“LOS PRESUPUESTOS FILOSÓFICOS DEL CONCEPTO
DE SOBERANÍA EN LA OBRA DE CARL SCHMITT.
LA ANALOGÍA ESTRUCTURAL ENTRE SU
PENSAMIENTO JURÍDICO-POLÍTICO Y EL
PENSAMIENTO METAFÍSICO-TEOLÓGICO DE SU
ÉPOCA”
1888-1985
Objetivo de la tesis
• Establecer los presupuestos teológicos-metafísicos de la
concepción jurídico-política de Carl Schmitt mediante el método
de la teología política que él mismo creó.
֎ Datos biográficos
• Nace en Plettemberg (1888) y fallece en la misma ciudad (1985), de origen católico.
• Jurista especialista en Derecho Público, profesor en diversas universidades alemanas.
• Carl Schmitt es considerado, con Martin Heidegger y Ernst Jünger, uno de los pensadores más
importantes de Alemania durante la época del nazismo (1933-1945).
• La idea fundamental de Schmitt es que el Derecho no se reduce a la norma, sino que, por
encima de ella, está la decisión que funda ontológicamente la totalidad del orden jurídico.
• Obras destacadas: Ley y juicio (1912), La Dictadura (1921), Teología política (1922), Teoría de
la Constitución (1928), El concepto de lo político (1932), Tierra y mar (1942), El nomos de la
Tierra (1950).
• Esta concepción ha influenciado en pensadores tan diversos como: S. Zizek, Ch. Mouffe, G.
Agamben, A. Kojeve, J. Freund, J. Taubes, J. Derrida, W. Benjamin, L. Strauss, H. Arendt, T.
Negri y Hayek, entre otros.
• Juzgado en Nüremberg, fue absuelto después de que él mismo ejerciera legalmente su
defensa.
CAPITULO I: EL MÉTODO DE LA TEOLOGÍA
POLÍTICA COMO RESULTADO DEL PROCESO
DE SECULARIZACIÓN DEL DERECHO
MEDIEVAL
1888-1985
Secularización I: Harold Berman
• “Fue Hildebrando quien en el decenio de 1070 como Papa Gregorio VII, lanzó el
movimiento reformista dela Iglesia contra la misma autoridad imperial que había
encabezado a los reformadores cluniancenses durante el siglo X y comienzos del XI.
Gregorio llegó mucho más lejos que sus predecesores. Proclamó La supremacía legal
del Papa sobre todos los cristianos y la supremacía jurídica del clero, a las órdenes
del Papa, sobre todas las autoridades seculares. Los Papas, sostuvo, podían deponer
emperadores…y procedió a deponer al emperador Enrique IV” (Harold Berman, La
formación de la tradición jurídica de Occidente, FCE, p.104).
• “Después de Gregorio VII, la Iglesia adoptó casi todas las características distintivas
del Estado moderno. Afirmó ser una autoridad independiente, jerárquica y pública.
Su cabeza, el Papa, tenía el derecho de legislar y, en realidad, los sucesores del
Papa Gregorio promulgaron una corriente continua de nuevas leyes (…)” (Op. Cit.,
p.124).
• Secularización vista desde el Derecho: la modernidad se construye a partir de la
secularización resultante de la racionalización de la función jurídico-política de la
Iglesia.
Secularización II: Max Weber
• “Tratábamos de demostrar que el espíritu del ascetismo cristiano fue
quien engendró uno de los elementos constitutivos del moderno espíritu
capitalista, y no solo de este, sino de la misma civilización moderna: la
racionalización de la conducción de vida sobre la base de la idea
profesional” (Max Weber, La ética protestante y el espíritu del
capitalismo, FCE, p.246).
• “El ascetismo se propuso transformar el mundo y quiso realizarse en el
mundo; no es extraño, pues, que las riquezas de este mundo alcanzasen
un poder creciente y, en último termino, irresistible sobre los hombres
como nunca se había conocido en la historia” (Op.cit.,p.248).
• Secularización vista desde la Sociología: La modernidad se construye a
partir de la secularización resultante de la racionalización del trabajo en
la ética del Calvinismo.
Secularización III: Marcel Gauchet
• Si pudo desarrollarse un orden humano en ruptura hasta ese punto con
los precedentes, y en ruptura a causa de la inversión radical en todos los
planos de la antigua heteronomía, es en las potencialidades dinámicas
excepcionales del espíritu del cristianismo donde conviene situar su raíz
primera. Éstas proporcionan un foco de coherencia que permite captar
la duradera solidaridad esencial de fenómenos tan evidentemente poco
ligados como el surgimiento de la técnica y la marcha de la democracia.
Así, el cristianismo habrá sido la religión de la salida de la religión.
(Marcel Gauchet. El desencantamiento del mundo. Una historia política
de la religión, Trotta, p. 10)
• Secularización vista desde la Historia de las Instituciones: el cristianismo
es la religión secularizadora por excelencia, porque aniquila al
paganismo al interiorizar la religión en el hombre y crear nuevas
instituciones inmanentes a la condición humana.
Secularización IV: Carl Schmitt
• Carl Schmitt (2009 a): “Todos los conceptos centrales de la teoría
política moderna son conceptos teológicos secularizados”
(Teología Política, Madrid: Trotta, Cap. III, 37) .
• Secularización vista desde el Derecho Público: los conceptos
jurídicos tienen su origen en la secularización de la teología
jurídica medieval.
1.1. Cristianismo y secularización: San Agustín
• La encarnación de Dios en la historia humana tiene consecuencias
político-religiosas: la doble naturaleza de Jesús es el vehículo de
la secularización, pues la eternidad ingresa en el tiempo humano.
• San Agustín y Occidente: el saeculum es el tiempo del mundo
humano, la secularización es la divinización del tiempo humano.
• La ciudad de Dios (Iglesia) y la ciudad del Hombre (Imperio)
conviven en el interior de cada hombre, lucharán hasta el fin de
los tiempos hasta que una se subordine a la otra.
• En la Edad Media occidental, triunfó la Iglesia (Gelasio I), como
orden jurídico-público, sobre el Imperio.
1.2. Gregorio VII y la revolución papal (1075)
• Gregorio VII y la reforma gregoriana (Harold Berman):
1. Sistematización del Derecho occidental a través del Derecho Canónico.
2. Institucionalización de la Iglesia como un aparato burocrático centralizado.
3. Aparición de juristas-clérigos, escuelas, y manuales de Derecho.
4. Supremacía legal del Papa sobre todos los cristianos que lo asimila a la figura de un
monarca temporal con atribuciones ejecutivas y legislativas (teocracia pontifical).
5. Subordinación del Imperio al Papado que posee, al mismo tiempo, autoridad y potestad con
la que gobierna, mediante el Derecho Canónico, desde el exterior, a los príncipes cristianos.
6. Separación definitiva de la esfera política (secular) de la esfera religiosa (espiritual),
control de la esfera secular por parte de la espiritual.
• Preparación del Derecho Natural moderno, debido a la interacción administrativa, civil y
penal entre el modelo jurídico gregoriano con el ámbito secular medieval.
1.3. El Ius publicum europaeum
• El Ius publicum europeum o Derecho Natural reinterpretado a la luz de la razón: el Derecho
Público Europeo es la secularización del Derecho Canónico medieval.
• Thomas Hobbes establece la fusión de autoridad y potestad en una única entidad política: el
Estado (Leviathán) como nueva unidad político-religiosa, de manera que el orden espiritual
pierde su carácter trascendente y se seculariza en orden temporal.
