Este documento presenta una introducción al derecho civil en México. Explica conceptos clave como personas físicas y morales, bienes, sucesiones, herencia, legado y testamento. Incluye definiciones de estos términos y clasificaciones relevantes en el derecho civil mexicano.
Este documento resume los conceptos clave de la sucesión testamentaria según el derecho venezolano. Explica que la sucesión testamentaria se origina desde el momento de la muerte del testador y se abre en su último domicilio. Define el testamento como un acto jurídico unilateral y revocable mediante el cual una persona manifiesta su última voluntad sobre la transmisión de sus bienes. Finalmente, clasifica los testamentos en ordinarios, abiertos y cerrados, e identifica los requisitos de capacidad, forma y validez para que un test
El documento resume los tipos de sucesión testamentaria y clasificación de testamentos según la ley venezolana. Explica que la sucesión testamentaria ocurre cuando una persona dispone legalmente de sus bienes mediante testamento, nombrando herederos o legatarios. Luego clasifica los testamentos en ordinarios, especiales y otorgados en el extranjero, describiendo los requisitos y procedimientos para cada tipo.
El documento resume los tipos de sucesión testamentaria y clasificación de testamentos según la ley venezolana. Explica que la sucesión testamentaria ocurre cuando una persona dispone legalmente de sus bienes mediante testamento, nombrando herederos o legatarios. Luego clasifica los testamentos en ordinarios, especiales y otorgados en el extranjero, describiendo los requisitos y procedimientos para cada tipo.
El documento resume los conceptos clave de la sucesión testamentaria y la clasificación de los testamentos en Venezuela. Explica que la sucesión testamentaria ocurre cuando una persona dispone legalmente de sus bienes mediante un testamento, nombrando herederos o legatarios. Luego clasifica los testamentos en ordinarios, especiales y otorgados en el extranjero, describiendo los requisitos y procedimientos de cada tipo.
ESTADO CIVIL Y POSESION NOTORIA DE ESTADO.docxJannalyAgustn
1) El documento describe el concepto de estado civil y sus clasificaciones principales como el estado matrimonial, filial y de edad. 2) Explica que el estado civil debe inscribirse en el Registro Civil y puede determinar la capacidad legal de una persona. 3) La posesión notoria de estado se refiere a cuando una persona es tratada como hijo legítimo aunque no haya sido reconocido formalmente.
Este documento trata sobre el derecho civil y familiar. Explica conceptos como personas físicas y morales, sus atributos, y aspectos del derecho civil como los bienes y contratos. Define derecho civil como el conjunto de disposiciones que rigen las relaciones privadas entre particulares. También describe los tipos de personas, incluyendo personas físicas y morales, y sus atributos como el nombre, domicilio, patrimonio y capacidad jurídica.
El documento presenta una introducción al derecho de sucesiones. Explica que este derecho regula la transmisión patrimonial por causa de muerte y se relaciona con otras áreas del derecho privado como derecho de familia y derecho de obligaciones. También define conceptos clave como sucesión, causante, sucesores y herencia. Finalmente, resume los diferentes tipos de sucesión como la testamentaria, legal e intestada.
Este documento resume los conceptos clave de la sucesión testamentaria según el derecho venezolano. Explica que la sucesión testamentaria se origina desde el momento de la muerte del testador y se abre en su último domicilio. Define el testamento como un acto jurídico unilateral y revocable mediante el cual una persona manifiesta su última voluntad sobre la transmisión de sus bienes. Finalmente, clasifica los testamentos en ordinarios, abiertos y cerrados, e identifica los requisitos de capacidad, forma y validez para que un test
El documento resume los tipos de sucesión testamentaria y clasificación de testamentos según la ley venezolana. Explica que la sucesión testamentaria ocurre cuando una persona dispone legalmente de sus bienes mediante testamento, nombrando herederos o legatarios. Luego clasifica los testamentos en ordinarios, especiales y otorgados en el extranjero, describiendo los requisitos y procedimientos para cada tipo.
El documento resume los tipos de sucesión testamentaria y clasificación de testamentos según la ley venezolana. Explica que la sucesión testamentaria ocurre cuando una persona dispone legalmente de sus bienes mediante testamento, nombrando herederos o legatarios. Luego clasifica los testamentos en ordinarios, especiales y otorgados en el extranjero, describiendo los requisitos y procedimientos para cada tipo.
