1. El Graznido de las Chachalacas
Periódico Informativo
Recopilación de amigos para amigos
Quien no respeta a su pueblo, no merece el respeto de éste.
28 de marzo de 2013. Octava Época Año VIII Núm. 601
El Espíritu de la Constitución Mexicana Individuales Constitucionales Vigentes, que como se dejó
es nuevamente ultrajado dicho, los enmarca el Artículo 1º de la Carta Magna.-
Por una Gavilla de Rufianes que se dicen Diputados al ESTO SE GESTÓ ASÍ:
Servicio de la Nación y actúan para sus Propios Intereses.
DIPUTADOS SE INDIGNAN POR NEGOCIACIÓN EN
Puesto que en una Pantomima escenificada el día 21 de PRIVADO
marzo de 2013, en una cueva de mafiosos, que llaman
Cámara de Diputados, aprobaron diversas Diputados hacen cambios en privado a la reforma de telecom
modificaciones a varios Artículos de la Carta Magna, que Por Imelda García y Édgar Sigler @ImeGarcia.- MARZO 22.- Los
“pintan de cuerpo entero” a estos Individuos, como lo que coordinadores parlamentarios del PRI, PAN, PRD, PVEM y de Nueva
realmente son: Entreguistas de una Nación que Alianza (Panal) acordaron introducir 33 modificaciones al dictamen
ingenuamente o mediante Fraude, se eligieron como sus de reforma en materia de telecomunicaciones, las cuales fueron
mandatarios, traicionando los principios enmarcados por avaladas por el Pleno sin debate público de por medio.
el Constituyente (De 1917), Respecto de la Función Social y
de los Derechos humanos al Servicio de los mexicanos, Posteriormente, la Cámara de Diputados aprobó en la madrugada
como la base Fundamental de esta Carta Magna del viernes en lo general y lo particular el dictamen de reforma con
enmarcada en el Artículo 1º de la misma.- las 33 modificaciones incluidas, luego de una sesión que se prolongó
durante casi 18 horas…. Cuanto engaño para los mexicanos.-
Estos señalamientos que se hacen, no son de a gratis, pues
es obvio que a todas luces, actúan para diferentes EN PRIVADO
intereses que la mayoría de las veces, no son los de la Como parte de la aprobación en lo general de la iniciativa, la Cámara
Nación, y se podrá decir que así se ha hecho siempre en Baja respaldó la incorporación de los 33 cambios al documento
las Democracias Occidentales, partiendo de una línea propuestos por los coordinadores el PRI, PAN, PRD y Nueva Alianza,
política que marque la ideología de quien Gobierne, lo los cuales no fueron avalados ni en la Comisión de Puntos
cual es muy discutible, pues quien debe señalar la ruta Constitucionales -responsable de la dictaminación- ni venían en la
siempre es y será el Pueblo, como “Individuo Único” y no propuesta firmada por Peña Nieto y los partidos que respaldaron el
los grupos, clases o tendencias, porque entendemos que la Pacto por México.- Entonces para que queremos tanta
democracia se basa en los principios del gobierno de la “PANZA AVENTURERA “.-
mayoría y de los derechos individuales.
El Porqué de lo anteriormente señalado:
Artículo 6º.- Con verdadera Mala Intención, Se suprimió
del Vigente, el señalamiento de que; “El Derecho a la
Información será garantizado por el Estado”.- ¿Luego
entonces si el Estado que está obligado a Garantizarnos
este Derecho, nos lo niega, para quien entonces Gobierna
o está Gobernando?
En este mismo Artículo 6º, el Proyecto de Decreto,
indicaba que; “Toda persona tiene derecho a la
Información Veraz, plural y oportuna…….”, Eliminando
del citado Proyecto la palabra VERAZ, lo cual nos deja en
total indefensión, pues con ello, se autoriza para que se
nos mienta Por quien “mueva los hilos” de la Información
(Llámese el propio Gobierno), o por quien ostenta la
Concesión, sin ningún control o a sabiendas, y; por su
posibilidad de hacerlo, enmascaradamente.-
Los diputados votaron, sin discusión pública de por medio, a favor
de incluir cambios en el dictamen de la reforma de Artículo 7º.- Los conceptos que regulaban este artículo,
telecomunicaciones. FOTO:Cuartoscuro.- fueron eliminados en su totalidad por el acuerdo de la
Mesa Directiva, Sin embargo; Se plasman nuevamente,
La prueba de ácido o severa, que la Democracia está pero eliminado la esencia del contenido, relativo a la
viviendo en el País, no la pasan los Gobernantes actuales CENSURA PREVIA, al señalar en el Segundo Párrafo de
(Tres Poderes), y hoy que toca a los Legisladores, este Artículo que; “Ninguna ley ni Autoridad puede
simplemente dan prueba plena de reprobarla.- establecer la previa censura, ni coartar la libertad de
Yendo a fondo, en este caso de Reformas y adiciones a difusión, que no tiene más límites que los previstos en el
diversas disposiciones Constitucionales en Materia de primer párrafo del artículo 6º de esta Constitución”.-
Telecomunicaciones, que por las modificaciones Artículo este, al que casualmente se le había eliminado la
propuestas, son un verdadero retroceso para los Derechos frase de; “El derecho a la información será garantizado
por el Estado”, además de lo ya señalado con la
2. El Graznido de las Chachalacas
28 de marzo de 2013 Primera Sección Pag. 2