• La soberanía del Derecho se establece como única forma de legitimación de la representación
política ante la ausencia de la figura del pontífice.
• Aparece un hiato entre el representante y el representado que solo se puede salvar mediante
un acto de decisión que actualice el orden jurídico en la realidad concreta.
• Surge así el Estado de Derecho como despotismo legal que limita las libertades individuales al
tiempo que las protege.
• Función secularizadora del Estado bajo el modelo de la Iglesia según Schmitt: 1. Creación de
una administración centralizada, 2. Eliminación de la guerra civil y 3. Constitución de
territorios cerrados.
• El fondo abismal del poder: origen del Leviathán.
1.4. Los orígenes del método de la Teología
Política
• “La contrarrevolución no es una revolución contraria, sino lo contrario de la revolución”
(Joseph de Maistre).
• Sociología del Derecho de Max Weber: descubrimiento de la secularización del Derecho en la
institucionalización del Estado burocrático moderno expresado en los profesionales del
Derecho.
• Pensamiento contrarrevolucionario de Joseph de Maistre, Louis de Bonald, Juan Donoso
Cortés:
1. De Bonald: Descubrimiento del vínculo social e histórico entre política y religión expresado
en las ideologías e instituciones modernas (analogía entre religión y política).
2. De Maistre: Descubrimiento de la naturaleza del poder más allá de la representación
política.
3. Donoso: Analogía entre dogmas heréticos cristianos y las ideologías modernas.
4. Ante el fracaso de la representación política moderna en todas sus formas, necesidad de
una nueva forma de legitimidad jurídico-política cristalizada en la Decisión.
1.5. La Teología Política como método A
• Desde su evolución histórica, los conceptos teológicos medievales
se trasladaron a la teoría política moderna: milagro = estado de
excepción.
• Desde un punto de vista metodológico, el Derecho procede como
la Teología: ambos utilizan un libro como fuente de interpretación
y ambos utilizan la razón para interpretarlo.
• “¿Una visión sociológica de los conceptos jurídicos? ¿Qué es eso?
[…] Es el intento de alcanzar el absoluto partiendo de la eficacia
histórica y no de lo abstracto” (Hugo Ball).
1.5. La Teología Política como método B
• 1. Analogía sistemático-conceptual:
• 1.1. “El Estado interviene por todas partes, ora como Deus ex machina, decidiendo por medio de la
legislación positiva una controversia que el acto libre del conocimiento jurídico no acertó a resolver
claramente, ora como Dios bueno y misericordioso, mostrando en las amnistías e indultos su señorío sobre
sus propias leyes; bajo la figura del legislador, como poder ejecutivo o poder de policía, ejerciendo e
ministerio de la gracia o de la asistencia, siempre la misma identidad inexplicable; de tal manera que, si
alguien cuidase de mirar a cierta distancia el espectáculo actual de la jurisprudencia, creería estar viendo
una comedia de capa y espada, donde el Estado, bajo diferentes disfraces, entra siempre en escena como
la misma persona invisible.” (TP,39)
• 1.2. “El Estado de Excepción tiene en la jurisprudencia análoga significación que el milagro en teología.”
(TP,37)
• 2. Analogía metodológica (Leibniz):
• “Con justo título hemos transferido el modelo de nuestra clasificación desde la teología a la jurisprudencia
(…)”, ambas disciplinas tiene un doble principio: la ratio (de ahí la teología natural y la jurisprudencia
natural) y la scriptura, es decir, un libro con revelaciones y reglas positivas.” (TP,38)
1.5. La Teología Política como método C
• Principio fundamental:
“La imagen metafísica que de su mundo se forja una época determinada
tiene la misma estructura que la forma de la organización política que esa
época tiene por evidente” (Teología política, Cap. III, p. 37).
• Carl Schmitt: síntesis del método analógico y la sociología weberiana,
estudio del núcleo teológico de las teorías políticas modernas en su
contexto histórico concreto.
• Teología Política = Sociología de los conceptos jurídico-políticos.
Analogía entre el sistema de conceptos jurídico-políticos y el sistema de
conceptos teológico-metafísicos de una misma época.
ANDREAS HÖNTSCH – TECHNISCHE UNIVERSITÄT DRESDE - TUD
CAPITULO II: EL CONCEPTO DE SOBERANIA
MODERNO SEGÚN EL MÉTODO DE LA
TEOLOGÍA POLÍTICA
1888-1985
2.1. Absolutismo y Teísmo
• “(…) en la teoría del Estado del siglo XVII, el monarca se
identificaba con Dios, y el Estado ocupa análoga posición a la
atribuida a Dios dentro del mundo en el sistema cartesiano (…) El
príncipe desarrolla todas virtualidades del Estado por una especie
de creación continua. El príncipe es el Dios cartesiano trasladado
al mundo político (…) Imperó esta noción a lo largo de los siglos
XVII y XVIII; y es esta una de las razones por las que Hobbes (…)
fue siempre personalista y postuló siempre una instancia decisioria
concreta, llegando incluso a exaltar a su estado, el Leviathán, al
rango de persona monstruosa elevada al nivel de lo mitológico”
(Carl Schmitt, Teologia Política, p. 45)
2.2. Monarquía Constitucional y Deísmo
• “La validez general de un precepto jurídico se identifica con la
legalidad natural válida sin excepciones. Se desplaza radicalmente
al soberano, que en la imagen deísta del mundo era todavía el
montador de la gran máquina, aunque estuviese fuera de aquel.
La máquina empieza a andar por sí misma. El principio metafísico
de que Dios solo se manifiesta por actos generales de su voluntad,
no en los particulares domina la metafísica de Leibniz y
Malebranche” (Carl Schmitt, Teología Política, p. 46).
2.3. Democracia y Panteísmo
• “Rousseau identifica la volonté générale con la voluntad del soberano;
pero, al mismo tiempo, se determina cuantitativamente el concepto de
lo general, incluso en lo que se refiere al sujeto, es decir, el pueblo se
convierte en soberano. Desaparece de esta suerte el elemento
decisionista y personalista que antes alentaba en el concepto de la
soberanía” (Carl Schmitt, Teología Política, p.46).
• “Al describir la democracia americana, decía Tocqueville que en el
pensamiento democrático el pueblo campea sobre todo el ámbito de la
vida política a la manera como Dios se alza sobre el mundo, como causa
y fin de todas las cosas, de quien todas las cosas nacen y a quien todas
las cosas retornan” (Carl Schmitt, Op.cit., p.46)
2.4. Anarquismo y Ateísmo
• “Bajo la influencia patente de Comte emprende Proudhon la batalla
contra Dios. La lucha contra la religiosidad tradicional obedece sin duda
a motivos políticos y sociológicos muy varios: la actitud conservadora del
cristianismo eclesial, la alianza del Trono y el Altar (…)” (Carl Schmitt,
Teología Política, p.47)
• “Mientras conservó el concepto de Dios, la filosofía de la inmanencia,
cuya magnífica arquitectura sistemática culmina en la filosofía de Hegel,
refiere Dios al mundo, y el derecho y el Estado se dejan brotar de la
inmanencia de lo objetivo. En los radicales más extremistas domina un
ateísmo consecuente. El ala alemana de la izquierda hegeliana tiene
clara conciencia de ese nexo. Con no menor decisión que Proudhon
proclaman que la humanidad debe ocupar el puesto de Dios” (Carl
Schmitt, Op. Cit., p.47).
2.5. Dictadura y Nihilismo
• “Desde el ángulo de la teoría de las ideas, destácanse en el proceso de
la teoría del Estado del siglo XIX dos momentos característicos: la
eliminación de todas las nociones teístas y trascendentes y la formación
de un nuevo concepto de legitimidad” (Carl Schmitt, Teología Política,
p.48).
