Este documento proporciona instrucciones a directores de escuelas privadas sobre el proceso para determinar los montos de matrícula y mensualidades para el año escolar 2015-2016 de acuerdo con la Resolución No 114. El proceso incluye la creación de un estudio económico del año anterior, una estructura de costos y gastos para el próximo año, y proyectos de inversión propuestos, los cuales deben ser aprobados por un comité de padres y una asamblea extraordinaria antes de fijar los nuevos montos
Se le informa a la comunidad universitaria que para el Ejercicio Fiscal 2021, fue asignada por el ejecutivo nacional la cuota presupuestaria a la UCLA, por Bs. 881.683.138.297,00. Dicho monto representa sólo un 2,89% de lo solicitado en el Anteproyecto, y no cubre los requerimientos de todo el año para el funcionamiento de las unidades académicas y administrativas de la institución, lo que genera una INSUFICIENCIA de Bs. 29.610.355.884.110,00 (97,10%) al compararla con el Anteproyecto de Bs. 30.492.039.022.407,00 cantidad ésta última, calculada según las necesidades estimadas por las unidades de la Universidad y requerida para permitir su normal funcionamiento y atender la totalidad de los gastos corrientes y de inversiones demandados por la UCLA desde el año 2007
Propuesta transferencia de fondos a la feitec V.2Freelance
Sobre la propuesta del Consejo Ejecutivo de la FEITEC, hoy como solicitud de este representante, debido a los muchos nublados del día, me he acogido al artículo 58 del Reglamento del Consejo Institucional y se ha aplazado la discusión de esta propuesta, para que sea conocida por los estudiantes de la institución miembros de la FEITEC
Instructivo sector universitario marzo 2021Álvaro Muñoz
Instructivo de imposición de la MISERIA socio económica a los profesores, administrativos y obreros de las Universidades publicas de Venezuela. Con el sueldo más alto de la Universidad inferior a 4 dólares MENSUALES. Miseria impuesta por la DICTADURA SOCIALISTA.
Se le informa a la comunidad universitaria que para el Ejercicio Fiscal 2021, fue asignada por el ejecutivo nacional la cuota presupuestaria a la UCLA, por Bs. 881.683.138.297,00. Dicho monto representa sólo un 2,89% de lo solicitado en el Anteproyecto, y no cubre los requerimientos de todo el año para el funcionamiento de las unidades académicas y administrativas de la institución, lo que genera una INSUFICIENCIA de Bs. 29.610.355.884.110,00 (97,10%) al compararla con el Anteproyecto de Bs. 30.492.039.022.407,00 cantidad ésta última, calculada según las necesidades estimadas por las unidades de la Universidad y requerida para permitir su normal funcionamiento y atender la totalidad de los gastos corrientes y de inversiones demandados por la UCLA desde el año 2007
Propuesta transferencia de fondos a la feitec V.2Freelance
Sobre la propuesta del Consejo Ejecutivo de la FEITEC, hoy como solicitud de este representante, debido a los muchos nublados del día, me he acogido al artículo 58 del Reglamento del Consejo Institucional y se ha aplazado la discusión de esta propuesta, para que sea conocida por los estudiantes de la institución miembros de la FEITEC
Instructivo sector universitario marzo 2021Álvaro Muñoz
Instructivo de imposición de la MISERIA socio económica a los profesores, administrativos y obreros de las Universidades publicas de Venezuela. Con el sueldo más alto de la Universidad inferior a 4 dólares MENSUALES. Miseria impuesta por la DICTADURA SOCIALISTA.
EL Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado UCLA, en ejercicio del principio de responsabilidad y transparencia que ha caracterizado la gestión académico-administrativa.
Considerando la información falsa y especulativa, difundida por las redes sociales a nivel nacional por el Profesor Cécil Pérez, representante del Ministro de Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología ante el Consejo Universitario.
Considerando las gestiones realizadas ante el Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología (MEUCT) y ante la Oficina de Planificación del Sector Universitario (OPSU).
Considerando las decisiones tomadas, frente a la crítica situación presupuestaria y financiera agravada en los últimos días.
Cumple con el deber de comunicar a la comunidad universitaria y a la colectividad en general que en la UCLA se incorporaron al presupuesto 2016, saldos financieros de caja y bancos 2015 por Bs. 190.474.932, lo cual no significa que sobraron.
EL Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado UCLA, en ejercicio del principio de responsabilidad y transparencia que ha caracterizado la gestión académico-administrativa.
