Este documento describe el largo proceso de 20 años para revisar y actualizar las Constituciones Generales de la Orden Franciscana Seglar desde 1957 hasta su aprobación final en 1990. Incluye detalles sobre las etapas de revisión por parte de equipos de expertos, comentarios de los capítulos generales, y la aprobación final por parte de la Congregación para los Institutos de Vida Consagrada y las Sociedades de Vida Apostólica. El objetivo era armonizar las constituciones con la Regla renovada de 1978 y el nuevo Código
El documento resume la historia del derecho canónico desde las primeras comunidades cristianas hasta la actualidad. Se divide en cuatro períodos: el primer milenio, el período clásico entre los siglos 12 y 13, la época moderna hasta el Código de 1917, y la época contemporánea. Destaca hitos como la codificación del derecho canónico en el Corpus Iuris Canonici y los códigos de 1917 y 1983.
La regla primitiva_de_la_orden_del_temple_1OSM- PCC
Este documento presenta un resumen de la Regla Primitiva de la Orden del Temple. La Regla se redactó originalmente en 1128 bajo el maestre Hugo de Payns y fue aprobada en el Concilio de Troyes de 1129. La Regla definía los principios de obediencia, pobreza y castidad para los templarios y fue objeto de varias revisiones y ampliaciones posteriores que llevaron a que tuviera 678 artículos. La Regla estableció la estructura jerárquica y de gobierno interno de la orden y regul
Tema 4 constituciones dogmaticas parte ll sacrosantum conciliumTheotokos2013
La constitución Sacrosanctum Concilium trata sobre la renovación de la liturgia católica. Establece que la liturgia es central para la vida de la Iglesia y los cristianos. Permite un mayor uso de las lenguas vernáculas en la misa y celebraciones, y valora el canto gregoriano y la música sagrada. Su objetivo es renovar la liturgia en continuidad con la tradición de la Iglesia.
Dialnet la declaracionconjuntacatolicoluteranade1999acercad-248254Josias Espinoza
El Consejo Post-Sinodal eligió diez miembros, incluyendo cuatro cardenales y seis obispos. El Papa añadió cuatro obispos más. Queda pendiente la exhortación apostólica post-sinodal, cuya aparición podría coincidir con la clausura del Año Jubilar. El documento analiza la declaración conjunta católico-luterana de 1999 sobre la justificación, fruto de 30 años de diálogo ecuménico. Tras el Concilio Vaticano II, católicos y luteran
Presentación de los documentos con los cuales se rige el período de la vacante de la Sede Apostólica y la elección del Romano Pontífice.
Preparé estas diapositivas con ocasión del Cónclave del 2013 del que salió elegido como Nuevo Pontífice Su Santidad Francisco. Actualicé las fechas y nombres hasta el 1 de noviembre de 2013.
El documento trata sobre el Derecho Canónico, abarcando varios temas clave. Explica la definición y evolución del Derecho Canónico, desde su génesis como fusión del Derecho Romano y Papal, hasta su historia y desarrollo. También analiza el proceso de elección papal, los aspectos legales del papado en términos de deberes y derechos, y la simbología papal. El documento busca establecer un conocimiento concreto sobre el Derecho Canónico, clarificando sus at
La constitución Dei Verbum fue uno de los documentos más debatidos del Concilio Vaticano II. Su primer borrador fue ampliamente rechazado, por lo que el Papa Juan XXIII ordenó formar una comisión mixta para reelaborarlo. Tras varias revisiones y votaciones, el documento final fue aprobado bajo el Papa Pablo VI en 1965 y estableció la doctrina de la Iglesia Católica sobre la revelación divina y la interpretación de las Sagradas Escrituras.
El concilio de Trento definió dogmáticamente el canon bíblico en 1546, estableciendo la lista de libros sagrados y canónicos del Antiguo y Nuevo Testamento. Antes hubo decisiones de concilios africanos y del papa Inocencio I, pero Trento fue la primera definición infalible. Los concilios Vaticano I y II confirmaron la doctrina de Trento sobre el canon bíblico y su inspiración. Las biblias interconfesionales incluyen los textos deuterocanónicos por separado para salvagu
El documento resume la historia del derecho canónico desde las primeras comunidades cristianas hasta la actualidad. Se divide en cuatro períodos: el primer milenio, el período clásico entre los siglos 12 y 13, la época moderna hasta el Código de 1917, y la época contemporánea. Destaca hitos como la codificación del derecho canónico en el Corpus Iuris Canonici y los códigos de 1917 y 1983.
La regla primitiva_de_la_orden_del_temple_1OSM- PCC
Este documento presenta un resumen de la Regla Primitiva de la Orden del Temple. La Regla se redactó originalmente en 1128 bajo el maestre Hugo de Payns y fue aprobada en el Concilio de Troyes de 1129. La Regla definía los principios de obediencia, pobreza y castidad para los templarios y fue objeto de varias revisiones y ampliaciones posteriores que llevaron a que tuviera 678 artículos. La Regla estableció la estructura jerárquica y de gobierno interno de la orden y regul
Tema 4 constituciones dogmaticas parte ll sacrosantum conciliumTheotokos2013
La constitución Sacrosanctum Concilium trata sobre la renovación de la liturgia católica. Establece que la liturgia es central para la vida de la Iglesia y los cristianos. Permite un mayor uso de las lenguas vernáculas en la misa y celebraciones, y valora el canto gregoriano y la música sagrada. Su objetivo es renovar la liturgia en continuidad con la tradición de la Iglesia.
Dialnet la declaracionconjuntacatolicoluteranade1999acercad-248254Josias Espinoza
El Consejo Post-Sinodal eligió diez miembros, incluyendo cuatro cardenales y seis obispos. El Papa añadió cuatro obispos más. Queda pendiente la exhortación apostólica post-sinodal, cuya aparición podría coincidir con la clausura del Año Jubilar. El documento analiza la declaración conjunta católico-luterana de 1999 sobre la justificación, fruto de 30 años de diálogo ecuménico. Tras el Concilio Vaticano II, católicos y luteran
Presentación de los documentos con los cuales se rige el período de la vacante de la Sede Apostólica y la elección del Romano Pontífice.
Preparé estas diapositivas con ocasión del Cónclave del 2013 del que salió elegido como Nuevo Pontífice Su Santidad Francisco. Actualicé las fechas y nombres hasta el 1 de noviembre de 2013.
El documento trata sobre el Derecho Canónico, abarcando varios temas clave. Explica la definición y evolución del Derecho Canónico, desde su génesis como fusión del Derecho Romano y Papal, hasta su historia y desarrollo. También analiza el proceso de elección papal, los aspectos legales del papado en términos de deberes y derechos, y la simbología papal. El documento busca establecer un conocimiento concreto sobre el Derecho Canónico, clarificando sus at
La constitución Dei Verbum fue uno de los documentos más debatidos del Concilio Vaticano II. Su primer borrador fue ampliamente rechazado, por lo que el Papa Juan XXIII ordenó formar una comisión mixta para reelaborarlo. Tras varias revisiones y votaciones, el documento final fue aprobado bajo el Papa Pablo VI en 1965 y estableció la doctrina de la Iglesia Católica sobre la revelación divina y la interpretación de las Sagradas Escrituras.
