Este decreto supremo dispone el reajuste de las pensiones percibidas por pensionistas del régimen del Decreto Ley No 20530. Se autoriza una transferencia de partidas presupuestarias para financiar el reajuste de las pensiones, el cual asciende a 30 soles. Además, se establecen los procedimientos para la aprobación institucional de los recursos y se precisa que las entidades que ya hayan pagado pensiones en el 2015 deberán regularizar el abono del reajuste.
Este documento presenta la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 aprobada por el Congreso de la República del Perú. Asigna un presupuesto total de S/ 130,621,290,973 para el gobierno central, gobiernos regionales y locales. Establece normas para la gestión presupuestaria como prohibir incrementos salariales y nuevas bonificaciones, y limita el ingreso de nuevo personal al sector público, con algunas excepciones.
1. La ley aprueba el presupuesto anual del sector público para el año fiscal 2016 por un monto de 138,490 millones de soles.
2. Los recursos que financian el presupuesto provienen de fuentes ordinarias, recaudación directa, créditos y donaciones, por un total de 138,490 millones de soles.
3. La ley establece normas para la gestión presupuestaria como limitar los gastos en remuneraciones del personal y establecer controles del gasto público.
Este documento es la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 aprobada por el Congreso de la República del Perú. Aprobaron un presupuesto de 138,490,511,244 soles para el gobierno central, gobiernos regionales y locales. Incluye normas para la gestión presupuestaria como prohibir incrementos salariales y establecer montos máximos para aguinaldos, gratificaciones y bonificación por escolaridad del personal del sector público.
La resolución aprueba la incorporación de S/ 36,916.00 nuevos soles a través de una transferencia de partidas en el presupuesto institucional de la Municipalidad Provincial de Melgar para el año fiscal 2012. Los fondos provienen del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y serán asignados a actividades de apoyo a beneficencias. La Dirección de Planificación, Presupuesto y Racionalización solicitó la modificación presupuestaria de acuerdo a la ley.
El documento presenta el resumen de un proceso judicial de nulidad contra el Decreto 2552 de 2015, mediante el cual se fijó el salario mínimo para 2016. Los demandantes alegan que el incremento del 7% no compensó realmente la inflación del 6.67% y llevó a una pérdida del poder adquisitivo. El Ministerio de Hacienda defiende el decreto argumentando que se tuvo en cuenta la meta de inflación y la productividad, aunque esta última no afectó el porcentaje final. El Consejo de Estado procede a fall
Decreto Supremo que establece los criterios vinculados a la devolución de los montos a que se refiere la nonagésima segunda disposición complementaria de la ley Nº 30072. D.U. 037-94, a los afiliados a la ONP
La ley establece medidas presupuestarias para el año fiscal 2015, incluyendo la autorización de modificaciones presupuestarias para financiar proyectos de inversión en salud y agricultura, permitir transferencias a institutos viales provinciales, y completar el proceso de nombramiento de profesionales de la salud. También autoriza ajustes presupuestarios ante variaciones de ingresos y para implementar una nueva universidad.
Este documento presenta la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 aprobada por el Congreso de la República del Perú. Asigna un presupuesto total de S/ 130,621,290,973 para el gobierno central, gobiernos regionales y locales. Establece normas para la gestión presupuestaria como prohibir incrementos salariales y nuevas bonificaciones, y limita el ingreso de nuevo personal al sector público, con algunas excepciones.
1. La ley aprueba el presupuesto anual del sector público para el año fiscal 2016 por un monto de 138,490 millones de soles.
2. Los recursos que financian el presupuesto provienen de fuentes ordinarias, recaudación directa, créditos y donaciones, por un total de 138,490 millones de soles.
3. La ley establece normas para la gestión presupuestaria como limitar los gastos en remuneraciones del personal y establecer controles del gasto público.
Este documento es la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 aprobada por el Congreso de la República del Perú. Aprobaron un presupuesto de 138,490,511,244 soles para el gobierno central, gobiernos regionales y locales. Incluye normas para la gestión presupuestaria como prohibir incrementos salariales y establecer montos máximos para aguinaldos, gratificaciones y bonificación por escolaridad del personal del sector público.
La resolución aprueba la incorporación de S/ 36,916.00 nuevos soles a través de una transferencia de partidas en el presupuesto institucional de la Municipalidad Provincial de Melgar para el año fiscal 2012. Los fondos provienen del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y serán asignados a actividades de apoyo a beneficencias. La Dirección de Planificación, Presupuesto y Racionalización solicitó la modificación presupuestaria de acuerdo a la ley.
