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Estafa, apropiación indebida
y administración desleal
Prof. Dra. Laura Mayer Lux
Pontificia Universidad Católica de Valparaíso
Octubre/Noviembre de 2021 - IEJ
Estafa
• Ubicación: Párrafo 8,Titulo IX, Libro II. Consecuencia: delito patrimonial doloso
• Bien jurídico: El patrimonio (intereses patrimoniales / instrumentales y disponibles*)
1) Teoría jurídica: conj. de derechos de contenido patrimonial (crítica: excluye intereses que
no son derechos e incluye derechos sin significado económico)
1) Teoría económica: conj. de entidades con valor económico (crítica: genera
contradicciones al interior del ord. jurídico)
1) Teoría mixta:
- Conj. de entidades con valor económico jurídicamente reconocidas
- Conj. de entidades con valor económico jurídicamente no rechazadas
• Jurisprudencia: tendencialmente favorable a tesis mixta (Ej: SCS, 3 de abril de 2017, Rol Nº 8498-
2017; SCS, 23 de agosto de 2016, Rol Nº 37118-2015)
Estafa
• Características principales:
1) Fraude por engaño
2) Delito de enriquecimiento o lucro (remisión a elementos subjetivos)
3) Delito eminentemente patrimonial (y eventualmente económico)
4) Delito de sujeto común, por regla general
5) Delito de autolesión (con instrumentalización)
6) Delito de comunicación (más que de expresión)
• Jurisprudencia: La estafa como delito de “apropiación” por medios inmateriales (SCS, 6 de
octubre de 2009, Rol Nº 5128-2008; SCS, 10 de octubre de 2013, Rol Nº 2926-2013)
Estafa
• Elementos del concepto dogmático de estafa:
1) Engaño (lo realiza el agente y causa una disposición patrimonial perjudicial
determinada por error – resultado más complejo que en otros tipos de resultado)
2) Error (se desprende de la exigencia de engaño)
3) Disposición patrimonial (elemento constitutivo / delito de autolesión)
4) Perjuicio patrimonial (puede sufrirlo alguien distinto del disponente)
5) Relación de causalidad (consecuencia de que sea un tipo de resultado)
• Jurisprudencia: La estafa como delito que exige engaño, error, disposición patrimonial,
perjuicio patrimonial y nexo causal (SCS, 14 de mayo de 1998, Rol N° 709-1996; SCS, 3 de enero
de 2006, Rol Nº 2284-2005)
Estafa
• Engaño:
- Concepto
1) Engaño como puesta en escena: Etcheberry y jurisprudencia tradicional (críticas:
falta de fundamento legal, relevancia penal de engaños burdos [art. 171, 179 y 184],
necesidad de proteger a víctimas débiles, etc.). ¿Necesidad de cierta idoneidad?
2) Engaño como afirmación falsa sobre ciertos hechos: Mayer
- Clasificación
1) Engaño activo (expreso y concluyente)
2) Engaño omisivo (problemas)
• Jurisprudencia: 1) sostiene que el engaño no es una “simple mentira”, sino que implica un
“despliegue engañoso externo” (por todos SCS, 9 de marzo de 2012, Rol N° 4628-2011). 2)
reconoce (tímidamente) la posibilidad de cometer un engaño a través de “actos concluyentes”
(SCAValparaíso, 24 de julio de 2012, Rol Nº 733-2012; SCA Antofagasta, 7 de julio de 2015, Rol Nº
166-2015)
Estafa
• Error:
- Concepto: Falsa representación de la realidad: Doctrina y jurisprudencia casi unánime.
oBalmaceda: elemento no autónomo / no con la relevancia que suele atribuírsele
- Problemas
1) Necesidad de que quien incurra en error sea una persona natural
2) Necesidad de un vínculo causal (¿y de una cierta racionalidad?)
3) Error e ignorancia
4) Sistemas automatizados (con gran división del trabajo)
• Jurisprudencia: error como equivocada percepción de la realidad (SCS, 12 de agosto de
2008, Rol Nº 1933-2007; SCS, 10 de octubre de 2013, Rol Nº 2926-2013)
Estafa
• Disposición patrimonial:
- Concepto: acción u omisión que conduce inmediatamente a una disminución del
valor monetario del patrimonio (relacionar con administración desleal)
- Problemas
¿Necesidad de que se realice conscientemente? (por ejemplo, si no se comprende
cabalmente el negocio en el que se interviene)
• Jurisprudencia: disposición patrimonial como elemento que puede verificarse activa o
pasivamente (SCS, 23 de agosto de 2016, Rol Nº 37118-2015)
Estafa
• El perjuicio:
- Se determinaría según el principio de la compensación y del saldo
- Necesidad de que se conciba a la disposición patrimonial como algo perjudicial
- El problema de los casos de (supuesto) peligro de perjuicio
- Abarca el daño emergente ¿y el lucro cesante?