• “Desde 1848, la teoría jurídica del Estado (…) funda enteramente el
poder en el pouvoir constituant del pueblo; en una palabra la
legitimidad monárquica se sustituye por la legitimidad democrática”
(Ibídem).
• “Donoso Cortés (…), al ver la revolución de 1848, concluyó en el
convencimiento de que la época del regalismo llegaba a su fin. No hay
regalismo porque no hay reyes. No hay tampoco legitimidad en sentido
tradicional. No queda más que una salida: la dictadura” (Ibídem).
2.6.Soberanía A: Bodino
• “Claramente se ve ya en Bodino que el concepto se orienta hacia el caso
crítico, es decir, excepcional. Más que su definición de soberanía tan
frecuentemente citada (la soberanía es el poder absoluto y perpetuo de
una república), es de señalar su doctrina sobre las Vraies remarques de
souveraineté” (Carl Schmitt, TP. p.14).
• “El mérito científico de Bodino, el fundamento de su éxito, se debe a
haber insertado en el concepto de la soberanía la decisión (…) Por eso la
facultad de derogar las leyes vigentes, sea con carácter general o
especial, es el atributo más genuino de la soberanía (Carl Schmitt, TP.
p.15).
2.6. Soberanía B: Schmitt
• “Soberano es quien decide sobre el estado de excepción. Sólo esta definición puede ser justa
para el concepto de soberanía como concepto límite. Pues concepto límite no significa
concepto confuso (…), sino concepto de la esfera más extrema. A él corresponde que su
definición no pueda conectarse al caso normal, sino al caso límite (…)
• Poco importa, ciertamente, desde el punto de vista teórico o práctico, que se de o no por
bueno el esquema abstracto que se establece como definición de la soberanía (Bodino).
Generalmente, (…), no se disputa por un concepto como tal. Se disputa sobre su aplicación
concreta, es decir, sobre quién decide en caso de conflicto, en qué estriba el interés público
estatal, la seguridad y el orden público. El caso excepcional, el que no está previsto en el
orden jurídico vigente, (…) no se puede delimitar rigurosamente. Sin embargo, este caso
actualiza el problema mismo de la soberanía.
• Ya sea Dios el soberano, es decir, el ue en la tierra obra como su representante indiscutible,
ya lo sea el emperador, el príncipe o el pueblo, esto es, aquellos que con el pueblo pueden
identificarse sin contradicción, se plantea siempre el problema del sujeto de la soberanía, es
decir, la aplicación del concepto a una situación concreta.”
• (Carl Schmitt, Teología Política, p.13-16)
CAPITULO III: LA TEOLOGÍA POLÍTICA DEL
CONCEPTO DE SOBERANÍA DE CARL
SCHMITT
1888-1985
3.2. Los presupuestos filosóficos del concepto
de soberanía de Carl Schmitt A
• Søren Kierkegaard:
• La repetición (1943)
• “La excepción explica lo general y se explica a sí misma. Y si se quiere
estudiar correctamente lo general, no hay sino mirar la excepción real.
Más nos muestra en el fondo la excepción que lo general. Llega un
momento en que la perpetua habladuría de lo general nos cansa; hay
excepciones. Si no se acierta a explicarlas, tampoco se explica lo
general. No se para mientes, de ordinario, en esta dificultad, porque ni
siquiera sobre lo general se piensa con pasión, sino con una cómoda
superficialidad. En cambio, la excepción piensa lo general con enérgica
pasión” (Schmitt 2009 a: 20).
• Conceptos de Kierkegaard: Prueba, Repetición, Excepción y General
3.2. Los presupuestos filosóficos del concepto
de soberanía de Carl Schmitt B
• Según Constantius, los antiguos griegos habrían descubierto la anamnesis, es decir, la reminiscencia. Según
esta experiencia, todo lo que existe actualmente, existió alguna vez en el pasado. En cambio, el
cristianismo descubrió otro tipo de fenómeno: la repetición. Según este punto de vista, todo lo que existió
en el pasado, volverá a existir nuevamente a partir de ahora, es decir, se repetirá (Kierkegaard 2009: 64).
• Constantius aprovecha estas dos definiciones para atacar la dialéctica hegeliana. Según él, la categoría de
la mediación (Vermittelung), inventada por Hegel, no le hace justicia al verdadero proceso dialéctico,
pues en ella se pierden los contrarios en una síntesis de naturaleza lógica. Por el contrario, en su lugar, el
concepto correcto es el de repetición (Gjentagelse), ya que en él se mantiene la tensión de los contrarios
en una síntesis de naturaleza existencial. Esto se debe a que el término Gjentagelse no solo trae consigo la
idea de repetir algo, sino la de recuperar algo. El concepto es análogo al de la negación-superación
hegeliana (Aufhebung) con la diferencia de que se trata de una operación existencial, no especulativa. De
esta manera, la repetición de Kierkegaard es la repetición de algo que se recupera (Kierkegaard 2009: 64).
• Los griegos, a ojos de Constantius, habrían desarrollado mucho mejor esta dialéctica a través del concepto
de transición o κίνησις (movimiento). Kierkegaard extrae la κίνησις aristotélica del plano cosmológico y la
traslada a la dimensión histórica e existencial, de suerte que se transforma en un problema metafísico
irresoluble, pues el movimiento de la existencia y el de la historia no pueden ser totalmente racionalizados
por la filosofía, a lo sumo pueden ser descritos fenomenológicamente. Sin embargo, sí pueden ser
experimentados a través de la fe (Kierkegaard 2009: 64-65).
3.2. Los presupuestos filosóficos del concepto
de soberanía de Carl Schmitt C
• El joven enamorado llega a la conclusión que la postura de Job nace de una pasión profunda por la verdad
y la justicia, es decir, por la defensa de su inocencia frente a Dios. En su perspectiva, Job es el primer
defensor de los derechos del hombre ante Dios y tal defensa solo puede entenderse como una prueba. Para
comprenderla, no existe racionalidad alguna, porque la prueba siempre es una experiencia individual,
mientras que toda racionalidad estudia siempre sobre lo general. Por tal razón, ni la ética, ni la estética ni
la dogmática teológica pueden dar razón de ella. La prueba es, por tanto, un acontecimiento que
antecede a todo conocimiento y, para diferenciarla de cualquier otro evento, es necesario comprobar el
poder destructivo de su actualización en la vida del hombre (Kierkegaard 2009: 179-186).
• Finalmente, llega el momento en que la repetición hace su aparición. En efecto, el joven enamorado
descubre que la prueba de Job es, en realidad, la repetición actualizada en el presente eterno de su
existencia. Por medio de ella, la realidad humana es quebrantada y es abierta hacia la trascendencia. Se
trata del “momento exacto en que todas las certezas y probabilidades humanamente concebibles cayeron
por tierra” para Job (Kierkegaard 2009: 189).
• Con este descubrimiento, el joven enamorado solo espera que la repetición se produzca en su propia vida.
Y, en efecto, así sucede cuando se entera que la joven de la que estaba enamorado se ha casado. Tal
suceso constituye para él una repetición porque “poseo nuevamente, como si acabara de nacer, mi propio
yo”. La repetición consiste entonces en el repetirse a sí mismo, en el insistir espiritualmente en la propia
unidad personal, en el recuperarse en medio del acontecimiento de la prueba. Como sostenía Constantius
respecto a la repetición: lo que existe, existirá nuevamente, como regeneración de lo que ha sido
destruido (Kierkegaard 2009: 202-203).
