El documento presenta el caso de Marta, quien desea abortar a los dos meses de embarazo. Su esposo Pedro no está de acuerdo y busca impedir el aborto mediante una acción de libertad preventiva, alegando la vulneración del derecho a la vida del feto. El resumen analiza los argumentos constitucionales para interponer una acción de libertad preventiva basada en la protección del derecho a la vida reconocido desde la concepción.
Este documento defiende la Marcha por la Vida en Perú argumentando que: 1) El derecho a la vida es fundamental y está protegido constitucionalmente desde la concepción; 2) La Marcha busca visibilizar que el pueblo peruano apoya proteger la vida por nacer y los derechos de las mujeres embarazadas; 3) Las Marchas por la Vida ocurren a nivel mundial como respuesta a agendas abortivas globales que amenazan la vida y la familia.
Este documento analiza la propuesta de despenalizar el aborto presentada ante la Comisión Especial Revisora del Código Penal. El autor argumenta que la vida humana es el bien jurídico protegido desde la concepción y que ni la mujer ni el Estado pueden disponer libremente de ella. También señala que el consentimiento de la mujer no exime de responsabilidad penal debido a que ella no es la titular del derecho a la vida del concebido. Finalmente, concluye que tanto el aborto consentido como el no consentido son conductas punibles según n
El seminario trata sobre la vacunación. Las vacunas han beneficiado la salud pública al prevenir epidemias y aumentar la esperanza de vida. Sin embargo, existe controversia sobre el timerosal, un preservante que contiene mercurio y podría causar daño neurológico. Estudios en Chile concluyeron que no hay evidencia de efectos adversos por el timerosal. Aunque se ha reducido su uso, el Programa Nacional de Inmunización chileno requiere 13 vacunas obligatorias, lo que puede vulnerar los principios de autonomía y dign
Los Obispos de Chile frente a la propuesta constitucional. Final 22.07.22.pdfInformacionesCMI
Estimados Padres, Madres y Apoderados.
Junto con saludarles de manera afectuosa enviamos la reflexión de la Propuesta Constitucional a la luz de la Doctrina Social de la Iglesia.
Saludos Cordiales.
Este documento trata sobre el aborto en el Perú. Brevemente resume la legislación histórica sobre el aborto en el Código Penal de 1863 y de 1924, así como disposiciones constitucionales y legales posteriores. Finalmente, presenta algunas conclusiones como que el Estado no ha considerado plenamente los derechos sexuales y reproductivos, y que prevalece un concepto de vida como función biológica sobre la calidad de vida y libertad de la mujer.
Las leyes portafolio familia comunidad y preescolar. nanyelisEDUPEL
Este documento describe el cambio de paradigma en la legislación de protección de la infancia en Venezuela desde la adopción de la Convención sobre los Derechos del Niño. Antes se aplicaba la doctrina de la "situación irregular" que veía a los niños como objetos de tutela estatal. Ahora, bajo la doctrina de "protección integral", los niños son sujetos de derechos y la familia juega un papel fundamental en garantizar esos derechos con apoyo del Estado.
Este documento resume varios delitos contemplados en el Código Penal de Venezuela, incluyendo el aborto, el abandono de personas incapaces y la difamación e injuria. Describe los diferentes tipos de aborto, las circunstancias que los agravan, y la posición de Venezuela sobre su legalización. También explica el delito de abandono de personas incapaces y las circunstancias agravantes. Por último, señala que la difamación y la injuria son delitos contra el honor.
Este documento discute varios temas relacionados con el aborto. Primero, explora el origen etimológico de la palabra "aborto" y cómo ha evolucionado su significado a través del tiempo. Luego, describe cómo el aborto involucra consideraciones jurídicas, sociales, médicas y éticas, haciéndolo un tema complejo. Finalmente, discute el derecho a la vida como un derecho fundamental y la inviolabilidad de este derecho según la constitución, pero también reconoce que existen momentos de desarrollo en los
Este documento defiende la Marcha por la Vida en Perú argumentando que: 1) El derecho a la vida es fundamental y está protegido constitucionalmente desde la concepción; 2) La Marcha busca visibilizar que el pueblo peruano apoya proteger la vida por nacer y los derechos de las mujeres embarazadas; 3) Las Marchas por la Vida ocurren a nivel mundial como respuesta a agendas abortivas globales que amenazan la vida y la familia.