• Jurisprudencia: consideración del principio de la compensación para establecer el perjuicio (SCS,
10 de octubre de 2013, Rol Nº 2926-2013)
Estafa
• Aspectos subjetivos:
- Dolo ¿directo? (argumentos a favor y en contra de exigirlo)
- ¿Ánimo de lucro? (argumentos a favor y en contra de exigirlo)
• Jurisprudencia: la estafa requiere dolo directo (SCA San Miguel, 7 de mayo de 2001, Rol N° 2587-
1997; similar SCS, 14 de mayo de 1998, Rol N° 709-1996) y, según algunos, ánimo de lucro (así SCA
de Concepción, 13 de noviembre de 2007, Rol N° 601-2006)
Estafa
• Estafas genéricas de los artículos 468 y 473 CP
- Problemas relativos a su delimitación (SCS, 31 de marzo de 2010, Rol Nº 6489-2008:
engaños del art. 473 no revisten la entidad de los engaños calificados del art. 468)
- Problemas relativos al castigo de hipótesis constitutivas de “falta”
• Estafa y otros delitos
- Falsificación de instrumento privado (¿estafa especial? Así SCA Puerto Montt, 2 de julio de
2008, Rol Nº 113-2008)
- Giro fraudulento de cheques (hoy, normalmente de acción penal privada)
- Fraude al Fisco (¿estafa especial? Así SCS, 30 de septiembre de 2019, Rol Nº 3763-2018)
Apropiación indebida
• Ubicación: Párrafo 8,Titulo IX, Libro II. Consecuencia: delito patrimonial doloso
• Bien jurídico:
1) Teoría monista: propiedad (en sentido amplio) / patrimonio
1) Teoría dualista:
- Delito de apropiación indebida de especies muebles: contra la propiedad
- Delito de distracción indebida de dinero u otros géneros: contra intereses patrimoniales
• Jurisprudencia: la apropiación indebida afectaría la propiedad, específicamente, el derecho
personal correlativo a la obligación de restituir la especie (v. gr., SCA La Serena, 8 de febrero
de 2010, Rol Nº 435-2009) ¿Delito omisivo?
Apropiación indebida
• Características principales:
1) Fraude por abuso de confianza (que implica tenencia fiduciaria)
2) ¿Delito de enriquecimiento o lucro?
3) Delito eminentemente patrimonial (y eventualmente económico)
4) Delito de sujeto calificado o especial (propio) (deberes de conservación y uso)
5) Fraude “desde adentro”
• Jurisprudencia: fraude por abuso de confianza, pero no personal, sino que en un sentido jurídico-
patrimonial (SCATalca, 31 de julio de 2012, Rol Nº 277-2012)
Apropiación indebida
• Conducta: Hipótesis alternativas
1) Apropiarse: tendencia a interpretarla como en el hurto
2) Distraer: tendencia a interpretarla como uso indebido (problemas y alternativas)
• Jurisprudencia: distraer es utilizar indebidamente aquello que se ha recibido o darle a la cosa un
uso diverso del establecido (v. gr., SCA Concepción, 23 de julio de 2010, Rol Nº 273-2010; de forma
similar SCA Santiago, 13 de diciembre de 2011, Rol Nº 2069-2011)
• Aspectos subjetivos: Deberían depender de la naturaleza que se asigne a la conducta
1) Apropiación (ánimo de señor y dueño)
2) Distracción (¿hipótesis de mero daño o perjuicio?)
