RAFAEL PIÑA
C.I 23.492.923
 La letra de cambio es un documento por el que una
persona física o jurídica ordena a otra que pague una
cantidad a favor de un tercero, en una fecha
determinada (vencimiento). Cuando el librado firma la
letra de cambio, se está comprometiendo a pagar y
adquiere una obligación.
¿Cuáles son las Características de la
Letra de Cambio?
 Es un título de circulación
 tiene una protección jurídica privilegiada cuando la letra
está aceptada ya que el tenedor puede promover un juicio
cambiario mucho más rápido que los juicios declarativos y
que permite el embargo preventivo.
 Es un título de valor
 Posee un mandato de pago
 Obligación para el librador
 Posee una fecha y lugar como también fecha de
vencimiento
 Es un título de valor de corto plazo
¿Qué es Librado y Librador?
 El librador es la persona que emite la letra. Si surge de una
relación comercial el librador es el vendedor.
 El librado es la persona que en condiciones normales paga
la letra. El librado para quedar comprometido a pagar la
letra tiene que aceptarla. La aceptación es un
reconocimiento formal de la deuda, hace exigible la letra a
cobrar o a pagar. Es el deudor, quien debe pagar la letra de
cambio cuando llegue la fecha indicada o de vencimiento.
El librado puede aceptar o no la orden de pago dada por el
librador y en caso de que la acepte, quedará obligado a
efectuarlo. En este caso al librado se le denominará
aceptante
¿Sobre que trata el Vencimiento de
las Letra de Cambio?
 Es el término u oportunidad que le da el librador al
librado para cancelar la deuda, en caso de
incumplimiento este puede accionar contra el librado
por incumplimiento de contrato.
¿Sobre que trata la relación Triangular de
los Sujetos?
 Se trata de que el librador puede ser el mismo librado,
es decir no existe la obligación de que sean tres
personas, si no pueden ser dos donde el acreedor y el
deudor sean la misma persona.
PERSONAS QUE INTERVIENEN
EN UNA LETRA DE CAMBIO
 El Librado o girado: la persona a la que se da la orden de pago , es el
destinatario de la orden dada por el librador. (Art. 410, Ord. 3).
 El Librador o Girador: la persona que ordena hacer el pago. En el
Código de Comercio se exige que la letra de cambio lleve su firma (Art.
410, Ord. 3).
 El Beneficiario o Tomador: es aquel a cuya orden debe hacerse el pago
de la suma ordenada por el Librador. Es necesario que en la letra se
indique el nombre del beneficiario o tomador; en nuestro derecho no es
válida la Letra al Portador, es imprescindible expresar el nombre de una
persona como beneficiaria (Art. 410, Ord. 6)
 El Fiador o Avalista: la persona que garantiza el pago de la letra.
 Los requisitos de validez de la letra de cambio son los enunciados en él artículo 410
del Código de Comercio y son taxativos, ya que la falta de alguno de ellos produce que
el título no sea considerado como letra de cambio, pero si puede servir como medio
probatorio en un juicio para probar una obligación. A la capacidad del librador se
aplica, como máxima la regla general. Sin embargo, por conformar la letra de cambio
un acto de comercio objetivo, en sentido absoluto, encontraría eventual aplicación el
art. 15 del Código de Comercio, según el cual cuando la incapacidad no fuere notoria o
se la ocultare con actos de falsedad, la persona inhábil para comerciar quedará
obligada por sus actos mercantiles, a menos que se compruebe mala fe en la otra parte.
 No necesariamente debe haber tres personas distintas en el
esquema. Nuestro Tribunal Supremo de Justicia ha
sostenido que "es plenamente válida jurídicamente, la letra
de cambio que en su existencia formal nace bajo la
modalidad de que la misma persona ocupa en el título la
triple posición de librador, librado y beneficiario". Una
letra de cambio puede ser girada a día fijo; a cierto plazo de
la fecha; a la vista; a cierto término vista.

