Este documento presenta una descripción general de la legislación de enfermería en México. Define los diferentes tipos de servicios de salud, incluidos los servicios básicos de salud que el gobierno debe proporcionar. También enumera los derechos y obligaciones de los beneficiarios de los servicios de salud, como el derecho a recibir atención médica adecuada y la obligación de proporcionar información veraz.
La organización de la salud es fundamental para garantizar que las comunidades puedan acceder a servicios médicos adecuados y recibir la atención necesaria para mantener o mejorar su bienestar físico, mental y social. Una hipótesis sobre la organización de la salud podría ser:
"Una estructura de salud bien organizada y eficiente, que integra sistemas de atención primaria, secundaria y terciaria, junto con políticas de promoción de la salud y prevención de enfermedades, puede mejorar el acceso equitativo a servicios de salud de calidad, reducir las disparidades en la salud y promover un mayor nivel de bienestar en la población."
Enfoque tradicional y Enfoque Social de la Salud. (Presentación powert point con las diferentes características del enfoque tradicional y social de la salud)
La organización de la salud es fundamental para garantizar que las comunidades puedan acceder a servicios médicos adecuados y recibir la atención necesaria para mantener o mejorar su bienestar físico, mental y social. Una hipótesis sobre la organización de la salud podría ser:
"Una estructura de salud bien organizada y eficiente, que integra sistemas de atención primaria, secundaria y terciaria, junto con políticas de promoción de la salud y prevención de enfermedades, puede mejorar el acceso equitativo a servicios de salud de calidad, reducir las disparidades en la salud y promover un mayor nivel de bienestar en la población."
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1. LEGISLACIÓN DE ENFERMERÍA
DOCENTE: BARBARA EDITH SANTAMARIA GONZALEZ
INTEGRANTES:
o MARYPAZ PUGA CHARRE
o YULIANA ANAHI SORIANO VALADEZ
o BRICEIDY GUADALUPE MARTINEZ VALDEZ
o MAGDALENA DE JESUS FLORENCIA MELO
o JULIAN GONZALEZ ANDRADE
2. Servicios básicos de salud
● Consiste en una red de instituciones estatales que forman parte del sistema administrativo
nacional y que prestan a los individuos ciertos servicios indispensables de prevención y
atención medica
Ley general de salud
● Articulo 23:
● Para los efectos de esta Ley, se entiende por servicios de salud todas aquellas acciones
realizadas en beneficio del individuo y de la sociedad en general, dirigidas a proteger,
promover y restaurar la salud de la persona y de la colectividad.
3. Los servicios de salud se clasifican en tres tipos:
● De atención médica: conjunto de servicios que se proporcionan al individuo para prevenir,
tratar o rehabilitar de una enfermedad.
● De salud pública: Las funciones esenciales de salud pública (FESP) son las capacidades de
las autoridades de salud, en todos los niveles institucionales y junto con la sociedad civil, para
fortalecer los sistemas de salud y garantizar un ejercicio pleno del derecho a la salud,
actuando sobre los factores de riesgo y los determinantes por ejemplo: IMMS, ISSSTE, SS
● De asistencia social: tienen derecho a la asistencia social los individuos y familia que por sus
condiciones físicas, mentales, jurídicas o sociales requiera de servicios especializados para
su protección y su plena integración al bienestar, por ejemplo; trabajo social, psicología,
psiquiatría etc.
4. Para los efectos del derecho a la protección de la salud, se
consideran servicios básicos de salud los referentes a:
● La educación para la salud, la promoción del saneamiento básico y el mejoramiento de las
condiciones sanitarias del ambiente.
● La prevención y el control de las enfermedades transmisibles de atención prioritaria, de las no
transmisibles más frecuentes y de los accidentes.
● La atención médica integral, que comprende actividades preventivas, curativas, paliativas y de
rehabilitación, incluyendo la atención de urgencias.
● La atención materno-infantil.
● La planificación familiar.
5. ● La salud mental.
● La prevención y el control de las enfermedades bucodentales.
● La disponibilidad de medicamentos y otros insumos esenciales
para la salud.
6. o La promoción del mejoramiento de la nutrición.
o La asistencia social a los grupos más vulnerables y, de éstos,
de manera especial, a los pertenecientes a las comunidades
indígenas.
9. ● Recibir atención médica adecuada.
● Recibir trato digno y respetuoso.
● Recibir información suficiente, clara, oportuna y veraz.
● Decidir libremente sobre tu atención.
● Otorgar o no tu consentimiento válidamente informado.
10. ● Ser tratado con confidencialidad.
● Contar con facilidades para obtener una segunda opinión.
● Recibir atención médica en caso de urgencia.
● Contar con un expediente clínico.
● Ser atendido cuando te inconformes por la atención médica
recibida.
13. ● Entregar información veraz acerca de su identidad, dirección
y enfermedad.
● Cuidar las instalaciones y equipamiento del recinto de salud.
● Tratar respetuosamente al personal de salud.
14. ● Respetar el reglamento interno del establecimiento.
● Informarse acerca de los horarios de funcionamiento, de
las modalidades de atención y formas de pago.
● Informarse acerca de los procedimientos de reclamos y
consultas establecidas.