• Jurisprudencia: necesidad de que concurra ánimo de señor y dueño (SCA Concepción, 23 de julio
de 2010, Rol Nº 273-2010; SCA Santiago, 9 de febrero de 2018, Rol Nº 90-2018)
Apropiación indebida
• Objeto material: cosa mueble (recibida por un título que produzca obligación de
entregarla o devolverla). El problema de la apropiación indebida de dinero
• Jurisprudencia: la conducta no puede recaer sobre todo o parte de un patrimonio en tanto
universalidad jurídica (SCA Santiago, 21 de julio de 2014, Rol Nº 1420-2014)
• El perjuicio: Discusión acerca de su naturaleza jurídica
1) Condición objetiva de punibilidad (Politoff, Soto)
2) Elemento del tipo (Rivacoba)
• Jurisprudencia: el perjuicio como condición objetiva de punibilidad (SCA La Serena, 8 de febrero
de 2010, Rol Nº 435-2009; SCA Concepción, 23 de julio de 2010, Rol Nº 273-2010)
Administración desleal
• Ubicación: Párrafo 8,Titulo IX, Libro II. Consecuencia: delito patrimonial doloso
• Bien jurídico: Remisión a lo señalado respecto de la estafa
• Características principales:
1) Fraude por abuso de confianza (que implica deberes fiduciarios)
2) Delito de mero daño o perjuicio (¿que implica un conflicto de interés?)
3) Delito eminentemente patrimonial (y económico)
4) Delito de sujeto calificado o especial (propio) (deber de tutela patrimonial)
5) Fraude “desde adentro”
¿Figura general de administración desleal de patrimonios ajenos?
Administración desleal
• Modalidades: abuso o infidelidad (alternativas)
• Presupuestos / Requisitos típicos:
1) Estar a cargo de la salvaguardia o gestión de todo o parte de un patrimonio (sentido y
consecuencias)
2) En virtud de la ley, de una orden de la autoridad, o de un acto o contrato (excluye mera
relación de confianza u otra situación análoga)
3) Realización de un comportamiento manifiestamente contrario al interés del titular del
patrimonio (¿también en la modalidad de abuso? ¿especie del género infidelidad?) A
considerar: carácter inequívoco de la afectación (más que su gravedad) y racionalidad
de la conducta
4) Perjuicio
Administración desleal
• Deber de tutela patrimonial y negocios discrecionales: Business Judgment Rule
(art. 41 LSA: actuar como si de sus negocios se tratase). Se puede asumir un
cumplimiento del deber de tutela patrimonial si se dan los siguientes requisitos:
1) Comportamiento de buena fe
2) Sin un interés personal en el asunto
3) Con información suficiente
4) Teniendo en cuenta el interés del titular del patrimonio
Administración desleal
• Admisibilidad de la omisión (propia): en la modalidad de infidelidad (ventaja: no
es necesario recurrir a la omisión impropia)
• ¿La administración como proceso? (eventuales problemas que implicaría)
• Aspectos subjetivos:
- Dolo (eventual – problema de delimitación con la culpa)
- Inexigencia de ánimo de lucro
• Hipótesis calificadas: giran en torno a determinados patrimonios
Administración desleal
• Administración desleal y otros delitos
- Apropiación indebida (mayor especificidad por su objeto material, pero eventual
menor pena)
- Fraude al Fisco (¿administración desleal especial?)
- Delitos concursales (posible administración desleal especial)
- Negociaciones incompatibles (mayor especificidad por afectación patrimonial
caracterizada por el conflicto de interés)
- Corrupción entre particulares (concurso ideal o medial)
Bibliografía sugerida
• BASCUÑÁN RODRÍGUEZ, Antonio (2004): “Delitos contra intereses instrumentales”, Revista de Derecho de la
Universidad Adolfo Ibáñez, Nº 1, pp. 291-345.
• BOFILL, Jorge; JELVEZ, Valeria y CONTRERAS, Sebastián (2019): “Consideraciones sobre el nuevo delito de
administración desleal en el derecho chileno”, Revista Derecho & Sociedad, Nº 52, pp. 59-77.
• CASTRO, Álvaro y CONTRERAS, Lautaro (2020): “Análisis del criterio jurisprudencial alemán de la ‘infracción
grave del deber’. La infracción de un inequívoco deber de conducta de tutela patrimonial como requisito
básico del delito de administración desleal”, Estudios de Derecho Penal Económico Chileno (de próxima
publicación).
• HERNÁNDEZ, Héctor (2003): “Aproximación a la problemática de la estafa”, Problemas actuales de Derecho
penal (Temuco, Universidad Católica deTemuco), pp. 147-190.
• HERNÁNDEZ, Héctor (2005): “La administración desleal en el Derecho penal chileno”, RDPUCV, Vol. 26, pp.
