante, antes de la conclusión
del procedimiento administrativo disciplinario. Artículo 58º.- Etapas del Procedimiento para
7) Los dictámenes, actas, informes administrativos, infracciones Graves
partes disciplinarios, notificaciones mediante El procedimiento para infracciones Graves tiene las
órdenes telefónicas, citaciones, constancias, y siguientes etapas:
cualquier otro documento de mero trámite que
se produzcan en el procedimiento administrativo 1) Etapa de Investigación
disciplinario, así como los demás señalados en Para las infracciones Graves el plazo ordinario
el reglamento del presente Decreto Legislativo. será de quince (15) días hábiles, que puede ser
ampliado en cinco (05) días hábiles en caso de
CAPÍTULO II ser necesario.
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO
PARA INFRACCIONES LEVES Al término de la fase de investigación se emitirá el
informe administrativo disciplinario correspondiente,
Artículo 56º.- Procedimiento para infracciones debiendo contener lo siguiente:
leves
La Amonestación y la Sanción Simple, se imponen 1.1) Antecedentes o situación de los hechos.
observando lo siguiente: 1.2) Breve resumen de las diligencias practicadas.
1.3) Análisis.
1) Si la infracción es evidente y comprobada, se 1.4) Conclusiones y recomendaciones.
emite la orden de sanción. Previamente se 1.5) Firma del Instructor y del auxiliar de
debe escuchar al presunto infractor. investigación.
2) Se notifica al infractor con la orden de sanción 1.6) Anexos incluyendo todos los actuados.
correspondiente, la validez de la notificación se
acredita con la firma de enterado por parte del 2) Etapa de Decisión
infractor o con el acta de negativa a firmar. El Jefe de la Oficina de Disciplina correspondiente
3) La apelación de la sanción debe ser interpuesta emitirá la resolución de sanción o de
en un plazo no mayor de tres (03) días hábiles, absolución, tomando en cuenta los actuados
contados a partir del día siguiente de la de la investigación; así como los descargos
notificación. del presunto infractor. La falta del descargo
4) El recurso de apelación se interpone por escrito, no detendrá el procedimiento, siempre que la
ante quien impuso la sanción, quien dentro de notificación se haya realizado debidamente.
las veinticuatro (24) horas elevará a la Oficina Contra la resolución de sanción procede
de Disciplina todos los actuados, la misma que recurso de apelación, que será presentado ante
deberá ser resuelta dentro del plazo de cinco el mismo Jefe de la Oficina de Disciplina dentro
(05) días hábiles. del plazo de cinco (05) días hábiles contados a
5) La orden de sanción o la resolución disciplinaria partir del día siguiente de la notificación.
firme que resuelve el recurso impugnatorio, El recurso de apelación será elevado dentro
será remitida dentro del día siguiente hábil a de las veinticuatro horas con los actuados
la Dirección Ejecutiva de Personal, contado a que forman parte del expediente al Inspector
partir del día siguiente de la notificación, bajo Regional que corresponda, el mismo que debe
responsabilidad. ser resuelto, bajo responsabilidad, en un plazo
de diez (10) días hábiles, contado a partir del
CAPÍTULO III día siguiente de recibido. Con dicha decisión se
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO agota la vía administrativa.
PARA INFRACCIONES GRAVES Y MUY GRAVES
Artículo 59º.- Procedimiento para infracciones Muy
Artículo 57º.- Inicio del procedimiento para Graves
infracciones Graves o Muy Graves El procedimiento para infracciones Muy Graves tiene
El procedimiento administrativo disciplinario por las siguientes etapas:
infracciones Graves o Muy Graves, se inicia de oficio, por
denuncia o por disposición superior: 1) Etapa de Investigación
Para las infracciones Muy Graves el plazo
1) Con la notificación de la resolución de inicio del ordinario será de veinte (20) días hábiles, que
procedimiento administrativo disciplinario, a fin puede ser ampliado en diez (10) días hábiles en
de que el presunto infractor tome conocimiento caso sea necesario.
