Fundamentación Legal de la educación en Venezuela .pptx
Ensayo de metodologia 1
1. REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA EXPERIMENTAL LIBERTADOR
INSTITUTO PEDAGÓGICO
“RAFAELALBERTO ESCOBAR LARA”
MARACAY – ESTADO – ARAGUA
Metodología para la enseñanza de la informática en lab.
.
Estudiante: Eduardo Pinzón
C.I: 20.453.302 (521)
Ensayo#1
Principalmente cabe destacar que el contenido a continuación trata de exponer,
mostrar, de lo que tratan, el sistema educativo, la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología
e Innovación (locti), los decretos, tanto el 3390 como el 825 y algunos artículos de suma
importancia de la ley de responsabilidad social en radio y televisión.
Primeramente voy a hablar un poco del sistema educativo y de la importancia que
este tiene en nuestra sociedad. El sistema escolar es un conjunto de elementos
interrelacionados con un fin determinado; en el caso del sistema educativo, el fin
es educar de una manera uniforme a todos los alumnos lo que provoca el retraso de los
alumnos más avanzados y la frustración por incapacidad de los alumnos a los que más
les cuesta, los elementos principales son: instituciones educativas y normas.
El Sistema Educativo o Sistema de Enseñanza puede ser considerado un subsistema
social, integrado, junto con otros subsistemas (familiar, ocio/consumo, de trabajo o vida
activa) en el amplio sistema social, sometido a sus reglas de juego y exigencias y a la
vez prestando un amplio e importante servicio a sus ciudadanos. En él se establece un
2. proceso de "producción de reproducción social". La función que realiza el Sistema
Educativo en este proceso de producción de la reproducción social, función que
protagoniza y por la que puede ser definido, consiste en retransmitir e interiorizar de
forma eficaz y operativa en las nuevas generaciones, que de esta forma quedan
integradas socialmente, la cultura "viva", es decir, el conjunto de conocimientos y
valores cuya asimilación da como resultado unas actitudes y comportamientos en esas
muevas generaciones, para que estas mediante su integración social, reproduzcan,
repongan y aun mejoren el sistema social y su orden.
El Sistema Educativo Venezolano comprende 4 niveles y 6 modalidades, las cuales
Son, la educación Preescolar, la educación Básica, la Educación Media Diversificada y
Profesional y la Educación Superior. Se consideran oficialmente modalidades la
Educación Especial, la Educación para las Artes, la Educación Militar, la Educación
para la Formación de Ministros del Culto, la Educación de Adultos y la Educación
Extraescolar.
Todos los niveles educativos tienen sus particularidades, en cada uno de ellos el niño
se va desempeñando de manera tal de que vaya adquiriendo habilidades y destrezas con
las cuales el mismo vaya avanzando y se vaya desarrollando.
Le educación preescolar es el primer nivel el cual es obligatorio el niño ingresara
aproximadamente a los 5 años de edad y su permanencia en la misma durara 1 año
escolar. El siguiente nivel es el de la educación básica que al igual que el primero es
obligatorio, se cursa preferiblemente a partir de los 6 años de edad y está dividido en
tres etapas las cuales son: 1) de primero a tercer grado. 2) de cuarto a sexto grado. 3) de
séptimo a noveno grado. Cada una de estas etapas nutre al individuo y lo va formando
poco a poco, en cada una de ellas aprende cosas específicas, las cuales le permitirán un
avance del cual se verá muy beneficiados a medida de que vayan avanzando. El
siguiente nivel es el de la educación media diversificada, el cual es previo a la
educación superior y juega un papel muy importante dentro de nuestra sociedad, ya que
aquí el individuo tiene un coeficiente más alto con el cual ya el puede llegar a tomar sus
propias decisiones. Por último esta La Educación Superior tiene como base los niveles
precedentes y comprende la formación profesional y de postgrado, y puede cursarse en
3. las Universidades, los Institutos Universitarios Pedagógicos, Politécnicos, Tecnológicos
y Colegios Universitarios y en los Institutos de Formación de Oficiales de las Fuerzas
Armadas ; los Institutos Especiales de Formación Docente, de Bellas Artes y de
Investigación; los Institutos Superiores de Formación de Ministros del Culto; y en
general, aquellos que tengan los objetivos señalados en la Ley y se ajusten a sus
requerimientos. El sistema educativo es muy importante en todos sus aspectos, ya que
es con este que el país busca crear seres humanos íntegros, con valores y moral para que
sirvan como ejemplo y así poder seguir desarrollándonos cada vez de mejor manera.
