SlideShare una empresa de Scribd logo
ASOCIACIÓN 
“I.M.E” 
[Escriba aquí una descripción breve del documento. 
Normalmente, una descripción breve es un resumen corto 
del contenido del documento. Escriba aquí una descripción 
breve del documento. Normalmente, una descripción breve 
es un resumen corto del contenido del documento.] 
ESTATUTOS
CAPITULO I.- DENOMINACIÓN, DOMICILIO, ÁMBITO, FINES Y ACTIVIDADES 
Art. 1º Denominación 
Se constituye la Asoc iac ión Juvenil denominada “International Mediators Elche” que se ac oge a 
lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, 
en el artículo 7.2 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, 
de Modificación Parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamient o Civil, y en el Real Decreto 
397/1988, de 22 de abril, por el que se regula la inscripción registral de Asociaciones Juveniles 
y a la Ley 14/2008, de 18 de noviembre de Asociaciones de la Comunitat Valenciana, y al 
amparo de lo dispuesto en el artículo 22 de la Constitución, careciendo de ánimo de lucro. 
Art. 2º Personalidad Jurídica 
La Asociación tiene personalidad jurídica propia y capacidad plena de obrar para administrar y 
disponer de sus bienes y cumplir los fines que se propone. 
Art. 3º Domicilio y ámbito de actuación 
El domicilio de la Asociación se establece en ……………………..….…………..……………….. c alle 
………………………………………………..………. c ódigo postal…….……. La Asoc iac ión realizará 
principalmente sus actividades en el ámbito territorial de Elche (ALICANTE). 
Art. 4º Fines 
Constituyen los fines de la Asociación: 
 Promover el uso de la mediación y de la resolución pacífica de conflictos. 
 Extender la cultura de la paz por la ciudad, mediante los diversos procedimientos 
resumidos más adelante 
 Asesorar a distintos colectivos sobre las formas de resolución pacífica de conflictos. 
 Facilitar el acercamiento de los jóvenes a las nuevas formas de entender el mundo 
 Ayudar a los distintos colectivos educativos a que implanten políticas, programas, 
proyectos y medidas educativas que ayuden a transmitir la cultura de la paz. 
 Promover ante los organismos estatales, mediante todos los recursos posibles, medidas 
para extender la cultura de la paz. 
 Velar por una cultura de la paz verdadera y autentica, dentro de sus límites de actuación. 
 Acercar a las personas adultas y mayores de edad, las nuevas formas de resolución de 
conflictos 
 Dar ayuda a las víctimas de la violencia, bullying o maltrato. 
 Velar porque se conozcan los efectos, causas y consecuencias del bullying, así como 
poder prestarles ayuda. 
Art.5º Actividades
Para el cumplimiento de los fines enumerados en el artículo anterior, se realizarán las siguientes 
actividades: 
 Asociarse con organizaciones gubernamentales y no gubernamentales para realizar 
diversos proyectos de intervención comunitaria. 
 Charlas formativas dentro de institutos, colegios y demás sitios, que se consideren 
necesarios 
 Expedir certificados, cartas de recomendación y títulos de acuerdo con lo expuesto en 
el reglamento de régimen interno. 
 Mantener reuniones con distintos colectivos que en su momento pudieran ser de interés, 
realizando las alianzas que se consideren oportunas. 
 Tramitar todo tipo de sugerencias que pudiesen llegar desde colectivos, empresas, 
instituciones, etc. 
 Organizar excursiones y campamentos, de intención lúdica-formativa, en el marco de la 
transmisión de la cultura de la paz 
 Organizar galas y ceremonias, de acuerdo, con los congresos, simposios y fiestas que 
en su caso pudiera haber. 
 Asesorar legalmente y moralmente, a cualquier persona que lo solicite, disponiendo para 
ello, un horario de atención al público. 
 Organizar las acciones sindicales que en su caso se considerarán oportunas, de acuerdo 
con las circunstancias de la propuesta de acción sindical 
 Realizar memorias, actas, informes y demás documentación, que a los efectos deberá 
ser publica y accesible para todo el que lo solicite 
CAPITULO II.- DE LOS ASOCIADOS (DEBERES Y DERECHOS) 
Art. 6º Capacidad 
Podrán formar parte de la Asociación todas las personas físicas que tengan una edad entre 14 
y 30 años, y que, libre y voluntariamente, tengan interés en el desarrollo de los fines de la 
Asociación. 
Para adquirir la condición de asociado, se deberá presentar una solicitud por esc rito a la Junta 
Directiva. Los métodos de resolución solicitudes de la Junta Directiva, así como plazos y otros 
procesos serán descritos en el Reglamento de Régimen Interno 
Art. 7º Derechos de las personas asociadas
Los derechos que corresponden a las personas asociadas son los siguientes: 
 A participar en las actividades de la Asociación y en los órganos de gobierno y 
representación, a ejercer el derecho de voto, así como a asistir a la Asamblea General, 
de acuerdo con los Estatutos. 
 A ser informados acerca de la composición de los órganos de gobierno y representación 
de la Asociación, de su estado de cuentas y del desarrollo de su actividad. Podrán 
acceder a toda la información a través de la Junta Directiva. 
 A ser oído con carácter previo a la adopción de medidas disciplinarias contra él y a ser 
informado de los hechos que den lugar a tales medidas, debiendo ser motivado el 
acuerdo que, en su caso, imponga la sanción. 
 A impugnar los acuerdos de los órganos de la Asociación que estime contrarios a la Ley 
o a los Estatutos. 
 A conocer los Estatutos y los reglamentos y normas de funcionamiento aprobados por 
los órganos de la Asociación. Asimismo tendrán derecho a que se les facilite copia de los 
Estatutos vigentes y del Reglamento de Régimen Interno de la Asociación. 
 A consultar toda la documentación de la asociación. 
Art. 8º Deberes de las personas asociadas 
Los deberes de las personas asociadas son: 
 Compartir las finalidades de la Asociación y colaborar para la consecución de las mismas. 
 Pagar las cuotas, derramas y otras aportaciones que, con arreglo a los Estatutos, puedan 
corresponder a cada persona asociada. 
 Acatar y cumplir los acuerdos válidamente adoptados por los órganos de gobierno y 
representación de la asociación. 
 Ajustar su actuación a las disposiciones estatutarias. 
 Desempeñar fielmente el cargo para el que fueron elegidos 
Art. 9º Causas de baja 
Son causa de baja en la Asociación: 
 La propia voluntad del interesado/a, comunicada por escrito a los órganos de 
representación. Podrá percibir la participación patrimonial inicial y otras aportaciones 
económicas realizadas sin incluir las cuotas de pertenencia a la asociación y siempre 
que la reducción patrimonial no implique perjuicios a terceros. 
 No satisfacer las cuotas fijadas. 
 Si la pertenencia de un/a menor a esta Asociación impide o perjudica su desarrollo 
integral, cualquier interesado, persona física o jurídica, o entidad pública, podrá dirigirse 
al Ministerio Fiscal para que promueva las medidas jurídicas de protección que estime 
necesarias.
Art. 10º Régimen Sancionador 
La separación de la Asociación de las personas asociadas por motivo de sanción tendrá lugar 
cuando cometan actos que los hagan indignos de seguir perteneciendo a aquella. Se presumirá 
que existe este tipo de actos: 
 Cuando deliberadamente la persona asociada impida o ponga obstáculos al 
cumplimiento de los fines sociales. 
 Cuando intencionadamente obstaculice el funcionamiento de los órganos de gobierno y 
representación de la Asociación. 
En cualquier caso para la imposición de la sanción de separación por parte de la Junta Directiva, 
será necesaria la tramitación de un expediente disciplinario instruido por órgano diferente al 
competente para resolverlo y que garantice los derechos de las personas asociadas. El plazo 
de prescripción de las infracciones y sanciones, además de los plazos de decisión del órgano 
competente y su composición, será fijado en el Reglamento de Régimen Interno. 
CAPITULO III.- EL ORGANO DE GOBIERNO 
Art. 11º Asamblea General 
La Asamblea General es el órgano supremo de gobierno de la Asociación, integrado por todas 
las personas asociadas por derecho propio irrenunciable y en igualdad absoluta, que adopt a 
sus acuerdos por el principio mayoritario o de democracia interna. Las decisiones se tomarán 
por mayoría absoluta en primera vuelta o por mayoría simple en la segunda. Todos los 
miembros quedarán sujetos a los acuerdos de la Asamblea General, incluso los ausentes, los 
disidentes y los que aun estando presentes se hayan abstenido de votar. 
Art. 12º Reuniones de la Asamblea General 
La Asamblea General se reunirá en sesión ordinaria c ada tres meses, teniendo así un total de 
cuatro reuniones durante el transcurso de un año natural. Esta asamblea se dotará con carácter 
extraordinario siempre que sea necesario, a requerimiento de un número de personas asociadas 
que represente, como mínimo, un diez por ciento de la totalidad. 
Art. 13º Convocatoria de la Asamblea General 
Las convocatorias de la Asamblea Genera, tanto ordinarias como extraordinarias, se harán por 
escrito. Los anuncios de la convocatoria se colocarán en los lugares de costumbre con quince 
días de antelación como mínimo. Siempre que sea posible se convocará individualmente a todos 
los miembros. La convocatoria expresará el día, la hora y el lugar de la reunión, así como 
también el orden del día. Se harán convocatorias tanto telemáticas como físicas. 
El/la Secretario/a General redactará el Acta de cada reunión que reflejará las deliberaciones, el 
texto de los acuerdos que se hayan adoptado y el resultado numérico de las votaciones. Al
comienzo de cada reunión de la Asamblea General se leerá el Acta de la reunión anterior a fin 
de que se apruebe o no. 
Art. 14º Competencias de la Asamblea General 
La Asamblea General quedará constituido de manera correcta en primera convocatoria con la 
asistencia mínima de un tercio de las personas asociadas presentes o representadas; y en 
segunda convocatoria, sea cual sea el número de ellas, se tendrá que celebrar media hora 
después de la primera y en el mismo lugar. En las reuniones, corresponde un voto a cada 
miembro de la Asociación. 
Son competencia de la Asamblea General: 
 Controlar la actividad de la Junta Directiva, exigir la comparecencia de sus miembros y 
aprobar su gestión. 
 Examinar y aprobar o rechazar los presupuestos anuales de ingresos y gastos, así 
como el Plan General de Actividades. 
 Elegir y separar a los miembros de la Junta Directiva. 
 Aprobar el Reglamento de Régimen Interior de la Asociación, 
 Ratificar las altas de asociados o asociadas acordadas por la Junta Directiva y acordar 
con carácter definitivo las bajas de las mismas. 
Son competencias de la Asamblea General con carácter extraordinario: 
 Acordar la disolución de la Asociación. 
 Modificación de los Estatutos. 
 Disposición y enajenación de bienes. 
 Cualquier otra que no corresponda a otro órgano de la Asociación. 
Los métodos de votación serán descritos en el Reglamento de Régimen Interior. 
CAPITULO IV.- SOBRE LA JUNTA DIRECTIVA 
Art. 15º Composición de la Junta Directiva 
La Asociación la regirá, administrará y representará el órgano de representación denominado 
Junta Directiva formado por: 
 El/la Presidente/a 
 El/la Secretario/a General 
 El/la Tesorero 
 El/la Vicepresidente/a 
Y los vocales, que serán propuestos por el presidente, según las necesidades de cada Junta 
Directiva, y votados por la asamblea general. Sus funciones, número y ámbitos, y formas de 
dimisión, estarán dispuestas en el Reglamento de Régimen Interior.
Los cargos de Presidente/a, Secretario/a General y Tesorero/a deben recaer en personas 
diferentes, además uno de sus miembros debe ser mayor de edad o menor emancipado. El 
ejercicio de los cargos será gratuito. 
Art 16º Método de elección de la Junta Directiva 
La elección de los miembros de la Junta Directiva se decidirá basándose en el sufragio libre y 
secreto de los miembros de la Asamblea General. 
Habrá dos métodos para celebrar las elecciones a Junta Directiva: 
 Cerradas: Se elige al presidente, el cual presentará a todo su equipo directivo en 
