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REPRIMARIZACIÓN,
FINANCIARIZACIÓN
Y AJUSTE FISCAL:
EL PRESUPUESTO DEL
SERVICIO NACIONAL
DE APRENDIZAJE (SENA)
EN LA ENCRUCIJADA
Carlos Alberto Suescún, Economista, Universidad de
Colombia, Magíster en Economía de la Universidad
Nacional de Colombia, Asesor de SINDESENA.
O C T U B R E D E 2 0 2 0
INTRODUCCIÓN
En la última década fueron realizadas reformas de carácter fiscal
que afectaron la forma de financiación del Servicio Nacional de
Aprendizaje (SENA) y su presupuesto, en particular se hace alusión
a las Leyes 1607 de 2012 y 1819 de 2016. Estas reformas tributarias
suprimieron una parte importante de los aportes parafiscales que
financian al SENA, al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
(ICBF), y al régimen contributivo de salud; siendo sustituidos y
garantizados (en teoría) mediante aportes de la nación
provenientes del recaudo de impuestos directos. Tales reformas
fueron sustentadas como estrategias para la generación de empleo
formal, significando en la realidad una disminución del “salario
social”, y por tanto una acentuación de los sesgos distributivos en un
entorno marcado por la austeridad fiscal y la regresividad
impositiva.
Para el caso específico de la financiación y cumplimiento de la
misión del SENA, las reformas habrían expuesto el presupuesto con
mayor rigor al ciclo económico y a las políticas de sostenibilidad
fiscal, limitando así la autonomía financiera de la entidad;
consecuencia que se profundizó por una lectura errada de las
disposiciones legales en garantía de financiación que traería como
consecuencia una disminución del presupuesto real y potencial del
SENA con posteridad a 2013.
De esta manera, las modificaciones realizadas en la estructura de
financiación del SENA, contrario a generar una senda de
crecimiento estable de su presupuesto en el largo plazo, en realidad
gestaron una pérdida de autonomía financiera de la entidad de
formación profesional, transformándola paulatinamente en un actor
adicional que compite por los recursos del presupuesto público, y en
“entidad problema” para las políticas de austeridad fundadas en el
neoliberalismo, en particular por el carácter de destinación
específica de los recursos.
1. PRODUCCIÓN Y EMPLEO
EN EL BALANCE
1.1. Crecimiento económico y perfil de la producción
El carácter periférico de la economía colombiana la expone a los
vaivenes propios de su posición en la división internacional del
trabajo como un proveedor de materias primas. Entre estas
materias primas resulta principal el petróleo, producto que ha
estado sujeto a variaciones fuertes en sus precios en la última
década, repercutiendo en la dinámica de la producción (Gráfico 1).
Este carácter procíclico del PIB a bonanzas en productos específicos
como el petróleo no es un fenómeno nuevo, ni una característica
restringida a ese bien. En otras épocas este comportamiento se
reiteró en productos como el café. El proceso de desindustrialización
sucedido en Colombia ha acentuado la dependencia y
subordinación a commodities como el petróleo y a la inversión
extranjera (Ocampo, 2007) (Sarmiento, 2008) (Cano, 2013).
Fuente: Banco Mundial. Cálculos y elaboración propia.
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2014
2015
2016
2017
2018
2019
Precio nominal petróleo WTI (US$ por barril)
Tasa de crecimiento PIB - Colombia (eje sec.)
El carácter temporal de las bonanzas extractivas y sus
consecuencias sobre la industria1
se revela en que durante el período
de 2010-2020 apenas cuatro sectores tuvieron un crecimiento en su
participación en la producción: construcción civil, intermediación
financiera, comercio y servicios (Tabla 1).
Gráfico 1 - Precio del barril de petróleo (WTI) y tasa de crecimiento
del PIB de Colombia (%), 2006-2019
S I N D E S E N A - J u n t a N a c i o n a l
1 Este comportamiento ya era previsible, e inclusive fue invocado en los argumentos que se oponían a reformas como la Ley 1607 de 2012 que impactó la estructura de financiación del SENA (Sandoval,
2012).
1.2. Empleo y formalidad laboral
La dinámica de la producción ha tenido efectos en materia de
empleo y formalidad de las relaciones de trabajo. La caída en la
participación de sectores que demandan altos volúmenes de mano
de obra como la industria y la agricultura, han generado presiones
sobre la tasa de desempleo, dejando en evidencia una correlación
en apariencia contradictoria pero que resulta común para un país
como Colombia: altos niveles de desempleo en simultaneidad con
tasas de crecimiento económico positivas.
Sector económico
% en el Valor Agregado Balance del
período
2010 2015 2019
Agricultura, ganadería, caza, silvicultura
y pesca
6,9 % 6, % 6,8 % Disminuyó
Explotación de minas y canteras 6,6 % 6, % 5,5 % Disminuyó
Industrias manufactureras 15,1 % 13, % 13,1 % Disminuyó
Suministro de electricidad, gas y agua 3,8 % 3,4 % 3,3 % Disminuyó
Construcción civil 6,9 % 7,9 % 7,2 % Aumentó
Comercio al por mayor y al por menor,
reparación de bienes, y hoteles y
restaurantes
12,9 % 13,0 % 13,5 % Aumentó
Transporte, almacenamiento y
comunicaciones
8,7 % 8,9 % 8,7 % Estable
Intermediación financiera, actividades
inmobiliarias,
empresariales y de alquiler
21,8 % 22,2 % 22,7 % Aumentó
Administración pública, defensa,
seguridad social obligatoria, enseñanza,
servicios sociales y de salud, y otros
servicios comunitarios, sociales y personales
17,3 % 17,9 % 19,2 % Aumentó
Fuente: CEPAL. Cálculos y elaboración propia.
Tabla 1 - Participación porcentual de los distintos sectores económicos en el valor agregado
2 Para 2020, cálculos de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) estiman una caída del PIB de -5,5%, mayores detalles véase: https://www.bbc.com/mundo/noticias-53438543
(revisado en: 1 de septiembre de 2020)
Gráfico 2 - Tasa de desempleo (%) para las 13 áreas y ciudades metropolitanas, 2008 - 2019
11.5
13
12.4
11.4 11.2
10.6
9.9 9.8 10
10.6 10.8 11.2
0
2
4
6
8
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12
14
2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017 2018 2019
Tasa de desempleo
Fuente: Ministerio de Trabajo. Cálculos y elaboración propia.
S I N D E S E N A - J u n t a N a c i o n a l
A este comportamiento sectorial de la producción que sigue un
patrón de desindustrialización en simultaneidad con el agotamiento
de la bonanza minero-energética de inicios de la década, no impide
al gobierno actual caracterizarlo como nicho estratégico para el
crecimiento económico, inclusive ante los desafíos e incertezas que
ha traído consigo la pandemia del COVID-192
.
Se puede afirmar que la tasa de desempleo presentó una tendencia
decreciente desde 2009, la cual parece revertirse a partir de 2016,
manteniendo un comportamiento creciente desde entonces, y que
explotó en el segundo trimestre de 2020 como consecuencia de la
pandemia del COVID-19 (Gráfico 2).
El empleo creció entre 2007 y 2019, según datos de la Gran
Encuesta Integrada de Hogares (GEIH), siendo adicionados durante
el período 2,6 millones de puestos de trabajo (considerando 23
ciudades y áreas metropolitanas), de los cuales 32% del total (850
mil) habrían sido generados con posteridad a la Ley 1607 de 2012.
En materia de informalidad, se presentó una leve disminución
después de 2012, que igualmente varía dependiendo del indicador
de medición. Al usarse mediciones que involucran la cotización a la
seguridad social, se puede notar que la informalidad laboral, si bien
mejoró a partir entre 2013-2016, en los últimos años se estabilizó en
niveles aún elevados (Gráfico 3).
Gráfico 3 - Informalidad por seguridad social, 2008 - 2019
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2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017 2018 2019
Sin contribución a salud, pensión y ARL Sin contribución a pensión
Fuente: Ministerio de Trabajo. Cálculos y elaboración propia.
Tabla 2 - Distribución del empleo formal por sector económico (% en el total), 2010 - 2019
Sector Económico
% del empleo formal Balance del
período
2010 2012 2014 2016 2019
Agricultura, pesca, ganadería,
caza y silvicultura
0,9% 0,9 % 0,8% 0,8 % 0,8 % Disminuyó
Explotación de minas y canteras 0,7% 0,6 % 0,7% 0,4 % 0,4 % Disminuyó
Industria Manufacturera 20,3% 19,7% 18,3 % 18,0% 16,9% Disminuyó
Suministro de electricidad, gas y
agua
1,3% 1,2 % 1,1 % 1,1% 1,1 % Disminuyó
Construcción 4,6% 5,5 % 5,3 % 4,5 % 7,0 % Aumentó
Comercio, hoteles y restaurantes 19,2% 20,4% 20,1% 19,5 % 19,9% Aumentó
Transporte, almacenamiento y
comunicaciones
7,4% 7,2 % 7,2 % 6,9 % 6,7 % Disminuyó
Intermediación financiera 3,7% 3,7 % 3,4% 4,0% 3,7 % Estable
Actividades inmobiliarias,
empresariales y de alquiler
12,0% 13,2% 14,4% 15,3 % 13,7 % Aumentó
Servicios comunales, sociales y
personales
29,8% 27,7% 28,6% 29,5% 29,6% Disminuyó
No informa 0,0% 0,1 % 0,0 % 0,0 % 0,0 % Estable
Total empleo formal 100% 100 % 100% 100 % 100%
Por otro lado, la disminución de la informalidad laboral tuvo un
carácter localizado, ocurriendo principalmente en el sector de
construcción civil y sector servicios, mientras que en el caso de la
industria hubo aumento de la informalidad (Tabla 2). El empleo
formal estuvo jalonado también por la relativa estabilidad del
empleo por cuenta propia y el aumento del trabajo en otras
viviendas. Si se examina con posteridad a 2013, el número de
asalariados creció en 5,3% mientras que el trabajo por cuenta
propia lo hizo en 3,7%.