Considerando la información falsa y especulativa, difundida por las redes sociales a nivel nacional por el Profesor Cécil Pérez, representante del Ministro de Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología ante el Consejo Universitario.
Considerando las gestiones realizadas ante el Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología (MEUCT) y ante la Oficina de Planificación del Sector Universitario (OPSU).
Considerando las decisiones tomadas, frente a la crítica situación presupuestaria y financiera agravada en los últimos días.
Cumple con el deber de comunicar a la comunidad universitaria y a la colectividad en general que en la UCLA se incorporaron al presupuesto 2016, saldos financieros de caja y bancos 2015 por Bs. 190.474.932, lo cual no significa que sobraron.
El presente documento denominado Manual para la Aplicación de los Recursos Financieros del Programa Escuelas de Tiempo Completo, Ciclo Escolar 2015- 2016, constituye el marco normativo que garantiza; por una parte, la libertad de los planteles escolares para la consecución de las metas de sus propios objetivos planteados en su RUTA DE MEJORA y, por otra, un manejo transparente y eficiente de los recursos asignados para el ciclo escolar 2015-2016.
Ponencia en I SEMINARIO SOBRE LA APLICABILIDAD DE LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL EN LA EDUCACIÓN SUPERIOR UNIVERSITARIA. 3 de junio de 2024. Facultad de Estudios Sociales y Trabajo, Universidad de Málaga.
La Unidad Eudista de Espiritualidad se complace en poner a su disposición el siguiente Triduo Eudista, que tiene como propósito ofrecer tres breves meditaciones sobre Jesucristo Sumo y Eterno Sacerdote, el Sagrado Corazón de Jesús y el Inmaculado Corazón de María. En cada día encuentran una oración inicial, una meditación y una oración final.
1. OFICINA DEL CONVENIO Esquina de Luneta. Edf. Centro de Valores, Piso 4, Ofic.. 4-2, Apdo. 6547. Caracas 1010-A Telf.(s): (0212) 5625046 / 5623397 /
5636618 Fax: (0212) 5641313 E-mail: convenio.gerencia@avec.org.ve ; avec.gerencia.convenio@gmail.com
Ref.: Determinación del monto de “Matrículas y
Mensualidades”. Resolución Nº 114 (MPPE -
SUNDDE), según Gaceta Oficial Nº 40.452 de
fecha 11-07-2014.
Año escolar 2015 -2016.
Fecha: 30 de junio de 2015
CONVENIO INFORMA Nº 14/2015
Ciudadano (a) Director (a) / Coordinador (a): («CODIGO»)
Ciudad.-
Reciba un saludo de Paz y Bien.
Por medio de la presente, se les recuerda el procedimiento para la determinación de los montos de “Matricula
y Mensualidades” año escolar 2015-2016, según lo establecido en la Resolución Nº 114 (MPPE - SUNDDE),
según Gaceta Oficial Nº 40.452 de fecha 11-07-2014 (vigente) para los Centros Educativos de Gestión Privada.
Para efectos de la aplicación de la Resolución Nº 114, se entiende por “matrícula”, el pago a realizarse al
momento formalizar la inscripción del año escolar y no debe exceder de una “mensualidad”; entendiéndose por
ésta, el monto a ser pagado mensualmente iguales y consecutivos desde el mes de septiembre al mes de agosto de
cada período escolar.
La Resolución Nº 114 establece que el presupuesto para el nuevo año escolar deberá desglosarse en tres (3)
partes claramente diferenciadas:
a) “Estudio Económico” año escolar 2014-2015
b) Costos y gastos asociados al currículo escolar vigente (operativos y de personal), es decir “Estructura
de Costos y gastos”
c) Proyectos de Inversión.
a) “Estudio Económico” año escolar 2014-2015; es la información contable base para la elaboración de la
Estructura de Costos y Gastos, que contiene los costos y gastos reales (no proyectados) de la ejecución de
Junio 2014 –Mayo 2015.
b) Costos y gastos asociados al currículo escolar vigente (operativos y de personal), es decir “Estructura
de Costos y gastos” de cada centro. Para su elaboración se deben seguir los siguientes pasos:
1. Acceder al modelo de la “Estructura de Costos y Gastos”, con su respectivo instructivo para Centros
“Participantes”, ubicado en la pagina Web de AVEC www.avec.org.ve, enlace
Planillas/Planteles/Anuales/Generales.
2. Para la elaboración de la “Estructura de Costos y Gastos”, se deberá reflejar los “costos y gastos” de
todo el Personal, según los siguientes casos:
a) Personal Docente, se tomará como referencia el sueldo, según la Escala FEBRERO 2015
(Solo Centros Convenio).
b) Personal Administrativo y Obrero, En el caso de este tipo de personal se tomará como
referencia el sueldo según la Escala MAYO 2015.
