Este documento presenta una demanda de prescripción adquisitiva de dominio sobre un inmueble ubicado en Arequipa. El demandante alega haber poseído el inmueble de manera pacífica, continua y pública por más de 12 años amparado en un contrato de promesa de venta, por lo que solicita se le declare propietario conforme a los artículos 950 y 952 del Código Civil. Adjunta documentación probatoria y testimonial para sustentar su petitorio.
El contrato de compraventa es el que tiene mayor importancia entre los de su clase porque se trata de un contrato tipo traslativo de dominio y además, porque constituye la principal forma moderna de adquisición de riqueza es decir, tanto en su función jurídica como económica, debe merecer un estado especial.
“Por la compraventa el vendedor se obliga a transferir la propiedad de un bien al comprador y éste a pagar su precio en dinero.” (Artículo 1529, Código Civil)
El contrato de compraventa es el que tiene mayor importancia entre los de su clase porque se trata de un contrato tipo traslativo de dominio y además, porque constituye la principal forma moderna de adquisición de riqueza es decir, tanto en su función jurídica como económica, debe merecer un estado especial.
“Por la compraventa el vendedor se obliga a transferir la propiedad de un bien al comprador y éste a pagar su precio en dinero.” (Artículo 1529, Código Civil)
Nos interesa conocer cuál es la frecuencia o nivel de incidencia de las contracautelas de naturaleza real, cual es el tratamiento que se viene dando a esta forma cautelar tanto por los solicitantes de medidas cautelares como por los órganos jurisdiccionales.
LA INDIVISION TIENE UNA CONNOTACION DE PROPIEDAD COLECTIVA, ASI TENEMOS QUE, A LA LUZ DE LAS NORMAS VIGENTES, LOS SUCESORES RESULTAN PROPIETARIOS PRO-INDIVISOS DE LOS BIENES COMUNES DE LA HERENCIA, EN PROPORCION A LA PARTE QUE TENGAN DERECHO LLAMANDOSE A ELLO CONDOMINIO
Nos interesa conocer cuál es la frecuencia o nivel de incidencia de las contracautelas de naturaleza real, cual es el tratamiento que se viene dando a esta forma cautelar tanto por los solicitantes de medidas cautelares como por los órganos jurisdiccionales.
LA INDIVISION TIENE UNA CONNOTACION DE PROPIEDAD COLECTIVA, ASI TENEMOS QUE, A LA LUZ DE LAS NORMAS VIGENTES, LOS SUCESORES RESULTAN PROPIETARIOS PRO-INDIVISOS DE LOS BIENES COMUNES DE LA HERENCIA, EN PROPORCION A LA PARTE QUE TENGAN DERECHO LLAMANDOSE A ELLO CONDOMINIO
MODELO DE DEMANDA DE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE TERRENO Y/O LOTE. Se muestra como elaborar una demanda de prescripción adquisitiva de terreno y/o lote teniendo en cuenta los requisitos de ley (autor José María Pacori Cari). Acceda al modelo en https://docs.google.com/document/d/1dJvlK7jePUaTfRY6-KVEqQfISWci8FEK/edit?usp=sharing&ouid=108671166047432341215&rtpof=true&sd=true
#PrescripcionAdquisitiva
2. El proceso abreviado, es un
proceso contencioso cuya
duración es de carácter
intermedio. A comparación del
P.C. que es de mayor duración
y el P.S. de menor duración.
3.
4. Usucapión es la Es un modo de
institución del adquirir la propiedad
derecho civil por la de una cosa y otros
que quien poseyó derechos reales
un terreno, una casa posibles mediante la
o un departamento posesión continuada
durante cierto de estos derechos en
tiempo establecido concepto de titular
por la ley, se le durante el tiempo que
premia haciéndolo señala la ley.