candidatura única. 
 Abiertas: Se elige uno por uno a los miembros de la Junta Directiva. 
El Reglamento de Régimen Interior establecerá los procesos para elegir a la Junta Directiva y 
las directrices para ello, junto con todo lo demás que pudiera ser de utilidad. 
Art. 17º Duración del mandato de la Junta Directiva 
Los miembros del órgano de representación, ejercerán el cargo durante un periodo 3 año(s), y 
podrán ser reelegidos por un máximo de 2 veces. El cese de uno de los cargos antes de 
extinguirse el término reglamentario podrá deberse a: 
 Dimisión voluntaria presentada mediante un escrito en el que se razonen los motivos. 
 Enfermedad que incapacite para el ejercicio del cargo. 
 Causar baja como miembro de la Asociación. 
 Sanción impuesta por una falta cometida en el ejercicio del cargo. 
Las bajas se cubrirán por designación del presidente, hasta la finalización del plazo establecido 
para el cargo, una vez consultada la Asamblea General. 
Art. 18º Competencias de la Junta Directiva 
Serán competencias generales de todos sus miembros: 
 Establecer las líneas generales de actuación que permitan a la Asociación cumplir sus 
fines. 
 Disponer todas las medidas encaminadas a garantizar el funcionamiento democrático 
de la asociación. 
 Fijar las cuotas ordinarias o extraordinarias. 
 Tomar los acuerdos necesarios para la comparecencia ante los organismos públicos, 
para el ejercicio de toda clase de acciones legales y para interponer los recursos 
pertinentes. 
 Proponer a la Asamblea General el establecimiento de las cuotas que los miembros de 
la Asociación tengan que satisfacer.
 Comunicar al Registro de Asociaciones, la modificación de los Estatutos acordada por 
la Asamblea General en el plazo de un mes. 
 Elaborar el Plan General de Actividades y someterla a la aprobación de la Asamblea 
General. 
 Resolver provisionalmente cualquier caso no previsto por los presentes estatutos y dar 
cuenta de ello en la Asamblea General. 
 Cualquier otra facultad que no esté atribuida de una manera específica en estos 
estatutos a la Asamblea General 
Art. 19º Reuniones de la Junta Directiva 
La Junta Directiva, convocada previamente por el Presidente/a o por la persona que le sustituya, 
se reunirá en sesión ordinaria con la periodicidad que sus miembros decidan, que en todo caso 
no podrá ser superior a dos meses. Se reunirá en sesión extraordinaria si lo solicita un tercio 
de sus componentes. La Junta Directiva quedará válidamente constituido con convocatoria 
previa y un quórum de la mitad más uno de sus miembros. 
Los miembros de la Junta Directiva están obligados a asistir a todas las reuniones que se 
convoquen, pudiendo excusar su asistencia por causas justificadas. En cualquier caso, será 
necesaria la asistencia del Presidente/a y del Secretario/a o de las personas que los sustituyan. 
En la Junta Directiva se tomarán los acuerdos por mayoría simple de votos de los asistentes. 
En caso de empate, el voto del Presidente/a será de calidad. 
Los acuerdos del órgano de representación se harán constar en el libro de actas. Al iniciarse 
cada reunión del mismo, se leerá el acta de la sesión anterior para que se apruebe o se 
rectifique. 
Art. 20º El/la Presidente/a 
El Presidente/a de la Asociación será mayor de edad menor emancipado y además será 
Presidente/a de la Asamblea General. Son propias del Presidente/a, las siguientes funciones: 
 Las de dirección y representac ión legal de la Asociación, por delegación de la Asamblea 
General y de la Junta Directiva. 
 La presidencia y la dirección de los debates de los órganos de gobierno y de 
representación. 
 Ostentar y ejercitar la representación de la Asociación y llevar a término la dirección y 
la administración de la manera más amplia que reconozca la ley y cumplir las 
decisiones tomadas por la Asamblea General, y de acuerdo con las normas, las 
instrucciones y las directrices generales que esta Asamblea General establezca. 
 Convocar las Asambleas Generales y controlar que los acuerdos que allí se adopten, se 
cumplan. 
 Firmar las convocatorias las reuniones de la Asamblea General y de la Junta Directiva.
 Visar las actas y los certificados confeccionados por el/la Secretario/a General de la 
Asociación. 
 Ser el máximo representante de la Asociación a nivel institucional. 
 Las atribuciones restantes propias del cargo y las que le delegue la Asamblea General 
o el órgano de representación. 
Al Presidente/a lo sustituirá, en caso de ausencia o enfermedad, el/la Vicepresidente/a. 
Art. 21º El/la Vicepresidente/a 
Corresponde al Vicepresidente: 
 Presentar la solicitud para la declaración de utilidad pública o de interés público de la 
Comunitat Valenciana. 
 Asesorar al presidente y estar con él en sus reuniones. 
 Sustituir al presidente si fuera necesario 
 La gestión de la página web junto al Vicesecretario/a General. 
Art. 22º El/la Tesorero/a 
El/la Tesorero/a tendrá como función: 
 La custodia y el control de los recursos de la Asociación, así como la elaboración del 
presupuesto, el balance y liquidación de cuentas, a fin de someterlos al órgano de 
representación 
 Firmará los recibos, cuotas y otros documentos de tesorería. Pagará las facturas 
aprobadas por el órgano de representación, las cuales tendrán que ser visadas 
previamente por el/la Presidente/a. 
 Presentar el balance y el estado de cuentas de cada ejercicio a la Asamblea General y 
a la Junta Directiva para que los apruebe, y confeccionar los presupuestos del ejercicio 
siguiente. 
 Llevar una contabilidad conforme a las normas específicas que permita obtener la 
imagen fiel del patrimonio, del resultado y de la situación financiera de la entidad. 
Art. 23º El/la Secretario/a General 
El/la Secretario/a General debe: 
 Efectuar la convocatoria de las sesiones de las Asambleas y de la Junta Directiva, así 
como las citaciones a los miembros de la misma. 
 Recibir los actos de comunicación de los miembros con los órganos de la Asociación. 
 Preparar el despacho de los asuntos, redactar y autorizar las actas de las sesiones. 
 Expedir certificaciones de las consultas, dictámenes y acuerdos aprobados, que 
firmará junto con el/la Presidente/a
 Custodiar la documentación y correspondencia de la Asociación, tenencia de Libros de 
Actas y Registro de Socios. 
 Resolver sobre la admisión de nuevos asociados, llevando la relación actualizada de 
todos los asociados. 
 Elevar propuestas al Vicepresidente y a la Asamblea General. 
 Cuantas otras funciones sean inherentes a su condición de Secretario/a. 
CAPÍTULO V EL RÉGIMEN ECONÓMICO 
Art. 27º Patrimonio inicial y recursos económicos 
El patrimonio inicial de esta Asociación está valorado en 300 euros. El presupuesto anual será 
aprobado cada año en la Asamblea General. 
Los recursos económicos de la Asociación se nutrirán de: 
 De las cuotas que fije la Asamblea General a sus miembros. 
 De las subvenciones oficiales o particulares. 
 De donaciones, herencias o/y legados. 
 De las rentas del mismo patrimonio o bien de otros ingresos que puedan obtener. 
Art. 28º Beneficio de las actividades 
Los beneficios obtenidos derivados del ejercicio de actividades económicas, incluidas las 
prestaciones de servicios, se destinarán exclusivamente al cumplimiento de los fines de la 
Asociación, sin que quepa en ningún caso su reparto entre las personas asociadas ni entre 
sus cónyuges o personas que convivan con aquellos con análoga relación de afectividad, ni 
entre sus parientes, ni su cesión gratuita a personas físicas o jurídicas con interés lucrativo. 
Art. 29º Cuotas 
Todos los miembros de la Asociación tienen obligación de sostenerla económicamente, 
mediante cuotas, de la manera y en la proporción que determine la Asamblea General a 
propuesta de la Junta Directiva. La Junta Directiva podrá establecer cuotas de ingreso, cuotas 
periódicas mensuales, y cuotas extraordinarias. 
El ejercicio económico quedará cerrado al finalizar el año 
Art. 30º Disposición de fondos 
En las cuentas corrientes o libretas de ahorro abiertas en establecimientos de crédito, deben 
figurar la firma del Presidente/a, del Tesorero/a y del Secretario/a. Para poder disponer de 
fondos, serán suficientes dos firmas, de las cuales, una será necesariamente la del Tesorero/a 
o bien la del Presidente/a.
CAPITULO VI.- DISOLUCIÓN DE LA ASOCIACION 
Art. 31º Causas de disolución y entrega del remanente 
La Asociación se disolverá: 
 Si así lo acuerda la Asamblea General convocada expresamente para este fin y con el 
voto favorable de la más de la mitad de las personas presentes o representadas. 
 Por las causas determinadas en el artículo 39 del Código Civil. 
 Por sentencia judicial firme. 
 Por baja de las personas asociadas, de forma que queden reducidas a menos de cinco. 
Art. 32º Liquidación 
La disolución de la asociación abre el período de liquidación, hasta el fin del cual la entidad 
conservará su entidad jurídica. 
Los miembros de la Junta Directiva en el momento de la disolución se convierten en 
liquidadores, salvo que la Asamblea General designe a otros, o bien los que el juez, en su 
caso, acuerde en su resolución judicial. 
Corresponde a los liquidadores: 
 Velar por la integridad del patrimonio de la asociación y llevar sus cuentas. 
 Concluir las operaciones pendientes y efectuar las nuevas que sean precisas para la 
liquidación. 
 Cobrar los créditos de la asociación. 
 Liquidar el patrimonio y pagar a los acreedores. 
 Aplicar los bienes sobrantes de la asociación a los fines previstos por los Estatutos, a 
excepción de las aportaciones condicionales. 
 Solicitar la cancelación de los asientos en el Registro correspondiente. 
En caso de insolvencia de la asociación, el órgano de representación o, si es el caso, los 
liquidadores han de promover inmediatamente el oportuno procedimiento concursal ante el/la 
juez competente. El remanente neto que resulte de la liquidación se destinará directamente a 
causas benéficas. Las personas asociadas no responden personalmente de las deudas de la 
asociación. 
Los miembros o titulares de los órganos de gobierno y representación, y las demás personas 
que obren en nombre y representación de la asociación, responderán ante ésta, ante los 
asociados y ante terceros por los daños causados y las deudas contraídas por actos dolosos, 
culposos o negligentes.
CAPÍTULO VII.- DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS 
Disposiciones Transitorias 
Artículo 33º De la primera Junta Directiva 
Hasta la celebración de la primera Asamblea, la aprobación de los estatutos y su presentación 
ante los órganos estatales competentes, las funciones de los miembros de la Junta Directiva 
serán ejercidas por las personas que así se determine. Esta junta tendrá vigencia limitada de 
6 meses a partir de que se acaben los trámites legales de la asociación tras lo cual habrán de 
celebrarse elecciones a Junta Directiva. 
Disposiciones Finales 
Artículo 32º Resolución extrajudicial de conflictos 
Las cuestiones litigiosas que puedan surgir con motivo de las actuaciones desarrolladas o de 
las decisiones adoptadas en el seno de la asociación, se resolverán mediante arbitraje, a 
través de un procedimiento ajustado a lo dispuesto por la Ley 60/2003, de 23 de diciembre 
de Arbitraje, y con sujeción, en todo caso, a los principios esenciales de audiencia, 
contradicción e igualdad entre las partes o voluntariamente por mediación, conforme a lo 
establecido en la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles. 
Nota (1) “Máximo 5 años, de ac uerdo c on lo dispuesto en el artíc ulo 44 de la Ley 
14/2008. 
Nota (2) De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 14/2008 los Estatutos 
deben estar firmados por quien indiquen los propios Estatutos o, en su defecto, por 
todas las personas asociadas fundadoras o bien, por quien ostente la presidencia o la 
sec retaría de la Asoc iac ión”. 
Art. 33º Vigor de los Estatutos 
Estos estatutos entrarán en vigor tras su aprobación por la Asamblea Constituyente.