Otro factor fundamental en el sistema educativo son los Aspectos organizativos del
sistema educativo venezolano, ya que es mediante el mismo por los que se rige la
ciudadanía. En cuanto a su organización, el sistema educativo no está descentralizado.
Sin embargo, existen 3 instancias gubernamentales con escuelas oficiales públicas y un
sistema de escuelas privadas, Es decir, a pesar de que la educación no ha sido
descentralizada, en Venezuela existen 14 gobernaciones de estado y 350 alcaldías de
municipios cuyas autoridades son electas por el pueblo cada 4 años. Las 24
gobernaciones de estado tienen un sistema de educación que depende de esos estados y
que en promedio agrupan el 30% de las escuelas y el 20% de la matrícula. El resto de
las escuelas que están ubicadas en los estados son de dependencia nacional es decir,
pertenecen al Ministerio de Educación. Las alcaldías también tiene escuelas pero en
menor cuantía. De hacho la Ley Orgánica de Régimen Municipal no asigna
responsabilidades educativas de manera obligatoria a los municipios.
Los principios fundamentales del Sistema Educativo Venezolano están contemplados
en la Constitución Nacional y en la Ley Orgánica de Educación. Estos principios
constitucionales se expresan en la Ley Orgánica de Educación, al fijar
como objetivos de la educación, el pleno desarrollo de la personalidad, la formación de
ciudadanos aptos para la vida, el ejercicio de la democracia, el fomento de la cultura y el
espíritu de solidaridad humana. Además, se considera a la educación como
un servicio público y como una función primordial e indeclinable del Estado, así como
un derecho permanente e irrenunciable de la persona.
La educación en Venezuela es gratuita y obligatoria entre los 7 y los 14 años de
edad; asimismo, el Estado garantiza la gratuidad de la enseñanza pública secundaria y
4. universitaria. La evolución de la alfabetización ha sido creciente y especialmente
acelerada durante el periodo 1950-1990; la tasa de alfabetización en los habitantes de
más de 10 años pasó del 51,2% en 1950 al 92,7% en 1994.
El Sistema Educativo Venezolano (según el Artículo 16 de la L.O.E.) está
comprendido por niveles y modalidades. Los niveles se refieren a: la Educación
Preescolar, la Educación Básica, la Educación Media Diversificada y Profesional y la
Educación Superior. En cuanto a las modalidades del Sistema Educativo se tiene: la
Educación Especial, la Educación para las Artes, la Educación Militar, la Educación
para la Formación de Ministros de Culto, la Educación para Adultos y la Educación
Extra-escolar.
El siguiente paso a tratar es, la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación
(locti). la ley anteriormente mencionada, tiene por objeto desarrollar los principios
orientadores que en materia de ciencia, tecnología e innovación y sus aplicaciones,
establece la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, organizar el
Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, definir los lineamientos que
orientarán las políticas y estrategias para la actividad científica, tecnológica, de
innovación y sus aplicaciones, con la implantación de mecanismos institucionales y
operativos para la promoción, estímulo y fomento de la investigación científica, la
apropiación social del conocimiento y la transferencia e innovación tecnológica, a fin de
fomentar la capacidad para la generación, uso y circulación del conocimiento y de
impulsar el desarrollo nacional.
En esta ley se perciben artículos que son de suma importancia como por ejemplo:
• Articulo nº 2 INTERES PUBLICO: Las actividades científicas, tecnológicas, de
innovación y sus aplicaciones son de interés público y de interés general.
Esto quiere decir, que cualquier tipo de actividad la puede practicar todo ciudadano y
utilizarla de acuerdo al contexto en que se encuentre, ya que esto es algo público y de
interés general.
Desde mi punto de vista esta ley es de suma importancia, ya que presenta ventajas
con las cuales el individuo se ve beneficiado y que en gran manera le servirán de apoyo
a la hora de necesitarlas y de sacarle provecho.
