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SUJETO DE DERECHO - EDUCACIÓN CIVICA
SUJETO DE DERECHO
CONCEPTO
Es aquel centro de imputación de derechos y obligaciones. Se considera
cuatro tipos de sujetos de derecho:
1.- El concebido
2.- La persona natural o física
3.- La persona jurídica
4.- las organizaciones de personas no inscritas.
I. EL CONCEBIDO
Es el ser humano antes de nacer que pese a que depende de la madre para
su subsistencia está individualizado frente al ordenamiento jurídico.
Es considerado sujeto de derecho para todo aquello en cuanto le favorece.
La atribución de derechos patrimoniales está condicionada a que nazca
vivo. Si nació muerto nunca existió para el derecho, y si hubiera bienes que
se les hubiesen atribuido regresan al patrimonio del cedente.
La concepción da origen a la vida humana, su interrupción es un aborto.
ABORTO
ETIMOLOGÍA: Ab ---- Privación
Ortus ----- Nacimiento
CONCEPTO: Es el aniquilamiento del producto de la concepción en
cualquiera de los momentos anteriores al término de la preñez ya sea por
expulsión violenta o por destrucción en el vientre de la madre.
CLASES DE ABORTO:
Según el Código Penal
1. Auto aborto
2. Aborto consentido
3. Aborto no consentido
4. Aborto abusivo o por profesionales.
5. Aborto terapéutico o necesario.
6. Aborto preterintencional
7. Aborto sentimental
8. Aborto eugenésico.
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II. LA PERSONA NATURAL
Son los seres humanos individualmente considerados, se inicia con el
nacimiento y concluye con la muerte y en caso de ausencia puede
finalizar por declaración de muerte presunta.
A toda persona le pertenece una personalidad mientras que el primer
término se refiere al sujeto (persona), el segundo término se refiere al
conjunto de atributos de índole jurídico.
ATRIBUTOS DE LA PERSONALIDAD
La personalidad jurídica presenta diferentes cualidades que son las
mismas que el hombre posee por naturaleza a los que el derecho llama
“ATRIBUTOS”. Estos son:
1. El estado
2. La capacidad
3. El nombre
4. El domicilio
5. El patrimonio
A) EL ESTADO
Se llama estado a la situación que determinada persona ocupa dentro
del grupo familiar o dentro de la sociedad. El estado se encuentra
determinado y también influenciado por acontecimientos y factores
diversos como la edad, sexo, el matrimonio, el divorcio, la adopción.
Ejemplo: el estado le corresponde al que ha contraído matrimonio.
Estos estados se inscriben en la RENIEC.
B) LA CAPACIDAD
Es el atributo consistente en la idoneidad para ser sujeto de derecho. Es
la aptitud que la ley reconoce a una determinada persona para el goce o
para ejercicio de sus derechos civiles. Se trata de un derecho
extramatrimonial y por tanto no es susceptible de negociación.
Se distingue 2 clases de capacidad:
B.1 LA CAPACIDAD DE GOCE: Es la aptitud de ser dueño o titular de
un derecho. Es un atributo esencial de toda persona natural, la
capacidad de goce la tienen todos, surge con el nacimiento y solo
concluye con la muerte.
B.2 LA CAPACIDAD DE EJERCICIO: Es la aptitud que la ley reconoce
a la persona para ejercitar por sí misma sus derechos civiles. Es pues la
libertad de obrar.
Actualmente se adquiere plena capacidad de ejercicio cumplidos los 18
años de edad (Art. 42 del Código Civil).
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INCAPACIDAD JURÍDICA: es la falta de aptitud jurídica para gozar
(incapacidad de goce) o para ejercer por sí mismo de algún(os) sus
derecho(s) (incapacidad de ejercicio)
Adolecen de incapacidad absoluta (son absolutamente incapaces) de
ejercicio, según el Código Civil:
1. Los menores de 16 años
2. Los privados de discernimiento
3. Los sordomudos, los ciegos sordos y ciegos mudos que no puede dar
ni expresar su voluntad de manera indubitable.