Fuente: GEIH - DANE. Cálculos y elaboración propia.
S I N D E S E N A - J u n t a N a c i o n a l
En la última década se hizo más evidente una profundización de
dos legados del neoliberalismo en la política fiscal: la austeridad en
el gasto y la regresividad tributaria4
. Estos dos pilares de la política
fiscal se justifican en el meta-relato de la competitividad, basada
por un lado en la sostenibilidad-continuidad del endeudamiento, lo
que obliga a ofrecer a los acreedores garantías de pago, y en
consecuencia ser “bien calificado” (ser competitivo para el sector
financiero); y por otro lado, en la idea de atracción de la inversión
a partir de la tributación baja para el capital (ser competitivo para
las empresas, tanto nacionales como extranjeras) (Sarmiento,
2008) (González y Corredor, 2016).
2.1. La austeridad fiscal como regla para el endeudamiento
Mediante el Acto Legislativo 03 de 2011 se reformó el artículo 334
constitucional para incluir el principio de sostenibilidad fiscal, el cual
estableció que el Estado bajo la dirección de la economía debía
ajustar el gasto para alcanzar los fines del Estado Social de
Derecho. En 2011 también fue expedida la Ley 1473 mediante la
cual se instituyó una regla fiscal en Colombia, imponiendo metas
cuantitativas al gasto público.
La sostenibilidad fiscal ha sido legitimada en la normatividad y en
la técnica, bien sea como principio o como herramienta,
mostrándola como un mecanismo loable en materia social. No
obstante, las medidas de austeridad y sostenibilidad fiscal, contrario
a garantizar fines sociales, en la realidad garantizan un negocio
específico que genera ganancias crecientes para actores bien
definidos: el endeudamiento.
En el caso de la deuda externa, de acuerdo con el balance de los
saldos de deuda bruta para el período de 2002 a 2020, 60% de la
deuda corresponde con bonos adquiridos en 17% a obligaciones con
el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), 18% con el Banco
Mundial, 4% con la Corporación Andina de Fomento (CAF) y el
restante en otros acreedores. Es decir, aproximadamente 40%
corresponde con pasivos adquiridos con la banca multilateral.
La deuda interna (para el período comprendido entre junio de 2001
y julio de 2020) está representada en 92% por títulos de tesorería
(TES). Al analizar los tenedores de esos TES, se tiene que, 28% de
Estas disminuciones leves en los indicadores de informalidad
desaparecerían por competo debido a los efectos económicos
provocados por la pandemia del Covid-19. De acuerdo con
información oficial del DANE3
entre julio de 2019 y julio de 2020 se
perdieron más de 4 millones de empleo, siendo 57% (2,3 millones de
personas) asalariados y 22% (905 mil personas) trabajadores
cuenta propia.
3 Mayores detalles véase: https://www.dane.gov.co/files/investigaciones/boletines/ech/ech/bol_empleo_jul_20.pdf (revisado: 1 de septiembre de 2020)
4 La regresividad se opone a la progresividad, que en términos técnicos según Ávila y Cruz (2016) “es la capacidad de un tributo para lograr como fruto de su aplicación una redistribución del ingreso que promueva
la equidad [para lo cual la] condición técnica que se asocia con la progresividad tributaria es que la tarifa aumente respecto del nivel de ingreso o de cualquier variable que se tome como base gravable” (Ávila y
Cruz, 2006; p. 8)
2. AUSTERIDAD FISCAL Y
REGRESIVIDAD TRIBUTARIA
S I N D E S E N A - J u n t a N a c i o n a l
2.2. La sostenibilidad de la deuda: austeridad sin
progresividad tributaria
La incapacidad de canalizar el ahorro privado interno para la
inversión productiva, sumado a la incapacidad del Estado para
realizar inversiones de gran calado mediante políticas de fomento,
ha hecho que la política tributaria sucumba a la competitividad
tributaria o guerra fiscal: el país más competitivo (el ganador de la
Gráfico 4 - Tenedores de TES (%), 2010 - 2020
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100% Otros
Instituciones Oficiales
Especiales
Fondos de Pensiones
y Cesantias
Fondos de Capital
Extranjero
Fiducia Publica
Entidades Publicas
Bancos Comerciales
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Fuente: MHCP . Cálculos y elaboración propia.
A partir de lo anterior se puede afirmar que la deuda en Colombia
es un mercado bien restringido, razón por la cual su garantía de
pago y reproducción sustentan intereses bien definidos. Es decir, la
deuda pública no es tan pública desde el lado de los acreedores.
Este rubro de gasto es fundamental, pues la deuda pública es el
canal principal de vaciamiento del presupuesto público, absorbiendo
en promedio 23% del total de recursos del Presupuesto General de
la Nación (PGN) durante el período 2010-2021 (Tabla 3).
Tabla 3 - Servicio de la deuda en el presupuesto público,
2010 - 2021 (valores en pesos corrientes)
Año Servicio de
la deuda
Monto total PGN % en PGN
2010 40,7 148,3 27,4 %
2011 37,7 147,2 25,6 %
2012 38,7 165,2 23,4 %
2013 45,1 185,5 24,3 %
2014 42,2 199,8 21,1 %
2015 47 203,6 23,1 %
2016 46,9 215,9 21,7 %
2017 51,5 224,4 23,0 %
2018 47,3 235,5 20,1 %
2019 51,3 244,9 20,9 %
2020 52,7 271,7 19,4 %
2021(*) 74,9 313,9 23,9 %
(*) Valores descritos en proyecto de Ley en curso legislativo.
S I N D E S E N A - J u n t a N a c i o n a l
la deuda interna está en manos de los Fondos Privados de
Pensiones, 18% en bancos comerciales y 15% en fondos de capital
extranjero. Estos últimos han aumentado exponencialmente su
participación, pasando de representar 6% en 2013 a 23% en 2020
(al mes de julio) (Gráfico 4).
guerra) será el que menos tributos cobre al capital, y por ende será
el que acumule todos los recursos, generando una supuesta sinergia
de inversión y crecimiento donde serían más que compensadas las
pérdidas en recaudo (Hernández, 2005) (González y Corredor,
2016).
Esta forma de entender la política tributaria y los incentivos a la
inversión ha tenido un grave impacto distributivo. La dinámica de la
tributación en Colombia en los últimos cincuenta años muestra la
tendencia a la regresividad tributaria, la cual consiste en que paguen
menos quienes más capacidades tienen, descargando la carga
tributaria en el resto de la población (Amarante y Jiménez, 2015).
Ahora bien, la regresividad también puede ser analizada por el tipo
de impuesto: Para 1970, 79% del recaudo total estaba representado
en el impuesto sobre la renta y complementarios, en tanto que
apenas 13% correspondía con impuestos indirectos (IVA,
principalmente). Desde finales de la década de los ochenta el
impuesto de renta ha perdido participación en el recaudo, hasta
ubicarse en 53% a tiempo reciente. Como compensación los
impuestos de IVA, consumo y GMF (Gravamen a los Movimientos
Financieros) han venido a sustituir esta disminución de impuestos
directos. En el caso del IVA y el impuesto al consumo pasaron de
representar 30% en 1991 a 37% en 2020; y en el caso del GMF
desde su creación en 1999 ha mantenido un promedio de 7% del
total de recaudo derivado de la actividad económica interna
(Gráfico 5).
Fuente: DIAN. Cálculos y elaboración propia.
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1990
1992
1994
1996
1998
2000
2002
2004
2006
2008
2010
2012
2014
2016
2018
2020
Impuestos sobre renta Impuestos sobre consumo Impuestos sobre riqueza
Impuestos transacciones Otros impuestos
Gráfico 5 - Distribución porcentual del recaudo por tipo de impuestos
(actividad económica interna), 1970-2020.
Esta estructura regresiva del sistema tributario legitima la
continuidad del endeudamiento público, a la vez que genera
presiones para la financiación de entidades como el SENA, pues a
través de la competitividad tributaria se consolida la tendencia de
disminuir la carga tributaria en las empresas, siendo así erosionada
la base de financiación principal del SENA, el ICBF y el sistema de
salud, que a partir de la Ley 1819 de 2016 está representada,
principalmente, en el impuesto de renta y complementarios de las
personas jurídicas.
S I N D E S E N A - J u n t a N a c i o n a l
formación profesional y la protección de la familia y de la niñez
(Giraldo, 2005; Giraldo et al., 2015; Sandoval, 2012).
Esta disminución en el “salario social” fue sustituida en 2013 por la
creación de un nuevo impuesto denominado CREE (impuesto sobre
la renta para la equidad), el cual tendría como base de cálculo las
utilidades de las empresas, y cuyo recaudo con carácter de
destinación específica7
vendría a llenar el vacío de los parafiscales
afectados.
La disminución del “salario social” se justificó para generar y
formalizar el empleo. No obstante, como se describió anteriormente,
los datos sobre empleo e informalidad laboral muestran la
especificidad de la generación de empleo y la persistencia de la
informalidad, siendo obtenidas disminuciones en el indicador por
medio de la categoría cuenta propia.
La Ley 1607 de 2012 estableció una tarifa del CREE en 8 %8
, a partir
de la cual se distribuirían los recursos entre el ICBF, el SENA y el
sistema de salud:
En 2012 fue promulgada la Ley 1607, una reforma tributaria que
mantuvo la tendencia a la regresividad: por un lado, la reforma
continuó con la tradición de aumentar y crear impuestos indirectos; y
por otro lado, la reforma amplió su espectro tributario tocando
asuntos laborales, pues eliminó gran parte de los aportes patronales
en las contribuciones parafiscales5
que por la vía de la nómina
financiaban al SENA, al ICBF y al sistema de salud.