5. En resumen se podría decir entonces que La Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela atribuye al Estado Venezolano el deber de reconocer, con
carácter de interés público, la actividad de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e
Innovación y sus aplicaciones, como instrumentos fundamentales para el desarrollo
económico, social y político del País, para la seguridad y soberanía nacional. En
cumplimiento del mandato Constitucional, fue promulgada el 03 de Agosto de 2005 la
Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación, que reformó parcialmente el
Decreto con Rango y Fuerza de Ley Nº 1290 de Ley Orgánica de Ciencia Tecnología e
Innovación del año 2001, modificando sustancialmente el aspecto relacionado con la
percepción de recursos para el financiamiento de las actividades objeto de regulación,
dándole un giro al procedimiento para imprimirle visos de tipo tributario. Ambos
instrumentos coinciden en desarrollar la competencia del Estado en el fomento y
coordinación de la investigación científica y tecnológica, y a tales fines, establecen las
normas y principios que organizan el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e
Innovación, que tiene como propósito estructurar en el mismo a todos los actores que de
una manera u otra tienen participación en las actividades científicas y de desarrollo, y
constituirse así en vínculo entre la comunidad científica, los agentes sociales y el
Estado, responsable de programar la actividad científico-tecnológica, y de que los
objetivos de esa programación estén acordes con las políticas para su implementación,
que a su vez deben adaptarse a los intereses y necesidades sociales.
Los siguientes puntos a tratar son los decretos tanto el 3390 como el 825 los cuales
son de suma importancia, ya que ambos son muy productivos y sirven mucho de ayuda
a la hora de realizar cualquier tipo de cosas que estén relacionadas con ellos.
El decreto 3390 sobre la aplicación del software libre en la administración pública
venezolana abre una oportunidad para alcanzar la soberanía tecnológica del Estado
venezolano. Acciones del Estado Venezolano para la Adopción del Software Libre
Surge de la línea maestra del Gobierno Bolivariano en consulta y participación del
sector académico, público y privado Taller de elaboración de políticas para el uso y
Desarrollo del Software Libre, cuyo objetivo fue obtener los insumos necesarios para la
formulación de políticas públicas para el Uso y Desarrollo de Software Libre en la
6. Administración Pública Nacional Publicación del Decreto Nº 3.390 de fecha 23-
Dic-2004, en Gaceta Oficial Nº 38.095 de fecha 28-Dic-2004.
El estado venezolano con este decreto se ve muy beneficiado, ya que el mismo le
sirve de mucha ayuda y así mismo lo impulsa a un mejor desarrollo. El estado
venezolano busca con este decreto lo siguiente:
1. Reducir la Dependencia Tecnológica.
2. Garantizar la Seguridad de la Información y los Procesos.
3. Favorecer el Trabajo Cooperativo.
4. Garantizar la Interoperabilidad de los sistemas.
5. Garantizar el Intercambio de Información.
6. Adoptar Estándares no Dependientes.
7. Reducir Costos de 1. Reducir la Dependencia Tecnológica.
Replicación de Aplicaciones.
8. Favorecer la inversión del componente de desarrollo, soporte y servicio
Nacional.
9. Fortalecer el Capital Humano.
10. Garantizar la Transferencia Tecnológica.
Con todas estas ventajas el estado venezolano garantiza un mejor desarrollo tanto
para los ciudadanos como para los entes gubernamentales, ya que con este decreto se
ven ayudados porque se libran de realizar acciones que les desfavorecían. Unos de los
beneficios más grandes son los económicos, los cuales son:
7. • Ahorros importantes al liberarse del pago de licencias y especialmente por la
Replicación casi gratuita de aplicaciones comunes a toda la Administración Pública.
• Al bajar los costos del software para la ejecución de nuevos programas y
proyectos de base tecnológica, se incrementa la factibilidad de ejecución de los
Mismos.
• El Estado deja de depender de terceros (a menudo transnacionales) para el
Diseño, desarrollo y mantenimiento de sus sistemas de información, retomando el
Control total de sus procesos, en particular de los procesos críticos y de alta
Importancia estratégica para el país.
