La tutela es una institución que permite representar legalmente a un niño o adolescente cuando no está bajo la patria potestad de sus padres. Existen diferentes tipos de tutela como la otorgada por los padres antes de fallecer, la de parientes, la dativa nombrada por un juez, y la especial para asuntos específicos. El tutor debe alimentar y educar al niño como si fuera su propio hijo, y está sujeto a la supervisión de un juez.
El documento presenta información sobre la tutela desde diferentes perspectivas:
1) Define la tutela y explica su función de protección a menores y personas incapaces según el derecho romano.
2) Resume la postura del jurista argentino Borgio sobre la tutela como una relación legal que permite a una persona hacerse responsable de otra.
3) Expone las características de la tutela de niños, niñas y adolescentes según la ley, incluyendo sus supuestos y apertura.
LA PATRIA POTESTAD, TUTELA Y CURATELA CÍVICA 4TO NOLASCO.docxLUISURBINA55
La potestad de una persona que asume la patria potestad de los hijos, caracteristicas, que es la tutela su importancia y cuales son las funciones de la persona que ejerce la curatela de una persona, que caracterìsticas dbe de poseer, para la mantenciòn de las buenas relaciones dentro de la familia.
El documento describe las instituciones de la tutela y la curatela en el derecho romano antiguo. La tutela protegía a los menores de edad, mujeres, locos y pródigos al administrar sus bienes y representarlos legalmente. Había tutelas legítimas, testamentarias y dativas. La curatela se aplicaba a los locos y pródigos para administrar sus patrimonios. Con el tiempo, la tutela de las mujeres desapareció y la tutela y curatela se equipararon, estableciendo la capacidad plena a los 25 años.
1) La tutela y la interdicción son figuras legales que buscan proteger los derechos de los niños y personas incapaces. 2) La tutela implica que un tutor gestione la persona y bienes de un incapaz, mientras que la interdicción es un proceso legal que declara el nivel de capacidad de una persona. 3) El documento explica los diferentes tipos de tutela y las reglas para los tutores, así como los efectos y extinción de la tutela. También analiza el proceso de interdicción y las categorías de incapaces.
Este documento describe el sistema de tutela en el Derecho Romano. Explica que la tutela protegía a los menores de edad (impúberos) y a las mujeres púberes al no poder administrar sus bienes por sí mismos. Un tutor era designado legalmente para administrar el patrimonio del pupilo o pupila hasta que alcanzaran la mayoría de edad o se casaran. El documento detalla los requisitos, funciones, deberes y tipos de tutela, así como cómo terminaba la tutela una vez que el pupilo o pupila cumpliera los
Este documento describe el sistema de tutela en el Derecho Romano. Explica que la tutela protegía a los menores de edad (impúberos) y a las mujeres púberes al nombrar un tutor que administraba su patrimonio. Describe los diferentes tipos de tutores, sus funciones y deberes, y cómo terminaba la tutela con la mayoría de edad o matrimonio. Finalmente, explica cómo la tutela perpetua de las mujeres fue debilitándose hasta ser abolida.
El documento describe los conceptos y procedimientos legales relacionados con la tutela de menores y personas incapacitadas. Explica que la tutela es la institución de protección para quienes no están bajo la patria potestad y requieren representación legal. Describe los tipos de tutela, incluyendo la tutela de menores, tutela de personas con discapacidad intelectual y tutela de personas condenadas penalmente. Detalla los roles del tutor, pupilo, protutor y juez en el proceso de tutela.
Presentacion instituciones tutelares 19 20Jack de Angus
Este documento describe las diferentes instituciones tutelares establecidas en el Código Civil español, incluyendo la tutela, curatela y defensor judicial. Explica que la tutela se aplica a menores no emancipados, incapacitados y personas en situación de desamparo. También describe formas específicas de tutela como la tutela ordinaria y administrativa, así como medidas de protección como la guarda voluntaria, provisional y con fines de adopción. Finalmente, introduce el concepto de acogimiento familiar.
El documento presenta información sobre la tutela desde diferentes perspectivas:
1) Define la tutela y explica su función de protección a menores y personas incapaces según el derecho romano.
2) Resume la postura del jurista argentino Borgio sobre la tutela como una relación legal que permite a una persona hacerse responsable de otra.
3) Expone las características de la tutela de niños, niñas y adolescentes según la ley, incluyendo sus supuestos y apertura.
LA PATRIA POTESTAD, TUTELA Y CURATELA CÍVICA 4TO NOLASCO.docxLUISURBINA55
La potestad de una persona que asume la patria potestad de los hijos, caracteristicas, que es la tutela su importancia y cuales son las funciones de la persona que ejerce la curatela de una persona, que caracterìsticas dbe de poseer, para la mantenciòn de las buenas relaciones dentro de la familia.