3.2. Los presupuestos filosóficos del concepto
de soberanía de Carl Schmitt D
• Constantius trata de explicar la experiencia de su joven amigo a través de un epílogo ficticio dirigido al lector del libro (o
sea, a nosotros). Mediante él, vincula el concepto de repetición con lo que queríamos aprehender al comienzo de este
análisis: la excepción.
• En este punto, Constantius introduce la oposición entre lo general y la excepción, y reinterpreta la categoría hegeliana de
lo general en función a su propia explicación de la existencia como hecho singular. El método hegeliano, nos dice, anula
tanto lo general como lo individual, lo cual impide aprehender adecuadamente la dimensión de la existencia. Sin embargo,
al igual que Hegel, Constantius identifica lo general con el mundo ético, la eticidad que Hegel encuentra expresada en la
figura del Estado y en el cumplimiento de sus leyes (Kierkegaard 2009: 208).
• Según Constantius, lo individual irrumpe en lo general bajo la forma de la excepción. Esta irrupción constituye el ámbito
concreto de la existencia que desbarata toda construcción general de la vida humana. Aun así, existe una íntima relación
entre ambas categorías, pues las dos definen la situación del hombre frente a su existencia.
• Como sostenía el joven enamorado, la prueba, en cuanto acontecimiento, trae la repetición, es decir, la nueva existencia.
Como sostenía Constantius, la excepción lucha por emerger desde el seno de lo general para abrirse paso hacia la
trascendencia, pero esto no ocurre por obra del deseo o de la voluntad humana, sino por el acaecimiento de un evento
extraordinario. La transformación que produce este evento en la vida del hombre lo coloca en la repetición, es decir, lo
obliga a elegirse dentro de lo que acontece. En suma, cuando la excepción aniquila lo general, la prueba prepara el
advenimiento de la repetición.
• Desde el punto de vista religioso, esta experiencia coloca al individuo frente a Dios, es decir, abre las puertas de su vida
hacia la trascendencia. En cambio, desde el punto de vista racional, esta experiencia nos coloca más allá de todo
conocimiento y de toda moral, es decir, nos coloca ante el absurdo. De esta manera, se restaura la vida del hombre dentro
de un horizonte de sentido donde la fe es el núcleo de su ser.
3.2. Los presupuestos filosóficos del concepto
de soberanía de Carl Schmitt E
• ¿Qué nos puede decir Kierkegaard de la doctrina de la soberanía tal como Schmitt la concibe? ¿Por qué Schmitt
recurre a Kierkegaard, a través de la reconstrucción de este párrafo, para fundamentar su concepto de soberanía?
• El problema central del protagonista de La Repetición es interpretado a la luz de la figura de Job. En efecto, Job
es quien, frente a la prueba decretada por Dios, debe decidir su propia existencia en el seno de tal
acontecimiento. Debe decidir si es fiel a Dios y continúa la prueba, o si reniega de él. Si reniega de Dios, habrá
vivido de espaldas a los acontecimientos, es decir, de espaldas a la vida misma, todo lo cual no es sino la pérdida
de la posibilidad de vivir la repetición.
• En la historia de Job tenemos dos momentos: la prueba de Dios y la repetición o recuperación del ser de Job.
Estos momentos son reinterpretados en una nueva dialéctica que Kierkegaard opone a Hegel. Como hemos visto,
se trata de la dialéctica entre la excepción y lo general. Kierkegaard sostiene, en efecto, que la excepción es el
fundamento de lo general, no a la inversa. La excepción es expresión de lo singular, es decir, de la existencia; en
cambio, lo general es expresión del pensamiento. En sentido hegeliano, el pensamiento o el espíritu no solo es el
conocimiento abstracto, sino la vida misma de la sociedad, sus instituciones y la historia universal.
• Frente a esta postura, la tesis de Kierkegaard es que, si bien la excepción acontece en el seno de lo general, como
si la “excepción confirmara la norma”, en realidad, lo que ocurre es que la vida, en cuanto existencia singular,
surge de lo general. Sin embargo, no puede ser pensada por el pensamiento tal como Hegel lo concibe. Por tal
razón, lo general es un obstáculo para el desenvolvimiento de la existencia y, a la inversa de la dialéctica
hegeliana, cumple el papel de negación.
3.2. Los presupuestos filosóficos del concepto
de soberanía de Carl Schmitt F
• El espíritu como existencia, según Kierkegaard, no aspira a lo general, sino más bien a lo singular. Lo real,
en cuanto existencia, no se desarrolla lógicamente, sino solo a partir de acontecimientos excepcionales.
De esta manera, el despliegue de la existencia se produce a través de permanentes enfrentamientos con
sus propias ataduras, una de las cuales es la de lo general.
• Tal enfrentamiento tiene diversas fases según la óptica de Kierkegaard: los estadios estético, ético y
religioso. Cada uno de ellos solo aparece a través de una crisis que obliga a la existencia singular del
hombre concreto a recuperarse a sí mismo en medio de la desgracia. Tal desgracia, como vimos, coloca
directamente al hombre en el ámbito de lo absurdo, esto es, de lo religioso, y lo transforma para siempre.
• En esta dialéctica de la excepción y lo general se ve con claridad la definición schmittiana de la soberanía.
El primer momento, la prueba o excepción, corresponde a lo que Schmitt llamaría estado de excepción, el
cual se haya enfrentado a lo general que, como sabemos, corresponde en Hegel y en Kierkegaard, al orden
ético-jurídico del Estado. La excepción aniquila lo general.
• El segundo momento corresponde a la aceptación de la prueba o repetición, esto es, a la decisión. La
decisión supone el elegirse a sí mismo en medio de la vorágine destructiva del estado de excepción. Este
acto supremo da como resultado la aparición de la soberanía, es decir, en términos de Kierkegaard, se
produce el acceso al ámbito de lo religioso inefable. La soberanía debe entenderse como el acto supremo
de la libertad del espíritu singular por asimilar su propio ser, el que, en términos jurídico-políticos,
consiste en la restauración de lo general, es decir, del orden jurídico-político suspendido.
3.2. Los presupuestos filosóficos del concepto
de soberanía de Carl Schmitt G
• De esta manera, solo es soberano quien haya decidido sobre el estado de excepción previamente
acontecido. Solo es soberano quien haya podido reconocer semejante acontecimiento y, frente a él, haya
decidido su existencia. En el caso concreto de la soberanía jurídico-política se trata del resultado de la
respuesta de la decisión al estado de excepción. Mediante la adquisición de la soberanía, el soberano
recupera, repite o reintegra, el orden jurídico-político perdido.
• Hemos podido hacer una analogía teológico-metafísica con el pensamiento jurídico-político de Carl
Schmitt. Sin embargo, queda una interrogante respecto a la naturaleza del absoluto que fundamenta su
punto de vista. En efecto, ni el Dios de la teología, repudiada ya por Kierkegaard como dogmática vacía, ni
el Dios de la filosofía, concebida como principio ontológico abstracto, pueden dar cuenta de la analogía
que, basada en lo excepcional, existe entre Schmitt y Kierkegaard. ¿De qué absoluto estamos hablando
entonces?
• Indudablemente, nos encontramos frente a lo que Heidegger ha llamado Ereignis o acontecimiento
apropiador. En efecto, el absoluto no es un ser, como quiere la filosofía; o una ley, como quiere la ciencia;
o un poder, como quiere la política; o una moral como quiere la religión; o una belleza, como quiere el
arte. No es nada de esto porque no existe, hablando con propiedad, ningún absoluto. Lo que existe es el
acontecimiento del ser, de la ley, del poder, de la moral, de la belleza. Es en el acontecer donde la
divinidad, con todas las formas que hemos mencionado, se hace patente, incluso cuando tal divinidad o tal
absoluto ha desaparecido.

