Cabe mencionar que el "TRATADO POR EL QUE SE ESTABLECE UNA CONSTITUCION PARA EUROPA" no ha sido ratificado por todos los Estados miembros. Pero de todos modos; Si la Unión Europea puede adquirir un verdadero carácter democrático a escala continental, siendo un ente que ya cuenta con veintiuna lenguas oficiales, a las que pronto se les podrían sumar más, por no hablar de la multiplicidad de "Lenguas regionales y minoritarias" sobre las que la Constitución declara que merecen todo el respeto.
Y como dice Jürgen Habermas “Los sistemas sociales humanos no tienen por que fundarse únicamente en los lazos de una afinidad mutua, que surge a raíz de una identidad étnica común real o imaginaria, o por la existencia de una lengua común.”
El documento presenta una introducción a la Sociología del Derecho. Explica que esta disciplina estudia la influencia del derecho en la sociedad y viceversa desde una perspectiva sociológica. Distingue la Sociología del Derecho de la Ciencia del Derecho y la Filosofía del Derecho, indicando que la primera analiza el derecho como un hecho social, mientras que las otras dos se enfocan más en el estudio de normas jurídicas y conceptos legales de manera general. Finalmente, menciona algunos temas de interés para los
1) El documento habla sobre las diferentes ramas del derecho civil, incluyendo su definición, historia y desarrollo. 2) Explica las diferentes fuentes formales e indirectas del derecho positivo y cómo se codifican las leyes civiles. 3) Resalta que el derecho civil regula las relaciones entre personas privadas y está codificado en el código civil de cada país.
Sistemas Jurídicos : Derecho Civil, Common Law, y Norteamericano.Emma Joplin
Este documento resume la formación de la tradición jurídica romano-canónica. Explica que está influenciada por el derecho romano, el derecho canónico y el derecho mercantil. También describe el sistema jurídico inglés y cómo se originó en 1066 con la invasión normanda. Finalmente, resume que el sistema jurídico estadounidense se basa en el common law inglés pero se ha adaptado al contexto de los Estados Unidos.
El documento presenta una introducción al derecho comparado. Explica que el derecho comparado estudia instituciones y sistemas jurídicos de diferentes lugares y épocas para identificar similitudes y diferencias. Tiene como objetivos investigar la esencia y evolución del derecho, y mejorar el conocimiento de sistemas jurídicos mediante el análisis comparativo. El derecho comparado es una disciplina relativamente nueva que surgió a finales del siglo XIX y se consolidó en 1900.
La jurisprudencia de conceptos se centra en la razón, la lógica y lo exacto para crear conceptos jurídicos inmodificables. Los principales representantes, como Savigny y Puchta, elaboraron conceptos jurídicos mediante una pirámide lógica de conceptos generales y particulares. Sin embargo, juristas posteriores como Ihering criticaron que los conceptos abstractos creados por teóricos no resuelven problemas reales y que el derecho debe considerar factores sociales y no ser tan rígido.
Inocencio melendez julio teoria del derecho- reflexiones sobre la utilidad de...INOCENCIO MELÉNDEZ JULIO
1) El documento presenta reflexiones sobre la utilidad de la teoría general del derecho en la práctica jurídica. 2) Examina el derecho desde dos enfoques: externo e interno. 3) Sugiere que la teoría general del derecho es fundamental para la dogmática jurídica y la aplicación correcta del derecho.
Reflexiones sobre la utilidad de la teoria general del derecho en la praxis j...INOCENCIO MELÉNDEZ JULIO
1) El documento presenta reflexiones sobre la utilidad de la teoría general del derecho en la práctica jurídica. 2) Examina el derecho desde dos enfoques: externo e interno. 3) Sugiere que la teoría general del derecho es fundamental para la dogmática jurídica y la aplicación correcta del derecho.
Este documento trata sobre el derecho comparado y su relación con el poder judicial. Se discuten varios temas como la necesidad de concebir el debate sobre los poderes judiciales desde la perspectiva del derecho comparado, las familias jurídicas y autores como René David y Pierangelo Catalano. También se mencionan las características de la tradición jurídica occidental y autores como Berman, Habermas y Ferrajoli en el ámbito del derecho constitucional comparado.
El documento presenta una introducción a la Sociología del Derecho. Explica que esta disciplina estudia la influencia del derecho en la sociedad y viceversa desde una perspectiva sociológica. Distingue la Sociología del Derecho de la Ciencia del Derecho y la Filosofía del Derecho, indicando que la primera analiza el derecho como un hecho social, mientras que las otras dos se enfocan más en el estudio de normas jurídicas y conceptos legales de manera general. Finalmente, menciona algunos temas de interés para los
1) El documento habla sobre las diferentes ramas del derecho civil, incluyendo su definición, historia y desarrollo. 2) Explica las diferentes fuentes formales e indirectas del derecho positivo y cómo se codifican las leyes civiles. 3) Resalta que el derecho civil regula las relaciones entre personas privadas y está codificado en el código civil de cada país.
Sistemas Jurídicos : Derecho Civil, Common Law, y Norteamericano.Emma Joplin
Este documento resume la formación de la tradición jurídica romano-canónica. Explica que está influenciada por el derecho romano, el derecho canónico y el derecho mercantil. También describe el sistema jurídico inglés y cómo se originó en 1066 con la invasión normanda. Finalmente, resume que el sistema jurídico estadounidense se basa en el common law inglés pero se ha adaptado al contexto de los Estados Unidos.
El documento presenta una introducción al derecho comparado. Explica que el derecho comparado estudia instituciones y sistemas jurídicos de diferentes lugares y épocas para identificar similitudes y diferencias. Tiene como objetivos investigar la esencia y evolución del derecho, y mejorar el conocimiento de sistemas jurídicos mediante el análisis comparativo. El derecho comparado es una disciplina relativamente nueva que surgió a finales del siglo XIX y se consolidó en 1900.
La jurisprudencia de conceptos se centra en la razón, la lógica y lo exacto para crear conceptos jurídicos inmodificables. Los principales representantes, como Savigny y Puchta, elaboraron conceptos jurídicos mediante una pirámide lógica de conceptos generales y particulares. Sin embargo, juristas posteriores como Ihering criticaron que los conceptos abstractos creados por teóricos no resuelven problemas reales y que el derecho debe considerar factores sociales y no ser tan rígido.
Inocencio melendez julio teoria del derecho- reflexiones sobre la utilidad de...INOCENCIO MELÉNDEZ JULIO
1) El documento presenta reflexiones sobre la utilidad de la teoría general del derecho en la práctica jurídica. 2) Examina el derecho desde dos enfoques: externo e interno. 3) Sugiere que la teoría general del derecho es fundamental para la dogmática jurídica y la aplicación correcta del derecho.
Reflexiones sobre la utilidad de la teoria general del derecho en la praxis j...INOCENCIO MELÉNDEZ JULIO
1) El documento presenta reflexiones sobre la utilidad de la teoría general del derecho en la práctica jurídica. 2) Examina el derecho desde dos enfoques: externo e interno. 3) Sugiere que la teoría general del derecho es fundamental para la dogmática jurídica y la aplicación correcta del derecho.