El concilio de Trento definió dogmáticamente el canon bíblico en 1546, estableciendo la lista de libros sagrados y canónicos del Antiguo y Nuevo Testamento. Antes hubo decisiones de concilios africanos y del papa Inocencio I, pero Trento fue la primera definición infalible. Los concilios Vaticano I y II confirmaron la doctrina de Trento sobre el canon bíblico y su inspiración. Las biblias interconfesionales incluyen los textos deuterocanónicos por separado para salvagu
El documento resume la historia y codificación del Derecho Canónico de la Iglesia Católica. Explica que el Derecho Canónico se ha desarrollado a través de los concilios, decretos papales y costumbres a lo largo de la historia. Destaca los periodos del Primer Milenio, el Período Clásico, la Edad Moderna y la Edad Contemporánea. En esta última época se promulgaron los códigos de 1917 y 1983, que codificaron las leyes canónicas y siguen siendo los principales
Este documento trata sobre la figura del ecónomo en la Iglesia católica. Explica que el ecónomo es la persona encargada de administrar los bienes de determinadas personas jurídicas eclesiásticas, como el seminario diocesano, los institutos religiosos y la diócesis. Señala que el Código de Derecho Canónico establece la necesidad de que haya un ecónomo, distinto de la máxima autoridad, en estos tres casos. Finalmente, resume brevemente las funciones y características del ec
Este documento resume la historia y estructura del Derecho Canónico. Explica que el Derecho Canónico es el sistema jurídico de la Iglesia Católica, que ha evolucionado a través de los siglos mediante concilios, decretos papales y codificaciones formales. Actualmente, el Derecho Canónico está codificado en el Código de Derecho Canónico de 1983, que consta de siete libros que tratan diferentes aspectos como la Iglesia, sacramentos, bienes y procesos.
El documento introduce el Derecho Canónico como el código legal que rige a la Iglesia Católica. Explica que el Derecho Canónico proviene de normas divinas y humanas, y cubre temas como la naturaleza de la Iglesia, la predicación, la profesión de fe, la tradición, el dogma y el culto. El documento también analiza conceptos como el derecho divino, el derecho humano y la división del Derecho Canónico.
El Concilio Vaticano II. P. Augusto Durán odec huarazYuri Carbajulca
El Concilio Vaticano II (1962-1965) buscó actualizar la Iglesia y acercarla al mundo moderno a través de 16 documentos. Juan XXIII convocó el concilio para promover el diálogo ecuménico y social, mientras que Pablo VI dirigió las últimas tres sesiones y promovió la aplicación de los cambios, como la renovación litúrgica y el reconocimiento del papel de los laicos. El concilio marcó el fin de la era post-Tridentina e inició la apertura de la Iglesia al mundo secular.
El documento describe los principales concilios que ha tenido la Iglesia Católica a lo largo de la historia, desde el Concilio de Nicea en el 325 d.C. hasta el Concilio Vaticano II en 1962-1965. Explica que los concilios son reuniones de obispos y otros líderes eclesiásticos para deliberar sobre asuntos doctrinales y de disciplina. Luego resume los documentos más importantes del último concilio, el Vaticano II, incluyendo las cuatro constituciones y nueve decretos que tratan temas como
El documento resume las tres claves de lectura del Concilio Vaticano II según el predicador de la Casa Pontificia, padre Raniero Cantalamessa: actualización, ruptura y novedad en la continuidad. Explica que la posición del Magisterio papal es la de "novedad en la continuidad", admitiendo cierta discontinuidad pero no en los principios fundamentales de la fe. Finalmente, argumenta que la verdadera clave de lectura es ver el papel del Espíritu Santo en el Concilio y sus efectos, incluyendo la renov
El documento define el Derecho Canónico como el sistema jurídico de la Iglesia Católica. Regula las relaciones internas de la Iglesia y de los fieles con la institución. Tiene su origen en las normas divinas de la Biblia pero también incluye normas establecidas por la autoridad eclesiástica a lo largo de la historia. Actualmente se rige por el Código de Derecho Canónico de 1983 que codifica las leyes en siete libros.
Congreso 50 años del concilio vaticano IITheotokos2013
El resumen del documento es el siguiente:
1) Se inauguró un congreso sobre los 50 años del Concilio Vaticano II en la Universidad Pontificia de Salamanca, con la asistencia de 350 congresistas de diferentes países.
2) El cardenal Antonio María Rouco Varela presidió el acto de inauguración y destacó la importancia de basarse en los textos originales del Concilio para una interpretación sólida y fiel.
3) El congreso busca contribuir a entender correctamente el Concilio Vaticano II y su aplic
El Concilio Vaticano II fue convocado por el Papa Juan XXIII en 1962 y clausurado por el Papa Pablo VI en 1965. Tuvo como objetivos promover el desarrollo de la fe católica, adaptar la disciplina eclesiástica a las necesidades modernas, y lograr una mejor relación con otras religiones. Durante el concilio se redactaron 16 documentos sobre temas como la liturgia, la Iglesia, el ecumenismo y la revelación divina.
Este documento presenta un resumen de la primera lección de una introducción al derecho canónico. Explica que el derecho canónico es un ordenamiento jurídico que produce normas religiosas y se entiende como un derecho extranjero con características peculiares. También distingue entre un derecho divino dictado por Dios y un derecho humano dentro del derecho canónico. Finalmente, introduce el Decreto de Graciano, una compilación del siglo XII que marcó el inicio del estudio científico del derecho canónico.
Este documento resume la historia y estructura del Derecho Canónico. Explica que el Derecho Canónico es el sistema jurídico de la Iglesia Católica, que ha evolucionado a través de los siglos mediante concilios, decretos papales y codificaciones formales. Actualmente, el Derecho Canónico está codificado en el Código de Derecho Canónico de 1983, que consta de siete libros que tratan temas como la Iglesia, la enseñanza, la santificación, los bienes temporales y los pro
Este documento describe el Renacimiento Gelasiano, un período en la historia del derecho canónico caracterizado por la creación de nuevas colecciones canónicas que incluían decretos papales. Explica que las colecciones más importantes de este período fueron la Sanblasiana, la Quesneliana, la Fresingense y la Dionysiana. También analiza los motivos históricos y eclesiásticos que llevaron a este renacimiento, como la situación de paz en Roma tras la caída del Imperio Romano
El Concilio Vaticano II fue un concilio ecuménico de la Iglesia Católica convocado por el Papa Juan XXIII entre 1962 y 1965. Tuvo cuatro sesiones presididas sucesivamente por Juan XXIII y Pablo VI, durante las cuales se aprobaron documentos como constituciones, decretos y declaraciones para actualizar la Iglesia y promover la unidad entre los cristianos. El Concilio buscó adaptar la Iglesia a los tiempos modernos y mejorar su diálogo con el mundo.
Homenaje y celebración de nuestras constitucionesframasg
Este documento describe el largo proceso de revisión y actualización de las Constituciones Generales de la Orden Franciscana Seglar que culminó con su aprobación en 1990. Comenzó en 1980 con el objetivo de armonizar las constituciones de 1957 con la nueva Regla aprobada por el Papa Pablo VI en 1978. Requirió múltiples borradores, consultas a expertos canonistas y consejos nacionales, y revisiones por parte del Vaticano antes de su aprobación final en 1990.
Este documento presenta las nuevas Constituciones Generales de la Orden Franciscana Seglar (OFS) aprobadas por la Congregación para los Institutos de Vida Consagrada y Sociedades de Vida Apostólica. Incluye el decreto de aprobación, una carta de los Ministros Generales franciscanos enviando las nuevas Constituciones a la OFS, y la promulgación oficial de las mismas. Las nuevas Constituciones revisan las aprobadas en 1990 tras un proceso de consulta e implementación en toda la OFS.
El Concilio Vaticano II fue un concilio ecuménico de la Iglesia católica convocado por el papa Juan XXIII entre 1962 y 1965. Produjo cuatro constituciones, nueve decretos y tres declaraciones que trataron temas como la revelación divina, la naturaleza de la Iglesia, la liturgia, la Iglesia en el mundo moderno y las relaciones ecuménicas. Fue un evento histórico que marcó el siglo XX y modernizó algunos aspectos de la Iglesia católica.