El documento describe las instituciones de la tutela y la curatela en el derecho romano antiguo. La tutela protegía a los menores de edad, mujeres, locos y pródigos al administrar sus bienes y representarlos legalmente. Había tutelas legítimas, testamentarias y dativas. La curatela se aplicaba a los locos y pródigos para administrar sus patrimonios. Con el tiempo, la tutela de las mujeres desapareció y la tutela y curatela se equipararon, estableciendo la capacidad plena a los 25 años.
1) La tutela y la interdicción son figuras legales que buscan proteger los derechos de los niños y personas incapaces. 2) La tutela implica que un tutor gestione la persona y bienes de un incapaz, mientras que la interdicción es un proceso legal que declara el nivel de capacidad de una persona. 3) El documento explica los diferentes tipos de tutela y las reglas para los tutores, así como los efectos y extinción de la tutela. También analiza el proceso de interdicción y las categorías de incapaces.
Este documento describe el sistema de tutela en el Derecho Romano. Explica que la tutela protegía a los menores de edad (impúberos) y a las mujeres púberes al no poder administrar sus bienes por sí mismos. Un tutor era designado legalmente para administrar el patrimonio del pupilo o pupila hasta que alcanzaran la mayoría de edad o se casaran. El documento detalla los requisitos, funciones, deberes y tipos de tutela, así como cómo terminaba la tutela una vez que el pupilo o pupila cumpliera los
Este documento describe el sistema de tutela en el Derecho Romano. Explica que la tutela protegía a los menores de edad (impúberos) y a las mujeres púberes al nombrar un tutor que administraba su patrimonio. Describe los diferentes tipos de tutores, sus funciones y deberes, y cómo terminaba la tutela con la mayoría de edad o matrimonio. Finalmente, explica cómo la tutela perpetua de las mujeres fue debilitándose hasta ser abolida.
El documento describe los conceptos y procedimientos legales relacionados con la tutela de menores y personas incapacitadas. Explica que la tutela es la institución de protección para quienes no están bajo la patria potestad y requieren representación legal. Describe los tipos de tutela, incluyendo la tutela de menores, tutela de personas con discapacidad intelectual y tutela de personas condenadas penalmente. Detalla los roles del tutor, pupilo, protutor y juez en el proceso de tutela.
Presentacion instituciones tutelares 19 20Jack de Angus
Este documento describe las diferentes instituciones tutelares establecidas en el Código Civil español, incluyendo la tutela, curatela y defensor judicial. Explica que la tutela se aplica a menores no emancipados, incapacitados y personas en situación de desamparo. También describe formas específicas de tutela como la tutela ordinaria y administrativa, así como medidas de protección como la guarda voluntaria, provisional y con fines de adopción. Finalmente, introduce el concepto de acogimiento familiar.
Este documento resume las conclusiones de un grupo de estudiantes sobre la institución de la tutela en el derecho civil venezolano. Explica que la tutela provee representación legal y protección a personas que no pueden valerse por sí mismas, como menores de edad y adultos incapacitados. Describe los roles del pupilo, tutor y protutor. También analiza la evolución histórica de la tutela y su regulación legal, así como los procedimientos y circunstancias para establecerla, ejercerla y darla por concluida.
Primer Encuentro: "Los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes.Pptetrcris
Primer encuentro: "Los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes" realizado el 20 de Mayo ante los Equipos Directivos de instituciones educativas de Nivel Inicial, Primario, Secundario y modalidad de Ed. Especial en el marco del Proyecto Educativo Supervisivo Distrital de 2009.
El documento describe las instituciones de amparo familiar en el derecho romano, enfocándose en la tutela. Explica que la tutela protege a menores e incapaces y puede ser testamentaria, legítima o dativa. También describe las formalidades para asumir la tutela como hacer un inventario de bienes del pupilo, así como las incapacidades y excusas para ejercerla.
La tutela es una institución jurídica que protege a menores de edad que no están sujetos a la patria potestad mediante la designación de un tutor que cuide de su persona y bienes. Existen diferentes tipos de tutela como la testamentaria, legitima o dativa, y el tutor tiene obligaciones como la administración adecuada de los bienes del pupilo y rendir cuentas, así como derechos como ser indemnizado por gastos. La tutela finaliza cuando el pupilo alcanza la mayoría de edad o puede ser removido el tutor por incumpl
Este documento presenta extractos del Código Niño, Niña y Adolescente de Bolivia. Resume los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes incluyendo el derecho a la libertad, protección, educación, cultura y esparcimiento. También describe las obligaciones del Estado y otros actores para garantizar la protección integral de este grupo vulnerable.
