Trabajo realizado en relación a la seguridad, defensa y desarrollo integral de la nación, en el marco de la asignatura DIN de la Universidad Nacional Experimental de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (UNEFA)
En este documento se habla deseguridad ciudadana, la correponsabilidad del Estado y la Ciudadania, la Seguridad de la nacion cual es su mision y vision, y los Organos de Seguridad Ciudadana.
Trabajo realizado en relación a la seguridad, defensa y desarrollo integral de la nación, en el marco de la asignatura DIN de la Universidad Nacional Experimental de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (UNEFA)
En este documento se habla deseguridad ciudadana, la correponsabilidad del Estado y la Ciudadania, la Seguridad de la nacion cual es su mision y vision, y los Organos de Seguridad Ciudadana.
El Estado de derecho es la característica principal de nuestro sistema jurídico; un Estado no puede existir sin normas. El Estado es una forma de organización integrada por territorio, población y gobierno; no obstante se necesita de una regulación dogmática y orgánica para controlar tanto al poder como a la sociedad.
Un Estado de derecho asume la responsabilidad de controlar el poder por medio de leyes con el objetivo de respetar los derechos y las libertades fundamentales. Asimismo, implica ciertas características: 1) principio de legalidad, 2) primacía de la ley, 3) control constitucional, 4) división del poder, 5) control del poder y fiscalización del mismo y 6) protección plena a los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, y a las nuevas generaciones de derechos.
El Estado de derecho es la característica principal de nuestro sistema jurídico; un Estado no puede existir sin normas. El Estado es una forma de organización integrada por territorio, población y gobierno; no obstante se necesita de una regulación dogmática y orgánica para controlar tanto al poder como a la sociedad.
Un Estado de derecho asume la responsabilidad de controlar el poder por medio de leyes con el objetivo de respetar los derechos y las libertades fundamentales. Asimismo, implica ciertas características: 1) principio de legalidad, 2) primacía de la ley, 3) control constitucional, 4) división del poder, 5) control del poder y fiscalización del mismo y 6) protección plena a los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, y a las nuevas generaciones de derechos.
Ley organica de seguridad de la nacion_IAFJSRMauri Rojas
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
La mycoplasmosis aviar es una enfermedad contagiosa de las aves causada por bacterias del género Mycoplasma. Esencialmente, afecta a aves como pollos, pavos y otras aves de corral, causando importantes pérdidas económicas en la industria avícola debido a la disminución en la producción de huevos y carne, así como a la mortalidad.
2. LA SEGURIDAD COMO OBJETO DE ESTUDIO
Comisionado Agregado (PBA) Dr. Jesús David López
Maracay, Febrero de 2018
3. • Etimología de la palabra Seguridad.
• Ontología de la Seguridad.
• Filología de la Seguridad.
• Evolución del Pensamiento acerca de la Seguridad.
• Epistemología de la Seguridad.
• Hermenéutica de la Seguridad.
• Campos de la Seguridad establecidos en la Constitución
de la República Bolivariana de Venezuela.
• Concepción de la Seguridad.
4. Etimología de la palabra
EGURIDAD
Viene del latín Securitas de Securus
Se - curus - tas
PREFIJO - SUSTANTIVO - SUFIJO
Sin - Cuidado - Cualidad
7. Evolución del Pensamiento acerca de la
EGURIDAD
Pensamiento Clásico:
Griego, Romano y Chino.
Pensamiento Medieval:
Religión.
Pensamiento de la Modernidad
a la Post Modernidad:
Guerras entre Estados,
Guerras Mundiales, Guerra Fría,
Lucha contra el Terrorismo.
Enfoque del Filósofo,
Autor o Investigador
Referencias de otros
Elementos Prácticos
Elementos Teóricos
Conceptualizaciones
Amenazas del Momento
(Elemento Evolutivo)
8. EGURIDAD
Epistemología de la
Waewer (1989) “se puede llamar seguridad a lo que
llamamos, en la teoría del lenguaje, un acto de
discurso. El acto es la propia pronunciación”.