Este documento trata sobre el derecho comparado y su relación con el poder judicial. Se discuten varios temas como la necesidad de concebir el debate sobre los poderes judiciales desde la perspectiva del derecho comparado, las familias jurídicas y autores como René David y Pierangelo Catalano. También se mencionan las características de la tradición jurídica occidental y autores como Berman, Habermas y Ferrajoli en el ámbito del derecho constitucional comparado.
Este documento resume los elementos fundamentales del delito, incluyendo su definición, elementos constitutivos como la acción, tipicidad, antijuricidad y culpabilidad. También describe los sujetos del delito como el sujeto activo (criminal) y pasivo (víctima), así como los objetos del delito material y jurídico. Además, menciona algunos delitos contra la vida como el homicidio y define la escena del delito como el lugar donde ocurre un hecho delictivo y donde se puede encontrar evidencia.
La acción es el primer elemento del delito y puede ser positiva u omitida. Para que haya delito, la acción debe causar un resultado a través de una relación de causalidad. El segundo elemento es la tipicidad, que requiere que la acción encaje en un tipo penal descrito por la ley. No hay delito si falta la acción o la tipicidad.
Este documento define el delito y sus elementos constitutivos. Explica que un delito implica apartarse de la ley y lo define como un acto u omisión sancionado por la ley penal. Enumera los elementos de un delito como la acción, tipicidad, antijuricidad, culpabilidad e imputabilidad. Además, analiza la teoría del delito, los sujetos del delito como el activo y pasivo, los objetos del delito material y jurídico, y algunos delitos contra la vida como el homicidio. Finalmente, define la escena
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germina legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación de los futuros profesionales en el derecho en su fase incipiente, preparándolo para entender, comprender y desarrollar exitosamente su futura profesión y mejorar las habilidades y destrezas de profesionales que ya estén en su ejercicio profesional.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela
www.iafjsr.com.ve
Este documento trata sobre los delitos contra la administración de justicia y el orden público según el Código Penal venezolano. Explica que la administración de justicia es fundamental para garantizar el trato igualitario de los ciudadanos y evitar actuaciones que perjudiquen la reputación de la justicia. Se clasifican los delitos contra la administración de justicia en negativa a servicio legal debido, simulación de hechos, calumnia, falso testimonio, soborno de testigos, prejuicio de litigante, prevaricación, enc
TEORIA DE LA ARGUMENTACION JURICIA 2, NO ES DE MI AUTORIAjossue reyes
El documento presenta un resumen de varias teorías de la argumentación jurídica, incluyendo las teorías de Perelman sobre la nueva retórica, Alexy sobre el discurso práctico jurídico, MacCormick sobre los casos difíciles, Toulmin sobre los modelos de argumentos, Aarnio sobre la aceptabilidad racional y Dworkin sobre la teoría interpretativa del derecho. Explica los conceptos y reglas clave de cada teoría.
La teoría del delito requiere que una conducta sea típica, antijurídica y reprochable para ser punible. Para ser considerada un delito, una acción u omisión debe encajar dentro de la descripción de una conducta prohibida por la ley y ser imputable y culpable.
La Constitución, es una norma jurídica de cumplimiento obligatorio; es a su vez una norma del sistema político, económico y jurídico del Estado. El Derecho Procesal Constitucional se encuentra vinculado al Estado Constitucional de Derecho.
Fundamentos del Derecho constitucional venezolanoMaslhy Sanz F
El documento presenta una introducción al derecho constitucional venezolano. Explica la evolución histórica del derecho constitucional desde la antigua Grecia y Roma hasta la actualidad. Luego define el objeto del derecho constitucional y explica conceptos como el orden jurídico, la importancia del derecho constitucional como ciencia jurídica y política, y las causas de las crisis constitucionales. Finalmente, analiza la Constitución de Venezuela de 1999 y su sistema de justicia constitucional.
Este documento presenta un mapa conceptual sobre los elementos del delito en derecho penal. El mapa conceptual fue creado por la alumna Nereyda Pérez y revisado por su tutora Gloria Briceño para la cátedra de Derecho Penal. El mapa conceptual también está disponible en línea en la dirección URL provista.
Principios Constitucionales, Generales y Reglas del Derecho ProcesalVladimir Platero
Este documento introduce los principios fundamentales del Derecho Procesal. Define el Derecho Procesal y explica que se basa en principios constitucionales como la independencia judicial y el debido proceso legal. También cubre los principios generales como la bilateralidad, que requiere que ambas partes tengan igualdad de oportunidades para ser escuchadas antes de que el juez tome una decisión. El documento analiza las garantías del debido proceso como el derecho a ser oído y a un juicio justo e imparcial.
Concepto y elementos del delito (doloso) (1)csherlyo
El documento describe los elementos del delito doloso. Estos elementos son: 1) la tipicidad, que se refiere a que la conducta coincida con la descripción de un delito específico en la ley, 2) la antijuricidad, que significa que la conducta va en contra de la ley, y 3) la culpabilidad, que es la responsabilidad de cometer un delito intencionalmente. Para que haya antijuricidad, no pueden estar presentes causales de justificación como la legítima defensa o estado de necesidad.
Este documento resume conceptos clave sobre el Estado, incluyendo sus elementos, fines y teorías sobre su personalidad jurídica. También describe el Estado venezolano, su forma federal y presidencialista según la Constitución de 1999. Finalmente, detalla los diferentes territorios y espacios geográficos que comprenden el territorio nacional venezolano.
El documento presenta una teoría del delito que analiza una conducta a través de varios niveles (tipicidad, antijuridicidad, culpabilidad y punibilidad) para determinar si constituye un delito o no. Explica cada uno de estos niveles detallando conceptos como la tipicidad objetiva y subjetiva, la antijuridicidad, la culpabilidad e imputabilidad, las formas de participación criminal y las consecuencias de los concursos de delitos.
Este documento presenta cuatro planes de clase para enseñar sobre la economía ecuatoriana. Los planes cubren los siguientes temas: 1) Recursos naturales del Ecuador, 2) Agricultura, ganadería y pesca, 3) Industrias y artesanías, y 4) Turismo. Cada plan incluye objetivos, actividades de aprendizaje, recursos, y formas de evaluación. Los planes buscan que los estudiantes comprendan los aspectos económicos del Ecuador a través de la interpretación de mapas, investigación y presentaciones grupales.
Este documento resume los primeros y segundos elementos positivos del derecho penal según la autora Karina Silva. Brevemente describe la acción, tipicidad, sus teorías y clasificaciones, así como las causas de ausencia de tipicidad.
Este documento presenta el plan de estudios del área de ciencias sociales para la Institución Educativa Cárdenas - Centro. Incluye la justificación, objetivos y metodología del área. El plan cubre el estudio de la geografía, la historia y la constitución política para el año lectivo 2009-2010, con el objetivo de fomentar el interés y desarrollo de actitudes hacia la investigación social que contribuyan al conocimiento y comprensión de la realidad histórica, geográfica y política.