El documento resume los conceptos clave de la sucesión testamentaria y la clasificación de los testamentos en Venezuela. Explica que la sucesión testamentaria ocurre cuando una persona dispone legalmente de sus bienes mediante un testamento, nombrando herederos o legatarios. Luego clasifica los testamentos en ordinarios, especiales y otorgados en el extranjero, describiendo los requisitos y procedimientos de cada tipo.
ESTADO CIVIL Y POSESION NOTORIA DE ESTADO.docxJannalyAgustn
1) El documento describe el concepto de estado civil y sus clasificaciones principales como el estado matrimonial, filial y de edad. 2) Explica que el estado civil debe inscribirse en el Registro Civil y puede determinar la capacidad legal de una persona. 3) La posesión notoria de estado se refiere a cuando una persona es tratada como hijo legítimo aunque no haya sido reconocido formalmente.
Este documento trata sobre el derecho civil y familiar. Explica conceptos como personas físicas y morales, sus atributos, y aspectos del derecho civil como los bienes y contratos. Define derecho civil como el conjunto de disposiciones que rigen las relaciones privadas entre particulares. También describe los tipos de personas, incluyendo personas físicas y morales, y sus atributos como el nombre, domicilio, patrimonio y capacidad jurídica.
El documento presenta una introducción al derecho de sucesiones. Explica que este derecho regula la transmisión patrimonial por causa de muerte y se relaciona con otras áreas del derecho privado como derecho de familia y derecho de obligaciones. También define conceptos clave como sucesión, causante, sucesores y herencia. Finalmente, resume los diferentes tipos de sucesión como la testamentaria, legal e intestada.
El documento define la personalidad como la capacidad de ser sujeto de derechos y obligaciones. Explica que hay dos tipos de personas: físicas y jurídicas. Luego describe seis atributos de la personalidad física: capacidad, estado civil, nombre, domicilio, nacionalidad y patrimonio. Define cada atributo y sus elementos constitutivos.
El documento define la personalidad como la capacidad de ser sujeto de derechos y obligaciones. Explica que hay dos tipos de personas: físicas y jurídicas. Luego describe seis atributos de la personalidad física: capacidad, estado civil, nombre, domicilio, nacionalidad y patrimonio. Define cada atributo y sus elementos constitutivos.
El documento habla sobre el concepto de persona en derecho. Explica que una persona es un ente capaz de adquirir derechos u obligaciones y que las personas pueden ser naturales o jurídicas. También discute conceptos como nacionalidad, domicilio, y la adquisición y pérdida de la nacionalidad según los principios de ius sanguinis, ius soli e ius domicili.
El documento define el concepto de persona en derecho y discute los diferentes tipos de personas, incluyendo personas naturales y jurídicas. También explica conceptos relacionados como nacionalidad, domicilio y cómo se adquiere la nacionalidad según diferentes principios.
El documento define qué es una persona y sus principales atributos de personalidad como individuo de la especie humana. Una persona tiene nombre, domicilio, capacidad jurídica, estado civil, nacionalidad y patrimonio. El derecho a la vida es fundamental y se reconoce desde la concepción hasta la muerte natural. El derecho a la integridad protege los aspectos físico, espiritual y síquico de una persona.
TEMA 1 NOCIONES INTRODUCTORIAS Y MOMENTOS DEL DERECHO SUCESORIO (1).pptxGIZEL SILES ROCA
El documento trata sobre el derecho de sucesiones. Explica que este derecho surgió con el matrimonio monógamo y la familia, para determinar a quién se le dejaría el patrimonio de un miembro fallecido de la familia. Describe la evolución del derecho sucesorio en el derecho romano y cómo ahora se toma en cuenta la igualdad entre miembros de la familia. Las fuentes principales de este derecho son la voluntad del causante a través de un testamento, y la ley que determina los herederos cuando no hay
La personalidad y capacidad jurídica se refieren a la capacidad de una persona u organización para adquirir derechos y obligaciones de acuerdo con la ley. Solo las personas nacidas son consideradas personas y solo adquieren derechos una vez nacidas. Las personas pueden ser físicas u organizaciones morales, y ambas tienen atributos como nombre, domicilio y patrimonio.