El documento presenta el resumen de un proceso judicial de nulidad contra el Decreto 2552 de 2015, mediante el cual se fijó el salario mínimo para 2016. Los demandantes alegan que el incremento del 7% no compensó realmente la inflación del 6.67% y llevó a una pérdida del poder adquisitivo. El Ministerio de Hacienda defiende el decreto argumentando que se tuvo en cuenta la meta de inflación y la productividad, aunque esta última no afectó el porcentaje final. El Consejo de Estado procede a fall
Decreto Supremo que establece los criterios vinculados a la devolución de los montos a que se refiere la nonagésima segunda disposición complementaria de la ley Nº 30072. D.U. 037-94, a los afiliados a la ONP
La ley establece medidas presupuestarias para el año fiscal 2015, incluyendo la autorización de modificaciones presupuestarias para financiar proyectos de inversión en salud y agricultura, permitir transferencias a institutos viales provinciales, y completar el proceso de nombramiento de profesionales de la salud. También autoriza ajustes presupuestarios ante variaciones de ingresos y para implementar una nueva universidad.
Este documento es la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 aprobada por el Congreso de la República del Perú. Aprobaron un presupuesto de S/ 142 471 518 545 para el gobierno central e instancias descentralizadas. Incluye normas para la gestión presupuestaria como prohibir incrementos salariales y establecer los montos máximos para aguinaldos, bonificaciones y escolaridad del personal del sector público en el 2017.
El documento autoriza un viaje a Estados Unidos para participar en negociaciones sobre el Acuerdo Transpacífico. Establece los detalles del viaje de un consultor del Ministerio de Economía y Finanzas a Hawaii para asistir a reuniones sobre el capítulo de inversiones. También modifica montos de bonificaciones económicas para personas condecoradas con la Palma Magisterial.
Este documento contiene tres decretos de urgencia relacionados con asuntos financieros del sector público en Perú. El primer decreto establece disposiciones para los comités de administración de los fondos de asistencia y estímulo de las entidades públicas. El segundo decreto incluye al Presidente de la República dentro del alcance de normas relacionadas con gastos de funcionarios públicos. El tercer decreto autoriza la transferencia de recursos financieros del Ministerio de Pesquería al FONDEPES para un programa de crédito para la recuperación
La resolución suspende los plazos procesales y administrativos en los órganos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial entre el 13 y 23 de octubre debido a problemas presentados en el ingreso de documentos en el Sistema de Mesa de Partes Electrónica. También suspende la atención del Portal de Consulta de Expedientes Judiciales durante este periodo para realizar trabajos de optimización. Se establece que la Mesa de Partes Electrónica seguirá atendiendo pero será objeto de tratamiento para superar las dificultades de ac
Este documento reglamenta la Ley N° 5386/2015 que aprueba el Presupuesto General de la Nación para el ejercicio fiscal 2015 en Paraguay. Establece normas y procedimientos para la ejecución presupuestaria, como el clasificador presupuestario, ampliaciones presupuestarias, transferencias de créditos, y modificaciones presupuestarias. También incluye disposiciones sobre el personal del estado, como remuneraciones, beneficios sociales, contratos colectivos, pasajes y viáticos. El objetivo es contar con una
Este documento presenta la Ley 819 de 2003 sobre normas de presupuesto, responsabilidad y transparencia fiscal en Colombia. Establece que el gobierno nacional debe presentar un Marco Fiscal de Mediano Plazo anual con metas de superávit primario y nivel de deuda para garantizar la sostenibilidad fiscal. También requiere que departamentos, distritos y municipios categoría especial, 1 y 2 fijen metas anuales de balance primario para 10 años consistentes con el marco fiscal, a fin de garantizar la sostenibilidad de su deuda.
Este documento es la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 aprobada por el Congreso de la República. Asigna un presupuesto total de S/ 142 471 518 545 para el gobierno central, gobiernos regionales y locales. Establece normas para la gestión presupuestaria como limitar el gasto en remuneraciones del personal y medidas de austeridad como prohibir nuevos ingresos de personal al sector público, excepto en ciertos casos.
Este decreto supremo autoriza la transferencia de S/ 783,868,360 de fondos del presupuesto público para el año fiscal 2015 a favor de gobiernos locales que cumplieron metas del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal. El anexo especifica los montos a transferir a cada gobierno local elegible. Los fondos deben usarse de acuerdo a las leyes que crean e implementan el plan de incentivos.
Teresa Clotilde Ojeda Sánchez: en el Diario Oficial El Peruano de fecha 25 de julio de 2015 se ha publicado el Decreto Supremo N° 203-2015-EF que modifica el Decreto Supremo N°.287-2014-EF que aprueba el monto del Bono de Incentivo al Desempeño Escolar, así como los criterios, requisitos y condiciones para su otorgamiento y dicta otras disposiciones.
Este documento establece tres normas: 1) aprueba el valor de la Unidad Impositiva Tributaria para el año 2020 en S/ 4,300; 2) transfiere recursos del Ministerio de Salud a gobiernos regionales para proyectos de salud, sujetos a seguimiento y monitoreo; 3) establece normas para la programación de pagos del gobierno y autorización de asignaciones financieras para desastres naturales y proyectos de inversión.
Las modificaciones en ganancias y monotributo complican liquidaciones del per...Alejandro Germán Rodriguez
Teniendo en cuenta los cambios producidos en Ganancias por la segmentación mensual de las deducciones personales y el incremento de los parámetros de categorización en el Monotributo, los autores, efectúan un detallado análisis de estas disposiciones, señalando la complejidad que tendrán las liquidaciones del Impuesto a las Ganancias por el período fiscal 2013.