Este documento presenta un comentario de la Constitución Conciliar "Lumen Gentium" sobre tres oraciones o menos:
1) La Constitución "Lumen Gentium" es el documento central del Concilio Vaticano II y presenta un esfuerzo de sintetizar diferentes tendencias teológicas sobre la Iglesia. 2) Si bien no contiene necesariamente nuevas doctrinas particulares, su originalidad se encuentra en la síntesis sistemática de los elementos incorporados. 3) El autor analiza la estructura de la Constitución y sug
El documento resume los principales puntos sobre el Concilio Vaticano II, incluyendo: (1) los objetivos del Concilio de incrementar la vida cristiana, reformar instituciones, promover la unidad de los cristianos y actualizar la Iglesia; (2) las cuatro sesiones del Concilio entre 1962-1965 presididas por los Papas Juan XXIII y Pablo VI; y (3) los principales documentos aprobados como la constitución sobre la liturgia y la constitución dogmática Lumen Gentium sobre la Iglesia.
El documento resume el Concilio Vaticano II, incluyendo que: (1) Fue convocado por el Papa Juan XXIII entre 1962-1965; (2) Reunió a obispos de todo el mundo para promover el desarrollo de la fe católica y adaptar la disciplina eclesiástica a los tiempos modernos; (3) Generó documentos como constituciones, decretos y declaraciones que trataron temas como la liturgia, ecumenismo y libertad religiosa.
El documento describe el proceso de desarrollo del Catecismo de la Iglesia Católica, incluyendo la necesidad percibida de un catecismo universal, la formación de comisiones de obispos y expertos para redactarlo, el envío de borradores a los obispos de todo el mundo para comentarios, y las revisiones realizadas antes de su aprobación final por el Papa Juan Pablo II en 1992.
El documento resume la historia y codificación del Derecho Canónico de la Iglesia Católica. Explica que el Derecho Canónico se ha desarrollado a través de los concilios, decretos papales y costumbres a lo largo de la historia. Destaca los periodos del Primer Milenio, el Período Clásico, la Edad Moderna y la Edad Contemporánea. En esta última época se promulgaron los códigos de 1917 y 1983, que codificaron las leyes canónicas y siguen siendo los principales
Este documento trata sobre la figura del ecónomo en la Iglesia católica. Explica que el ecónomo es la persona encargada de administrar los bienes de determinadas personas jurídicas eclesiásticas, como el seminario diocesano, los institutos religiosos y la diócesis. Señala que el Código de Derecho Canónico establece la necesidad de que haya un ecónomo, distinto de la máxima autoridad, en estos tres casos. Finalmente, resume brevemente las funciones y características del ec
Este documento resume la historia y estructura del Derecho Canónico. Explica que el Derecho Canónico es el sistema jurídico de la Iglesia Católica, que ha evolucionado a través de los siglos mediante concilios, decretos papales y codificaciones formales. Actualmente, el Derecho Canónico está codificado en el Código de Derecho Canónico de 1983, que consta de siete libros que tratan diferentes aspectos como la Iglesia, sacramentos, bienes y procesos.
El documento introduce el Derecho Canónico como el código legal que rige a la Iglesia Católica. Explica que el Derecho Canónico proviene de normas divinas y humanas, y cubre temas como la naturaleza de la Iglesia, la predicación, la profesión de fe, la tradición, el dogma y el culto. El documento también analiza conceptos como el derecho divino, el derecho humano y la división del Derecho Canónico.
El Concilio Vaticano II. P. Augusto Durán odec huarazYuri Carbajulca
El Concilio Vaticano II (1962-1965) buscó actualizar la Iglesia y acercarla al mundo moderno a través de 16 documentos. Juan XXIII convocó el concilio para promover el diálogo ecuménico y social, mientras que Pablo VI dirigió las últimas tres sesiones y promovió la aplicación de los cambios, como la renovación litúrgica y el reconocimiento del papel de los laicos. El concilio marcó el fin de la era post-Tridentina e inició la apertura de la Iglesia al mundo secular.
El documento describe los principales concilios que ha tenido la Iglesia Católica a lo largo de la historia, desde el Concilio de Nicea en el 325 d.C. hasta el Concilio Vaticano II en 1962-1965. Explica que los concilios son reuniones de obispos y otros líderes eclesiásticos para deliberar sobre asuntos doctrinales y de disciplina. Luego resume los documentos más importantes del último concilio, el Vaticano II, incluyendo las cuatro constituciones y nueve decretos que tratan temas como
El documento resume las tres claves de lectura del Concilio Vaticano II según el predicador de la Casa Pontificia, padre Raniero Cantalamessa: actualización, ruptura y novedad en la continuidad. Explica que la posición del Magisterio papal es la de "novedad en la continuidad", admitiendo cierta discontinuidad pero no en los principios fundamentales de la fe. Finalmente, argumenta que la verdadera clave de lectura es ver el papel del Espíritu Santo en el Concilio y sus efectos, incluyendo la renov
El documento define el Derecho Canónico como el sistema jurídico de la Iglesia Católica. Regula las relaciones internas de la Iglesia y de los fieles con la institución. Tiene su origen en las normas divinas de la Biblia pero también incluye normas establecidas por la autoridad eclesiástica a lo largo de la historia. Actualmente se rige por el Código de Derecho Canónico de 1983 que codifica las leyes en siete libros.
Congreso 50 años del concilio vaticano IITheotokos2013
El resumen del documento es el siguiente:
1) Se inauguró un congreso sobre los 50 años del Concilio Vaticano II en la Universidad Pontificia de Salamanca, con la asistencia de 350 congresistas de diferentes países.
2) El cardenal Antonio María Rouco Varela presidió el acto de inauguración y destacó la importancia de basarse en los textos originales del Concilio para una interpretación sólida y fiel.
3) El congreso busca contribuir a entender correctamente el Concilio Vaticano II y su aplic
El Concilio Vaticano II fue convocado por el Papa Juan XXIII en 1962 y clausurado por el Papa Pablo VI en 1965. Tuvo como objetivos promover el desarrollo de la fe católica, adaptar la disciplina eclesiástica a las necesidades modernas, y lograr una mejor relación con otras religiones. Durante el concilio se redactaron 16 documentos sobre temas como la liturgia, la Iglesia, el ecumenismo y la revelación divina.
Este documento presenta un resumen de la primera lección de una introducción al derecho canónico. Explica que el derecho canónico es un ordenamiento jurídico que produce normas religiosas y se entiende como un derecho extranjero con características peculiares. También distingue entre un derecho divino dictado por Dios y un derecho humano dentro del derecho canónico. Finalmente, introduce el Decreto de Graciano, una compilación del siglo XII que marcó el inicio del estudio científico del derecho canónico.
Este documento resume la historia y estructura del Derecho Canónico. Explica que el Derecho Canónico es el sistema jurídico de la Iglesia Católica, que ha evolucionado a través de los siglos mediante concilios, decretos papales y codificaciones formales. Actualmente, el Derecho Canónico está codificado en el Código de Derecho Canónico de 1983, que consta de siete libros que tratan temas como la Iglesia, la enseñanza, la santificación, los bienes temporales y los pro
Este documento describe el Renacimiento Gelasiano, un período en la historia del derecho canónico caracterizado por la creación de nuevas colecciones canónicas que incluían decretos papales. Explica que las colecciones más importantes de este período fueron la Sanblasiana, la Quesneliana, la Fresingense y la Dionysiana. También analiza los motivos históricos y eclesiásticos que llevaron a este renacimiento, como la situación de paz en Roma tras la caída del Imperio Romano
El Concilio Vaticano II fue un concilio ecuménico de la Iglesia Católica convocado por el Papa Juan XXIII entre 1962 y 1965. Tuvo cuatro sesiones presididas sucesivamente por Juan XXIII y Pablo VI, durante las cuales se aprobaron documentos como constituciones, decretos y declaraciones para actualizar la Iglesia y promover la unidad entre los cristianos. El Concilio buscó adaptar la Iglesia a los tiempos modernos y mejorar su diálogo con el mundo.
