LECCIÓN 2 Suspensión Temporal de actividadesBase Legal Resolución de Superintendencia N° 210-2004/SUNAT y norma modificatoria. INTRODUCCIÓNLas empresas comúnmente   realizan normalmente  sus actividades económicas ,pero hay empresas que por  diversas razones suspenden sus actividades por motivos como por ejemplo  rentabilidad , demasiada demanda del giro de negocio , o falta de recurso ,activos o otros factores para seguir con las actividades económicas . La cual se siente obligados  a suspender las actividades y dedicarse a otros negocios .
DESCRIPCIÓN DE TRÁMITE El Tramite de suspensión viene a constituir  de aprobación automática  que se comunica a la administración tributaria   la cese temporal de actividades de una empresa respecto al giro de negocio y tendrá como efectos modificar los datos en la ficha RUC  del contribuyente .En ese sentido el contribuyente tendrá que tener el conocimiento de la TUPA de la SUNAT, Reglamento de Registro único de contribuyentes y cumplir ciertos requisitos .
1.LIMITE 12 meses consecutivos Se dice  suspensión temporal de actividades transcurrido el  plazo  temporal de actividades durante 12 meses consecutivos en el cual el contribuyente no ha realizado ninguna operación, entendiéndose la adquisicion de bienes y/o servicios o la realización de una venta o cualquier otra operación  .Para entender este concepto se quiere decir que no podrá exceder los 12 meses para que se entienda como suspensión  temporal de una actividad.
2.-Cantidad de veces que se puede realizar la suspensión de activadesEl contribuyente podrá realizar la suspensión de actividades hasta un máximo de  2 veces durante  un mismo ejercicio gravable cuando hubieran reiniciado actividades dentro del citado ejercicio. 3.-Plazo para comunicar  el hechoEl  plazo para comunicar  la suspensión temporal  es de 5  días  hábiles contados a partir  de la fecha de producido el hecho .
Por otro lado en el reinicio de las actividades  se entiende que se va a comenzar nuevamente con las actividades .3.-LUGARES DE TRÁMITES Para realizar la suspensión temporal se puede realizar de 2 formas Por un lado  mediante SUNAT  Operaciones en línea ingresando con la clave sol y ubicándose en la pestaña ruc /Ficha ruc / y luego en suspensión reinicio.
Por otro lado en los centros de servicios del contribuyente para ello se deberá  presentar los siguientes :Exhibir el original y presentar fotocopiaDocumento de identidad del titular o de su representante legal acreditado en el RUC. Para el caso de suspensión temporal de actividades: el último comprobante de pago, guías de remisión, notas de crédito y/o débito emitido; o el último comprobante de pago recibido por sus adquisiciones de bienes y/o servicios. Para el caso de reinicio de actividades: No se requerirá presentar requisitos adicionales.
4.- Trámite realizado por un terceroSi el  trámite se realiza por un  tercero se deberá acreditar  mediante un carta  poder realizado por un notario o en su defecto a falta de este un juez de paz no letrado .5.-Si no se comunica durante 12 meses el reinicio de actividadesTranscurrido el plazo de 12 meses, sin haber comunicado el reinicio de sus actividades, el número de RUC podrá ser dado de baja de oficio por la SUNAT.
CASO PRÁCTICOComo ya mencionamos anteriormente se puede realizar el tramite de 2 maneras:LA primera opción realizando en  SUNAT operaciones en línea ,solamente ingresando con la clave sol proporcionada por la administración tributaria  .
PASO 1 .- después de ingresar con la clave  sol  ingresar a mi  RUC 
PASO 2.- Ingresar a la pestaña ficha RUC
PASO 3.-luego de ingresar a la ficha RUC mostrará un conjunto de opciones para poder modificar.
PASO 4. En esta opción encontrar  dos (2)  opciones  suspensión cuando  la empresa ya no desea seguir sus operaciones o  reinicio cuando va a volver a comenzar sus operaciones habituales la cual el último comprobante emitido o recibido ,cuando se coloca la opción suspensión  temporal de actividades se habilitará los comprobantes de pago que están autorizado para emitir.
Por otro lado la segunda opción acercándose  a las dependencias de SUNAT y Exhibiendo la original  y presentado fotocopia simple el DNI y adjuntando el  el formulario 2127.
