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“FISCALIDAD EN
INTERNET”
ALUMNA: Evelin Mayorga Yapuchura
INTRODUCCIÓN
 El empleo de las tecnologías de la información y las Comunicaciones (TIC) en las
transacciones internacionales , viabilizan las operaciones de compraventa de bienes y
la prestación de servicios, la transferencia de datos y de fondos financieros y la
reducción de gastos, al poner en contacto a las partes sin necesidad de
intermediarios; y entre estos adquieren gran importancia los relacionados con la
fiscalidad, ya que el comercio electrónico genera un gran número de transacciones
financieras susceptibles de tributación.
 Con relación al tratamiento doctrinal de la fiscalidad del comercio electrónico, se
centra fundamentalmente en dos opciones: La primera defiende la opción de gravar el
comercio electrónico, la más aceptaba es el Bit Tax, mientras la segunda plantea
adaptar los esquemas tributarios existentes a las novedades que inserta el comercio
electrónico en materia de imposición en las tradicionales manifestaciones de
capacidad contributiva, renta, patrimonio y consumo; esta última posición es la que
resulta más pragmática y realista, ya que sustentan en el respecto de los instrumentos
y principios tributarios existentes pero atemperando las legislaciones a las condiciones
particulares del comercio electrónico.
MODELOS TRIBUTARIOS Y REALIDAD
TECNOLOGICA
@ TRIBUTACION ESPECÍFICA: El Bit Tax
BIT TAX (Este tributo fue propuesto por A. Cordell,
Consejero del Departamento de Industria Canadiense, y
consiste en gravar aquellos impulsos informáticos que
permiten la transferencia de la información.), que tiene
por objeto las operaciones realizadas a través de redes
informáticas, en función de cada impulso electrónico o
informático necesario para transmitir la orden, el servicio
o la información. El sujeto pasivo seria el usuario del
internet y actuarían como retenedores los servidores de la
red.
@ Pero, no resuelven los problemas y crean
otros relacionados con la gestión y
recaudación del tributo. Además, el
tributo es injusto ya que gravaría todo tipo
de operaciones no solo las de naturaleza
comercial, no tiene en cuenta el valor de
las transacciones sino las unidades
binarias del impulso informático y solo
operarían cuando intervinieran PCs.
MODALIDADES DE COMERCIO
ELECTRÓNICO DE INTERÉS FISCAL
 Evidentemente, como el comercio electrónico es comerciar productos y servicios a través de las nuevas
tecnologías, los productos que se transmiten y los servicios que se prestan, la única solución consiste en sujetar
el medio a través del cual se transmiten las órdenes de compra y venta de bienes y servicios, que es el impulso
electrónico informático, el “bit”.
 El “bit tax”, se engloba en el paquete de las relaciones críticas que se están dando entre globalización y
Hacienda Pública.
 Si yo sujeto el impulso informático y no someto a tributación el producto o el servicio transmitido, realmente lo
que estoy haciendo es gravar objetos imponibles absurdos porque no gravo el valor, sino el medio para hacerlo.
 En el fondo, el “bit tax”, no parece que, tecnológicamente, resulte muy correcto, ni que facilite la innovación.
LA FISCALIDAD EN INTERNET EN
LA AGENDA DIGITAL 2.0:
 La fiscalidad en internet se encuentra en la agenda digital 2.0. en el objetivo 7. “Promover una
administración pública de calidad orientada a la población; indicando a usar las estrategias”.
 Estrategias:
 2. proveer a la población información, trámites y servicios públicos accesibles por todos los
medios disponibles.
 3. desarrollar e implementar mecanismos para asegurar el acceso oportuno a la información y
una participación ciudadana como medio para aportar a la gobernabilidad y transparencia de la
gestión del estado.
 5. mejorar las capacidades tanto de funcionarios públicos como de la sociedad para acceder y
hacer uso efectivo de los servicios del gobierno electrónico.
 6. adecuar la normatividad necesaria para el despliegue del gobierno electrónico.
