Este documento describe las empresas unipersonales (E.U.R.L.) en Ecuador. Una E.U.R.L. tiene un solo dueño llamado "gerente-propietario" y debe tener un objeto empresarial único, capital inicial fijado, y puede operar en cualquier lugar del país o fuera de él. El gerente-propietario administra la empresa y representa sus intereses legales sin limitaciones relacionadas a su objeto. Una E.U.R.L. debe disolverse al vencer su plazo determinado o puede disolverse voluntariamente
La constitución de una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (E.I.R.L.) requiere una escritura pública que establezca el nombre, capital, objeto, domicilio y duración de la empresa. La E.I.R.L. es una persona jurídica distinta a su titular con un patrimonio separado, que responde exclusivamente por las obligaciones relacionadas a su giro. El titular sólo responde por el capital aportado. La escritura debe inscribirse en el Registro de Comercio y publicarse en el Diario Oficial.
El documento constituye una empresa individual de responsabilidad limitada llamada "Juan Perez Perez Transporte de Pasajeros y Carga Terrestre Empresa Individual de Responsabilidad Limitada" o "Proyecto Siete Transportes E.I.R.L." para el transporte de pasajeros y carga. Juan Luis Perez Perez es el dueño y administrador de la empresa y tiene amplias facultades para representarla, realizar operaciones bancarias, celebrar contratos, comprar y vender bienes, y otras actividades relacionadas con el objeto de la empresa.
Este documento describe las empresas unipersonales (E.U.R.L.) en Ecuador. Una E.U.R.L. puede ser constituida por una sola persona natural y tiene un solo dueño llamado "gerente-propietario". La E.U.R.L. debe tener nacionalidad ecuatoriana y un domicilio principal en Ecuador, aunque puede operar en otros lugares. El objeto de la empresa debe especificarse claramente y comprender una sola actividad empresarial. El gerente-propietario administra la empresa y representa sus intereses legales. An
Este documento es la constitución de una empresa individual de responsabilidad limitada llamada "TRUCKS SOL E.I.R.L." en Chiclayo, Perú. Orlando Javier Solari Rojas establece la empresa con un capital inicial de S/. 5,000.00. La empresa se dedicará a actividades como la venta de ferretería, maquinaria, repuestos, transporte y más. El documento describe los órganos y funciones de la empresa, así como el capital social, estados financieros, dividendos y disolución. Orlando Javier Solari Rojas es
Este documento constituye una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL) dedicada a la importación, distribución y comercialización de bienes y servicios médicos. La doctora XXXXX aporta S/ 1,000 como capital inicial. La EIRL tendrá como órganos al Titular y la Gerencia. El primer Gerente General nombrado es la misma doctora XXXXX.
Este documento presenta un resumen de la Ley de Compañías de Ecuador. Establece cinco tipos de compañías mercantiles (en nombre colectivo, en comandita simple y dividida por acciones, de responsabilidad limitada, anónima y de economía mixta) y regula aspectos como el objeto social de las compañías, su domicilio, representantes legales y responsabilidades. También incluye disposiciones sobre la constitución de compañías nacionales y extranjeras y aportaciones de bienes.
El documento contiene información sobre:
1) Quiénes pueden asistir a la junta general de una sociedad y ejercer sus derechos.
2) Los elementos que debe contener un acta de junta general.
3) Aspectos relacionados a la emisión de obligaciones por parte de una sociedad.
Este documento contiene la Ley de Empresas Unipersonales de Responsabilidad Limitada aprobada por el Congreso Nacional de Ecuador. El documento incluye la certificación de las fechas en que el proyecto de ley fue discutido y aprobado, así como la carta del Presidente del Congreso enviando la ley al Registro Oficial para su publicación. La ley establece las normas para la constitución, funcionamiento y responsabilidad de las empresas unipersonales en Ecuador.
La constitución de una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (E.I.R.L.) requiere una escritura pública que establezca el nombre, capital, objeto, domicilio y duración de la empresa. La E.I.R.L. es una persona jurídica distinta a su titular con un patrimonio separado, que responde exclusivamente por las obligaciones relacionadas a su giro. El titular sólo responde por el capital aportado. La escritura debe inscribirse en el Registro de Comercio y publicarse en el Diario Oficial.
El documento constituye una empresa individual de responsabilidad limitada llamada "Juan Perez Perez Transporte de Pasajeros y Carga Terrestre Empresa Individual de Responsabilidad Limitada" o "Proyecto Siete Transportes E.I.R.L." para el transporte de pasajeros y carga. Juan Luis Perez Perez es el dueño y administrador de la empresa y tiene amplias facultades para representarla, realizar operaciones bancarias, celebrar contratos, comprar y vender bienes, y otras actividades relacionadas con el objeto de la empresa.