Este documento analiza la propuesta de despenalizar el aborto presentada ante la Comisión Especial Revisora del Código Penal. El autor argumenta que la vida humana es el bien jurídico protegido desde la concepción y que ni la mujer ni el Estado pueden disponer libremente de ella. También señala que el consentimiento de la mujer no exime de responsabilidad penal debido a que ella no es la titular del derecho a la vida del concebido. Finalmente, concluye que tanto el aborto consentido como el no consentido son conductas punibles según n
El seminario trata sobre la vacunación. Las vacunas han beneficiado la salud pública al prevenir epidemias y aumentar la esperanza de vida. Sin embargo, existe controversia sobre el timerosal, un preservante que contiene mercurio y podría causar daño neurológico. Estudios en Chile concluyeron que no hay evidencia de efectos adversos por el timerosal. Aunque se ha reducido su uso, el Programa Nacional de Inmunización chileno requiere 13 vacunas obligatorias, lo que puede vulnerar los principios de autonomía y dign
Los Obispos de Chile frente a la propuesta constitucional. Final 22.07.22.pdfInformacionesCMI
Estimados Padres, Madres y Apoderados.
Junto con saludarles de manera afectuosa enviamos la reflexión de la Propuesta Constitucional a la luz de la Doctrina Social de la Iglesia.
Saludos Cordiales.
Este documento trata sobre el aborto en el Perú. Brevemente resume la legislación histórica sobre el aborto en el Código Penal de 1863 y de 1924, así como disposiciones constitucionales y legales posteriores. Finalmente, presenta algunas conclusiones como que el Estado no ha considerado plenamente los derechos sexuales y reproductivos, y que prevalece un concepto de vida como función biológica sobre la calidad de vida y libertad de la mujer.
Las leyes portafolio familia comunidad y preescolar. nanyelisEDUPEL
Este documento describe el cambio de paradigma en la legislación de protección de la infancia en Venezuela desde la adopción de la Convención sobre los Derechos del Niño. Antes se aplicaba la doctrina de la "situación irregular" que veía a los niños como objetos de tutela estatal. Ahora, bajo la doctrina de "protección integral", los niños son sujetos de derechos y la familia juega un papel fundamental en garantizar esos derechos con apoyo del Estado.
Este documento resume varios delitos contemplados en el Código Penal de Venezuela, incluyendo el aborto, el abandono de personas incapaces y la difamación e injuria. Describe los diferentes tipos de aborto, las circunstancias que los agravan, y la posición de Venezuela sobre su legalización. También explica el delito de abandono de personas incapaces y las circunstancias agravantes. Por último, señala que la difamación y la injuria son delitos contra el honor.
Este documento discute varios temas relacionados con el aborto. Primero, explora el origen etimológico de la palabra "aborto" y cómo ha evolucionado su significado a través del tiempo. Luego, describe cómo el aborto involucra consideraciones jurídicas, sociales, médicas y éticas, haciéndolo un tema complejo. Finalmente, discute el derecho a la vida como un derecho fundamental y la inviolabilidad de este derecho según la constitución, pero también reconoce que existen momentos de desarrollo en los
El documento trata sobre la evolución del concepto de la infancia y los derechos de los niños. Describe cómo la Convención sobre los Derechos del Niño de 1989 estableció un cambio fundamental al reconocer a los niños como sujetos de derechos. También analiza cómo las doctrinas de la Situación Irregular y la Protección Integral han influenciado las leyes de protección de menores en Latinoamérica y Bolivia.
El documento resume los conceptos de aborto, omisión de socorro, difamación e injuria desde una perspectiva legal. Explica que el aborto se refiere a la interrupción del embarazo y que existen diferentes tipos como el procurado, consentido o terapéutico. También define la omisión de socorro, difamación e injuria y compara sus similitudes y diferencias en términos de su tipificación legal y las penas asociadas. Finalmente, concluye explicando brevemente su postura personal sobre el aborto.
El documento resume los conceptos de aborto, omisión de socorro, difamación e injuria desde una perspectiva legal. Explica que el aborto se refiere a la interrupción del embarazo y que existen diferentes tipos. También analiza las leyes sobre el aborto en Venezuela y las posturas a favor y en contra. Expone las definiciones legales de omisión de socorro, difamación e injuria y compara las similitudes y diferencias entre difamación e injuria.
El documento trata sobre varios derechos humanos fundamentales como el derecho a la vida, la salud, la integridad y la educación. Explica que estos derechos deben ser protegidos para todas las personas sin discriminación y que el Estado tiene la obligación de garantizar el acceso universal a estos derechos.
Las leyes portafolio familia comunidad y preescolar. hildaEDUPEL
Este documento describe el cambio de paradigma en Venezuela de la doctrina de la "situación irregular" a la doctrina de la "protección integral" de los derechos de los niños. 1) Venezuela ratificó la Convención sobre los Derechos del Niño en 1990, lo que requirió actualizar su legislación para garantizar los derechos de los niños. 2) La nueva doctrina reconoce a los niños como sujetos de derechos en lugar de objetos de tutela estatal. 3) La familia desempeña ahora un papel fundamental en la garantía de los
La diputada Lucila del Carmen Gallegos Camarena presenta una iniciativa para reformar la Ley del Seguro Social de México a fin de garantizar la protección del derecho a la salud y la seguridad social de todos los niños, niñas y adolescentes hijos de asegurados o pensionados hasta los 18 años, en línea con tratados internacionales sobre los derechos de la infancia. Actualmente la ley sólo otorga estos beneficios a menores de 16 años.