Wolfers (1962) “en un sentido objetivo, la seguridad
mide la ausencia de amenazas que pesan sobre los
valores adquiridos; en un sentido subjetivo, designa
la ausencia de temor de que esos valores sean
atacados”.
9. Ullman (1983) “la seguridad es amenazada cuando,
por una parte, una sucesión de acontecimientos
hacen temer, en un corto lapso, una disminución
drástica de la calidad de vida para la población de
un Estado, y por otra, la reducción de manera
significativa de las opciones posibles y el margen de
maniobra del gobierno”.
10. Buzan (1991) “en el caso de la seguridad, la discusión consiste
en sustraerse a la amenaza. En el contexto del sistema
internacional, la seguridad designa la capacidad de los Estados y
de las sociedades para preservar la autonomía de su identidad y
su integridad funcional”.
Buzan, Waever y De Wilde (1999) “para que un problema se
convierta en un tema de seguridad, es necesaria la designación
de una amenaza existencial que exija una acción urgente o
medidas especiales y la aceptación de esta designación por un
auditorio significativo”.
12. SIGLO
XX-XXI
PREÁMBULO
Ejercicio de sus poderes creadores e invocando la protección de Dios, el
ejemplo histórico de nuestro Libertador Simón Bolívar y el heroísmo y
sacrificio de nuestros antepasados aborígenes y de los precursores y
forjadores de una patria libre y soberana
Aseguramiento del derecho a la vida, al trabajo, a la cultura, a la
educación, a la justicia social y a la igualdad sin discriminación ni
subordinación alguna
Promoción de la cooperación pacífica entre las naciones e impulse y
consolide la integración latinoamericana de acuerdo con el principio de
no intervención y autodeterminación de los pueblos, la garantía universal e
indivisible de los derechos humanos, la democratización de la sociedad
internacional, el desarme nuclear, el equilibrio ecológico y los bienes
jurídicos ambientales como patrimonio común e irrenunciable de la
humanidad
Consolidación de los valores de la libertad, la independencia, la paz, la
solidaridad, el bien común, la integridad territorial, la convivencia y el
imperio de la ley para esta y las futuras generaciones
Protección - Referentes - Valores - Aseguramiento - Derecho - Cooperación Integración - Principio
Garantía - Derechos Humanos - Desarme - Equilibrio - Bienes - Patrimonio - Irrenunciable
13. TÍTULO I
PRINCIPIOS FUNDAMENTALES
Artículo 3. El Estado tiene como fines esenciales la defensa y el desarrollo
de la persona y el respeto a su dignidad, el ejercicio democrático de la
voluntad popular, la construcción de una sociedad justa y amante de la
paz, la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo y la garantía del
cumplimiento de los principios, derechos y deberes reconocidos y
consagrados en esta Constitución.
Defensa - Desarrollo - Respeto - Dignidad - Construcción
Justicia - Paz - Garantía - Principios - Derechos - Deberes
14. TÍTULO III
DE LOS DERECHOS HUMANOS Y GARANTÍAS,
Y DE LOS DEBERES
Capítulo III
De los Derechos Civiles
Artículo 55. Toda persona tiene derecho a la protección por parte del Estado a través de
los órganos de seguridad ciudadana regulados por ley, frente a situaciones que
constituyan amenaza, vulnerabilidad o riesgo para la integridad física de las personas,
sus propiedades, el disfrute de sus derechos y el cumplimiento de sus deberes.
La participación de los ciudadanos y ciudadanas en los programas destinados a la
prevención, seguridad ciudadana y administración de emergencias será regulada por
una ley especial.
Los cuerpos de seguridad del Estado respetarán la dignidad y los derechos humanos
de todas las personas. El uso de armas o sustancias tóxicas por parte del funcionario
policial y de seguridad estará limitado por principios de necesidad, conveniencia,
oportunidad y proporcionalidad, conforme a la ley.