La resolución modifica el modelo 145 para la comunicación de datos entre perceptores y pagadores de rentas del trabajo. Esto se debe a cambios en la ley del IRPF sobre gastos deducibles y reducciones por rendimientos de trabajo, eliminando la reducción por prolongación de la actividad laboral. El nuevo modelo 145 excluye esta circunstancia y aclara datos sobre hijos incapacitados judicialmente.
La ley establece lineamientos para asegurar una administración prudente y sostenible de las finanzas públicas en Perú, incluyendo reglas fiscales para limitar el gasto del gobierno. Se requiere que cada nuevo gobierno declare una política macrofiscal para su mandato con un límite de déficit del 1% del PBI. También se establecen límites al gasto en personal y pensiones del gobierno así como reglas de deuda y gasto para gobiernos regionales y locales. La ley busca mantener la sostenibilidad fiscal a mediano y larg
El documento establece lo siguiente:
1) Se aprueba la Fase 2 de la Reanudación de Actividades económicas de acuerdo a la estrategia elaborada por el Grupo de Trabajo Multisectorial.
2) Se faculta al Ministerio de la Producción para que disponga el inicio de actividades de conglomerados productivos y comerciales a nivel nacional.
3) Se refrenda el Decreto Supremo por varios Ministros.
El documento establece 7 puntos de acuerdo sobre el presupuesto provincial de 2014 en Argentina. Se acuerda que el presupuesto debe tener déficit cero y variables macroeconómicas reales. También se acuerdan límites al endeudamiento y a la incorporación de personal, y se establecen modificaciones al proyecto de presupuesto.
DISCRECIONALIDAD PARA LA APLICACIÓN DE SANCIONESTGS
La resolución aplica la facultad discrecional de no sancionar administrativamente las infracciones tributarias cometidas durante el Estado de Emergencia Nacional declarado por el COVID-19, entre el 16 de marzo y la fecha de emisión de la resolución. También posterga plazos para la presentación de información por parte de unidades ejecutoras y entidades del sector público.
Este documento presenta la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 aprobada por el Congreso de la República. Se aprueba un presupuesto total de S/ 157 158 747 651 para el gobierno central, gobiernos regionales y locales. El presupuesto se distribuye en gastos corrientes, de capital y servicio de la deuda. La ley establece normas para la gestión presupuestaria como sujetar los gastos a los créditos aprobados y prohibir incrementos salariales. También especifica los montos de
Teresa Clotilde Ojeda Sánchez: en el diario oficial El Peruano, el día de hoy 04 de agosto de 2014 se ha publicado el Decreto Supremo N° 224-2015-EF mediante el que se Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 a favor de Gobiernos Regionales, para financiar el pago de la asignación por tiempo de servicios, la compensación por tiempo de servicios y el subsidio por luto y sepelio, y la compensación por tiempo de servicios, previstos en los artículos 59, 62 y 63 de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, respectivamente, de aquellos docentes que no fueron considerados en el Decreto Supremo N° 027-2015-EF;
Este documento es la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 aprobada por el Congreso de la República del Perú. Aprobaron un presupuesto de S/ 142 471 518 545 para el gobierno central e instancias descentralizadas. Incluye normas para la gestión presupuestaria como prohibir incrementos salariales y establecer los montos máximos para aguinaldos, bonificaciones y escolaridad del personal del sector público en el 2017.
El documento autoriza un viaje a Estados Unidos para participar en negociaciones sobre el Acuerdo Transpacífico. Establece los detalles del viaje de un consultor del Ministerio de Economía y Finanzas a Hawaii para asistir a reuniones sobre el capítulo de inversiones. También modifica montos de bonificaciones económicas para personas condecoradas con la Palma Magisterial.
Este documento contiene tres decretos de urgencia relacionados con asuntos financieros del sector público en Perú. El primer decreto establece disposiciones para los comités de administración de los fondos de asistencia y estímulo de las entidades públicas. El segundo decreto incluye al Presidente de la República dentro del alcance de normas relacionadas con gastos de funcionarios públicos. El tercer decreto autoriza la transferencia de recursos financieros del Ministerio de Pesquería al FONDEPES para un programa de crédito para la recuperación
La resolución suspende los plazos procesales y administrativos en los órganos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial entre el 13 y 23 de octubre debido a problemas presentados en el ingreso de documentos en el Sistema de Mesa de Partes Electrónica. También suspende la atención del Portal de Consulta de Expedientes Judiciales durante este periodo para realizar trabajos de optimización. Se establece que la Mesa de Partes Electrónica seguirá atendiendo pero será objeto de tratamiento para superar las dificultades de ac
Este documento reglamenta la Ley N° 5386/2015 que aprueba el Presupuesto General de la Nación para el ejercicio fiscal 2015 en Paraguay. Establece normas y procedimientos para la ejecución presupuestaria, como el clasificador presupuestario, ampliaciones presupuestarias, transferencias de créditos, y modificaciones presupuestarias. También incluye disposiciones sobre el personal del estado, como remuneraciones, beneficios sociales, contratos colectivos, pasajes y viáticos. El objetivo es contar con una
Este documento presenta la Ley 819 de 2003 sobre normas de presupuesto, responsabilidad y transparencia fiscal en Colombia. Establece que el gobierno nacional debe presentar un Marco Fiscal de Mediano Plazo anual con metas de superávit primario y nivel de deuda para garantizar la sostenibilidad fiscal. También requiere que departamentos, distritos y municipios categoría especial, 1 y 2 fijen metas anuales de balance primario para 10 años consistentes con el marco fiscal, a fin de garantizar la sostenibilidad de su deuda.