INCIDENCIAS EN EL COMERCIO
ELECTRONICO
Podría entenderse por comercio electrónico:
- La entrega de información. Productos/servicios
o pagos por medio de líneas telefónicas, redes
de ordenadores o cualquier otro medio
electrónico.
- La aplicación de la tecnología a la
automatización de procesos de negocios, desde
una perspectiva de instrumentación de los
negocios.
- Una metodología de negocios que permite
satisfacer a los proveedores y clientes,
ahorrando costes, aumentando la calidad de los
productos y la rapidez de la entrega, poniendo
la vista en el servicio transmitido.
El comercio electrónico representa un reto para la
fiscalidad y con las nuevas tecnologías, las
transacciones imponibles se aíslan del ámbito de
aplicación territorial común de impuestos basados en
la territorialidad.
VENTAJAS, OPORTUNIDADES Y PROBLEMÁTICA EN MATERIA
TRIBUTARIA DEL COMERCIO ELECTRÓNICO
VENTAJAS
@ Para las autoridades tributarias los medios
electrónicos suponen una gran ventaja ya
que disminuyen en gran medida los costes
en los que se incurre a la hora de proceder a
las operaciones de cobro y devoluciones de
las contribuciones fiscales.
@ Para los contribuyentes, permite establecer
una relación más cercana con la
administración a la hora de realizar
cualquier trámite o solventar cualquier
cuestión, y agiliza y facilita en gran medida
el cumplimiento de las obligaciones
tributarias del contribuyente.
@ El impulso de los medios electrónicos
permite igualmente el uso de medios de
pago a cuenta que permiten una recaudación
más fácil y organizada.
 PROBLEMÁTICA
 Dificultad de identificación del sujeto
pasivo y de localización del hecho
imponible, lo que hace muy difícil conocer
qué legislación se debe aplicar en cada caso.
 El problema de la territorialidad en la
normativa fiscal y la dificultad de inclusión
en ella de las transacciones a través de
medios electrónicos.
 Dificultad para calificar las rentas
obtenidas, especialmente en aquellos casos
en que los bienes se encuentran
digitalizados. Una incorrecta calificación
podría implicar una doble imposición, o la
no imposición.
 Las grandes facilidades para eludir las
obligaciones fiscales, especialmente para las
personas físicas que operan a través de
Internet.
PROBLEMAS DE FISCALIDAD EN INTERNET
 Los precios de transferencia son de nuevo uno de los problemas ya tradicionales en el derecho tributario
pero que se agravan como consecuencia de la internacionalización.
 Por ejemplo: los productos de software o la adquisición de derechos de la propiedad industrial o la
traslación del Know How obtenido consecuencia de una fuerte previa inversión. Todos estos representan
transacciones difícilmente cuantificables y por lo tanto difícilmente controlables.
 La fiscalización en el comercio electrónico conlleva problemas tanto en el ámbito de la imposición directa
como en la imposición indirecta. En definitiva la generalización del comercio electrónico va afectar como
consecuencia de las dificultades existentes a la hora de identificar a los intervinientes, de calificar las
rentas o de localización geográfica, a aquellos impuestos que, en general graven las rentas de las personas
físicas o jurídicas (tributación directa).
La fiscalidad también ha
requerido actualizarse a
este nuevo panorama,
puesto que el BIT TAX o
tributación por internet se
ha ido implementando
lentamente por la
SUNAT.
Es necesario regular este sistema para no
perder tributos l. El uso del internet se ha
convertido en un facilitador de la vida
humana, dando una mejor calidad de vida,
sin embargo esto implica un trabajo
profundo por materializar y regular este
sistema de tributación electrónica en el
Perú.
Esto no deja de lado la
necesidad de implementar
centros y sistemas
adecuados que protejan al
contribuyente y al estado, ya
que el mundo del internet
aun es vulnerable a ataques
informáticos.
Solución, “bit tax”,
impuesto en función al
intercambio de bits de
información a través de
la Red.
CONCLUSIONES
 Día a día se realizan millones de operaciones a través de Internet que tienen
trascendencia desde el punto de vista fiscal.
 El control de todas las transacciones realizadas es un problema de Internet en
materia fiscal por la poca importancia que se le da al tema.