Con la promulgación de la Ley 1607 de 2012 y posteriormente con la
Ley 1819 de 2016 fue suprimida una parte importante de los
parafiscales6
, que contrario a representar “costos no salariales”,
constituyen parte del “salario social”, es decir, aquel componente de
beneficio social no apropiado individualmente sino de manera
conjunta por la clase trabajadora, por ejemplo, la garantía de
3. ESPECIALIZACIÓN
PRODUCTIVA Y REGRESIVIDAD
FISCAL: EL SENA EN LA
ENCRUCIJADA
S I N D E S E N A - J u n t a N a c i o n a l
5 De acuerdo con lo establecido en el Decreto 111 de 1996, las contribuciones parafiscales son:
Artículo. 29. Son contribuciones parafiscales los gravámenes establecidos con carácter obligatorio por la ley, que afectan a un determinado y único grupo social y económico y se utilizan para beneficio del propio
sector. El manejo, administración y ejecución de estos recursos se hará exclusivamente en forma dispuesta en la ley que los crea y se destinarán sólo al objeto previsto en ella, lo mismo que los rendimientos y
excedentes financieros que resulten al cierre del ejercicio contable.
6 La Ley 1607 de 2012 fue concebida como “neutral en el recaudo”, pero no fue neutral en materia distributiva: si bien se gravaron las utilidades de las empresas se compensó a éstas con una disminución en el
impuesto de renta y complementarios. Así, la reforma tributaria resultó sesgada a nivel distributivo, pues legitimó la disminución de los aportes patronales al “salario social” y los cargó a la bolsa común de los
ingresos corrientes de la nación.
7 El artículo 359 constitucional establece el carácter excepcional de las rentas de destinación específica, siendo una de estas excepciones su destinación a la inversión social. En el caso de los aportes de la nación
al SENA, los recursos son clasificados de manera integral en el rubro de inversión de la Ley anual de presupuesto nacional.
8 El artículo 24 de la Ley 1607 de 2012 estableció una tasa del 8% en el impuesto CREE, no obstante, el mismo artículo incluyó una disposición transitoria que elevó la tasa a 9% entre 2013 y 2015 para financiar
inversiones del sector agropecuario (0,3 puntos), del régimen subsidiado en salud (0,3 puntos) y de la educación superior (0,4 puntos). Esta disposición pasaría de transitoria a permanente por lo dispuesto
en la Ley 1739 de 2014, la cual estableció que el punto adicional a partir de 2016 se destinaría a financiar programas de atención a la primera infancia (0,4 puntos) e instituciones de educación superior públicas
por medio del ICETEX (0,6 puntos).
• Sistema de salud: 4.4 puntos
• SENA: 1.4 puntos
• ICBF: 2.2 puntos
Según información oficial del SENA, en 2013 la ejecución total de
los parafiscales ascendió a $1.214.760.000.000 de los cuales
$858.706.000.000 tendrían que ser excluidos del cálculo de la
garantía, pues correspondían con aportes de entidades públicas,
entidades sin ánimo de lucro y sociedades y personas jurídicas con
trabajadores con más de 10 SMLMV (art. 28 Ley 1607 de 2012)
(Tabla 5).
Esta distribución por entidad, el carácter de destinación específica, y
por supuesto la transferencia del “salario social” al lucro empresarial,
se conservaron con la Ley 1819 de 2016, norma que eliminó el CREE,
al tiempo que conservó la tarifa y sustituyó la base, que sería en
adelante el impuesto de renta y complementarios.
Una supuesta salvaguarda en materia de financiación para el SENA
y el ICBF permaneció en la transición normativa de la Ley 1607 de
2012 para la Ley 1819 de 2016, consistente en la disposición según la
cual el presupuesto del SENA y el ICBF en sucesivas vigencias no
podría ser menor al presupuesto de 2013 ajustado anualmente por la
inflación más dos puntos porcentuales (pp), siendo excluidas aquellas
fuentes no especificadas en las reformas. Esta salvaguarda (por lo
menos en el caso del SENA) fue malinterpretada en 2013 en los
cálculos de programación presupuestal elaborados por el MHCP,
implicando una afectación a la dinámica de financiación del SENA
en las vigencias posteriores.
Tabla 4 - Presupuesto de ingresos del SENA en PGN 2013
Rubro de ingreso Monto aprobado PGN
Contribuciones parafiscales $1.827.399.701.000,00
Recursos de capital
* $204.820.201.000,00
Ingresos corrientes $243.360.742.000,00
Total presupuesto ingresos
** $2.275.580.644.000,00
(*) Incluye un crédito con el BID por valor de 24.697 millones de pesos (información del SENA en
presentación de julio de 2019).
(**)En la vigencia de 2013 el SENA señala que recibieron con aporte del gobierno nacional 55.000
millones de pesos, totalizando el presupuesto de ingresos $2.330.581.000.000.
Fuente: PGN, SENA. Elaboración propia.
Tabla 5 - Cálculo de garantía SENA
Fuente: SENA, MHCP. Cálculos y elaboración propia.
Ítem de cálculo Valor (pesos 2013)
(A): Presupuesto SENA 2013 2.330.581
(B): Parafiscales de ESAL y entidades públicas 516.014
(C): Parafiscales trabajadores con salarios >=10 SMLV 342.692
(D): Aportes Nación 55.000
(E): Crédito BID 24.697
(F) = (A)– Resto: Total Garantía 1.392.178
A pesar de la claridad de la norma sobre el cálculo de la garantía, el
MHCP no tomó como referencia el total de recursos, entendiendo la
garantía como simple complemento del faltante presupuestal de
parafiscales en 2013 sin distinguir las fuentes, cubriendo gran parte
del faltante de recursos con parafiscales (Tabla 6). Así, la garantía
establecida en la Ley se subsidió con parafiscales en 2013, siendo
actualizado anualmente ese valor por la inflación más dos puntos
porcentuales hasta la fecha.
S I N D E S E N A - J u n t a N a c i o n a l
De esta manera, durante el período se han acumulado diferenciales
crecientes entre la garantía real y la injustamente calculada por el
MHCP, que si fueran traídas a valor presente (2020) representarían
aproximadamente 3,5 billones de pesos (Gráfico 6).
La garantía resulta fundamental, pues además de blindar la
financiación del SENA a los avatares del recaudo de impuestos
directos (CREE y posteriormente del impuesto de renta y
complementarios), este valor es un referente para que la entidad
proponga el presupuesto de ingresos y gastos en cada vigencia. Así
un valor menor de la garantía genera como consecuencia una
programación presupuestal de la entidad menor a su potencial,
teniendo efectos en el cumplimiento de la misión de la entidad al
restringir su capacidad de inversión.
3.1. Reformas a los parafiscales: mal negocio para el Estado y
el SENA
Tal y como lo advertía Sandoval (2012), las reformas que alteraron la
financiación de la entidad, y que sustituyeron los parafiscales por
aportes de la nación originados en impuestos directos, no han
significado un buen negocio para la entidad en materia de autonomía
presupuestal.
No obstante, tal reforma tampoco resultó en buen negocio para las
cuentas del gobierno nacional. Al analizar los recursos apropiados por
el MHCP para satisfacer el presupuesto de gastos del SENA, se tiene
que el crecimiento del recaudo de los impuestos directos no ha tenido
la estabilidad esperada (Gráfico 7).
Tabla 6 - Garantía (injusta) calculada por el MHCP
Ítem de cálculo Valor (pesos 2013)
(A): Parafiscales a alcanzar 1.827.399
(B): Parafiscales ejecutados 1.214.760
(C)=(A)-(B): Garantía (jun - dic) 612.640
(D): Valor garantía anualizada 1.050.240
(E): Duplicidad de recaudo 87.520
Total Garantía (F)= (D)+(E) 1.137.760
Fuente: SENA, MHCP. Cálculos y elaboración propia.
Gráfico 6 - Diferencial de garantías real y del MHCP, 2013 - 2020
Fuente: MHCP, SENA. Cálculos propios.
-
50,000,000,000.00
100,000,000,000.00
150,000,000,000.00
200,000,000,000.00
250,000,000,000.00
300,000,000,000.00
350,000,000,000.00
400,000,000,000.00
450,000,000,000.00
2013 2014 2015 2016 2017 2018 2019 2020 2021
Diferencial de garantías (real Vs. MHCP)
S I N D E S E N A - J u n t a N a c i o n a l
Por el lado del SENA las reformas también fueron mal negocio, pues
la entidad truncó una espiral de crecimiento de una fuente más
estable de recaudo como los parafiscales, al tiempo que entró en la
puja por los recursos del presupuesto público.
En efecto, el recaudo de parafiscales que depende del empleo, según
las estimaciones realizadas9
, habría tenido un crecimiento real anual
promedio de 3,1% entre 2012 y 2020 si no hubieran sido realizadas las
reformas, contrario al comportamiento volátil del recaudo del CREE
y del impuesto de renta y complementarios (con destino al SENA)
que entre 2014 y 2019 registraron una tasa de crecimiento real
negativa del 5%. De hecho, en materia de fuentes de ingresos
presupuestales, las contribuciones parafiscales restantes que tuvieron
un crecimiento real de 11% durante el mismo período (Gráfico 8).
En este comportamiento del recaudo han tenido influencia factores
estructurales, en particular la dependencia a las commodities, la alta
fragilidad macroeconómica, el elevado costo de la deuda pública y la
competitividad tributaria que genera presiones a la baja en el
recaudo de este tipo de impuestos.
Así, al comparar los presupuestos del SENA en el período 2013-2021,
en apenas 3 años la suma de las fuentes de ingresos de la entidad
fueron superiores al presupuesto aprobado, siendo por tanto
necesarios aportes desde el gobierno nacional para satisfacer los
faltantes (Tabla 7).
Fuente: MHCP. Elaboración propia.
500000000000.0
1000000000000.0
1500000000000.0
2000000000000.0
2500000000000.0
2013 2014 2015 2016 2017 2018 2019 2020 2021*
Recaudo imp. Directos (SENA)
Gráfico 7 - Recaudo de impuestos directos (CREE e Impuesto de Renta) con destino al SENA,
2013-2021
(*) Recaudo estimado de los puntos del impuesto de renta y complementarios correspondientes al
SENA descrito en el proyecto de Ley anual de PGN 2021.