La tutela en Venezuela protege a personas que no se encuentran bajo la patria potestad de nadie pero que requieren representación legal y protección, como menores, personas con discapacidad intelectual o condenadas penalmente. La tutela es administrada por un tutor designado por un tribunal para cuidar al pupilo y administrar sus bienes. El tutor tiene deberes como representar legalmente al pupilo, determinar su crianza y educación con aprobación judicial, y administrar sus bienes solo con autorización del juez. Para iniciar la tutela, ciertas personas deben informar al
Este documento presenta un resumen del Código de los Derechos del Niño y del Adolescente en Perú. Establece 22 artículos que describen los derechos fundamentales de los niños y adolescentes en el país, incluyendo el derecho a la vida, la educación, la salud, la identidad y la protección contra el abuso y la explotación. También cubre los deberes básicos de los niños hacia sus padres y la sociedad. El código tiene como objetivo garantizar la protección y el desarrollo integral de todos los niños y adolescentes
Las doctrinas de la situación irregular y la protección integral difieren en su enfoque sobre la protección de la infancia. Mientras que la situación irregular contempla sólo a los niños más vulnerables y los aborda mediante respuestas judiciales, la protección integral considera a todos los niños como sujetos de derechos cuya protección requiere políticas universales. Asimismo, la protección integral define al Estado como promotor del bienestar infantil a través de políticas sociales descentralizadas, no como un mero patrono judicial.
BASE LEGAL PARA PROCESOS DE ALIMENTOS.docxjimmyperezdiaz
La Constitución Política del Perú y el Código del Niño y Adolescente establecen que el interés superior del niño debe ser la principal consideración en todas las medidas que los afecten. También reconocen el derecho de los niños a la identidad, alimentación y opinión. El Código Civil y la Convención sobre los Derechos del Niño refuerzan la protección de la identidad del niño y el derecho a un nivel de vida adecuado.
1) El documento habla sobre los procesos previos a la adopción, incluyendo la guarda preadoptiva y el juicio de adopción en dos etapas.
2) También discute la Declaración de los Derechos del Niño, la cual establece que todo niño debe ser criado por sus padres cuando sea posible y en todo caso debe crecer en un ambiente de afecto y seguridad.
3) Finalmente, explica que durante el proceso de medidas tutelares para niños en riesgo, el Estado debe esforzarse por que la
1) El documento describe la evolución histórica y los objetivos de la figura jurídica de la curatela, diseñada para proteger los derechos y bienestar de personas incapacitadas. 2) Explica que el curador es responsable de brindar apoyo y asistencia en decisiones diarias y asuntos legales del curatelado. 3) Señala que la curatela se diferencia de la patria potestad y la tutela, y existen diferentes tipos como la curatela típica y curatela de bienes.
La OEA, señala que es la “condición jurídica de la persona
que no ha alcanzado cierta edad señalada por la ley para su
plena capacidad”. Aparece con el nacimiento del llamado Derecho de Menores y la
proclamación de la Declaración de Ginebra en 1924
nutriéndose más tarde con la Declaración de los Derechos
del Niño en 1959. Algunos tratadistas preconizan la
protección del menor desde su concepción, tras su nacimiento
hasta alcanzar la plenitud su capacidad de obrar tal como lo
señalaba el recordado maestro
español Luís Mendizábal Oses, otros sólo en que se dé
protección jurídica y rehabilitación o readaptación
a los llamados menores en situación
El documento compara las doctrinas de la situación irregular y la protección integral. La doctrina de la situación irregular concibe al niño como objeto de intervención judicial y estatal, mientras que la protección integral lo reconoce como sujeto de derechos. Esta última doctrina promueve políticas sociales universales y la participación comunitaria, en lugar de una respuesta estrictamente judicial.
Este documento resume los principios rectores de la Ley de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes (LEPINA). En 3 oraciones: Establece que la familia tiene un rol primario y fundamental en la educación y formación de los niños. Detalla los principios de ejercicio progresivo de facultades, igualdad, no discriminación, interés superior del niño y corresponsabilidad de la familia, sociedad y Estado. Además, indica que el Estado debe garantizar de forma prioritaria los derechos de los niños a través de políticas públicas y ac
El documento trata sobre los temas de la minoría, niñez y adolescencia desde una perspectiva jurídica. Explica que la minoría se refiere al estado de las personas menores de 18 años que no tienen plena capacidad jurídica y deben estar bajo la autoridad de un tutor. También define conceptos como la patria potestad, filiación, guarda, mayoría de edad y emancipación, así como los tipos y características de la adopción.
Este documento trata sobre varios temas relacionados con el derecho de familia en Venezuela. Explica que la minoría se refiere a personas menores de 18 años y deben estar bajo el cuidado de un tutor legal. También define la capacidad jurídica, la patria potestad de los padres sobre hijos menores, la mayoría de edad a los 18 años, y la emancipación por matrimonio. Además, resume brevemente la adopción en Venezuela.
La patria potestad es el conjunto de derechos y obligaciones que tienen los padres sobre los hijos y sus bienes. Incluye el derecho y obligación de criarlos, alimentarlos, educarlos y representarlos legalmente. La patria potestad se ejerce en igualdad por ambos padres sobre hijos matrimoniales, extramatrimoniales y adoptivos. El régimen de convivencia familiar establece que los niños tienen derecho a vivir con sus padres salvo que sea perjudicial para ellos. El régimen de relacionamiento regula las visitas con otros
El documento presenta un nuevo paradigma en la protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes en Argentina basado en la concepción del niño como sujeto de derechos. Anteriormente primaba un enfoque tutelar y asistencialista. También describe los tipos de maltrato y ofrece indicadores para detectarlos, así como lineamientos para la protección integral de derechos de los niños.