educcaion

  • 1.
    “LOS PRESUPUESTOS FILOSÓFICOSDEL CONCEPTO DE SOBERANÍA EN LA OBRA DE CARL SCHMITT. LA ANALOGÍA ESTRUCTURAL ENTRE SU PENSAMIENTO JURÍDICO-POLÍTICO Y EL PENSAMIENTO METAFÍSICO-TEOLÓGICO DE SU ÉPOCA” 1888-1985
  • 2.
    Objetivo de latesis • Establecer los presupuestos teológicos-metafísicos de la concepción jurídico-política de Carl Schmitt mediante el método de la teología política que él mismo creó.
  • 3.
    ֎ Datos biográficos •Nace en Plettemberg (1888) y fallece en la misma ciudad (1985), de origen católico. • Jurista especialista en Derecho Público, profesor en diversas universidades alemanas. • Carl Schmitt es considerado, con Martin Heidegger y Ernst Jünger, uno de los pensadores más importantes de Alemania durante la época del nazismo (1933-1945). • La idea fundamental de Schmitt es que el Derecho no se reduce a la norma, sino que, por encima de ella, está la decisión que funda ontológicamente la totalidad del orden jurídico. • Obras destacadas: Ley y juicio (1912), La Dictadura (1921), Teología política (1922), Teoría de la Constitución (1928), El concepto de lo político (1932), Tierra y mar (1942), El nomos de la Tierra (1950). • Esta concepción ha influenciado en pensadores tan diversos como: S. Zizek, Ch. Mouffe, G. Agamben, A. Kojeve, J. Freund, J. Taubes, J. Derrida, W. Benjamin, L. Strauss, H. Arendt, T. Negri y Hayek, entre otros. • Juzgado en Nüremberg, fue absuelto después de que él mismo ejerciera legalmente su defensa.
  • 4.
    CAPITULO I: ELMÉTODO DE LA TEOLOGÍA POLÍTICA COMO RESULTADO DEL PROCESO DE SECULARIZACIÓN DEL DERECHO MEDIEVAL 1888-1985
  • 5.
    Secularización I: HaroldBerman • “Fue Hildebrando quien en el decenio de 1070 como Papa Gregorio VII, lanzó el movimiento reformista dela Iglesia contra la misma autoridad imperial que había encabezado a los reformadores cluniancenses durante el siglo X y comienzos del XI. Gregorio llegó mucho más lejos que sus predecesores. Proclamó La supremacía legal del Papa sobre todos los cristianos y la supremacía jurídica del clero, a las órdenes del Papa, sobre todas las autoridades seculares. Los Papas, sostuvo, podían deponer emperadores…y procedió a deponer al emperador Enrique IV” (Harold Berman, La formación de la tradición jurídica de Occidente, FCE, p.104). • “Después de Gregorio VII, la Iglesia adoptó casi todas las características distintivas del Estado moderno. Afirmó ser una autoridad independiente, jerárquica y pública. Su cabeza, el Papa, tenía el derecho de legislar y, en realidad, los sucesores del Papa Gregorio promulgaron una corriente continua de nuevas leyes (…)” (Op. Cit., p.124). • Secularización vista desde el Derecho: la modernidad se construye a partir de la secularización resultante de la racionalización de la función jurídico-política de la Iglesia.
  • 6.
    Secularización II: MaxWeber • “Tratábamos de demostrar que el espíritu del ascetismo cristiano fue quien engendró uno de los elementos constitutivos del moderno espíritu capitalista, y no solo de este, sino de la misma civilización moderna: la racionalización de la conducción de vida sobre la base de la idea profesional” (Max Weber, La ética protestante y el espíritu del capitalismo, FCE, p.246). • “El ascetismo se propuso transformar el mundo y quiso realizarse en el mundo; no es extraño, pues, que las riquezas de este mundo alcanzasen un poder creciente y, en último termino, irresistible sobre los hombres como nunca se había conocido en la historia” (Op.cit.,p.248). • Secularización vista desde la Sociología: La modernidad se construye a partir de la secularización resultante de la racionalización del trabajo en la ética del Calvinismo.
  • 7.
    Secularización III: MarcelGauchet • Si pudo desarrollarse un orden humano en ruptura hasta ese punto con los precedentes, y en ruptura a causa de la inversión radical en todos los planos de la antigua heteronomía, es en las potencialidades dinámicas excepcionales del espíritu del cristianismo donde conviene situar su raíz primera. Éstas proporcionan un foco de coherencia que permite captar la duradera solidaridad esencial de fenómenos tan evidentemente poco ligados como el surgimiento de la técnica y la marcha de la democracia. Así, el cristianismo habrá sido la religión de la salida de la religión. (Marcel Gauchet. El desencantamiento del mundo. Una historia política de la religión, Trotta, p. 10) • Secularización vista desde la Historia de las Instituciones: el cristianismo es la religión secularizadora por excelencia, porque aniquila al paganismo al interiorizar la religión en el hombre y crear nuevas instituciones inmanentes a la condición humana.
  • 8.
    Secularización IV: CarlSchmitt • Carl Schmitt (2009 a): “Todos los conceptos centrales de la teoría política moderna son conceptos teológicos secularizados” (Teología Política, Madrid: Trotta, Cap. III, 37) . • Secularización vista desde el Derecho Público: los conceptos jurídicos tienen su origen en la secularización de la teología jurídica medieval.
  • 9.
    1.1. Cristianismo ysecularización: San Agustín • La encarnación de Dios en la historia humana tiene consecuencias político-religiosas: la doble naturaleza de Jesús es el vehículo de la secularización, pues la eternidad ingresa en el tiempo humano. • San Agustín y Occidente: el saeculum es el tiempo del mundo humano, la secularización es la divinización del tiempo humano. • La ciudad de Dios (Iglesia) y la ciudad del Hombre (Imperio) conviven en el interior de cada hombre, lucharán hasta el fin de los tiempos hasta que una se subordine a la otra. • En la Edad Media occidental, triunfó la Iglesia (Gelasio I), como orden jurídico-público, sobre el Imperio.
  • 10.
    1.2. Gregorio VIIy la revolución papal (1075) • Gregorio VII y la reforma gregoriana (Harold Berman): 1. Sistematización del Derecho occidental a través del Derecho Canónico. 2. Institucionalización de la Iglesia como un aparato burocrático centralizado. 3. Aparición de juristas-clérigos, escuelas, y manuales de Derecho. 4. Supremacía legal del Papa sobre todos los cristianos que lo asimila a la figura de un monarca temporal con atribuciones ejecutivas y legislativas (teocracia pontifical). 5. Subordinación del Imperio al Papado que posee, al mismo tiempo, autoridad y potestad con la que gobierna, mediante el Derecho Canónico, desde el exterior, a los príncipes cristianos. 6. Separación definitiva de la esfera política (secular) de la esfera religiosa (espiritual), control de la esfera secular por parte de la espiritual. • Preparación del Derecho Natural moderno, debido a la interacción administrativa, civil y penal entre el modelo jurídico gregoriano con el ámbito secular medieval.