Este documento resume la concepción tópica del razonamiento jurídico propuesta por Theodor Viehweg en 1953. Explica que la tópica surge como alternativa a la lógica formal para analizar los razonamientos jurídicos. Se describe brevemente el desarrollo histórico de la tópica desde Aristóteles y Cicerón, y cómo fue importante en la Antigüedad y Edad Media. Finalmente, introduce las ideas centrales de Viehweg sobre cómo la tópica puede aplicarse al razonamiento y la jurisprud
Este documento resume el Capítulo Segundo de un libro sobre la tópica y el razonamiento jurídico. Explica el contexto de aparición de la tópica jurídica y la concepción de Theodor Viehweg, quien reivindicó el modo de pensar tópico como una alternativa a la lógica formal para analizar los razonamientos jurídicos. También describe brevemente el desarrollo histórico de la tópica desde Aristóteles y Cicerón hasta la Edad Media, cuando formaba parte de la
Este documento resume las perspectivas de varios autores sobre el neoconstitucionalismo. Explica que el neoconstitucionalismo surge de las limitaciones del constitucionalismo clásico para satisfacer las demandas sociales. Se caracteriza por la primacía de la constitución sobre otras leyes y la distinción entre reglas y principios. Autores como Raymundo Gil Rendón, Robert Alexy y Paolo Comanducci describen elementos como la rigidez constitucional, garantías jurisdiccionales, fuerza vinculante e interpretación de acuerdo a derechos y leyes.
El documento describe el surgimiento y principios del neoconstitucionalismo. En 3 oraciones o menos:
1) El neoconstitucionalismo surge en Europa luego de la Segunda Guerra Mundial a raíz de la profunda transformación de los ordenamientos jurídicos con las nuevas constituciones y el rol de los tribunales constitucionales. 2) Representa un cambio en la teoría jurídica con un enfoque en los derechos humanos y su interpretación extensiva por sobre la ley. 3) Implica el paso de un estado legal de derecho a un estado constit
Este documento resume los elementos fundamentales del delito, incluyendo su definición, elementos constitutivos como la acción, tipicidad, antijuricidad y culpabilidad. También describe los sujetos del delito como el sujeto activo (criminal) y pasivo (víctima), así como los objetos del delito material y jurídico. Además, menciona algunos delitos contra la vida como el homicidio y define la escena del delito como el lugar donde ocurre un hecho delictivo y donde se puede encontrar evidencia.
La acción es el primer elemento del delito y puede ser positiva u omitida. Para que haya delito, la acción debe causar un resultado a través de una relación de causalidad. El segundo elemento es la tipicidad, que requiere que la acción encaje en un tipo penal descrito por la ley. No hay delito si falta la acción o la tipicidad.
Este documento define el delito y sus elementos constitutivos. Explica que un delito implica apartarse de la ley y lo define como un acto u omisión sancionado por la ley penal. Enumera los elementos de un delito como la acción, tipicidad, antijuricidad, culpabilidad e imputabilidad. Además, analiza la teoría del delito, los sujetos del delito como el activo y pasivo, los objetos del delito material y jurídico, y algunos delitos contra la vida como el homicidio. Finalmente, define la escena
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germina legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación de los futuros profesionales en el derecho en su fase incipiente, preparándolo para entender, comprender y desarrollar exitosamente su futura profesión y mejorar las habilidades y destrezas de profesionales que ya estén en su ejercicio profesional.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela
www.iafjsr.com.ve
Este documento trata sobre los delitos contra la administración de justicia y el orden público según el Código Penal venezolano. Explica que la administración de justicia es fundamental para garantizar el trato igualitario de los ciudadanos y evitar actuaciones que perjudiquen la reputación de la justicia. Se clasifican los delitos contra la administración de justicia en negativa a servicio legal debido, simulación de hechos, calumnia, falso testimonio, soborno de testigos, prejuicio de litigante, prevaricación, enc
TEORIA DE LA ARGUMENTACION JURICIA 2, NO ES DE MI AUTORIAjossue reyes
El documento presenta un resumen de varias teorías de la argumentación jurídica, incluyendo las teorías de Perelman sobre la nueva retórica, Alexy sobre el discurso práctico jurídico, MacCormick sobre los casos difíciles, Toulmin sobre los modelos de argumentos, Aarnio sobre la aceptabilidad racional y Dworkin sobre la teoría interpretativa del derecho. Explica los conceptos y reglas clave de cada teoría.
La teoría del delito requiere que una conducta sea típica, antijurídica y reprochable para ser punible. Para ser considerada un delito, una acción u omisión debe encajar dentro de la descripción de una conducta prohibida por la ley y ser imputable y culpable.
La Constitución, es una norma jurídica de cumplimiento obligatorio; es a su vez una norma del sistema político, económico y jurídico del Estado. El Derecho Procesal Constitucional se encuentra vinculado al Estado Constitucional de Derecho.
Fundamentos del Derecho constitucional venezolanoMaslhy Sanz F
El documento presenta una introducción al derecho constitucional venezolano. Explica la evolución histórica del derecho constitucional desde la antigua Grecia y Roma hasta la actualidad. Luego define el objeto del derecho constitucional y explica conceptos como el orden jurídico, la importancia del derecho constitucional como ciencia jurídica y política, y las causas de las crisis constitucionales. Finalmente, analiza la Constitución de Venezuela de 1999 y su sistema de justicia constitucional.
Este documento presenta un mapa conceptual sobre los elementos del delito en derecho penal. El mapa conceptual fue creado por la alumna Nereyda Pérez y revisado por su tutora Gloria Briceño para la cátedra de Derecho Penal. El mapa conceptual también está disponible en línea en la dirección URL provista.
Principios Constitucionales, Generales y Reglas del Derecho ProcesalVladimir Platero
Este documento introduce los principios fundamentales del Derecho Procesal. Define el Derecho Procesal y explica que se basa en principios constitucionales como la independencia judicial y el debido proceso legal. También cubre los principios generales como la bilateralidad, que requiere que ambas partes tengan igualdad de oportunidades para ser escuchadas antes de que el juez tome una decisión. El documento analiza las garantías del debido proceso como el derecho a ser oído y a un juicio justo e imparcial.
Concepto y elementos del delito (doloso) (1)csherlyo
El documento describe los elementos del delito doloso. Estos elementos son: 1) la tipicidad, que se refiere a que la conducta coincida con la descripción de un delito específico en la ley, 2) la antijuricidad, que significa que la conducta va en contra de la ley, y 3) la culpabilidad, que es la responsabilidad de cometer un delito intencionalmente. Para que haya antijuricidad, no pueden estar presentes causales de justificación como la legítima defensa o estado de necesidad.
Este documento resume conceptos clave sobre el Estado, incluyendo sus elementos, fines y teorías sobre su personalidad jurídica. También describe el Estado venezolano, su forma federal y presidencialista según la Constitución de 1999. Finalmente, detalla los diferentes territorios y espacios geográficos que comprenden el territorio nacional venezolano.
El documento presenta una teoría del delito que analiza una conducta a través de varios niveles (tipicidad, antijuridicidad, culpabilidad y punibilidad) para determinar si constituye un delito o no. Explica cada uno de estos niveles detallando conceptos como la tipicidad objetiva y subjetiva, la antijuridicidad, la culpabilidad e imputabilidad, las formas de participación criminal y las consecuencias de los concursos de delitos.
Este documento presenta cuatro planes de clase para enseñar sobre la economía ecuatoriana. Los planes cubren los siguientes temas: 1) Recursos naturales del Ecuador, 2) Agricultura, ganadería y pesca, 3) Industrias y artesanías, y 4) Turismo. Cada plan incluye objetivos, actividades de aprendizaje, recursos, y formas de evaluación. Los planes buscan que los estudiantes comprendan los aspectos económicos del Ecuador a través de la interpretación de mapas, investigación y presentaciones grupales.
