2. Filosofía del Derecho
TAREA DE LA CLASE ANTERIOR:
Elaborar una definición PERSONAL de FILOSOFÍA DEL
DERECHO acorde con los postulados comentados en
la clase anterior.
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Dinámica 2ª parte
CONTESTA 3 PREGUNTAS:
1. De 1 a 10 por ser más completa ¿Qué calificación
le das?
2. ¿Qué aspectos prioriza esta definición y cuáles
deja por fuera?
3. ¿A cuál corriente filosófica (tipo de pensamiento
o ideología) consideras que pertenece esta
definición?
5. La preocupación y el modo de considerar y
abordar la realidad que supone la Filosofía,
puede ser proyectado sobre cualquier sector
de la realidad jurídica, sobre cualquier objeto
del mundo legal: nada se oculta ante su
mirada inquisidora.
Cómo entender la
Filosofía del Derecho
6. La Filosofía del derecho no es mera filosofía
aplicada al derecho como un barniz, sino una
forma de filosofía especial, un capítulo o parte
de la Filosofía General, como lo es la Lógica o
la Teoría del conocimiento. La Filosofía del
derecho constituye una de las dos ramas en
que se desdobla la disciplina filosófica
especial llamada Ética.
7. A la Ética en general le corresponde el estudio del
orden que atañe a la conducta del ser humano de
acuerdo con su naturaleza, con su consciencia.
Cuando la Ética estudia el orden que conviene al
individuo como persona, de acuerdo con su
naturaleza, tenemos la Moral propiamente dicha (Moral
natural); y cuando investiga el orden que al individuo
le conviene como ser social, de acuerdo con su
naturaleza, tenemos el Derecho natural: es aquí donde
nace la Filosofía del derecho.
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A las Ciencias jurídicas les interesa lo particular,
preguntar qué es derecho aquí y ahora, ese derecho
que ha sido establecido por un cierto sistema; pero la
Filosofía jurídica va más profundo, y cuestiona qué es
el derecho en general.
Ciencias Jurídicas:
derecho en particular
Filosofía jurídica:
derecho en general
Delito específicos: robos, mentiras,
estafas, sobornos, injurias…
La antijuridicidad en general
El ser humano en su oficio: Alcalde,
funcionario, marido, heredero, …
Que es la personería jurídica en sí, el
soporte de todas las personalidades
Tipos de gobiernos políticos propios
de cada país…
La importancia de la política en sí…
9. En épocas de crisis histórica y de disolución espiritual
(como la actual), incumbe a la Filosofía, como
concepción del mundo, una eminente función:
reajustar y volver a modelar, desde su permanente
reflexión, todas las formas sociales, todas las
estructuras e instituciones, para devolverle el sentido a
la vida. Así entonces, tampoco la filosofía jurídica
descansa en esa ardua misión de replantear el rumbo
del derecho.
10. TAREAS de la
Filosofía del Derecho
El tema de la filosofía del derecho es
el "derecho justo", la "justicia". Por
eso sus dos preguntas básicas rezan:
¿Qué es derecho justo?, y ¿Cómo
conocemos o realizamos el derecho
con justicia? De ambas preguntas
surgen conjuntamente las tareas de la
filosofía del derecho: desarrollar una
teoría de la justicia racional como
medida de valoración para el derecho
positivo, y con ello también una
doctrina acorde sobre la validez del
derecho.
11. La filosofía del derecho, si no quiere ser simplemente
teórica y especulativa, tiene que apoyarse también en
la experiencia; desde ella tienen que estudiarse y
discutirse los diversos problemas que se enfrentan en
la búsqueda de la justicia y generalizar esos hallazgos
más significativos que allanarán el camino hacia la
verdad: Razón y experiencia unidas por la justicia.
12. Si hemos definido el punto de vista filosófico frente al
científico hablando del carácter general o universal del
primero frente al específico y particular del científico,
es obvio inferir que la característica principal de la
Filosofía del Derecho será asumir un enfoque universal
sobre los fenómenos jurídicos.