Tabla 7 - Presupuesto del SENA y fuentes de ingreso
Año
Total presupuesto
de gasto SENA (A)
Recaudo Impuestos
directos* (B)
2013 2.330.580.644.000 457.052.777.482 1.662.940.943.000 210.586.923.518
2014 2.696.476.662.500 1.938.058.220.544 936.551.662.500 (178.133.220.544)
2015 3.191.517.250.000 1.560.960.492.522 1.448.596.000.000 181.960.757.478
2016 3.096.495.603.177 1.591.485.129.232 1.771.999.732.000 (266.989.258.055)
2017 3.306.023.352.467 1.928.841.644.474 1.796.779.674.889 (419.597.966.896)
2018 3.390.819.664.961 1.533.180.903.476 1.600.254.750.000 257.384.011.485
2019 3.590.499.898.057 1.724.437.308.091 1.657.924.781.199 208.137.808.767
2020 3.873.683.972.460 1.744.492.594.120 1.673.287.943.750 455.903.434.590
2021 3.705.790.451.285 1.635.564.895.258 1.705.768.063.000 364.457.493.027
Fuente: PGN, MHCP, DIAN.
Parafiscales restantes
+ otros** (C)
Rec. Adicionales
(D)=A-B-C
(*) Corresponde a la suma de recaudo neto por concepto de CREE e impuesto de renta
(**) En esta clasificación se incluyen fondos especiales, ingresos corrientes y recursos de capital
S I N D E S E N A - J u n t a N a c i o n a l
3.2. Coyuntura presupuestal del SENA
El presupuesto del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) para la
vigencia fiscal de 2021, según el proyecto de Presupuesto General de
la Nación (PGN) radicado por el MHCP, sufre una caída relevante
en comparación con el presupuesto de la vigencia actual (4,3% en
términos nominales), pasando de 3,87 para 3,70 billones de pesos.
Esta caída en el presupuesto de ingresos se explica por un menor
aporte de la nación que pasa de 2,2 billones en 2020 a 2 billones en
2021 (-9,1%), disminución que no es peor debido a la previsión de
aumento de otras fuentes, en particular de las contribuciones
parafiscales que aumentarían 4%.
En relación con el presupuesto de gastos, el ítem afectado con el
descenso en los ingresos es el rubro de inversión, pues este absorbe la
caída total del aporte del gobierno nacional (200 mil millones de
pesos menos). En el caso del presupuesto para funcionamiento
también cae en 3.500 millones de pesos, pasando de 92,5 para 89 mil
millones de pesos.
La merma en los recursos en el presupuesto de ingresos del SENA
como se mostró en la anterior sección obedece a factores
estructurales, los cuales se ven profundizados por el impacto de la
pandemia del COVID-19 en la actividad económica. En el caso del
recaudo esperado del impuesto de renta y complementarios para
personas jurídicas se espera una reducción en el recaudo en 2021, que
según información del MHCP fluctuaría entre 10,5 billones de pesos10
y 11 billones11
.
La asignación presupuestal para la vigencia de 2021 corresponde con
la actualización de la garantía calculada de forma equivocada en
2013, situación que se puede confirmar en la discrepancia con el
anteproyecto del SENA.
Gráfico 8 - Recaudo estimado de parafiscales sin reformas (precios de 2015) Vs. Recaudo
impuestos directos para la financiación del SENA en términos reales (precios de 2015)
Recaudo estimado parafiscales sin reforma (precios constantes 2015)
Recaudo CREE e Imp. Renta - SENA (precios constantes 2015)
Parafiscales restantes (>=10SMLMV) (precios constantes 2015)
Tasa de crec. PIB real (eje secundario)
0.00%
1.00%
2.00%
3.00%
4.00%
5.00%
6.00%
7.00%
8.00%
500000000000.00
1000000000000.00
1500000000000.00
2000000000000.00
2500000000000.00
2010
2011
2012
2013
2014
2015
2016
2017
2018
2019
Fuente: DANE, MHCP, SENA. Cálculos y elaboración propia.
S I N D E S E N A - J u n t a N a c i o n a l
9 Para la estimación del crecimiento de los parafiscales totales (sin reformas) se tomó la tasa de crecimiento del PIB y se comparó con la tasa de crecimiento de los parafiscales en anteriores vigencias, siendo
extrapolado para las vigencias sucesivas debido a su alta correlación.
10 Información del MHCP citada en respuesta de fondo de Contraloría General de la República – CGR al Senador Wilson Arias Castillo (Radicado: 2020EE0062202)
11 Documento anexo del PGN (no integrante de la Ley) titulado “Aspectos complementarios del PGN 2021”, página 153. Disponible en:
https://www.minhacienda.gov.co/webcenter/ShowProperty?nodeId=/ConexionContent/WCC_CLUSTER-140009 (revisado: 16 de agosto de 2020)
$2.223.363.605.294
$1.821.250.000.000
$402.113.605.294
Garantía exigida por SENA 2021:
Garantía dispuesta por MHCP en PGN 2021:
Diferencia entre garantías 2021:
En resumen, de no corregirse el error en el cálculo de la garantía
presupuestal del SENA, es probable que ante el deterioro de la
actividad económica por cuenta de la pandemia, surjan nuevas
presiones sobre la estabilidad financiera, la misión y estructura
institucional del SENA.
En este escenario el SENA se encuentra en la encrucijada, pues por
un lado, el discurso económico dominante se ensaña en materia
salarial, responsabilizándolo porque parte de sus estructura de
financiación (los parafiscales) representaría una rigidez para el
funcionamiento de un mercado de trabajo libre, en otras palabras se
le atañe culpa por los niveles de desempleo e informalidad; y por otro
lado, es víctima de la mezcla de austeridad fiscal y regresividad
tributaria, que erosionan de manera continua sus bases de
financiación.
Los cálculos realizados permiten demostrar que las reformas a los
parafiscales fueron costosas para el SENA y para el gobierno
nacional, significando en última instancia una transferencia del
“salario social” y de los impuestos para el lucro del sector empresarial
que afectó el balance distributivo, sin generación de sustantivos
beneficios en materia de empleo formal en sectores modernos.
Adicionalmente, el SENA ha sido víctima de metodologías y cálculos
equivocados de la garantía presupuestal dispuesta en las normas
(leyes 1607 de 2012 y 1819 de 2016), siendo crecientes las afectaciones
en materia de recursos. Una revisión y corrección de estos cálculos
resulta necesaria como mecanismo de protección de la entidad en
materia administrativa, institucional y financiera.
Estas características estructurales del perfil productivo y el arreglo
institucional en Colombia y sus efectos sobre el presupuesto del
SENA resultan aún más graves si se consideran los impactos de la
pandemia del Covid-19 en el corto y mediano plazo, pues además de
la disminución en la actividad económica, la entidad puede recibir en
corto tiempo los embates de la racionalidad neoliberal encarnada en
medidas de austeridad y ajuste fiscal.
El SENA como otras entidades públicas es víctima del modelo
económico y de la visión de la política económica. Este modelo
económico se nutre de la desigualdad, siendo representativos la
competitividad tributaria (guerra fiscal) y la austeridad fiscal como
mecanismos de sostenibilidad del endeudamiento a costa de la
injusticia social. Estos aspectos estructurales, aunque parezcan
distantes o no relacionados, en esencia dan soporte a los riesgos
sobre la sostenibilidad financiera y misional del SENA. Estos riesgos
son más evidentes con posteridad a las reformas tributarias que
afectaron la forma de financiación del SENA.
Durante el período analizado (2010-2020) se gestó una continuidad
en la disminución de la participación del sector industrial en la
producción, y un aumento considerable del sector financiero, así como
volátiles booms extractivos. De esta forma, un perfil productivo
carente de impulso en sectores modernos como la industria, y más
basado en el rentismo del sector financiero y la dinámica extractiva,
reproducen el endeudamiento y garantizan el mayor crecimiento y
participación de las finanzas en la producción, generando un círculo
vicioso de desempleo, informalidad y desigualdad.
4. CONCLUSIONES
S I N D E S E N A - J u n t a N a c i o n a l
Ávila, Javier & Cruz, Ángela (2006). La progresividad del sistema
tributario del orden nacional: Un análisis para el IVA y el impuesto
sobre la renta. Bogotá D.C.: DIAN.
Amarante, V., & Jiménez, J. P. (2015). Desigualdad, concentración y
rentas altas en América Latina. Desigualdad, concentración del
ingreso y tributación sobre las altas rentas en América Latina.
Santiago: CEPAL, 2015. LC/G. 2638-P. p. 13-47.
Cano, Carlos (2013). La enfermedad holandesa en Colombia:
síntomas, causas y tratamiento. II Encuentro logístico e industrial del
Caribe, 2013. Disponível em: http://www.banrep.gov.co/sites/defaul-
t/files/publicaciones/archivos/cgc_may_2013_4.pdf (Acesso em: 15
de agosto de 2019).
Giraldo, César (2005). El Papel de las Cajas de Compensación
Familiar en el Sistema de Protección Social Colombiano y en la
Política de Lucha Contra la Pobreza. Bogotá: Asociación Nacional
de Cajas de Compensación Familiar (ASOCAJAS).
Giraldo, César; Zambrano, Paola & Tovar, Luisa (2005). El
Sistema del Subsidio Familiar y las Ganancias Sociales. Medellín:
CONFAMA.
BIBLIOGRAFÍA
González, Jorge & Corredor, Federico (2016). La reforma tributaria
en Colombia no es estructural, ni integral ni progresiva. Revista de
Economía Institucional, 18(34), p. 173-200.
Hernández, Isidro. (2005). Teoría y política fiscal. Bogotá: Editado
por la Universidad Externado de Colombia,.
Ocampo, José A. (Ed.) (2007). Historia económica de Colombia.
Editorial Planeta; Fedesarrollo.