• Se genera Transferencia Tecnológica hacia los actores nacionales
Productores de software, acelerando el Desarrollo Endógeno y reforzando la
Soberanía Nacional.
Con todas estas cosas a favor, surgen consecuencias que en gran manera se vuelven
potenciales y así mismo todos en general le sacamos el mejor provecho.
• Fortalecimiento de la Industria Nacional.
• Adaptación de la Academia a los cambios paradigmáticos.
• Mayor preparación y equipamiento del Ciudadano.
Al igual que el decreto 3390 el 825 también juega un papel fundamental
dentro del estado venezolano, ya que este trata de que el internet es prioritario
en Venezuela. Desde mi punto de vista pienso que es muy bueno, ya que el
internet nos ayuda y nos facilita mucho las cosas, es una herramienta que de
verdad es muy buena, pero hay que tener en cuenta que se le sacara provecho
dándole siempre un buen uso, ya que mientras esto sea así, las cosas fluirán
8. mejor y tendremos un desarrollo muy fructífero. Desde mi perspectiva, así
como creo que es algo muy bueno, pienso que no es la prioridad, ya que en años
anteriores el internet no existía y los seres humanos tenían un buen desempeño
tanto en su espacio de estudio como en su campo laboral, el internet es una
herramienta que nos facilita la comunicación y que nos permite indagar de las
cosas que queramos, pero aun así no creo que sea nuestra prioridad.
Entre lo más rescatable de este aporte se destacan:
• Ampliar las garantías al libre acceso a la información a través de
internet.
• Fomentar condiciones que promuevan el ejercicio de la libertad de
expresión en internet, en un marco de autorregulación basado en la
diversidad de opiniones y de múltiples visiones de los hechos, que
puedan ser evaluados libremente por los usuarios de estos medios, y por
las comunidades que generan y difunden información.
• Reconocer que Internet permite al usuario generar visiones alternativas
más allá de las impuestas por los grandes medios de comunicación
(privados y gubernamentales) permitiéndole interactuar con diversas
fuentes informativas, incluyendo relatos no mediatizados de testigos y
protagonistas de los hechos.
• Reconocer que Internet no es un lujo sino un recurso clave para el
combate de la pobreza y el logro de los objetivos nacionales de
desarrollo.
Seguidamente tratare el último punto el cual es la Ley de Responsabilidad Social en
Radio y Televisión la cual tiene por objeto establecer, en la difusión y recepción de
mensajes, la responsabilidad social de los prestadores de los servicios de radio y
televisión, los anunciantes, los productores nacionales independientes y los usuarios y
usuarias, para fomentar el equilibrio democrático entre sus deberes, derechos e intereses
a los fines de promover la justicia social y de contribuir con la formación de la
9. ciudadanía, la democracia, la paz, los derechos humanos, la cultura, la educación, la
salud y el desarrollo social y económico de la nación, de conformidad con las normas y
principios constitucionales de la legislación para la protección integral de los niños,
niñas y adolescentes, la cultura, la educación, la seguridad social, la libre competencia y
la Ley Orgánica de Telecomunicaciones.
Desde mi punto de vista lo que esta ley garantiza, es que las familias y las personas
en general cuenten con los mecanismos jurídicos que les permitan desarrollar en forma
adecuada el rol y la responsabilidad social que les corresponde y así mismo puedan
tener un desarrollo más productivo.
Otro punto destacado es que esta Ley promueve el efectivo ejercicio y respeto de los
derechos humanos, en particular, los que conciernen a la protección del honor, vida
privada, intimidad propia imagen, confidencialidad y reputación y al acceso a una
información oportuna, veraz e imparcial, sin censura. En pocas palabras podríamos
decir entonces que esta ley lo que busca principalmente es un respeto hacia los
espectadores para que estos se sientan cómodos y a gusto con los comentarios que se
realicen dentro de las programaciones.
Finalmente se pudiera decir entonces que los temas tratados anteriormente son muy
importantes y que cada uno tiene sus fortalezas y debilidades, cabe resaltar también que
cada uno tiene su aporte o su granito de arena el cual ha influido en el desarrollo de
nuestra sociedad.