201-258.
• MAÑALICH, Juan Pablo (2018): “Apropiación y distracción indebidas. Una propuesta de reconstrucción
unificadoramente dualista del art. 470 Nº 1 del Código Penal”, Revista de Derecho, Universidad Católica del
Norte, Nº 1, pp. 153-180.
• MAÑALICH, Juan Pablo (2020): “Capítulo IX: La estructura típica de la administración desleal. Un enfoque
contrastivo”, en MAÑALICH, Juan Pablo, Estudios sobre la Parte Especial del Derecho Penal Chileno (Santiago,
Thomson Reuters).
Bibliografía sugerida
• MAÑALICH, Juan Pablo (2012): “La malversación de caudales públicos y el fraude al fisco como delitos
especiales”, Polít. crim., vol. 7, Nº 14, pp. 357-377.
• MAYER, Laura (2018): Delitos económicos de estafa y otras defraudaciones (Santiago, DER).
• MAYER, Laura (2014): “El engaño concluyente en el delito de estafa”, RChD, vol. 41, Nº 3, pp. 1017-1048.
• MAYER, Laura (2020): “La administración desleal como defraudación”, en MAYER, Laura y VARGAS, Tatiana
(coordinadoras), Mujeres en las ciencias penales. Una mirada desde el contexto jurídico chileno en las primeras
décadas del siglo XXI (Santiago,Thomson Reuters), pp. 321-371.
• MAYER, Laura (2014): “La falsificación de instrumentos privados: ¿una estafa especial?”, Revista de Derecho
(Valdivia), vol. 27, Nº 2, pp. 217-241.
• ROJAS, Luis Emilio (2009): “El tipo de administración desleal en el Derecho penal alemán”, Revista Penal, Nº
23, pp. 138-171.
• SALINAS, Consuelo (2019): “Algunas consideraciones sobre el nuevo delito de administración desleal”, Revista
Jurídica del Ministerio Público, Nº 75, pp. 239-255.
• SCHÜRMANN, Miguel (2019): “Comentario a la SCA de Santiago de 21 de julio de 2014 (Rol Nº 1420-2014)”,
Revista Doctrina y Jurisprudencia Penal, Nº 39, pp. 123-136.

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  • 1. Estafa, apropiación indebida y administración desleal Prof. Dra. Laura Mayer Lux Pontificia Universidad Católica de Valparaíso Octubre/Noviembre de 2021 - IEJ
  • 2. Estafa • Ubicación: Párrafo 8,Titulo IX, Libro II. Consecuencia: delito patrimonial doloso • Bien jurídico: El patrimonio (intereses patrimoniales / instrumentales y disponibles*) 1) Teoría jurídica: conj. de derechos de contenido patrimonial (crítica: excluye intereses que no son derechos e incluye derechos sin significado económico) 1) Teoría económica: conj. de entidades con valor económico (crítica: genera contradicciones al interior del ord. jurídico) 1) Teoría mixta: - Conj. de entidades con valor económico jurídicamente reconocidas - Conj. de entidades con valor económico jurídicamente no rechazadas • Jurisprudencia: tendencialmente favorable a tesis mixta (Ej: SCS, 3 de abril de 2017, Rol Nº 8498- 2017; SCS, 23 de agosto de 2016, Rol Nº 37118-2015)
  • 3. Estafa • Características principales: 1) Fraude por engaño 2) Delito de enriquecimiento o lucro (remisión a elementos subjetivos) 3) Delito eminentemente patrimonial (y eventualmente económico) 4) Delito de sujeto común, por regla general 5) Delito de autolesión (con instrumentalización) 6) Delito de comunicación (más que de expresión) • Jurisprudencia: La estafa como delito de “apropiación” por medios inmateriales (SCS, 6 de octubre de 2009, Rol Nº 5128-2008; SCS, 10 de octubre de 2013, Rol Nº 2926-2013)
  • 4. Estafa • Elementos del concepto dogmático de estafa: 1) Engaño (lo realiza el agente y causa una disposición patrimonial perjudicial determinada por error – resultado más complejo que en otros tipos de resultado) 2) Error (se desprende de la exigencia de engaño) 3) Disposición patrimonial (elemento constitutivo / delito de autolesión) 4) Perjuicio patrimonial (puede sufrirlo alguien distinto del disponente) 5) Relación de causalidad (consecuencia de que sea un tipo de resultado) • Jurisprudencia: La estafa como delito que exige engaño, error, disposición patrimonial, perjuicio patrimonial y nexo causal (SCS, 14 de mayo de 1998, Rol N° 709-1996; SCS, 3 de enero de 2006, Rol Nº 2284-2005)