Este documento resume los primeros y segundos elementos positivos del derecho penal según la autora Karina Silva. Brevemente describe la acción, tipicidad, sus teorías y clasificaciones, así como las causas de ausencia de tipicidad.
Este documento presenta el plan de estudios del área de ciencias sociales para la Institución Educativa Cárdenas - Centro. Incluye la justificación, objetivos y metodología del área. El plan cubre el estudio de la geografía, la historia y la constitución política para el año lectivo 2009-2010, con el objetivo de fomentar el interés y desarrollo de actitudes hacia la investigación social que contribuyan al conocimiento y comprensión de la realidad histórica, geográfica y política.
Este documento resume la concepción tópica del razonamiento jurídico propuesta por Theodor Viehweg en 1953. Explica que la tópica surge como alternativa a la lógica formal para analizar los razonamientos jurídicos. Se describe brevemente el desarrollo histórico de la tópica desde Aristóteles y Cicerón, y cómo fue importante en la Antigüedad y Edad Media. Finalmente, introduce las ideas centrales de Viehweg sobre cómo la tópica puede aplicarse al razonamiento y la jurisprud
Este documento resume el Capítulo Segundo de un libro sobre la tópica y el razonamiento jurídico. Explica el contexto de aparición de la tópica jurídica y la concepción de Theodor Viehweg, quien reivindicó el modo de pensar tópico como una alternativa a la lógica formal para analizar los razonamientos jurídicos. También describe brevemente el desarrollo histórico de la tópica desde Aristóteles y Cicerón hasta la Edad Media, cuando formaba parte de la
Este documento resume las perspectivas de varios autores sobre el neoconstitucionalismo. Explica que el neoconstitucionalismo surge de las limitaciones del constitucionalismo clásico para satisfacer las demandas sociales. Se caracteriza por la primacía de la constitución sobre otras leyes y la distinción entre reglas y principios. Autores como Raymundo Gil Rendón, Robert Alexy y Paolo Comanducci describen elementos como la rigidez constitucional, garantías jurisdiccionales, fuerza vinculante e interpretación de acuerdo a derechos y leyes.
El documento describe el surgimiento y principios del neoconstitucionalismo. En 3 oraciones o menos:
1) El neoconstitucionalismo surge en Europa luego de la Segunda Guerra Mundial a raíz de la profunda transformación de los ordenamientos jurídicos con las nuevas constituciones y el rol de los tribunales constitucionales. 2) Representa un cambio en la teoría jurídica con un enfoque en los derechos humanos y su interpretación extensiva por sobre la ley. 3) Implica el paso de un estado legal de derecho a un estado constit
NEOCONSTITUCIONALISMO: El poder de los Jueces constitucionales en la defensa ...Juan Franco
El documento describe el neoconstitucionalismo como una corriente jurídica que surgió en Europa luego de la Segunda Guerra Mundial. Se origina con la constitucionalización de los ordenamientos jurídicos europeos y el desarrollo de tribunales constitucionales que garantizan la supremacía constitucional. El neoconstitucionalismo se caracteriza por interpretar extensivamente los derechos fundamentales y aplicarlos directamente, influyendo en todo el sistema jurídico y en el debate político. Esta corriente se ha expandido a otras regiones con el for
Este documento describe la historia de la revisión del Código Civil en Rusia y Alemania como ejemplos de cómo se debe preparar cuidadosamente una revisión de código. En Rusia, la revisión tomó 24 años de trabajo de un comité que consultó ampliamente a académicos y juristas. En Alemania, la revisión tomó casi 30 años con la participación de comisiones técnicas y legislativas. El documento argumenta que una revisión de código requiere un proceso largo y cuidadoso de consulta y debate para asegurar que ref
La filosofía del derecho estudia los fundamentos, la evolución histórica y el objeto de la filosofía del derecho. Examina perspectivas como el derecho natural, positivismo y escuelas de pensamiento. También cubre campos como teoría del derecho, justicia, ciencia jurídica y cómo se relaciona con disciplinas auxiliares como historia, economía e informática. El documento concluye que la filosofía busca hallar las causas fundamentales de los fenómenos y es importante para comprender todas las ciencias.
La sociología jurídica y sus representantes con principales aportes de vital importancia , mediante este pdf podrás aprender y saber mas sobre cada uno de ellos , también sobre los aportes qué tuvieron en aquella época , espero les sirva como me sirvió a mi en este tiempo de estudio del derecho , sociología y política.
El objeto de estudio de la filosofía del derechojuniorati8
La Filosofía del Derecho estudia el derecho desde diversas perspectivas como la teoría del derecho, la epistemología y lógica jurídica, y el fundamento filosófico de conceptos como los derechos humanos. Examina tanto la norma jurídica positiva como las corrientes de pensamiento que sirven de base al derecho. Su objetivo es comprender críticamente la naturaleza, funciones y principios del derecho.
El documento trata sobre el neoconstitucionalismo. Explica que el neoconstitucionalismo surgió después de la Segunda Guerra Mundial y se caracteriza por incluir elementos materiales en las constituciones, más allá de simplemente establecer la organización del poder. También describe el neoconstitucionalismo como una teoría jurídica que refleja los cambios en los sistemas jurídicos hacia un mayor énfasis en los derechos fundamentales y su aplicación por los tribunales constitucionales. Finalmente, menciona algunos autores que han contribuido
MDVA CARTA ASIÁTICA DE DERECHOS HUMANOS Vs CEDH-CADH-CADHP-Menfis Alvarez
El documento resume los principales instrumentos internacionales y regionales de derechos humanos, incluyendo la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948, la Convención Americana de Derechos Humanos de 1969, la Convención Europea de Derechos Humanos de 1950, la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos de 1981, y la no vinculante Carta Asiática de Derechos Humanos de 1998. Explica las instituciones creadas por estos instrumentos como la Corte Interamericana de Derechos Humanos
Este documento proporciona una guía de las principales fuentes de información relevantes para el Máster en Derechos Humanos, Democracia y Justicia Internacional. Describe las fuentes bibliográficas como catálogos, bases de datos y plataformas que contienen libros, revistas y artículos. También detalla fuentes jurídicas como legislación, jurisprudencia y doctrina de ámbito nacional, europeo e internacional. Por último, presenta fuentes de noticias, estadísticas y encuestas de opinión pública
Este documento resume la evolución de la filosofía del derecho a través de la historia. Comenzó con el derecho natural en la antigua Grecia y la edad media, luego pasó al iusnaturalismo racionalista en la era moderna. Finalmente, surgió el positivismo jurídico en el siglo XIX, que justifica el derecho basado únicamente en las leyes positivas. La filosofía del derecho actual abarca temas como la teoría de la justicia, la legislación y la adjudicación.