1) El documento analiza conceptos clave del derecho sucesoral en Venezuela como la sucesión legal, testamentaria, las instituciones de representación y sustitución, y las obligaciones de los herederos. 2) Explica que la sucesión legal se rige por la ley cuando no existe testamento válido, mientras que la testamentaria depende de la última voluntad del causante. 3) También define las diferencias entre la sustitución y la representación como figuras de la sucesión testada e intestada.
Sucesoral sucesion testamentaria y clasificacion de los testamentosAna Ugel
la sucesion testamentaria Es un acto jurídico de la voluntad que crea derechos y obligaciones, en donde existe una transmisión a titulo universal o particular, según se instituyan herederos o legatarios.
Este documento define los conceptos de sujeto de derecho, persona natural, persona jurídica y organizaciones de personas no inscritas. Explica que un sujeto de derecho es el centro de imputación de derechos y obligaciones, e identifica cuatro tipos: el concebido, la persona natural, la persona jurídica y las organizaciones de personas no inscritas. Luego profundiza en cada uno de estos tipos, describiendo sus características principales como la capacidad, el nombre, el domicilio y el patrimonio para las personas naturales, y los diferentes
Este documento resume los conceptos fundamentales del derecho sucesorio. Explica que la sucesión por causa de muerte transmite el patrimonio de una persona fallecida a sus herederos. Describe los diferentes intereses que convergen en una sucesión (individual, familiar y social) y analiza los sistemas de libertad absoluta y restringida para testar. Finalmente, define los conceptos clave de heredero, legatario, herencia y legado.
1) La sucesión testamentaria requiere que la voluntad del causante esté plasmada en un testamento formal de acuerdo a la ley.
2) El testamento es un acto unilateral y personalísimo mediante el cual el testador dispone libre y voluntariamente de sus bienes para después de su muerte.
3) Existen diferentes tipos de testamentos como los ordinarios, especiales y militares, cada uno con sus propias formalidades y circunstancias de otorgamiento.
La sucesión por causa de muerte transmite los bienes, derechos y obligaciones de una persona fallecida a sus herederos. Puede ser testamentaria o intestada. En una sucesión testamentaria, el testador asigna sus bienes a herederos universales, de cuota o remanente; o a legatarios a título singular o universal. Las asignaciones pueden ser puras, condicionales, modales o a plazo. En caso de falta de herederos, la sucesión intestada llama a ciertos familiares como hijos, ascendientes o
La sucesión por causa de muerte trasmite los bienes, derechos y obligaciones de una persona fallecida a sus herederos. Puede ser testamentaria o intestada. En una sucesión testamentaria, el testador asigna sus bienes a herederos universales, de cuota o remanente; o a legatarios a título singular o universal. Las asignaciones pueden ser puras, condicionales, modales o a plazo. En caso de falta de herederos, la sucesión intestada llama a ciertos familiares como hijos, cóny
1) El documento describe los atributos de la personalidad según el derecho civil chileno, incluyendo la capacidad de goce, nacionalidad, nombre, domicilio, estado civil y patrimonio.
2) Explica que la capacidad de goce es un atributo inherente a toda persona y que otorga la aptitud para adquirir derechos y contraer obligaciones.
3) Define la nacionalidad como el vínculo jurídico que une a una persona con el Estado y establece los principios de igualdad entre chilenos y extranjeros en materia
El documento presenta una definición de derecho romano y conceptos de justicia según Aristóteles y Ulpiano. Explica la relación entre derecho y justicia, la división del estudio del derecho por Justiniano, y define términos como jurisprudencia e ius. También resume la adquisición y pérdida de la ciudadanía romana, la esclavitud, y tipos de personas jurídicas colectivas según el Código Civil de México.
El documento define la nacionalidad como el vínculo jurídico que une a un individuo con un Estado. Explica que existen dos teorías sobre el origen de la nacionalidad: la teoría contractualista y la teoría del acto unilateral del Estado. También describe los principales nexos que determinan la nacionalidad de una persona como el ius soli, ius sanguinis e ius optandi. Finalmente, resume los principios jurídicos internacionales más importantes en torno a la nacionalidad, como la autonomía del Estado para determinar a quiénes considera
Este documento describe los dos tipos de personas jurídicas: las personas físicas y las personas morales. Explica que las personas físicas tienen atributos como la capacidad, el estado civil y la nacionalidad, mientras que las personas morales tienen atributos como la capacidad, el patrimonio y la denominación o razón social. También define la capacidad jurídica y sus elementos, como la capacidad de goce y de ejercicio para las personas físicas y la limitada capacidad de las personas morales.