Este documento describe las empresas unipersonales (E.U.R.L.) en Ecuador. Una E.U.R.L. puede ser constituida por una sola persona natural y tiene un solo dueño llamado "gerente-propietario". La E.U.R.L. debe tener nacionalidad ecuatoriana y un domicilio principal en Ecuador, aunque puede operar en otros lugares. El objeto de la empresa debe especificarse claramente y comprender una sola actividad empresarial. El gerente-propietario administra la empresa y representa sus intereses legales. An
Este documento es la constitución de una empresa individual de responsabilidad limitada llamada "TRUCKS SOL E.I.R.L." en Chiclayo, Perú. Orlando Javier Solari Rojas establece la empresa con un capital inicial de S/. 5,000.00. La empresa se dedicará a actividades como la venta de ferretería, maquinaria, repuestos, transporte y más. El documento describe los órganos y funciones de la empresa, así como el capital social, estados financieros, dividendos y disolución. Orlando Javier Solari Rojas es
Este documento constituye una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL) dedicada a la importación, distribución y comercialización de bienes y servicios médicos. La doctora XXXXX aporta S/ 1,000 como capital inicial. La EIRL tendrá como órganos al Titular y la Gerencia. El primer Gerente General nombrado es la misma doctora XXXXX.
Este documento presenta un resumen de la Ley de Compañías de Ecuador. Establece cinco tipos de compañías mercantiles (en nombre colectivo, en comandita simple y dividida por acciones, de responsabilidad limitada, anónima y de economía mixta) y regula aspectos como el objeto social de las compañías, su domicilio, representantes legales y responsabilidades. También incluye disposiciones sobre la constitución de compañías nacionales y extranjeras y aportaciones de bienes.
El documento contiene información sobre:
1) Quiénes pueden asistir a la junta general de una sociedad y ejercer sus derechos.
2) Los elementos que debe contener un acta de junta general.
3) Aspectos relacionados a la emisión de obligaciones por parte de una sociedad.
Este documento contiene la Ley de Empresas Unipersonales de Responsabilidad Limitada aprobada por el Congreso Nacional de Ecuador. El documento incluye la certificación de las fechas en que el proyecto de ley fue discutido y aprobado, así como la carta del Presidente del Congreso enviando la ley al Registro Oficial para su publicación. La ley establece las normas para la constitución, funcionamiento y responsabilidad de las empresas unipersonales en Ecuador.
Este documento presenta la Ley de Compañías del Congreso Nacional de Ecuador. Establece cinco tipos de compañías (en nombre colectivo, en comandita simple, de responsabilidad limitada, anónima y de economía mixta) y regula aspectos como su constitución, funcionamiento, obligaciones de presentación de documentación a la Superintendencia de Compañías y sanciones por incumplimiento.
Este documento presenta la Ley de Compañías del Congreso Nacional de Ecuador. Establece cinco tipos de compañías (en nombre colectivo, en comandita simple, de responsabilidad limitada, anónima y de economía mixta) y regula aspectos como su constitución, funcionamiento, obligaciones de presentación de documentación a la Superintendencia de Compañías y sanciones por incumplimiento.
El documento explica el concepto de hecho imponible en derecho tributario. Define el hecho imponible como el acto o situación que genera la obligación de pagar impuestos según la ley. Explica que el hecho imponible puede ser material o jurídico, y puede estar condicionado o no. También cubre temas como los plazos de pago de impuestos, las prorrogas, y la importancia de no ocultar la verdadera naturaleza de las transacciones para evadir impuestos.
El documento presenta un modelo de minuta para constituir una empresa individual de responsabilidad limitada (E.I.R.L.) dedicada a bienes dinerarios. Establece el nombre y domicilio de la empresa, su objeto social, capital inicial, órganos de gobierno, facultades del gerente y disposiciones aplicables. Designa al titular como gerente de la empresa recién creada.
Este documento describe los pasos para constituir una empresa individual de responsabilidad limitada (EIRL) en Perú. Los pasos incluyen decidir entre constituir una persona natural o jurídica, reservar un nombre comercial, elaborar los estatutos de la empresa en una minuta y elevar la minuta a escritura pública ante un notario. El documento proporciona detalles sobre cada uno de estos pasos para establecer legalmente una EIRL.
El documento define el hecho imponible como el acto o situación establecida por la ley que origina la obligación tributaria. Explica que el hecho imponible puede ser material o jurídico y puede estar condicionado de forma suspensiva o resolutoria. También cubre los efectos del hecho imponible como los plazos de pago y las posibles prorrogas.
El documento define el hecho imponible como el acto o situación establecida por la ley que origina la obligación tributaria. Explica que el hecho imponible puede ser material o jurídico y puede estar condicionado de forma suspensiva o resolutoria. También cubre los efectos del hecho imponible como los plazos de pago y las posibles prorrogas.