El documento presenta un nuevo paradigma en la protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes en Argentina basado en la concepción del niño como sujeto de derechos. Anteriormente primaba un enfoque tutelar y asistencialista. También describe los diferentes tipos de maltrato que pueden sufrir los niños y sus indicadores. Finalmente, establece lineamientos sobre medidas de protección integral de derechos y medidas excepcionales cuando los derechos están vulnerados.
El documento describe los diferentes tipos de familias y regímenes de protección de niños, niñas y adolescentes según la ley venezolana. Define la familia de origen, la familia sustituta, la patria potestad, y los derechos de convivencia familiar. También explica la responsabilidad de crianza, la colocación familiar, la tutela y la adopción como medidas de protección.
El documento es una solicitud presentada ante un juez para cesar la asistencia alimenticia para una hija. Indica que hace 4 años y 3 meses se dictó una sentencia que ordenó asistencia alimenticia para la hija cuando tenía 14 años. Ahora, la hija ha alcanzado la mayoría de edad establecida en la ley, por lo que se solicita cesar la prestación alimenticia. Se adjunta el certificado de nacimiento que acredita la edad de la hija. Se pide que se libre un oficio al juzgado pertinente para tra
Este documento presenta resúmenes de varios artículos relacionados con los derechos de los niños y adolescentes según el Código de la Niñez y Adolescencia de Paraguay. El código establece y regula los derechos, garantías y deberes de los niños y adolescentes de acuerdo con la Constitución y tratados internacionales. También determina procedimientos para casos de violación de derechos y medidas de protección para niños en riesgo.
Este documento resume las conclusiones de un grupo de estudiantes sobre la institución de la tutela en el derecho civil venezolano. Explica que la tutela provee representación legal y protección a personas que no pueden valerse por sí mismas, como menores de edad y adultos incapacitados. Describe los roles del pupilo, tutor y protutor. También analiza la evolución histórica de la tutela y su regulación legal, así como los procedimientos y circunstancias para establecerla, ejercerla y darla por concluida.
Primer Encuentro: "Los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes.Pptetrcris
Primer encuentro: "Los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes" realizado el 20 de Mayo ante los Equipos Directivos de instituciones educativas de Nivel Inicial, Primario, Secundario y modalidad de Ed. Especial en el marco del Proyecto Educativo Supervisivo Distrital de 2009.
El documento describe las instituciones de amparo familiar en el derecho romano, enfocándose en la tutela. Explica que la tutela protege a menores e incapaces y puede ser testamentaria, legítima o dativa. También describe las formalidades para asumir la tutela como hacer un inventario de bienes del pupilo, así como las incapacidades y excusas para ejercerla.
La tutela es una institución jurídica que protege a menores de edad que no están sujetos a la patria potestad mediante la designación de un tutor que cuide de su persona y bienes. Existen diferentes tipos de tutela como la testamentaria, legitima o dativa, y el tutor tiene obligaciones como la administración adecuada de los bienes del pupilo y rendir cuentas, así como derechos como ser indemnizado por gastos. La tutela finaliza cuando el pupilo alcanza la mayoría de edad o puede ser removido el tutor por incumpl
Este documento presenta extractos del Código Niño, Niña y Adolescente de Bolivia. Resume los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes incluyendo el derecho a la libertad, protección, educación, cultura y esparcimiento. También describe las obligaciones del Estado y otros actores para garantizar la protección integral de este grupo vulnerable.
La tutela en Venezuela protege a personas que no se encuentran bajo la patria potestad de nadie pero que requieren representación legal y protección, como menores, personas con discapacidad intelectual o condenadas penalmente. La tutela es administrada por un tutor designado por un tribunal para cuidar al pupilo y administrar sus bienes. El tutor tiene deberes como representar legalmente al pupilo, determinar su crianza y educación con aprobación judicial, y administrar sus bienes solo con autorización del juez. Para iniciar la tutela, ciertas personas deben informar al
Este documento presenta un resumen del Código de los Derechos del Niño y del Adolescente en Perú. Establece 22 artículos que describen los derechos fundamentales de los niños y adolescentes en el país, incluyendo el derecho a la vida, la educación, la salud, la identidad y la protección contra el abuso y la explotación. También cubre los deberes básicos de los niños hacia sus padres y la sociedad. El código tiene como objetivo garantizar la protección y el desarrollo integral de todos los niños y adolescentes
Las doctrinas de la situación irregular y la protección integral difieren en su enfoque sobre la protección de la infancia. Mientras que la situación irregular contempla sólo a los niños más vulnerables y los aborda mediante respuestas judiciales, la protección integral considera a todos los niños como sujetos de derechos cuya protección requiere políticas universales. Asimismo, la protección integral define al Estado como promotor del bienestar infantil a través de políticas sociales descentralizadas, no como un mero patrono judicial.