y ejerza su derecho a la defensa y formule sus En casos complejos de infracciones Muy
descargos. Graves, el plazo de investigación será el doble
del ordinario, que puede ser ampliado en veinte
En caso de negativa del investigado a firmar (20) días hábiles. Se considera caso complejo
su notificación, a rendir su manifestación o cuando simultáneamente se presenten los
a suscribirla, se levanta el acta respectiva siguientes supuestos: pluralidad de presuntos
en presencia de un testigo, continuando el infractores, concurrencia de infracciones,
procedimiento. magnitud de los hechos y otras circunstancias
de la misma naturaleza. Tanto la declaración
2) Por los superiores jerárquicos o los Órganos de complejidad como la autorización de
Disciplinarios, al tomar conocimiento de la ampliación del plazo de investigación, requiere
existencia de una investigación ante el Ministerio la aprobación mediante resolución expresa del
Público o Fiscalía Penal Militar Policial, en la Inspector General de la PNP.
que se encuentre involucrado personal de la
Policía Nacional del Perú. Al término de la fase de investigación se emitirá el
informe, administrativo disciplinario correspondiente,
En todos los casos se deberá considerar en la debiendo contener lo siguiente:
resolución de Inicio del procedimiento administrativo
disciplinario lo siguiente: a. Antecedentes o situación de los hechos.
b. Breve resumen de las diligencias practicadas.
- La descripción de los hechos imputados. c. Análisis.
- La tipificación de las presuntas infracciones y d. Conclusiones y recomendaciones si fuera
las sanciones que pudiera corresponderle. necesario.
8. El Peruano
480556 NORMAS LEGALES &,-'"!-'.0+/!$$!*+!*,),+-(.+!*+!%#$%
e. Firma del Instructor y del auxiliar de Artículo 63°.- Infracciones continuadas
investigación. Tratándose de infracciones continuadas, el plazo de
f. Anexos incluyendo todos los actuados. prescripción se empieza a computar desde la fecha en
que éstas hayan cesado. No se considerará infracción
2) Etapa de Decisión continuada, la comisión de infracciones de diferente
El Inspector Regional que corresponda, emitirá tipicidad o aquellas que no se encuentren conexas por
la resolución debidamente motivada para acciones comunes necesarias para su comisión.
sancionar o para absolver, tomando en cuenta
los actuados que hubiere. Artículo 64°.- Interrupción de plazos
Contra la resolución de sanción, el infractor Los plazos de prescripción se interrumpen con la
puede interponer recurso de apelación ante el notificación de la resolución de inicio del procedimiento
Tribunal de Disciplina Policial que emitió el acto administrativo disciplinario. Después de la interrupción,
impugnado dentro del plazo de cinco (05) días empieza a correr un nuevo plazo de prescripción a partir
hábiles contado a partir del día siguiente de la de la última actuación del Órgano Disciplinario. En todo
notificación. caso, la potestad para sancionar prescribe cuando el
El recurso de apelación será elevado dentro de tiempo transcurrido sobrepasa en una mitad, al plazo
las veinticuatro horas con todos los actuados ordinario de prescripción.
que forman parte del expediente al Tribunal y
deberá ser resuelto dentro del plazo de diez Artículo 65°.- Paralización del procedimiento
(10) días hábiles, contado a partir del día disciplinario
siguiente de haberse recibido, agotando la vía Si el procedimiento permanece paralizado por más
de dos (02) meses, por causa no imputable al presunto
administrativa. infractor, el plazo de prescripción de la acción se reanuda,
aunque no se toma en cuenta el período del procedimiento
Artículo 60°.- Notificación de resolución de disciplinario que ya transcurrió.
sanción
La resolución de sanción se tiene por bien notificada Artículo 66°.- De la prescripción
en las siguientes circunstancias: La prescripción se deduce por vía de defensa y
la autoridad debe resolverla sin más trámite que la
1) En el domicilio que conste en el expediente. constatación de los plazos. En caso de estimarla fundada,
2) En el domicilio que conste en el legajo. dispondrá el inicio de las acciones de responsabilidad
3) En caso que no haya indicado domicilio o éste para dilucidar las causas de la inacción administrativa y la
sea inexistente, en el domicilio señalado en el sanción correspondiente.
Documento Nacional de Identidad.
4) Si el sancionado se niega a firmar o recibir TÍTULO V
copia de la resolución, que se le entrega con MEDIDAS PREVENTIVAS
la notificación, se hará constar así en el acta en
presencia de un testigo. CAPÍTULO ÚNICO
5) En caso que no se encuentre al sancionado en DE LAS MEDIDAS PREVENTIVAS
su domicilio, el notificador debe dejar constancia
de ello en el acta en presencia de un testigo, Artículo 67°.- Medidas preventivas y clases
consignando las características del inmueble. Son disposiciones administrativas de carácter
6) En la dependencia policial donde labora. provisional, que se imponen por la presunta comisión
7) En sede de los Órganos Disciplinarios. de infracciones Muy Graves en los casos previstos en el
presente Decreto Legislativo.