Este documento presenta el índice general de un libro titulado "Curso Universitario de Sociología del Derecho". El libro consta de 17 capítulos que abordan diversos temas relacionados a la sociología del derecho como sus fundamentos históricos, teorías clásicas de autores como Durkheim y Weber, concepciones del derecho como el iusnaturalismo y positivismo, entre otros. El índice provee una breve descripción de cada capítulo con el objetivo de ofrecer una visión general del contenido y alcance del
El documento explora la indeterminación inherente del derecho. Sostiene que el derecho es concebido por los juristas como un conjunto complejo de normas que se afectan mutuamente. Esta "mecánica jurídica" genera una indeterminación insuperable de las entidades del orden jurídico, similar a la indeterminación de las partículas en mecánica cuántica. Plantea que una teoría del derecho debe explicar cuestiones de identidad, existencia y funcionamiento del orden jurídico, pero la indeterminación dificulta una descripción comple
El documento resume varias escuelas del derecho a través de la historia. Algunas de las escuelas más importantes mencionadas incluyen: 1) La escuela del derecho natural griega fundada por Aristóteles, 2) La escuela del derecho natural romana representada por Cicerón y Ulpiano, 3) La escuela tomista cristiana representada por Santo Tomás de Aquino, 4) La escuela clásica del derecho natural basada en la razón de Descartes, 5) La escuela positivista que estudia las normas legales vigentes sin consideraciones é
El documento describe las tareas fundamentales de la filosofía del derecho. Explica que la filosofía del derecho se preocupa por la justicia y tiene dos preguntas básicas: ¿qué es el derecho justo? y ¿cómo se logra la justicia en el derecho? Sus tareas son desarrollar una teoría de la justicia racional y una doctrina sobre la validez del derecho. También debe apoyarse en la experiencia para estudiar problemas de justicia y generalizar hallazgos que conduzcan a la verdad.
Lecciones de Filosofía del Derecho - Bruno LeoniAcracia Ancap
Dentro del liberalismo del siglo XX, Bruno Leoni ocupa una posición de primer plano. En sus escritos podemos reconocer la más rigurosa filosofía del derecho de inspiración individualista, la cual parte de la acción intencionada de los individuos (y en particular de las «reclamaciones» de cada uno respecto a los comportamientos de los demás) para explicar el origen y la naturaleza del universo normativo. La riqueza y la originalidad de esta teoría aparecen claramente en estas Lecciones de Filosofía del Derecho dictadas por Bruno Leoni en 1959 en la Facultad de Derecho de la Universidad de Pavía. El presente volumen revela el conocimiento de un gran protagonista de las Ciencias Sociales, que ofrece una interesante reflexión teórica, unida a una rigurosa comparación entre el autor y algunos pensadores fundamentales del siglo XX (concretamente Hans Kelsen y Max Weber). Las presentes Lecciones ayudan también a comprender la extraordinaria potencialidad de la tradición «austriaca» de las Ciencias Sociales, con autores tales como Menger, Mises, Hayek o Rothbard. Utilizando en el ámbito jurídico el individualismo metodológico, los análisis sobre el origen evolutivo de las instituciones y la teoría del valor subjetivo, Leoni demuestra cómo no sólo la economía, sino toda la reflexión sobre la sociedad puede obtener enormes beneficios de las enseñanzas de la Escuela Vienesa. Carlo Lottieri, autor del Prefacio al presente volumen, es profesor de Ciencia Política en la Universidad de Siena, autor del libro Le ragioni del diritto. Libertà individuale e ordine giuridico nel pensiero di Bruno Leoni.
Este documento presenta tres preguntas sobre temas jurídicos. La primera pregunta discute la influencia histórica del derecho y cómo el estudio de la historia del derecho permite comprender mejor las instituciones, su origen y evolución. La segunda pregunta explica brevemente la interpretación ética de Kant centrada en la libertad humana y la dignidad. La tercera pregunta resume la filosofía económica de Kant que buscaba la paz entre las naciones.
2. Anales de la Cátedra Francisco Suárez , 39 (2005) pp. 289-313 2005: Derecho y Justicia en una sociedad global. La edición de los Anales de la Cátedra Francisco Suárez se remonta a 1961, año en que apareció su primer número. Desde entonces, se han editado más de treinta volúmenes y se han producido importantes cambios en el ámbito académico al que se dirige la revista, cambios que afectan no sólo a la propia reflexión jurídica, sino también el objeto de la misma. Los ACFS pretenden seguir siendo un medio de comunicación en el campo de la filosofía jurídica y política, un instrumento en el que se puedan intercambiar las conclusiones de la reflexión filosófica sobre los problemas que plantea la organización política de la convivencia de los individuos, especialmente de los problemas planteados por el recurso al derecho como instrumento para esa organización.
3. Anales de la Cátedra Francisco Suárez , 39 (2005) pp. 289-313 Más de veinte expertos internacionales participan en un libro de la UGR sobrejusticia yderecho en una sociedad global Desde la encrucijada político-jurídica de la globalización hasta las bases morales y las funciones geopolíticas de las normas internacionales de los derechos de las minorías, pasando por una nueva redefinición del concepto de justicia en el mundo globalizado o la teoría general del derecho, este libro que con el título “Derecho y justicia en una sociedad global” que publica la editorial Universidad de Granada en el número 39 de los “Anales de la Cátedra Francisco Suárez”, en colaboración con el Departamento de Filosofía del Derecho, contiene una treintena de ponencias de otros tantos especialistas de todo el mundo.
4. Anales de la Cátedra Francisco Suárez , 39 (2005) pp. 289-313 Entre los ponentes, figuran Juan Ramón Capella, Luigi Ferrajoli, Nancy Fraser, JürgenHabermas, David Held, WillKymlicka, Francisco Laporta, NeilMacCormick, UmaNarayan, Boaventura de Sousa Santos, ItaruShimazu, Agustín Squella, GuntherTeubner, William Twining, o Iris Young. El libro “Derecho y Justicia en una sociedad global” trata, entre otros aspectos, de la crisis de la democracia en la era de la globalización; de la constitución política para la sociedad mundial pluralista; de los principios del orden cosmopolita, de la globalización e imperio de la ley; del proceso constitucional europeo; de colonialismo, género, sector laboral informal y justicia social; de las decisiones individuales y colectivas: concepto de derecho y cambio social; o de la responsabilidad y justicia global: un modelo de conexión.
5. Anales de la Cátedra Francisco Suárez , 39 (2005) pp. 289-313 Professor Sir Neil MacCormick Es Profesor Emeritus de Derecho Público Internacional en la Universidad de Edimburgo; ha sido Profesor Regius 1972-2008; Profesor de Investigación 1997-99, y hasta 2004. (Decano de la Facultad de Derecho, 1973-76, 1985-88; Miembro Provo de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales y Decano de Ciencias Sociales 1994-97 Vice-Principal de Relaciones Foráneas Internacionales 1997-99.)
6. Anales de la Cátedra Francisco Suárez , 39 (2005) pp. 289-313 Professor Sir Neil MacCormick El Profesor MacCormick fue Miembro Invitado de la “FinnishAcademy of Sciences”, y Miembro de “AcdemiaEuroipaea”. Catedrático y Tutor en Jurisprudencia en el “BalliolCollege Oxford” 1967-72; y Catedrático en Jurisprudencia en “St. AndrewsUniversity (Queen'sCollege Dundee)” 1965-67. SHAPIRO, Fred R., “The Most-Cited Legal Books Published Since 1978”, 29 The Journal of Legal Studies 397 (2008) LOS 10 LIBROS BRITÁNICOS Sus mayores contribuciones académicas lo son La Teoría Analítica Legal (institutional theory of law), Estudios de razonamiento Legal y La Filosofía Legal y Política, especialmente La Teoría de La Soberanía.