Son relativamente incapaces:
1. Los mayores de 16 años y menores de 18 años
2. Los retardados mentales
3. Los que adolecen de deterioro mental que les impide expresar su libre
voluntad
4. Los pródigos
5. Los que incurren en mala gestión
6. Los ebrios habituales
7. Los toxicómanos
8. Los que sufren pena que lleva anexa la interdicción civil. Se trata de
los sentenciados a pena privativa de su libertad, donde el Juez ha
decidido también privar del ejercicio de sus derechos civiles de
sentenciado.
C) EL NOMBRE
Atributo que sirve para identificarlos y diferenciarlos de otras personas,
comprende dos elementos.
- El nombre patronímico o apellido que proviene del padre y de la madre,
estos son hereditarios.
- El nombre de pila o prenombre.
Toda persona tiene el derecho y el deber de llevar un nombre. Este
incluye los apellidos. Al hijo matrimonial le corresponden el primer
apellido del padre y el primero de la madre (Art. 20 del Código Civil).
Al hijo extramatrimonial le corresponden los apellidos del progenitor que
lo haya reconocido. Si es reconocido por ambos lleva el primer apellido
de los dos.
El adoptado lleva los apellidos del adoptante o adoptantes.
La mujer tiene derecho a llevar el apellido del marido agregado al suyo y
a conservarlo mientras no contraiga nuevo matrimonio.
Cesa tal derecho en caso de divorcio o por nulidad de matrimonio.
D) EL DOMICILIO
Se entiende como domicilio como el lugar donde permanentemente vive
una persona o una familia.
• La desaparición consiste en que una persona no se encuentra en su
domicilio y no se tiene noticias sobre su paradero. Para que se declare
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la ausencia de una persona es necesario que transcurran 2 años desde
que se tuvo la última noticia.
• Declaración de muerte presunta. Se presume que una persona ha
muerto y consecuentemente procede su declaración de muerte presunta
en los siguientes casos (Art. 63 C.C).
III.- LA PERSONA JURÍDICA
Es un ente ficticio que resulta de la agrupación de personas organizadas
colectivamente en búsqueda de un fin u objetivo común y que esta
inscrito conforme a las disposiciones legales. La persona jurídica es la
personificación de un orden jurídico parcial, como el caso de los
estatutos de una asociación; otras veces, la de un orden jurídico total, tal
es el caso de lo denominado con el nombre de Estado. Son entidades
abstractas de existencia ideal.
CLASES DE PERSONAS JURÍDICAS.
A) PERSONAS JURÍDICAS DE DERECHO PRIVADO SIN FINES DE
LUCRO.
- LA ASOCIACIÓN: es una organización estable de personas naturales
o jurídicas, o de ambas, a través de una actividad común persiguen un
fin no lucrativo.
La Asociación es una persona jurídica donde participan varias personas
que ponen en común sus conocimientos y recursos para un objeto
determinado o para realizar una actividad específica.
La Asociación debe contar con un patrimonio. El asociado tiene que
contribuir con una cotización.
La calidad de asociados es inherente a la persona y por lo tanto no es
hereditaria.
- LA FUNDACIÓN: Es una organización no lucrativa instituida mediante
la afectación de uno o más bienes para la realización de objetivos de
carácter religiosos, asistencial, cultural u otros de interés social. Se
constituye mediante escritura pública, por una o varias personas
naturales o jurídicas por testamento. Los beneficiarios no intervienen en
la administración de la fundación.
- COMITÉ: Es la organización de personas naturales o jurídicas o de
ambas dedicadas a la recaudación pública de aportes destinados a una
finalidad altruista.
- COMUNIDADES CAMPESINAS O NATIVAS: Son organizaciones
tradicionales y estables de interés público, constituidos por personas
naturales y cuyos fines se orientan al mejor aprovechamiento de su
patrimonio para beneficio de los comuneros
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B) PERSONAS JURÍDICAS CON FINES DE LUCRO
Sociedades mercantiles.- son aquellas que surgen por la voluntad de
dos o más personas para realizar actividades económicas con fines de
lucro (búsqueda y reparto de ganancias). Están reguladas por la Ley
General de Sociedades.