Este documento constituye la escritura de una empresa individual de responsabilidad limitada denominada "ASEMKO INGENIEROS E.I.R.L." con un capital inicial de S/ 10,000. Se designa como primer gerente a Katty Yessenia Challco Viza. La empresa tendrá como objeto el desarrollo de proyectos en las áreas de trabajos electromecánicos, mecánicos, eléctricos y de obra civil, entre otros. Se establecen los órganos de administración de la empresa y las atribuciones del titular y
Se trata de un documento que establece la constitución de una sociedad anónima cerrada denominada VENTAS Y SERVICIOS METALICOS RONDOY SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA por parte de Jose Adan Rondoy Diaz, Juan Diego Rondoy Lujan y Maria Mercedes Rondoy Lujan. El capital social suscrito es de S/. 10,000 representado por 1,000 acciones. El objeto social de la empresa es la construcción de estructuras metálicas y la venta de materiales de ferretería. Los estatutos describen aspectos como
La ley de compañías establece las disposiciones generales sobre los tipos de compañías (en nombre colectivo, en comandita, de responsabilidad limitada, anónima y de economía mixta), la constitución, representación legal, administración, deberes de inscripción y funcionamiento de las compañías. Además, prohíbe la formación de compañías contrarias al orden público o que tiendan al monopolio y establece la responsabilidad de quienes cometan fraudes a nombre de una compañía.
Reglamento sobre juntas generales de de sociosLillykzm
Este documento contiene el reglamento sobre juntas generales de socios y accionistas de diferentes tipos de compañías. Establece requisitos como el contenido de la convocatoria, el tiempo entre la convocatoria y la celebración de la junta, la forma de convocar a los comisarios, y el procedimiento para solicitar que el superintendente o su delegado asista a la junta. El objetivo es regular el proceso de convocatoria y celebración de las juntas generales de las compañías.
La ley regula la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL) como una forma de organización empresarial con personalidad jurídica distinta a su titular. La EIRL es constituida por una persona natural para realizar actividades económicas de pequeña empresa. El patrimonio de la EIRL está constituido por los bienes aportados inicialmente por su titular y su responsabilidad se limita a este patrimonio, sin responsabilidad personal del titular. La ley establece los requisitos y procedimientos para la constitución, organización, funcionamiento y
El documento describe la constitución de una sociedad de responsabilidad limitada llamada Empresas Cerda & Fuentes. Se establece que el capital social es de $40.000 dividido en dos cuotas de $20.000 cada una. Se designa a Camilo Fuentes como Gerente y a Nelson Cerda como suplente del Gerente por un periodo de un año. La sociedad tendrá una duración de dos años y se disolverá por diversas causales como vencimiento del plazo o pérdidas que reduzcan el capital por debajo del 50%.
Este documento presenta un resumen de varios temas relacionados con el derecho fiscal y la ley de comercio exterior en México. Explica conceptos clave como el domicilio fiscal, la representación legal ante autoridades fiscales, el registro federal de contribuyentes y las obligaciones de llevar contabilidad. También define el comercio exterior e internacional y señala las normas más relevantes que regulan estas actividades en el país.
Este documento presenta información sobre disposiciones fiscales y de comercio exterior relevantes. Explica conceptos como el domicilio fiscal, representación legal ante autoridades fiscales, obligaciones de llevar contabilidad y conservar documentos. También define el comercio exterior e internacional, y señala normas como la Ley Aduanera y de Comercio Exterior que lo rigen. Finalmente, menciona factores que influyen en la decisión de expandir un negocio a mercados extranjeros.
La presentación describe las características legales de la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL) en Perú. Explica que una EIRL es una entidad constituida por una sola persona para realizar actividades económicas, con un patrimonio separado de su titular. También detalla los requisitos de constitución de una EIRL, como la escritura pública, el registro mercantil, los aportes permitidos y el régimen de los derechos del titular.
Este documento presenta la codificación de la Ley de Compañías expedida por la Comisión Legislativa y Codificación del Congreso Nacional de Ecuador. La ley define cinco tipos de compañías (en nombre colectivo, en comandita simple, de responsabilidad limitada, anónima y de economía mixta) y establece disposiciones generales sobre su constitución, funcionamiento, obligaciones de registro y supervisión por parte de la Superintendencia de Compañías.
Este documento establece la constitución de una sociedad por acciones simplificada llamada XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX SAS en Villavicencio, Colombia. Define que tendrá un capital autorizado de $1.000.000 dividido en 100 acciones de $10.000 cada una, y su objeto principal será el XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX. Establece también los órganos de administración como la Asamblea General de Accionistas y un Gerente, así como los derechos y obligaciones de los accionistas.
Este documento presenta una codificación de la Ley de Compañías en Ecuador. Establece cinco tipos de compañías (en nombre colectivo, en comandita, de responsabilidad limitada, anónima y de economía mixta) y regula aspectos como la constitución, funcionamiento, obligaciones de presentación de documentación y responsabilidades de las compañías y sus representantes. También crea un registro de sociedades bajo la Superintendencia de Compañías para supervisar el cumplimiento de la ley.