13. Históricamente, la primera forma de reflexión
filosófica sobre lo jurídico que apareció fue la
preocupación por la justicia y el Derecho
Natural, planteada por pensadores griegos
desde 400 años antes de Cristo
14.
15. Las teorías sobre la justicia incluían preguntas tales
como: ¿Qué debe hacer el derecho por la conducta de
los individuos gobernados? ¿Cuál es el criterio para
medir los valores desde el Derecho? ¿Cuáles sistemas
jurídicos se conforman o no con ese criterio escogido,
llámese el bien, la bondad, la verdad o lo útil? De aquí
nació la reflexión sobre el Derecho Natural (universal,
objetivo, eterno, no escrito…) y las corrientes
filosóficas del derecho positivo (regional, subjetivo,
escrito, pasajero…)
Nacimiento del
Derecho Natural
16. El DERECHO NATURAL y las elaboraciones realizadas
alrededor suyo particularmente por los juristas
romanos llegaron a constituir una disciplina con el
nombre de Ciencia del Derecho Natural, que dominó la
reflexión hasta principios del siglo XIX, agrupando la
mayoría de conocimientos que hoy han dado cuerpo a
la Filosofía del Derecho.
17.
18. El uso de la expresión "Filosofía del Derecho" aparece
en 1798, siendo Gustavo Hugo el primero en utilizarla.
En 1821, el idealista alemán Jorge Federico Hegel es el
primero en publicar una obra que utiliza esa expresión,
en su título “Grundlinien der Philosophie des Rechts“.
Entre 1841 y 1845 Antonio Rosmini publica su obra
“Filosofia dei Diritto”, que podemos reconocer como el
primer tratado sistemático de la materia.
El término
Filosofía del Derecho
19. A inicios del siglo XIX surgen varios pensadores
contrarios a los postulados del DERECHO NATURAL,
muy vinculado al cristianismo, dando así más riqueza a
la reflexión filosófica e independizándola de la religión.
Es así como surge la Escuela Histórica, representada
en Alemania por Federico Carlos de Savigny y en
Inglaterra por Henry Summer Maine.
20. En el terreno científico esa corriente dio nacimiento a
la Historia del Derecho, pero en el filosófico demostró
la íntima relación que existe entre el derecho y el
contexto social en el cual se da, tal como lo había
afirmado Montesquieu desde el campo político, quien
planteó el problema de la evolución con referencia a lo
jurídico y señaló que, además del análisis lógico y las
especulaciones aprioristas sobre la justicia (derecho
natural), era necesario reflexionar sobre la vinculación
entre la sociedad y lo jurídico (filosofía del derecho).
21. Es así como surgen las tres grandes corrientes de la
filosofía del derecho:
1. La isnaturalista (derecho natural, ontología)
2. La logicista (los valores del derecho, axiología)
3. La sociológica (relación derecho y sociedad)
Aunque sus enfoques tienden a ser parciales, pues
enfocan prioritariamente una parte de la problemática
con un punto de vista diverso, las 3 enriquecen y
complementan la reflexión filosófica.
22. Dinámica 3ª parte
1. Concepto Iusnaturalista, del
DERECHO NATURAL
Más filosófica, se enfoca en
conceptos fundamentales. Es
más general, universal y
teórica.
2. Concepto logicista, de la
AXIOLOGÍA
Prioriza los principios y valores
del derecho. Enfoca más lo
práctico.
3. Concepto SOCIOLOGISTA,
con enfoque más político.
Prioriza la relación del derecho
con la sociedad. Es colectivista.
24. El estudio del ser del Derecho (ontología jurídica), se
llama así, según estos autores:
1. para Del Vecchio, Gnoseología Jurídica,
2. para Miguel Reale, Ontognoseología Jurídica,
3. para Julius Stone, Jurisprudencia Analítica y
4. para Hans Kelsen teoría fundamental del Derecho.