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Estatutos Asociación
Estatutos AsociaciónEstatutos Asociación
Estatutos Asociación
guillaumme
 
Est Assoc Gral Cast
Est Assoc Gral CastEst Assoc Gral Cast
Est Assoc Gral Cast
Alicia Giralt
 
Estatutos..
Estatutos..Estatutos..
Guia Asociacion Civil
Guia Asociacion CivilGuia Asociacion Civil
Guia Asociacion Civil
Juan Furlan
 
Estatutos offside ocio y tiempo libre
Estatutos offside ocio y tiempo libreEstatutos offside ocio y tiempo libre
Estatutos offside ocio y tiempo libre
Javier Del Río Jiménez
 
Sociedad de prevención deportiva integral english spanish arabic
Sociedad de prevención deportiva integral   english spanish arabicSociedad de prevención deportiva integral   english spanish arabic
Sociedad de prevención deportiva integral english spanish arabic
Manuel Concepción
 
Estatuto tipo para Asociaciones. Ministerio de Justicia de Chile
Estatuto tipo para Asociaciones. Ministerio de Justicia de ChileEstatuto tipo para Asociaciones. Ministerio de Justicia de Chile
Estatuto tipo para Asociaciones. Ministerio de Justicia de Chile
aned05
 
Estatutos y formacion chile ong
Estatutos y formacion chile ongEstatutos y formacion chile ong
Estatutos y formacion chile ong
Yoyi Koda
 
Estatutos banda caballero león
Estatutos banda  caballero león Estatutos banda  caballero león
Estatutos banda caballero león
escuela
 
Microsoft Word Proyecto Estatutos1
Microsoft Word   Proyecto Estatutos1Microsoft Word   Proyecto Estatutos1
Microsoft Word Proyecto Estatutos1
Jose Tavarez
 
Fundación no-inscrita
Fundación no-inscritaFundación no-inscrita
Fundación no-inscrita
Kvn Herrera
 
Ley de Juntas de Vecinos y demas organizaciones comunitarias
Ley de Juntas de Vecinos y demas organizaciones comunitariasLey de Juntas de Vecinos y demas organizaciones comunitarias
Ley de Juntas de Vecinos y demas organizaciones comunitarias
tambor123
 
Comité UAP III semestre-sección 1
Comité UAP III semestre-sección 1Comité UAP III semestre-sección 1
Comité UAP III semestre-sección 1
Marycielo Huisa Gonzales
 
Ley 19418 09-oct-1995
Ley 19418 09-oct-1995Ley 19418 09-oct-1995
Ley 19418 09-oct-1995
maolixiya
 
Estatutosgenericos
EstatutosgenericosEstatutosgenericos
Estatutosgenericos
zarkoma
 
Propuesta de estatutos 23 de julio09
Propuesta de estatutos 23 de julio09Propuesta de estatutos 23 de julio09
Propuesta de estatutos 23 de julio09
Juan Luis Perdomo Falcón
 
Contenido 12
Contenido 12Contenido 12
Contenido 12
YovanaCastroCastro
 
Derechos y deberes de un(a) afiliado(a) ley 19418
Derechos y deberes de un(a) afiliado(a) ley 19418Derechos y deberes de un(a) afiliado(a) ley 19418
Derechos y deberes de un(a) afiliado(a) ley 19418
oscaradmayor
 
Estatutos vigentes aavv la victoria
Estatutos vigentes aavv la victoriaEstatutos vigentes aavv la victoria
Estatutos vigentes aavv la victoria
avlavictoria
 
Leyes estatutarias
Leyes estatutariasLeyes estatutarias
Leyes estatutarias
taylor25
 

La actualidad más candente (20)

Estatutos Asociación
Estatutos AsociaciónEstatutos Asociación
Estatutos Asociación
 
Est Assoc Gral Cast
Est Assoc Gral CastEst Assoc Gral Cast
Est Assoc Gral Cast
 
Estatutos..
Estatutos..Estatutos..
Estatutos..
 