Este documento presenta resúmenes de varios artículos de la Ley de Compañías de Ecuador. Establece que hay cinco tipos de compañías (en nombre colectivo, en comandita simple, de responsabilidad limitada, anónima y de economía mixta) y prohíbe compañías contrarias a la ley o el orden público. También requiere que las compañías tengan un domicilio en Ecuador, representantes legales, y envíen documentos contables e informes anuales a la Superintendencia de Compañías.
Este documento presenta resúmenes de varios artículos de la Ley de Compañías de Ecuador. Establece que hay cinco tipos de compañías (en nombre colectivo, en comandita simple, de responsabilidad limitada, anónima y de economía mixta) y que deben registrarse en el Registro Mercantil. También requiere que las compañías envíen documentación financiera y de gestión anualmente a la Superintendencia de Compañías de Ecuador para su supervisión y control.
Este documento presenta resúmenes de varios artículos de la Ley de Compañías de Ecuador. Establece que hay cinco tipos de compañías (en nombre colectivo, en comandita simple, de responsabilidad limitada, anónima y de economía mixta) y prohíbe compañías contrarias a la ley o el orden público. También requiere que las compañías tengan un domicilio en Ecuador, representantes legales, y envíen documentos contables y de propiedad a la Superintendencia de Compañías cada año para su supervis
Este documento presenta la Ley de Compañías del Congreso Nacional de Ecuador. Establece cinco tipos de compañías (en nombre colectivo, en comandita simple, de responsabilidad limitada, anónima y de economía mixta) y regula aspectos como su constitución, funcionamiento, obligaciones de presentación de documentación a la Superintendencia de Compañías y sanciones por incumplimiento.
Este documento presenta la Ley de Compañías del Congreso Nacional de Ecuador. Establece cinco tipos de compañías (en nombre colectivo, en comandita simple, de responsabilidad limitada, anónima y de economía mixta) y regula aspectos como su constitución, funcionamiento, obligaciones de presentación de documentación a la Superintendencia de Compañías y sanciones por incumplimiento.
El documento explica el concepto de hecho imponible en derecho tributario. Define el hecho imponible como el acto o situación que genera la obligación de pagar impuestos según la ley. Explica que el hecho imponible puede ser material o jurídico, y puede estar condicionado o no. También cubre temas como los plazos de pago de impuestos, las prorrogas, y la importancia de no ocultar la verdadera naturaleza de las transacciones para evadir impuestos.
El documento presenta un modelo de minuta para constituir una empresa individual de responsabilidad limitada (E.I.R.L.) dedicada a bienes dinerarios. Establece el nombre y domicilio de la empresa, su objeto social, capital inicial, órganos de gobierno, facultades del gerente y disposiciones aplicables. Designa al titular como gerente de la empresa recién creada.
Este documento describe los pasos para constituir una empresa individual de responsabilidad limitada (EIRL) en Perú. Los pasos incluyen decidir entre constituir una persona natural o jurídica, reservar un nombre comercial, elaborar los estatutos de la empresa en una minuta y elevar la minuta a escritura pública ante un notario. El documento proporciona detalles sobre cada uno de estos pasos para establecer legalmente una EIRL.
El documento define el hecho imponible como el acto o situación establecida por la ley que origina la obligación tributaria. Explica que el hecho imponible puede ser material o jurídico y puede estar condicionado de forma suspensiva o resolutoria. También cubre los efectos del hecho imponible como los plazos de pago y las posibles prorrogas.
El documento define el hecho imponible como el acto o situación establecida por la ley que origina la obligación tributaria. Explica que el hecho imponible puede ser material o jurídico y puede estar condicionado de forma suspensiva o resolutoria. También cubre los efectos del hecho imponible como los plazos de pago y las posibles prorrogas.
Este documento constituye la escritura de una empresa individual de responsabilidad limitada denominada "ASEMKO INGENIEROS E.I.R.L." con un capital inicial de S/ 10,000. Se designa como primer gerente a Katty Yessenia Challco Viza. La empresa tendrá como objeto el desarrollo de proyectos en las áreas de trabajos electromecánicos, mecánicos, eléctricos y de obra civil, entre otros. Se establecen los órganos de administración de la empresa y las atribuciones del titular y
Se trata de un documento que establece la constitución de una sociedad anónima cerrada denominada VENTAS Y SERVICIOS METALICOS RONDOY SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA por parte de Jose Adan Rondoy Diaz, Juan Diego Rondoy Lujan y Maria Mercedes Rondoy Lujan. El capital social suscrito es de S/. 10,000 representado por 1,000 acciones. El objeto social de la empresa es la construcción de estructuras metálicas y la venta de materiales de ferretería. Los estatutos describen aspectos como
La ley de compañías establece las disposiciones generales sobre los tipos de compañías (en nombre colectivo, en comandita, de responsabilidad limitada, anónima y de economía mixta), la constitución, representación legal, administración, deberes de inscripción y funcionamiento de las compañías. Además, prohíbe la formación de compañías contrarias al orden público o que tiendan al monopolio y establece la responsabilidad de quienes cometan fraudes a nombre de una compañía.
