MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
Institutos profesionales en chile
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4. Los Institutos Profesionales Son instituciones de educación superior que tienen como función atender adecuadamente los intereses y necesidades del país, mediante la formación de profesionales con los conocimientos necesarios para el ejercicio de sus respectivas actividades.
5. Artículo segundo: Corresponde a estos organismos otorgar toda clase de títulos profesionales. Podrán, además, otorgar títulos técnicos dentro del área o ámbito de las profesiones respecto de las cuales otorguen títulos profesionales.
6. Articulo Cuarto Los Institutos Profesionales podrán admitir alumnos provenientes de cualquier lugar del país. Dichos alumnos deberán ser egresados de la Enseñanza Media o tener estudios equivalentes.
7. Para crear un IP Cualquiera persona natural o jurídica podrá crear Institutos Profesionales de conformidad con las normas de esta ley. Los Institutos Profesionales podrán funcionar como tales después de obtenida la correspondiente autorización del Ministerio de Educación.
8. Dictado por el Ministerio de Educación el decreto que autorice el funcionamiento de un IP, sus organizadores, dentro del plazo de 30 días contados desde la fecha del respectivo decreto, deberán someter a una entidad examinadora los programas de estudios conducentes a obtener los títulos profesionales que se pretende Otorgar.
27. Desventajas 1- No tienen acceso a Crédito fondo solidario, por lo tanto el pago de intereses posteriormente será mayor al poseer solo el crédito con aval del estado 2- Implementan carreras sin campo laboral. Ej.: perito criminalistico . 3- Diferencias en ingresos respecto a los egresados de una universidad.