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    1.3. El Iuspublicum europaeum • El Ius publicum europeum o Derecho Natural reinterpretado a la luz de la razón: el Derecho Público Europeo es la secularización del Derecho Canónico medieval. • Thomas Hobbes establece la fusión de autoridad y potestad en una única entidad política: el Estado (Leviathán) como nueva unidad político-religiosa, de manera que el orden espiritual pierde su carácter trascendente y se seculariza en orden temporal. • La soberanía del Derecho se establece como única forma de legitimación de la representación política ante la ausencia de la figura del pontífice. • Aparece un hiato entre el representante y el representado que solo se puede salvar mediante un acto de decisión que actualice el orden jurídico en la realidad concreta. • Surge así el Estado de Derecho como despotismo legal que limita las libertades individuales al tiempo que las protege. • Función secularizadora del Estado bajo el modelo de la Iglesia según Schmitt: 1. Creación de una administración centralizada, 2. Eliminación de la guerra civil y 3. Constitución de territorios cerrados. • El fondo abismal del poder: origen del Leviathán.
  • 12.
    1.4. Los orígenesdel método de la Teología Política • “La contrarrevolución no es una revolución contraria, sino lo contrario de la revolución” (Joseph de Maistre). • Sociología del Derecho de Max Weber: descubrimiento de la secularización del Derecho en la institucionalización del Estado burocrático moderno expresado en los profesionales del Derecho. • Pensamiento contrarrevolucionario de Joseph de Maistre, Louis de Bonald, Juan Donoso Cortés: 1. De Bonald: Descubrimiento del vínculo social e histórico entre política y religión expresado en las ideologías e instituciones modernas (analogía entre religión y política). 2. De Maistre: Descubrimiento de la naturaleza del poder más allá de la representación política. 3. Donoso: Analogía entre dogmas heréticos cristianos y las ideologías modernas. 4. Ante el fracaso de la representación política moderna en todas sus formas, necesidad de una nueva forma de legitimidad jurídico-política cristalizada en la Decisión.
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    1.5. La TeologíaPolítica como método A • Desde su evolución histórica, los conceptos teológicos medievales se trasladaron a la teoría política moderna: milagro = estado de excepción. • Desde un punto de vista metodológico, el Derecho procede como la Teología: ambos utilizan un libro como fuente de interpretación y ambos utilizan la razón para interpretarlo. • “¿Una visión sociológica de los conceptos jurídicos? ¿Qué es eso? […] Es el intento de alcanzar el absoluto partiendo de la eficacia histórica y no de lo abstracto” (Hugo Ball).
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    1.5. La TeologíaPolítica como método B • 1. Analogía sistemático-conceptual: • 1.1. “El Estado interviene por todas partes, ora como Deus ex machina, decidiendo por medio de la legislación positiva una controversia que el acto libre del conocimiento jurídico no acertó a resolver claramente, ora como Dios bueno y misericordioso, mostrando en las amnistías e indultos su señorío sobre sus propias leyes; bajo la figura del legislador, como poder ejecutivo o poder de policía, ejerciendo e ministerio de la gracia o de la asistencia, siempre la misma identidad inexplicable; de tal manera que, si alguien cuidase de mirar a cierta distancia el espectáculo actual de la jurisprudencia, creería estar viendo una comedia de capa y espada, donde el Estado, bajo diferentes disfraces, entra siempre en escena como la misma persona invisible.” (TP,39) • 1.2. “El Estado de Excepción tiene en la jurisprudencia análoga significación que el milagro en teología.” (TP,37) • 2. Analogía metodológica (Leibniz): • “Con justo título hemos transferido el modelo de nuestra clasificación desde la teología a la jurisprudencia (…)”, ambas disciplinas tiene un doble principio: la ratio (de ahí la teología natural y la jurisprudencia natural) y la scriptura, es decir, un libro con revelaciones y reglas positivas.” (TP,38)
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    1.5. La TeologíaPolítica como método C • Principio fundamental: “La imagen metafísica que de su mundo se forja una época determinada tiene la misma estructura que la forma de la organización política que esa época tiene por evidente” (Teología política, Cap. III, p. 37). • Carl Schmitt: síntesis del método analógico y la sociología weberiana, estudio del núcleo teológico de las teorías políticas modernas en su contexto histórico concreto. • Teología Política = Sociología de los conceptos jurídico-políticos. Analogía entre el sistema de conceptos jurídico-políticos y el sistema de conceptos teológico-metafísicos de una misma época.
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    ANDREAS HÖNTSCH –TECHNISCHE UNIVERSITÄT DRESDE - TUD
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    CAPITULO II: ELCONCEPTO DE SOBERANIA MODERNO SEGÚN EL MÉTODO DE LA TEOLOGÍA POLÍTICA 1888-1985
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    2.1. Absolutismo yTeísmo • “(…) en la teoría del Estado del siglo XVII, el monarca se identificaba con Dios, y el Estado ocupa análoga posición a la atribuida a Dios dentro del mundo en el sistema cartesiano (…) El príncipe desarrolla todas virtualidades del Estado por una especie de creación continua. El príncipe es el Dios cartesiano trasladado al mundo político (…) Imperó esta noción a lo largo de los siglos XVII y XVIII; y es esta una de las razones por las que Hobbes (…) fue siempre personalista y postuló siempre una instancia decisioria concreta, llegando incluso a exaltar a su estado, el Leviathán, al rango de persona monstruosa elevada al nivel de lo mitológico” (Carl Schmitt, Teologia Política, p. 45)
  • 19.
    2.2. Monarquía Constitucionaly Deísmo • “La validez general de un precepto jurídico se identifica con la legalidad natural válida sin excepciones. Se desplaza radicalmente al soberano, que en la imagen deísta del mundo era todavía el montador de la gran máquina, aunque estuviese fuera de aquel. La máquina empieza a andar por sí misma. El principio metafísico de que Dios solo se manifiesta por actos generales de su voluntad, no en los particulares domina la metafísica de Leibniz y Malebranche” (Carl Schmitt, Teología Política, p. 46).
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    2.3. Democracia yPanteísmo • “Rousseau identifica la volonté générale con la voluntad del soberano; pero, al mismo tiempo, se determina cuantitativamente el concepto de lo general, incluso en lo que se refiere al sujeto, es decir, el pueblo se convierte en soberano. Desaparece de esta suerte el elemento decisionista y personalista que antes alentaba en el concepto de la soberanía” (Carl Schmitt, Teología Política, p.46). • “Al describir la democracia americana, decía Tocqueville que en el pensamiento democrático el pueblo campea sobre todo el ámbito de la vida política a la manera como Dios se alza sobre el mundo, como causa y fin de todas las cosas, de quien todas las cosas nacen y a quien todas las cosas retornan” (Carl Schmitt, Op.cit., p.46)
  • 21.
    2.4. Anarquismo yAteísmo • “Bajo la influencia patente de Comte emprende Proudhon la batalla contra Dios. La lucha contra la religiosidad tradicional obedece sin duda a motivos políticos y sociológicos muy varios: la actitud conservadora del cristianismo eclesial, la alianza del Trono y el Altar (…)” (Carl Schmitt, Teología Política, p.47) • “Mientras conservó el concepto de Dios, la filosofía de la inmanencia, cuya magnífica arquitectura sistemática culmina en la filosofía de Hegel, refiere Dios al mundo, y el derecho y el Estado se dejan brotar de la inmanencia de lo objetivo. En los radicales más extremistas domina un ateísmo consecuente. El ala alemana de la izquierda hegeliana tiene clara conciencia de ese nexo. Con no menor decisión que Proudhon proclaman que la humanidad debe ocupar el puesto de Dios” (Carl Schmitt, Op. Cit., p.47).
  • 22.