El documento trata sobre el derecho del menor y la evolución del concepto de derechos humanos en relación a los niños. Explica que históricamente los niños no eran considerados titulares de derechos, pero que la Convención sobre los Derechos del Niño reconoció a los niños como sujetos de derechos. También describe el nuevo sistema de justicia para adolescentes en México y cómo incorpora principios como el interés superior del adolescente y el debido proceso legal.
El documento defiende la Marcha por la Vida argumentando que el derecho a la vida es el derecho fundamental reconocido en la Constitución peruana. Además, explica que aunque el Estado peruano es laico, la Marcha defiende el derecho a la vida desde una perspectiva jurídica y no religiosa. Finalmente, señala que es importante realizar la Marcha ahora para oponerse a la agenda abortista que busca legalizar el aborto en el Perú.
El documento discute la historia y jurisprudencia del aborto en el Perú. Históricamente, el aborto ha sido ilegal pero se permitían excepciones por honor o consentimiento. La legislación ha evolucionado para permitir el aborto terapéutico y, más recientemente, se ha debatido el derecho reproductivo de la mujer. Sin embargo, la ley peruana aún enfatiza más el derecho a la vida del feto que la autonomía de la mujer.
El documento presenta la Sentencia No. C-133/94 de la Corte Constitucional Colombiana. En esta sentencia, la Corte declara inexconstitucional el artículo 343 del Código Penal Colombiano que penalizaba el aborto. La Corte establece que la vida del feto está protegida por la Constitución desde la concepción y que, por lo tanto, el Estado puede penalizar los actos dirigidos a provocar su muerte. Sin embargo, también reconoce los derechos reproductivos de la mujer y la necesidad de armonizar la protección de la vida
El documento presenta el plan estratégico de la Dirección de Responsabilidad Penal Juvenil para el año 2010. El plan tiene como objetivos brindar una atención integral a adolescentes infractores de la ley penal mediante programas de capacitación, rehabilitar la organización para mejorar la eficacia y seguridad, y reducir la reincidencia y fugas. Las metas incluyen mejorar los programas de tratamiento, aumentar la seguridad, y fortalecer los vínculos familiares y comunitarios para facilitar la reinserción social de los j
Este documento discute el tema complejo del aborto en casos de violación desde diferentes perspectivas. Presenta encuestas que muestran opiniones divididas entre los limeños sobre si una mujer embarazada por violación debería poder abortar o no. También analiza argumentos a favor y en contra, incluyendo que el aborto no quitaría el dolor de la violación sino que agregaría riesgos físicos y psicológicos, y que el feto es un niño inocente que no debe pagar por los actos de otro. La constitución peruana reconoce al conce
Este documento discute el tema del aborto en casos de embarazo producto de una violación sexual. Presenta argumentos a favor y en contra de permitir el aborto en estos casos. A favor, algunos argumentan que obligar a la mujer a continuar el embarazo la sometería a una segunda experiencia traumática. En contra, otros sostienen que el aborto no eliminaría el dolor de la violación y atentaría contra el derecho a la vida reconocido constitucionalmente desde la concepción. Finalmente, la conclusión es que el aborto no eliminaría el dol
Este documento discute el tema del aborto en casos de embarazo producto de una violación sexual. Presenta argumentos a favor y en contra de permitir el aborto en estos casos. A favor, algunos argumentan que obligar a la mujer a continuar el embarazo la sometería a una segunda experiencia traumática. En contra, otros sostienen que el aborto no eliminaría el dolor de la violación y atentaría contra el derecho a la vida reconocido constitucionalmente desde la concepción. Finalmente, la conclusión es que el aborto no eliminaría el dol
Este documento define el aborto como la interrupción del desarrollo del feto antes de las 20 semanas de embarazo. Explica que los derechos del cuerpo, la sexualidad y la reproducción son derechos humanos universales protegidos por tratados internacionales. También resume la legislación mexicana y convenciones internacionales relacionadas con el aborto y los derechos reproductivos de la mujer, señalando que todavía hay una visión que ve a la mujer como un objeto en lugar de un sujeto de derechos.