Diario de Sesiones de la Convención Constituyente - Vigésimo Segunda Sesión -...Movimiento C40
Debates sobre la cantidad de provincias.
Debates sobre la enseña nacional y el uso de otras banderas en edificios públicos e instalaciones militares.
Debates sobre el escudo y los errores del Decreto de 1906 promulgado por Estrada Palma.
Más información:
https://movimientoc40.com/diario-de-sesiones-de-la-convencion-constituyente-sesion-22-extraordinaria/
El documento define la personalidad como la capacidad de ser sujeto de derechos y obligaciones. Explica que hay dos tipos de personas: físicas y jurídicas. Luego describe seis atributos de la personalidad física: capacidad, estado civil, nombre, domicilio, nacionalidad y patrimonio. Define cada atributo y sus elementos constitutivos.
El documento define la personalidad como la capacidad de ser sujeto de derechos y obligaciones. Explica que hay dos tipos de personas: físicas y jurídicas. Luego describe seis atributos de la personalidad física: capacidad, estado civil, nombre, domicilio, nacionalidad y patrimonio. Define cada atributo y sus elementos constitutivos.
El documento habla sobre el concepto de persona en derecho. Explica que una persona es un ente capaz de adquirir derechos u obligaciones y que las personas pueden ser naturales o jurídicas. También discute conceptos como nacionalidad, domicilio, y la adquisición y pérdida de la nacionalidad según los principios de ius sanguinis, ius soli e ius domicili.
El documento define el concepto de persona en derecho y discute los diferentes tipos de personas, incluyendo personas naturales y jurídicas. También explica conceptos relacionados como nacionalidad, domicilio y cómo se adquiere la nacionalidad según diferentes principios.
El documento define qué es una persona y sus principales atributos de personalidad como individuo de la especie humana. Una persona tiene nombre, domicilio, capacidad jurídica, estado civil, nacionalidad y patrimonio. El derecho a la vida es fundamental y se reconoce desde la concepción hasta la muerte natural. El derecho a la integridad protege los aspectos físico, espiritual y síquico de una persona.
TEMA 1 NOCIONES INTRODUCTORIAS Y MOMENTOS DEL DERECHO SUCESORIO (1).pptxGIZEL SILES ROCA
El documento trata sobre el derecho de sucesiones. Explica que este derecho surgió con el matrimonio monógamo y la familia, para determinar a quién se le dejaría el patrimonio de un miembro fallecido de la familia. Describe la evolución del derecho sucesorio en el derecho romano y cómo ahora se toma en cuenta la igualdad entre miembros de la familia. Las fuentes principales de este derecho son la voluntad del causante a través de un testamento, y la ley que determina los herederos cuando no hay
La personalidad y capacidad jurídica se refieren a la capacidad de una persona u organización para adquirir derechos y obligaciones de acuerdo con la ley. Solo las personas nacidas son consideradas personas y solo adquieren derechos una vez nacidas. Las personas pueden ser físicas u organizaciones morales, y ambas tienen atributos como nombre, domicilio y patrimonio.
1) El documento analiza conceptos clave del derecho sucesoral en Venezuela como la sucesión legal, testamentaria, las instituciones de representación y sustitución, y las obligaciones de los herederos. 2) Explica que la sucesión legal se rige por la ley cuando no existe testamento válido, mientras que la testamentaria depende de la última voluntad del causante. 3) También define las diferencias entre la sustitución y la representación como figuras de la sucesión testada e intestada.
Sucesoral sucesion testamentaria y clasificacion de los testamentosAna Ugel
la sucesion testamentaria Es un acto jurídico de la voluntad que crea derechos y obligaciones, en donde existe una transmisión a titulo universal o particular, según se instituyan herederos o legatarios.
Este documento define los conceptos de sujeto de derecho, persona natural, persona jurídica y organizaciones de personas no inscritas. Explica que un sujeto de derecho es el centro de imputación de derechos y obligaciones, e identifica cuatro tipos: el concebido, la persona natural, la persona jurídica y las organizaciones de personas no inscritas. Luego profundiza en cada uno de estos tipos, describiendo sus características principales como la capacidad, el nombre, el domicilio y el patrimonio para las personas naturales, y los diferentes
Este documento resume los conceptos fundamentales del derecho sucesorio. Explica que la sucesión por causa de muerte transmite el patrimonio de una persona fallecida a sus herederos. Describe los diferentes intereses que convergen en una sucesión (individual, familiar y social) y analiza los sistemas de libertad absoluta y restringida para testar. Finalmente, define los conceptos clave de heredero, legatario, herencia y legado.