Sandoval, Juan (2012). El rol de la parafiscalidad en la formación y
capacitación para el trabajo en el mundo contemporáneo. Conse-
cuencias de la reforma tributaria sobre el SENA. Bogotá: Sindicato
de Empleados Públicos del SENA (SINDESENA Junta Nacional).
Sarmiento, Eduardo (2008). Economía y globalización. Bogotá:
Editorial Norma.
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EL PRESUPUESTO DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE (SENA) EN LA ENCRUCIJADA

  • 1. REPRIMARIZACIÓN, FINANCIARIZACIÓN Y AJUSTE FISCAL: EL PRESUPUESTO DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE (SENA) EN LA ENCRUCIJADA Carlos Alberto Suescún, Economista, Universidad de Colombia, Magíster en Economía de la Universidad Nacional de Colombia, Asesor de SINDESENA. O C T U B R E D E 2 0 2 0
  • 2. INTRODUCCIÓN En la última década fueron realizadas reformas de carácter fiscal que afectaron la forma de financiación del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) y su presupuesto, en particular se hace alusión a las Leyes 1607 de 2012 y 1819 de 2016. Estas reformas tributarias suprimieron una parte importante de los aportes parafiscales que financian al SENA, al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), y al régimen contributivo de salud; siendo sustituidos y garantizados (en teoría) mediante aportes de la nación provenientes del recaudo de impuestos directos. Tales reformas fueron sustentadas como estrategias para la generación de empleo formal, significando en la realidad una disminución del “salario social”, y por tanto una acentuación de los sesgos distributivos en un entorno marcado por la austeridad fiscal y la regresividad impositiva. Para el caso específico de la financiación y cumplimiento de la misión del SENA, las reformas habrían expuesto el presupuesto con mayor rigor al ciclo económico y a las políticas de sostenibilidad fiscal, limitando así la autonomía financiera de la entidad; consecuencia que se profundizó por una lectura errada de las disposiciones legales en garantía de financiación que traería como consecuencia una disminución del presupuesto real y potencial del SENA con posteridad a 2013. De esta manera, las modificaciones realizadas en la estructura de financiación del SENA, contrario a generar una senda de crecimiento estable de su presupuesto en el largo plazo, en realidad gestaron una pérdida de autonomía financiera de la entidad de formación profesional, transformándola paulatinamente en un actor adicional que compite por los recursos del presupuesto público, y en “entidad problema” para las políticas de austeridad fundadas en el neoliberalismo, en particular por el carácter de destinación específica de los recursos.
  • 3. 1. PRODUCCIÓN Y EMPLEO EN EL BALANCE 1.1. Crecimiento económico y perfil de la producción El carácter periférico de la economía colombiana la expone a los vaivenes propios de su posición en la división internacional del trabajo como un proveedor de materias primas. Entre estas materias primas resulta principal el petróleo, producto que ha estado sujeto a variaciones fuertes en sus precios en la última década, repercutiendo en la dinámica de la producción (Gráfico 1). Este carácter procíclico del PIB a bonanzas en productos específicos como el petróleo no es un fenómeno nuevo, ni una característica restringida a ese bien. En otras épocas este comportamiento se reiteró en productos como el café. El proceso de desindustrialización sucedido en Colombia ha acentuado la dependencia y subordinación a commodities como el petróleo y a la inversión extranjera (Ocampo, 2007) (Sarmiento, 2008) (Cano, 2013). Fuente: Banco Mundial. Cálculos y elaboración propia. 0% 1% 2% 3% 4% 5% 6% 7% 8% 0 20 40 60 80 100 120 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017 2018 2019 Precio nominal petróleo WTI (US$ por barril) Tasa de crecimiento PIB - Colombia (eje sec.) El carácter temporal de las bonanzas extractivas y sus consecuencias sobre la industria1 se revela en que durante el período de 2010-2020 apenas cuatro sectores tuvieron un crecimiento en su participación en la producción: construcción civil, intermediación financiera, comercio y servicios (Tabla 1). Gráfico 1 - Precio del barril de petróleo (WTI) y tasa de crecimiento del PIB de Colombia (%), 2006-2019 S I N D E S E N A - J u n t a N a c i o n a l 1 Este comportamiento ya era previsible, e inclusive fue invocado en los argumentos que se oponían a reformas como la Ley 1607 de 2012 que impactó la estructura de financiación del SENA (Sandoval, 2012).
  • 4. 1.2. Empleo y formalidad laboral La dinámica de la producción ha tenido efectos en materia de empleo y formalidad de las relaciones de trabajo. La caída en la participación de sectores que demandan altos volúmenes de mano de obra como la industria y la agricultura, han generado presiones sobre la tasa de desempleo, dejando en evidencia una correlación en apariencia contradictoria pero que resulta común para un país como Colombia: altos niveles de desempleo en simultaneidad con tasas de crecimiento económico positivas. Sector económico % en el Valor Agregado Balance del período 2010 2015 2019 Agricultura, ganadería, caza, silvicultura y pesca 6,9 % 6, % 6,8 % Disminuyó Explotación de minas y canteras 6,6 % 6, % 5,5 % Disminuyó Industrias manufactureras 15,1 % 13, % 13,1 % Disminuyó Suministro de electricidad, gas y agua 3,8 % 3,4 % 3,3 % Disminuyó Construcción civil 6,9 % 7,9 % 7,2 % Aumentó Comercio al por mayor y al por menor, reparación de bienes, y hoteles y restaurantes 12,9 % 13,0 % 13,5 % Aumentó Transporte, almacenamiento y comunicaciones 8,7 % 8,9 % 8,7 % Estable Intermediación financiera, actividades inmobiliarias, empresariales y de alquiler 21,8 % 22,2 % 22,7 % Aumentó Administración pública, defensa, seguridad social obligatoria, enseñanza, servicios sociales y de salud, y otros servicios comunitarios, sociales y personales 17,3 % 17,9 % 19,2 % Aumentó Fuente: CEPAL. Cálculos y elaboración propia. Tabla 1 - Participación porcentual de los distintos sectores económicos en el valor agregado 2 Para 2020, cálculos de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) estiman una caída del PIB de -5,5%, mayores detalles véase: https://www.bbc.com/mundo/noticias-53438543 (revisado en: 1 de septiembre de 2020) Gráfico 2 - Tasa de desempleo (%) para las 13 áreas y ciudades metropolitanas, 2008 - 2019 11.5 13 12.4 11.4 11.2 10.6 9.9 9.8 10 10.6 10.8 11.2 0 2 4 6 8 10 12 14 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017 2018 2019 Tasa de desempleo Fuente: Ministerio de Trabajo. Cálculos y elaboración propia. S I N D E S E N A - J u n t a N a c i o n a l A este comportamiento sectorial de la producción que sigue un patrón de desindustrialización en simultaneidad con el agotamiento de la bonanza minero-energética de inicios de la década, no impide al gobierno actual caracterizarlo como nicho estratégico para el crecimiento económico, inclusive ante los desafíos e incertezas que ha traído consigo la pandemia del COVID-192 . Se puede afirmar que la tasa de desempleo presentó una tendencia decreciente desde 2009, la cual parece revertirse a partir de 2016, manteniendo un comportamiento creciente desde entonces, y que
  • 5. explotó en el segundo trimestre de 2020 como consecuencia de la pandemia del COVID-19 (Gráfico 2). El empleo creció entre 2007 y 2019, según datos de la Gran Encuesta Integrada de Hogares (GEIH), siendo adicionados durante el período 2,6 millones de puestos de trabajo (considerando 23 ciudades y áreas metropolitanas), de los cuales 32% del total (850 mil) habrían sido generados con posteridad a la Ley 1607 de 2012. En materia de informalidad, se presentó una leve disminución después de 2012, que igualmente varía dependiendo del indicador de medición. Al usarse mediciones que involucran la cotización a la seguridad social, se puede notar que la informalidad laboral, si bien mejoró a partir entre 2013-2016, en los últimos años se estabilizó en niveles aún elevados (Gráfico 3). Gráfico 3 - Informalidad por seguridad social, 2008 - 2019 0 10 20 30 40 50 60 70 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017 2018 2019 Sin contribución a salud, pensión y ARL Sin contribución a pensión Fuente: Ministerio de Trabajo. Cálculos y elaboración propia. Tabla 2 - Distribución del empleo formal por sector económico (% en el total), 2010 - 2019 Sector Económico % del empleo formal Balance del período 2010 2012 2014 2016 2019 Agricultura, pesca, ganadería, caza y silvicultura 0,9% 0,9 % 0,8% 0,8 % 0,8 % Disminuyó Explotación de minas y canteras 0,7% 0,6 % 0,7% 0,4 % 0,4 % Disminuyó Industria Manufacturera 20,3% 19,7% 18,3 % 18,0% 16,9% Disminuyó Suministro de electricidad, gas y agua 1,3% 1,2 % 1,1 % 1,1% 1,1 % Disminuyó Construcción 4,6% 5,5 % 5,3 % 4,5 % 7,0 % Aumentó Comercio, hoteles y restaurantes 19,2% 20,4% 20,1% 19,5 % 19,9% Aumentó Transporte, almacenamiento y comunicaciones 7,4% 7,2 % 7,2 % 6,9 % 6,7 % Disminuyó Intermediación financiera 3,7% 3,7 % 3,4% 4,0% 3,7 % Estable Actividades inmobiliarias, empresariales y de alquiler 12,0% 13,2% 14,4% 15,3 % 13,7 % Aumentó Servicios comunales, sociales y personales 29,8% 27,7% 28,6% 29,5% 29,6% Disminuyó No informa 0,0% 0,1 % 0,0 % 0,0 % 0,0 % Estable Total empleo formal 100% 100 % 100% 100 % 100% Por otro lado, la disminución de la informalidad laboral tuvo un carácter localizado, ocurriendo principalmente en el sector de construcción civil y sector servicios, mientras que en el caso de la industria hubo aumento de la informalidad (Tabla 2). El empleo formal estuvo jalonado también por la relativa estabilidad del empleo por cuenta propia y el aumento del trabajo en otras viviendas. Si se examina con posteridad a 2013, el número de asalariados creció en 5,3% mientras que el trabajo por cuenta propia lo hizo en 3,7%. Fuente: GEIH - DANE. Cálculos y elaboración propia. S I N D E S E N A - J u n t a N a c i o n a l