El documento resume el debate sobre la despenalización del aborto en Colombia. Presenta 10 puntos fundamentales a favor de la despenalización parcial del aborto hechos por una abogada en su demanda ante la Corte Constitucional colombiana, incluyendo que la penalización total viola derechos de las mujeres y no reduce el número de abortos. También resume aspectos legales, religiosos, sociales y médicos relacionados con el aborto en Colombia.
El documento resume el debate sobre la despenalización del aborto en Colombia. Presenta 10 puntos fundamentales a favor de la despenalización parcial del aborto hechos por una abogada en su demanda ante la Corte Constitucional, incluyendo que la penalización total viola derechos de las mujeres y no reduce el número de abortos realizados. También resume brevemente las perspectivas legales, religiosas, sociales y médicas sobre el aborto en Colombia.
El documento resume el debate sobre la despenalización del aborto en Colombia. Presenta 10 puntos fundamentales a favor de la despenalización parcial del aborto hechos por una abogada en su demanda ante la Corte Constitucional, incluyendo que la penalización total viola derechos de las mujeres y no previene abortos inseguros. También resume aspectos legales, religiosos, sociales y médicos relacionados con el aborto en Colombia.
El documento resume el debate sobre la despenalización del aborto en Colombia. Presenta 10 puntos fundamentales a favor de la despenalización parcial del aborto hechos por una abogada en su demanda ante la Corte Constitucional, incluyendo que la penalización total viola derechos de las mujeres y no reduce el número de abortos realizados. También resume aspectos legales, religiosos, sociales y médicos relacionados con el aborto en Colombia.
Analisis de la sentencia C-133-1994 y C-647-2001 Corte ConstitucionalCristian Escorcia
El documento presenta los argumentos de varias partes involucradas en un caso sobre la constitucionalidad de la penalización del aborto en Colombia. La Corte Constitucional finalmente declara la norma constitucional, argumentando que la vida comienza en la concepción y el feto tiene derecho a la vida, aunque no sea una persona. Tres magistrados salvan su voto, argumentando que el feto no es titular de derechos fundamentales y penalizar el aborto puede violar los derechos de la mujer.
El documento trata sobre la evolución del concepto de la infancia y los derechos de los niños. Describe cómo la Convención sobre los Derechos del Niño de 1989 estableció un cambio fundamental al reconocer a los niños como sujetos de derechos. También analiza cómo las doctrinas de la Situación Irregular y la Protección Integral han influenciado las leyes de protección de menores en Latinoamérica y Bolivia.
El documento resume los conceptos de aborto, omisión de socorro, difamación e injuria desde una perspectiva legal. Explica que el aborto se refiere a la interrupción del embarazo y que existen diferentes tipos como el procurado, consentido o terapéutico. También define la omisión de socorro, difamación e injuria y compara sus similitudes y diferencias en términos de su tipificación legal y las penas asociadas. Finalmente, concluye explicando brevemente su postura personal sobre el aborto.
El documento resume los conceptos de aborto, omisión de socorro, difamación e injuria desde una perspectiva legal. Explica que el aborto se refiere a la interrupción del embarazo y que existen diferentes tipos. También analiza las leyes sobre el aborto en Venezuela y las posturas a favor y en contra. Expone las definiciones legales de omisión de socorro, difamación e injuria y compara las similitudes y diferencias entre difamación e injuria.
El documento trata sobre varios derechos humanos fundamentales como el derecho a la vida, la salud, la integridad y la educación. Explica que estos derechos deben ser protegidos para todas las personas sin discriminación y que el Estado tiene la obligación de garantizar el acceso universal a estos derechos.
Las leyes portafolio familia comunidad y preescolar. hildaEDUPEL
Este documento describe el cambio de paradigma en Venezuela de la doctrina de la "situación irregular" a la doctrina de la "protección integral" de los derechos de los niños. 1) Venezuela ratificó la Convención sobre los Derechos del Niño en 1990, lo que requirió actualizar su legislación para garantizar los derechos de los niños. 2) La nueva doctrina reconoce a los niños como sujetos de derechos en lugar de objetos de tutela estatal. 3) La familia desempeña ahora un papel fundamental en la garantía de los
La diputada Lucila del Carmen Gallegos Camarena presenta una iniciativa para reformar la Ley del Seguro Social de México a fin de garantizar la protección del derecho a la salud y la seguridad social de todos los niños, niñas y adolescentes hijos de asegurados o pensionados hasta los 18 años, en línea con tratados internacionales sobre los derechos de la infancia. Actualmente la ley sólo otorga estos beneficios a menores de 16 años.
El documento trata sobre el derecho del menor y la evolución del concepto de derechos humanos en relación a los niños. Explica que históricamente los niños no eran considerados titulares de derechos, pero que la Convención sobre los Derechos del Niño reconoció a los niños como sujetos de derechos. También describe el nuevo sistema de justicia para adolescentes en México y cómo incorpora principios como el interés superior del adolescente y el debido proceso legal.