1) La sucesión testamentaria requiere que la voluntad del causante esté plasmada en un testamento formal de acuerdo a la ley.
2) El testamento es un acto unilateral y personalísimo mediante el cual el testador dispone libre y voluntariamente de sus bienes para después de su muerte.
3) Existen diferentes tipos de testamentos como los ordinarios, especiales y militares, cada uno con sus propias formalidades y circunstancias de otorgamiento.
La sucesión por causa de muerte transmite los bienes, derechos y obligaciones de una persona fallecida a sus herederos. Puede ser testamentaria o intestada. En una sucesión testamentaria, el testador asigna sus bienes a herederos universales, de cuota o remanente; o a legatarios a título singular o universal. Las asignaciones pueden ser puras, condicionales, modales o a plazo. En caso de falta de herederos, la sucesión intestada llama a ciertos familiares como hijos, ascendientes o
La sucesión por causa de muerte trasmite los bienes, derechos y obligaciones de una persona fallecida a sus herederos. Puede ser testamentaria o intestada. En una sucesión testamentaria, el testador asigna sus bienes a herederos universales, de cuota o remanente; o a legatarios a título singular o universal. Las asignaciones pueden ser puras, condicionales, modales o a plazo. En caso de falta de herederos, la sucesión intestada llama a ciertos familiares como hijos, cóny
1) El documento describe los atributos de la personalidad según el derecho civil chileno, incluyendo la capacidad de goce, nacionalidad, nombre, domicilio, estado civil y patrimonio.
2) Explica que la capacidad de goce es un atributo inherente a toda persona y que otorga la aptitud para adquirir derechos y contraer obligaciones.
3) Define la nacionalidad como el vínculo jurídico que une a una persona con el Estado y establece los principios de igualdad entre chilenos y extranjeros en materia
El documento presenta una definición de derecho romano y conceptos de justicia según Aristóteles y Ulpiano. Explica la relación entre derecho y justicia, la división del estudio del derecho por Justiniano, y define términos como jurisprudencia e ius. También resume la adquisición y pérdida de la ciudadanía romana, la esclavitud, y tipos de personas jurídicas colectivas según el Código Civil de México.
El documento define la nacionalidad como el vínculo jurídico que une a un individuo con un Estado. Explica que existen dos teorías sobre el origen de la nacionalidad: la teoría contractualista y la teoría del acto unilateral del Estado. También describe los principales nexos que determinan la nacionalidad de una persona como el ius soli, ius sanguinis e ius optandi. Finalmente, resume los principios jurídicos internacionales más importantes en torno a la nacionalidad, como la autonomía del Estado para determinar a quiénes considera
Este documento describe los dos tipos de personas jurídicas: las personas físicas y las personas morales. Explica que las personas físicas tienen atributos como la capacidad, el estado civil y la nacionalidad, mientras que las personas morales tienen atributos como la capacidad, el patrimonio y la denominación o razón social. También define la capacidad jurídica y sus elementos, como la capacidad de goce y de ejercicio para las personas físicas y la limitada capacidad de las personas morales.
Similar a Estructura_Juridica_Derecho_Civil.pdf (20)
Diario de Sesiones de la Convención Constituyente - Vigésimo Segunda Sesión -...Movimiento C40
Debates sobre la cantidad de provincias.
Debates sobre la enseña nacional y el uso de otras banderas en edificios públicos e instalaciones militares.
Debates sobre el escudo y los errores del Decreto de 1906 promulgado por Estrada Palma.
Más información:
https://movimientoc40.com/diario-de-sesiones-de-la-convencion-constituyente-sesion-22-extraordinaria/
REPÚBLICA DE CHILE - FALLO TRIBUNAL CONSTITUCIONAL _Sentencia Rol 15.368-24 C...Baker Publishing Company
CONSTITUCIONALIDAD DEL PROYECTO DE LEY
QUE ESTATUYE MEDIDAS PARA PREVENIR, SANCIONAR Y
ERRADICAR LA VIOLENCIA EN CONTRA DE LAS MUJERES, EN
RAZÓN DE SU GÉNERO, CONTENIDO EN EL
BOLETÍN N° 11.077-07
Diario de Sesiones de la Convención Constituyente - Vigésimo Primera Sesión -...Movimiento C40
En esta sesión de la Constituyente de 1940, comienza la discusión del proyecto constitucional presentado a la Convención.