7. Anales de la Cátedra Francisco Suárez , 39 (2005) pp. 289-313 Professor Sir Neil MacCormick El lugar común de que las proposiciones jurídicas son intrínsecamente argumentabIes se opone al lugar común rival de que el Estado de Derecho (Rule of Law) es valorado en consideración a la certeza jurídica. La reconciliación de esos aparentes contrarios toma en cuenta las aportaciones de las teorías de la retórica y de las teorías procedímentales de la razón práctica, situando así el problema de la indeterminación del Derecho en el contexto del carácter cuestionable de la acción estatal en los Estados libres. Esto no es incompatible con, sino exigido por, el Estado de Derecho, que es indebidamente considerada como asegurador de la certeza jurídica; la certeza derrotable es lo que resulta más deseable o alcanzable. 1 1 Este trabajo es una versión modificada del presentado al PerelmanSymposiumen el 20.0 WorldCongress in Philosophy celebrado en Boston en agosto de 1998.
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10. El proceso constitucional europeo: Una visión teórica I. LA CONVENCION: ¿QUE Y QUIEN? Representantes de los gobiernos de todos los Estados miembros y de los países candidatos a la adhesión -veintiocho en total, cada uno de ellos con un suplente. Representantes de los parlamentos nacionales de todos los Estados miembros y de los países candidatos a la adhesión ---cincuenta y seis en total, cada uno de ellos con un suplente. Dieciséis miembros del Parlamento Europeo, cada uno de ellos con un suplente, y dos representantes de la Comisión Europea. EI Defensor del Pueblo Europeo y representantes del Comité Económico y Social y del Comité de las Regiones, todos ellos en calidad de observadores. Un Secretario General, asistido además por una secretaría diligente y laboriosa cuyos miembros procedían de la Secretaría General del Consejo, el Parlamento y la Comisión.
33. de competencia complementaria, Sin implicar un poder legislativo ejercido en el nivel general de la Unión. Con estas restricciones se mantiene la primacía del Derecho de la Unión sobre el de los Estados miembros Se establece una disposición para definir y realizar una Política Exterior y de Seguridad Común que competerá especialmente al Consejo Europeo y a un nuevo Ministro de Asuntos Exteriores de la Unión, que también será uno de los Vicepresidentes de la Comisión.
34. El proceso constitucional europeo: Una visión teórica 4. LA CONSTlTUCION PROPUESTA La Parte I La Constitución define las instituciones principales de la Unión: EI Parlamento, que representa directamente a los ciudadanos de Europa en la elaboración de las leyes y en el control del Ejecutivo. EI Consejo Europeo(compuesto por los Jefes de Estado o de Gobierno), con una nueva disposición en cuanto a la presidencia, que será de dos años y medio, dará a la Unión los impulsos y orientaciones necesarios para realizar sus actividades, pero no tendrá poder legislativo. EI Consejo de Ministros(uno por Estado miembro), que ejercerá conjuntamente con el Parlamento la función legislativa y también tendrá funciones ejecutivas delegadas.
35. El proceso constitucional europeo: Una visión teórica 4. LA CONSTlTUCION PROPUESTA La Parte I La Comisión Europea,que ostenta esencialmente la función ejecutiva en nombre de la UE, supervisa la aplicación de las disposiciones de la Constitución y el Derecho de la Unión, y ejercita el derecho fundamental de iniciativa legislativa bajo la orientación del Consejo Europeo y sujeto a las decisiones legislativas finales del Parlamento y del Consejo. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea,con competencia sobre las cuestiones entre los Estados miembros y las Instituciones, y de las Instituciones entre si, en relación con la validez de las leyes de la Unión y el cumplimiento de las obligaciones de la Unión; igualmente tiene poder para determinar las cuestiones del Derecho de la Unión referidas a él por los Tribunales de los Estados miembros, pero, por otra parte, con pocas competencias en lo que se refiere a los recursos interpuestos por los ciudadanos.
36. El proceso constitucional europeo: Una visión teórica 4. LA CONSTlTUCION PROPUESTA La Parte I EI Banco Central Europeo,responsable del euro y del Tribunal de Cuentas. Órgano responsable de velar por una buena gestión financiera de la Unión. Además, actúa como órgano consultivo del Comité de las Regiones y del Comité Económico y Social, una situación que no varía mucho con respeto a la que se daba con anterioridad. No obstante, el Comité de las Regiones sí que adquiere nuevos poderes para actuar en nombre de las regiones interponiendo recursos respecto de leyes que considere que violan el principio de subsidiariedad.
37. El proceso constitucional europeo: Una visión teórica 4. LA CONSTlTUCION PROPUESTA La Parte I La Parte I también establece que la Unión Europea tendrá personalidad jurídica (anteriormente, sólo disfrutaba de esta condición la Comunidad Europea como "pilar" interno de la Unión que se estableció en Maastricht en 1992), lo cual permitirá que, por primera vez, la UE pueda firmar tratados a título propio, incluido el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales (de aquí en adelante "Convenio Europeo de los Derechos Humanos") y ser miembro de organismos internacionales. La Parte I concluye con una "cláusula de retirada" (Articulo 1-60), que ofrece a los Estados miembros que decidan dejar de pertenecer a la Unión los instrumentos apropiados para continuar las relaciones tras su salida.
38. El proceso constitucional europeo: Una visión teórica 4. LA CONSTlTUCION PROPUESTA La Parte II La Parte II comprende la Carta de los Derechos Fundamentales, que será vinculante jurídicamente (en Niza en el año 2000, sólo tenía el carácter de declaración política). Vincula a todas las instituciones de la Unión Europea, pero sólo vincula a las autoridades de los Estados miembros cuando hayan sido incorporadas al Derecho de la Unión.
39. El proceso constitucional europeo: Una visión teórica 4. LA CONSTlTUCION PROPUESTA La Parte II Por otra parte, esto no afectará a la legislación sobre derechos humanos de los Estados miembros, y el texto de la Carta (que refleja el Convenio Europeo de los Derechos Humanos) está confeccionado para contribuir a evitar conflictos con el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo y su amplia jurisprudencia. A partir de ahora, los Estados miembros no podrán transferir tomas de decisiones a la Unión que puedan privar a los ciudadanos de los derechos protegidos constitucionalmente por el derecho de sus respectivos países.
40. El proceso constitucional europeo: Una visión teórica 4. LA CONSTlTUCION PROPUESTA La Parte III La Parte III clarifica con más detalle las políticas y cada uno de los ámbitos de competencia de la Unión. Esta parte se deriva prácticamente en su totalidad de los ya existentes Tratado de la Unión Europea y Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, modificados recientemente por el Tratado de Niza de 2000.
41. El proceso constitucional europeo: Una visión teórica 4. LA CONSTlTUCION PROPUESTA La Parte III De este modo, se adaptan las disposiciones de los Tratados al nuevo marco constitucional, y los plantea en un orden más lógico e inteligible (siguen la misma distribución de los elementos constitucionales centrales de la Parte I). Además, contiene disposiciones importantes en cuanto al modo de actuar de las instituciones como desarrollo de la Parte I.