Este documento es la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 aprobada por el Congreso de la República. Asigna un presupuesto total de S/ 142 471 518 545 para el gobierno central, gobiernos regionales y locales. Establece normas para la gestión presupuestaria como limitar el gasto en remuneraciones del personal y medidas de austeridad como prohibir nuevos ingresos de personal al sector público, excepto en ciertos casos.
Este decreto supremo autoriza la transferencia de S/ 783,868,360 de fondos del presupuesto público para el año fiscal 2015 a favor de gobiernos locales que cumplieron metas del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal. El anexo especifica los montos a transferir a cada gobierno local elegible. Los fondos deben usarse de acuerdo a las leyes que crean e implementan el plan de incentivos.
Teresa Clotilde Ojeda Sánchez: en el Diario Oficial El Peruano de fecha 25 de julio de 2015 se ha publicado el Decreto Supremo N° 203-2015-EF que modifica el Decreto Supremo N°.287-2014-EF que aprueba el monto del Bono de Incentivo al Desempeño Escolar, así como los criterios, requisitos y condiciones para su otorgamiento y dicta otras disposiciones.
Este documento establece tres normas: 1) aprueba el valor de la Unidad Impositiva Tributaria para el año 2020 en S/ 4,300; 2) transfiere recursos del Ministerio de Salud a gobiernos regionales para proyectos de salud, sujetos a seguimiento y monitoreo; 3) establece normas para la programación de pagos del gobierno y autorización de asignaciones financieras para desastres naturales y proyectos de inversión.
Las modificaciones en ganancias y monotributo complican liquidaciones del per...Alejandro Germán Rodriguez
Teniendo en cuenta los cambios producidos en Ganancias por la segmentación mensual de las deducciones personales y el incremento de los parámetros de categorización en el Monotributo, los autores, efectúan un detallado análisis de estas disposiciones, señalando la complejidad que tendrán las liquidaciones del Impuesto a las Ganancias por el período fiscal 2013.
La resolución modifica el modelo 145 para la comunicación de datos entre perceptores y pagadores de rentas del trabajo. Esto se debe a cambios en la ley del IRPF sobre gastos deducibles y reducciones por rendimientos de trabajo, eliminando la reducción por prolongación de la actividad laboral. El nuevo modelo 145 excluye esta circunstancia y aclara datos sobre hijos incapacitados judicialmente.
La ley establece lineamientos para asegurar una administración prudente y sostenible de las finanzas públicas en Perú, incluyendo reglas fiscales para limitar el gasto del gobierno. Se requiere que cada nuevo gobierno declare una política macrofiscal para su mandato con un límite de déficit del 1% del PBI. También se establecen límites al gasto en personal y pensiones del gobierno así como reglas de deuda y gasto para gobiernos regionales y locales. La ley busca mantener la sostenibilidad fiscal a mediano y larg
El documento establece lo siguiente:
1) Se aprueba la Fase 2 de la Reanudación de Actividades económicas de acuerdo a la estrategia elaborada por el Grupo de Trabajo Multisectorial.
2) Se faculta al Ministerio de la Producción para que disponga el inicio de actividades de conglomerados productivos y comerciales a nivel nacional.
3) Se refrenda el Decreto Supremo por varios Ministros.
El documento establece 7 puntos de acuerdo sobre el presupuesto provincial de 2014 en Argentina. Se acuerda que el presupuesto debe tener déficit cero y variables macroeconómicas reales. También se acuerdan límites al endeudamiento y a la incorporación de personal, y se establecen modificaciones al proyecto de presupuesto.
DISCRECIONALIDAD PARA LA APLICACIÓN DE SANCIONESTGS
La resolución aplica la facultad discrecional de no sancionar administrativamente las infracciones tributarias cometidas durante el Estado de Emergencia Nacional declarado por el COVID-19, entre el 16 de marzo y la fecha de emisión de la resolución. También posterga plazos para la presentación de información por parte de unidades ejecutoras y entidades del sector público.