  • 5. Estafa • Engaño: - Concepto 1) Engaño como puesta en escena: Etcheberry y jurisprudencia tradicional (críticas: falta de fundamento legal, relevancia penal de engaños burdos [art. 171, 179 y 184], necesidad de proteger a víctimas débiles, etc.). ¿Necesidad de cierta idoneidad? 2) Engaño como afirmación falsa sobre ciertos hechos: Mayer - Clasificación 1) Engaño activo (expreso y concluyente) 2) Engaño omisivo (problemas) • Jurisprudencia: 1) sostiene que el engaño no es una “simple mentira”, sino que implica un “despliegue engañoso externo” (por todos SCS, 9 de marzo de 2012, Rol N° 4628-2011). 2) reconoce (tímidamente) la posibilidad de cometer un engaño a través de “actos concluyentes” (SCAValparaíso, 24 de julio de 2012, Rol Nº 733-2012; SCA Antofagasta, 7 de julio de 2015, Rol Nº 166-2015)
  • 6. Estafa • Error: - Concepto: Falsa representación de la realidad: Doctrina y jurisprudencia casi unánime. oBalmaceda: elemento no autónomo / no con la relevancia que suele atribuírsele - Problemas 1) Necesidad de que quien incurra en error sea una persona natural 2) Necesidad de un vínculo causal (¿y de una cierta racionalidad?) 3) Error e ignorancia 4) Sistemas automatizados (con gran división del trabajo) • Jurisprudencia: error como equivocada percepción de la realidad (SCS, 12 de agosto de 2008, Rol Nº 1933-2007; SCS, 10 de octubre de 2013, Rol Nº 2926-2013)
  • 7. Estafa • Disposición patrimonial: - Concepto: acción u omisión que conduce inmediatamente a una disminución del valor monetario del patrimonio (relacionar con administración desleal) - Problemas ¿Necesidad de que se realice conscientemente? (por ejemplo, si no se comprende cabalmente el negocio en el que se interviene) • Jurisprudencia: disposición patrimonial como elemento que puede verificarse activa o pasivamente (SCS, 23 de agosto de 2016, Rol Nº 37118-2015)
  • 8. Estafa • El perjuicio: - Se determinaría según el principio de la compensación y del saldo - Necesidad de que se conciba a la disposición patrimonial como algo perjudicial - El problema de los casos de (supuesto) peligro de perjuicio - Abarca el daño emergente ¿y el lucro cesante? • Jurisprudencia: consideración del principio de la compensación para establecer el perjuicio (SCS, 10 de octubre de 2013, Rol Nº 2926-2013)
  • 9. Estafa • Aspectos subjetivos: - Dolo ¿directo? (argumentos a favor y en contra de exigirlo) - ¿Ánimo de lucro? (argumentos a favor y en contra de exigirlo) • Jurisprudencia: la estafa requiere dolo directo (SCA San Miguel, 7 de mayo de 2001, Rol N° 2587- 1997; similar SCS, 14 de mayo de 1998, Rol N° 709-1996) y, según algunos, ánimo de lucro (así SCA de Concepción, 13 de noviembre de 2007, Rol N° 601-2006)
  • 10. Estafa • Estafas genéricas de los artículos 468 y 473 CP - Problemas relativos a su delimitación (SCS, 31 de marzo de 2010, Rol Nº 6489-2008: engaños del art. 473 no revisten la entidad de los engaños calificados del art. 468) - Problemas relativos al castigo de hipótesis constitutivas de “falta” • Estafa y otros delitos - Falsificación de instrumento privado (¿estafa especial? Así SCA Puerto Montt, 2 de julio de 2008, Rol Nº 113-2008) - Giro fraudulento de cheques (hoy, normalmente de acción penal privada) - Fraude al Fisco (¿estafa especial? Así SCS, 30 de septiembre de 2019, Rol Nº 3763-2018)
  • 11. Apropiación indebida • Ubicación: Párrafo 8,Titulo IX, Libro II. Consecuencia: delito patrimonial doloso • Bien jurídico: 1) Teoría monista: propiedad (en sentido amplio) / patrimonio 1) Teoría dualista: - Delito de apropiación indebida de especies muebles: contra la propiedad - Delito de distracción indebida de dinero u otros géneros: contra intereses patrimoniales • Jurisprudencia: la apropiación indebida afectaría la propiedad, específicamente, el derecho personal correlativo a la obligación de restituir la especie (v. gr., SCA La Serena, 8 de febrero de 2010, Rol Nº 435-2009) ¿Delito omisivo?
