El documento discute la fiscalidad del comercio electrónico. Existen dos enfoques principales: gravar el comercio electrónico o adaptar los esquemas tributarios existentes a este nuevo medio. La segunda opción es más pragmática ya que respeta los principios tributarios existentes pero los ajusta a las condiciones particulares del comercio electrónico. El Estado tiene dificultades para gravar las transacciones en línea debido a la facilidad y evasión de impuestos. Es importante brindar controles de calidad para realizar transacciones en Internet de man
2. En la actualidad el internet se ha vuelto un medio muy
usado para la comercialización y venta de muy diversos
productos es por ello que el empleo de las tecnologías de la
información y las Comunicaciones (TIC) en las
transacciones internacionales y nacionales , viabilizan las
operaciones de compraventa de bienes y la prestación de
servicios, la transferencia de datos y de fondos financieros y
la reducción de gastos, al poner en contacto a las partes sin
necesidad de intermediarios; y entre estos adquieren gran
importancia los relacionados con la fiscalidad, ya que el
comercio electrónico genera un gran número de
transacciones financieras susceptibles de tributación y por lo
mismo también son susceptibles de sufrir grandes pérdidas
por lo que surge la necesidad de brindar cierta seguridad a
las operaciones que vamos a realizar.
3. • Con relación al tratamiento doctrinal de la
fiscalidad del comercio electrónico, se
centra fundamentalmente en dos
opciones: La primera defiende la opción
de gravar el comercio electrónico, la más
aceptaba es el Bit Tax, mientras la segunda
plantea adaptar los esquemas tributarios
existentes a las novedades que inserta el
comercio electrónico en materia de
imposición en las tradicionales
manifestaciones de capacidad contributiva,
renta, patrimonio y consumo; esta última
posición es la que resulta más pragmática
y realista, ya que sustentan en el respecto
de los instrumentos y principios
tributarios existentes pero atemperando
las legislaciones a las condiciones
particulares del comercio electrónico.
4. El Estado está teniendo muchas dificultades para recoger y gravar el comercio electrónico en
nuestro código tributario, la pérdidas de las transacciones que se realizan tanto en el
comercio off – line y on – line van en aumento, ya sea por la facilidad que ello significa o la
abundante evasión de impuestos que se dan por ese medio. De acuerdo al Art. 1 del título I
de nuestro código tributario peruano, nos indica que: “La obligación tributaria, que es de
derecho público, es el vínculo entre el acreedor y el deudor tributario, establecido por ley,
que tiene por objeto el cumplimiento de la prestación tributaria, siendo exigible
coactivamente.” En la legislación peruana es un acto ilícito cuando la persona elude y evade
la declaración de tributos, pero básicamente esto se aplica cuando el bien material está en
nuestro poder. Pero, ¿qué sucede cuando adquirimos por el comercio electrónico un
programa o una base datos, o un bien? Uno de los problemas tributarios más importantes
con relación al comercio electrónico tiene que ver con la calificación de las rentas obtenidas,
cuando se produce la transmisión del bien o servicio a través de la red, es decir, cuando los
mismos circulan por la red.
5. CONCLUSION
• Es muy común que las personas hoy en día realicen
muchas operaciones a través de Internet que tienen
trascendencia desde el punto de vista fiscal.
• Es por eso muy importante que se le da la
trascendencia e importancia debida a brindar y
garantizar un control de calidad para evitar cualquier
tipo de riesgos y poder así realizar nuestras
transacciones y operaciones de manera segura y sin
dificultad y con el temor que vayan a ser opuestas o
desbaratadas.