Este documento presenta la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 aprobada por el Congreso de la República. Se aprueba un presupuesto total de S/ 157 158 747 651 para el gobierno central, gobiernos regionales y locales. El presupuesto se distribuye en gastos corrientes, de capital y servicio de la deuda. La ley establece normas para la gestión presupuestaria como sujetar los gastos a los créditos aprobados y prohibir incrementos salariales. También especifica los montos de
Teresa Clotilde Ojeda Sánchez: en el diario oficial El Peruano, el día de hoy 04 de agosto de 2014 se ha publicado el Decreto Supremo N° 224-2015-EF mediante el que se Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 a favor de Gobiernos Regionales, para financiar el pago de la asignación por tiempo de servicios, la compensación por tiempo de servicios y el subsidio por luto y sepelio, y la compensación por tiempo de servicios, previstos en los artículos 59, 62 y 63 de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, respectivamente, de aquellos docentes que no fueron considerados en el Decreto Supremo N° 027-2015-EF;
Establecen monto, criterios y condiciones del docente contratado 4 de agosto...Colegio
Este documento autoriza una transferencia presupuestal de S/ 26 322 213 del Ministerio de Educación a los gobiernos regionales para financiar la contratación de especialistas en seguimiento administrativo y pedagógico en las Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL) para el resto del año. Establece los detalles de la transferencia entre los pliegos y unidades ejecutoras involucrados. Además, establece los procedimientos para la aprobación institucional de la transferencia a nivel programático dentro de los cinco días de vigencia de
Este documento autoriza una transferencia de 26 millones de soles desde el Ministerio de Educación a los gobiernos regionales para financiar la contratación de especialistas en seguimiento administrativo y pedagógico en las Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL) para el resto del año. Establece los procedimientos para la aprobación institucional de los recursos y limita su uso a los fines especificados.
Teresa Clotilde Ojeda Sánchez: Mediante Decreto Supremo N° 070-2017-MEF, publicado el miércoles 29 de marzo de 2017, en el Diario Oficial El Peruano, fijan Remuneración Íntegra Mensual–RIM de Profesor de la Primera Escala Magisterial de la Carrera Pública Magisterial a la que se refiere la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial.
Fíjándose el monto de la Remuneración Íntegra Mensual–RIM por hora de trabajo semanal - mensual correspondiente a la Primera Escala Magisterial de la Carrera Pública Magisterial a la que se refiere la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, en S/ 59,35 (CINCUENTA Y NUEVE Y 35/100 SOLES).
Este decreto supremo incrementa la Remuneración Íntegra Mensual (RIM) de los profesores de la primera escala magisterial de S/51,83 a S/59,35. Además, autoriza la transferencia de partidas presupuestales a favor de los gobiernos regionales para financiar la creación de nuevas plazas docentes con el objetivo de aumentar la cobertura educativa en educación básica regular, educación básica especial y en los centros rurales de formación en alternancia. Finalmente, establece que la compensación extraordinaria trans
Este decreto supremo incrementa la Remuneración Íntegra Mensual (RIM) de los profesores de la primera escala magisterial de S/ 51,83 a S/ 59,35. Además, autoriza la transferencia de partidas presupuestales a favor de los gobiernos regionales para financiar la creación de nuevas plazas docentes con el objetivo de aumentar la cobertura educativa en educación básica regular, educación básica especial y en centros rurales de formación en alternancia. Finalmente, establece que la compensación extraordinaria transitor
La ley permite que los trabajadores administrativos de instituciones educativas reciban incentivos laborales a través del CAFAE de manera diferenciada por cargo y nivel. El Ministerio de Educación y el Ministerio de Economía y Finanzas aprobarán nuevas escalas salariales diferenciadas en un plazo de 30 días. Los fondos provendrán de los presupuestos ordinarios y directamente recaudados de las unidades educativas y se realizarán las modificaciones presupuestales necesarias sin aplicar ciertas disposiciones de la Ley General del Sist
Fernández oficializó $7.100 millones extras a Quintela, $170 millones a Brizu...Eduardo Nelson German
El presidente Alberto Fernández promulgó la ley Ley 27.561 referidas a la actualización del presupuesto nacional para lo que resta del año, a raíz que regía una norma reconducida del 2019.
Este decreto supremo autoriza un crédito suplementario de S/. 39,378,383 para continuar actividades de prevención, mitigación y preparación ante desastres en gobiernos regionales y locales durante el 2015. Los fondos se distribuirán entre gobiernos regionales (S/. 7,465,110) y gobiernos locales (S/. 31,913,273) y se ejecutarán bajo transferencias programáticas condicionadas.
Decreto Supremo: 047 2014-Educación FísicaPlan EF MINEDU
En el marco del Plan de Fortalecimiento de la Educación Física y el Deporte Escolar, se aprobó la transferencia de partidas presupuestarias a los gobiernos regionales para financiar plazas docentes y actividades de Educación Física. Vea el D.S. 047-2014-EF, publicado hoy en el diario El Peruano.
Mediante Ley N°. 30296, publicada el 31.12.2014 se ha aprobado el proyecto de Ley N°. 4007 y que corresponde al
cuarto paquete de medidas propuestas por el Poder Ejecutivo con la finalidad de reactivar la economía, frenar su ritmo de desaceleración e impulsar el crecimiento económico.