Se discuten el prologo, artículos 1, 2, 3. Disputa territorial por la Cienaga de Zapata.
3. PREPA 3
Preparatoria No 3
Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo
Abstrac
• Keys words: Derecho civil, persona física, persona moral,
bienes, sucesiones, testamento.
4. PREPA 3
Preparatoria No 3
Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo
Resumen
13/11/2017
Palabras clave: Derecho civil, persona física,
persona moral, bienes, sucesiones, testamento
5. PREPA 3
Preparatoria No 3
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3.1 DERECHO CIVIL
3.1.1 Concepto
3.1.2 Personas
3.1.3 Bienes
3.1.4 Sucesiones
3.1.5 Herencia y legado
3.1.6 Testamento
6. PREPA 3
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3.1.1 Concepto
Es la rama del derecho que establece las relaciones
privadas de las personas entre sí.
Es la disciplina que estudia y regula la vida común de las
personas.
Conjunto de normas reguladoras de las relaciones
ordinarias y más generales de la vida en que el hombre
se manifiesta como tal, es decir, como sujeto de
derechos y patrimonios, y como miembro de una
familia, para el cumplimiento de los fines individuales de
su existencia dentro del conjunto social.
7. PREPA 3
Preparatoria No 3
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3.1.2 Persona
El vocablo deriva de personare, que significa máscara,
careta que usaban los actores en la Grecia antigua con el
fin de darle resonancia a su voz.
Persona es todo sujeto susceptible de tener derechos y
obligaciones.
La doctrina reconoce dos tipos de personas:
• Persona física
• Persona moral o jurídica
8. PREPA 3
Preparatoria No 3
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Persona física.
Concepto: es todo ser humano, varón o mujer capaz de contar
con derecho y obligaciones. Son los hombres considerados
individualmente.
Nombre
Domicilio
Capacidad
jurídica
Patrimonio
Estado
(Civil y
político)
9. PREPA 3
Preparatoria No 3
Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo
Atributos de la persona física
Nombre: es la denominación que distingue a una persona de otra en
sus relaciones jurídico – sociales. Se forma con:
el nombre propio o apelativo, y
el apellidos o patronímico.
Domicilio: es el lugar donde residen una persona con el propósito de
establecerse en él. La ley regula tres tipos:
Domicilio legal: es el designado por la ley a las personas.
Domicilio voluntario: es aquel que el individuo elige para
establecerse.
Domicilio convencional: es el designado por la persona para el
cumplimiento de determinadas obligaciones.
10. PREPA 3
Preparatoria No 3
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Capacidad jurídica: consiste en la aptitud lega de una persona para ser
sujeto de derechos y obligaciones. Se subdivide en dos clases:
Capacidad de goce: el individuo es titular de derechos y
obligaciones.
Capacidad de ejercicio: es la posibilidad de ejecutar actos jurídicos
para hacer uso de los derechos de los cuales la persona es titular.
Patrimonio: es el conjunto de obligaciones y derechos apreciables en
dinero. Se integra por:
Activo: se forma por bienes y derechos apreciables en dinero.
Pasivo: se integra por las obligaciones o deudas valoradas en
dinero.
11. PREPA 3
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Estado: es el conjunto de cualidades que la ley toma en consideración
a los individuos para atribuirles efectos jurídicos, mediante él se
determinan los derechos y obligaciones correspondientes a los
individuos en relación con el grupo social. Se divide en:
Estado civil: comprende las cualidades de hijo, padre, esposo,
casado, viudo, mayor de edad, etc.
Estado político: se refiere a la situación del individuo respecto a la
nación a que pertenece, para determinar su calidad de nacional o
extranjero.
12. PREPA 3
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Persona moral
Concepto: es la entidad constituida para la realización de
determinados fines colectivos y permanentes, a los cuales la ley les
reconoce la capacidad de adquirir derechos y obligaciones.
Atributos
Nombre
Domicilio Patrimonio
Estado
político
13. PREPA 3
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3.1.3 Bienes
La palabra bien tiene su origen en el latín Bonum , que
significa bienestar, dicha.