 Las normativas no pueden encajar exactamente a manera global principalmente por
territorialidad.
 La facilidad de operación hace que el Internet sea un medio muy usado pero en el
cual también se aumenta la intención en controlar.

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  • 2. INTRODUCCIÓN  El empleo de las tecnologías de la información y las Comunicaciones (TIC) en las transacciones internacionales , viabilizan las operaciones de compraventa de bienes y la prestación de servicios, la transferencia de datos y de fondos financieros y la reducción de gastos, al poner en contacto a las partes sin necesidad de intermediarios; y entre estos adquieren gran importancia los relacionados con la fiscalidad, ya que el comercio electrónico genera un gran número de transacciones financieras susceptibles de tributación.  Con relación al tratamiento doctrinal de la fiscalidad del comercio electrónico, se centra fundamentalmente en dos opciones: La primera defiende la opción de gravar el comercio electrónico, la más aceptaba es el Bit Tax, mientras la segunda plantea adaptar los esquemas tributarios existentes a las novedades que inserta el comercio electrónico en materia de imposición en las tradicionales manifestaciones de capacidad contributiva, renta, patrimonio y consumo; esta última posición es la que resulta más pragmática y realista, ya que sustentan en el respecto de los instrumentos y principios tributarios existentes pero atemperando las legislaciones a las condiciones particulares del comercio electrónico.
  • 3. MODELOS TRIBUTARIOS Y REALIDAD TECNOLOGICA @ TRIBUTACION ESPECÍFICA: El Bit Tax BIT TAX (Este tributo fue propuesto por A. Cordell, Consejero del Departamento de Industria Canadiense, y consiste en gravar aquellos impulsos informáticos que permiten la transferencia de la información.), que tiene por objeto las operaciones realizadas a través de redes informáticas, en función de cada impulso electrónico o informático necesario para transmitir la orden, el servicio o la información. El sujeto pasivo seria el usuario del internet y actuarían como retenedores los servidores de la red. @ Pero, no resuelven los problemas y crean otros relacionados con la gestión y recaudación del tributo. Además, el tributo es injusto ya que gravaría todo tipo de operaciones no solo las de naturaleza comercial, no tiene en cuenta el valor de las transacciones sino las unidades binarias del impulso informático y solo operarían cuando intervinieran PCs.
  • 4. MODALIDADES DE COMERCIO ELECTRÓNICO DE INTERÉS FISCAL  Evidentemente, como el comercio electrónico es comerciar productos y servicios a través de las nuevas tecnologías, los productos que se transmiten y los servicios que se prestan, la única solución consiste en sujetar el medio a través del cual se transmiten las órdenes de compra y venta de bienes y servicios, que es el impulso electrónico informático, el “bit”.  El “bit tax”, se engloba en el paquete de las relaciones críticas que se están dando entre globalización y Hacienda Pública.  Si yo sujeto el impulso informático y no someto a tributación el producto o el servicio transmitido, realmente lo que estoy haciendo es gravar objetos imponibles absurdos porque no gravo el valor, sino el medio para hacerlo.  En el fondo, el “bit tax”, no parece que, tecnológicamente, resulte muy correcto, ni que facilite la innovación.
  • 5. LA FISCALIDAD EN INTERNET EN LA AGENDA DIGITAL 2.0:  La fiscalidad en internet se encuentra en la agenda digital 2.0. en el objetivo 7. “Promover una administración pública de calidad orientada a la población; indicando a usar las estrategias”.  Estrategias:  2. proveer a la población información, trámites y servicios públicos accesibles por todos los medios disponibles.  3. desarrollar e implementar mecanismos para asegurar el acceso oportuno a la información y una participación ciudadana como medio para aportar a la gobernabilidad y transparencia de la gestión del estado.  5. mejorar las capacidades tanto de funcionarios públicos como de la sociedad para acceder y hacer uso efectivo de los servicios del gobierno electrónico.  6. adecuar la normatividad necesaria para el despliegue del gobierno electrónico.