Tenemos los siguientes tipos de sociedades mercantiles:
- Sociedades Colectivas.
- Sociedades en Comandita.
- Sociedades Comerciales de Responsabilidad Limitada.
- Sociedades Anónimas.
IV.- LAS ORGANIZACIONES DE PERSONAS NO INSCRITAS
Es el conjunto de personas que se organizan buscando un fin valioso,
pero que no han cumplido con el requisito de inscribirse en el registro
correspondiente, por lo cual no constituye una persona jurídica, sin
embargo es regulada por nuestro ordenamiento jurídico como una
agrupación que bajo ciertas circunstancias es susceptible de tener
deberes y derechos diferentes de sus integrantes, como sí se tratase de
una persona jurídica.
PREGUNTAS PROPUESTAS
1) La persona natural es sujeto de derecho desde el momento de:
a) Su concepción
b) Su nacimiento
c) Su mayoría de edad
d) Su inscripción en el Registro Electoral.
e) Su matrimonio.
2) El adoptado debe llevar los apellidos de(l):
a) Padre biológico
b) Los padres adoptivos
c) Depende de la voluntad del adoptado
d) El juez determinará el apellido
e) Del registrador civil.
3) Según la legislación peruana es el único aborto permitido:
a) Aborto preterintencional.
b) Aborto sentimental
c) Aborto eugenésico
d) Aborto abusivo
e) Aborto terapéutico
4) La capacidad de goce es un atributo de la persona que se adquiere
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con:
a) El nacimiento
b) La concepción
c) La mayoría d edad
d) La obtención del DNI
e) El matrimonio
5) Con la mayoría de edad (18 años) y su inscripción electoral se
adquiere:
a) La calidad de persona
b) El estado civil
c) La capacidad de ejercer la ciudadanía
d) Capacidad de ejercicio
e) Capacidad de goce
6) En el caso de los menores de 18 años y mayores de 16 años la
incapacidad relativa cesa por:
a) El permiso de los padres
b) Autorización del fiscal
c) Mandato legal
d) Matrimonio
e) Ser alumno destacado
7) Bajo circunstancias constitutivas de peligro de muerte se puede
solicitar la declaración de muerte presunta después de:
a) 6 meses d) 10 años
b) 2 años e) Al momento
c) 5 años
8) Considerado como el centro de derechos y deberes que surge con el
nacimiento:
a) La persona natural
b) Sujeto de derecho
c) El concebido
d) La persona jurídica
e) Organizaciones no inscritas
9) Permite identificar a la persona por su apellido de carácter hereditario:
a) Identificación
b) El nombre
c) Residencia
d) Nombre patronímico
e) Nombre de pila
10) La vida humana como sujeto de derecho se inicia con:
a) El nacimiento
b) El nombre propio
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c) La inscripción en los registros Civiles
d) La concepción
e) El nacimiento presunto
11) La capacidad de ejercicio que tienen todas las personas, se pierde
con:
a) La incapacidad de goce
b) Salir del país
c) Renunciar a la nacionalidad peruana
d) La muerte
e) La declaración de pródigo
12) La persona humana al cumplir mayoría de edad adquiere ..... y
puede ejercer los .....................
a) Capacidad de goce – actos jurídicos
b) Personería jurídica – derechos laborales
c) Capacidad de goce – derechos patrimoniales
d) Capacidad de ejercicio – derechos civiles y políticos
e) Capacidad jurídica – derechos civiles
13) Los menores de edad mayores de 18 años que contraigan
matrimonio pierden:
a) La capacidad
b) Incapacidad absoluta
c) La patria potestad
d) La incapacidad relativa
e) C y D son correctas
14) No es persona jurídica de derecho público:
a) INPE
b) INABIF
c) MEF
d) SUNAT
e) Telefónica del Perú
15) La ..... se constituye mediante escritura pública o por testamento.
a) comunidad
b) fundación
c) sociedad mercantil
d) sociedad anónima
e) comité
16) Las comunidades campesinas y nativas solo tendrán existencia legal
si tienen:
a) Reconocimiento del alcalde
b) Reconocimiento oficial
c) Reconocimiento del presidente
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d) Reconocimiento ministerial
e) Reconocimiento de las FF.AA.