Protección como Derecho - Deber del Estado - Órganos de Seguridad Ciudadana - Amenaza
Vulnerabilidad - Riesgo - Integridad Física - Integridad de Propiedades - Disfrute de Derechos
Cumplimiento de Deberes - Programas de Prevención, Seguridad Ciudadana y Administración de
Desastres - Respeto - Funcionario Policial/Seguridad - Tecnologías Democráticas - Principios de Empleo
15. TÍTULO VII
DE LA SEGURIDAD DE LA NACIÓN
Capítulo I
Disposiciones Generales
Artículo 322. La seguridad de la Nación es competencia esencial y
responsabilidad del Estado, fundamentada en el desarrollo integral de
ésta y su defensa es responsabilidad de los venezolanos y venezolanas;
también de las personas naturales y jurídicas, tanto de derecho público como
de derecho privado, que se encuentren en el espacio geográfico nacional.
Seguridad de la Nación - Competencia - Responsabilidad
Desarrollo Integral - Defensa - Responsabilidad
16. Capítulo II
De los Principios de Seguridad de la Nación
Artículo 326. La seguridad de la Nación se fundamenta en la
corresponsabilidad entre el Estado y la sociedad civil para dar
cumplimiento a los principios de independencia, democracia, igualdad, paz,
libertad, justicia, solidaridad, promoción y conservación ambiental y
afirmación de los derechos humanos, así como en la satisfacción progresiva
de las necesidades individuales y colectivas de los venezolanos y
venezolanas, sobre las bases de un desarrollo sustentable y productivo
de plena cobertura para la comunidad nacional. El principio de la
corresponsabilidad se ejerce sobre los ámbitos económico, social, político,
cultural, geográfico, ambiental y militar.
Seguridad de la Nación - Corresponsabilidad - Estado - Sociedad Civil
Principios - Satisfacción - Necesidades Individuales - Necesidades Colectivas
Desarrollo Sustentable - Desarrollo Productivo - Ámbitos Estratégicos del Poder Nacional
17. Capítulo III
De la Fuerza Armada Nacional
Artículo 328. La Fuerza Armada Nacional constituye una institución
esencialmente profesional, sin militancia política, organizada por el Estado para
garantizar la independencia y soberanía de la Nación y asegurar la integridad
del espacio geográfico, mediante la defensa militar, la cooperación en el
mantenimiento del orden interno y la participación activa en el desarrollo
nacional, de acuerdo con esta Constitución y con la ley.
Independencia - Soberanía - Nación - Asegurar - Integridad - Defensa Militar
Cooperación - Orden Interno - Participación - Desarrollo Nacional
18. Capítulo IV
De los Órganos de Seguridad Ciudadana
Artículo 332. El Ejecutivo Nacional, para mantener y restablecer el orden público,
proteger a los ciudadanos y ciudadanas, hogares y familias, apoyar las decisiones de
las autoridades competentes y asegurar el pacífico disfrute de las garantías y derechos
constitucionales, de conformidad con la ley, organizará:
1. Un cuerpo uniformado de policía nacional.
2. Un cuerpo de investigaciones científicas, penales y criminalísticas.
3. Un cuerpo de bomberos y bomberas y administración de emergencias de carácter
civil.
4. Una organización de protección civil y administración de desastres.
Los órganos de seguridad ciudadana son de carácter civil y respetarán la dignidad y
los derechos humanos, sin discriminación alguna.
La función de los órganos de seguridad ciudadana constituye una competencia
concurrente con los Estados y Municipios en los términos establecidos en esta
Constitución y en la ley.