La referida Ley, versa sobre las disposiciones siguientes:
1. Modificaciones al Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley del Impuesto a la Renta.
2. Régimen Especial de Recuperación Anticipada del IGV para promover la adquisición de bienes de capital.
3. Modificaciones al Texto Único Ordenado (TUO) del Código Tributario.
4. Contratos de Estabilidad Tributaria en Minería.
5. Ley General de Aduanas.
En virtud a ello, a continuación efectuamos los comentarios y análisis de los aspectos más relevantes dispuestos o establecidos en virtud a la presente Ley, relacionados con los numerales 1, 2 y 3.
Este decreto supremo aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, el cual incluye todas las modificaciones realizadas a la ley hasta la fecha. El texto unificado entrará en vigencia el 2 de enero de 2013.
Este documento es la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 aprobada por el Congreso de la República del Perú. Aprobaron un presupuesto de 130,621 millones de nuevos soles para el gobierno central e instancias descentralizadas. La ley establece las normas para la gestión y control del gasto público durante el año fiscal, incluyendo límites a los ingresos del personal del sector público.
Este documento autoriza la transferencia de S/412,178,450 de fondos del presupuesto público para el año fiscal 2018 a favor de gobiernos locales como parte del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal. Los fondos serán distribuidos a las municipalidades que cumplieron las metas establecidas al 31 de julio de 2018 y como bono adicional a aquellas que cumplieron todas las metas del año. El anexo detalla los montos asignados a cada gobierno local.
Este decreto de urgencia establece medidas económicas y financieras excepcionales para estimular la economía, incluyendo la autorización de un crédito suplementario de S/ 1,736 millones. Los fondos se destinarán a pagar un aguinaldo extraordinario de S/ 200 a empleados públicos, así como pagos atrasados del decreto de urgencia 037-94. También se autorizan gastos en mantenimiento de infraestructura educativa y de salud.
Este documento autoriza una transferencia de partidas presupuestarias por un monto de S/ 55 000 000 desde el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) al Ministerio Público. Los fondos serán destinados a financiar dos proyectos de inversión relacionados a la mejora de los servicios de justicia penal, incluyendo la implementación de la carpeta fiscal electrónica a nivel nacional y el mejoramiento del servicio de peritaje en varios distritos fiscales. La transferencia se realiza utilizando recursos provenientes de préstamos extern
José Luis Jiménez Rodríguez
Junio 2024.
“La pedagogía es la metodología de la educación. Constituye una problemática de medios y fines, y en esa problemática estudia las situaciones educativas, las selecciona y luego organiza y asegura su explotación situacional”. Louis Not. 1993.
Durante el desarrollo embrionario, las células se multiplican y diferencian para formar tejidos y órganos especializados, bajo la regulación de señales internas y externas.
Soluciones Examen de Selectividad. Geografía junio 2024 (Convocatoria Ordinar...Juan Martín Martín
Criterios de corrección y soluciones al examen de Geografía de Selectividad (EvAU) Junio de 2024 en Castilla La Mancha.
Soluciones al examen.
Convocatoria Ordinaria.
Examen resuelto de Geografía
conocer el examen de geografía de julio 2024 en:
https://blogdegeografiadejuan.blogspot.com/2024/06/soluciones-examen-de-selectividad.html
http://blogdegeografiadejuan.blogspot.com/
Business Plan -rAIces - Agro Business Techjohnyamg20
Innovación y transparencia se unen en un nuevo modelo de negocio para transformar la economia popular agraria en una agroindustria. Facilitamos el acceso a recursos crediticios, mejoramos la calidad de los productos y cultivamos un futuro agrícola eficiente y sostenible con tecnología inteligente.