Guia Asociacion Civil
Guia Asociacion CivilGuia Asociacion Civil
Guia Asociacion Civil
 
Estatutos offside ocio y tiempo libre
Estatutos offside ocio y tiempo libreEstatutos offside ocio y tiempo libre
Estatutos offside ocio y tiempo libre
 
Sociedad de prevención deportiva integral english spanish arabic
Sociedad de prevención deportiva integral   english spanish arabicSociedad de prevención deportiva integral   english spanish arabic
Sociedad de prevención deportiva integral english spanish arabic
 
Estatuto tipo para Asociaciones. Ministerio de Justicia de Chile
Estatuto tipo para Asociaciones. Ministerio de Justicia de ChileEstatuto tipo para Asociaciones. Ministerio de Justicia de Chile
Estatuto tipo para Asociaciones. Ministerio de Justicia de Chile
 
Estatutos y formacion chile ong
Estatutos y formacion chile ongEstatutos y formacion chile ong
Estatutos y formacion chile ong
 
Estatutos banda caballero león
Estatutos banda  caballero león Estatutos banda  caballero león
Estatutos banda caballero león
 
Microsoft Word Proyecto Estatutos1
Microsoft Word   Proyecto Estatutos1Microsoft Word   Proyecto Estatutos1
Microsoft Word Proyecto Estatutos1
 
Fundación no-inscrita
Fundación no-inscritaFundación no-inscrita
Fundación no-inscrita
 
Ley de Juntas de Vecinos y demas organizaciones comunitarias
Ley de Juntas de Vecinos y demas organizaciones comunitariasLey de Juntas de Vecinos y demas organizaciones comunitarias
Ley de Juntas de Vecinos y demas organizaciones comunitarias
 
Comité UAP III semestre-sección 1
Comité UAP III semestre-sección 1Comité UAP III semestre-sección 1
Comité UAP III semestre-sección 1
 
Ley 19418 09-oct-1995
Ley 19418 09-oct-1995Ley 19418 09-oct-1995
Ley 19418 09-oct-1995
 
Estatutosgenericos
EstatutosgenericosEstatutosgenericos
Estatutosgenericos
 
Propuesta de estatutos 23 de julio09
Propuesta de estatutos 23 de julio09Propuesta de estatutos 23 de julio09
Propuesta de estatutos 23 de julio09
 
Contenido 12
Contenido 12Contenido 12
Contenido 12
 
Derechos y deberes de un(a) afiliado(a) ley 19418
Derechos y deberes de un(a) afiliado(a) ley 19418Derechos y deberes de un(a) afiliado(a) ley 19418
Derechos y deberes de un(a) afiliado(a) ley 19418
 
Estatutos vigentes aavv la victoria
Estatutos vigentes aavv la victoriaEstatutos vigentes aavv la victoria
Estatutos vigentes aavv la victoria
 
Leyes estatutarias
Leyes estatutariasLeyes estatutarias
Leyes estatutarias
 

Similar a Estatutos I.M.E

Estatutos asociación
Estatutos asociaciónEstatutos asociación
Estatutos asociación
Vocalía De Comunicación
 
Estatutos Asociación de vecinos Nueva Churriana
Estatutos Asociación de vecinos Nueva ChurrianaEstatutos Asociación de vecinos Nueva Churriana
Estatutos Asociación de vecinos Nueva Churriana
avvnuevachurriana
 
Estatutos_AMAR
Estatutos_AMAREstatutos_AMAR
Estatutos_AMAR
Felisa Sanchez Molina
 
Estatutos avidecom
Estatutos avidecomEstatutos avidecom
Estatutos aprobados ppor inspeccion del trabajo
Estatutos aprobados ppor inspeccion del trabajoEstatutos aprobados ppor inspeccion del trabajo
Estatutos aprobados ppor inspeccion del trabajo
claudio tapia
 
Asoc sábila
Asoc sábilaAsoc sábila
Asoc sábila
laotraescuela1
 
Estatuto
EstatutoEstatuto
Estatuto
DarioMa1
 
Modulo 2
Modulo 2Modulo 2
Estatutos
EstatutosEstatutos
Estatutos
tragallum
 
AdultoMayor.pdf
AdultoMayor.pdfAdultoMayor.pdf
AdultoMayor.pdf
Arnold MA
 
MODELO DE MINUTA DE ASOCIACIÓN CIVIL
MODELO DE  MINUTA DE ASOCIACIÓN CIVILMODELO DE  MINUTA DE ASOCIACIÓN CIVIL
MODELO DE MINUTA DE ASOCIACIÓN CIVIL
Massey Abogados (Oscar Massey)
 
Sociedad cientifica deportiva integral
Sociedad cientifica deportiva integralSociedad cientifica deportiva integral
Sociedad cientifica deportiva integral
Dr. Manuel Concepción
 
IGLESIA ORTODOXA ARGENTINA (IOA) ESTATUTOS DE LA ASOCIACION
IGLESIA ORTODOXA ARGENTINA  (IOA)   ESTATUTOS DE LA ASOCIACIONIGLESIA ORTODOXA ARGENTINA  (IOA)   ESTATUTOS DE LA ASOCIACION
IGLESIA ORTODOXA ARGENTINA (IOA) ESTATUTOS DE LA ASOCIACION
ISSO-SALUD OCUPACIONAL y CIENCIAS D LA SALUD
 
Estatutos ampa
Estatutos ampaEstatutos ampa
Estatutos ampa
AMPA Ramon Laza
 
Estatutos docentes jubilados
Estatutos docentes jubiladosEstatutos docentes jubilados
Estatutos docentes jubilados
irakasle jubilatuak
 
430103117-Formato-Estatutos-Sindicato-Empresa.doc
430103117-Formato-Estatutos-Sindicato-Empresa.doc430103117-Formato-Estatutos-Sindicato-Empresa.doc
430103117-Formato-Estatutos-Sindicato-Empresa.doc
arturo804348
 
Estatutos asonaimco
Estatutos asonaimcoEstatutos asonaimco
Estatutos asonaimco
Eneldo Serrata
 
Estatutos de la Asociación Juvenil de Chercos "UMBRA"
Estatutos de la Asociación Juvenil de Chercos "UMBRA"Estatutos de la Asociación Juvenil de Chercos "UMBRA"
Estatutos de la Asociación Juvenil de Chercos "UMBRA"
UMBRA-Chercos
 
Producto Proyecto Personal
Producto Proyecto PersonalProducto Proyecto Personal
Producto Proyecto Personal
Chapucilla
 
Modelo de estatutos
Modelo de estatutosModelo de estatutos
Modelo de estatutos
avcalamedilla
 

Similar a Estatutos I.M.E (20)

Estatutos asociación
Estatutos asociaciónEstatutos asociación
Estatutos asociación
 
Estatutos Asociación de vecinos Nueva Churriana
Estatutos Asociación de vecinos Nueva ChurrianaEstatutos Asociación de vecinos Nueva Churriana
Estatutos Asociación de vecinos Nueva Churriana
 
Estatutos_AMAR
Estatutos_AMAREstatutos_AMAR
Estatutos_AMAR
 
Estatutos avidecom
Estatutos avidecomEstatutos avidecom
Estatutos avidecom
 
Estatutos aprobados ppor inspeccion del trabajo
Estatutos aprobados ppor inspeccion del trabajoEstatutos aprobados ppor inspeccion del trabajo
Estatutos aprobados ppor inspeccion del trabajo
 
Asoc sábila
Asoc sábilaAsoc sábila
Asoc sábila
 
Estatuto
EstatutoEstatuto
Estatuto
 
Modulo 2
Modulo 2Modulo 2
Modulo 2
 
Estatutos
EstatutosEstatutos
Estatutos
 
AdultoMayor.pdf
AdultoMayor.pdfAdultoMayor.pdf
AdultoMayor.pdf
 
MODELO DE MINUTA DE ASOCIACIÓN CIVIL
MODELO DE  MINUTA DE ASOCIACIÓN CIVILMODELO DE  MINUTA DE ASOCIACIÓN CIVIL
MODELO DE MINUTA DE ASOCIACIÓN CIVIL
 
Sociedad cientifica deportiva integral
Sociedad cientifica deportiva integralSociedad cientifica deportiva integral
Sociedad cientifica deportiva integral
 
IGLESIA ORTODOXA ARGENTINA (IOA) ESTATUTOS DE LA ASOCIACION
IGLESIA ORTODOXA ARGENTINA  (IOA)   ESTATUTOS DE LA ASOCIACIONIGLESIA ORTODOXA ARGENTINA  (IOA)   ESTATUTOS DE LA ASOCIACION
IGLESIA ORTODOXA ARGENTINA (IOA) ESTATUTOS DE LA ASOCIACION
 
Estatutos ampa
Estatutos ampaEstatutos ampa
Estatutos ampa
 
Estatutos docentes jubilados
Estatutos docentes jubiladosEstatutos docentes jubilados
Estatutos docentes jubilados
 
430103117-Formato-Estatutos-Sindicato-Empresa.doc
430103117-Formato-Estatutos-Sindicato-Empresa.doc430103117-Formato-Estatutos-Sindicato-Empresa.doc
430103117-Formato-Estatutos-Sindicato-Empresa.doc
 