  • 6. En la última década se hizo más evidente una profundización de dos legados del neoliberalismo en la política fiscal: la austeridad en el gasto y la regresividad tributaria4 . Estos dos pilares de la política fiscal se justifican en el meta-relato de la competitividad, basada por un lado en la sostenibilidad-continuidad del endeudamiento, lo que obliga a ofrecer a los acreedores garantías de pago, y en consecuencia ser “bien calificado” (ser competitivo para el sector financiero); y por otro lado, en la idea de atracción de la inversión a partir de la tributación baja para el capital (ser competitivo para las empresas, tanto nacionales como extranjeras) (Sarmiento, 2008) (González y Corredor, 2016). 2.1. La austeridad fiscal como regla para el endeudamiento Mediante el Acto Legislativo 03 de 2011 se reformó el artículo 334 constitucional para incluir el principio de sostenibilidad fiscal, el cual estableció que el Estado bajo la dirección de la economía debía ajustar el gasto para alcanzar los fines del Estado Social de Derecho. En 2011 también fue expedida la Ley 1473 mediante la cual se instituyó una regla fiscal en Colombia, imponiendo metas cuantitativas al gasto público. La sostenibilidad fiscal ha sido legitimada en la normatividad y en la técnica, bien sea como principio o como herramienta, mostrándola como un mecanismo loable en materia social. No obstante, las medidas de austeridad y sostenibilidad fiscal, contrario a garantizar fines sociales, en la realidad garantizan un negocio específico que genera ganancias crecientes para actores bien definidos: el endeudamiento. En el caso de la deuda externa, de acuerdo con el balance de los saldos de deuda bruta para el período de 2002 a 2020, 60% de la deuda corresponde con bonos adquiridos en 17% a obligaciones con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), 18% con el Banco Mundial, 4% con la Corporación Andina de Fomento (CAF) y el restante en otros acreedores. Es decir, aproximadamente 40% corresponde con pasivos adquiridos con la banca multilateral. La deuda interna (para el período comprendido entre junio de 2001 y julio de 2020) está representada en 92% por títulos de tesorería (TES). Al analizar los tenedores de esos TES, se tiene que, 28% de Estas disminuciones leves en los indicadores de informalidad desaparecerían por competo debido a los efectos económicos provocados por la pandemia del Covid-19. De acuerdo con información oficial del DANE3 entre julio de 2019 y julio de 2020 se perdieron más de 4 millones de empleo, siendo 57% (2,3 millones de personas) asalariados y 22% (905 mil personas) trabajadores cuenta propia. 3 Mayores detalles véase: https://www.dane.gov.co/files/investigaciones/boletines/ech/ech/bol_empleo_jul_20.pdf (revisado: 1 de septiembre de 2020) 4 La regresividad se opone a la progresividad, que en términos técnicos según Ávila y Cruz (2016) “es la capacidad de un tributo para lograr como fruto de su aplicación una redistribución del ingreso que promueva la equidad [para lo cual la] condición técnica que se asocia con la progresividad tributaria es que la tarifa aumente respecto del nivel de ingreso o de cualquier variable que se tome como base gravable” (Ávila y Cruz, 2006; p. 8) 2. AUSTERIDAD FISCAL Y REGRESIVIDAD TRIBUTARIA S I N D E S E N A - J u n t a N a c i o n a l
  • 7. 2.2. La sostenibilidad de la deuda: austeridad sin progresividad tributaria La incapacidad de canalizar el ahorro privado interno para la inversión productiva, sumado a la incapacidad del Estado para realizar inversiones de gran calado mediante políticas de fomento, ha hecho que la política tributaria sucumba a la competitividad tributaria o guerra fiscal: el país más competitivo (el ganador de la Gráfico 4 - Tenedores de TES (%), 2010 - 2020 0% 10% 20% 30% 40% 50% 60% 70% 80% 90% 100% Otros Instituciones Oficiales Especiales Fondos de Pensiones y Cesantias Fondos de Capital Extranjero Fiducia Publica Entidades Publicas Bancos Comerciales E n e - 1 0 E n e - 1 1 E n e - 1 2 E n e - 1 3 E n e - 1 4 E n e - 1 5 E n e - 1 6 E n e - 1 7 E n e - 1 8 E n e - 1 9 E n e - 2 0 Fuente: MHCP . Cálculos y elaboración propia. A partir de lo anterior se puede afirmar que la deuda en Colombia es un mercado bien restringido, razón por la cual su garantía de pago y reproducción sustentan intereses bien definidos. Es decir, la deuda pública no es tan pública desde el lado de los acreedores. Este rubro de gasto es fundamental, pues la deuda pública es el canal principal de vaciamiento del presupuesto público, absorbiendo en promedio 23% del total de recursos del Presupuesto General de la Nación (PGN) durante el período 2010-2021 (Tabla 3). Tabla 3 - Servicio de la deuda en el presupuesto público, 2010 - 2021 (valores en pesos corrientes) Año Servicio de la deuda Monto total PGN % en PGN 2010 40,7 148,3 27,4 % 2011 37,7 147,2 25,6 % 2012 38,7 165,2 23,4 % 2013 45,1 185,5 24,3 % 2014 42,2 199,8 21,1 % 2015 47 203,6 23,1 % 2016 46,9 215,9 21,7 % 2017 51,5 224,4 23,0 % 2018 47,3 235,5 20,1 % 2019 51,3 244,9 20,9 % 2020 52,7 271,7 19,4 % 2021(*) 74,9 313,9 23,9 % (*) Valores descritos en proyecto de Ley en curso legislativo. S I N D E S E N A - J u n t a N a c i o n a l la deuda interna está en manos de los Fondos Privados de Pensiones, 18% en bancos comerciales y 15% en fondos de capital extranjero. Estos últimos han aumentado exponencialmente su participación, pasando de representar 6% en 2013 a 23% en 2020 (al mes de julio) (Gráfico 4).
  • 8. guerra) será el que menos tributos cobre al capital, y por ende será el que acumule todos los recursos, generando una supuesta sinergia de inversión y crecimiento donde serían más que compensadas las pérdidas en recaudo (Hernández, 2005) (González y Corredor, 2016). Esta forma de entender la política tributaria y los incentivos a la inversión ha tenido un grave impacto distributivo. La dinámica de la tributación en Colombia en los últimos cincuenta años muestra la tendencia a la regresividad tributaria, la cual consiste en que paguen menos quienes más capacidades tienen, descargando la carga tributaria en el resto de la población (Amarante y Jiménez, 2015). Ahora bien, la regresividad también puede ser analizada por el tipo de impuesto: Para 1970, 79% del recaudo total estaba representado en el impuesto sobre la renta y complementarios, en tanto que apenas 13% correspondía con impuestos indirectos (IVA, principalmente). Desde finales de la década de los ochenta el impuesto de renta ha perdido participación en el recaudo, hasta ubicarse en 53% a tiempo reciente. Como compensación los impuestos de IVA, consumo y GMF (Gravamen a los Movimientos Financieros) han venido a sustituir esta disminución de impuestos directos. En el caso del IVA y el impuesto al consumo pasaron de representar 30% en 1991 a 37% en 2020; y en el caso del GMF desde su creación en 1999 ha mantenido un promedio de 7% del total de recaudo derivado de la actividad económica interna (Gráfico 5). Fuente: DIAN. Cálculos y elaboración propia. 0% 10% 20% 30% 40% 50% 60% 70% 80% 90% 100% 1970 1972 1974 1976 1978 1980 1982 1984 1986 1988 1990 1992 1994 1996 1998 2000 2002 2004 2006 2008 2010 2012 2014 2016 2018 2020 Impuestos sobre renta Impuestos sobre consumo Impuestos sobre riqueza Impuestos transacciones Otros impuestos Gráfico 5 - Distribución porcentual del recaudo por tipo de impuestos (actividad económica interna), 1970-2020. Esta estructura regresiva del sistema tributario legitima la continuidad del endeudamiento público, a la vez que genera presiones para la financiación de entidades como el SENA, pues a través de la competitividad tributaria se consolida la tendencia de disminuir la carga tributaria en las empresas, siendo así erosionada la base de financiación principal del SENA, el ICBF y el sistema de salud, que a partir de la Ley 1819 de 2016 está representada, principalmente, en el impuesto de renta y complementarios de las personas jurídicas. S I N D E S E N A - J u n t a N a c i o n a l