42. El proceso constitucional europeo: Una visión teórica 4. LA CONSTlTUCION PROPUESTA La Parte IV La Parte IV trata sobre la entrada en vigor de la Constitución y los mecanismospara futuras modificaciones, ya sea mediante la creación de una Convención en el caso de revisiones de gran importancia, o mediante procedimientos más simples que requieran la unanimidad del Consejo y el consentimiento de los parlamentos de los Estados miembros en temas que se consideren de menor importancia.
43. El proceso constitucional europeo: Una visión teórica 4. LA CONSTlTUCION PROPUESTA Consideraciones Generales La Constitución representa, esencialmente, una evolución más que una revolución. Recoge los tratados e instituciones ya existentes y los fusiona en uno solo, que cuenta con una Parte I fundamentalmente constitucional diferenciada del resto, y una Carta de Derechos, a la que también se le concede un apartado especial como Parte II.
44. El proceso constitucional europeo: Una visión teórica 4. LA CONSTlTUCION PROPUESTA Consideraciones Generales Además, simplifica grandemente los instrumentos a través de los cuales la Unión puede actuar. Pero, sobre todo, refuerza el carácter democrático de las actividades legislativas de la Unión, al reconocer un "procedimiento legislativo ordinario" que concede papeles correlativos al Parlamento (que representa directamente a los ciudadanos) y al Consejo (que representa a los ciudadanos en cada uno de sus Estados), en respuesta a las propuestas de la Comisión.
45. El proceso constitucional europeo: Una visión teórica 4. LA CONSTlTUCION PROPUESTA Consideraciones Generales También provee mayor responsabilidad del ejecutivo a nivel Europeo (la Comisión es responsable ante el Parlamento) y en los Estados (existen más posibilidades de control parlamentario de los ministros en el Consejo). Incorpora una mayor exigencia de transparencia y carácter público de todos los actos legislativos, y de la mayoría de los ejecutivos.
46. El proceso constitucional europeo: Una visión teórica 4. LA CONSTlTUCION PROPUESTA Consideraciones Generales Concede un mucho mayor reconocimiento a la diversidad interna de los Estados miembros y a la necesidad de la subsidiariedad con el fin de que se respete la democracia a escala más pequeña de las regiones (algunas de ellas, "naciones sin Estado" perfectamente comparables en tamaño y peso económico a los Estados miembros más pequeños) y las administraciones locales.
47. El proceso constitucional europeo: Una visión teórica 4. LA CONSTlTUCION PROPUESTA Consideraciones Generales La Constitución recoge lo ya existente ---que ha funcionado para beneficio común de los europeos durante medio siglo--, y mejora el marco para que funcione aun mejor. Reconoce la continuidad del acquiscommunautaire en el Preámbulo de la Constitución. Sus autores han actuado según el espíritu de lo que F. A. Hayek, entre otros, denomina el "racionalismo critico"; no se han basado en un plan abstracto, sino en la "critica inmanente" de un régimen relativamente satisfactorio que podría, y de hecho puede, mejorarse adaptando los elementos menos satisfactorios de acuerdo con el principio alentador de incorporar lo más satisfactorio.
48. El proceso constitucional europeo: Una visión teórica 5. PROCEDIMIENTOS LEGISLATIVOS ABIERTOS Y GOBIERNO LlMITADO La Unión contara con un poder legislativo genuino para todo el trabajo legislativo ordinario, que consta del Parlamento Europeo directamente elegido por los ciudadanos y el consejo de Ministros, indirectamente elegido. Todas las deliberaciones legislativas y la toma de decisiones tendrán lugar con un carácter totalmente público. Las nuevas disposiciones permitirán a los parlamentos de los Estados miembros controlar de una forma democráticamente más efectiva la actividad legislativa de los ministros del Consejo.
49. El proceso constitucional europeo: Una visión teórica 5. PROCEDIMIENTOS LEGISLATIVOS ABIERTOS Y GOBIERNO LlMITADO Habrá, además, una disposición mediante la cual el Parlamento recibirá directamente propuestas legislativas por parte de la Comisión. Con ello, se pretende conferirles un nuevo papel como guardianes del principio de subsidiariedad. No obstante, la Constitución mejorará igualmente su capacidad para garantizar la responsabilidad de los ministros en sus respectivos países cuando vayan o regresen de las reuniones del Consejo, puesto que los ministros ya no deliberarán ni decidirán en privado a la hora de crear leyes.
54. El proceso constitucional europeo: Una visión teórica 6. ¿UNA DEMOCRACIA A ESCALA CONTINENTAL? La mayoría de los parlamentarios intentan concienzudamente representar a sus votantes y hacer efectivas las protestas razonables que puedan surgir en torno a los asuntos legislativos. Pero el súper gigante europeo, este poderoso buque, sólo responde lentamente a los cambios de rumbo determinados por aquellos que están en el puente de mandos. Es difícil de advertirlo, y mucho menos de agradecerlo, pero los parlamentarios europeos hacen sus mayores esfuerzos para ofrecer una representación que dé respuesta a sus electores.
55. El proceso constitucional europeo: Una visión teórica Sección II: La Constitución y la Teoría Jurídica El proceso que produjo el "Tratado por el que se establece una Constitución para Europa" resulto fascinante desde el punto de vista tanto de un participante, como desde el de un observador. El proceso completo plantea cuestiones para los teóricos constitucionales y los desafía a involucrarse en el debate haciendo uso de su propia pericia en términos lo suficientemente comprensibles como para contribuir al proceso público de toma de decisiones.
56. El proceso constitucional europeo: Una visión teórica Sección II: La Constitución y la Teoría Jurídica Este, como se recordará, ha vuelto a las manos de los ciudadanos de Europa, al decidir estado por estado, con el requisito de ratificación por parte de cada uno de estos. Algunos tomarán su decisión tras votaciones en sus respectivos parlamentos sin más. Otros optarán por la democracia directa y decidirán según el resultado de un referéndum, y acatarán esa decisión o bien la combinarán con la ratificación legislativa en caso de obtener una respuesta positiva en el referéndum.
57. El proceso constitucional europeo: Una visión teórica l. ¿TRATADO O CONSTITUCION? La Convención, considerando su creación como el anteproyecto de la Constitución, tenía el objetivo de mostrar una vía por la cual la Unión pudiera pasar de ser una colectividad de estados fundamentada en el Tratado, a ser una entidad jurídica formalmente constitucionalizada con personalidad propia en el derecho internacional. La Unión coexiste con sus Estados miembros en un ambiente de "pluralismo constitucional” bajo el cual cada Estado conserva su propia independencia constitucional, incluyendo el derecho de "retirada".
58. El proceso constitucional europeo: Una visión teórica l. ¿TRATADO O CONSTITUCION? Por otro lado, el carácter constitucional de la Unión ya ha sido desarrollado autónomamente por interpretación judicial de una forma que probablemente no se vera debilitada por los términos del Articulo I-1 y el "principio de atribución", puesto que es el hermano gemelo del "principio de primacía del derecho europeo", que se deriva de las primeras decisiones constitucionalizadoras del Tribunal de Justicia. “I-1 La siguiente Constitución, que nace de la voluntad de los ciudadanos y de los Estados de Europa de construir un futuro común, crea la Unión Europea, a la que los Estados miembros atribuyen competencias para alcanzar sus objetivos comunes. La Unión coordinará las políticas por las cuales los Estados miembros pretenden alcanzar estos objetivos y ejercerán en una base comunitaria las competencias que le atribuyan."