    2.5. Dictadura yNihilismo • “Desde el ángulo de la teoría de las ideas, destácanse en el proceso de la teoría del Estado del siglo XIX dos momentos característicos: la eliminación de todas las nociones teístas y trascendentes y la formación de un nuevo concepto de legitimidad” (Carl Schmitt, Teología Política, p.48). • “Desde 1848, la teoría jurídica del Estado (…) funda enteramente el poder en el pouvoir constituant del pueblo; en una palabra la legitimidad monárquica se sustituye por la legitimidad democrática” (Ibídem). • “Donoso Cortés (…), al ver la revolución de 1848, concluyó en el convencimiento de que la época del regalismo llegaba a su fin. No hay regalismo porque no hay reyes. No hay tampoco legitimidad en sentido tradicional. No queda más que una salida: la dictadura” (Ibídem).
  • 23.
    2.6.Soberanía A: Bodino •“Claramente se ve ya en Bodino que el concepto se orienta hacia el caso crítico, es decir, excepcional. Más que su definición de soberanía tan frecuentemente citada (la soberanía es el poder absoluto y perpetuo de una república), es de señalar su doctrina sobre las Vraies remarques de souveraineté” (Carl Schmitt, TP. p.14). • “El mérito científico de Bodino, el fundamento de su éxito, se debe a haber insertado en el concepto de la soberanía la decisión (…) Por eso la facultad de derogar las leyes vigentes, sea con carácter general o especial, es el atributo más genuino de la soberanía (Carl Schmitt, TP. p.15).
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    2.6. Soberanía B:Schmitt • “Soberano es quien decide sobre el estado de excepción. Sólo esta definición puede ser justa para el concepto de soberanía como concepto límite. Pues concepto límite no significa concepto confuso (…), sino concepto de la esfera más extrema. A él corresponde que su definición no pueda conectarse al caso normal, sino al caso límite (…) • Poco importa, ciertamente, desde el punto de vista teórico o práctico, que se de o no por bueno el esquema abstracto que se establece como definición de la soberanía (Bodino). Generalmente, (…), no se disputa por un concepto como tal. Se disputa sobre su aplicación concreta, es decir, sobre quién decide en caso de conflicto, en qué estriba el interés público estatal, la seguridad y el orden público. El caso excepcional, el que no está previsto en el orden jurídico vigente, (…) no se puede delimitar rigurosamente. Sin embargo, este caso actualiza el problema mismo de la soberanía. • Ya sea Dios el soberano, es decir, el ue en la tierra obra como su representante indiscutible, ya lo sea el emperador, el príncipe o el pueblo, esto es, aquellos que con el pueblo pueden identificarse sin contradicción, se plantea siempre el problema del sujeto de la soberanía, es decir, la aplicación del concepto a una situación concreta.” • (Carl Schmitt, Teología Política, p.13-16)
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    CAPITULO III: LATEOLOGÍA POLÍTICA DEL CONCEPTO DE SOBERANÍA DE CARL SCHMITT 1888-1985
  • 26.
    3.2. Los presupuestosfilosóficos del concepto de soberanía de Carl Schmitt A • Søren Kierkegaard: • La repetición (1943) • “La excepción explica lo general y se explica a sí misma. Y si se quiere estudiar correctamente lo general, no hay sino mirar la excepción real. Más nos muestra en el fondo la excepción que lo general. Llega un momento en que la perpetua habladuría de lo general nos cansa; hay excepciones. Si no se acierta a explicarlas, tampoco se explica lo general. No se para mientes, de ordinario, en esta dificultad, porque ni siquiera sobre lo general se piensa con pasión, sino con una cómoda superficialidad. En cambio, la excepción piensa lo general con enérgica pasión” (Schmitt 2009 a: 20). • Conceptos de Kierkegaard: Prueba, Repetición, Excepción y General
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    3.2. Los presupuestosfilosóficos del concepto de soberanía de Carl Schmitt B • Según Constantius, los antiguos griegos habrían descubierto la anamnesis, es decir, la reminiscencia. Según esta experiencia, todo lo que existe actualmente, existió alguna vez en el pasado. En cambio, el cristianismo descubrió otro tipo de fenómeno: la repetición. Según este punto de vista, todo lo que existió en el pasado, volverá a existir nuevamente a partir de ahora, es decir, se repetirá (Kierkegaard 2009: 64). • Constantius aprovecha estas dos definiciones para atacar la dialéctica hegeliana. Según él, la categoría de la mediación (Vermittelung), inventada por Hegel, no le hace justicia al verdadero proceso dialéctico, pues en ella se pierden los contrarios en una síntesis de naturaleza lógica. Por el contrario, en su lugar, el concepto correcto es el de repetición (Gjentagelse), ya que en él se mantiene la tensión de los contrarios en una síntesis de naturaleza existencial. Esto se debe a que el término Gjentagelse no solo trae consigo la idea de repetir algo, sino la de recuperar algo. El concepto es análogo al de la negación-superación hegeliana (Aufhebung) con la diferencia de que se trata de una operación existencial, no especulativa. De esta manera, la repetición de Kierkegaard es la repetición de algo que se recupera (Kierkegaard 2009: 64). • Los griegos, a ojos de Constantius, habrían desarrollado mucho mejor esta dialéctica a través del concepto de transición o κίνησις (movimiento). Kierkegaard extrae la κίνησις aristotélica del plano cosmológico y la traslada a la dimensión histórica e existencial, de suerte que se transforma en un problema metafísico irresoluble, pues el movimiento de la existencia y el de la historia no pueden ser totalmente racionalizados por la filosofía, a lo sumo pueden ser descritos fenomenológicamente. Sin embargo, sí pueden ser experimentados a través de la fe (Kierkegaard 2009: 64-65).
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    3.2. Los presupuestosfilosóficos del concepto de soberanía de Carl Schmitt C • El joven enamorado llega a la conclusión que la postura de Job nace de una pasión profunda por la verdad y la justicia, es decir, por la defensa de su inocencia frente a Dios. En su perspectiva, Job es el primer defensor de los derechos del hombre ante Dios y tal defensa solo puede entenderse como una prueba. Para comprenderla, no existe racionalidad alguna, porque la prueba siempre es una experiencia individual, mientras que toda racionalidad estudia siempre sobre lo general. Por tal razón, ni la ética, ni la estética ni la dogmática teológica pueden dar razón de ella. La prueba es, por tanto, un acontecimiento que antecede a todo conocimiento y, para diferenciarla de cualquier otro evento, es necesario comprobar el poder destructivo de su actualización en la vida del hombre (Kierkegaard 2009: 179-186). • Finalmente, llega el momento en que la repetición hace su aparición. En efecto, el joven enamorado descubre que la prueba de Job es, en realidad, la repetición actualizada en el presente eterno de su existencia. Por medio de ella, la realidad humana es quebrantada y es abierta hacia la trascendencia. Se trata del “momento exacto en que todas las certezas y probabilidades humanamente concebibles cayeron por tierra” para Job (Kierkegaard 2009: 189). • Con este descubrimiento, el joven enamorado solo espera que la repetición se produzca en su propia vida. Y, en efecto, así sucede cuando se entera que la joven de la que estaba enamorado se ha casado. Tal suceso constituye para él una repetición porque “poseo nuevamente, como si acabara de nacer, mi propio yo”. La repetición consiste entonces en el repetirse a sí mismo, en el insistir espiritualmente en la propia unidad personal, en el recuperarse en medio del acontecimiento de la prueba. Como sostenía Constantius respecto a la repetición: lo que existe, existirá nuevamente, como regeneración de lo que ha sido destruido (Kierkegaard 2009: 202-203).