Lección 2 suspension temporal de actividades

Lección 2 suspension temporal de actividades

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    LECCIÓN 2 SuspensiónTemporal de actividadesBase Legal Resolución de Superintendencia N° 210-2004/SUNAT y norma modificatoria. INTRODUCCIÓNLas empresas comúnmente realizan normalmente sus actividades económicas ,pero hay empresas que por diversas razones suspenden sus actividades por motivos como por ejemplo rentabilidad , demasiada demanda del giro de negocio , o falta de recurso ,activos o otros factores para seguir con las actividades económicas . La cual se siente obligados a suspender las actividades y dedicarse a otros negocios .
  • 2.
    DESCRIPCIÓN DE TRÁMITEEl Tramite de suspensión viene a constituir de aprobación automática que se comunica a la administración tributaria la cese temporal de actividades de una empresa respecto al giro de negocio y tendrá como efectos modificar los datos en la ficha RUC del contribuyente .En ese sentido el contribuyente tendrá que tener el conocimiento de la TUPA de la SUNAT, Reglamento de Registro único de contribuyentes y cumplir ciertos requisitos .
  • 3.
    1.LIMITE 12 mesesconsecutivos Se dice suspensión temporal de actividades transcurrido el plazo temporal de actividades durante 12 meses consecutivos en el cual el contribuyente no ha realizado ninguna operación, entendiéndose la adquisicion de bienes y/o servicios o la realización de una venta o cualquier otra operación .Para entender este concepto se quiere decir que no podrá exceder los 12 meses para que se entienda como suspensión temporal de una actividad.
  • 4.
    2.-Cantidad de vecesque se puede realizar la suspensión de activadesEl contribuyente podrá realizar la suspensión de actividades hasta un máximo de 2 veces durante un mismo ejercicio gravable cuando hubieran reiniciado actividades dentro del citado ejercicio. 3.-Plazo para comunicar el hechoEl plazo para comunicar la suspensión temporal es de 5 días hábiles contados a partir de la fecha de producido el hecho .
  • 5.
    Por otro ladoen el reinicio de las actividades se entiende que se va a comenzar nuevamente con las actividades .3.-LUGARES DE TRÁMITES Para realizar la suspensión temporal se puede realizar de 2 formas Por un lado mediante SUNAT Operaciones en línea ingresando con la clave sol y ubicándose en la pestaña ruc /Ficha ruc / y luego en suspensión reinicio.
  • 6.
    Por otro ladoen los centros de servicios del contribuyente para ello se deberá presentar los siguientes :Exhibir el original y presentar fotocopiaDocumento de identidad del titular o de su representante legal acreditado en el RUC. Para el caso de suspensión temporal de actividades: el último comprobante de pago, guías de remisión, notas de crédito y/o débito emitido; o el último comprobante de pago recibido por sus adquisiciones de bienes y/o servicios. Para el caso de reinicio de actividades: No se requerirá presentar requisitos adicionales.
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    4.- Trámite realizadopor un terceroSi el trámite se realiza por un tercero se deberá acreditar mediante un carta poder realizado por un notario o en su defecto a falta de este un juez de paz no letrado .5.-Si no se comunica durante 12 meses el reinicio de actividadesTranscurrido el plazo de 12 meses, sin haber comunicado el reinicio de sus actividades, el número de RUC podrá ser dado de baja de oficio por la SUNAT.
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    CASO PRÁCTICOComo yamencionamos anteriormente se puede realizar el tramite de 2 maneras:LA primera opción realizando en SUNAT operaciones en línea ,solamente ingresando con la clave sol proporcionada por la administración tributaria .
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    PASO 1 .-después de ingresar con la clave sol ingresar a mi RUC 
  • 10.
    PASO 2.- Ingresara la pestaña ficha RUC
  • 11.
    PASO 3.-luego deingresar a la ficha RUC mostrará un conjunto de opciones para poder modificar.
  • 12.
    PASO 4. Enesta opción encontrar dos (2) opciones suspensión cuando la empresa ya no desea seguir sus operaciones o reinicio cuando va a volver a comenzar sus operaciones habituales la cual el último comprobante emitido o recibido ,cuando se coloca la opción suspensión temporal de actividades se habilitará los comprobantes de pago que están autorizado para emitir.
  • 13.
    Por otro ladola segunda opción acercándose a las dependencias de SUNAT y Exhibiendo la original y presentado fotocopia simple el DNI y adjuntando el el formulario 2127.