  • 12. Apropiación indebida • Características principales: 1) Fraude por abuso de confianza (que implica tenencia fiduciaria) 2) ¿Delito de enriquecimiento o lucro? 3) Delito eminentemente patrimonial (y eventualmente económico) 4) Delito de sujeto calificado o especial (propio) (deberes de conservación y uso) 5) Fraude “desde adentro” • Jurisprudencia: fraude por abuso de confianza, pero no personal, sino que en un sentido jurídico- patrimonial (SCATalca, 31 de julio de 2012, Rol Nº 277-2012)
  • 13. Apropiación indebida • Conducta: Hipótesis alternativas 1) Apropiarse: tendencia a interpretarla como en el hurto 2) Distraer: tendencia a interpretarla como uso indebido (problemas y alternativas) • Jurisprudencia: distraer es utilizar indebidamente aquello que se ha recibido o darle a la cosa un uso diverso del establecido (v. gr., SCA Concepción, 23 de julio de 2010, Rol Nº 273-2010; de forma similar SCA Santiago, 13 de diciembre de 2011, Rol Nº 2069-2011) • Aspectos subjetivos: Deberían depender de la naturaleza que se asigne a la conducta 1) Apropiación (ánimo de señor y dueño) 2) Distracción (¿hipótesis de mero daño o perjuicio?) • Jurisprudencia: necesidad de que concurra ánimo de señor y dueño (SCA Concepción, 23 de julio de 2010, Rol Nº 273-2010; SCA Santiago, 9 de febrero de 2018, Rol Nº 90-2018)
  • 14. Apropiación indebida • Objeto material: cosa mueble (recibida por un título que produzca obligación de entregarla o devolverla). El problema de la apropiación indebida de dinero • Jurisprudencia: la conducta no puede recaer sobre todo o parte de un patrimonio en tanto universalidad jurídica (SCA Santiago, 21 de julio de 2014, Rol Nº 1420-2014) • El perjuicio: Discusión acerca de su naturaleza jurídica 1) Condición objetiva de punibilidad (Politoff, Soto) 2) Elemento del tipo (Rivacoba) • Jurisprudencia: el perjuicio como condición objetiva de punibilidad (SCA La Serena, 8 de febrero de 2010, Rol Nº 435-2009; SCA Concepción, 23 de julio de 2010, Rol Nº 273-2010)
  • 15. Administración desleal • Ubicación: Párrafo 8,Titulo IX, Libro II. Consecuencia: delito patrimonial doloso • Bien jurídico: Remisión a lo señalado respecto de la estafa • Características principales: 1) Fraude por abuso de confianza (que implica deberes fiduciarios) 2) Delito de mero daño o perjuicio (¿que implica un conflicto de interés?) 3) Delito eminentemente patrimonial (y económico) 4) Delito de sujeto calificado o especial (propio) (deber de tutela patrimonial) 5) Fraude “desde adentro” ¿Figura general de administración desleal de patrimonios ajenos?