  • 9. formación profesional y la protección de la familia y de la niñez (Giraldo, 2005; Giraldo et al., 2015; Sandoval, 2012). Esta disminución en el “salario social” fue sustituida en 2013 por la creación de un nuevo impuesto denominado CREE (impuesto sobre la renta para la equidad), el cual tendría como base de cálculo las utilidades de las empresas, y cuyo recaudo con carácter de destinación específica7 vendría a llenar el vacío de los parafiscales afectados. La disminución del “salario social” se justificó para generar y formalizar el empleo. No obstante, como se describió anteriormente, los datos sobre empleo e informalidad laboral muestran la especificidad de la generación de empleo y la persistencia de la informalidad, siendo obtenidas disminuciones en el indicador por medio de la categoría cuenta propia. La Ley 1607 de 2012 estableció una tarifa del CREE en 8 %8 , a partir de la cual se distribuirían los recursos entre el ICBF, el SENA y el sistema de salud: En 2012 fue promulgada la Ley 1607, una reforma tributaria que mantuvo la tendencia a la regresividad: por un lado, la reforma continuó con la tradición de aumentar y crear impuestos indirectos; y por otro lado, la reforma amplió su espectro tributario tocando asuntos laborales, pues eliminó gran parte de los aportes patronales en las contribuciones parafiscales5 que por la vía de la nómina financiaban al SENA, al ICBF y al sistema de salud. Con la promulgación de la Ley 1607 de 2012 y posteriormente con la Ley 1819 de 2016 fue suprimida una parte importante de los parafiscales6 , que contrario a representar “costos no salariales”, constituyen parte del “salario social”, es decir, aquel componente de beneficio social no apropiado individualmente sino de manera conjunta por la clase trabajadora, por ejemplo, la garantía de 3. ESPECIALIZACIÓN PRODUCTIVA Y REGRESIVIDAD FISCAL: EL SENA EN LA ENCRUCIJADA S I N D E S E N A - J u n t a N a c i o n a l 5 De acuerdo con lo establecido en el Decreto 111 de 1996, las contribuciones parafiscales son: Artículo. 29. Son contribuciones parafiscales los gravámenes establecidos con carácter obligatorio por la ley, que afectan a un determinado y único grupo social y económico y se utilizan para beneficio del propio sector. El manejo, administración y ejecución de estos recursos se hará exclusivamente en forma dispuesta en la ley que los crea y se destinarán sólo al objeto previsto en ella, lo mismo que los rendimientos y excedentes financieros que resulten al cierre del ejercicio contable. 6 La Ley 1607 de 2012 fue concebida como “neutral en el recaudo”, pero no fue neutral en materia distributiva: si bien se gravaron las utilidades de las empresas se compensó a éstas con una disminución en el impuesto de renta y complementarios. Así, la reforma tributaria resultó sesgada a nivel distributivo, pues legitimó la disminución de los aportes patronales al “salario social” y los cargó a la bolsa común de los ingresos corrientes de la nación. 7 El artículo 359 constitucional establece el carácter excepcional de las rentas de destinación específica, siendo una de estas excepciones su destinación a la inversión social. En el caso de los aportes de la nación al SENA, los recursos son clasificados de manera integral en el rubro de inversión de la Ley anual de presupuesto nacional. 8 El artículo 24 de la Ley 1607 de 2012 estableció una tasa del 8% en el impuesto CREE, no obstante, el mismo artículo incluyó una disposición transitoria que elevó la tasa a 9% entre 2013 y 2015 para financiar inversiones del sector agropecuario (0,3 puntos), del régimen subsidiado en salud (0,3 puntos) y de la educación superior (0,4 puntos). Esta disposición pasaría de transitoria a permanente por lo dispuesto en la Ley 1739 de 2014, la cual estableció que el punto adicional a partir de 2016 se destinaría a financiar programas de atención a la primera infancia (0,4 puntos) e instituciones de educación superior públicas por medio del ICETEX (0,6 puntos). • Sistema de salud: 4.4 puntos • SENA: 1.4 puntos • ICBF: 2.2 puntos
  • 10. Según información oficial del SENA, en 2013 la ejecución total de los parafiscales ascendió a $1.214.760.000.000 de los cuales $858.706.000.000 tendrían que ser excluidos del cálculo de la garantía, pues correspondían con aportes de entidades públicas, entidades sin ánimo de lucro y sociedades y personas jurídicas con trabajadores con más de 10 SMLMV (art. 28 Ley 1607 de 2012) (Tabla 5). Esta distribución por entidad, el carácter de destinación específica, y por supuesto la transferencia del “salario social” al lucro empresarial, se conservaron con la Ley 1819 de 2016, norma que eliminó el CREE, al tiempo que conservó la tarifa y sustituyó la base, que sería en adelante el impuesto de renta y complementarios. Una supuesta salvaguarda en materia de financiación para el SENA y el ICBF permaneció en la transición normativa de la Ley 1607 de 2012 para la Ley 1819 de 2016, consistente en la disposición según la cual el presupuesto del SENA y el ICBF en sucesivas vigencias no podría ser menor al presupuesto de 2013 ajustado anualmente por la inflación más dos puntos porcentuales (pp), siendo excluidas aquellas fuentes no especificadas en las reformas. Esta salvaguarda (por lo menos en el caso del SENA) fue malinterpretada en 2013 en los cálculos de programación presupuestal elaborados por el MHCP, implicando una afectación a la dinámica de financiación del SENA en las vigencias posteriores. Tabla 4 - Presupuesto de ingresos del SENA en PGN 2013 Rubro de ingreso Monto aprobado PGN Contribuciones parafiscales $1.827.399.701.000,00 Recursos de capital * $204.820.201.000,00 Ingresos corrientes $243.360.742.000,00 Total presupuesto ingresos ** $2.275.580.644.000,00 (*) Incluye un crédito con el BID por valor de 24.697 millones de pesos (información del SENA en presentación de julio de 2019). (**)En la vigencia de 2013 el SENA señala que recibieron con aporte del gobierno nacional 55.000 millones de pesos, totalizando el presupuesto de ingresos $2.330.581.000.000. Fuente: PGN, SENA. Elaboración propia. Tabla 5 - Cálculo de garantía SENA Fuente: SENA, MHCP. Cálculos y elaboración propia. Ítem de cálculo Valor (pesos 2013) (A): Presupuesto SENA 2013 2.330.581 (B): Parafiscales de ESAL y entidades públicas 516.014 (C): Parafiscales trabajadores con salarios >=10 SMLV 342.692 (D): Aportes Nación 55.000 (E): Crédito BID 24.697 (F) = (A)– Resto: Total Garantía 1.392.178 A pesar de la claridad de la norma sobre el cálculo de la garantía, el MHCP no tomó como referencia el total de recursos, entendiendo la garantía como simple complemento del faltante presupuestal de parafiscales en 2013 sin distinguir las fuentes, cubriendo gran parte del faltante de recursos con parafiscales (Tabla 6). Así, la garantía establecida en la Ley se subsidió con parafiscales en 2013, siendo actualizado anualmente ese valor por la inflación más dos puntos porcentuales hasta la fecha. S I N D E S E N A - J u n t a N a c i o n a l
  • 11. De esta manera, durante el período se han acumulado diferenciales crecientes entre la garantía real y la injustamente calculada por el MHCP, que si fueran traídas a valor presente (2020) representarían aproximadamente 3,5 billones de pesos (Gráfico 6). La garantía resulta fundamental, pues además de blindar la financiación del SENA a los avatares del recaudo de impuestos directos (CREE y posteriormente del impuesto de renta y complementarios), este valor es un referente para que la entidad proponga el presupuesto de ingresos y gastos en cada vigencia. Así un valor menor de la garantía genera como consecuencia una programación presupuestal de la entidad menor a su potencial, teniendo efectos en el cumplimiento de la misión de la entidad al restringir su capacidad de inversión. 3.1. Reformas a los parafiscales: mal negocio para el Estado y el SENA Tal y como lo advertía Sandoval (2012), las reformas que alteraron la financiación de la entidad, y que sustituyeron los parafiscales por aportes de la nación originados en impuestos directos, no han significado un buen negocio para la entidad en materia de autonomía presupuestal. No obstante, tal reforma tampoco resultó en buen negocio para las cuentas del gobierno nacional. Al analizar los recursos apropiados por el MHCP para satisfacer el presupuesto de gastos del SENA, se tiene que el crecimiento del recaudo de los impuestos directos no ha tenido la estabilidad esperada (Gráfico 7). Tabla 6 - Garantía (injusta) calculada por el MHCP Ítem de cálculo Valor (pesos 2013) (A): Parafiscales a alcanzar 1.827.399 (B): Parafiscales ejecutados 1.214.760 (C)=(A)-(B): Garantía (jun - dic) 612.640 (D): Valor garantía anualizada 1.050.240 (E): Duplicidad de recaudo 87.520 Total Garantía (F)= (D)+(E) 1.137.760 Fuente: SENA, MHCP. Cálculos y elaboración propia. Gráfico 6 - Diferencial de garantías real y del MHCP, 2013 - 2020 Fuente: MHCP, SENA. Cálculos propios. - 50,000,000,000.00 100,000,000,000.00 150,000,000,000.00 200,000,000,000.00 250,000,000,000.00 300,000,000,000.00 350,000,000,000.00 400,000,000,000.00 450,000,000,000.00 2013 2014 2015 2016 2017 2018 2019 2020 2021 Diferencial de garantías (real Vs. MHCP) S I N D E S E N A - J u n t a N a c i o n a l
  • 12. Por el lado del SENA las reformas también fueron mal negocio, pues la entidad truncó una espiral de crecimiento de una fuente más estable de recaudo como los parafiscales, al tiempo que entró en la puja por los recursos del presupuesto público. En efecto, el recaudo de parafiscales que depende del empleo, según las estimaciones realizadas9 , habría tenido un crecimiento real anual promedio de 3,1% entre 2012 y 2020 si no hubieran sido realizadas las reformas, contrario al comportamiento volátil del recaudo del CREE y del impuesto de renta y complementarios (con destino al SENA) que entre 2014 y 2019 registraron una tasa de crecimiento real negativa del 5%. De hecho, en materia de fuentes de ingresos presupuestales, las contribuciones parafiscales restantes que tuvieron un crecimiento real de 11% durante el mismo período (Gráfico 8). En este comportamiento del recaudo han tenido influencia factores estructurales, en particular la dependencia a las commodities, la alta fragilidad macroeconómica, el elevado costo de la deuda pública y la competitividad tributaria que genera presiones a la baja en el recaudo de este tipo de impuestos. Así, al comparar los presupuestos del SENA en el período 2013-2021, en apenas 3 años la suma de las fuentes de ingresos de la entidad fueron superiores al presupuesto aprobado, siendo por tanto necesarios aportes desde el gobierno nacional para satisfacer los faltantes (Tabla 7). Fuente: MHCP. Elaboración propia. 500000000000.0 1000000000000.0 1500000000000.0 2000000000000.0 2500000000000.0 2013 2014 2015 2016 2017 2018 2019 2020 2021* Recaudo imp. Directos (SENA) Gráfico 7 - Recaudo de impuestos directos (CREE e Impuesto de Renta) con destino al SENA, 2013-2021 (*) Recaudo estimado de los puntos del impuesto de renta y complementarios correspondientes al SENA descrito en el proyecto de Ley anual de PGN 2021. Tabla 7 - Presupuesto del SENA y fuentes de ingreso Año Total presupuesto de gasto SENA (A) Recaudo Impuestos directos* (B) 2013 2.330.580.644.000 457.052.777.482 1.662.940.943.000 210.586.923.518 2014 2.696.476.662.500 1.938.058.220.544 936.551.662.500 (178.133.220.544) 2015 3.191.517.250.000 1.560.960.492.522 1.448.596.000.000 181.960.757.478 2016 3.096.495.603.177 1.591.485.129.232 1.771.999.732.000 (266.989.258.055) 2017 3.306.023.352.467 1.928.841.644.474 1.796.779.674.889 (419.597.966.896) 2018 3.390.819.664.961 1.533.180.903.476 1.600.254.750.000 257.384.011.485 2019 3.590.499.898.057 1.724.437.308.091 1.657.924.781.199 208.137.808.767 2020 3.873.683.972.460 1.744.492.594.120 1.673.287.943.750 455.903.434.590 2021 3.705.790.451.285 1.635.564.895.258 1.705.768.063.000 364.457.493.027 Fuente: PGN, MHCP, DIAN. Parafiscales restantes + otros** (C) Rec. Adicionales (D)=A-B-C (*) Corresponde a la suma de recaudo neto por concepto de CREE e impuesto de renta (**) En esta clasificación se incluyen fondos especiales, ingresos corrientes y recursos de capital S I N D E S E N A - J u n t a N a c i o n a l
