1. CPLI Proyecto de Ley
Reforma a la Salud
Convenio de asociación MSPS-1494-2023
entre el Ministerio de Salud y OPIAC
San José del Guaviare 22 y 23 de febrero, 2024
2. AGENDA
1. Apertura tradicional
2. Saludo de bienvenida por la coordinación de
salud y medicina tradicional OPIAC
3. Presentaciones asistentes
4. Verificación de la asistencia de los garantes de
la CPLI
5. Aprobación de la agenda
3. AGENDA
6. Planteamiento desde el proceso de gobierno propio y la
espacialidad territorial.
7. Contexto general del proceso de construcción del SISPI
8. CPLI Ley 339/2023, - articulo 122
9. Definición de conceptos generales: Estructura
administrativa; política publica; sostenibilidad financiera;
salud integral; sistemas de conocimiento en salud o
salud propia; prestación de servicios, salud publica;
barreras de acceso
10. Preguntas orientadoras
11. Conclusiones generales
4. - Implementación SISPI
- Seguimiento PND 2022 - 2026
- Decreto 1973 de 2013
- Decreto 1953 de 2014
- Ley Estatutaria 1751 de 2015
-CPLI
-Congreso Nacional SISPI
-Protocolización y expedición
decreto Ley SISPI
-PDSP 2022 – 2031
-PND 2022-2026
2025
2013 – 2015
Asamblea Nacional de Salud
“Construyendo alternativas para el
buen vivir de los pueblos”.
-Conformación de la Mesa
Coordinadora Nacional de Salud para
pueblos indígenas
2022 - 2024
LINEA DE TIEMPO
2010
5. Sabiduría Ancestral
• Ejes estratégicos
• Líneas operativas
Político organizativo
• Ejes estratégicos
• Líneas operativas
Formación,
capacitación,
generación y uso del
conocimiento en salud
• Ejes estratégicos
• Líneas operativas
Cuidado de la salud
propia e intercultural
• Ejes estratégicos
• Líneas operativas
Administración y
gestión
• Ejes estratégicos
• Líneas operativas
SISPI • Sistemas de conocimiento –
Modelos, procesos, formas
del cuidado de la salud.
• Sistemas de información
• Estructuras propias en
salud.
• Personal en salud o Talento
Humano
• Infraestructura y dotación.
• Insumos
• Financiación y
sostenibilidad
• Seguimiento, evaluación y
control
6.
7. Socialización
CPLI MRA
• Enero 2024
Despliegue
territorial
• Enero – febrero
2024
Estructuración
CPLI Amazonia
• Marzo 2024
MRA
• Marzo 2024
Unificación de
organizaciones
• Marzo 2024
Cierre CPLI –
Convenio OPIAC
• Marzo 2024
Ruta: Pueblos indígenas amazónicos MRA
8. • SGSSS
• Atención social: APS _CAPS – Determinantes sociales.
• Financiación: ADRES
• Prestación de servicios: ESE – IES
• IVC
• Farmacia
• Talento Humano en Salud
• Disposiciones generales: Art 122 CPLI PI
PROYECTO LEY 339/2023
9. Art 122 Proyecto de Ley 339/2023- Reforma a la
salud
Artículo 122. Consulta y Consentimiento Libre, Previo e Informado de los Pueblos
Indígenas. Se garantizan los derechos fundamentales a la Consulta y Consentimiento Libre,
Previo e Informado de los Pueblos Indígenas a través de sus instituciones representativas, en lo
que respecta a las medidas relacionadas con el derecho fundamental a la salud, el Sistema
Indígena de Salud Propio Intercultural (SISPI) y el Sistema de Salud, atendiendo lo dispuesto
en los literales l, m y n del artículo 6 de la Ley 1751 de 2015.
De conformidad con el Artículo 150 numeral 10 de la Constitución Política, revístase al Presidente
de la República de facultades extraordinarias, por un periodo de hasta seis (6) meses
contados a partir de la vigencia de la presente Ley, para expedir las normas con fuerza de
ley, cuyos contenidos sean producto de la concertación en el marco de la Consulta Previa,
Libre e Informada con los Pueblos Indígenas y que reglamenten los procesos de salud en el
marco del Sistema Indígena de Salud Propio e Intercultural (SISPI) respecto a:
10. a) Su organización, administración, consolidación, financiación y gestión.
b) Los mecanismos de implementación, seguimiento, evaluación y control.
c) Los mecanismos de transición necesarios para la implementación del proceso de
reorganización en los territorios en el marco de las estructuras propias.
d) La coordinación de la prestación de servicios, acciones en Salud Pública y los procesos
propios.