1. Normas Legales del 10.01.2015 11
ECONOMIA Y FINANZAS
Disponen reajuste de pensiones
percibidas por pensionistas del
régimen del Decreto Ley Nº 20530, de
acuerdo a las disposiciones de la Ley
Nº 28449 y Ley Nº 28789 y autorizan
Transferencia de Partidas
DECRETO SUPREMO
N° 002-2015-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el literal a) del artículo 4 de la Ley Nº 28449, Ley
que establece las nuevas reglas del régimen de pensiones
del Decreto Ley Nº 20530, dispone que las pensiones
percibidas por bene ciarios que hayan cumplido sesenta
y cinco (65) años o más de edad y cuyo valor no exceda
el importe de dos (2) Unidades Impositivas Tributarias
vigentes en cada oportunidad, serán reajustadas al inicio
de cada año mediante decreto supremo con el voto
aprobatorio del Consejo de Ministros y a propuesta del
Ministerio de Economía y Finanzas, teniendo en cuenta
las variaciones en el costo de vida anual y la capacidad
nanciera del Estado;
Que, de acuerdo al tercer párrafo del artículo 1 de
la Ley Nº 28789, Ley que precisa la tercera disposición
transitoria de la Ley Nº 28449, ley que establece nuevas
reglas del régimen de pensiones del Decreto Ley
Nº 20530, se dispone que el valor anualizado de las
pensiones para efecto de determinar el monto máximo
mensual y del reajuste de pensiones de cesantía, invalidez
y sobrevivencia del régimen de pensiones regulado por
el Decreto Ley Nº 20530 es de veintiocho (28) Unidades
Impositivas Tributarias (UIT) vigentes a la fecha en que
corresponda el pago de la pensión;
Que, de conformidad con el Decreto Supremo
Nº 374-2014-EF, durante el año 2015 el valor de la
Unidad Impositiva Tributaria (UIT) será de TRES MIL
OCHOCIENTOS CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES
(S/. 3 850,00);
Que, el Instituto Nacional de Estadística e Informática
ha publicado el porcentaje de in ación anual acumulada a
diciembre de 2014, siendo este de 3,22%;
Que, tomando en cuenta la capacidad nanciera
del Estado, se ha establecido la posibilidad de otorgar
un reajuste en las pensiones equivalente a TREINTA Y
00/100 NUEVOS SOLES (S/. 30,00);
Que, el Presupuesto del Sector Público para el Año
Fiscal 2015, aprobado mediante la Ley N° 30281, ha previsto
en la Reserva de Contingencia los recursos necesarios para
la atención del reajuste de las pensiones percibidas por
los pensionistas del régimen del Decreto Ley N° 20530, de
aquellas entidades cuyas planillas se nancian con fondos
del Tesoro Público, por lo que resulta necesario autorizar
una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2015 a favor de diversos pliegos
hasta por la suma de SESENTA Y TRES MILLONES
NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES MIL QUINIENTOS
VEINTE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 63 983 520,00);
En uso de las facultades conferidas en el numeral 8)
del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley
N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo
45 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley
General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado
mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; la Ley Nº
28449 y la Ley Nº 28789;
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
DECRETA:
Artículo 1.- Reajuste de pensiones
Reajustar, a partir de enero de 2015, las pensiones
percibidas por los bene ciarios del régimen del Decreto
Ley Nº 20530 que hayan cumplido sesenta y cinco (65)
años o más de edad al 31 de diciembre de 2014, cuyo
valor anualizado no exceda el importe de veintiocho (28)
Unidades Impositivas Tributarias.
El monto de dicho reajuste ascenderá a TREINTA Y
00/100 NUEVOS SOLES (S/. 30,00) para los pensionistas
que cumplan las condiciones descritas en el párrafo
anterior.
En ningún caso el valor anualizado de las pensiones
después de efectuado el reajuste, que se de ne como
la suma de las pensiones reajustadas, pensiones
adicionales, grati caciones o aguinaldos, boni cación
por escolaridad y cualquier otro concepto que sea
puesto a disposición del pensionista en el año, podrá
superar el tope de veintiocho (28) Unidades Impositivas
Tributarias anuales. Asimismo, en caso de percibirse
más de una pensión, el reajuste se hará sobre la
pensión de mayor monto.
Artículo 2.- Transferencia de partidas
2.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015,
hasta por la suma de SESENTA Y TRES MILLONES
NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES MIL QUINIENTOS
VEINTE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 63 983 520,00),
para atender el nanciamiento del reajuste de las
pensiones dispuesto en el artículo 1 de la presente norma,
de acuerdo al detalle siguiente:
DE LA: (En Nuevos Soles)
SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL
PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas
UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5.000415 : Administración del Proceso
Presupuestario del Sector Público
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.0 Reserva de Contingencia 63 983 520,00
-------------------
TOTAL 63 983 520,00
===========
A LA: (En Nuevos Soles)
SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL
PLIEGOS : Gobierno Nacional
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1: Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales 30 234 600,00
TOTAL GOBIERNO CENTRAL 30 234 600,00
SECCIÓN SEGUNDA : INSTANCIAS
DESCENTRALIZADAS
PLIEGOS : Gobiernos Regionales
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1: Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales 33 748 920,00
TOTAL INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS 33 748 920,00
-------------------
TOTAL 63 983 520,00
===========
2.2 Los Pliegos habilitados en la Sección Primera y
Sección Segunda del presente artículo, se detallan en el
Anexo: “Transferencia de Partidas - Pliegos Habilitados”,
que forma parte del presente Decreto Supremo, el cual
se publica en el portal institucional del Ministerio de
Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma
fecha de publicación de la presente norma en el Diario
O cial El Peruano.
2.3 En el caso de las entidades que no perciben
recursos del Tesoro Público para el pago de pensiones,
el gasto que irrogue la aplicación de lo dispuesto en el
artículo 1 del presente Decreto Supremo será nanciado
con cargo a sus respectivos presupuestos institucionales.
2. Normas Legales del 10.01.2015 12
Artículo 3.- Procedimiento para la aprobación
institucional
3.1 Los Titulares de los Pliegos habilitados en la
presente Transferencia de Partidas aprueban, mediante
Resolución, la desagregación de los recursos autorizados
en el numeral 2.1 del artículo 2 de la presente norma, a
nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario
de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la
Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de
aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2
del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley N°
28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto,
aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF.
3.2 La O cina de Presupuesto, o la que haga sus
veces en los pliegos involucrados, solicitará a la Dirección
General de Presupuesto Público las codi caciones que
se requieran como consecuencia de la incorporación de
nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de
Medida.