El documento defiende la Marcha por la Vida argumentando que el derecho a la vida es el derecho fundamental reconocido en la Constitución peruana. Además, explica que aunque el Estado peruano es laico, la Marcha defiende el derecho a la vida desde una perspectiva jurídica y no religiosa. Finalmente, señala que es importante realizar la Marcha ahora para oponerse a la agenda abortista que busca legalizar el aborto en el Perú.
El documento discute la historia y jurisprudencia del aborto en el Perú. Históricamente, el aborto ha sido ilegal pero se permitían excepciones por honor o consentimiento. La legislación ha evolucionado para permitir el aborto terapéutico y, más recientemente, se ha debatido el derecho reproductivo de la mujer. Sin embargo, la ley peruana aún enfatiza más el derecho a la vida del feto que la autonomía de la mujer.
El documento presenta la Sentencia No. C-133/94 de la Corte Constitucional Colombiana. En esta sentencia, la Corte declara inexconstitucional el artículo 343 del Código Penal Colombiano que penalizaba el aborto. La Corte establece que la vida del feto está protegida por la Constitución desde la concepción y que, por lo tanto, el Estado puede penalizar los actos dirigidos a provocar su muerte. Sin embargo, también reconoce los derechos reproductivos de la mujer y la necesidad de armonizar la protección de la vida
El documento presenta el plan estratégico de la Dirección de Responsabilidad Penal Juvenil para el año 2010. El plan tiene como objetivos brindar una atención integral a adolescentes infractores de la ley penal mediante programas de capacitación, rehabilitar la organización para mejorar la eficacia y seguridad, y reducir la reincidencia y fugas. Las metas incluyen mejorar los programas de tratamiento, aumentar la seguridad, y fortalecer los vínculos familiares y comunitarios para facilitar la reinserción social de los j
Este documento discute el tema complejo del aborto en casos de violación desde diferentes perspectivas. Presenta encuestas que muestran opiniones divididas entre los limeños sobre si una mujer embarazada por violación debería poder abortar o no. También analiza argumentos a favor y en contra, incluyendo que el aborto no quitaría el dolor de la violación sino que agregaría riesgos físicos y psicológicos, y que el feto es un niño inocente que no debe pagar por los actos de otro. La constitución peruana reconoce al conce
Este documento discute el tema del aborto en casos de embarazo producto de una violación sexual. Presenta argumentos a favor y en contra de permitir el aborto en estos casos. A favor, algunos argumentan que obligar a la mujer a continuar el embarazo la sometería a una segunda experiencia traumática. En contra, otros sostienen que el aborto no eliminaría el dolor de la violación y atentaría contra el derecho a la vida reconocido constitucionalmente desde la concepción. Finalmente, la conclusión es que el aborto no eliminaría el dol
Este documento discute el tema del aborto en casos de embarazo producto de una violación sexual. Presenta argumentos a favor y en contra de permitir el aborto en estos casos. A favor, algunos argumentan que obligar a la mujer a continuar el embarazo la sometería a una segunda experiencia traumática. En contra, otros sostienen que el aborto no eliminaría el dolor de la violación y atentaría contra el derecho a la vida reconocido constitucionalmente desde la concepción. Finalmente, la conclusión es que el aborto no eliminaría el dol
Este documento define el aborto como la interrupción del desarrollo del feto antes de las 20 semanas de embarazo. Explica que los derechos del cuerpo, la sexualidad y la reproducción son derechos humanos universales protegidos por tratados internacionales. También resume la legislación mexicana y convenciones internacionales relacionadas con el aborto y los derechos reproductivos de la mujer, señalando que todavía hay una visión que ve a la mujer como un objeto en lugar de un sujeto de derechos.
El documento resume el debate sobre la despenalización del aborto en Colombia. Presenta 10 puntos fundamentales a favor de la despenalización parcial del aborto hechos por una abogada en su demanda ante la Corte Constitucional colombiana, incluyendo que la penalización total viola derechos de las mujeres y no reduce el número de abortos. También resume aspectos legales, religiosos, sociales y médicos relacionados con el aborto en Colombia.
El documento resume el debate sobre la despenalización del aborto en Colombia. Presenta 10 puntos fundamentales a favor de la despenalización parcial del aborto hechos por una abogada en su demanda ante la Corte Constitucional, incluyendo que la penalización total viola derechos de las mujeres y no reduce el número de abortos realizados. También resume brevemente las perspectivas legales, religiosas, sociales y médicas sobre el aborto en Colombia.