17) Marque la alternativa incorrecta:
a) Una persona natural puede pertenecer a varias personas jurídicas
b) Una persona jurídica es de carácter tangible
c) Una persona jurídica surge con su inscripción en los Registros
Públicos
d) Las sociedades anónimas son personas jurídicas
e) Las universidades privadas son personas jurídicas de derecho
privado.
18) No es persona jurídica de derecho privado:
a) Telefónica
b) Microsolf
c) CONFIEP
d) Baco de Crédito
e) Banco de la Nación
19) Las personas jurídicas de ......tienen : existencia ideal, los crea el
Estado, tienen patrimonio propio y su duración es por tiempo indefinido:
a) derecho público
b) derecho privado
c) naturaleza orgánica
d) naturaleza social
e) creación legal
20) Estas personas jurídicas de derecho privado tienen como fin
orientarse al mejor aprovechamiento de su patrimonio para beneficio de
sus comuneros:
a) Comunidad regional
b) Comunidad campesinas
c) Comunidad obrera
d) Comunidad religiosa
e) Comunidad social
FUENTE BIBLOGRAFICA
Código Civil peruano de 1984
El ABC Del derecho civil, Guido Águila Grados

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SUJETO DE DERECHO

  • 1. SOLIS TRUJILLO, Henry Frank 2014 SUJETO DE DERECHO - EDUCACIÓN CIVICA …………………………………………………”UNJFSC” Página 1 SUJETO DE DERECHO - EDUCACIÓN CIVICA SUJETO DE DERECHO CONCEPTO Es aquel centro de imputación de derechos y obligaciones. Se considera cuatro tipos de sujetos de derecho: 1.- El concebido 2.- La persona natural o física 3.- La persona jurídica 4.- las organizaciones de personas no inscritas. I. EL CONCEBIDO Es el ser humano antes de nacer que pese a que depende de la madre para su subsistencia está individualizado frente al ordenamiento jurídico. Es considerado sujeto de derecho para todo aquello en cuanto le favorece. La atribución de derechos patrimoniales está condicionada a que nazca vivo. Si nació muerto nunca existió para el derecho, y si hubiera bienes que se les hubiesen atribuido regresan al patrimonio del cedente. La concepción da origen a la vida humana, su interrupción es un aborto. ABORTO ETIMOLOGÍA: Ab ---- Privación Ortus ----- Nacimiento CONCEPTO: Es el aniquilamiento del producto de la concepción en cualquiera de los momentos anteriores al término de la preñez ya sea por expulsión violenta o por destrucción en el vientre de la madre. CLASES DE ABORTO: Según el Código Penal 1. Auto aborto 2. Aborto consentido 3. Aborto no consentido 4. Aborto abusivo o por profesionales. 5. Aborto terapéutico o necesario. 6. Aborto preterintencional 7. Aborto sentimental 8. Aborto eugenésico.