Reglamento sobre juntas generales de de sociosLillykzm
Este documento contiene el reglamento sobre juntas generales de socios y accionistas de diferentes tipos de compañías. Establece requisitos como el contenido de la convocatoria, el tiempo entre la convocatoria y la celebración de la junta, la forma de convocar a los comisarios, y el procedimiento para solicitar que el superintendente o su delegado asista a la junta. El objetivo es regular el proceso de convocatoria y celebración de las juntas generales de las compañías.
La ley regula la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL) como una forma de organización empresarial con personalidad jurídica distinta a su titular. La EIRL es constituida por una persona natural para realizar actividades económicas de pequeña empresa. El patrimonio de la EIRL está constituido por los bienes aportados inicialmente por su titular y su responsabilidad se limita a este patrimonio, sin responsabilidad personal del titular. La ley establece los requisitos y procedimientos para la constitución, organización, funcionamiento y
El documento describe la constitución de una sociedad de responsabilidad limitada llamada Empresas Cerda & Fuentes. Se establece que el capital social es de $40.000 dividido en dos cuotas de $20.000 cada una. Se designa a Camilo Fuentes como Gerente y a Nelson Cerda como suplente del Gerente por un periodo de un año. La sociedad tendrá una duración de dos años y se disolverá por diversas causales como vencimiento del plazo o pérdidas que reduzcan el capital por debajo del 50%.
Este documento presenta un resumen de varios temas relacionados con el derecho fiscal y la ley de comercio exterior en México. Explica conceptos clave como el domicilio fiscal, la representación legal ante autoridades fiscales, el registro federal de contribuyentes y las obligaciones de llevar contabilidad. También define el comercio exterior e internacional y señala las normas más relevantes que regulan estas actividades en el país.
Este documento presenta información sobre disposiciones fiscales y de comercio exterior relevantes. Explica conceptos como el domicilio fiscal, representación legal ante autoridades fiscales, obligaciones de llevar contabilidad y conservar documentos. También define el comercio exterior e internacional, y señala normas como la Ley Aduanera y de Comercio Exterior que lo rigen. Finalmente, menciona factores que influyen en la decisión de expandir un negocio a mercados extranjeros.
La presentación describe las características legales de la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL) en Perú. Explica que una EIRL es una entidad constituida por una sola persona para realizar actividades económicas, con un patrimonio separado de su titular. También detalla los requisitos de constitución de una EIRL, como la escritura pública, el registro mercantil, los aportes permitidos y el régimen de los derechos del titular.
Este documento presenta la codificación de la Ley de Compañías expedida por la Comisión Legislativa y Codificación del Congreso Nacional de Ecuador. La ley define cinco tipos de compañías (en nombre colectivo, en comandita simple, de responsabilidad limitada, anónima y de economía mixta) y establece disposiciones generales sobre su constitución, funcionamiento, obligaciones de registro y supervisión por parte de la Superintendencia de Compañías.
Este documento establece la constitución de una sociedad por acciones simplificada llamada XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX SAS en Villavicencio, Colombia. Define que tendrá un capital autorizado de $1.000.000 dividido en 100 acciones de $10.000 cada una, y su objeto principal será el XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX. Establece también los órganos de administración como la Asamblea General de Accionistas y un Gerente, así como los derechos y obligaciones de los accionistas.
Este documento presenta una codificación de la Ley de Compañías en Ecuador. Establece cinco tipos de compañías (en nombre colectivo, en comandita, de responsabilidad limitada, anónima y de economía mixta) y regula aspectos como la constitución, funcionamiento, obligaciones de presentación de documentación y responsabilidades de las compañías y sus representantes. También crea un registro de sociedades bajo la Superintendencia de Compañías para supervisar el cumplimiento de la ley.
Este documento presenta resúmenes de varios artículos de la Ley de Compañías de Ecuador. Establece que hay cinco tipos de compañías (en nombre colectivo, en comandita simple, de responsabilidad limitada, anónima y de economía mixta) y prohíbe compañías contrarias a la ley o el orden público. También requiere que las compañías tengan un domicilio en Ecuador, representantes legales, y envíen documentos contables e informes anuales a la Superintendencia de Compañías.
Este documento presenta resúmenes de varios artículos de la Ley de Compañías de Ecuador. Establece que hay cinco tipos de compañías (en nombre colectivo, en comandita simple, de responsabilidad limitada, anónima y de economía mixta) y que deben registrarse en el Registro Mercantil. También requiere que las compañías envíen documentación financiera y de gestión anualmente a la Superintendencia de Compañías de Ecuador para su supervisión y control.