El documento resume el debate sobre la despenalización del aborto en Colombia. Presenta 10 puntos fundamentales a favor de la despenalización parcial del aborto hechos por una abogada en su demanda ante la Corte Constitucional, incluyendo que la penalización total viola derechos de las mujeres y no previene abortos inseguros. También resume aspectos legales, religiosos, sociales y médicos relacionados con el aborto en Colombia.
El documento resume el debate sobre la despenalización del aborto en Colombia. Presenta 10 puntos fundamentales a favor de la despenalización parcial del aborto hechos por una abogada en su demanda ante la Corte Constitucional, incluyendo que la penalización total viola derechos de las mujeres y no reduce el número de abortos realizados. También resume aspectos legales, religiosos, sociales y médicos relacionados con el aborto en Colombia.
Analisis de la sentencia C-133-1994 y C-647-2001 Corte ConstitucionalCristian Escorcia
El documento presenta los argumentos de varias partes involucradas en un caso sobre la constitucionalidad de la penalización del aborto en Colombia. La Corte Constitucional finalmente declara la norma constitucional, argumentando que la vida comienza en la concepción y el feto tiene derecho a la vida, aunque no sea una persona. Tres magistrados salvan su voto, argumentando que el feto no es titular de derechos fundamentales y penalizar el aborto puede violar los derechos de la mujer.
Muy buena novela,se trata de una mujer que es ffhjknvvg fgjklkkk jsjsbsbsndnsndndndndn sjjsmsmskzjd s ajam xjsksmiz xbdksnxkosmxjxis sksojsnx s kslsidbd xvdnlsoslsnd sbsklslzjx d sislodjxbx x dbskslskjsbsbsnsnsndndzkkdkdks sjjsmsmskzjd Bienvenido al portapapeles de Gboard; todo texto que copies se guardará aquí.Para pegar un clip en el cuadro de texto, tócalo.Para fijar un clip, manténlo presionado. Después de una hora, se borrarán todos los clips que no estén fijados.Utiliza el ícono de edición para fijar, agregar o borrar cips:vvvb.Muy buena novela,se trata de una mujer que es ffhjknvvg fgjklkkk jsjsbsbsndnsndndndndn sjjsmsmskzjd s ajam xjsksmiz xbdksnxkosmxjxis sksojsnx s kslsidbd xvdnlsoslsnd sbsklslzjx d sislodjxbx x dbskslskjsbsbsnsnsndndzkkdkdks sjjsmsmskzjd Bienvenido al portapapeles de Gboard; todo texto que copies se guardará aquí.Para pegar un clip en el cuadro de texto, tócalo.Para fijar un clip, manténlo presionado. Después de una hora, se borrarán todos los clips que no estén fijados.Utiliza el ícono de edición para fijar, agregar o borrar cips:vvvb.
REPÚBLICA DE CHILE - FALLO TRIBUNAL CONSTITUCIONAL _Sentencia Rol 15.368-24 C...Baker Publishing Company
CONSTITUCIONALIDAD DEL PROYECTO DE LEY
QUE ESTATUYE MEDIDAS PARA PREVENIR, SANCIONAR Y
ERRADICAR LA VIOLENCIA EN CONTRA DE LAS MUJERES, EN
RAZÓN DE SU GÉNERO, CONTENIDO EN EL
BOLETÍN N° 11.077-07
Diario de Sesiones de la Convención Constituyente - Vigésimo Primera Sesión -...Movimiento C40
En esta sesión de la Constituyente de 1940, comienza la discusión del proyecto constitucional presentado a la Convención.
Se discuten el prologo, artículos 1, 2, 3. Disputa territorial por la Cienaga de Zapata.
1. UNIVERSIDAD ANDINA SIMÓN BOLÍVAR
ASIGNATURA:
ACCIÓN DE LIBERTAD / ACCIÓN DE HÁBEAS CORPUS
TEMA:
EVALUACIÓN FINAL (TRABAJO EN GRUPO)
DOCENTE:
SAÚL EDMUNDO GÓMEZ MOLINA
INTEGRANTES:
IRMA GEOVANNA CUYO BUÑAY
ELENA CONTRERAS ESPINOZA
LIMBERTH BENITO ZURITA VILLALTA
RUBÉN DARIO BOBARIN PADILLA
PAUL SANTIAGO BARRERA CAMPOVERDE
CLAUDIO BAYRON CUASCOTA CUASCOTA
2. TEXTO 1
“La mayor parte de la sociedad boliviana y ecuatoriana considera que la Iglesia debe intervenir en
problemas sociales
Cuando en una sociedad se permite algo que es claramente inmoral, la iglesia debe hablar.
Pues ya en el segundo siglo, la iglesia se pronunció en contra del aborto, y todavía ahora está en
contra. Y a veces la Iglesia es la única institución poderosa que puede elevar su voz en
contra de un gobierno dictatorial o corrupto. Iglesias jugaron un papel importante en la caída
del muro. En los países africanos a menudo la iglesia es o era la única institución que podía ayudar a
la gente a salir de la pobreza.