Homenaje y celebración de nuestras constitucionesframasg
Este documento describe el largo proceso de revisión y actualización de las Constituciones Generales de la Orden Franciscana Seglar que culminó con su aprobación en 1990. Comenzó en 1980 con el objetivo de armonizar las constituciones de 1957 con la nueva Regla aprobada por el Papa Pablo VI en 1978. Requirió múltiples borradores, consultas a expertos canonistas y consejos nacionales, y revisiones por parte del Vaticano antes de su aprobación final en 1990.
Este documento presenta las nuevas Constituciones Generales de la Orden Franciscana Seglar (OFS) aprobadas por la Congregación para los Institutos de Vida Consagrada y Sociedades de Vida Apostólica. Incluye el decreto de aprobación, una carta de los Ministros Generales franciscanos enviando las nuevas Constituciones a la OFS, y la promulgación oficial de las mismas. Las nuevas Constituciones revisan las aprobadas en 1990 tras un proceso de consulta e implementación en toda la OFS.
El Concilio Vaticano II fue un concilio ecuménico de la Iglesia católica convocado por el papa Juan XXIII entre 1962 y 1965. Produjo cuatro constituciones, nueve decretos y tres declaraciones que trataron temas como la revelación divina, la naturaleza de la Iglesia, la liturgia, la Iglesia en el mundo moderno y las relaciones ecuménicas. Fue un evento histórico que marcó el siglo XX y modernizó algunos aspectos de la Iglesia católica.
Este documento presenta un comentario de la Constitución Conciliar "Lumen Gentium" sobre tres oraciones o menos:
1) La Constitución "Lumen Gentium" es el documento central del Concilio Vaticano II y presenta un esfuerzo de sintetizar diferentes tendencias teológicas sobre la Iglesia. 2) Si bien no contiene necesariamente nuevas doctrinas particulares, su originalidad se encuentra en la síntesis sistemática de los elementos incorporados. 3) El autor analiza la estructura de la Constitución y sug
El documento resume los principales puntos sobre el Concilio Vaticano II, incluyendo: (1) los objetivos del Concilio de incrementar la vida cristiana, reformar instituciones, promover la unidad de los cristianos y actualizar la Iglesia; (2) las cuatro sesiones del Concilio entre 1962-1965 presididas por los Papas Juan XXIII y Pablo VI; y (3) los principales documentos aprobados como la constitución sobre la liturgia y la constitución dogmática Lumen Gentium sobre la Iglesia.
El documento resume el Concilio Vaticano II, incluyendo que: (1) Fue convocado por el Papa Juan XXIII entre 1962-1965; (2) Reunió a obispos de todo el mundo para promover el desarrollo de la fe católica y adaptar la disciplina eclesiástica a los tiempos modernos; (3) Generó documentos como constituciones, decretos y declaraciones que trataron temas como la liturgia, ecumenismo y libertad religiosa.
El documento describe el proceso de desarrollo del Catecismo de la Iglesia Católica, incluyendo la necesidad percibida de un catecismo universal, la formación de comisiones de obispos y expertos para redactarlo, el envío de borradores a los obispos de todo el mundo para comentarios, y las revisiones realizadas antes de su aprobación final por el Papa Juan Pablo II en 1992.
Este documento presenta un curso en línea sobre el Concilio Vaticano II. El objetivo del curso es conocer y profundizar en el contenido y la interpretación correcta de los documentos del concilio. El curso se llevará a cabo del 13 de octubre de 2012 al 19 de enero de 2013 y cubrirá temas como las constituciones, declaraciones y decretos del concilio, así como errores comunes en su interpretación. El documento también proporciona antecedentes históricos sobre el concilio, incluida su convocatoria, sesiones
El Papa Juan XXIII convocó el Concilio Vaticano II en 1962 con el objetivo de actualizar la Iglesia y acercarla más al mundo moderno. El Concilio tuvo cuatro sesiones hasta 1965 y aprobó documentos como la constitución Lumen Gentium que describió la naturaleza de la Iglesia y el rol de los obispos, y decretos sobre la liturgia, ecumenismo y libertad religiosa. El Concilio buscó renovar la Iglesia sin romper con su doctrina y tradición, y tuvo un impacto dur
El documento presenta la nueva Regla de la Orden Franciscana Seglar aprobada por el Papa Pablo VI. Los cuatro Ministros Generales de las órdenes franciscanas entregan la Regla renovada a la Presidencia del Consejo Internacional de la OFS. La Regla ofrece una guía para vivir según el Evangelio siguiendo el ejemplo de san Francisco de Asís, y promueve la creatividad y corresponsabilidad de los seglares franciscanos.
El documento describe el Sínodo de los Obispos, una institución permanente creada por el Papa Pablo VI en 1965 para ayudar al Papa en el gobierno de la Iglesia universal. Explica que el Sínodo representa al episcopado católico y se reúne periódicamente para tratar temas importantes y sugerir nuevas direcciones para la Iglesia. Además, resume la historia del Sínodo y los tipos de asambleas sinodales, incluyendo las trece Asambleas Generales Ordinarias celebradas hasta la fecha
El Cardenal Ottaviani y el Cardenal Bacci expresan su preocupación por el nuevo orden de la misa (Novus Ordo Missae). Argumentan que el nuevo orden se aleja de la teología católica tradicional de la misa y que las razones dadas para el cambio no son suficientes. Piden al Papa que no elimine la opción de seguir usando el misal tradicional de San Pío V, ya que muchos fieles y clérigos se sienten desorientados por los cambios recientes en la liturgia.
Actas del magisterio mons. marcel lefebvreEduardoSebGut
Este documento presenta el plan de un curso impartido por Mons. Lefebvre sobre los documentos pontificios que condenan los errores modernos. El curso tenía como objetivo familiarizar a los seminaristas con las enseñanzas de los Papas a lo largo de los siglos sobre errores como el liberalismo, el modernismo y el comunismo. El documento detalla los temas que comprendía el curso, incluidos documentos específicos que condenaban las sociedades secretas, el liberalismo y el modernismo. También incluye extractos de entrevistas en las que Mons
Actas del magisterio mons. marcel lefebvreEduardoSebGut
Este documento presenta el plan de un curso sobre los documentos pontificios que condenan los errores modernos, impartido por Mons. Lefebvre. El curso tenía como objetivo exponer las grandes encíclicas y documentos pontificios sobre el orden social cristiano y la realeza social de Cristo, para situar a los seminaristas en el contexto de la Iglesia posconciliar. El documento también describe las persecuciones que sufrió Mons. Lefebvre por oponerse a los errores modernos introducidos en la Iglesia después del Concilio Vaticano II
El documento describe la historia de la reforma del Misal Romano después del Concilio Vaticano II, incluyendo las constituciones apostólicas y ediciones que aprobaron un nuevo Misal más participativo y centrado en la Sagrada Escritura. Resalta que el nuevo Misal ofrece mayor riqueza teológica, litúrgica y espiritual, y permite celebraciones adaptadas a diversos contextos.
Este documento resume la historia y estructura del Derecho Canónico. Explica que el Derecho Canónico es el sistema jurídico de la Iglesia Católica, el cual ha evolucionado a través de los siglos mediante concilios, decretos papales y codificaciones formales. Actualmente, el Derecho Canónico está codificado en el Código de Derecho Canónico de 1983, el cual consta de siete libros que regulan diferentes aspectos de la Iglesia Católica.
Este documento resume la historia y estructura del Derecho Canónico. Explica que el Derecho Canónico es el sistema jurídico de la Iglesia Católica, el cual se ha desarrollado a lo largo de la historia a través de concilios, decretos papales y codificaciones formales como el Código de Derecho Canónico de 1983 que rige actualmente. El documento también describe las diferentes ramas del Derecho Canónico y los siete libros que componen el Código de 1983.