  • 16. Administración desleal • Modalidades: abuso o infidelidad (alternativas) • Presupuestos / Requisitos típicos: 1) Estar a cargo de la salvaguardia o gestión de todo o parte de un patrimonio (sentido y consecuencias) 2) En virtud de la ley, de una orden de la autoridad, o de un acto o contrato (excluye mera relación de confianza u otra situación análoga) 3) Realización de un comportamiento manifiestamente contrario al interés del titular del patrimonio (¿también en la modalidad de abuso? ¿especie del género infidelidad?) A considerar: carácter inequívoco de la afectación (más que su gravedad) y racionalidad de la conducta 4) Perjuicio
  • 17. Administración desleal • Deber de tutela patrimonial y negocios discrecionales: Business Judgment Rule (art. 41 LSA: actuar como si de sus negocios se tratase). Se puede asumir un cumplimiento del deber de tutela patrimonial si se dan los siguientes requisitos: 1) Comportamiento de buena fe 2) Sin un interés personal en el asunto 3) Con información suficiente 4) Teniendo en cuenta el interés del titular del patrimonio
  • 18. Administración desleal • Admisibilidad de la omisión (propia): en la modalidad de infidelidad (ventaja: no es necesario recurrir a la omisión impropia) • ¿La administración como proceso? (eventuales problemas que implicaría) • Aspectos subjetivos: - Dolo (eventual – problema de delimitación con la culpa) - Inexigencia de ánimo de lucro • Hipótesis calificadas: giran en torno a determinados patrimonios
  • 19. Administración desleal • Administración desleal y otros delitos - Apropiación indebida (mayor especificidad por su objeto material, pero eventual menor pena) - Fraude al Fisco (¿administración desleal especial?) - Delitos concursales (posible administración desleal especial) - Negociaciones incompatibles (mayor especificidad por afectación patrimonial caracterizada por el conflicto de interés) - Corrupción entre particulares (concurso ideal o medial)
  • 20. Bibliografía sugerida • BASCUÑÁN RODRÍGUEZ, Antonio (2004): “Delitos contra intereses instrumentales”, Revista de Derecho de la Universidad Adolfo Ibáñez, Nº 1, pp. 291-345. • BOFILL, Jorge; JELVEZ, Valeria y CONTRERAS, Sebastián (2019): “Consideraciones sobre el nuevo delito de administración desleal en el derecho chileno”, Revista Derecho & Sociedad, Nº 52, pp. 59-77. • CASTRO, Álvaro y CONTRERAS, Lautaro (2020): “Análisis del criterio jurisprudencial alemán de la ‘infracción grave del deber’. La infracción de un inequívoco deber de conducta de tutela patrimonial como requisito básico del delito de administración desleal”, Estudios de Derecho Penal Económico Chileno (de próxima publicación). • HERNÁNDEZ, Héctor (2003): “Aproximación a la problemática de la estafa”, Problemas actuales de Derecho penal (Temuco, Universidad Católica deTemuco), pp. 147-190. • HERNÁNDEZ, Héctor (2005): “La administración desleal en el Derecho penal chileno”, RDPUCV, Vol. 26, pp. 201-258. • MAÑALICH, Juan Pablo (2018): “Apropiación y distracción indebidas. Una propuesta de reconstrucción unificadoramente dualista del art. 470 Nº 1 del Código Penal”, Revista de Derecho, Universidad Católica del Norte, Nº 1, pp. 153-180. • MAÑALICH, Juan Pablo (2020): “Capítulo IX: La estructura típica de la administración desleal. Un enfoque contrastivo”, en MAÑALICH, Juan Pablo, Estudios sobre la Parte Especial del Derecho Penal Chileno (Santiago, Thomson Reuters).
  • 21. Bibliografía sugerida • MAÑALICH, Juan Pablo (2012): “La malversación de caudales públicos y el fraude al fisco como delitos especiales”, Polít. crim., vol. 7, Nº 14, pp. 357-377. • MAYER, Laura (2018): Delitos económicos de estafa y otras defraudaciones (Santiago, DER). • MAYER, Laura (2014): “El engaño concluyente en el delito de estafa”, RChD, vol. 41, Nº 3, pp. 1017-1048. • MAYER, Laura (2020): “La administración desleal como defraudación”, en MAYER, Laura y VARGAS, Tatiana (coordinadoras), Mujeres en las ciencias penales. Una mirada desde el contexto jurídico chileno en las primeras décadas del siglo XXI (Santiago,Thomson Reuters), pp. 321-371. • MAYER, Laura (2014): “La falsificación de instrumentos privados: ¿una estafa especial?”, Revista de Derecho (Valdivia), vol. 27, Nº 2, pp. 217-241. • ROJAS, Luis Emilio (2009): “El tipo de administración desleal en el Derecho penal alemán”, Revista Penal, Nº 23, pp. 138-171. • SALINAS, Consuelo (2019): “Algunas consideraciones sobre el nuevo delito de administración desleal”, Revista Jurídica del Ministerio Público, Nº 75, pp. 239-255. • SCHÜRMANN, Miguel (2019): “Comentario a la SCA de Santiago de 21 de julio de 2014 (Rol Nº 1420-2014)”, Revista Doctrina y Jurisprudencia Penal, Nº 39, pp. 123-136.