  • 13. 3.2. Coyuntura presupuestal del SENA El presupuesto del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) para la vigencia fiscal de 2021, según el proyecto de Presupuesto General de la Nación (PGN) radicado por el MHCP, sufre una caída relevante en comparación con el presupuesto de la vigencia actual (4,3% en términos nominales), pasando de 3,87 para 3,70 billones de pesos. Esta caída en el presupuesto de ingresos se explica por un menor aporte de la nación que pasa de 2,2 billones en 2020 a 2 billones en 2021 (-9,1%), disminución que no es peor debido a la previsión de aumento de otras fuentes, en particular de las contribuciones parafiscales que aumentarían 4%. En relación con el presupuesto de gastos, el ítem afectado con el descenso en los ingresos es el rubro de inversión, pues este absorbe la caída total del aporte del gobierno nacional (200 mil millones de pesos menos). En el caso del presupuesto para funcionamiento también cae en 3.500 millones de pesos, pasando de 92,5 para 89 mil millones de pesos. La merma en los recursos en el presupuesto de ingresos del SENA como se mostró en la anterior sección obedece a factores estructurales, los cuales se ven profundizados por el impacto de la pandemia del COVID-19 en la actividad económica. En el caso del recaudo esperado del impuesto de renta y complementarios para personas jurídicas se espera una reducción en el recaudo en 2021, que según información del MHCP fluctuaría entre 10,5 billones de pesos10 y 11 billones11 . La asignación presupuestal para la vigencia de 2021 corresponde con la actualización de la garantía calculada de forma equivocada en 2013, situación que se puede confirmar en la discrepancia con el anteproyecto del SENA. Gráfico 8 - Recaudo estimado de parafiscales sin reformas (precios de 2015) Vs. Recaudo impuestos directos para la financiación del SENA en términos reales (precios de 2015) Recaudo estimado parafiscales sin reforma (precios constantes 2015) Recaudo CREE e Imp. Renta - SENA (precios constantes 2015) Parafiscales restantes (>=10SMLMV) (precios constantes 2015) Tasa de crec. PIB real (eje secundario) 0.00% 1.00% 2.00% 3.00% 4.00% 5.00% 6.00% 7.00% 8.00% 500000000000.00 1000000000000.00 1500000000000.00 2000000000000.00 2500000000000.00 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017 2018 2019 Fuente: DANE, MHCP, SENA. Cálculos y elaboración propia. S I N D E S E N A - J u n t a N a c i o n a l 9 Para la estimación del crecimiento de los parafiscales totales (sin reformas) se tomó la tasa de crecimiento del PIB y se comparó con la tasa de crecimiento de los parafiscales en anteriores vigencias, siendo extrapolado para las vigencias sucesivas debido a su alta correlación. 10 Información del MHCP citada en respuesta de fondo de Contraloría General de la República – CGR al Senador Wilson Arias Castillo (Radicado: 2020EE0062202) 11 Documento anexo del PGN (no integrante de la Ley) titulado “Aspectos complementarios del PGN 2021”, página 153. Disponible en: https://www.minhacienda.gov.co/webcenter/ShowProperty?nodeId=/ConexionContent/WCC_CLUSTER-140009 (revisado: 16 de agosto de 2020) $2.223.363.605.294 $1.821.250.000.000 $402.113.605.294 Garantía exigida por SENA 2021: Garantía dispuesta por MHCP en PGN 2021: Diferencia entre garantías 2021:
  • 14. En resumen, de no corregirse el error en el cálculo de la garantía presupuestal del SENA, es probable que ante el deterioro de la actividad económica por cuenta de la pandemia, surjan nuevas presiones sobre la estabilidad financiera, la misión y estructura institucional del SENA. En este escenario el SENA se encuentra en la encrucijada, pues por un lado, el discurso económico dominante se ensaña en materia salarial, responsabilizándolo porque parte de sus estructura de financiación (los parafiscales) representaría una rigidez para el funcionamiento de un mercado de trabajo libre, en otras palabras se le atañe culpa por los niveles de desempleo e informalidad; y por otro lado, es víctima de la mezcla de austeridad fiscal y regresividad tributaria, que erosionan de manera continua sus bases de financiación. Los cálculos realizados permiten demostrar que las reformas a los parafiscales fueron costosas para el SENA y para el gobierno nacional, significando en última instancia una transferencia del “salario social” y de los impuestos para el lucro del sector empresarial que afectó el balance distributivo, sin generación de sustantivos beneficios en materia de empleo formal en sectores modernos. Adicionalmente, el SENA ha sido víctima de metodologías y cálculos equivocados de la garantía presupuestal dispuesta en las normas (leyes 1607 de 2012 y 1819 de 2016), siendo crecientes las afectaciones en materia de recursos. Una revisión y corrección de estos cálculos resulta necesaria como mecanismo de protección de la entidad en materia administrativa, institucional y financiera. Estas características estructurales del perfil productivo y el arreglo institucional en Colombia y sus efectos sobre el presupuesto del SENA resultan aún más graves si se consideran los impactos de la pandemia del Covid-19 en el corto y mediano plazo, pues además de la disminución en la actividad económica, la entidad puede recibir en corto tiempo los embates de la racionalidad neoliberal encarnada en medidas de austeridad y ajuste fiscal. El SENA como otras entidades públicas es víctima del modelo económico y de la visión de la política económica. Este modelo económico se nutre de la desigualdad, siendo representativos la competitividad tributaria (guerra fiscal) y la austeridad fiscal como mecanismos de sostenibilidad del endeudamiento a costa de la injusticia social. Estos aspectos estructurales, aunque parezcan distantes o no relacionados, en esencia dan soporte a los riesgos sobre la sostenibilidad financiera y misional del SENA. Estos riesgos son más evidentes con posteridad a las reformas tributarias que afectaron la forma de financiación del SENA. Durante el período analizado (2010-2020) se gestó una continuidad en la disminución de la participación del sector industrial en la producción, y un aumento considerable del sector financiero, así como volátiles booms extractivos. De esta forma, un perfil productivo carente de impulso en sectores modernos como la industria, y más basado en el rentismo del sector financiero y la dinámica extractiva, reproducen el endeudamiento y garantizan el mayor crecimiento y participación de las finanzas en la producción, generando un círculo vicioso de desempleo, informalidad y desigualdad. 4. CONCLUSIONES S I N D E S E N A - J u n t a N a c i o n a l
  • 15. Ávila, Javier & Cruz, Ángela (2006). La progresividad del sistema tributario del orden nacional: Un análisis para el IVA y el impuesto sobre la renta. Bogotá D.C.: DIAN. Amarante, V., & Jiménez, J. P. (2015). Desigualdad, concentración y rentas altas en América Latina. Desigualdad, concentración del ingreso y tributación sobre las altas rentas en América Latina. Santiago: CEPAL, 2015. LC/G. 2638-P. p. 13-47. Cano, Carlos (2013). La enfermedad holandesa en Colombia: síntomas, causas y tratamiento. II Encuentro logístico e industrial del Caribe, 2013. Disponível em: http://www.banrep.gov.co/sites/defaul- t/files/publicaciones/archivos/cgc_may_2013_4.pdf (Acesso em: 15 de agosto de 2019). Giraldo, César (2005). El Papel de las Cajas de Compensación Familiar en el Sistema de Protección Social Colombiano y en la Política de Lucha Contra la Pobreza. Bogotá: Asociación Nacional de Cajas de Compensación Familiar (ASOCAJAS). Giraldo, César; Zambrano, Paola & Tovar, Luisa (2005). El Sistema del Subsidio Familiar y las Ganancias Sociales. Medellín: CONFAMA. BIBLIOGRAFÍA González, Jorge & Corredor, Federico (2016). La reforma tributaria en Colombia no es estructural, ni integral ni progresiva. Revista de Economía Institucional, 18(34), p. 173-200. Hernández, Isidro. (2005). Teoría y política fiscal. Bogotá: Editado por la Universidad Externado de Colombia,. Ocampo, José A. (Ed.) (2007). Historia económica de Colombia. Editorial Planeta; Fedesarrollo. Sandoval, Juan (2012). El rol de la parafiscalidad en la formación y capacitación para el trabajo en el mundo contemporáneo. Conse- cuencias de la reforma tributaria sobre el SENA. Bogotá: Sindicato de Empleados Públicos del SENA (SINDESENA Junta Nacional). Sarmiento, Eduardo (2008). Economía y globalización. Bogotá: Editorial Norma.
  • 16. O C T U B R E D E 2 0 2 0