Estatutos asonaimco
Estatutos asonaimcoEstatutos asonaimco
Estatutos asonaimco
 
Estatutos de la Asociación Juvenil de Chercos "UMBRA"
Estatutos de la Asociación Juvenil de Chercos "UMBRA"Estatutos de la Asociación Juvenil de Chercos "UMBRA"
Estatutos de la Asociación Juvenil de Chercos "UMBRA"
 
Producto Proyecto Personal
Producto Proyecto PersonalProducto Proyecto Personal
Producto Proyecto Personal
 
Modelo de estatutos
Modelo de estatutosModelo de estatutos
Modelo de estatutos
 

Más de Carlos Medina Abenza

La guerra como parte del sistema social
La guerra como parte del sistema socialLa guerra como parte del sistema social
La guerra como parte del sistema social
Carlos Medina Abenza
 
Práctica de problemas 1.3 (Historia del Arte)
Práctica de problemas 1.3 (Historia del Arte)Práctica de problemas 1.3 (Historia del Arte)
Práctica de problemas 1.3 (Historia del Arte)
Carlos Medina Abenza
 
Aurora y gay saber: un tránsito hacía la muerte de dios
Aurora y gay saber: un tránsito hacía la muerte de diosAurora y gay saber: un tránsito hacía la muerte de dios
Aurora y gay saber: un tránsito hacía la muerte de dios
Carlos Medina Abenza
 
El Mito De Perseo vs Stargate Atlantis
El Mito De Perseo vs Stargate AtlantisEl Mito De Perseo vs Stargate Atlantis
El Mito De Perseo vs Stargate Atlantis
Carlos Medina Abenza
 
El mito de perseo vs stargate atlantis
El mito de perseo vs stargate atlantisEl mito de perseo vs stargate atlantis
El mito de perseo vs stargate atlantis
Carlos Medina Abenza
 

Más de Carlos Medina Abenza (6)

La guerra como parte del sistema social
La guerra como parte del sistema socialLa guerra como parte del sistema social
La guerra como parte del sistema social
 
Práctica de problemas 1.3 (Historia del Arte)
Práctica de problemas 1.3 (Historia del Arte)Práctica de problemas 1.3 (Historia del Arte)
Práctica de problemas 1.3 (Historia del Arte)
 
Aurora y gay saber: un tránsito hacía la muerte de dios
Aurora y gay saber: un tránsito hacía la muerte de diosAurora y gay saber: un tránsito hacía la muerte de dios
Aurora y gay saber: un tránsito hacía la muerte de dios
 
Historia
Historia Historia
Historia
 
El Mito De Perseo vs Stargate Atlantis
El Mito De Perseo vs Stargate AtlantisEl Mito De Perseo vs Stargate Atlantis
El Mito De Perseo vs Stargate Atlantis
 
El mito de perseo vs stargate atlantis
El mito de perseo vs stargate atlantisEl mito de perseo vs stargate atlantis
El mito de perseo vs stargate atlantis
 

Último

pueblos originarios de chile presentacion twinkl.pptx
pueblos originarios de chile presentacion twinkl.pptxpueblos originarios de chile presentacion twinkl.pptx
pueblos originarios de chile presentacion twinkl.pptx
RAMIREZNICOLE
 
Liturgia día del Padre del siguiente domingo.pptx
Liturgia día del Padre del siguiente domingo.pptxLiturgia día del Padre del siguiente domingo.pptx
Liturgia día del Padre del siguiente domingo.pptx
YeniferGarcia36
 
200. Efemerides junio para trabajar en periodico mural
200. Efemerides junio para trabajar en periodico mural200. Efemerides junio para trabajar en periodico mural
200. Efemerides junio para trabajar en periodico mural
shirherrer
 
La necesidad de bienestar y el uso de la naturaleza.pdf
La necesidad de bienestar y el uso de la naturaleza.pdfLa necesidad de bienestar y el uso de la naturaleza.pdf
La necesidad de bienestar y el uso de la naturaleza.pdf
JonathanCovena1
 
Planificación Ejemplo con la metodología TPACK
Planificación Ejemplo con la metodología  TPACKPlanificación Ejemplo con la metodología  TPACK
Planificación Ejemplo con la metodología TPACK
ssusera6697f
 
ACERTIJO DESCIFRANDO CÓDIGO DEL CANDADO DE LA TORRE EIFFEL EN PARÍS. Por JAVI...
ACERTIJO DESCIFRANDO CÓDIGO DEL CANDADO DE LA TORRE EIFFEL EN PARÍS. Por JAVI...ACERTIJO DESCIFRANDO CÓDIGO DEL CANDADO DE LA TORRE EIFFEL EN PARÍS. Por JAVI...
ACERTIJO DESCIFRANDO CÓDIGO DEL CANDADO DE LA TORRE EIFFEL EN PARÍS. Por JAVI...
JAVIER SOLIS NOYOLA
 
Dosificación de los aprendizajes U4_Me gustan los animales_Parvulos 1_2_3.pdf
Dosificación de los aprendizajes U4_Me gustan los animales_Parvulos 1_2_3.pdfDosificación de los aprendizajes U4_Me gustan los animales_Parvulos 1_2_3.pdf
Dosificación de los aprendizajes U4_Me gustan los animales_Parvulos 1_2_3.pdf
KarenRuano6
 
Respuesta del icfes pre saber verificadas
Respuesta del icfes pre saber verificadasRespuesta del icfes pre saber verificadas
Respuesta del icfes pre saber verificadas
KarenCaicedo28
 
FEEDBACK DE LA ESTRUCTURA CURRICULAR- 2024.pdf
FEEDBACK DE LA ESTRUCTURA CURRICULAR- 2024.pdfFEEDBACK DE LA ESTRUCTURA CURRICULAR- 2024.pdf
FEEDBACK DE LA ESTRUCTURA CURRICULAR- 2024.pdf
Jose Luis Jimenez Rodriguez
 
Maristella Svampa-La sociedad excluyente.pdf
Maristella Svampa-La sociedad excluyente.pdfMaristella Svampa-La sociedad excluyente.pdf
Maristella Svampa-La sociedad excluyente.pdf
belbarcala
 
Inteligencia Artificial para Docentes HIA Ccesa007.pdf
Inteligencia Artificial para Docentes  HIA  Ccesa007.pdfInteligencia Artificial para Docentes  HIA  Ccesa007.pdf
Inteligencia Artificial para Docentes HIA Ccesa007.pdf
Demetrio Ccesa Rayme
 
La vida de Martin Miguel de Güemes para niños de primaria
La vida de Martin Miguel de Güemes para niños de primariaLa vida de Martin Miguel de Güemes para niños de primaria
La vida de Martin Miguel de Güemes para niños de primaria
EricaCouly1
 
Mundo ABC Examen 1 Grado- Tercer Trimestre.pdf
Mundo ABC Examen 1 Grado- Tercer Trimestre.pdfMundo ABC Examen 1 Grado- Tercer Trimestre.pdf
Mundo ABC Examen 1 Grado- Tercer Trimestre.pdf
ViriEsteva
 
Libro Integrado 8vo egb len-mat-ccnn-eess
Libro Integrado 8vo egb len-mat-ccnn-eessLibro Integrado 8vo egb len-mat-ccnn-eess
Libro Integrado 8vo egb len-mat-ccnn-eess
maxgamesofficial15
 
Evaluacion del tercer trimestre del 2023-2024
Evaluacion del tercer trimestre del 2023-2024Evaluacion del tercer trimestre del 2023-2024
Evaluacion del tercer trimestre del 2023-2024
israelsouza67
 
Lecciones 10 Esc. Sabática. El espiritismo desenmascarado docx
Lecciones 10 Esc. Sabática. El espiritismo desenmascarado docxLecciones 10 Esc. Sabática. El espiritismo desenmascarado docx
Lecciones 10 Esc. Sabática. El espiritismo desenmascarado docx
Alejandrino Halire Ccahuana
 
tema 7. Los siglos XVI y XVII ( resumen)
tema 7. Los siglos XVI y XVII ( resumen)tema 7. Los siglos XVI y XVII ( resumen)
tema 7. Los siglos XVI y XVII ( resumen)
saradocente
 
CORREOS SEGUNDO 2024 HONORIO DELGADO ESPINOZA
CORREOS SEGUNDO 2024 HONORIO DELGADO ESPINOZACORREOS SEGUNDO 2024 HONORIO DELGADO ESPINOZA
CORREOS SEGUNDO 2024 HONORIO DELGADO ESPINOZA
Sandra Mariela Ballón Aguedo
 
SEMIOLOGIA DE HEMORRAGIAS DIGESTIVAS.pptx
SEMIOLOGIA DE HEMORRAGIAS DIGESTIVAS.pptxSEMIOLOGIA DE HEMORRAGIAS DIGESTIVAS.pptx
SEMIOLOGIA DE HEMORRAGIAS DIGESTIVAS.pptx
Osiris Urbano
 
Presentación de proyecto en acuarela moderna verde.pdf
Presentación de proyecto en acuarela moderna verde.pdfPresentación de proyecto en acuarela moderna verde.pdf
Presentación de proyecto en acuarela moderna verde.pdf
LuanaJaime1
 

Último (20)

pueblos originarios de chile presentacion twinkl.pptx
pueblos originarios de chile presentacion twinkl.pptxpueblos originarios de chile presentacion twinkl.pptx
pueblos originarios de chile presentacion twinkl.pptx
 
