El documento discute tres temas principales relacionados con la fiscalidad del comercio electrónico: 1) la necesidad de un marco regulatorio general para el comercio electrónico, 2) las adaptaciones normativas y de gestión necesarias en la administración tributaria, y 3) los desafíos que plantea la gestión tributaria ante una realidad económica donde los clientes y activos pueden deslocalizarse fácilmente.
2. Derecho Informático
INTRODUCCIÓN
El objeto del presente ensayo no es otro que ver la importancia
del comercio electrónico y las leyes que tiene este modo de venta
que es utilizado por todo el mundo debido a la globalización.
Además de los peligros que trae esta nueva forma por lo cual se
debe tener claro que aunque haya facilidades para vender
productos por internet a todo el mundo se debe tener cuidado con
los ciberdelincuentes.
Además de que el comercio electrónico se desarrolla de
diferentes partes del país y que también hay leyes que se violan
por el comercio electrónico como el derecho de autor lo cual es el
mayor problemas que aún no se ha podido controlar, pero
también cabe recordar que la piratería es de mucha ayuda para
encontrar conocimiento debido a los costos que son los artículos
originales.
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3. Derecho Informático
DESARROLLO
El comercio electrónico necesita, en primer lugar y sustancialmente, de un
marco regulador general que abarque desde cuestiones tan jurídicas y tan
precisas como son la determinación del lugar donde se realizan estos
contratos, hasta la concreción de aspectos esenciales para el desarrollo de
este mercado, de esta nueva forma de comerciar y evidentemente de esta
nueva actividad económica, como es conocer quién es el responsable de una
prestación adecuada del servicio o de la entrega del bien que se ha solicitado
por este medio, y el grado de responsabilidad que tiene la citada persona.
Cuando el producto que entrega o el servicio que se presta por medio del
comercio electrónico es defectuoso y no llega al consumidor en las condiciones
previstas en el contrato.
Ahora, desde un punto Administrativo Tributario, es decir, desde la gestión es
donde realmente hay que actuar y rápido. En principio volvemos a nuestro
plano, al terreno nacional donde la Ad ministración Tributaria se desenvuelve.
En el Perú la tributación por medio de actividades como las del Comercio
Electrónico, es similar a la de un tipo de comercialización tradicional (es decir el
IGV no varía).Entonces las principales lagunas tributarias, que con relación a la
administración tributaria y los sujetos del comercio electrónico serán: la
identificación de los sujetos que intervienen en las operaciones efectuadas a
través del comercio electrónico y su naturaleza; el censo y localización de los
sujetos actuantes. Respecto a:
La actuación desde la organización administrativa tributaria se deberá
concluir en lo tocante a:
La localización segura de los operadores y seguimiento de los mismos.
Ejecución y pago de las deudas tributarias.
Fórmulas para evitar la deslocalización de las operaciones y la elusión
Realización de declaraciones-liquidaciones adaptadas al comercio
electrónico.
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4. Derecho Informático
I.
Descripción de algunos términos:
Comercio Electrónico: Consiste en la compra y venta de productos o
de servicios a través de medios electrónicos, tales como Internet y otras
redes informáticas.
Ciberdelincuencia: Se define con carácter general como cualquier tipo
de actividad ilegal en la que se utilice Internet, una red privada o pública
o un sistema informático doméstico. Aunque muchas formas de
ciberdelincuencia giran en torno a la obtención de información sensible
para usos no autorizados.
TICS: Son tecnologías de la información y de comunicaciones, constan
de equipos de programas informáticos y medios de comunicación para
reunir, almacenar, procesar, transmitir y presentar información en
cualquier formato es decir voz, datos, textos e imágenes.
OCDE: La Organización para la Cooperación y el Desarrollo
Económicos (OCDE) agrupa a 34 países miembros y su misión es
promover políticas que mejoren el bienestar económico y social de las
personas alrededor del mundo.
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5. Derecho Informático
II.
Adaptaciones Normativas y Gestoras y Fiscalidad del Comercio
Electrónico
En nuestro Ordenamiento Tributario. Esas adaptaciones no pueden ser
precipitadas sino que deben esperar a un consenso internacional y esa
armonización fiscal. Desde la gestión es donde realmente hay que actuar y
rápido. En principio, volvemos a nuestro plano, al terreno nacional donde la
Administración Tributaria se desenvuelve. Existe también en este terreno más
pedestre la concepción pesimista de entender que el comercio electrónico, las
nuevas tecnologías, Internet, etc.
Cierto es, pero tal reconocimiento nos debe llevar a una segunda reflexión de
contenido optimista. En primer lugar, el NIF, configurado como el mecanismo
básico de identificación de los sujetos pasivos, no ha existido siempre, es una
realidad moderna y es susceptible de incorporar nuevas tecnologías de
identificación.
En general, lo que se debe hacer es adaptar nuestros instrumentos de control
tributario a las nuevas realidades tecnológicas. En segundo lugar, algo que no
puede olvidarse es que las nuevas tecnologías suponen un arma
importantísima en manos de la Administración Tributaria, aplicable en tres
frentes diferenciados, según mi opinión.
Primero, la Administración es en sí misma una unidad productora de bienes y
servicios y como unidad productora de bienes y servicios si es cierto que las
nuevas tecnologías tienen algo que enseñar en la gestión de estas unidades,
como es la posibilidad de reducir costes.
De hecho, una de las ventajas que se airean del comercio electrónico es la
reducción de costes; por lo tanto, la Administración Tributaria puede minorar
sus costes de gestión con las nuevas tecnologías. Asimismo, las nuevas
tecnologías, aparte de reducir costes de la Administración, minoran también
costes de cumplimentación a los contribuyentes.
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6. Derecho Informático
III.
Las Gestión Tributaria y el Comercio Electrónico
Otro elemento central en la fiscalidad del comercio electrónico, es el tema de la
gestión tributaria.
Primero porque la gestión de una Administración Tributaria Nacional que
piensa en mercados cerrados, que considera siempre la existencia de
fronteras, que actúa sobre un cliente que está fijo, se enfrenta ahora a una
realidad económica en la cual ese cliente puede estar hoy aquí y mañana en
otro país, ese cliente no tiene por qué tener una realidad física, ni siquiera la
realidad física es la que más vale, el concepto de residencia fija y suele des
localizar fácilmente sus activos.
En estas condiciones, lo que sucede es que el comercio electrónico agudiza
estos problemas, por ejemplo, con el comercio electrónico puedes estar
vendiendo productos de mucho dinero sin ni siquiera haber pisado nunca, ni en
viaje de turismo, el país en el que estás vendiendo, simplemente porque tu
producto es objeto de interés por parte de personas que están sentadas
delante de su ordenador en ese país y te lo están solicitando a ti que estás en
otro sitio, a muchos miles de kilómetros y nunca habías pisado ese Estado.
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