  • 2. SOLIS TRUJILLO, Henry Frank 2014 SUJETO DE DERECHO - EDUCACIÓN CIVICA …………………………………………………”UNJFSC” Página 2 II. LA PERSONA NATURAL Son los seres humanos individualmente considerados, se inicia con el nacimiento y concluye con la muerte y en caso de ausencia puede finalizar por declaración de muerte presunta. A toda persona le pertenece una personalidad mientras que el primer término se refiere al sujeto (persona), el segundo término se refiere al conjunto de atributos de índole jurídico. ATRIBUTOS DE LA PERSONALIDAD La personalidad jurídica presenta diferentes cualidades que son las mismas que el hombre posee por naturaleza a los que el derecho llama “ATRIBUTOS”. Estos son: 1. El estado 2. La capacidad 3. El nombre 4. El domicilio 5. El patrimonio A) EL ESTADO Se llama estado a la situación que determinada persona ocupa dentro del grupo familiar o dentro de la sociedad. El estado se encuentra determinado y también influenciado por acontecimientos y factores diversos como la edad, sexo, el matrimonio, el divorcio, la adopción. Ejemplo: el estado le corresponde al que ha contraído matrimonio. Estos estados se inscriben en la RENIEC. B) LA CAPACIDAD Es el atributo consistente en la idoneidad para ser sujeto de derecho. Es la aptitud que la ley reconoce a una determinada persona para el goce o para ejercicio de sus derechos civiles. Se trata de un derecho extramatrimonial y por tanto no es susceptible de negociación. Se distingue 2 clases de capacidad: B.1 LA CAPACIDAD DE GOCE: Es la aptitud de ser dueño o titular de un derecho. Es un atributo esencial de toda persona natural, la capacidad de goce la tienen todos, surge con el nacimiento y solo concluye con la muerte. B.2 LA CAPACIDAD DE EJERCICIO: Es la aptitud que la ley reconoce a la persona para ejercitar por sí misma sus derechos civiles. Es pues la libertad de obrar. Actualmente se adquiere plena capacidad de ejercicio cumplidos los 18 años de edad (Art. 42 del Código Civil).
  • 3. SOLIS TRUJILLO, Henry Frank 2014 SUJETO DE DERECHO - EDUCACIÓN CIVICA …………………………………………………”UNJFSC” Página 3 INCAPACIDAD JURÍDICA: es la falta de aptitud jurídica para gozar (incapacidad de goce) o para ejercer por sí mismo de algún(os) sus derecho(s) (incapacidad de ejercicio) Adolecen de incapacidad absoluta (son absolutamente incapaces) de ejercicio, según el Código Civil: 1. Los menores de 16 años 2. Los privados de discernimiento 3. Los sordomudos, los ciegos sordos y ciegos mudos que no puede dar ni expresar su voluntad de manera indubitable. Son relativamente incapaces: 1. Los mayores de 16 años y menores de 18 años 2. Los retardados mentales 3. Los que adolecen de deterioro mental que les impide expresar su libre voluntad 4. Los pródigos 5. Los que incurren en mala gestión 6. Los ebrios habituales 7. Los toxicómanos 8. Los que sufren pena que lleva anexa la interdicción civil. Se trata de los sentenciados a pena privativa de su libertad, donde el Juez ha decidido también privar del ejercicio de sus derechos civiles de sentenciado. C) EL NOMBRE Atributo que sirve para identificarlos y diferenciarlos de otras personas, comprende dos elementos. - El nombre patronímico o apellido que proviene del padre y de la madre, estos son hereditarios. - El nombre de pila o prenombre. Toda persona tiene el derecho y el deber de llevar un nombre. Este incluye los apellidos. Al hijo matrimonial le corresponden el primer apellido del padre y el primero de la madre (Art. 20 del Código Civil). Al hijo extramatrimonial le corresponden los apellidos del progenitor que lo haya reconocido. Si es reconocido por ambos lleva el primer apellido de los dos. El adoptado lleva los apellidos del adoptante o adoptantes. La mujer tiene derecho a llevar el apellido del marido agregado al suyo y a conservarlo mientras no contraiga nuevo matrimonio. Cesa tal derecho en caso de divorcio o por nulidad de matrimonio. D) EL DOMICILIO Se entiende como domicilio como el lugar donde permanentemente vive una persona o una familia. • La desaparición consiste en que una persona no se encuentra en su domicilio y no se tiene noticias sobre su paradero. Para que se declare