BASE LEGAL PARA PROCESOS DE ALIMENTOS.docxjimmyperezdiaz
La Constitución Política del Perú y el Código del Niño y Adolescente establecen que el interés superior del niño debe ser la principal consideración en todas las medidas que los afecten. También reconocen el derecho de los niños a la identidad, alimentación y opinión. El Código Civil y la Convención sobre los Derechos del Niño refuerzan la protección de la identidad del niño y el derecho a un nivel de vida adecuado.
1) El documento habla sobre los procesos previos a la adopción, incluyendo la guarda preadoptiva y el juicio de adopción en dos etapas.
2) También discute la Declaración de los Derechos del Niño, la cual establece que todo niño debe ser criado por sus padres cuando sea posible y en todo caso debe crecer en un ambiente de afecto y seguridad.
3) Finalmente, explica que durante el proceso de medidas tutelares para niños en riesgo, el Estado debe esforzarse por que la
1) El documento describe la evolución histórica y los objetivos de la figura jurídica de la curatela, diseñada para proteger los derechos y bienestar de personas incapacitadas. 2) Explica que el curador es responsable de brindar apoyo y asistencia en decisiones diarias y asuntos legales del curatelado. 3) Señala que la curatela se diferencia de la patria potestad y la tutela, y existen diferentes tipos como la curatela típica y curatela de bienes.
La OEA, señala que es la “condición jurídica de la persona
que no ha alcanzado cierta edad señalada por la ley para su
plena capacidad”. Aparece con el nacimiento del llamado Derecho de Menores y la
proclamación de la Declaración de Ginebra en 1924
nutriéndose más tarde con la Declaración de los Derechos
del Niño en 1959. Algunos tratadistas preconizan la
protección del menor desde su concepción, tras su nacimiento
hasta alcanzar la plenitud su capacidad de obrar tal como lo
señalaba el recordado maestro
español Luís Mendizábal Oses, otros sólo en que se dé
protección jurídica y rehabilitación o readaptación
a los llamados menores en situación
El documento compara las doctrinas de la situación irregular y la protección integral. La doctrina de la situación irregular concibe al niño como objeto de intervención judicial y estatal, mientras que la protección integral lo reconoce como sujeto de derechos. Esta última doctrina promueve políticas sociales universales y la participación comunitaria, en lugar de una respuesta estrictamente judicial.
Este documento resume los principios rectores de la Ley de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes (LEPINA). En 3 oraciones: Establece que la familia tiene un rol primario y fundamental en la educación y formación de los niños. Detalla los principios de ejercicio progresivo de facultades, igualdad, no discriminación, interés superior del niño y corresponsabilidad de la familia, sociedad y Estado. Además, indica que el Estado debe garantizar de forma prioritaria los derechos de los niños a través de políticas públicas y ac
El documento trata sobre los temas de la minoría, niñez y adolescencia desde una perspectiva jurídica. Explica que la minoría se refiere al estado de las personas menores de 18 años que no tienen plena capacidad jurídica y deben estar bajo la autoridad de un tutor. También define conceptos como la patria potestad, filiación, guarda, mayoría de edad y emancipación, así como los tipos y características de la adopción.
Este documento trata sobre varios temas relacionados con el derecho de familia en Venezuela. Explica que la minoría se refiere a personas menores de 18 años y deben estar bajo el cuidado de un tutor legal. También define la capacidad jurídica, la patria potestad de los padres sobre hijos menores, la mayoría de edad a los 18 años, y la emancipación por matrimonio. Además, resume brevemente la adopción en Venezuela.
La patria potestad es el conjunto de derechos y obligaciones que tienen los padres sobre los hijos y sus bienes. Incluye el derecho y obligación de criarlos, alimentarlos, educarlos y representarlos legalmente. La patria potestad se ejerce en igualdad por ambos padres sobre hijos matrimoniales, extramatrimoniales y adoptivos. El régimen de convivencia familiar establece que los niños tienen derecho a vivir con sus padres salvo que sea perjudicial para ellos. El régimen de relacionamiento regula las visitas con otros
El documento presenta un nuevo paradigma en la protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes en Argentina basado en la concepción del niño como sujeto de derechos. Anteriormente primaba un enfoque tutelar y asistencialista. También describe los tipos de maltrato y ofrece indicadores para detectarlos, así como lineamientos para la protección integral de derechos de los niños.
El documento presenta un nuevo paradigma en la protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes en Argentina basado en la concepción del niño como sujeto de derechos. Anteriormente primaba un enfoque tutelar y asistencialista. También describe los diferentes tipos de maltrato que pueden sufrir los niños y sus indicadores. Finalmente, establece lineamientos sobre medidas de protección integral de derechos y medidas excepcionales cuando los derechos están vulnerados.