Similar a Homenaje y celebración de nuestras constituciones (20)
Este documento resume los principales cambios introducidos por la LOMCE en las diferentes etapas educativas. En la etapa de Educación Primaria se organizan las asignaturas por cursos en lugar de por ciclos. En Educación Secundaria Obligatoria, el primer ciclo abarca los tres primeros cursos y el segundo ciclo solo el cuarto curso, que tiene un carácter propedéutico para Bachillerato o Formación Profesional. La LOMCE también establece nuevos criterios de evaluación para estas etapas.
El documento anuncia varios eventos de la fraternidad franciscana local, incluyendo una asamblea, un encuentro de formación y un retiro cuaresmal. También resume la misión diocesana programada con motivo del quinto centenario del nacimiento de Santa Teresa de Jesús, cuyos objetivos incluyen promover la evangelización y la conversión personal. Finalmente, hace un llamado a apoyar a los franciscanos en Tierra Santa a través de la colecta del Viernes Santo.
En 3 oraciones o menos:
El documento habla sobre el papel de los laicos en la Iglesia y en la sociedad actual. Resalta la necesidad de que los laicos asuman mayores responsabilidades y participen más en la toma de decisiones, especialmente las mujeres. También enfatiza la importancia de que los ministros ordenados sirvan a los laicos en lugar de ejercer poder sobre ellos. El Papa Francisco invita a los laicos a trabajar para generar una Iglesia más inclusiva y una sociedad con relaciones basadas en la igualdad y la justicia.
La próxima reunión se celebrará el 11 de abril a las 5:30 pm en el convento de San Francisco. El orden del día incluye oración, lectura del acta anterior, formación sobre el tema 6 del libro, informaciones varias y bendición de San Francisco.
Este documento ofrece instrucciones para guiar la oración, incluyendo cómo preparar el ambiente, iniciar y terminar la oración, y orar con los textos propuestos para cada día de Cuaresma. Aconseja crear un clima de silencio y tranquilidad, invitar a los participantes a dejar de lado distracciones, y no apresurarse sino invitarlos a hacer propia la oración despacio. El objetivo es que la oración dure al menos cinco minutos y sea una experiencia significativa para los jóvenes.
Este documento resume las discusiones de dos encuentros de la Orden Franciscana Seglar en España. La primera parte se centra en las relaciones interpersonales en las fraternidades y la importancia de la escucha, la empatía y la gestión positiva de los conflictos. La segunda parte examina los servicios en las fraternidades y la necesidad de comprometerse, luchar contra la rutina y contagiar entusiasmo. El documento también informa sobre las elecciones recientes en varias fraternidades locales.
El documento anuncia varios eventos en la parroquia durante el mes de marzo, incluyendo una asamblea el 15 de marzo, una reunión de formación el 21 de marzo y la recitación de vísperas el 26 de marzo. También proporciona los horarios para el Vía Crucis durante la Cuaresma y resalta la solemnidad de San José el 19 de marzo. Finalmente, incluye extractos sobre vivir la Cuaresma con una espiritualidad franciscana y el servicio como alma de la fraternidad.
La próxima reunión de la orden se llevará a cabo el 21 de marzo en el convento de San Francisco a las 5:30 pm. El orden del día incluye oración, lectura del acta anterior, formación, informaciones varias y bendición de San Francisco. El mensaje de Cuaresma del Papa Francisco pide un compromiso para aliviar las miserias del hombre.
El documento resume la clausura del Año de la Fe por el Papa Francisco y la publicación de su exhortación apostólica "La alegría del Evangelio". El Papa invita a los cristianos a renovar su encuentro con Jesucristo y a compartir la alegría del Evangelio de forma audaz. También pide reformas estructurales para que la Iglesia sea más misionera e inclusiva de los laicos, y mayor cuidado de los más vulnerables.
1. El documento resume las actividades programadas para el mes de diciembre por una orden franciscana, incluyendo asambleas, celebraciones eucarísticas y una comida fraterna.
2. También contiene reflexiones sobre el significado del Adviento y la Navidad, invitando a los creyentes a ir a Belén a adorar al Niño Dios y a pedirle protección para los niños abandonados y víctimas de violencia.
3. El Papa Francisco exhorta a todos los cristianos a una nueva etapa evangeliz
El documento describe las diferentes fases del itinerario formativo para la Orden Franciscana Seglar, incluyendo el periodo de acogida, la formación inicial, la admisión, la profesión y la formación permanente. El objetivo general es ofrecer una formación espiritual y doctrinal a los miembros para vivir los valores franciscanos en el mundo según el ejemplo de San Francisco de Asís.
El documento propone ideas para objetivos y actividades relacionadas con la vida de fraternidad, formación y oración, y misión. En la vida de fraternidad, sugiere fortalecer las relaciones humanas a través de comidas, excursiones y encuentros familiares, y cuidar a los miembros mayores. En la vida de formación y oración, recomienda crecer en oración fraterna celebrando la eucaristía juntos y realizar formación permanente y de iniciación. En la vida de misión, propone buscar realidades muertas como
Anexo I proyecto de vida de fraternidad local.framasg
El documento presenta el proyecto de vida de una fraternidad local que incluye objetivos y actividades relacionadas con la vida de fraternidad, la formación y oración, y la misión. La fraternidad se enfocará en su entorno local, la sociedad donde viven, y en ayudar al tercer mundo a través de actividades misioneras.
Proyecto dinamización evangelizados para evangelizarframasg
Este documento propone transformar las fraternidades locales de la Orden Franciscana Seglar en plataformas evangelizadoras a través de un proyecto de vida de fraternidad. Se enfatiza la importancia de la vida de fraternidad, oración y formación, así como el trabajo de la misión desde la fraternidad. El proyecto de vida de fraternidad debería incluir objetivos concretos en estas tres áreas para dinamizar la fraternidad local.
Esquema proyecto vocacional ofs de españa 2012 14framasg
Este documento presenta el proyecto vocacional 2012-14 de la Comisión Vocacional de la Orden Franciscana Seglar de España. El proyecto busca dinamizar las fraternidades locales existentes y atraer nuevas vocaciones mediante la creación de un Equipo Vocacional formado por miembros de la comisión y delegados vocacionales de cada zona. El equipo trabajará para animar la vocación franciscana seglar, dar a conocer la OFS a través de varias iniciativas, y fomentar la colaboración con la familia
Catequesis sobre san Francisco de Asís Benedicto XVIframasg
El documento presenta la figura de San Francisco de Asís. Explica que Francisco nació en una familia rica pero tuvo una conversión espiritual que lo llevó a abandonar su estilo de vida mundano y dedicarse a ayudar a los pobres. Aunque inicialmente no tenía intención de crear una orden religiosa, comprendió que debía actuar en comunión con la Iglesia, sometiendo su proyecto al Papa. Francisco renovó la Iglesia no en oposición al Papado sino en unidad con él. Su ejemplo de pobreza, hum
El Papa Benedicto XVI renunció a su cargo como Sumo Pontífice. A lo largo de su vida, el Papa renunció a muchas cosas para dedicarse por completo a la Iglesia Católica. Al renunciar cuando ya no se sentía con la capacidad para liderar la Iglesia, demostró ser una persona sabia y humilde que puso los intereses de la institución por encima de los suyos propios.
Este documento presenta lineamientos generales sobre la formación en la Orden Franciscana Seglar (OFS). Explica que la formación busca ayudar a los miembros a descubrir su vocación y vivir el Evangelio siguiendo el ejemplo de San Francisco. Se divide la formación en inicial y permanente, cubriendo etapas como la iniciación, admisión y profesión. También describe los principios de la formación en general y específicamente franciscana, enfocándose en las dimensiones humana, cristiana y del carisma francis
«Hermanos y hermanas: El Señor nos ha llamado a vivir el Evangelio en la
Fraternidad de la Orden Franciscana Seglar. Escuchemos con atención su mensaje de amor y
de vida».