CAPÍTULO III Se disponen después de notificada la resolución de
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO inicio del procedimiento administrativo disciplinario. No
DISCIPLINARIO SUMARIO constituyen demérito ni sanción administrativa.
Artículo 61º.- Del Procedimiento Administrativo Las medidas preventivas son:
Disciplinario Sumario 1) Separación Temporal del Cargo.
El procedimiento administrativo disciplinario sumario, 2) Cese Temporal del Empleo.
se aplica en caso de flagrancia o confesión corroborada,
para las infracciones Graves y Muy Graves. En estos Artículo 68°.- Separación temporal del cargo
casos el órgano disciplinario correspondiente dispondrá Será separado temporalmente del cargo, el personal
de oficio y en el día, el inicio del procedimiento y resolverá de la Policía Nacional del Perú, cuya permanencia
en un plazo máximo de cinco (05) días hábiles. en un determinado cargo pueda poner en riesgo la
Contra la resolución de sanción, el infractor puede fase de investigación. Su ejecución se hará efectiva
interponer únicamente recurso de apelación dentro del automáticamente y en ningún caso esta medida implicará
plazo de cinco (05) días hábiles contados desde el día que el servidor afectado deje de percibir los haberes a que
siguiente de notificada la Resolución. tiene derecho.
El Tribunal resolverá el recurso impugnatorio o la La aplicación de esta medida conlleva que
temporalmente sea asignado a otro cargo, y es dispuesto
consulta, dentro del plazo de cinco (05) días hábiles por el escalón superior de la Unidad Policial al que
contados desde el día siguiente de recibido el recurso. pertenece o por la Dirección Ejecutiva de Personal de la
Policía Nacional del Perú.
CAPÍTULO IV
PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN SANCIONADORA Artículo 69°.- Plazo de la separación temporal del
cargo
Artículo 62°.- Plazos de prescripción La separación temporal del cargo del presunto
Sin perjuicio de los plazos pertinentes para la infractor no excederá del plazo que dure la investigación,
responsabilidad civil y penal, la facultad para investigar, computado desde la fecha en que se ejecute la medida.
determinar y sancionar la existencia infracciones
disciplinarias tipificadas en el presente Decreto Legislativo, Artículo 70°.- Cese temporal del empleo
prescribe por el transcurso de los siguientes plazos: El presunto infractor se encuentra con medida
preventiva de cese temporal del empleo cuando se
1) Por infracciones Leves, a los tres (03) meses de encuentra privado de su libertad, por mandato del órgano
cometidas, o transcurrido un (01) año, cuando jurisdiccional, sin sentencia condenatoria firme. Durante
hubiesen sido detectadas en el curso de un el tiempo de privación de libertad se interrumpe el tiempo
procedimiento administrativo disciplinario por la de servicios.
comisión de infracción Grave o Muy Grave.
2) Por infracciones Graves, a los dos (02) años de Artículo 71°.- Plazo del cese temporal del empleo
cometidas. La duración del cese temporal del empleo será igual
3) Por infracciones Muy Graves, a los cuatro (04) al tiempo que dure la privación de libertad que afecte al
años de cometidas. personal de la Policía Nacional del Perú involucrado.
9. El Peruano
&,-'"!-'.0+/!$$!*+!*,),+-(.+!*+!%#$% NORMAS LEGALES 480557
Artículo 72°.- Efecto de la sentencia judicial General de la Policía Nacional de Perú designará mediante
absolutoria Resolución, tres (03) Salas Liquidadoras temporales,
La sentencia judicial absolutoria consentida o quienes deberán de resolver los recursos de apelación
ejecutoriada implica que el investigado que se encuentre pendientes en el Tribunal Disciplinario Nacional en un
con medida preventiva de cese temporal del empleo, será plazo no mayor de tres (03) meses.
reincorporado automáticamente al servicio activo, no
considerándose como interrupción del tiempo de servicios TERCERA.- Expedientes administrativos
el período que duró dicha medida. disciplinarios pendientes
Los expedientes administrativos disciplinarios que
Artículo 73°.- Adopción de medidas preventivas se encuentran pendientes en la fase de investigación
Las medidas preventivas pueden ser ordenadas por infracciones Graves o Muy Graves, deberán ser
o suspendidas por los Órganos de Investigación o resueltos en el plazo máximo extraordinario de dos (02)
directamente por el Inspector General de la Policía meses, y las consultas y apelaciones se adecuarán al
Nacional del Perú, siempre que exista presunción procedimiento e instancias establecidos en el presente
razonable de responsabilidad. Esta acción no suspende
el procedimiento administrativo disciplinario. Decreto Legislativo.