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    3.2. Los presupuestosfilosóficos del concepto de soberanía de Carl Schmitt D • Constantius trata de explicar la experiencia de su joven amigo a través de un epílogo ficticio dirigido al lector del libro (o sea, a nosotros). Mediante él, vincula el concepto de repetición con lo que queríamos aprehender al comienzo de este análisis: la excepción. • En este punto, Constantius introduce la oposición entre lo general y la excepción, y reinterpreta la categoría hegeliana de lo general en función a su propia explicación de la existencia como hecho singular. El método hegeliano, nos dice, anula tanto lo general como lo individual, lo cual impide aprehender adecuadamente la dimensión de la existencia. Sin embargo, al igual que Hegel, Constantius identifica lo general con el mundo ético, la eticidad que Hegel encuentra expresada en la figura del Estado y en el cumplimiento de sus leyes (Kierkegaard 2009: 208). • Según Constantius, lo individual irrumpe en lo general bajo la forma de la excepción. Esta irrupción constituye el ámbito concreto de la existencia que desbarata toda construcción general de la vida humana. Aun así, existe una íntima relación entre ambas categorías, pues las dos definen la situación del hombre frente a su existencia. • Como sostenía el joven enamorado, la prueba, en cuanto acontecimiento, trae la repetición, es decir, la nueva existencia. Como sostenía Constantius, la excepción lucha por emerger desde el seno de lo general para abrirse paso hacia la trascendencia, pero esto no ocurre por obra del deseo o de la voluntad humana, sino por el acaecimiento de un evento extraordinario. La transformación que produce este evento en la vida del hombre lo coloca en la repetición, es decir, lo obliga a elegirse dentro de lo que acontece. En suma, cuando la excepción aniquila lo general, la prueba prepara el advenimiento de la repetición. • Desde el punto de vista religioso, esta experiencia coloca al individuo frente a Dios, es decir, abre las puertas de su vida hacia la trascendencia. En cambio, desde el punto de vista racional, esta experiencia nos coloca más allá de todo conocimiento y de toda moral, es decir, nos coloca ante el absurdo. De esta manera, se restaura la vida del hombre dentro de un horizonte de sentido donde la fe es el núcleo de su ser.
  • 30.
    3.2. Los presupuestosfilosóficos del concepto de soberanía de Carl Schmitt E • ¿Qué nos puede decir Kierkegaard de la doctrina de la soberanía tal como Schmitt la concibe? ¿Por qué Schmitt recurre a Kierkegaard, a través de la reconstrucción de este párrafo, para fundamentar su concepto de soberanía? • El problema central del protagonista de La Repetición es interpretado a la luz de la figura de Job. En efecto, Job es quien, frente a la prueba decretada por Dios, debe decidir su propia existencia en el seno de tal acontecimiento. Debe decidir si es fiel a Dios y continúa la prueba, o si reniega de él. Si reniega de Dios, habrá vivido de espaldas a los acontecimientos, es decir, de espaldas a la vida misma, todo lo cual no es sino la pérdida de la posibilidad de vivir la repetición. • En la historia de Job tenemos dos momentos: la prueba de Dios y la repetición o recuperación del ser de Job. Estos momentos son reinterpretados en una nueva dialéctica que Kierkegaard opone a Hegel. Como hemos visto, se trata de la dialéctica entre la excepción y lo general. Kierkegaard sostiene, en efecto, que la excepción es el fundamento de lo general, no a la inversa. La excepción es expresión de lo singular, es decir, de la existencia; en cambio, lo general es expresión del pensamiento. En sentido hegeliano, el pensamiento o el espíritu no solo es el conocimiento abstracto, sino la vida misma de la sociedad, sus instituciones y la historia universal. • Frente a esta postura, la tesis de Kierkegaard es que, si bien la excepción acontece en el seno de lo general, como si la “excepción confirmara la norma”, en realidad, lo que ocurre es que la vida, en cuanto existencia singular, surge de lo general. Sin embargo, no puede ser pensada por el pensamiento tal como Hegel lo concibe. Por tal razón, lo general es un obstáculo para el desenvolvimiento de la existencia y, a la inversa de la dialéctica hegeliana, cumple el papel de negación.
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    3.2. Los presupuestosfilosóficos del concepto de soberanía de Carl Schmitt F • El espíritu como existencia, según Kierkegaard, no aspira a lo general, sino más bien a lo singular. Lo real, en cuanto existencia, no se desarrolla lógicamente, sino solo a partir de acontecimientos excepcionales. De esta manera, el despliegue de la existencia se produce a través de permanentes enfrentamientos con sus propias ataduras, una de las cuales es la de lo general. • Tal enfrentamiento tiene diversas fases según la óptica de Kierkegaard: los estadios estético, ético y religioso. Cada uno de ellos solo aparece a través de una crisis que obliga a la existencia singular del hombre concreto a recuperarse a sí mismo en medio de la desgracia. Tal desgracia, como vimos, coloca directamente al hombre en el ámbito de lo absurdo, esto es, de lo religioso, y lo transforma para siempre. • En esta dialéctica de la excepción y lo general se ve con claridad la definición schmittiana de la soberanía. El primer momento, la prueba o excepción, corresponde a lo que Schmitt llamaría estado de excepción, el cual se haya enfrentado a lo general que, como sabemos, corresponde en Hegel y en Kierkegaard, al orden ético-jurídico del Estado. La excepción aniquila lo general. • El segundo momento corresponde a la aceptación de la prueba o repetición, esto es, a la decisión. La decisión supone el elegirse a sí mismo en medio de la vorágine destructiva del estado de excepción. Este acto supremo da como resultado la aparición de la soberanía, es decir, en términos de Kierkegaard, se produce el acceso al ámbito de lo religioso inefable. La soberanía debe entenderse como el acto supremo de la libertad del espíritu singular por asimilar su propio ser, el que, en términos jurídico-políticos, consiste en la restauración de lo general, es decir, del orden jurídico-político suspendido.
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    3.2. Los presupuestosfilosóficos del concepto de soberanía de Carl Schmitt G • De esta manera, solo es soberano quien haya decidido sobre el estado de excepción previamente acontecido. Solo es soberano quien haya podido reconocer semejante acontecimiento y, frente a él, haya decidido su existencia. En el caso concreto de la soberanía jurídico-política se trata del resultado de la respuesta de la decisión al estado de excepción. Mediante la adquisición de la soberanía, el soberano recupera, repite o reintegra, el orden jurídico-político perdido. • Hemos podido hacer una analogía teológico-metafísica con el pensamiento jurídico-político de Carl Schmitt. Sin embargo, queda una interrogante respecto a la naturaleza del absoluto que fundamenta su punto de vista. En efecto, ni el Dios de la teología, repudiada ya por Kierkegaard como dogmática vacía, ni el Dios de la filosofía, concebida como principio ontológico abstracto, pueden dar cuenta de la analogía que, basada en lo excepcional, existe entre Schmitt y Kierkegaard. ¿De qué absoluto estamos hablando entonces? • Indudablemente, nos encontramos frente a lo que Heidegger ha llamado Ereignis o acontecimiento apropiador. En efecto, el absoluto no es un ser, como quiere la filosofía; o una ley, como quiere la ciencia; o un poder, como quiere la política; o una moral como quiere la religión; o una belleza, como quiere el arte. No es nada de esto porque no existe, hablando con propiedad, ningún absoluto. Lo que existe es el acontecimiento del ser, de la ley, del poder, de la moral, de la belleza. Es en el acontecer donde la divinidad, con todas las formas que hemos mencionado, se hace patente, incluso cuando tal divinidad o tal absoluto ha desaparecido.