eliminación también, tanto en el segundo párrafo como en OCTAVO TRANSITORIO.- Inciso I.- El segundo, tercero y
el inciso III, las palabras; Veraz…. Veracidad…..- cuarto párrafos, que señalan las reglas para los
Concesionarios de Servicio de Televisión restringida, (De
Con lo anterior, se protege directamente a los medios, por
paga), quienes estarán obligados a la retrasmisión de la
encima de los Derechos Individuales de los ciudadanos de señal radiodifundida, de manera gratuita, y no
este País.-
discriminatoria, e incluirla sin costo adicional para los
Artículo 27.- En el párrafo QUINTO de este artículo se suscriptores y usuarios, señal que recibirán, a su vez, de
establece en la parte final del mismo lo siguiente: manera gratuita por los concesionarios de servicios de
e septiembre de 2006. radiodifundida.-
televisión
“Corresponde exclusivamente a la Nación generar,
CONDUCIR, transformar, DISTRIBUIR Y ABASTECER Los “FLAMANTES” Diputados, con estas INEQUITATIVAS
energía eléctrica que tenga por objeto la prestación de REGLAS, le ponen la soga al cuello, con la letra pequeña
servicio público.- EN ESTA MATERIA NO SE OTORGARAN del Acuerdo, a los Concesionarios de Televisión
CONCESIONES A LOS PARTICULARES y la Nación restringida, puesto que; Primero; Te obligan a la
aprovechará LOS BIENES Y RECURSOS NATURALES QUE retrasmisión.- Segundo; Si eres preponderante
SE REQUIERAN PARA DICHOS FINES “. (Participación mayor al 50% Nivel Nacional), DEBES
PAGAR lo que te cobren. Y Tercero.- Lo que pagues (Tu
De los BIENES MUEBLES e INMUEBLES, Se define Costo), no se los podrás repercutir a tus usuarios.-
perfectamente que solo la Nación los aprovechará para
conducir, distribuir y abastecer, por lo que tratándose de La fracción II de este Artículo transitorio, señala que se
la Comisión Federal de Electricidad, LOS POSTES, LOS licitarán por LO MENOS DOS (¿o Lo más?) nuevas
CABLES, (Incluida la fibra óptica) LAS CENTRALES, no se Cadenas de televisión con cobertura Nacional, con sus
RENTAN, se PRESTAN o CONCESIONAN, Mucho menos se LIMITANTES, (Innecesarias), puesto que tienen la opción
Comparten a los Particulares, por lo cual el PRIMER de la “OPINIÓN NO VINCULANTE”, del Jefe a través de
PÁRRAFO del Artículo DECIMO QUINTO TRANSITORIO: Subjefe.-
ES IMPROCEDENTE.- Por último, donde
quedaron las opciones
Pues tampoco procede que la CFE garantice el acceso y
para las “RADIOS
compartirlo con Telecomunicaciones de México, y
COMUNITARIAS” o
hacerlo ENGAÑOSAMENTE para que esta a su vez Grupales étnicas o de
concesionarlo a particulares sin tener la facultad
opinión, quienes
Constitucional de hacerlo, y menos subrepticiamente.-
también SON
Ninguno de los Tres Poderes de la Unión, tiene la MEXICANOS, con los
Facultad de USUFRUCTO de los Bienes de la Nación, mismos derechos de los
NADIE LES HA OTORGADO tal derecho, mucho menos en que han JODIDO a la
detrimento de la Nación, o en contubernio con Nación.-
Particulares y para sus oscuros intereses.-
O les tienen miedo
Artículo 28.- En el párrafo 17 del acuerdo de porque no les tienen
modificaciones que inicialmente señalaba la opinión NO miedo? PREGUNTO.-
VINCULANTE del Ejecutivo Federal para el
Plasmar en la
otorgamiento, la revocación, etc., etc., en materia de
Constitución esta
radiodifusión y telecomunicaciones, lo modifican para
ABERRACIONES
que dicha opinión la otorgue el Secretario del Ramo,
inequitativas, le parte
(Cuyo Jefe es el Ejecutivo), y así, (Todos muertos de la
todo el Principio a la
risa se chuparán el dedo), Y el Secretario del Ramo, CARTA MAGNA en su
previa consulta con su jefe, podrá opinar conforme a sus
Artículo 1º.-
intereses $$$$$.-
El Constituyente del
QUINTO TRANSITORIO.- El Segundo Párrafo, señala el
DIEZ Y SIETE, se ha de
tope del 49% para inversión extranjera en radiodifusión.-
estar revolcando en sus
Nada más que por otra parte, la abre al 100% mediante
TUMBA, puesto que
Autorización/resolución favorable de la Comisión
estas modificaciones
Nacional de Inversiones Extranjeras para que la
son NETAMENTE COMERCIALES Y EMPRESARIALES, y
participación sea mayor, (Pues tiene facultades para nuestra Carta Magna, Primera en el Mundo, que señaló
ello), y ya desde este ángulo se nos “implanten” “nuevas”
los FUNDAMENTOS SOCIALES DEL INDIVIDUO.- no debe
IDEOLOGÍAS:-
de ninguna manera cvonsentirlas.-
SEXTO TRANSITORIO.- En este artículo, se señala la Pues tal parece que se está SOBREPROTEGIENDO a un
facultad del Ejecutivo para someter los nombramientos de
DUOPOLIO de este País, en detrimento de la Libertad de
los Comisionados y Comisionados Presidente, tanto de la
expresión, pero principalmente de todos los mexicanos.-
Comisión Federal de Competencia Económica e Instituto
Federal de Telecomunicaciones, lo cual contradice los Un Congreso de la Unión,
nuevos Artículos Constitucionales Modificados, pues se Que no sirve a la Nación,
pasa por salva sea la parte; “LA SUPUESTA AUTONOMÍA Por su abyecta sumisión,
DE GESTIÓN” del nuevo Instituto de Telecomunicaciones.- Al Poder de la Televisión.-