Lectura de la Palabra de Dios
8. Primera lectura (p. ej. 1 Cor 12, 4-11)
9. Salmo responsorial (p. ej. Sal 32)
10. Segunda lectura (p. ej. 1 Jn 4, 7-12)
11. Aclamación antes del Evangelio
1. Homenaje y celebración de nuestras constituciones.
Fray Antolín Mayo Ofm Conv Asistentes Nacional OFS
“Es grandemente vergonzoso para nosotros, los siervos de Dios, que los Santos hicieron las obras y
nosotros, con referirlas, queramos recibir gloria y honor” (adm. 6ª)
El mejor homenaje y celebración que los franciscanos seglares podemos hacer en el 10º
aniversario de de nuestras Constituciones Generales es conocerlas para amarlas y reconocer también
el esfuerzo de 20 años largos de su elaboración desde los trabajos enviados para la aplicación de la
regla renovada después del Congreso Internacional de Asís (6-10 Octubre de 1979) que había
aprobado una moción en tal sentido.1
Se trataba de armonizar las constituciones de 1957 a la reciente Regla de la OFS aprobada y
promulgada por el Papa Pablo VI. Para ello la presidencia del entonces CITOF en la sesión de
Diciembre de 1980 decidió entregar el examen a un equipo formado por religiosos expertos en
derecho canónico, y de laicos.
En el III Capítulo general de la OFS de 1982 en Asís se fijaron como puntos de referencia:
- Las Constituciones del la TOF del 1957;
- La Regla renovada del 1978
- El nuevo Código de derecho Canónico.
Promulgado el nuevo código, el 25 Enero de 1983, se presento en Septiembre de ese mismo
año un “esquema provisional” de Constituciones a la presidencia del CIOFS que lo consideró
demasiado espiritual, perdiendo lo esencial y cuanto reviste efectiva relevancia jurídica.
Después del examen del “esquema provisional” la presidencia encargó a la Comisión el
trabajo de proceder a una redacción que, teniendo siempre en cuenta los materiales recogidos,
lo expusieran en la forma de una hipótesis de trabajo, en base a las opiniones expresadas por los
canonistas. El texto así redactado se presentó con circular del 8 de diciembre de 1983. Se pedía
a los Consejos Nacionales e internacionales examinarlo a la luz de cada experiencia
formulando, para el 31 de Marzo de 1984, las propias respuestas a los cuestionarios adjuntos a
cada título del articulado.
Con el estudio de las propuestas llegadas, la Comisión redactó el nuevo borrador que
fue comunicado mediante circular del 30 de Septiembre del 1987, pidiendo a los consejos
nacionales e internacionales revisar el texto sobre puntos específicos con vistas al Capítulo
General.
En El V Capitulo general (Roma, 6 – 15 de junio del 1988) se abrió con una
presentación de la Ministro general, Manuela Mattioli:
Empezaba con un referencia histórica: “El Decreto de la Sagrada Congregación para los
Religiosos (año 1957), que aprobaron las Constituciones de la Tercera Orden Seglar de S. Francisco,
manifiesta “la paternal solicitud de los Romanos Pontífices, como Nicolás IV y León XIII que
adaptaron la Regla misma a las cambiantes condiciones de la vida; otros, como Inocencio XI,
prepararon atentamente y aprobaron nuevas Constituciones. León XIII adaptó la Regla a las
condiciones de la vida moderna…presentándose la necesidad de tener nuevas Constituciones. Los
Ministros generales de las cuatro Familias franciscanas las elaboraron para que “los terciarios
entendiese más claramente los profundos principios franciscanos contenidos en la Regla (de León
XIII), no obstante su brevedad, y los pusiesen en práctica en su vida. Lamentablemente, las
Constituciones del 1957, ricas de doctrina y de espiritualidad, no fueron suficientemente reconocidas y
vividas.
Hoy, ya no es más la paternal solicitud de los Sumos Pontífices o la de los Ministros generales
la que se debe preocupar de de esta actualización. Después de la aprobación de la Regla paulina –cuyo
1
Tomado y resumido del “ Manual para la Asistencia a la OFS y a la JuFra” de la Conferencia de Asistentes Generales
OFS, Roma 2006.
2. décimo aniversario se celebrará el próximo 24 de Junio – somos nosotros mismos, franciscanos
seglares, quienes nos hacemos cargo de la responsabilidad de adaptar la legislación de la OFS.
Se trata, por lo tanto, de un hecho nuevo en la vida actual de la OFS; un momento histórico del
cual nosotros, aquí presentes, somos protagonistas con Cristo y Francisco, con disposición de servicio
y disponibilidad, atentos a la voz del Señor, a la voz de los hermanos, a la voz del propio
discernimiento.
No estamos aquí para seguir nuestras opiniones o puntos de vista personales o de grupo,
estamos aquí para seguir el pensamiento que la Regla y el Código de Derecho Canónico expresan
sobre los franciscanos seglares y para aplicarlo a la vida de los individuos y de las Fraternidades, a la
luz del carisma franciscano, de los aportes de los Consejos nacionales y de nuestras experiencias
existenciales y pastorales.
Dóciles a las mociones del Espíritu, nos dedicaremos a dar a la Fraternidad universal un
ordenamiento que garantice su unidad en la diversidad”.
Los puntos sobre los cuales fue más vivo el debate capitular fueron:
- la titularidad de la tarea de animación y guía de las Fraternidades a todos los niveles (¿autoridad
individual o colegial?);
- estructura de la Fraternidad internacional;
- motivación y procedimientos para la salida da la Fraternidad y de la Orden;
- lugar y funciones de los Asistentes espirituales en los Consejos de la OFS en los diferentes niveles,
a la luz del can. 303 del C.I.C.
Hemos querido recordarlos porque, justamente estos puntos y las soluciones adoptadas en el 1988
se propusieron nuevamente en la fase de revisión de las Constituciones generales de 1990, como
veremos mejor en los parágrafos sucesivos.
El Capítulo general concluyó con la audiencia pontificia, dada a los capitulares el 14 de junio del
1988. En su declaración, el Santo Padre recordaba sobre todo la llamada a la santidad, especificando
que la perfección no es un lujo y mucho menos un aspecto superfluo de la vida cristiana, conlleva a
todos los bautizados a una determinada respuesta, que se convierte en cuestión de salvación.
Refiriéndose al discurso de Pío XII a los Terciarios el 1° de julio de 1956, Juan Pablo II rebatía:
“Ustedes son también una Orden. Una Orden laica pero Orden verdadera; y, del resto, ya Benedicto
XV había hablado de “Ordo veri nominis”. Este término antiguo – podemos decir medieval – de
“Orden” no significa otra cosa que vuestra estrecha pertenencia a la Familia franciscana (…), significa
la participación en la disciplina y la austeridad propia de aquella espiritualidad, aún en la autonomía de
su condición laical, que además comporta muchos sacrificios no menores de aquellos que se realizan
en la vida religiosa y sacerdotal.” Refiriéndonos, en fin, a la tarea de los laicos en la Iglesia (no
olvidemos que hacía poco tiempo se había terminado el Sínodo sobre los laicos), el Papa subrayaba:
“lo que cuenta no es tanto el número si no la calidad”. Aunque se trate de grupos pequeños y
humanamente pobres, lo importante es la buena voluntad y la fidelidad a la Iglesia. Serán – como dijo
una vez, con expresión feliz – Jacques Maritain - unas estrellas esparcidas en la noche del mundo”2
.
Con la votación capitular se abría una nueva fase del itinerario para las Constituciones generales:
su aprobación por parte de las autoridades competentes. El texto aprobado en el Capítulo presentaba
cantidad de errores debidos a la multiplicidad de las lenguas en las cuales fueron presentadas las
correcciones votadas en el Capítulo. Además, estas opciones capitulares se reflejaban en la
formulación de otros artículos, que se retocaban para armonizar las distintas normas. La Comisión
2
GIOVANNI PAOLO II, Ad eos qui generali Capitulo Tertiariorum Franciscalium in speculo viventium interfuerunt admissos: AAS 80 (1988) pp.