2. OFICINA DEL CONVENIO Esquina de Luneta. Edf. Centro de Valores, Piso 4, Ofic.. 4-2, Apdo. 6547. Caracas 1010-A Telf.(s): (0212) 5625046 / 5623397 /
5636618 Fax: (0212) 5641313 E-mail: convenio.gerencia@avec.org.ve ; avec.gerencia.convenio@gmail.com
3. Para calcular los “costos y gastos” Operativos, se debe tomar como referencia los “costos y gastos”
Operativos correspondientes al periodo junio de 2014 - mayo de 2015, lo que comprenderá un año, ya
que dichos montos deben ser reales la Resolución Nº 114 no permite la proyección de “costos y
gastos” por este concepto.
4. El modelo presentado en esta oportunidad de la “Estructura de Costos y Gastos”, esta acorde a lo
establecido por la SUNDDE, con la salvedad que lo correspondiente a los sueldos y otras
asignaciones del personal Directivo (Personal de Dirección) y del Depatamento de Bienestar
Estudiantil, están reflejados para este año escolar como “costos”, ya que esta situación se le
pleanteó a la SUNDDE y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, motivado a que la
contratación de este Personal es una exigencia de este Ministerio, tal como lo estipula en la Ley
Organica de Educación, por lo tanto, es un requisito indipensable para el funcionamiento de los
Centros Educativos.
ES IMPORTANTE PARA LOS CENTROS “PARTICIPANTES” DEL CONVENIO MPPE -
AVEC: cálculo de la Subvención Anual, cantidad requerida para la elaboración de “Estructura de Costos y
Gastos” año 2015-2016, tomar como referencia Bs.
«SUBVENCIモN_MENSUAL_JUN_PARA_EST_COSTOS», monto que contempla Subvenciòn Ordinaria +
Credito Adicional, no incluye el Incremento del 50% Personal Directivo-Docente y el restante del 10% a partir
del 01 de julio para el Personal Administrativo y Obrero este monto debe ser multiplicado por 12 meses.
Adicionalmente a la Subvenciòn anual calculada como se explicó anteriormente, se le sumará los siguientes pagos
reflejados en la “Estructura de Costos y Gastos” 2015-2016:
a) Bono Vacacional y Ajuste Salarial (28 días personal docente)
b) Aguinaldos,
c) Compensaciones no salariales
- Contribución Navideña (monto pagado en el año 2014)
- Contribucion Uniformes y Contribuciòn de la Semana Mayor (monto pagado enero y abril año 2015)
d) Dias Adicionales año 2016.
El cálculo de la subvención anual requiere cuidado y especial atención, ya que incide en el costo
educativo por estudiante.
c) “Proyectos de Inversión”, se les recuerda que en esta parte el centro educativo tiene la oportunidad de
proponer en Asamblea de Padres, Madres y Representantes la posibilidad de realizar mejoras (ya sea de
infraestructura, dotación de recursos para el aprendizaje, personal adicional requerido y actividades
complementarias).
Los Proyectos de Inversión que se aprueben para el año escolar 2015-2016 por la Asamblea Escolar
Extraordinaria no se deben incluir en la “Estructura de Costos y Gastos” año 2015-2016, ya que esto
altera el costo por estudiante y por ende el monto que AVEC debe tomar en cuenta para el cálculo de la
Subvención.
3. OFICINA DEL CONVENIO Esquina de Luneta. Edf. Centro de Valores, Piso 4, Ofic.. 4-2, Apdo. 6547. Caracas 1010-A Telf.(s): (0212) 5625046 / 5623397 /
5636618 Fax: (0212) 5641313 E-mail: convenio.gerencia@avec.org.ve ; avec.gerencia.convenio@gmail.com
En el caso de los centros que incluyeron los Proyectos de Inversion en la “Estructura de Costos y
Gastos” 2014-2015 y por tal situación se afectó el “costo y gasto” operativo del centro educativo en dicho
periodo escolar (Estudio Económico 2014-2015), no se puede tomar como referencia en la elaboración de
la “Estructura de Costos y Gastos” año 2015-2016.