Este documento presenta resúmenes de varios artículos de la Ley de Compañías de Ecuador. Establece que hay cinco tipos de compañías (en nombre colectivo, en comandita simple, de responsabilidad limitada, anónima y de economía mixta) y prohíbe compañías contrarias a la ley o el orden público. También requiere que las compañías tengan un domicilio en Ecuador, representantes legales, y envíen documentos contables y de propiedad a la Superintendencia de Compañías cada año para su supervis
Este documento presenta un resumen de la Ley de Compañías en Ecuador. Establece que hay cinco tipos de compañías (en nombre colectivo, en comandita simple y dividida por acciones, de responsabilidad limitada, anónima y de economía mixta) que constituyen personas jurídicas. También establece requisitos como que deben tener un objeto lícito y no monopólico, y que las compañías extranjeras deben tener un representante en el país. Además, crea un registro de sociedades a cargo de la Superintend
Este documento presenta la Ley de Compañías del Congreso Nacional de Ecuador. Establece cinco tipos de compañías (en nombre colectivo, en comandita simple, de responsabilidad limitada, anónima y de economía mixta) y regula aspectos como su constitución, funcionamiento, obligaciones de presentación de documentación a la Superintendencia de Compañías y sanciones por incumplimiento.
Este documento presenta un resumen de la Ley de Compañías en Ecuador. Establece cinco tipos de compañías (en nombre colectivo, en comandita simple, de responsabilidad limitada, anónima y de economía mixta) y dispone regulaciones como la obligación de tener un representante en el país, presentar documentación anual a la Superintendencia de Compañías, y establecer sanciones por incumplimiento de estas obligaciones.
La ley presenta las disposiciones generales de la Ley de Compañías de Ecuador. Define el contrato de compañía y establece cinco tipos de compañías (en nombre colectivo, en comandita simple, de responsabilidad limitada, anónima y de economía mixta). Determina requisitos como el domicilio de la compañía, representación legal, inscripción en el Registro Mercantil, deberes de reporte a la Superintendencia de Compañías.
Este documento presenta extractos de la Ley de Compañías de Ecuador, incluyendo disposiciones generales sobre la definición de contrato de compañía, las diferentes especies de compañías, el domicilio de las compañías, la representación legal de compañías nacionales y extranjeras, la constitución y funcionamiento de compañías, y los derechos de los socios y accionistas.
La ley presentada codifica la Ley de Compañías en Ecuador. Algunos puntos clave incluyen: 1) Define cinco tipos de compañías (en nombre colectivo, en comandita, de responsabilidad limitada, anónima y de economía mixta) que constituyen personas jurídicas; 2) Establece requisitos como tener un domicilio y representante legal en Ecuador para compañías que operen en el país; 3) Detalla reglas sobre aportes, administración, balances financieros y transferencia de acciones. La ley busca regular la constituc
Este documento presenta la codificación de la Ley de Compañías del Ecuador. Establece las diferentes especies de compañías (en nombre colectivo, en comandita, de responsabilidad limitada, anónima y de economía mixta) y sus características. También define los requisitos para la constitución de compañías, como el domicilio, representantes legales, inscripción en registros, y obligaciones de reporte a la Superintendencia de Compañías. Finalmente, establece sanciones para quienes incumplan con estas disposiciones.
Este documento presenta la codificación de la Ley de Compañías expedida por la Comisión Legislativa y Codificación del Congreso Nacional de Ecuador. La ley define cinco tipos de compañías (en nombre colectivo, en comandita simple, de responsabilidad limitada, anónima y de economía mixta) y establece disposiciones generales sobre su constitución, funcionamiento, obligaciones de registro y supervisión por parte de la Superintendencia de Compañías.
Este documento presenta la codificación de la Ley de Compañías expedida por la Comisión Legislativa y Codificación del Congreso Nacional de Ecuador. La ley define cinco tipos de compañías (en nombre colectivo, en comandita simple, de responsabilidad limitada, anónima y de economía mixta) y establece disposiciones generales sobre su constitución, funcionamiento, obligaciones de registro y supervisión por parte de la Superintendencia de Compañías.
La Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL) en República Dominicana:
1) Permiten que una persona inicie una empresa de forma individual con un patrimonio separado al propio.
2) No requieren de socios para su constitución, siendo empresas de único dueño.
3) Tienen como objetivo promover el desarrollo de pequeños empresarios al limitar su responsabilidad solo al patrimonio de la empresa.
El documento describe las diferentes formas de organización empresarial en Colombia según el Código de Comercio, incluyendo las personas naturales comerciantes, empresas unipersonales, sociedades por acciones simplificadas, sociedades limitadas, sociedades colectivas y sociedades anónimas. Explica los requisitos de constitución, responsabilidades de los socios/accionistas, y aspectos administrativos de cada tipo de organización.