Contra la resolución correspondiente, el presunto
infractor en el término de cinco (05) días hábiles puede DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA
interponer recurso de apelación ante el Órgano de DEROGATORIA
Investigación que dictó la medida preventiva, quien elevará
dentro de las veinticuatro horas al Tribunal, quien resolverá ÚNICA.- Deróguese la Ley 29356, Ley del Régimen
en un plazo no mayor de cinco (05) días hábiles contados a Disciplinario de la Policía Nacional del Perú, así como las
partir del día siguiente de haber recibido el recurso. demás disposiciones que se opongan al presente Decreto
Legislativo.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
POR TANTO:
PRIMERA.- Vigencia y reglamentación
La presente Ley entrará en vigencia a los cuarenta Mando se publique y cumpla, dando cuenta al
y cinco (45) días después de su publicación en el Diario Congreso de la República.
Oficial El Peruano. En ese plazo, el Director General
de la Policía Nacional del Perú dispondrá su difusión y Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días
capacitación sobre el contenido del presente Decreto del mes de diciembre del año dos mil doce.
Legislativo, en todas las dependencias de la Policía
Nacional del Perú a nivel nacional. OLLANTA HUMALA TASSO
El Poder Ejecutivo en un plazo de noventa (90) días Presidente Constitucional de la República
emitirá el reglamento del presente Decreto Legislativo.
JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR
SEGUNDA.- Registro Nacional de Sanciones Presidente del Consejo de Ministros
Disciplinarias
Créase el Registro Nacional de Sanciones WILFREDO PEDRAZA SIERRA
Disciplinarias de la Policía Nacional del Perú, a cargo de Ministro del Interior
la Dirección Ejecutiva de Personal del Instituto, con el
objeto de registrar las sanciones de pase a la situación de
retiro por medida disciplinaria. ANEXO I
Toda institución pública, antes de contratar, bajo TABLA DE INFRACCIONES Y SANCIONES LEVES
cualquier modalidad, a un integrante de la Policía
Nacional del Perú en situación de disponibilidad o retiro,
deberá consultar este registro. CONTRA LA DISCIPLINA
La creación de este registro no exime la obligación de
la administración de registrar todas las sanciones en el CÓDIGO INFRACCIÓN SANCIÓN
legajo personal. L1 Omitir el saludo al superior o realizarlo en Desde
forma antirreglamentaria o no contestarle al amonestación
TERCERA.- Referencias disciplinarias subordinado. hasta 6 días de
Anualmente, la Inspectoría General de la Policía sanción simple
Nacional del Perú en coordinación con la Dirección L2 Fumar contraviniendo la ley. Desde
Ejecutiva de Personal y la Dirección de Inteligencia, amonestación
revisan y evalúan las referencias disciplinarias del personal hasta 6 días de
de la Policía Nacional del Perú, con el fin de determinar sanción simple
las condiciones de idoneidad para su desempeño en
los diferentes cargos, informándose a su término al Alto L3 Demostrar falta de cortesía en la precedencia al Desde
Mando sobre su resultado y efectuando propuestas que superior o en el trato preferencial de acuerdo a amonestación
permita una adecuada asignación de personal. El informe ley. hasta 6 días de
debidamente sustentado debe ser tramitado a más tardar sanción simple
la última semana del mes de noviembre de cada año y L4 Descuidar el aseo y presentación personal o Desde
una copia del mismo deberá ser remitida a la Inspectoría incumplir las normas establecidas para el uso del amonestación
General del Sector Interior. uniforme. hasta 6 días de
sanción simple
CUARTA.- Solicitud de copias L5 Proferir palabras soeces o realizar gestos Desde
El fuero militar policial podrá solicitar copias de los ofensivos o reñidos contra la moral, urbanidad, amonestación
actuados en una investigación disciplinaria. En ningún buenas costumbres y normas de cortesía. hasta 6 días de
caso pedirá todos los actuados. sanción simple
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS L6 Usar prendas, objetos o distintivos Desde
TRANSITORIAS antirreglamentarios encontrándose uniformado. amonestación
hasta 6 días de
PRIMERA.- Aplicación de la norma en el tiempo sanción simple
Los procedimientos administrativos disciplinarios, L7 Ofender con gestos, palabras, gráficos o escritos Desde
iniciados antes de la vigencia del presente Decreto al personal de la Policía Nacional del Perú de igual amonestación