El documento describe los diferentes tipos de familias y regímenes de protección de niños, niñas y adolescentes según la ley venezolana. Define la familia de origen, la familia sustituta, la patria potestad, y los derechos de convivencia familiar. También explica la responsabilidad de crianza, la colocación familiar, la tutela y la adopción como medidas de protección.
El documento es una solicitud presentada ante un juez para cesar la asistencia alimenticia para una hija. Indica que hace 4 años y 3 meses se dictó una sentencia que ordenó asistencia alimenticia para la hija cuando tenía 14 años. Ahora, la hija ha alcanzado la mayoría de edad establecida en la ley, por lo que se solicita cesar la prestación alimenticia. Se adjunta el certificado de nacimiento que acredita la edad de la hija. Se pide que se libre un oficio al juzgado pertinente para tra
Este documento presenta resúmenes de varios artículos relacionados con los derechos de los niños y adolescentes según el Código de la Niñez y Adolescencia de Paraguay. El código establece y regula los derechos, garantías y deberes de los niños y adolescentes de acuerdo con la Constitución y tratados internacionales. También determina procedimientos para casos de violación de derechos y medidas de protección para niños en riesgo.
Este documento describe la filosofía y sus características principales. Explica que la filosofía se refiere originalmente al amor por la sabiduría según los griegos. Los principales filósofos como Platón, Aristóteles, Descartes y Kant contribuyeron a definir la filosofía como la búsqueda del conocimiento a través de la razón y la reflexión. La filosofía se caracteriza por un enfoque en los problemas naturales y humanos en lugar de los temas teológicos, así como por considerar al sujeto humano
El documento habla sobre el derecho a la identidad y al nombre en Paraguay. Explica que toda persona tiene derecho a un nombre y apellido que deben ser registrados, y que estos permiten la individualización de la persona en la familia y en la sociedad. También describe los apellidos que llevan diferentes tipos de hijos (matrimoniales, extramatrimoniales, adoptivos y abandonados), la obligatoriedad del registro de nacimiento, y la importancia de la inscripción en el registro civil de las personas.
El documento trata sobre los derechos fundamentales y obligaciones relacionados con la vida, la salud y la educación de las personas por nacer y los niños/as según la Constitución Nacional, la Convención de los Derechos del Niño de Naciones Unidas, la Ley que ratifica el Tratado de San José de Costa Rica y el Código Sanitario. Reconoce el derecho a la vida desde la concepción, la obligación del Estado de proteger la salud física y mental desde la gestación hasta la mayoría de edad, y garantiza el derecho a
El documento resume los antecedentes históricos y disposiciones generales del derecho de la niñez y la adolescencia en Paraguay. Explica que el Código de la Niñez y Adolescencia de 2001 reemplazó totalmente al Código del Menor de 1981. Define los principios fundamentales como el interés superior del niño y la autonomía progresiva, reconociendo al niño como sujeto de derecho. También describe la relación con otras ramas jurídicas y los documentos y tratados internacionales ratificados por Paraguay sobre los derechos del ni
Este documento clasifica los diferentes tipos de bienes según su titularidad y régimen jurídico. Describe los bienes de dominio público del Estado que no son susceptibles de propiedad privada, los bienes de dominio privado del Estado, y los bienes que pueden ser apropiados de forma privada. También explica la naturaleza de los bienes municipales y eclesiásticos.
El documento describe los conceptos básicos de la antropología jurídica. Explica que la antropología estudia al ser humano y sus aspectos biológicos y socioculturales. Luego resume los principales paradigmas en la antropología como el evolucionismo clásico, el difusionismo, el funcionalismo británico, el estructuralismo francés y el culturalismo estadounidense. Finalmente, define conceptos clave como cultura, relativismo cultural e identidad.
La asignatura de Antropología Jurídica se ofrece en el segundo semestre de la carrera de Derecho. Tiene 56 horas totales con 18 horas teóricas y 27 horas prácticas, y busca que los estudiantes analicen el fenómeno jurídico desde una perspectiva sociocultural. El curso cubre temas como estructura social, familia, propiedad, derechos de minorías étnicas y procesos autónomos, a través de 11 unidades y utilizando diversas estrategias didácticas y de evaluación.
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Este documento presenta el plan de estudios para la cátedra de Derecho Internacional Privado en 2022. Consta de seis ejes temáticos que incluyen conocimientos, procedimientos, actitudes y evaluaciones. Los primeros tres ejes son: 1) El objeto, competencia y límites del Derecho Internacional Privado, 2) La persona física y jurídica y el matrimonio, y 3) Los documentos. La primera evaluación parcial abarcará las dos primeras unidades sobre la introducción a la materia y las fuentes del derecho
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Protección patrimonial. Personas con discapacidad..pdfJosé María
El objeto de la Ley 41/2003, de 18 de noviembre, de protección patrimonial de las personas con discapacidades es favorecer la aportación a título gratuito de bienes y derechos al patrimonio de las personas con discapacidad y establecer mecanismos adecuados para garantizar la afección de tales bienes y derechos, así como de los frutos, productos y rendimientos de éstos, a la satisfacción de las necesidades
vitales de sus titulares. Tales bienes y derechos constituirán el patrimonio especialmente protegido de las personas con discapacidad.