Se les recuerda que una vez elaborados los instrumentos anteriormente descritos, es decir: a) “Estudio
Económico” año escolar 2014-2015, b) “Estructura de Costos y gastos” año 2015-2016 y c) “Proyectos de
Inversión”, los pasos a seguir para la determinación de la “Matrícula y Mensualidades” tal como lo establece la
Resolución Nº 114, son los siguientes:
1. La Directiva del Plantel colocará en un sitio visible el instrumento a) “Estudio Económico” año escolar
2014-2015, así como el instrumento b) “Estructura de Costos y gastos” año 2015-2016 y el
instrumento c) “Proyectos de Inversión”, toda la información antes descrita debe ser entregada a los
Padres, Madres, Representantes y Responsables junto con la “Convocatoria” a la Asamblea Escolar
(Ordinaria).
2. En el momento de realizar la Asamblea Escolar Ordinaria según la fecha fijada en la “Convocatoria”
previamente entregada, se debe elegir un Comité conformado por cinco (5) personas, entre ellos pueden
ser: madres, padres, representantes o responsables, los cuales son los garantes de analizar la información
ya suministrada por la Dirección del Plantel (ver párrafo anterior), para lo cual tendrán 10 días hábiles para
su estudio (en esta Asamblea Escolar se debe realizar la convocatoria para la Asamblea Escolar
Extraordinaria).
3. Durante el transcurso de los 10 días hábiles otorgados al Comité, el mismo puede realizar consultas y
solicitar información (aclaratorias) acerca del contenido de los instrumentos entregados por la Directiva
del Plantel, para porteriormente presentar un Informe sobre el estudio realizado. Dicho Informe debe
contener el monto propuesto para “Matrícula y Mensualidades” año 2015-2016.
4. En la Asamblea Escolar Extraordinaria, el Comité presentará el Informe (Estudio Económico con
propuesta de Presupuesto) y monto propuesto para “Matrícula y Mensualidades” año 2015-2016 derivado
del estudio de los instrumentos preaviamente realizado, para someterlo a la aprobación por parte de los
miembros. Es importante que se tome en cuenta que se debe someter a aprobación: “Proyecto de
Presupuesto Escolar 2015-2016 (“Estructura de Costos y gastos” año 2015-2015), “Proyectos de
Inversión” y el monto propuesto para “Matrícula y Mensualidades” año 2015-2016, calculada con base a
los parámetros establecidos en la Resolución 114.
5. La Asamblea Escolar Extraordinaria se constituirá válidamente con la asistencia del setenta y cinco por
ciento (75%) de sus miembros. De no lograrse dicho porcentaje de asistencia en la primera convocatoria,
se convocarà a Asambleas sucesivas en días porteriores hasta lograr la asistencia del (50% + 1) de sus
miembros. Queda entendido, que la aprobación del monto propuesto para “Matrícula y Mensualidades”
año 2015-2016, será con base en la opción que obtenga la mayor cantidad de votos de los asistentes a la
Asamblea validamente constituida.
6. Se debe levantar “Acta” de cada una de las Asambleas Escolares Extraordinarias, a que de lugar
especificando los acuerdos establecidos (ver Articulo 8 de la Resolución Nº 114).
7. El monto acordado por “Matrículas y Mensualidades” año 2015-2016, deberá publicarse en lugar visible
al público dentro de la institución educativa.
4. OFICINA DEL CONVENIO Esquina de Luneta. Edf. Centro de Valores, Piso 4, Ofic.. 4-2, Apdo. 6547. Caracas 1010-A Telf.(s): (0212) 5625046 / 5623397 /
5636618 Fax: (0212) 5641313 E-mail: convenio.gerencia@avec.org.ve ; avec.gerencia.convenio@gmail.com
OTROS ASPECTOS CONTEMPLADOS EN LA RESOLUCIÓN Nº 114:
Las instituciones educativas de gestión privada, tienen el deber de emitir la factura de acuerdo a las “Normas
Generales de emisión de facturas y Otros Documentos” emanadas por el SENIAT, por lo cual se recomienda
emplear un sistema computarizado de cobranza que emita facturas legales.
A partir de esta Resolución, no se debe establecer cuotas, aportes, bonos, contribuciones o cualquier otro tipo
de ingresos no previstos en el Presupuesto o Proyecto de inversión ya aprobados (según Asamblea), así como la
utilización de figuras de Fundaciones o Asociaciones Civiles que incidan en el costo por estudiante y pueda
significar un pago superior por concepto de la prestación del servicio educativo.
Resolución Nº 114, deja sin efecto la fijación de montos de “matrículas y mensualidades”
acordadas fuera del marco de lo establecido en la misma.
Sin más a que hacer referencia, se despide.
Cordialmente,
Hna. Molly Castillo
Vicepresidenta AVEC