Legislativo, continuarán rigiéndose por la ley que dio inicio o menor graduación. hasta 6 días de
al procedimiento administrativo disciplinario, sin perjuicio sanción simple
de la aplicación del principio de irretroactividad. L8 Dirigirse al superior en términos que atenten Desde
contra las normas de cortesía o urbanidad, amonestación
SEGUNDA.- Procedimiento pendientes inclusive cuando éste se encuentre en situación hasta 6 días de
Dentro de los treinta (30) días calendario de la entrada de disponibilidad o retiro. sanción simple
en vigencia del presente Decreto Legislativo, el Director
10. El Peruano
480558 NORMAS LEGALES &,-'"!-'.0+/!$$!*+!*,),+-(.+!*+!%#$%
CÓDIGO INFRACCIÓN SANCIÓN CÓDIGO INFRACCIÓN SANCIÓN
L9 No actualizar o renovar en caso de deterioro, Desde L32 Dirigirse irrespetuosamente o reclamar en forma De 4 a 10 días de
el Carné de Identidad Personal, salvo causa amonestación descortés al superior. sanción simple
justificada. hasta 6 días de L 33 No presentarse al superior al término de la De 6 a 10 días
sanción simple distancia, al ser comisionado o requerido, salvo de sanción simple
L 10 Incumplir las directivas, planes, instrucciones, Desde razones justificadas.
órdenes o la normatividad vigente. amonestación
L 34 No cumplir, modificar o alterar las órdenes De 6 a 10 días de
hasta 6 días de
impartidas, salvo causa justificada y que no haya sanción simple
sanción simple
generado consecuencias graves.
L 11 No cumplir con los plazos en el trámite, emisión o Desde
remisión de documentos, salvo causa justificada. amonestación L 35 Ocultar o proporcionar información incompleta o De 6 a 10 días de
hasta 6 días de falsa en su Unidad donde presta servicios, sobre sanción simple
sanción simple sus datos personales, domicilio y medios de
comunicación, o no comunicar oportunamente los
L 12 Llegar con retraso a su Unidad o retirarse antes de De 2 a 6 días de cambios efectuados.
la hora establecida, sin causa justificada. sanción simple
L 36 No concurrir a las citaciones ordenadas por los De 8 a 10 días de
L 13 No comunicar a su comando sobre su descanso De 2 a 6 días de órganos disciplinarios o cualquier otro nivel de sanción simple
médico, dentro de las 4 horas de su expedición, sanción simple
comando, salvo causa justificada.
sin causa justificada o no entregar a su Unidad
la papeleta de descanso médico dentro de las 24 CONTRA EL SERVICIO POLICIAL
horas de emitida.
L 37 Negarse a recibir una denuncia o no registrarla en De 2 a 8 días de
L 14 No presentarse a su Unidad al término de su De 2 a 6 días de el sistema sanción simple
descanso médico. sanción simple
L 38 Tramitar una solicitud o recurso en una vía distinta De 2 a 8 días de
L 15 No dar cuenta en forma oportuna del cumplimiento De 2 a 6 días de al procedimiento predeterminado por ley. sanción simple
de las órdenes del servicio al superior que las haya sanción simple
impartido. L 39 Llegar con retraso a la lista, instrucción, ceremonia, De 2 a 8 días de
conferencia o los diversos actos del servicio para sanción simple
L 16 Desautorizar a un subordinado en presencia de De 2 a 6 días de
el que sea designado o tuviera obligación de
público o personal de grado inferior. sanción simple
asistir, salvo causa justificada.
L 17 Omitir sancionar infracciones leves cometidas por De 2 hasta 6 días
los subordinados. de sanción simple L 40 Actuar con negligencia en el ejercicio de la De 2 a 8 días de
función. sanción simple
L 18 No impartir instrucción oportunamente a los De 2 a 6 días de
subordinados acerca de la observancia de sanción simple L 41 Excederse en el ejercicio de sus facultades o De 2 a 8 días de
los reglamentos, directivas, órdenes y demás atribuciones. sanción simple
disposiciones. L 42 Alejarse de su puesto de servicio para realizar De 4 a 6 días de
L 19 Prescindir del conducto regular para formular De 2 a 6 días de actividades ajenas al mismo, sin causa justificada. sanción simple
cualquier solicitud o reclamo, salvo causa sanción simple L 43 No asistir a la instrucción, ceremonia, conferencia De 4 a 6 días de
justificada. o los diversos actos del servicio para el que haya sanción simple
L 20 Demorar o incumplir las disposiciones relativas De 2 a 6 días de sido designado o tuviera la obligación de asistir,
al procedimiento sancionador emitidas por los sanción simple sin causa justificada.