1. UNIVERSIDAD SAN LORENZO
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS, POLITICAS, EDUCACION Y HUMANIDADES
CARRERA DE DERECHO Y NOTARIADO
Prof. Claudia A Delgado M_____________________________________________________________________________
UNIDAD V: Tutela
Concepto. De la obligación de denunciar. Formar de otorgar la tutela. Obligaciones del
tutor. Inhabilitación para ejercer la tutela. Clases. Tutela otorgada por los padres. Tutela
de parientes. Tutela dativa. Tutela especial. Discernimiento de la tutela. Suspensión y
remoción del tutor. Conclusión.
LECCIÓN 5
TUTELA
CONCEPTO DE TUTELA
– Artículo 110 Código de la Niñez y Adolescencia.-
DEL CONCEPTO: La tutela es una institución que permite a quien la ejerce,
representar al niño o adolescente, dirigirlo y administrar sus bienes
cuando no esté sometido a la patria potestad.
OBLIGACIÓN DE DENUNCIAR
– Artículo 111 Código de la Niñez y Adolescencia.-
DE LA OBLIGACIÓN DE DENUNCIAR: Toda persona que tenga conocimiento del
desamparo por orfandad de un niño o adolescente, está obligada
a poner en conocimiento de esta situación a cualquier autoridad competente
en el término de cuarenta y ocho horas, la que a su vez debe comunicarlo
al Juzgado de la Niñez y la Adolescencia.
Cuando la omisión recayera en las personas establecidas en el Artículo
4° de este Código, será aplicable el hecho punible establecido
en el Artículo 119 del Código Penal.
EJERCICIO DE LA TUTELA
– Artículo 112 Código de la Niñez y Adolescencia.-
DEL EJERCICIO DE LA TUTELA: La tutela se ejercerá con intervención
y bajo control del Juez de la Niñez y la Adolescencia, conforme a las
normas contenidas en este Código.
FORMAS DE OTORGAR
– Artículo 113.- DE LAS FORMAS DE OTORGAR LA TUTELA: La Tutela
será ejercida por una sola persona y podrá ser otorgada por:
a) El padre o la madre que ejerza la patria potestad;
b) La ley; y,
c) El Juez de la Niñez y la Adolescencia.
OBLIGACIONES DEL TUTOR
– Artículo 114 Código de la Niñez y Adolescencia.-
DE LAS OBLIGACIONES DEL TUTOR: El tutor debe alimentar, educar y asistir
al niño o adolescente como si fuera su propio hijo, salvo tutela especial.
El ejercicio de la tutela en ningún caso puede implicar la pérdida,
menoscabo, desconocimiento o detrimento de los derechos y garantías del
niño o adolescente.
INHABILITACIÓN PARA EJERCER LA TUTELA
– Artículo 115 Código de la Niñez y Adolescencia.-
DE LA INHABILITACIÓN PARA EJERCER LA TUTELA: No podrán
ser tutores:
2. UNIVERSIDAD SAN LORENZO
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS, POLITICAS, EDUCACION Y HUMANIDADES
CARRERA DE DERECHO Y NOTARIADO
Prof. Claudia A Delgado M_____________________________________________________________________________
a) Los que no hayan alcanzado la mayoría de edad;
b) Los mudos y sordomudos que no puedan darse a entender por escrito
u otros medios;
c) Los interdictos;
d) Los que no tienen domicilio en la República;
e) Los fallidos mientras no hayan sido rehabilitados;
f) Los que hubiesen sido privados de ejercer la patria potestad;
g) los que deban ejercer por tiempo indefinido un cargo fuera de
la República. Cuando la ausencia sea por tiempo determinado, el Juez
resolverá de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 143
de este Código;
h) Los que no tengan oficio, profesión o actividad económica
conocida;
i) Los condenados a pena de prisión, mientras dure su cumplimiento;
j) Los acreedores o deudores del niño o adolescente;
k) Los que tengan litigio pendiente con el niño o adolescente,
el padre o la madre de éste;
l) Los que hubiesen malversado los bienes de otro niño o adolescente,
o hubiesen sido removidos de otras tutelas; y,
m) Los parientes del niño o adolescente que, conociendo, no
denunciaron el desamparo por orfandad o la vacancia de la tutela de éste.
NOMBRAMIENTO DEL TUTOR O TUTORES
– Artículo 116 Código de la Niñez y Adolescencia.-
DEL NOMBRAMIENTO DEL TUTOR: El padre o la madre, aun cuando no hayan cumplido
los dieciocho años de edad, podrán nombrar tutor para los hijos
que estén bajo su patria potestad por testamento o escritura pública,
para que tenga efecto después de su fallecimiento.