Liturgia día del Padre del siguiente domingo.pptx
Liturgia día del Padre del siguiente domingo.pptxLiturgia día del Padre del siguiente domingo.pptx
Liturgia día del Padre del siguiente domingo.pptx
 
200. Efemerides junio para trabajar en periodico mural
200. Efemerides junio para trabajar en periodico mural200. Efemerides junio para trabajar en periodico mural
200. Efemerides junio para trabajar en periodico mural
 
La necesidad de bienestar y el uso de la naturaleza.pdf
La necesidad de bienestar y el uso de la naturaleza.pdfLa necesidad de bienestar y el uso de la naturaleza.pdf
La necesidad de bienestar y el uso de la naturaleza.pdf
 
Planificación Ejemplo con la metodología TPACK
Planificación Ejemplo con la metodología  TPACKPlanificación Ejemplo con la metodología  TPACK
Planificación Ejemplo con la metodología TPACK
 
ACERTIJO DESCIFRANDO CÓDIGO DEL CANDADO DE LA TORRE EIFFEL EN PARÍS. Por JAVI...
ACERTIJO DESCIFRANDO CÓDIGO DEL CANDADO DE LA TORRE EIFFEL EN PARÍS. Por JAVI...ACERTIJO DESCIFRANDO CÓDIGO DEL CANDADO DE LA TORRE EIFFEL EN PARÍS. Por JAVI...
ACERTIJO DESCIFRANDO CÓDIGO DEL CANDADO DE LA TORRE EIFFEL EN PARÍS. Por JAVI...
 
Dosificación de los aprendizajes U4_Me gustan los animales_Parvulos 1_2_3.pdf
Dosificación de los aprendizajes U4_Me gustan los animales_Parvulos 1_2_3.pdfDosificación de los aprendizajes U4_Me gustan los animales_Parvulos 1_2_3.pdf
Dosificación de los aprendizajes U4_Me gustan los animales_Parvulos 1_2_3.pdf
 
Respuesta del icfes pre saber verificadas
Respuesta del icfes pre saber verificadasRespuesta del icfes pre saber verificadas
Respuesta del icfes pre saber verificadas
 
FEEDBACK DE LA ESTRUCTURA CURRICULAR- 2024.pdf
FEEDBACK DE LA ESTRUCTURA CURRICULAR- 2024.pdfFEEDBACK DE LA ESTRUCTURA CURRICULAR- 2024.pdf
FEEDBACK DE LA ESTRUCTURA CURRICULAR- 2024.pdf
 
Maristella Svampa-La sociedad excluyente.pdf
Maristella Svampa-La sociedad excluyente.pdfMaristella Svampa-La sociedad excluyente.pdf
Maristella Svampa-La sociedad excluyente.pdf
 
Inteligencia Artificial para Docentes HIA Ccesa007.pdf
Inteligencia Artificial para Docentes  HIA  Ccesa007.pdfInteligencia Artificial para Docentes  HIA  Ccesa007.pdf
Inteligencia Artificial para Docentes HIA Ccesa007.pdf
 
La vida de Martin Miguel de Güemes para niños de primaria
La vida de Martin Miguel de Güemes para niños de primariaLa vida de Martin Miguel de Güemes para niños de primaria
La vida de Martin Miguel de Güemes para niños de primaria
 
Mundo ABC Examen 1 Grado- Tercer Trimestre.pdf
Mundo ABC Examen 1 Grado- Tercer Trimestre.pdfMundo ABC Examen 1 Grado- Tercer Trimestre.pdf
Mundo ABC Examen 1 Grado- Tercer Trimestre.pdf
 
Libro Integrado 8vo egb len-mat-ccnn-eess
Libro Integrado 8vo egb len-mat-ccnn-eessLibro Integrado 8vo egb len-mat-ccnn-eess
Libro Integrado 8vo egb len-mat-ccnn-eess
 
Evaluacion del tercer trimestre del 2023-2024
Evaluacion del tercer trimestre del 2023-2024Evaluacion del tercer trimestre del 2023-2024
Evaluacion del tercer trimestre del 2023-2024
 
Lecciones 10 Esc. Sabática. El espiritismo desenmascarado docx
Lecciones 10 Esc. Sabática. El espiritismo desenmascarado docxLecciones 10 Esc. Sabática. El espiritismo desenmascarado docx
Lecciones 10 Esc. Sabática. El espiritismo desenmascarado docx
 
tema 7. Los siglos XVI y XVII ( resumen)
tema 7. Los siglos XVI y XVII ( resumen)tema 7. Los siglos XVI y XVII ( resumen)
tema 7. Los siglos XVI y XVII ( resumen)
 
CORREOS SEGUNDO 2024 HONORIO DELGADO ESPINOZA
CORREOS SEGUNDO 2024 HONORIO DELGADO ESPINOZACORREOS SEGUNDO 2024 HONORIO DELGADO ESPINOZA
CORREOS SEGUNDO 2024 HONORIO DELGADO ESPINOZA
 
SEMIOLOGIA DE HEMORRAGIAS DIGESTIVAS.pptx
SEMIOLOGIA DE HEMORRAGIAS DIGESTIVAS.pptxSEMIOLOGIA DE HEMORRAGIAS DIGESTIVAS.pptx
SEMIOLOGIA DE HEMORRAGIAS DIGESTIVAS.pptx
 
Presentación de proyecto en acuarela moderna verde.pdf
Presentación de proyecto en acuarela moderna verde.pdfPresentación de proyecto en acuarela moderna verde.pdf
Presentación de proyecto en acuarela moderna verde.pdf
 