órganos competentes.
L 44 No brindar o retrasar la atención de salud De 4 a 8 días de
L 21 Utilizar o disponer indebidamente bienes o De 2 a 8 días de ambulatoria al personal de la Policía Nacional del sanción simple
recursos de propiedad del Estado. sanción simple Perú o familiares, en los horarios establecidos
L 22 Utilizar equipos y accesorios de comunicación De 2 a 8 días de o no informarles oportunamente sobre asuntos
durante su servicio para actos ajenos al mismo, sanción simple relacionados con el diagnóstico, tratamiento y
descuidando sus obligaciones. procedimiento que corresponda, salvo causa
justificada.
L 23 No presentarse a la Dirección de Personal dentro De 2 a 10 días de
de las 24 horas después de haber cumplido una sanción simple L 45 Omitir información necesaria en documentos De 4 a 10 días de
sanción disciplinaria de pase a la situación de relacionados con el desempeño de la función sanción simple
disponibilidad, sin causa justificada. policial.
L 24 Excederse hasta 24 horas en el uso de vacaciones, De 2 a 10 días de L 46 Demostrar falta de celo en el cumplimiento de De 4 a 10 días de
permisos o licencias, sin causa justificada. sanción simple las obligaciones del servicio o de la función sanción simple
L 25 Descuidar la conservación del armamento, De 2 a 10 días de policial.
pertrechos, vehículos, prendas, equipos, locales, sanción simple L 47 Proceder con negligencia en la conducción y De 4 a 10 días de
productos farmacéuticos, medicinas, biomédicos, supervisión del personal bajo sus órdenes. sanción simple
insumos u otros bienes de propiedad del Estado,
que se encuentren bajo su responsabilidad. L 48 Incumplir los plazos para la rendición de cuentas de De 6 a 10 días de
dinero o la remisión de documentos que justifiquen sanción simple
L 26 Realizar reclamos o interponer recursos De 2 a 10 días de la entrega de especies, bienes o enseres recibidos
administrativos de manera irrespetuosa, descortés, sanción simple para el servicio policial, siempre que no constituya
descomedida o de forma antirreglamentaria. infracción grave.
L 27 Realizar cualquier acto o comentario que tienda a De 2 a 10 días de
L 49 Tomar sin autorización prendas, equipos o bienes De 6 a 10 días de
disociar o afectar la armonía entre el personal de sanción simple de propiedad del Estado o del personal de la sanción simple
la Policía Nacional del Perú. Policía Nacional del Perú y luego devolverlos,
L 28 Hacer insinuaciones, gestos, proposiciones De 2 a 10 días de siempre que no se haya ocasionado daños o
obscenas o usar términos de naturaleza o sanción simple perjuicios.
connotación sexual, verbales o escritos que
L 50 Perder, dañar o no adoptar las medidas pertinentes De 6 a 10 días de
resulten ofensivos.
para la conservación del material, enseres y sanción simple
L 29 No observar los procedimientos establecidos De 2 a 10 días de menaje de propiedad del Estado, siempre que
para los trámites administrativos internos del sanción simple no constituya infracción grave; sin perjuicio de la
personal, previstos en las normas legales y reposición o reparación del bien.
reglamentarias.
L 51 Faltar 1 día a su Unidad, sin causa justificada. De 6 a 10 días de
L 30 No presentarse al Jefe de Unidad, así como, a De 2 a 10 días de sanción simple
sus superiores en línea de comando al llegar al sanción simple
lugar de su destino dentro de las 24 horas o no CONTRA LA IMAGEN INSTITUCIONAL
despedirse al ser cambiado de colocación.
L 52 Atender al público en forma displicente o dirigirse a De 4 a 6 días de
L 31 Extraviar por primera vez el Carné de Identidad De 4 a 10 días de las personas con términos o gestos inadecuados, sanción simple
Personal, al no adoptar las medidas de seguridad sanción simple contraviniendo las normas de cortesía o
necesarias para su cuidado y conservación. urbanidad.