59. El proceso constitucional europeo: Una visión teórica l. ¿TRATADO O CONSTITUCION? Es razonable llegar a la conclusión de que la Unión es un sistema de gobierno híbrido, que tiene algunos elementos de un sistema federal y otros de una organización internacional de un tipo particularmente privado, que aspira a un autogobierno democrático y efectivo en varios niveles, guiado por el principio de subsidiariedad.
60. El proceso constitucional europeo: Una visión teórica 2. ¿FUE LEGITIMO EL PROCESO? La tarea de la Convención era estudiar el problema del alejamiento de la Unión de sus ciudadanos, analizar, hacer propuestas, y si se llega a un acuerdo, redactar un proyecto. Se demostró que esta redacción era posible y se consiguió gracias al extenso consenso en la Convención.
61. El proceso constitucional europeo: Una visión teórica 2. ¿FUE LEGITIMO EL PROCESO? EI pouvoir constituant,el poder de creación de la Constitución, permanece en los Estados y, dado que son democracias, permanece con ellos sólo como fideicomisarios respecto de sus ciudadanos. Como ser democráticos es una condición para que los Estados sean Estados miembros de la Unión, deben actuar bien en respuesta a un referéndum, o bien mediante parlamentos representativos como personificación de la voluntad general según su propia tradición y práctica constitucionales.
62. El proceso constitucional europeo: Una visión teórica 3. EL SIGNIFICADO DE LA CONTINUlDAD CONSTlTUCIONAL EI Tratado de la Constitución contiene en su preámbulo: “DECIDIDOS a continuar la obra realizada en el marco de los Tratados constitutivos de las Comunidades Europeas y del Tratado de la Unión Europea, garantizando la continuidad delacquis communautaire... ”
63. El proceso constitucional europeo: Una visión teórica 3. EL SIGNIFICADO DE LA CONTINUlDAD CONSTlTUCIONAL La Constitución no se inventa la Unión de la nada. Reconstituye un asunto ya en marcha, que ya tiene una constitución funcional. Si la Comunidad Europea del Carbón y del Acero, la Comunidad Económica Europea y el EURATOM no hubiesen existido, nada de lo que está ocurriendo ahora hubiera ocurrido de la misma manera. Constitution of Europe, de Joseph Weiler, en su totalidad, y con muchos más trabajos suyos, es muy elocuente sobre la evolución constitucional de Europa, y también sobre el genuino tipo de sistema de gobierno que es la Unión Europea.
64. El proceso constitucional europeo: Una visión teórica 3. EL SIGNIFICADO DE LA CONTINUlDAD CONSTlTUCIONAL Estas organizaciones, con su novedosa estructura institucional, incluido el "Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas", fueron creadas hace cinco décadas en virtud de los Tratados firmados por los seis fundadores (Bélgica, Francia, Alemania, Italia, Holanda y Luxemburgo). En su momento, el Tribunal decidió que el Tratado de la Comunidad Europea debía, por necesidad, interpretarse como vinculante y, por tanto, como Derecho directamente aplicable en toda la Comunidad, derogando el Derecho nacional. Lo mismo ocurriría con la legislación creada en ejercicio de las competencias conferidas por el Tratado.
65. El proceso constitucional europeo: Una visión teórica 3. EL SIGNIFICADO DE LA CONTINUlDAD CONSTlTUCIONAL De no ser así, declaró el Tribunal, el objetivo de los Estados miembros de establecer un mercado común sin barreras internas sería inalcanzable. Sobre esta supremacía y efectividad directa del Derecho comunitario, se ha reconocido ampliamente que ha sido el motor, en un sentido jurídico más que político, de la "constitucionalizacion de los tratados"
66. El proceso constitucional europeo: Una visión teórica 4. EL PATRIOTISMO CONSTITUCIONAL EUROPEO JürgenHabermas propone: el "patriotismo constitucional.” Los sistemas sociales humanos no tienen por qué fundarse únicamente en los lazos de una afinidad mutua, que surge a raíz de una identidad étnica común real o imaginaria, o por la existencia de una lengua común. Los ciudadanos que comparten una constitución y que están convencidos de participar en la comunidad política que ésta define, pueden unirse precisamente gracias a su lealtad común a la constitución, o más bien, al sistema jurídico y constitucional que de ella emana.
67. El proceso constitucional europeo: Una visión teórica 4. EL PATRIOTISMO CONSTITUCIONAL EUROPEO Si la subsidiariedad y la proporcionalidad se supervisan adecuadamente de acuerdo con la forma en que están definidas, las pequeñas democracias de los municipios, las ciudades, las regiones y las naciones sin estado podrán hacer las tareas que mejor se pueden realizar con el compromiso y el conocimiento locales.
68. El proceso constitucional europeo: Una visión teórica 4. EL PATRIOTISMO CONSTITUCIONAL EUROPEO Los Estados miembros, como marco de una identificación democrática sólida, no sufrirán una intromisión excesiva por parte del poder legislativo europeo con leyes innecesarias y no deseadas que se inmiscuyan sin razón alguna en el Derecho nacional.
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70. de la consecución de un desarrollo satisfactorio y sostenible tanto en Europa como en el mundo, y
71. de una contribución justa a la prosperidad de los países en desarrollo, puede que no vean la Unión Europea como un súper-Estado amenazador e imponente, "un país llamado Europa".
72. El proceso constitucional europeo: Una visión teórica CONCLUSION Si esto es así, la Unión Europea podrá entonces inspirar un patriotismo en torno a una constitución única para una confederación democrática sin precedentes en la historia universal.
73. El proceso constitucional europeo: Una visión teórica REFLEXCION CRITICA Cabe mencionar que el "TRATADO POR EL QUE SE ESTABLECE UNA CONSTITUCION PARA EUROPA" no ha sido ratificado por todos los Estados miembros. Pero de todos modos; Si la Unión Europea puede adquirir un verdadero carácter democrático a escala continental, siendo un ente que ya cuenta con veintiuna lenguas oficiales, a las que pronto se les podrían sumar más, por no hablar de la multiplicidad de "Lenguas regionales y minoritarias" sobre las que la Constitución declara que merecen todo el respeto. Y como dice JürgenHabermas “Los sistemas sociales humanos no tienen por que fundarse únicamente en los lazos de una afinidad mutua, que surge a raíz de una identidad étnica común real o imaginaria, o por la existencia de una lengua común.”
74. El proceso constitucional europeo: Una visión teórica REFLEXCION CRITICA Entonces preguntamos: ¿Sería posible aspirar a una Constitución Universal? Por José Gierbolini josegierbolini@gmail.com
Notas del editor
de subsidiariedad.1. m.Der. Criterio que pretende reducir la acción del Estado a lo que la sociedad civil no puede alcanzar por sí misma.2. m.Der. El que se aplica al proceso de integración europea para limitar la intervención de las autoridades comunitarias a los supuestos en que los Estados por sí solos no puedan ser eficaces.