Estatutos I.M.E

  • 1. ASOCIACIÓN “I.M.E” [Escriba aquí una descripción breve del documento. Normalmente, una descripción breve es un resumen corto del contenido del documento. Escriba aquí una descripción breve del documento. Normalmente, una descripción breve es un resumen corto del contenido del documento.] ESTATUTOS
  • 2. CAPITULO I.- DENOMINACIÓN, DOMICILIO, ÁMBITO, FINES Y ACTIVIDADES Art. 1º Denominación Se constituye la Asoc iac ión Juvenil denominada “International Mediators Elche” que se ac oge a lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, en el artículo 7.2 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de Modificación Parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamient o Civil, y en el Real Decreto 397/1988, de 22 de abril, por el que se regula la inscripción registral de Asociaciones Juveniles y a la Ley 14/2008, de 18 de noviembre de Asociaciones de la Comunitat Valenciana, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 22 de la Constitución, careciendo de ánimo de lucro. Art. 2º Personalidad Jurídica La Asociación tiene personalidad jurídica propia y capacidad plena de obrar para administrar y disponer de sus bienes y cumplir los fines que se propone. Art. 3º Domicilio y ámbito de actuación El domicilio de la Asociación se establece en ……………………..….…………..……………….. c alle ………………………………………………..………. c ódigo postal…….……. La Asoc iac ión realizará principalmente sus actividades en el ámbito territorial de Elche (ALICANTE). Art. 4º Fines Constituyen los fines de la Asociación:  Promover el uso de la mediación y de la resolución pacífica de conflictos.  Extender la cultura de la paz por la ciudad, mediante los diversos procedimientos resumidos más adelante  Asesorar a distintos colectivos sobre las formas de resolución pacífica de conflictos.  Facilitar el acercamiento de los jóvenes a las nuevas formas de entender el mundo  Ayudar a los distintos colectivos educativos a que implanten políticas, programas, proyectos y medidas educativas que ayuden a transmitir la cultura de la paz.  Promover ante los organismos estatales, mediante todos los recursos posibles, medidas para extender la cultura de la paz.  Velar por una cultura de la paz verdadera y autentica, dentro de sus límites de actuación.  Acercar a las personas adultas y mayores de edad, las nuevas formas de resolución de conflictos  Dar ayuda a las víctimas de la violencia, bullying o maltrato.  Velar porque se conozcan los efectos, causas y consecuencias del bullying, así como poder prestarles ayuda. Art.5º Actividades
  • 3. Para el cumplimiento de los fines enumerados en el artículo anterior, se realizarán las siguientes actividades:  Asociarse con organizaciones gubernamentales y no gubernamentales para realizar diversos proyectos de intervención comunitaria.  Charlas formativas dentro de institutos, colegios y demás sitios, que se consideren necesarios  Expedir certificados, cartas de recomendación y títulos de acuerdo con lo expuesto en el reglamento de régimen interno.  Mantener reuniones con distintos colectivos que en su momento pudieran ser de interés, realizando las alianzas que se consideren oportunas.  Tramitar todo tipo de sugerencias que pudiesen llegar desde colectivos, empresas, instituciones, etc.  Organizar excursiones y campamentos, de intención lúdica-formativa, en el marco de la transmisión de la cultura de la paz  Organizar galas y ceremonias, de acuerdo, con los congresos, simposios y fiestas que en su caso pudiera haber.  Asesorar legalmente y moralmente, a cualquier persona que lo solicite, disponiendo para ello, un horario de atención al público.  Organizar las acciones sindicales que en su caso se considerarán oportunas, de acuerdo con las circunstancias de la propuesta de acción sindical  Realizar memorias, actas, informes y demás documentación, que a los efectos deberá ser publica y accesible para todo el que lo solicite CAPITULO II.- DE LOS ASOCIADOS (DEBERES Y DERECHOS) Art. 6º Capacidad Podrán formar parte de la Asociación todas las personas físicas que tengan una edad entre 14 y 30 años, y que, libre y voluntariamente, tengan interés en el desarrollo de los fines de la Asociación. Para adquirir la condición de asociado, se deberá presentar una solicitud por esc rito a la Junta Directiva. Los métodos de resolución solicitudes de la Junta Directiva, así como plazos y otros procesos serán descritos en el Reglamento de Régimen Interno Art. 7º Derechos de las personas asociadas
  • 4. Los derechos que corresponden a las personas asociadas son los siguientes:  A participar en las actividades de la Asociación y en los órganos de gobierno y representación, a ejercer el derecho de voto, así como a asistir a la Asamblea General, de acuerdo con los Estatutos.  A ser informados acerca de la composición de los órganos de gobierno y representación de la Asociación, de su estado de cuentas y del desarrollo de su actividad. Podrán acceder a toda la información a través de la Junta Directiva.  A ser oído con carácter previo a la adopción de medidas disciplinarias contra él y a ser informado de los hechos que den lugar a tales medidas, debiendo ser motivado el acuerdo que, en su caso, imponga la sanción.  A impugnar los acuerdos de los órganos de la Asociación que estime contrarios a la Ley o a los Estatutos.  A conocer los Estatutos y los reglamentos y normas de funcionamiento aprobados por los órganos de la Asociación. Asimismo tendrán derecho a que se les facilite copia de los Estatutos vigentes y del Reglamento de Régimen Interno de la Asociación.  A consultar toda la documentación de la asociación. Art. 8º Deberes de las personas asociadas Los deberes de las personas asociadas son:  Compartir las finalidades de la Asociación y colaborar para la consecución de las mismas.  Pagar las cuotas, derramas y otras aportaciones que, con arreglo a los Estatutos, puedan corresponder a cada persona asociada.  Acatar y cumplir los acuerdos válidamente adoptados por los órganos de gobierno y representación de la asociación.  Ajustar su actuación a las disposiciones estatutarias.  Desempeñar fielmente el cargo para el que fueron elegidos Art. 9º Causas de baja Son causa de baja en la Asociación:  La propia voluntad del interesado/a, comunicada por escrito a los órganos de representación. Podrá percibir la participación patrimonial inicial y otras aportaciones económicas realizadas sin incluir las cuotas de pertenencia a la asociación y siempre que la reducción patrimonial no implique perjuicios a terceros.  No satisfacer las cuotas fijadas.  Si la pertenencia de un/a menor a esta Asociación impide o perjudica su desarrollo integral, cualquier interesado, persona física o jurídica, o entidad pública, podrá dirigirse al Ministerio Fiscal para que promueva las medidas jurídicas de protección que estime necesarias.
  • 5. Art. 10º Régimen Sancionador La separación de la Asociación de las personas asociadas por motivo de sanción tendrá lugar cuando cometan actos que los hagan indignos de seguir perteneciendo a aquella. Se presumirá que existe este tipo de actos:  Cuando deliberadamente la persona asociada impida o ponga obstáculos al cumplimiento de los fines sociales.  Cuando intencionadamente obstaculice el funcionamiento de los órganos de gobierno y representación de la Asociación. En cualquier caso para la imposición de la sanción de separación por parte de la Junta Directiva, será necesaria la tramitación de un expediente disciplinario instruido por órgano diferente al competente para resolverlo y que garantice los derechos de las personas asociadas. El plazo de prescripción de las infracciones y sanciones, además de los plazos de decisión del órgano competente y su composición, será fijado en el Reglamento de Régimen Interno. CAPITULO III.- EL ORGANO DE GOBIERNO Art. 11º Asamblea General La Asamblea General es el órgano supremo de gobierno de la Asociación, integrado por todas las personas asociadas por derecho propio irrenunciable y en igualdad absoluta, que adopt a sus acuerdos por el principio mayoritario o de democracia interna. Las decisiones se tomarán por mayoría absoluta en primera vuelta o por mayoría simple en la segunda. Todos los miembros quedarán sujetos a los acuerdos de la Asamblea General, incluso los ausentes, los disidentes y los que aun estando presentes se hayan abstenido de votar. Art. 12º Reuniones de la Asamblea General La Asamblea General se reunirá en sesión ordinaria c ada tres meses, teniendo así un total de cuatro reuniones durante el transcurso de un año natural. Esta asamblea se dotará con carácter extraordinario siempre que sea necesario, a requerimiento de un número de personas asociadas que represente, como mínimo, un diez por ciento de la totalidad. Art. 13º Convocatoria de la Asamblea General Las convocatorias de la Asamblea Genera, tanto ordinarias como extraordinarias, se harán por escrito. Los anuncios de la convocatoria se colocarán en los lugares de costumbre con quince días de antelación como mínimo. Siempre que sea posible se convocará individualmente a todos los miembros. La convocatoria expresará el día, la hora y el lugar de la reunión, así como también el orden del día. Se harán convocatorias tanto telemáticas como físicas. El/la Secretario/a General redactará el Acta de cada reunión que reflejará las deliberaciones, el texto de los acuerdos que se hayan adoptado y el resultado numérico de las votaciones. Al
  • 6. comienzo de cada reunión de la Asamblea General se leerá el Acta de la reunión anterior a fin de que se apruebe o no. Art. 14º Competencias de la Asamblea General La Asamblea General quedará constituido de manera correcta en primera convocatoria con la asistencia mínima de un tercio de las personas asociadas presentes o representadas; y en segunda convocatoria, sea cual sea el número de ellas, se tendrá que celebrar media hora después de la primera y en el mismo lugar. En las reuniones, corresponde un voto a cada miembro de la Asociación. Son competencia de la Asamblea General:  Controlar la actividad de la Junta Directiva, exigir la comparecencia de sus miembros y aprobar su gestión.  Examinar y aprobar o rechazar los presupuestos anuales de ingresos y gastos, así como el Plan General de Actividades.  Elegir y separar a los miembros de la Junta Directiva.  Aprobar el Reglamento de Régimen Interior de la Asociación,  Ratificar las altas de asociados o asociadas acordadas por la Junta Directiva y acordar con carácter definitivo las bajas de las mismas. Son competencias de la Asamblea General con carácter extraordinario:  Acordar la disolución de la Asociación.  Modificación de los Estatutos.  Disposición y enajenación de bienes.  Cualquier otra que no corresponda a otro órgano de la Asociación. Los métodos de votación serán descritos en el Reglamento de Régimen Interior. CAPITULO IV.- SOBRE LA JUNTA DIRECTIVA Art. 15º Composición de la Junta Directiva La Asociación la regirá, administrará y representará el órgano de representación denominado Junta Directiva formado por:  El/la Presidente/a  El/la Secretario/a General  El/la Tesorero  El/la Vicepresidente/a Y los vocales, que serán propuestos por el presidente, según las necesidades de cada Junta Directiva, y votados por la asamblea general. Sus funciones, número y ámbitos, y formas de dimisión, estarán dispuestas en el Reglamento de Régimen Interior.