1786-1789; L´Osservatore Romano, 15 giugno 1988, p. 4.
3. jurídica se abocó al trabajo y nuevamente fueron interpelados los canonistas de la Curias generales
sobre aspectos específicos y precisas formulaciones.
Finalmente el texto, limitado también desde el punto de vista lingüístico, pudo ser presentado al
Card. Hamer, Prefecto de la Congregación para los Institutos de Vida consagrada y las Sociedades de
la Vida apostólica, con carta del 17 de septiembre de 1988 para la firma de los cuatro Ministros
generales franciscanos y del Ministro general de la OFS. En la carta se señalaba “el largo trabajo de
cooperación a los que fueron llamados todos los Consejos nacionales de la Orden Franciscana Seglar”
y se pedía que el texto fuera aprobado ad experimentum, teniendo en consideración “las diversas
novedades contenidas en el nuevo texto de las Constituciones, la gran difusión de la Orden en el
mundo, la variedad de culturas y de ambientes sociales y eclesiales en los que los franciscanos seglares
viven y trabajan.
La Congregación sometió el texto a una revisión atenta y en profundidad. Precisando que “el
texto está redactado y presentado con gran cuidado” y que “el espíritu que lo anima y lo vivifica es
verdaderamente óptimo”. La Congregación dispuso que se aportaran retoques a unos 24 puntos del
articulado. La Comisión jurídica del CIOFS lo supervisó y el documento así preparado fue entregado a
la Congregación, que finalmente lo aprobó con Decreto del 8 de septiembre de 1990 (Prot. n. T. 69,a)
– 1/90.
La entrega oficial al CIOFS se hizo con ocasión del VI Capítulo general y II electivo
(Fátima, Portugal, 13 – 20 de octubre 1990). Lo presidía, en nombre de la Conferencia de los
Ministros franciscanos, Fr. José Angulo Quilis, Ministro general de la TOR. Fue también portador de
un Mensaje que el Prefecto de la Congregación IVCSVA dirigía a los capitulares, poniendo en
relación los dos eventos: la aprobación de las nuevas Constituciones Generales y las deliberaciones
capitulares, para llamar la atención de la OFS “sobre la tarea a la que ha sido llamada a desempeñar en
la Iglesia y en el mundo”. “Es cierto – escribía el Card. Hamer – que la Orden Franciscana Seglar,
sobre todo hoy, después de la fusión de sus cuatro ramas, que hacen referencia a las respectivas
Familias de los Franciscanos (Menores, Conventuales, Capuchinos y Terciarios Regulares), en un
único gran organismo de dimensiones mundiales, representa una milicia que puede estar a la
vanguardia en la Iglesia y en el mundo para la construcción de una sociedad más humana y más
cristiana.”3
“Su fuerza numérica, su difusión en todos los continentes, la atracción del carisma franciscano
son elementos para conferir a la Orden Franciscana Seglar una determinante incidencia en la
colaboración en proyectos que confieren a la OFS una gran importancia a escala mundial, que se
construye sobre la paz y la justicia, con matices diferentes, pero en todas las latitudes. Para llegar a
ésto es indispensable que todos los inscritos en la Orden Franciscano Seglar tomen conciencia de su
vocación y misión en la Iglesia y en el mundo.”4
Refiriéndose a la Regla de Pablo VI, el Card. Hamer seguía: “Basta que cada uno de los Terciarios
la medite y aplique la sustancia, según la interpretación sugerida una y otra vez por las Constituciones
aprobadas, para estar seguros de la autenticidad y validez , en clave moderna, de su respuesta a la
propia vocación y misión de laicos franciscanos comprometidos. Además, me permito decir que el
laico franciscano es esencialmente un llamada a seguir a Cristo sobre las huellas de S. Francisco,
modelando toda su vida sobre el Evangelio; es un apóstol del Evangelio, un individuo que hace suyas
las ansiedades y las preocupaciones de toda la humanidad, especialmente de los más desheredados y
sufrientes, colaborando, en perfecta docilidad con la Iglesia Romana, a la misión de la salvación de las
almas. El laico franciscano hace de la oración y de la vida sacramental el alma de su ser y de su acción;
vive en el mundo aquella libertad de espíritu que le permite predicar, con el ejemplo y con la palabra,
3
HAMER. J. Cardenal, Carta de la Congregación para los Institutos de Vida Consagrada y las Sociedades de Vida Apostólica (Roma, 12 septiembre
1990), en Actas del VI Capítulo General del Consejo Internacional de la OFS (Roma 1996).
4
Ibidem.
4. las bienaventuranzas evangélicas. Además, el laico franciscano se siente comprometido en la
construcción de una convivencia más fraterna; tiene que ser un verdadero promotor de la justicia y de
la paz; un portador de felicidad y de esperanza. Las fraternidades, entonces, no tienen que reducirse a
ser simples asociaciones de piedad, sino que deberán elevarse a un nivel de verdaderas escuelas de
formación evangélica y franciscana, para crear almas apasionadas, como Francisco de Asís, por Cristo
y por la Iglesia”5
.
Divulgación y la primera aplicación
Recibidas las Constituciones generales, el Capítulo general de Fátima, en sus conclusiones,
comprometía a la Presidencia electa:
- a ofrecer a los Consejos Nacionales algunas orientaciones para una mejor comprensión de las
novedades introducidas desde las mismas Constituciones.
- a preparar una guía sobre los puntos esenciales que se han de introducir en los Estatutos nacionales
para que estén de acuerdo con las Constituciones.
El Capítulo, además, se pronunciaba sobre el tema de la unidad de la OFS: “Aún respetando la
configuración de las cuatro Órdenes religiosas que están a cargo de la Asistencia Pastoral y Espiritual
de la OFS, la Presidencia estimulará y promoverá la superación de las correspondientes divisiones que
en el pasado habían caracterizado a la Orden Seglar. La Presidencia pondrá la máxima atención para
desarrollar la unidad dentro de ella y entre el CIOFS y los niveles nacionales y regionales, estimulando
a todas las Fraternidades nacionales a realizar la unidad delineada en la Regla y en las Constituciones
Generales.
Reconociendo el pluralismo de expresiones del único carisma franciscano, la Presidencia desea
promover la Orden Seglar como instrumento y agente de comunión en la Familia franciscana, también
mediante la cooperación de los Asistentes espirituales en “Conferencias de los Asistentes” a nivel
general, nacional y regional”6
.
La edición típica de las Constituciones Generales, en lengua italiana, fue impresa con la
colaboración técnica y económica de la OFS de Italia. Traía una presentación del Ministro general de
la OFS, donde se especificaban las líneas maestras del nuevo texto legislativo: la secularidad, la unidad
y la autonomía de la OFS. Damos un pequeño resumen para consultar cómodamente.
“La secularidad, que caracteriza todo el texto de las Constituciones no es una lectura reelaborada
en clave “moderna” de la espiritualidad de los laicos franciscanos. Todo lo contrario. Es conciencia
del pasado, regreso a los orígenes y valoración de las más puras tradiciones; basta con reflexionar
sobre la relevancia que ha tenido la Orden de la Penitencia en sus primeros siglos, al punto de
permeabilizar por sí misma la totalidad de la realidad eclesial y la compleja estructura de la sociedad
civil. En un mundo alienado y desorientado, a los franciscanos seglares se les ofrece hoy el espacio
para renovar la gran aventura de descubrir y proponer un estilo de vida que tiene sus raíces en la
paternidad de Dios, en la fraternidad con todos los hombres, en la armonía con la naturaleza.
También la unidad de la Orden Franciscana Seglar es característica presente desde sus orígenes y
nunca puesta en discusión sobre el plano teórico. Sobre el plano práctico y organizativo, en cambio, la
evolución histórica sucesiva había llevado a distinguir entre las distintas ramas de referencia a las
respectivas Familias de Religiosos franciscanos, que prestan a los seglares la Asistencia Espiritual. Las
nuevas Constituciones reafirman, sin dilaciones, la unidad de las prescripciones, de las estructuras, de
las líneas formativas y operativas.