No encontramos un versículo en la Biblia, que la iglesia debe hacer estas cosas, pero a lo largo de la
historia todo el mundo sabe que la Iglesia debe intervenir en la política social esto ha llegado a ser
natural de hacerlo.
En esto, reconocemos la dirección del Espíritu Santo. La iglesia necesita la orientación permanente del
Espíritu Santo para saber cuándo Dios lo está llamando a participar en asuntos sociales. Y cuando
debería tener un enfoque en su primer llamado para enseñar la Palabra de Dios.”
3. TEXTO 1
IDENTIFICACIÓN FALACIAS
1.- Falacia identificadas:
“Cuando en una sociedad se permite algo que es claramente inmoral, la iglesia debe hablar”.
“Y a veces la Iglesia es la única institución poderosa que puede elevar su voz en contra de un gobierno
dictatorial o corrupto”.
“En los países africanos a menudo la iglesia es o era la única institución que podía ayudar a la gente a salir
de la pobreza”.
“No encontramos un versículo en la Biblia, que la iglesia debe hacer estas cosas, pero a lo largo de la
historia todo el mundo sabe que la Iglesia debe intervenir en la política social esto ha llegado a ser natural
de hacerlo”.
4. “En esto, reconocemos la dirección del Espíritu Santo”.
“La iglesia necesita la orientación permanente del Espíritu Santo para saber cuándo Dios lo está llamando a
participar en asuntos sociales”.
“Y cuando debería tener un enfoque en su primer llamado para enseñar la Palabra de Dios”
2.- Son falacias de relevancia, dentro de la categoría “manipular sentimientos”, pues buscan explotar
estados psicológicos para que una audiencia acepte o rechace una conclusión, en este caso se presenta la
forma de “Argumentum Ad Populum” porque se intenta buscar que la conclusión de que la iglesia tenga
que participar imprescindiblemente en los asuntos sociales de una sociedad o que fuera la única institución
que puede elevar su voz ante un gobierno dictatorial; deba ser aceptada porque la iglesia ha sido
tradicionalmente respetada.
5. 3.- ARGUMENTOS RESPECTO DE LA ACCIÓN DE LIBERTAD / ACCIÓN DE HABEAS CORPUS
Analizar y aplicar las características sobre la acción de libertad en base a la argumentación constitucional.
Parámetros de Trabajo
Trataremos desde la perspectiva del neonato y la evidente vulneración del derecho a la vida, en función
preventiva toda vez que el delito no ha sido cometido.
A continuación, se analizará el actuar del padre, quien presentara una demanda contra su mujer, la misma, que
se encuentra en estado de gestación, su demanda se ampara en la protección a la vida del neonato;
continuamente, se buscará argumentos respecto al aborto, posteriormente se relacionara la acción de libertad
en su modalidad preventiva, estableciendo las pruebas que se puede interponer para plantear la acción de
libertad, donde se evidencie que se trata de atentar contra la vida del neonato.
6. Desarrollo del tema en función preventiva toda vez que el delito no ha sido cometido.
Premisas.-
Marta se encuentra en estado de gestación producto de una relación sexual consentida de larga data con
su marido Pedro, se encuentra embarazada de dos meses y le comunica a Pedro que tiene cita médica con
un médico clandestino para provocarse un aborto.
Pedro, al enterarse que Marta, tiene la intención de abortar, no se encuentra de acuerdo con la decisión de
su cónyuge, por lo que trata de buscar alguna solución o realizar algún procedimiento legal para defender
la vida al neonato.
En este contexto, Pedro se da cuenta que no existe en el Estado Boliviano, ni en el Estado Ecuatoriano
norma alguna que regule de forma preventiva la intención de practicarse el aborto o impedir la
interrupción del embarazo antes de la viabilidad fetal.
7. La Convención Americana sobre Derechos Humanos, más conocido como el Pacto de San José de Costa Rica,
ratificada por la Ley 1430 de 11 de marzo de 1993, en su art. 4 establece que toda persona tiene derecho a la
vida y que este derecho estará protegido por la Ley y en general, a partir del momento de la concepción, por lo
que nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente; criterio que es compartido por la legislación Boliviana,
concretamente dentro del Código Civil, en su art.1 que establece que al que está por nacer se lo considera
nacido para todo lo que pudiera Favorecerle, y para ser tenido como persona basta nacer con vida; en el
mismo sentido se encuentra el Código Niño, Niña y Adolescente de Bolivia en su art. 2 en el que se declara
como sujeto de protección al niño o niña, o todo ser humano considerado como tal a partir de su concepción.