  • 7. Los cargos de Presidente/a, Secretario/a General y Tesorero/a deben recaer en personas diferentes, además uno de sus miembros debe ser mayor de edad o menor emancipado. El ejercicio de los cargos será gratuito. Art 16º Método de elección de la Junta Directiva La elección de los miembros de la Junta Directiva se decidirá basándose en el sufragio libre y secreto de los miembros de la Asamblea General. Habrá dos métodos para celebrar las elecciones a Junta Directiva:  Cerradas: Se elige al presidente, el cual presentará a todo su equipo directivo en candidatura única.  Abiertas: Se elige uno por uno a los miembros de la Junta Directiva. El Reglamento de Régimen Interior establecerá los procesos para elegir a la Junta Directiva y las directrices para ello, junto con todo lo demás que pudiera ser de utilidad. Art. 17º Duración del mandato de la Junta Directiva Los miembros del órgano de representación, ejercerán el cargo durante un periodo 3 año(s), y podrán ser reelegidos por un máximo de 2 veces. El cese de uno de los cargos antes de extinguirse el término reglamentario podrá deberse a:  Dimisión voluntaria presentada mediante un escrito en el que se razonen los motivos.  Enfermedad que incapacite para el ejercicio del cargo.  Causar baja como miembro de la Asociación.  Sanción impuesta por una falta cometida en el ejercicio del cargo. Las bajas se cubrirán por designación del presidente, hasta la finalización del plazo establecido para el cargo, una vez consultada la Asamblea General. Art. 18º Competencias de la Junta Directiva Serán competencias generales de todos sus miembros:  Establecer las líneas generales de actuación que permitan a la Asociación cumplir sus fines.  Disponer todas las medidas encaminadas a garantizar el funcionamiento democrático de la asociación.  Fijar las cuotas ordinarias o extraordinarias.  Tomar los acuerdos necesarios para la comparecencia ante los organismos públicos, para el ejercicio de toda clase de acciones legales y para interponer los recursos pertinentes.  Proponer a la Asamblea General el establecimiento de las cuotas que los miembros de la Asociación tengan que satisfacer.
  • 8.  Comunicar al Registro de Asociaciones, la modificación de los Estatutos acordada por la Asamblea General en el plazo de un mes.  Elaborar el Plan General de Actividades y someterla a la aprobación de la Asamblea General.  Resolver provisionalmente cualquier caso no previsto por los presentes estatutos y dar cuenta de ello en la Asamblea General.  Cualquier otra facultad que no esté atribuida de una manera específica en estos estatutos a la Asamblea General Art. 19º Reuniones de la Junta Directiva La Junta Directiva, convocada previamente por el Presidente/a o por la persona que le sustituya, se reunirá en sesión ordinaria con la periodicidad que sus miembros decidan, que en todo caso no podrá ser superior a dos meses. Se reunirá en sesión extraordinaria si lo solicita un tercio de sus componentes. La Junta Directiva quedará válidamente constituido con convocatoria previa y un quórum de la mitad más uno de sus miembros. Los miembros de la Junta Directiva están obligados a asistir a todas las reuniones que se convoquen, pudiendo excusar su asistencia por causas justificadas. En cualquier caso, será necesaria la asistencia del Presidente/a y del Secretario/a o de las personas que los sustituyan. En la Junta Directiva se tomarán los acuerdos por mayoría simple de votos de los asistentes. En caso de empate, el voto del Presidente/a será de calidad. Los acuerdos del órgano de representación se harán constar en el libro de actas. Al iniciarse cada reunión del mismo, se leerá el acta de la sesión anterior para que se apruebe o se rectifique. Art. 20º El/la Presidente/a El Presidente/a de la Asociación será mayor de edad menor emancipado y además será Presidente/a de la Asamblea General. Son propias del Presidente/a, las siguientes funciones:  Las de dirección y representac ión legal de la Asociación, por delegación de la Asamblea General y de la Junta Directiva.  La presidencia y la dirección de los debates de los órganos de gobierno y de representación.  Ostentar y ejercitar la representación de la Asociación y llevar a término la dirección y la administración de la manera más amplia que reconozca la ley y cumplir las decisiones tomadas por la Asamblea General, y de acuerdo con las normas, las instrucciones y las directrices generales que esta Asamblea General establezca.  Convocar las Asambleas Generales y controlar que los acuerdos que allí se adopten, se cumplan.  Firmar las convocatorias las reuniones de la Asamblea General y de la Junta Directiva.
  • 9.  Visar las actas y los certificados confeccionados por el/la Secretario/a General de la Asociación.  Ser el máximo representante de la Asociación a nivel institucional.  Las atribuciones restantes propias del cargo y las que le delegue la Asamblea General o el órgano de representación. Al Presidente/a lo sustituirá, en caso de ausencia o enfermedad, el/la Vicepresidente/a. Art. 21º El/la Vicepresidente/a Corresponde al Vicepresidente:  Presentar la solicitud para la declaración de utilidad pública o de interés público de la Comunitat Valenciana.  Asesorar al presidente y estar con él en sus reuniones.  Sustituir al presidente si fuera necesario  La gestión de la página web junto al Vicesecretario/a General. Art. 22º El/la Tesorero/a El/la Tesorero/a tendrá como función:  La custodia y el control de los recursos de la Asociación, así como la elaboración del presupuesto, el balance y liquidación de cuentas, a fin de someterlos al órgano de representación  Firmará los recibos, cuotas y otros documentos de tesorería. Pagará las facturas aprobadas por el órgano de representación, las cuales tendrán que ser visadas previamente por el/la Presidente/a.  Presentar el balance y el estado de cuentas de cada ejercicio a la Asamblea General y a la Junta Directiva para que los apruebe, y confeccionar los presupuestos del ejercicio siguiente.  Llevar una contabilidad conforme a las normas específicas que permita obtener la imagen fiel del patrimonio, del resultado y de la situación financiera de la entidad. Art. 23º El/la Secretario/a General El/la Secretario/a General debe:  Efectuar la convocatoria de las sesiones de las Asambleas y de la Junta Directiva, así como las citaciones a los miembros de la misma.  Recibir los actos de comunicación de los miembros con los órganos de la Asociación.  Preparar el despacho de los asuntos, redactar y autorizar las actas de las sesiones.  Expedir certificaciones de las consultas, dictámenes y acuerdos aprobados, que firmará junto con el/la Presidente/a
  • 10.  Custodiar la documentación y correspondencia de la Asociación, tenencia de Libros de Actas y Registro de Socios.  Resolver sobre la admisión de nuevos asociados, llevando la relación actualizada de todos los asociados.  Elevar propuestas al Vicepresidente y a la Asamblea General.  Cuantas otras funciones sean inherentes a su condición de Secretario/a. CAPÍTULO V EL RÉGIMEN ECONÓMICO Art. 27º Patrimonio inicial y recursos económicos El patrimonio inicial de esta Asociación está valorado en 300 euros. El presupuesto anual será aprobado cada año en la Asamblea General. Los recursos económicos de la Asociación se nutrirán de:  De las cuotas que fije la Asamblea General a sus miembros.  De las subvenciones oficiales o particulares.  De donaciones, herencias o/y legados.  De las rentas del mismo patrimonio o bien de otros ingresos que puedan obtener. Art. 28º Beneficio de las actividades Los beneficios obtenidos derivados del ejercicio de actividades económicas, incluidas las prestaciones de servicios, se destinarán exclusivamente al cumplimiento de los fines de la Asociación, sin que quepa en ningún caso su reparto entre las personas asociadas ni entre sus cónyuges o personas que convivan con aquellos con análoga relación de afectividad, ni entre sus parientes, ni su cesión gratuita a personas físicas o jurídicas con interés lucrativo. Art. 29º Cuotas Todos los miembros de la Asociación tienen obligación de sostenerla económicamente, mediante cuotas, de la manera y en la proporción que determine la Asamblea General a propuesta de la Junta Directiva. La Junta Directiva podrá establecer cuotas de ingreso, cuotas periódicas mensuales, y cuotas extraordinarias. El ejercicio económico quedará cerrado al finalizar el año Art. 30º Disposición de fondos En las cuentas corrientes o libretas de ahorro abiertas en establecimientos de crédito, deben figurar la firma del Presidente/a, del Tesorero/a y del Secretario/a. Para poder disponer de fondos, serán suficientes dos firmas, de las cuales, una será necesariamente la del Tesorero/a o bien la del Presidente/a.
  • 11. CAPITULO VI.- DISOLUCIÓN DE LA ASOCIACION Art. 31º Causas de disolución y entrega del remanente La Asociación se disolverá:  Si así lo acuerda la Asamblea General convocada expresamente para este fin y con el voto favorable de la más de la mitad de las personas presentes o representadas.  Por las causas determinadas en el artículo 39 del Código Civil.  Por sentencia judicial firme.  Por baja de las personas asociadas, de forma que queden reducidas a menos de cinco. Art. 32º Liquidación La disolución de la asociación abre el período de liquidación, hasta el fin del cual la entidad conservará su entidad jurídica. Los miembros de la Junta Directiva en el momento de la disolución se convierten en liquidadores, salvo que la Asamblea General designe a otros, o bien los que el juez, en su caso, acuerde en su resolución judicial. Corresponde a los liquidadores:  Velar por la integridad del patrimonio de la asociación y llevar sus cuentas.  Concluir las operaciones pendientes y efectuar las nuevas que sean precisas para la liquidación.  Cobrar los créditos de la asociación.  Liquidar el patrimonio y pagar a los acreedores.  Aplicar los bienes sobrantes de la asociación a los fines previstos por los Estatutos, a excepción de las aportaciones condicionales.  Solicitar la cancelación de los asientos en el Registro correspondiente. En caso de insolvencia de la asociación, el órgano de representación o, si es el caso, los liquidadores han de promover inmediatamente el oportuno procedimiento concursal ante el/la juez competente. El remanente neto que resulte de la liquidación se destinará directamente a causas benéficas. Las personas asociadas no responden personalmente de las deudas de la asociación. Los miembros o titulares de los órganos de gobierno y representación, y las demás personas que obren en nombre y representación de la asociación, responderán ante ésta, ante los asociados y ante terceros por los daños causados y las deudas contraídas por actos dolosos, culposos o negligentes.
  • 12. CAPÍTULO VII.- DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS Disposiciones Transitorias Artículo 33º De la primera Junta Directiva Hasta la celebración de la primera Asamblea, la aprobación de los estatutos y su presentación ante los órganos estatales competentes, las funciones de los miembros de la Junta Directiva serán ejercidas por las personas que así se determine. Esta junta tendrá vigencia limitada de 6 meses a partir de que se acaben los trámites legales de la asociación tras lo cual habrán de celebrarse elecciones a Junta Directiva. Disposiciones Finales Artículo 32º Resolución extrajudicial de conflictos Las cuestiones litigiosas que puedan surgir con motivo de las actuaciones desarrolladas o de las decisiones adoptadas en el seno de la asociación, se resolverán mediante arbitraje, a través de un procedimiento ajustado a lo dispuesto por la Ley 60/2003, de 23 de diciembre de Arbitraje, y con sujeción, en todo caso, a los principios esenciales de audiencia, contradicción e igualdad entre las partes o voluntariamente por mediación, conforme a lo establecido en la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles. Nota (1) “Máximo 5 años, de ac uerdo c on lo dispuesto en el artíc ulo 44 de la Ley 14/2008. Nota (2) De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 14/2008 los Estatutos deben estar firmados por quien indiquen los propios Estatutos o, en su defecto, por todas las personas asociadas fundadoras o bien, por quien ostente la presidencia o la sec retaría de la Asoc iac ión”. Art. 33º Vigor de los Estatutos Estos estatutos entrarán en vigor tras su aprobación por la Asamblea Constituyente.