la transferencia de datos y de fondos financieros y la reducción de gastos, al poner en contacto a las partes sin necesidad de intermediarios; y entre estos adquieren gran importancia los relacionados con la fiscalidad
El empleo de las tecnologías de la información y las Comunicaciones (TIC) en las transacciones internacionales , viabilizan las operaciones de compraventa de bienes y la prestación de servicios, la transferencia de datos y de fondos financieros y la reducción de gastos, al poner en contacto a las partes sin necesidad de intermediarios; y entre estos adquieren gran importancia los relacionados con la fiscalidad, ya que el comercio electrónico genera un gran número de transacciones financieras susceptibles de tributación.
El empleo de las tecnologías de la información y las Comunicaciones (TIC) en las transacciones internacionales , viabilizan las operaciones de compraventa de bienes y la prestación de servicios, la transferencia de datos y de fondos financieros y la reducción de gastos, al poner en contacto a las partes sin necesidad de intermediarios; y entre estos adquieren gran importancia los relacionados con la fiscalidad, ya que el comercio electrónico genera un gran número de transacciones financieras susceptibles de tributación.
Análisis de la fiscalidad aplicable a la economía digital (y, en particular, en relación al comercio electrónico). Especial desarrollo y análisis de los retos al sistema tributario actual.
¿QUÉ ES BIT TAX?
Impuesto sobre el comercio electrónico, se mide por el volumen de información digital transmitida electrónicamente.
El bit tax resulta ser una concepción ingeniosa de la fiscalidad, la cual responde lógicamente a la realidad moderna de las nuevas tecnologías. Si la actual tecnología se centra en el uso de la lógica binaria, que está detrás de todo el proceso de los ordenadores, lo que se debe hacer es gravar aquellos impulsos que permiten trasladar productos y servicios; de esta forma, estaremos sujetando a tributar a las actividades de comercio electrónico
¿QUÉ ES COMERCIO ELECTRÓNICO?
- Proviene de los términos en inglés Electronic Commerce o Comercio Electrónico. Este concepto engloba todas las actividades desarrolladas por medios electrónicos que involucran directamente al consumidor, como ventas, proceso de órdenes de compra, administración de las relaciones con los clientes y desarrollo de programas de lealtad comercial.
- El comercio electrónico, consiste en la compra y venta de productos o de servicios a través de medios electrónicos, tales como Internet y otras redes informáticas. Originalmente el término se aplicaba a la realización de transacciones mediante medios electrónicos tales como el Intercambio electrónico de datos, sin embargo, con el advenimiento de la Internet y la World Wide Web a mediados de los años 90 comenzó a referirse principalmente a la venta de bienes y servicios a través de Internet, usando como forma de pago medios electrónicos, tales como las tarjetas de crédito
FISCALIDAD EN INTERNET
O BIT-TAX
¿QUÉ ES BIT TAX?
Impuesto sobre el comercio electrónico, se mide por el volumen de información digital transmitida electrónicamente.
El bit tax resulta ser una concepción ingeniosa de la fiscalidad, la cual responde lógicamente a la realidad moderna de las nuevas tecnologías. Si la actual tecnología se centra en el uso de la lógica binaria, que está detrás de todo el proceso de los ordenadores, lo que se debe hacer es gravar aquellos impulsos que permiten trasladar productos y servicios; de esta forma, estaremos sujetando a tributar a las actividades de comercio electrónico
¿QUÉ ES COMERCIO ELECTRÓNICO?
- Proviene de los términos en inglés Electronic Commerce o Comercio Electrónico. Este concepto engloba todas las actividades desarrolladas por medios electrónicos que involucran directamente al consumidor, como ventas, proceso de órdenes de compra, administración de las relaciones con los clientes y desarrollo de programas de lealtad comercial.
- El comercio electrónico, consiste en la compra y venta de productos o de servicios a través de medios electrónicos, tales como Internet y otras redes informáticas. Originalmente el término se aplicaba a la realización de transacciones mediante medios electrónicos tales como el Intercambio electrónico de datos, sin embargo, con el advenimiento de la Internet y la World Wide Web a mediados de los años 90 comenzó a referirse principalmente a la venta de bienes y servicios a través de Internet, usando como forma de pago medios electrónicos, tales como las tarjetas de crédito
2. • El empleo de las tecnologías de la información y las
Comunicaciones (TIC) en las transacciones
internacionales , visibilizan las operaciones de
compraventa de bienes y la prestación de servicios, la
transferencia de datos y de fondos financieros y la
reducción de gastos, al poner en contacto a las partes
sin necesidad de intermediarios.
• Se centra fundamentalmente en dos opciones: La
primera defiende la opción de gravar el comercio
electrónico, la más aceptaba es el Bit Tax, mientras la
segunda plantea adaptar los esquemas tributarios
existentes a las novedades que inserta el comercio
electrónico en materia de imposición en las
tradicionales manifestaciones de capacidad
contributiva, renta, patrimonio y consumo;
3. PROBLEMAS DE FISCALIZAD EN
INTERNET
• Los precios de transferencia son de nuevo uno de los
problemas ya tradicionales en el derecho tributario
pero que se agravan como consecuencia de la
internacionalización. Por ejemplo: los productos de
software o la adquisición de derechos de la
propiedad industrial o la traslación del Know How
obtenido consecuencia de una fuerte previa
inversión. Todos estos representan transacciones
difícilmente cuantificables y por lo tanto difícilmente
controlables.
4. EL COMERCIO ELECTRÓNICO EN EL
DERECHO PERUANO
• El Estado está teniendo muchas dificultades para recoger y gravar el comercio electrónico en
nuestro código tributario, la pérdida de las transacciones que se realizan tanto en el comercio
off – line y on – line van en aumento, ya sea por la facilidad que ello significa o la abundante
evasión de impuestos que se dan por ese medio. De acuerdo al Art. 1 del título I de nuestro
código tributario peruano, nos indica que: “La obligación tributaria, que es de derecho
público, es el vínculo entre el acreedor y el deudor tributario, establecido por ley, que tiene
por objeto el cumplimiento de la prestación tributaria, siendo exigible coactivamente.” En la
legislación peruana es un acto ilícito cuando la persona elude y evade la declaración de
tributos, pero básicamente esto se aplica cuando el bien material está en nuestro poder. Pero,
¿qué sucede cuando adquirimos por el comercio electrónico un programa o una base datos,
o un bien? Uno de los problemas tributarios más importantes con relación al comercio
electrónico tiene que ver con la calificación de las rentas obtenidas, cuando se produce la
transmisión del bien o servicio a través de la red, es decir, cuando los mismos circulan por la
red.
5. AUTORIDADES FISCALES
• Cuando hablamos de autoridades fiscales
hacemos referencia a todos aquellos
organismos, nacionales e internacionales,
estatales o independientes de la
administración pública, que se encargan de
estudiar, analizar y, en última instancia,
legislar en materia fiscal. Por ello es
importante tener en cuenta las
organizaciones internacionales que
participan en el estudio, análisis y desarrollo
de las líneas y principios básicos para lograr
la finalidad última de regulación de la
fiscalidad en el comercio electrónico.