Parágrafo. El Gobierno Nacional de manera concertada con las Autoridades de los Pueblos Indígenas
creará e implementará las medidas idóneas que permitan el funcionamiento armónico entre el
Sistema de Salud y el Sistema Indígena de Salud Propio Intercultural (SISPI), garantizando las
condiciones que permitan la materialización efectiva del derecho fundamental a la salud conforme
a los principios culturales, usos y costumbres de los Pueblos Indígenas.
11. • Organización
• Administración
• Consolidación
• Financiación
• Gestión
• Mecanismos de implementación
• Seguimiento, evaluación y control
• Mecanismos de transición necesarios para la implementación del
proceso de reorganización en los territorios en el marco de las
estructuras propias.
• La coordinación de la prestación de servicios,
• acciones en Salud Pública y los procesos propios.
EJES ESTRATEGICOS ART 122 LEY 339
12. • SGSSS
• Atención social: APS
_CAPS – Determinantes
sociales.
• Financiación: ADRES
• Prestación de servicios:
ESE – IES
• IVC
• Farmacia
• Talento Humano en
Salud
• Disposiciones generales:
Art 122 CPLI PI
• SISPI y sus
componentes
• 1973 de 2013
• 1953 de 2014
• Administración
• Financiación
• Gestión
• AVC
• Prestación de
servicios
• Avances de los
proceso territoriales
en salud.
• Políticas publicas
• Programas de salud
• Construcción de
modelos
• Proyectos de salud
indígena
• Otros
PROYECTO LEY 339/2023
SISTEMA DE SALUD INDIGENA
DESARROLLOS TERRITORIALES
13. DEFINICIONES GENERALES
• Estructura Administrativa
• Política publica
• Sostenibilidad financiera
• Salud integral
• Sistemas de conocimiento en salud o salud propia
• Prestación de servicios
• Salud publica
• Barreras de acceso
14. SGSSS (Sistema General de
Seguridad Social en Salud)
IPS
SERVICIOS DE
SALUD
ALTA COMPLEJIDAD
MEDIANA
COMPLEJIDAD
BAJA COMPLEJIDAD
MSPS (Ministerio de
Salud y Protección
Social)
SUPERSALUD
E. TERRITORIALES
EPS
Régimen Contributivo
Régimen Subsidiado
Régimen Especial
EAPB (Entidad
Administradora de
Planes de
Beneficios)
CONSTITUCIÓN POLITICA
DE 1991: ART 44 Y 48
LEY 100 DEL 1993
SISTEMA
DE SALUD
ACTUAL
REFORMA
A LA
SALUD
PL 339/2023
UNIVERSALUDAD ≠
ACCESIBILIDAD
15. INDICADORES
- Salud infantil - Salud sexual y reproductiva - Salud oral - Salud mental -
Enfermedades trasmisibles y no trasmisibles – Nutrición - Vacunación
SISTEMA DE SEGUIMIENTO EN SALUD
--Manejo de recursos según la identificación de la necesidad territorial.
Políticas que buscan garantizar de manera integrada, la salud de la
población por medio de acciones dirigidas tanto de manera
individual como colectiva
Salud publica
16. Barreras de acceso
NO acceso
oportuno a
servicios de
salud
Limitantes geográficas
y transporte
Administrativas
Limitantes en
talento humano
e insumos
17. PREGUNTAS ORIENTADORAS
1. ¿Cómo debe ser la estructura administrativa para dinamizar la
política pública en salud integral para los pueblos y comunidades
indígenas de la amazonia Colombiana?
2. ¿Cuál es la propuesta ante gobierno nacional para lograr la
sostenibilidad financiera de la política pública en salud integral para
los pueblos y comunidades indígenas de la Amazonia Colombiana?
3. ¿Qué orientaciones o estrategias proponen para: 1) revitalizar la
salud propia, 2) implementar los servicios de salud e implementar las
acciones de salud pública; en la Amazonia Colombiana?.
18. PREGUNTAS ORIENTADORAS
4. ¿Cuáles son las barreras de acceso a los servicios de salud
en la amazonia colombiana y que alternativas proponen
para superar estas situaciones?
5. ¿Como debe ser el proceso de acompañamiento, control y
seguimiento una vez se implemente la política en salud
integral para los pueblos y comunidades indígenas de la
amazonia Colombiana la cual debe incorporar las acciones
culturales en salud propia, en salud pública y la atención y
prestación de servicios del SGSSS.