Son bienes todas las cosas que aprovechan los hombres,
que les sirven.
Bien es toda aquello que es susceptible de apropiación.
Y puede ser objeto de apropiación todas las cosas que
no estén excluidas del comercio.
14. PREPA 3
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Clasificación de los bienes:
Muebles e Inmuebles: según se puedan trasladar o no
de un lugar a otro sin que se desnaturalicen o pierdan
sus aspectos esenciales.
De dominio público o propiedad de los particulares:
depende si pertenecen al Estado o a los individuos.
Mostrencos y Vacantes: de acuerdo a la condición que
guarden respecto de encontrarse extraviados o en
abandono, o si es que no tienen dueño conocido y
determinado.
15. PREPA 3
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Clasificación de los bienes:
Fungibles y No fungibles: según la posibilidad de que
sean sustituidos por otros de la misma calidad y
cantidad.
Corpóreos e Incorpóreos: en razón de que consistan en
cosas o derechos.
Consumibles y No consumibles: si es que se agotan en
una sola utilización o suponen un uso permanente,
reiterado o sucesivo.
16. PREPA 3
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3.1.4 Sucesiones:
Jurídicamente se puede decir que es la transmisión del patrimonio
de un individuo a una o varias personas.
Es la sustitución de una persona en los derechos transmisibles de
otra.
• Ambas partes concurren a la celebración del acto,
encontrándose presentes.
Inter vivos
• El autor ha dejado de existir, concluyendo su
personalidad, pasando su patrimonio a otra
persona que será el nuevo titular.
Mortis causa
17. PREPA 3
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Sucesión mortis causa
Testamentaria o voluntaria: surge como manifestación expresa de
la persona, que es el testamento. De acuerdo al Código Civil hay
sucesión testamentaria si el difunto hace constar su voluntad a
través de un testamento.
Legitima: se origina cuando no existe testamento válido, por lo que
la transmisión de bienes del difunto se regirá por las disposiciones
legales relativas a la sucesión legítima, también se le conoce como
sucesión intestada.
18. PREPA 3
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3.1.5 Herencia y legado
La transmisión de bienes puede ser de dos tipos: a título universal y a título
singular, dando lugar a las figuras de heredero y legatario.
Herencia: es la sucesión de todos los bienes, obligaciones y derechos del
difunto que no se extinguen con la muerte.
Legado: es la sucesión de un bien determinado. Sólo se transmite un aparte
específicamente determinada de la herencia.
Sucesión
19. PREPA 3
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3.1.6. Testamento
El testamento se define como el acto personalísimo, revocable y libre, por el
cual una persona capaz dispone de sus bienes y derechos o cumple deberes
para después de la muerte.
El testamento puede ser de dos formas: ordinarios y especiales.
Testamento ordinario: es aquél que se otorga en circunstancias normales.
Público cerrado: es el que se otorga ante un notario público con testigos
capaces que no podrán ser legatarios o herederos.
Ológrafo: es el elaborado por el testador de puño y letra.
20. PREPA 3
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Especial: es para resolver circunstancias excepcionales y solo en atención a las
mismas se puede recurrir a este tipo de testamentos.
Privado: es el suscrito por el testador sin testigos ni la intervención de
notario público o ninguna autoridad. Es otorgado en casos de gravedad o
emergencia del testador.
Militar: es el otorgado en tiempos de guerra por los militares en
campaña o, en su caso, también por los prisioneros de rehenes o
voluntarios.
Marítimo: es el otorgado por el testador durante un viaje en altamar, a
bordo de un buque de guerra o mercantes.
Hecho en país extranjero: es el otorgado por el testador fuera del
territorio nacional, conforme a las leyes del lugar donde fue elaborado, o
bien aquel que se otorga ante el agente diplomático o consular del país
del otorgante.
21. PREPA 3
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Referencias
Floresgómez González, F., & Carvajal Moreno, G. (2003).
Nociones de derecho positivo mexicano. México, D.F., Porrúa.
Santos Azuela, H. (2002). Nociones de derecho positivo
mexicano. México, D.F.: Addison Wesley.
Código Civil Federal, Diario Oficial de la Federación, México,
D.F., 26 de mayo, 14 de julio, 3 de agosto y 31 de agosto de
1928.