Este documento define los conceptos de comerciantes, sociedades y empresas. Explica que los comerciantes son personas que se dedican profesionalmente a actividades mercantiles. Las sociedades son contratos entre dos o más personas para compartir utilidades de una empresa en común. Las empresas son organizaciones que se dedican a la producción, transformación, circulación o prestación de servicios con el objetivo de generar utilidad.
obligaciones empresariales, hacienda y fondo de comercio, contratos mercantiles y de servicios, operaciones de crédito y materia financiera, inversión extranjera, transferencia de tecnología, legislación administrativa, marco jurídico organizacional,
Normativa juridica requisitos para invertir en boliviaKarol Burgoa
Este documento describe los diferentes tipos de empresas que se pueden constituir en Bolivia y los requisitos para invertir en el país. Las opciones de empresas incluyen sociedades comerciales como sociedades de responsabilidad limitada y sociedades anónimas, así como empresas unipersonales. Los requisitos para constituir una empresa son registrarse en el Registro de Comercio de Bolivia, obtener un Número de Identificación Tributaria y una Licencia de Funcionamiento del gobierno municipal.
1) El documento resume la legislación paraguaya sobre sociedades. Detalla los requisitos para que una compañía extranjera establezca una sucursal en Paraguay, incluyendo la documentación requerida. 2) También explica los requisitos y procedimientos para constituir una Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL) o una Sociedad Anónima (SA) en Paraguay. 3) Finalmente, resume los aspectos clave de la administración, toma de decisiones y fiscalización de las SRLs y SAs una vez constituidas.
Este documento resume la legislación paraguaya sobre sociedades. Detalla los requisitos para que una compañía extranjera establezca una sucursal en Paraguay, incluyendo la documentación requerida. También explica las sociedades de responsabilidad limitada (SRL) y las sociedades anónimas, incluyendo su constitución, administración, asambleas de accionistas y otros aspectos legales.
1. Empresas Unipersonales
Por: Dr. Martín Portilla P.
VIVANCO & VIVANCO
Ni las personas jurídicas ni las personas naturales que según la Ley no puedan ejercer el
comercio, no podrán constituir estas E.U.R.L. La persona natural a quien pertenezca esta
empresa, se llama “gerente-propietario”; por lo que, al constituirse y aunque tuviere
formada sociedad conyugal, se reputará respecto de terceros, con excepción de su cónyuge,
como único dueño o dueña de la empresa.
Toda empresa de esta clase que se constituya y se inscriba en el país, tendrá la nacionalidad
ecuatoriana, y el domicilio deberá estar ubicado en un Cantón del territorio ecuatoriano,
pudiendo operar ocasional o habitualmente en cualquier otro lugar del país o fuera de él. En
el acto constitutivo se señalará el domicilio, y puede diferir de él del gerente-propietario, así
como del lugar de explotación del negocio. Tendrán un solo domicilio principal, no
obstante las sucursales o establecimientos que tuviere en el país. El lugar de la sucursal o
establecimiento que estuviere administrado por algún Factor nombrado conforme al Código
de Comercio, también será domicilio, pero sólo para efectos judiciales o extrajudiciales
derivados de los actos o contratos celebrados en dicho domicilio.
El objeto, deberá ser concretado en forma clara y precisa en el acto constitutivo, y
comprenderá exclusivamente una sola actividad empresarial. No podrá realizar ninguna de
las actividades señaladas en el artículo 16 de la presente Ley, tales como: Bancarias, de
seguros, de capitalización y ahorro, de mutualismo, de cambio de moneda extranjera, de
mandato e intermediación financiera, de emisión de tarjetas, etc. entre otras; en caso de
violación a dichas prohibiciones, el gerente-propietario será personal e ilimitadamente
responsable de las obligaciones de la empresa.
Para realizar el objeto empresarial, podrá ejecutar y celebrar toda clase de actos o contratos
directamente relacionados con el mismo, y todos los que tengan como finalidad ejercer
derechos o cumplir obligaciones, así como los que tengan por objeto asegurar el
cumplimiento de dichas obligaciones.
Se prohíbe toda captación de dineros o recursos del público, e incluso los que tuvieren por
finalidad el apoyo o mejor desarrollo del objeto.
Podrá constituir Cauciones de toda clase para asegurar el cumplimiento de sus propias
obligaciones, como prendas, hipotecas o fideicomisos mercantiles sobre sus bienes propios;
pero se prohíbe expresamente, bajo pena de nulidad, que la empresa otorgue fianzas y
2. avales o constituya prendas, hipotecas u otras cauciones para asegurar el cumplimiento de
obligaciones ajenas.
Estas empresas se deberán constituir por un plazo determinado, el que constará en forma
expresa y de manera clara en el acto constitutivo, pudiendo restringirse o prorrogarse
conforme a esta Ley. Vencido el plazo, deberá disolverse y liquidarse.
El capital inicial de esta E.U.R.L., estará constituido por el monto total del dinero que el
gerente-propietario hubiere destinado para la actividad de la misma, el mismo que estará
fijado en forma clara y precisa, y sólo podrá aportarse efectivo o numerario, pudiendo
aumentarse o disminuirse conforme a la Ley.