5
Ibidem
6
ATTI del VI Capitolo generale del consiglio internazionale, P.98.
5. En fin, la autonomía. En las Constituciones están exactamente delimitadas las funciones del
gobierno de las Fraternidades a todos los niveles, reservadas en exclusiva a los responsables seglares,
de las funciones de asistencia y animación espiritual, confiadas a los Religiosos de la Primera Orden y
de la TOR. En esta distinción permanece firme y segura la pertenencia a la única Familia franciscana,
la ‘recíproca comunión vital’ que expresa la comunión de los bienes espirituales, la unidad de
propósitos, la ayuda mutua para presentar vivo en nuestros días - en la vida de cada uno y en la misión
de la Iglesia – a Francisco y su ideal de paz y de bien para los hombres”.
Contemporáneamente, se cuidaba por parte de la Presidencia la traducción de las Constituciones en
las lenguas oficiales del CIOFS, que en aquella época eran cinco, además del italiano, o sea: francés,
inglés, español, portugués, y alemán. Las traducciones, una vez aprobadas por la Conferencia de los
Ministros generales de la Primera Orden y de la TOR, fueron enviadas a las Fraternidades nacionales
de las respectivas áreas lingüísticas.
Mientras se procedía a este trabajo, largo y complejo debido a las particulares “sensibilidades”
lingüísticas y culturales, la Presidencia puso mano a otra tarea que le había encargado el Capítulo de
Fátima: la de proveer a los Consejos nacionales de un instrumento que los ayudara a poner al día el
propio Estatuto (si existía) o a redactarlo ex novo (si todavía no se habían dado una normativa interna).
Se consideró urgente enviar “Líneas –guía”, con la finalidad de llenar los espacios que las
Constituciones generales habían dejado a la discreción y opciones de las Fraternidades nacionales,
proveyendo a las mismas con una circular del mes de mayo de 1992.
El período de experimentación de las Constituciones generales, inicialmente previsto para un
sexenio, se vio muy pronto insuficiente: la traducción de un texto de 103 artículos llevó un largo y
laborioso trabajo, puesto que no eran suficientes las traducciones oficiales del CIOFS, pues de éstas
era necesario pasar a las lenguas nativas de cada una de las Fraternidades nacionales. Se adoptaron
varias simplificaciones en el proceso que llevó a sucesivas aprobaciones y, no obstante esto, pasaron
varios años antes de que cada Fraternidad tuviera en sus manos las normativas a aplicar. Además, por
definición, tal normativa tenía que ser “experimentada” en las diferentes culturas, antes de poder
verificar si era válido, e individualizar las posibles correcciones para introducirlas, antes de la
aprobación definitiva. También el Estatuto del CIOFS tenía que adecuarse a las disposiciones
contenidas en las Constituciones generales.
. La aprobación definitiva
En el VII Capitulo general (Ciudad de México, 9 – 17 de octubre del 1993), fue aprobado el
nuevo Estatuto de la Fraternidad internacional de la OFS (FIOFS) y se autorizó a la Presidencia para
pedir a la Santa Sede una prórroga de tres años del período experimental de las Constituciones
generales7, que caducarían en octubre 1999. La petición estuvo apoyada por la Conferencia de los
Ministros generales y prontamente recibida por la Congregación IVCSVA.
Mientras, la Fraternidad internacional, disponiendo ya de instrumentos normativos puestos al
día, estaba cada vez más comprometida en la obra de modernización y robustecimiento de la
formación en la base, en la intensificación de la comunicación, en la reorganización de las estructuras,
de retoma de los contactos y revitalización de las Fraternidades de los países del este europeo que
vivieron durante mucho tiempo en las catacumbas… Había un gran trabajo que hacer cuando los
Ministros Generales de la Primera Orden y de la TOR escribieron: “conocemos la realidad poco
animosa de muchas fraternidades de la OFS, envejecidas, carentes de vitalidad… preferimos en
cambio, admirar la nueva vitalidad, de que es claro signo todo el trabajo que han hecho para actualizar
los textos legislativos y litúrgicos, la estructura organizativa y la formación de la OFS y de la Juventud
Franciscana8.
7
Atti del VII Capitolo generale, Mozione n. 1, p 154.
8
Vocazione e missione dei fedelo laici francescani nella chiesa en el momndo - Roma, 18 agosto 1989, p.12
6. Esta “nueva vitalidad” requiere un cambio de mentalidad sea por parte de los seglares franciscanos,
como por parte de sus Asistentes Espirituales. No por casualidad, los Ministros generales en su carta
habían recomendado a los hermanos: “El reconocimiento de la responsabilidad que les compete a los
seglares no debe trasformarse en una actitud pasiva de “dejar hacer” más bien tiene que ser una actitud
activa; promover y colaborar para que ellos realicen su vocación y su propia misión”9.
También para la revisión de las Constituciones generales se tomó una amplia consulta, análoga
a la seguida en las precedentes ocasiones. Los primeros resultados fueron aportados para la valoración
del máximo órgano de gobierno de la OFS.
El VIII Capitulo general y el III electivo (Roma, 7 – 14 julio del 1996) dio orden a la
Presidencia para la constitución, a propósito, de una Comisión para el examen del material ya
recogido y para la redacción de las propuestas a modificar. La misma Presidencia tenía que
examinarlas, evaluarlas y sucesivamente enviarlas a los Consejos nacionales y a los Consejeros
internacionales, de cara al siguiente Capítulo general.
La Comisión, compuesta por un brasileño, un francés y una norteamericana, bajo la presidencia
de un español (prof. Cortes), hizo un trabajo muy bueno, poniendo a la Presidencia en las mejores
situaciones para presentar un texto definitivo de Constituciones Generales en Octubre 1999.
El IX Capítulo general (Madrid, 23 – 31 de octubre del 1999), discutió apasionadamente el
texto, que presentaba tanto las correcciones, cuya utilidad surgió de la experimentación, como la
desiderata de algunas Fraternidades nacionales, que estuvieron desatendidas en las votaciones del
1988.
El Capítulo se tuvo que ocupar también de la difícil situación que se puso de manifiesto en
Italia, donde un componente de la OFS, se oponía al proceso de unificación llevado adelante por la
Presidencia CIOFS, contestando la Colegialidad de la Asistencia Espiritual y la unidad de la estructura
del Orden Seglar. Debemos mencionar todo esto porque su itinerario, se cruzaba estrechamente con el
de la aprobación definitiva de las Constituciones Generales. El componente en desacuerdo, de hecho,
busco, con todas las maneras y por todos los medios, poner obstáculos a su aprobación mediante
confrontaciones de los Ministros generales y la Congregación IVCSVA, preguntas al Consejo
Pontificio sobre la interpretación de los textos legislativos y, por último, recurriendo al supremo
tribunal supremo de la Prelatura Apostólica
Ningunas de las iniciativas llego al final y las Constituciones generales fueron aprobadas y
confirmadas por la Congregación IVCSVA con Decreto del 8 de diciembre del 2000 y promulgadas
mediante una circular de la Presidencia CIOFS del 6 de febrero del 2001. Al completar el proceso de
poner al día las normativas, el X Capítulo general de la OFS y el IV electivo (Roma, 15 – 23
noviembre del 2002) renovó el Estatuto de la Fraternidad Internacional, adaptándolo a las correcciones
introducidas con las Constituciones generales del 2002.
Conocido esto en el 10º aniversario de nuestras constituciones, dispongámonos a abrir
nuestro espíritu a un estudio personal y en fraternidad de nuestras constituciones para que tanto
esfuerzo produzca sus frutos y no sólo nos contentemos con reconocerlo. La admonición 6ª que inició
este escrito caería sobre nosotros con todo su rigor.
Fray Antolín Mayo
9
Ibidem, p. 37