  • 4. SOLIS TRUJILLO, Henry Frank 2014 SUJETO DE DERECHO - EDUCACIÓN CIVICA …………………………………………………”UNJFSC” Página 4 la ausencia de una persona es necesario que transcurran 2 años desde que se tuvo la última noticia. • Declaración de muerte presunta. Se presume que una persona ha muerto y consecuentemente procede su declaración de muerte presunta en los siguientes casos (Art. 63 C.C). III.- LA PERSONA JURÍDICA Es un ente ficticio que resulta de la agrupación de personas organizadas colectivamente en búsqueda de un fin u objetivo común y que esta inscrito conforme a las disposiciones legales. La persona jurídica es la personificación de un orden jurídico parcial, como el caso de los estatutos de una asociación; otras veces, la de un orden jurídico total, tal es el caso de lo denominado con el nombre de Estado. Son entidades abstractas de existencia ideal. CLASES DE PERSONAS JURÍDICAS. A) PERSONAS JURÍDICAS DE DERECHO PRIVADO SIN FINES DE LUCRO. - LA ASOCIACIÓN: es una organización estable de personas naturales o jurídicas, o de ambas, a través de una actividad común persiguen un fin no lucrativo. La Asociación es una persona jurídica donde participan varias personas que ponen en común sus conocimientos y recursos para un objeto determinado o para realizar una actividad específica. La Asociación debe contar con un patrimonio. El asociado tiene que contribuir con una cotización. La calidad de asociados es inherente a la persona y por lo tanto no es hereditaria. - LA FUNDACIÓN: Es una organización no lucrativa instituida mediante la afectación de uno o más bienes para la realización de objetivos de carácter religiosos, asistencial, cultural u otros de interés social. Se constituye mediante escritura pública, por una o varias personas naturales o jurídicas por testamento. Los beneficiarios no intervienen en la administración de la fundación. - COMITÉ: Es la organización de personas naturales o jurídicas o de ambas dedicadas a la recaudación pública de aportes destinados a una finalidad altruista. - COMUNIDADES CAMPESINAS O NATIVAS: Son organizaciones tradicionales y estables de interés público, constituidos por personas naturales y cuyos fines se orientan al mejor aprovechamiento de su patrimonio para beneficio de los comuneros
  • 5. SOLIS TRUJILLO, Henry Frank 2014 SUJETO DE DERECHO - EDUCACIÓN CIVICA …………………………………………………”UNJFSC” Página 5 B) PERSONAS JURÍDICAS CON FINES DE LUCRO Sociedades mercantiles.- son aquellas que surgen por la voluntad de dos o más personas para realizar actividades económicas con fines de lucro (búsqueda y reparto de ganancias). Están reguladas por la Ley General de Sociedades. Tenemos los siguientes tipos de sociedades mercantiles: - Sociedades Colectivas. - Sociedades en Comandita. - Sociedades Comerciales de Responsabilidad Limitada. - Sociedades Anónimas. IV.- LAS ORGANIZACIONES DE PERSONAS NO INSCRITAS Es el conjunto de personas que se organizan buscando un fin valioso, pero que no han cumplido con el requisito de inscribirse en el registro correspondiente, por lo cual no constituye una persona jurídica, sin embargo es regulada por nuestro ordenamiento jurídico como una agrupación que bajo ciertas circunstancias es susceptible de tener deberes y derechos diferentes de sus integrantes, como sí se tratase de una persona jurídica. PREGUNTAS PROPUESTAS 1) La persona natural es sujeto de derecho desde el momento de: a) Su concepción b) Su nacimiento c) Su mayoría de edad d) Su inscripción en el Registro Electoral. e) Su matrimonio. 2) El adoptado debe llevar los apellidos de(l): a) Padre biológico b) Los padres adoptivos c) Depende de la voluntad del adoptado d) El juez determinará el apellido e) Del registrador civil. 3) Según la legislación peruana es el único aborto permitido: a) Aborto preterintencional. b) Aborto sentimental c) Aborto eugenésico d) Aborto abusivo e) Aborto terapéutico 4) La capacidad de goce es un atributo de la persona que se adquiere