8. ¿POR QUE SE INTERPONE LA ACCION DE LIBERTAD?
El artículo 125 de la Constitución Política del Estado Boliviano, establece que: “Toda persona que considere
que su vida está en peligro, que es ilegalmente perseguida, o que es indebidamente procesada o privada de
libertad personal, podrá interponer acción de libertad y acudir de manera oral o escrita, por sí o por
cualquiera a su nombre y sin ninguna formalidad procesal, ante cualquier juez o tribunal competente en
materia penal, y solicitará que se guarde tutela a su vida, cese la persecución indebida, se restablezcan las
formalidades legales o se restituya su derecho a la libertad” (Énfasis añadido)
Esta acción es un mecanismo de defensa constitucional extraordinario de carácter preventivo, correctivo, y
reparador, instituido para la protección inmediata y efectiva de los derechos fundamentales a la libertad
física como de locomoción, en casos de detenciones, persecuciones, apresamientos o procesamientos
ilegales o indebidos por parte de servidores públicos o de personas particulares; así como a la vida, cuando
ésta se encuentra afectada o amenazada por la restricción o supresión de la libertad. scp 0001/2012 de 13
de marzo.
9. La tutela que concede la acción de libertad, no procede cuando existen o se encuentran pendientes medios
o recursos ordinarios que no han sido agotados, que en el mejor de los casos podrían reparar la vulneración
de derechos y garantías, considerando que la acción de libertad no es subsidiaria, por cuanto mediante el
desarrollo jurisprudencial que hubo se estableció la concurrencia de la subsidiaridad.
Dada la importancia de esta acción de defensa, y el carácter subsidiario que le caracteriza, el presente
documento ahonda en esta temática, desarrollando el análisis critico de algunas de las líneas del Tribunal
Constitucional Plurinacional Boliviano referidas a la subsidiaridad, excepcional de la acción de libertad y
cuales son los mecanismos para flexibilizarla. En tal sentido, debe señalarse que la ingeniería dogmática de
la acción de libertad está diseñada sobre la base de dos pilares esenciales, el primero referente a su
naturaleza procesal y el segundo compuesto por los presupuestos de activación.
En cuanto al primer aspecto que configura el contenido esencial de esta garantía, es decir, su naturaleza
procesal, se establece que se encuentra revestida o estructurada con una tramitación especial y
sumarísima, reforzada por sus características de inmediatez en la protección, informalismo, generalidad e
inmediación; procede contra cualquier servidor público o persona particular, es decir, no reconoce fueros ni
privilegios, postulados que pueden ser inferidos de la norma constitucional antes referida;
10. El segundo pilar que estructura el contenido esencial de esta garantía, se encuentra configurada por sus
presupuestos de activación, que al amparo del art. 125 de la Constitución Política del Estado Boliviano, se
resumen en cuatro: a) Atentados contra el derecho a la vida; b) Afectación de los derechos a la libertad
física como a la libertad de locomoción; c) Acto y omisión que constituya procesamiento indebido; y, d)
Acto u omisión que implique persecución indebida.” a informalidad en el diseño de la acción de libertad
emerge de la relevancia de los derechos que tutela la libertad y la vida.
En este entendido, este principio se traduce en un mandato de protección y efectivización de los derechos
humanos de las niñas, niños y adolescentes, que todas las autoridades tanto administrativas y judiciales,
asimismo la familia y la sociedad deben tener en cuenta de manera prioritaria al momento de realizar
acciones que tengan que ver con sus intereses, a fin de garantizarles un desarrollo integral, en condiciones
dignas e iguales, que hagan posible una sociedad en armonía, por ello, la Corte Interamericana de
Derechos Humanos instituyó principios relacionados con el señalado, entre ellos el de protección reforzada,
que es adicional al que tiene cualquier persona, en virtud a la especial gravedad de las violaciones a los
derechos humanos del niño, que merecen todas las medidas necesarias y especiales para asegurar que se
cumpla el mismo, que fue desarrollado en el caso Bulacio vs Argentina, así como en a Opinión Consultiva
sobre la situación jurídica y derechos humanos del niño.
11. CONCLUSIONES:
El derecho a la vida y libertad reproductiva, es un derecho fundamental que se impone de manera previa al
ordenamiento jurídico, y sirve de fundamento para el orden jurídico constitucional que debe establecerse
en torno a su tutela y protección. El derecho a la vida en todas sus facetas, tanto desde el momento de la
concepción esta protegido y garantizado por las constituciones de Bolivia y Ecuador, para lo cual la Acción
de Libertad es de carácter preventivo, es el medio legal idóneo para tutelar la vida del ser en gestación y de
esta manera prevenir la interrupción de un embarazo; toda vez que el derecho a la vida este en riesgo.