Mantenimiento - Restablecimiento - Orden Público - Protección - Apoyo Decisorio
Aseguramiento - Garantía - Derechos Constitucionales - Cuerpo - Policía Investigación
Penal - Bombero - Administración de Emergencias - Organización Protección Civil
Administración de Desastres - Órganos de Seguridad Ciudadana Carácter Civil - Dignidad
Derechos Humanos - Dignidad - Competencia Concurrente
19. Protección - Referentes - Valores - Aseguramiento - Derecho - Cooperación Integración - Principio
Garantía – Derechos Humanos - Desarme - Equilibrio - Bienes – Patrimonio - Irrenunciable
Defensa - Desarrollo - Respeto – Dignidad - Construcción
Justicia - Paz - Garantía - Principios - Derechos - Deberes
Protección como Derecho - Deber del Estado - Órganos de Seguridad Ciudadana - Amenaza Vulnerabilidad -
Riesgo - Integridad Física - Integridad de Propiedades - Disfrute de Derechos Cumplimiento de Deberes -
Programas de Prevención, Seguridad Ciudadana y Administración de Desastres - Respeto - Funcionario
Policial/Seguridad - Tecnologías Democráticas - Principios de Empleo
Seguridad de la Nación - Competencia - Responsabilidad
Desarrollo Integral - Defensa - Responsabilidad
Seguridad de la Nación - Corresponsabilidad - Estado - Sociedad Civil
Principios - Satisfacción - Necesidades Individuales - Necesidades Colectivas
Desarrollo Sustentable - Desarrollo Productivo - Ámbitos Estratégicos del Poder Nacional
Independencia - Soberanía - Nación - Asegurar - Integridad - Defensa Militar
Cooperación - Orden Interno - Participación - Desarrollo Nacional
Mantenimiento - Restablecimiento - Orden Público - Protección - Apoyo Decisorio
Aseguramiento - Garantía - Derechos Constitucionales - Cuerpo - Policía Investigación
Penal - Bombero - Administración de Emergencias - Organización Protección Civil
Administración de Desastres - Órganos de Seguridad Ciudadana Carácter Civil - Dignidad
Derechos Humanos – Dignidad – Competencia Concurrente
20. Seguridad de la Nación
Seguridad Ciudadana Seguridad del Estado
Seguridad Social
Seguridad Interior Seguridad Exterior
Seguridad Colectiva
Seguridad AlimentariaSeguridad Jurídica
21. HACIA EL PENSAMIENTO ESTRATÉGICO TRANSCOMPLEJO DE
LA SEGURIDAD, LA SEGURIDAD CIUDADANA Y DE LA NACIÓN
COMPLEJO
DISCIPLINARIO
TRANSCOMPLEJO
TRANSDISCIPLINARIO
22.
23. Seguridad de la Nación
Artículo 2. La seguridad de la Nación está fundamentada en el desarrollo
integral, y es la condición, estado o situación que garantiza el goce y ejercicio de
los derechos y garantías en los ámbitos económico, social, político, cultural,
geográfico, ambiental y militar de los principios y valores constitucionales por la
población, las instituciones y cada una de las personas que conforman el Estado
y la sociedad, con proyección generacional, dentro de un sistema democrático,
participativo y protagónico, libre de amenazas a su sobrevivencia, su soberanía
y a la integridad de su territorio y demás espacios geográficos.
Seguridad Ciudadana
Artículo 1. Es el estado de sosiego, certidumbre y confianza que debe
proporcionarse a la población, residente o de tránsito, mediante acciones
dirigidas a proteger su integridad física y propiedades.
24.
25.
26.
27.
28. López, J. D. (2018, Febrero). La Seguridad como Objeto de Estudio. Ponencia
presentada en el marco de la asignatura Estudios Personalizados. Universidad
Militar Bolivariana. Instituto de Altos Estudios de Seguridad de la Nación.
Maracay.
Modelos Teóricos de Seguridad y Defensa. Lares (2010) refiere que, “los
factores sociológicos, psicológicos, ambientales, militares, económicos, políticos,
internacionales y otros tienen participación e influencia en la categorización y
desarrollo de la seguridad y defensa”, según el diseño de los modelos de las
amenazas potenciales o manifiestas que se ciernen sobre estas categorías, de
acuerdo a su comprensión en conformidad con una mirada al pasado, el presente
y un futuro presumible de la amenaza.
Lares, A. (2010, Noviembre). Modelos Teóricos en el marco de la seguridad y
defensa integral. Ponencia presentada en el marco de la asignatura Seguridad
de la Nación en el Siglo XXI. Caracas: Universidad Nacional Experimental
Politécnica de la Fuerza Armada Nacional.
29. “Más inteligencia y menos
fuerza”
Comandante Supremo y Eterno de la Revolución Bolivariana
Hugo Rafael Chávez Frías
Conferencia con los aspirantes a conformar la Policía Nacional
Caracas, 28 de noviembre de 2009