  • 6. SOLIS TRUJILLO, Henry Frank 2014 SUJETO DE DERECHO - EDUCACIÓN CIVICA …………………………………………………”UNJFSC” Página 6 con: a) El nacimiento b) La concepción c) La mayoría d edad d) La obtención del DNI e) El matrimonio 5) Con la mayoría de edad (18 años) y su inscripción electoral se adquiere: a) La calidad de persona b) El estado civil c) La capacidad de ejercer la ciudadanía d) Capacidad de ejercicio e) Capacidad de goce 6) En el caso de los menores de 18 años y mayores de 16 años la incapacidad relativa cesa por: a) El permiso de los padres b) Autorización del fiscal c) Mandato legal d) Matrimonio e) Ser alumno destacado 7) Bajo circunstancias constitutivas de peligro de muerte se puede solicitar la declaración de muerte presunta después de: a) 6 meses d) 10 años b) 2 años e) Al momento c) 5 años 8) Considerado como el centro de derechos y deberes que surge con el nacimiento: a) La persona natural b) Sujeto de derecho c) El concebido d) La persona jurídica e) Organizaciones no inscritas 9) Permite identificar a la persona por su apellido de carácter hereditario: a) Identificación b) El nombre c) Residencia d) Nombre patronímico e) Nombre de pila 10) La vida humana como sujeto de derecho se inicia con: a) El nacimiento b) El nombre propio
  • 7. SOLIS TRUJILLO, Henry Frank 2014 SUJETO DE DERECHO - EDUCACIÓN CIVICA …………………………………………………”UNJFSC” Página 7 c) La inscripción en los registros Civiles d) La concepción e) El nacimiento presunto 11) La capacidad de ejercicio que tienen todas las personas, se pierde con: a) La incapacidad de goce b) Salir del país c) Renunciar a la nacionalidad peruana d) La muerte e) La declaración de pródigo 12) La persona humana al cumplir mayoría de edad adquiere ..... y puede ejercer los ..................... a) Capacidad de goce – actos jurídicos b) Personería jurídica – derechos laborales c) Capacidad de goce – derechos patrimoniales d) Capacidad de ejercicio – derechos civiles y políticos e) Capacidad jurídica – derechos civiles 13) Los menores de edad mayores de 18 años que contraigan matrimonio pierden: a) La capacidad b) Incapacidad absoluta c) La patria potestad d) La incapacidad relativa e) C y D son correctas 14) No es persona jurídica de derecho público: a) INPE b) INABIF c) MEF d) SUNAT e) Telefónica del Perú 15) La ..... se constituye mediante escritura pública o por testamento. a) comunidad b) fundación c) sociedad mercantil d) sociedad anónima e) comité 16) Las comunidades campesinas y nativas solo tendrán existencia legal si tienen: a) Reconocimiento del alcalde b) Reconocimiento oficial c) Reconocimiento del presidente
  • 8. SOLIS TRUJILLO, Henry Frank 2014 SUJETO DE DERECHO - EDUCACIÓN CIVICA …………………………………………………”UNJFSC” Página 8 d) Reconocimiento ministerial e) Reconocimiento de las FF.AA. 17) Marque la alternativa incorrecta: a) Una persona natural puede pertenecer a varias personas jurídicas b) Una persona jurídica es de carácter tangible c) Una persona jurídica surge con su inscripción en los Registros Públicos d) Las sociedades anónimas son personas jurídicas e) Las universidades privadas son personas jurídicas de derecho privado. 18) No es persona jurídica de derecho privado: a) Telefónica b) Microsolf c) CONFIEP d) Baco de Crédito e) Banco de la Nación 19) Las personas jurídicas de ......tienen : existencia ideal, los crea el Estado, tienen patrimonio propio y su duración es por tiempo indefinido: a) derecho público b) derecho privado c) naturaleza orgánica d) naturaleza social e) creación legal 20) Estas personas jurídicas de derecho privado tienen como fin orientarse al mejor aprovechamiento de su patrimonio para beneficio de sus comuneros: a) Comunidad regional b) Comunidad campesinas c) Comunidad obrera d) Comunidad religiosa e) Comunidad social FUENTE BIBLOGRAFICA Código Civil peruano de 1984 El ABC Del derecho civil, Guido Águila Grados