  • 6. INCIDENCIAS EN EL COMERCIO ELECTRONICO Podría entenderse por comercio electrónico: - La entrega de información. Productos/servicios o pagos por medio de líneas telefónicas, redes de ordenadores o cualquier otro medio electrónico. - La aplicación de la tecnología a la automatización de procesos de negocios, desde una perspectiva de instrumentación de los negocios. - Una metodología de negocios que permite satisfacer a los proveedores y clientes, ahorrando costes, aumentando la calidad de los productos y la rapidez de la entrega, poniendo la vista en el servicio transmitido. El comercio electrónico representa un reto para la fiscalidad y con las nuevas tecnologías, las transacciones imponibles se aíslan del ámbito de aplicación territorial común de impuestos basados en la territorialidad.
  • 7. VENTAJAS, OPORTUNIDADES Y PROBLEMÁTICA EN MATERIA TRIBUTARIA DEL COMERCIO ELECTRÓNICO VENTAJAS @ Para las autoridades tributarias los medios electrónicos suponen una gran ventaja ya que disminuyen en gran medida los costes en los que se incurre a la hora de proceder a las operaciones de cobro y devoluciones de las contribuciones fiscales. @ Para los contribuyentes, permite establecer una relación más cercana con la administración a la hora de realizar cualquier trámite o solventar cualquier cuestión, y agiliza y facilita en gran medida el cumplimiento de las obligaciones tributarias del contribuyente. @ El impulso de los medios electrónicos permite igualmente el uso de medios de pago a cuenta que permiten una recaudación más fácil y organizada.  PROBLEMÁTICA  Dificultad de identificación del sujeto pasivo y de localización del hecho imponible, lo que hace muy difícil conocer qué legislación se debe aplicar en cada caso.  El problema de la territorialidad en la normativa fiscal y la dificultad de inclusión en ella de las transacciones a través de medios electrónicos.  Dificultad para calificar las rentas obtenidas, especialmente en aquellos casos en que los bienes se encuentran digitalizados. Una incorrecta calificación podría implicar una doble imposición, o la no imposición.  Las grandes facilidades para eludir las obligaciones fiscales, especialmente para las personas físicas que operan a través de Internet.
  • 8. PROBLEMAS DE FISCALIDAD EN INTERNET  Los precios de transferencia son de nuevo uno de los problemas ya tradicionales en el derecho tributario pero que se agravan como consecuencia de la internacionalización.  Por ejemplo: los productos de software o la adquisición de derechos de la propiedad industrial o la traslación del Know How obtenido consecuencia de una fuerte previa inversión. Todos estos representan transacciones difícilmente cuantificables y por lo tanto difícilmente controlables.  La fiscalización en el comercio electrónico conlleva problemas tanto en el ámbito de la imposición directa como en la imposición indirecta. En definitiva la generalización del comercio electrónico va afectar como consecuencia de las dificultades existentes a la hora de identificar a los intervinientes, de calificar las rentas o de localización geográfica, a aquellos impuestos que, en general graven las rentas de las personas físicas o jurídicas (tributación directa).
  • 9. La fiscalidad también ha requerido actualizarse a este nuevo panorama, puesto que el BIT TAX o tributación por internet se ha ido implementando lentamente por la SUNAT. Es necesario regular este sistema para no perder tributos l. El uso del internet se ha convertido en un facilitador de la vida humana, dando una mejor calidad de vida, sin embargo esto implica un trabajo profundo por materializar y regular este sistema de tributación electrónica en el Perú. Esto no deja de lado la necesidad de implementar centros y sistemas adecuados que protejan al contribuyente y al estado, ya que el mundo del internet aun es vulnerable a ataques informáticos. Solución, “bit tax”, impuesto en función al intercambio de bits de información a través de la Red.
  • 10. CONCLUSIONES  Día a día se realizan millones de operaciones a través de Internet que tienen trascendencia desde el punto de vista fiscal.  El control de todas las transacciones realizadas es un problema de Internet en materia fiscal por la poca importancia que se le da al tema.  Las normativas no pueden encajar exactamente a manera global principalmente por territorialidad.  La facilidad de operación hace que el Internet sea un medio muy usado pero en el cual también se aumenta la intención en controlar.