1. Integrant
Grup # 4
es: o
Daniela Gonzales Ponce.
Joselyn Figueroa Álvarez.
Anthony Ceballos Ponce
Carlos Marcillo Sánchez.
Baque Pinargote Ronald.
2. Los derechos humanos son derechos inherentes a todos
los seres humanos, sin distinción alguna de
nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o
étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición.
Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin
discriminación alguna. Estos derechos son
interrelacionados, interdependientes e indivisibles.
3. Los derechos humanos universales están a
menudo contemplados en la ley y garantizados por
ella, a través de los tratados, el derecho
internacional consuetudinario, los principios
generales y otras fuentes del derecho internacional.
El derecho internacional de los derechos humanos
establece las obligaciones que tienen los gobiernos
de tomar medidas en determinadas situaciones, o
de abstenerse de actuar de determinada forma en
otras, a fin de promover y proteger los derechos
humanos y las libertades fundamentales de los
individuos o grupos.
5. Desde hace algunos años, han ocurrido
acontecimientos, muchos de ellos, violentos,
donde se han visto vulnerables los derechos
humanos.
No obstante, no ha habido contundentes
acciones que tengan como fin, la protección
de los mismos, ante la amenaza inminente de
violación, por parte de los entes competentes.
La violación flagrante y abierta de los
derechos humanos, se ha convertido en
nuestros días, en una costumbre humana y
eso es malo.
6. Derecho a Derecho a una
Derecho a
la salud vida digna
la vida.
Derecho a la Derecho a
libertad y a la
Derechos que se
seguridad
vulnerados. respete su
personales. vida.
Derecho a tomar
Derecho a la libertad
sus propias
de expresión
decisiones.
13. Derecho a la Libertad y a
la seguridad personal:
14. Los niños y niñas han de recibir el
amor y la comprensión de sus
padres y crecer bajo su
responsabilidad.
Los niños y las niñas deben
estar protegidos contra
cualquier forma de explotación
y abandono que perjudique su
salud y educación.
15.
16. Dales Amor, No los atemorices.
Derecho a conocer a los
progenitores y mantener
relaciones afectivas con
ellos.
17. La mujer tiene derecho, en
condiciones de igualdad, al goce
y a la protección de todos los
derechos humanos y libertades
fundamentales reconocidos por
los instrumentos regionales e
internacionales de derechos
humanos.
18. Asimismo, las mujeres tienen derecho a vivir en un sistema
social en el que no existan relaciones de poder basadas en
el género, a una vida libre de violencia -en el ámbito público
y privado-, a vivir sin discriminación alguna, a ser valoradas
y educadas sin estereotipos de conductas y prácticas
sociales y culturales basadas en conceptos de inferioridad y
subordinación entre los sexos, a contribuir en el desarrollo y
el bienestar de la sociedad y a participar en igualdad de
condiciones que el hombre en las esferas
política, económica, social, cultural o de cualquier otra
índole.