3.3 La O cina de Presupuesto, o la que haga sus veces
en los pliegos involucrados, instruirán a las Unidades
Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas
para Modi cación Presupuestaria” que se requieran, como
consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 4.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la Transferencia de Partidas a que
hace referencia el artículo 2 del presente Decreto Supremo
no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a nes
distintos para los cuales fueron autorizados.
Artículo 5.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el
Ministro de Economía y Finanzas.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL
Única.- Regularización del abono del reajuste
Las entidades que a la fecha de entrada en vigencia
del presente Decreto Supremo hayan pagado pensiones
correspondientes al año 2015, regularizarán el abono del
reajuste que dispone el artículo 1 de la presente norma en
el pago correspondiente al mes siguiente.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve
días del mes de enero del año dos mil quince.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
ALONSO SEGURA VASI
Ministro de Economía y Finanzas
1186792-1
Aprueban Plan de Acción para la
Implementación de la Política Nacional
de Modernización de la Gestión Pública
en el Ministerio de Economía y Finanzas
2015 - 2016
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 006-2015-EF/41
Lima, 9 de enero de 2015
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización
de la Gestión del Estado declara al Estado Peruano en
proceso de modernización, con la nalidad de mejorar
la gestión pública y construir un Estado democrático,
descentralizado y al servicio del ciudadano;
Que, en el marco del Proceso de Modernización de
la Gestión Pública, mediante Decreto Supremo N° 109-
2012-PCM se aprobó la Estrategia de Modernización de
la Gestión Pública, la misma que establece que el proceso
de modernización deberá estar enfocado hacia el logro de
una gestión pública orientada a resultados que impacten
en el bienestar del ciudadano;
Que, con Decreto Supremo N° 004-2013-PCM, se
aprobó la Política Nacional de Modernización de la
Gestión Pública, cuyo objetivo es orientar, articular e
impulsar en todas las entidades públicas, el proceso de
modernización hacia una gestión pública para resultados
que impacte positivamente en el bienestar del ciudadano
y el desarrollo del país;
Que, asimismo, mediante Resolución Ministerial Nº
125-2013-PCM se aprobó el “Plan de Implementación
de la Política Nacional de Modernización de la Gestión
Pública 2013 – 2016”, que establece las acciones,
indicadores metas, plazos y entidades responsables de
liderar la implementación de los objetivos y lineamientos
de la referida política;
Que, en ese contexto, la O cina General de
Plani cación y Presupuesto,órgano en su calidad de
órgano encargado de dirigir el proceso de modernización
de la gestión institucional del Ministerio de Economía
y Finanzas, de acuerdo a las normas y lineamientos
técnicos sobre la materia, propone para su aprobación
el “Plan de Acción para la Implementación de la Política
Nacional de Modernización de la Gestión Pública en el
Ministerio de Economía y Finanzas 2015 - 2016”, en el
que se identi can y programan las acciones que se deben
desarrollar hacia una gestión pública para resultados,
que impacte positivamente en el ciudadano y en el
desarrollo del país, en el marco de la Política Nacional de
Modernización de la Gestión Pública;
Que, en tal sentido, resulta necesario aprobar el “Plan
de Acción para la implementación de la Política Nacional
de Modernización de la Gestión Pública en el Ministerio
de Economía y Finanzas 2015 – 2016”; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158,
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Supremo Nº
117-2014-EF que aprueba el Reglamento de Organización
y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobación del “Plan de Acción
para la Implementación de la Política Nacional de
Modernización de la Gestión Pública en el Ministerio
de Economía y Finanzas 2015– 2016”
Aprobar el Plan deAcción para la Implementación de la
Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública
en el Ministerio de Economía y Finanzas 2015-2016 que
como anexo forma parte de la presente resolución.
Artículo 2º.- De la publicación
Publicar la presente resolución en el Diario O cial El
Peruano, y el anexo de la referida resolución ministerial
en el Portal Institucional del Ministerio de Economía y
Finanzas (www.mef.gob.pe.)
Regístrese, comuníquese y publíquese;
ALONSO SEGURA VASI
Ministro de Economía y Finanzas
1186771-1
Precios CIF de referencia para la
aplicación del derecho variable
adicional o rebaja arancelaria a
importaciones de maíz, azúcar, arroz y
leche entera en polvo
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
Nº 001-2015-EF/15.01
Lima, 8 de enero de 2015
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 115-2001-EF,
se estableció el Sistema de Franja de Precios para las
importaciones de los productos señalados en el Anexo I
del citado decreto supremo;
Que, a través del Decreto Supremo Nº 184-2002-EF
se modi có el artículo 7 del Decreto Supremo Nº 115-
2001-EF y se dispuso que los precios CIF de referencia
fueran publicados mediante resolución viceministerial del
Viceministro de Economía;
Que, con Decreto Supremo Nº 378-2014-EF se
actualizaron las Tablas Aduaneras aplicables a la
importación de los productos incluidos en el Sistema de