Letra de cambio rafael piña

  • 1.
  • 2.
     La letrade cambio es un documento por el que una persona física o jurídica ordena a otra que pague una cantidad a favor de un tercero, en una fecha determinada (vencimiento). Cuando el librado firma la letra de cambio, se está comprometiendo a pagar y adquiere una obligación.
  • 3.
    ¿Cuáles son lasCaracterísticas de la Letra de Cambio?  Es un título de circulación  tiene una protección jurídica privilegiada cuando la letra está aceptada ya que el tenedor puede promover un juicio cambiario mucho más rápido que los juicios declarativos y que permite el embargo preventivo.  Es un título de valor  Posee un mandato de pago  Obligación para el librador  Posee una fecha y lugar como también fecha de vencimiento  Es un título de valor de corto plazo
  • 4.
    ¿Qué es Libradoy Librador?  El librador es la persona que emite la letra. Si surge de una relación comercial el librador es el vendedor.  El librado es la persona que en condiciones normales paga la letra. El librado para quedar comprometido a pagar la letra tiene que aceptarla. La aceptación es un reconocimiento formal de la deuda, hace exigible la letra a cobrar o a pagar. Es el deudor, quien debe pagar la letra de cambio cuando llegue la fecha indicada o de vencimiento. El librado puede aceptar o no la orden de pago dada por el librador y en caso de que la acepte, quedará obligado a efectuarlo. En este caso al librado se le denominará aceptante
  • 5.
    ¿Sobre que tratael Vencimiento de las Letra de Cambio?  Es el término u oportunidad que le da el librador al librado para cancelar la deuda, en caso de incumplimiento este puede accionar contra el librado por incumplimiento de contrato.
  • 6.
    ¿Sobre que tratala relación Triangular de los Sujetos?  Se trata de que el librador puede ser el mismo librado, es decir no existe la obligación de que sean tres personas, si no pueden ser dos donde el acreedor y el deudor sean la misma persona.
  • 7.
    PERSONAS QUE INTERVIENEN ENUNA LETRA DE CAMBIO  El Librado o girado: la persona a la que se da la orden de pago , es el destinatario de la orden dada por el librador. (Art. 410, Ord. 3).  El Librador o Girador: la persona que ordena hacer el pago. En el Código de Comercio se exige que la letra de cambio lleve su firma (Art. 410, Ord. 3).  El Beneficiario o Tomador: es aquel a cuya orden debe hacerse el pago de la suma ordenada por el Librador. Es necesario que en la letra se indique el nombre del beneficiario o tomador; en nuestro derecho no es válida la Letra al Portador, es imprescindible expresar el nombre de una persona como beneficiaria (Art. 410, Ord. 6)  El Fiador o Avalista: la persona que garantiza el pago de la letra.
  • 8.
     Los requisitosde validez de la letra de cambio son los enunciados en él artículo 410 del Código de Comercio y son taxativos, ya que la falta de alguno de ellos produce que el título no sea considerado como letra de cambio, pero si puede servir como medio probatorio en un juicio para probar una obligación. A la capacidad del librador se aplica, como máxima la regla general. Sin embargo, por conformar la letra de cambio un acto de comercio objetivo, en sentido absoluto, encontraría eventual aplicación el art. 15 del Código de Comercio, según el cual cuando la incapacidad no fuere notoria o se la ocultare con actos de falsedad, la persona inhábil para comerciar quedará obligada por sus actos mercantiles, a menos que se compruebe mala fe en la otra parte.
  • 9.
     No necesariamentedebe haber tres personas distintas en el esquema. Nuestro Tribunal Supremo de Justicia ha sostenido que "es plenamente válida jurídicamente, la letra de cambio que en su existencia formal nace bajo la modalidad de que la misma persona ocupa en el título la triple posición de librador, librado y beneficiario". Una letra de cambio puede ser girada a día fijo; a cierto plazo de la fecha; a la vista; a cierto término vista.