En el estatuto constitutivo de la empresa, se determinará la asignación mensual que
percibirá de la empresa el gerente-propietario por las labores que realizará en la misma. Si
fuere casado el gerente-propietario, la escritura constitutiva será otorgada también por su
cónyuge respectivo o conviviente, para efectos de dejar constancia de su consentimiento.
Respecto a la relación laboral entre el gerente-propietario y la empresa, no tiene carácter
laboral alguno; razón por la cual, dicha relación y la asignación mensual, no estará sujeta al
Código del Trabajo ni a la Ley del Seguro Social obligatorio.
En cuanto a la Administración de esta Empresa, está a cargo del Gerente-Propietario, quien
es el Representante Legal de la misma. Para legitimar su personería, utilizará una Copia
Certificada Actualizada de la Escritura Pública y debidamente inscrita, o una Certificación
actualizada del respectivo Registrador Mercantil, en la que se acredite la existencia y
denominación, domicilio principal, plazo, capital y la identidad del gerente-propietario; la
copia o certificado se entenderá certificada, la extendida durante los noventa días.
La representación legal de la empresa se extenderá sin limitación alguna, a todo acto y
contrato relacionado con el objeto, y a todos los que tengan por finalidad el ejercicio de
derechos y cumplir obligaciones y los que tengan por objeto garantizar el cumplimiento de
los mismos; por lo que, el gerente-propietario no podrá ejecutar ni celebrar a nombre de la
empresa, ningún acto o contrato distinto de los señalados, obligándose en caso de violación,
por ese hecho en forma personal e ilimitada.
El gerente-propietario podrá designar uno o más Apoderados Generales. El gerente-
propietario y los apoderados no podrán realizar la misma actividad a la que se dedica la
empresa según su objeto, ni por cuenta propia ni por cuenta de otras personas naturales o
jurídicas.
3. Anualmente y dentro de los noventa días posteriores a la terminación de cada ejercicio
económico, cerrará sus cuentas y preparará el Balance General y demás cuentas, siguiendo
las normas señaladas en la Ley de Compañías y en los Reglamentos expedidos por la
Superintendencia de Compañías. Conocidos los resultados y de haber utilidades, el gerente-
propietario resolverá el destino de las mismas, segregando por lo menos el DIEZ (10%) por
ciento de ellas al fondo de reserva legal hasta que alcance el CINCUENTA (50%) por
ciento del capital empresarial; hecho esto podrá disponer libremente del saldo,
conservándolo o retirándolo. De lo resuelto deberá dejar constancia en Acta, fechada y
firmada por él mismo y por el Contador, dentro del primer trimestre del año calendario. Un
ejemplar de esta acta se Protocolizará en una Notaría del Cantón, dentro de los noventa días
siguientes, junto con el Balance General y el Estado de la Cuenta de pérdidas y ganancias
de la empresa.
La quiebra de la E.U.R.L., no comportará la de su gerente-propietario, salvo que fuere
declarada fraudulenta, en cuyo caso, el Juez decretará, a petición de parte, el embargo
general de todos los bienes.
El gerente-propietario o sus sucesores, podrán declarar disuelta voluntariamente a esta
empresa en cualquier tiempo y luego su liquidación. Deberá constar por escritura pública y
sujetarse al trámite determinado en la presente Ley.
La disolución y liquidación, a excepción del numeral uno del artículo cincuenta y cinco,
deberá ser decretada por el Juez, con citación al gerente-propietario, a petición de parte
legítima o de oficio. En la misma providencia nombrará Liquidador y dictará las medidas
preventivas del caso, sin perjuicio de las responsabilidades civiles o penales en que hubiere
incurrido el gerente-propietario o sus apoderados. La providencia en que se nombre al
liquidador una vez ejecutoriada, se inscribirán en el Registro Mercantil respectivo. En los
casos de pleno Derecho, el Juez de oficio o petición de parte, notificará al Registrador
Mercantil para que proceda a la inscripción y, en el mismo acto, designará un liquidador, en
caso de existir sucursales, la notificación también se la hará en el Registro Mercantil del
domicilio de éstas; todo esto y en los demás casos, de acuerdo a las disposiciones de la
presente Ley.
La responsabilidad del gerente-propietario o sus sucesores en los casos de disolución,
prescribe en tres años, salvo norma legal en contrario.
Las utilidades de las E.U.R.L., y lo que retiren de ellas sus gerentes-propietarios, tendrán el
mismo tratamiento tributario que establece la Ley Compañía para las utilidades de las
compañías anónimas.
Podrán afiliarse al respectivo gremio y/o Cámara, según su actividad.
4. Las constituciones de las E.U.R.L., y todo acto posterior, no causarán impuestos ni
contribuciones ni carga tributaria alguno; ni fiscal, ni provincial, ni municipal ni especial.
Tampoco las transformaciones de compañías anónimas o de responsabilidad limitada en las
empresas reguladas por esta Ley