– Artículo 117 Código de la Niñez y Adolescencia.-
DEL NOMBRAMIENTO DE DOS O MÁS TUTORES: Si el padre o la madre
nombrase dos o más tutores, en caso de incapacidad, excusa, separación
o muerte del primero de ellos, la tutela deberá ser desempeñada
sucesivamente por los otros en el orden en que fueron nombrados.
CONFIRMACIÓN JUDICIAL DE LA TUTELA
– Artículo 118 Código de la Niñez y Adolescencia.-
DE LA CONFIRMACIÓN JUDICIAL DE LA TUTELA: La tutela otorgada por el padre
o la madre deberá ser confirmada por el Juez de la Niñez y la
Adolescencia.
IDONEIDAD DEL TUTOR
Artículo 121 Código de la Niñez y Adolescencia.-
DEL ORDEN PARA EL EJERCICIO DE LA TUTELA: Corresponderá ejercer esta
tutela:
a) A los abuelos paternos y maternos;
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b) A los hermanos. Se debe preferir a los que sean de padre y madre;
y,
c) A los tíos.
– Artículo 122 Código de la Niñez y Adolescencia.-
DE LA IDONEIDAD DEL TUTOR: En la tutela de parientes, el Juez dará la
tutela al más idóneo para ejercerla, no obstante el orden establecido
en el artículo anterior.
TUTOR NOMBRADO POR EL JUEZ
– Artículo 123 Código de la Niñez y Adolescencia.-
DEL TUTOR NOMBRADO POR EL JUEZ: El Juez de la Niñez y la Adolescencia
nombrará tutor para el niño o adolescente, cuando su padre o su
madre no lo haya designado, cuando no existan parientes llamados a ejercerla,
éstos no sean capaces o idóneos, hayan hecho dimisión de
ella o cuando hubiesen sido removidos.
TUTOR PROVISIONAL
– Artículo 124 Código de la Niñez y Adolescencia.-
DEL TUTOR PROVISIONAL: El Juez de la Niñez y la Adolescencia nombrará
inmediatamente un tutor provisional cuando haya urgencia en proteger la persona
o los intereses del niño o adolescente. Este discernimiento no podrá
durar mas de seis meses, plazo dentro del cual deberá nombrarse al tutor
definitivo.
TUTELA ESPECIAL
– Artículo 126 Código de la Niñez y Adolescencia.-
DE LAS FUNCIONES DEL TUTOR ESPECIAL: El tutor especial sólo podrá
intervenir en el negocio o gestión para el cual ha sido designado. Su
designación no modifica el ejercicio de la patria potestad ni las funciones
del tutor general.
CONDICIONES
Artículo 125. Código de la Niñez y Adolescencia –
DE LAS CONDICIONES NECESARIAS PARA EL NOMBRAMIENTO DE TUTOR ESPECIAL:
El Juez deberá nombrar tutores especiales cuando:
a) Los intereses del niño o adolescente estén en oposición
con los de su padre o madre, bajo cuya patria potestad se encuentre;
b) El padre o la madre perdiere la administración de los bienes
del hijo;
c) El hijo adquiriese bienes cuya administración no corresponda
a los padres;
d) Los intereses del niño o adolescente estuviesen en oposición
con los de su tutor;
e) Sus intereses estuviesen en oposición con los de otro niño
o adolescente, que se hallase con ellos bajo un tutor común, o con los
de un incapaz del que el tutor sea curador;
f) El niño o adolescente adquiera bienes con la cláusula
de ser administrados por otra persona o de no ser administrados por su tutor;
g) Tuviese bienes fuera de la jurisdicción del Juez de la Tutela, que no podrán ser
convenientemente administrados por el tutor; y,
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h) Se tratase de negocios o de materias que exijan conocimientos especiales, o
una administración distinta.
DISCERNIMIENTO JUDICIAL DE LA TUTELA
– Artículo 127 Código de la Niñez y Adolescencia.-
DEL DISCERNIMIENTO JUDICIAL DE LA TUTELA: Nadie podrá ejercer la función
de tutor sin que el cargo le sea discernido por Juez competente. El tutor deberá
asegurar, bajo juramento, desempeñar fielmente su administración.
JUZGADO COMPETENTE
– Artículo 128 Código de la Niñez y Adolescencia.-
DEL JUZGADO COMPETENTE PARA DISCERNIR LA TUTELA: El discernimiento de la
tutela
corresponde al Juez de la Niñez y la Adolescencia del lugar de la residencia
del niño o adolescente, al día del fallecimiento de sus padres,
o de aquella que tuviera el niño o adolescente al momento de producirse
las demás causas de conclusión de la tutela previstos en este
Código, que ameriten la designación de un nuevo tutor.
El Juez que haya discernido la tutela será competente
para entender en todo lo relativo a ella.
Corresponde al Juez de la Niñez y la Adolescencia del lugar de la residencia del niño o
adolescente