dueño de esta
13. ARTÍCULO 425.- ANEXOS DE LA DEMANDA.-
ARTÍCULO 424.- REQUISITOS DE LA A la demanda debe acompañarse:
DEMANDA.- 1. Copia legible del documento de identidad del
demandante y, en su caso, del representante;
La demanda se presenta por escrito y contendrá: 2. El documento que contiene el poder para iniciar el
1. La designación del Juez ante quien se interpone; proceso, cuando se actúe por apoderado;
2. El nombre, datos de identidad, dirección 3. La prueba que acredite la representación legal del
domiciliaria y domicilio procesal del demandante; demandante, si se trata de personas jurídicas o
3. El nombre y dirección domiciliaria del naturales que no pueden comparecer por sí mismas;
representante o apoderado del demandante, si no 4. La prueba de la calidad de heredero, cónyuge,
puede comparecer o no comparece por sí mismo; curador de bienes, administrador de bienes comunes,
4. El nombre y dirección domiciliaria del albacea o del título con que actúe el demandante,
demandado. Si se ignora esta última, se expresará salvo que tal calidad sea materia del conflicto de
esta circunstancia bajo juramento que se entenderá intereses y en el caso del procurador oficioso;
prestado con la presentación de la demanda; 5. Todos los medios probatorios destinados a
5. El petitorio, que comprende la determinación sustentar su petitorio, indicando con precisión los
clara y concreta de lo que se pide; datos y lo demás que sea necesario para su
6. Los hechos en que se funde el petitorio, actuación. A este efecto acompañará por separado
expuestos enumeradamente en forma precisa, con pliego cerrado de posiciones, de interrogatorios para
orden y claridad; cada uno de los testigos y pliego abierto especificando
7. La fundamentación jurídica del petitorio; los puntos sobre los que versará el dictamen pericial,
8. El monto del petitorio, salvo que no pudiera de ser el caso; y
establecerse; 6. Los documentos probatorios que tuviese en su
9. La indicación de la vía procedimental que poder el demandante. Si no se dispusiera de alguno
corresponde a la demanda; de estos, se describirá su contenido, indicándose con
10. Los medios probatorios; y precisión el lugar en que se encuentran y
11. La firma del demandante o de su representante solicitándose las medidas pertinentes para su
o de su apoderado, y la del Abogado. El Secretario incorporación al proceso.
respectivo certificará la huella digital del 7. Copia certificada del Acta de conciliación
demandante analfabeto. Extrajudicial, en los procesos judiciales cuya materia
se encuentre sujeta a dicho procedimiento previo.
14. ARTÍCULO 505.- REQUISITOS ESPECIALES.-
Además de lo dispuesto en los Artículos 424 y 425, la demanda debe cumplir con los siguientes
requisitos adicionales:
1. Se indicará en todo caso: el tiempo de la posesión del demandante y la de sus causantes; la fecha y forma
de adquisición; la persona que, de ser el caso, tenga inscritos derechos sobre el bien; y, cuando corresponda,
los nombres y lugar de notificación de los propietarios u ocupantes de los bienes colindantes.
2. Se describirá el bien con la mayor exactitud posible. En caso de inmueble se acompañarán: planos de
ubicación y perimétricos, así como descripción de las edificaciones existentes, suscritos por ingeniero o
arquitecto colegiado y debidamente visados por la autoridad municipal o administrativa correspondiente,
según la naturaleza del bien; y, cuando sea el caso, certificación municipal o administrativa sobre la persona
que figura como propietaria o poseedora del bien.
El Juez podrá, si lo considera necesario, exigir la presentación de los comprobantes de pago de los tributos
que afecten al bien.
3. Tratándose de bienes inscribibles en un registro público o privado, se acompañará, además, copia literal
de los asientos respectivos de los últimos diez años, si se trata de inmuebles urbanos, o de cinco años si se
trata de inmuebles rústicos o bienes muebles, o certificación que acredite que los bienes no se encuentran
inscritos.
4. Se ofrecerá necesariamente como prueba la declaración testimonial de no menos de tres ni más de seis
personas, mayores de veinticinco años, sin perjuicio de los demás medios probatorios que se estime
pertinentes.
5. Tratándose de deslinde se ofrecerá como prueba, además, la inspección judicial del predio.
15. Demanda prescripción adquisitiva de dominio- Reales
Expediente:
Escrito: N º 1
Cuaderno: Principal
Sumilla: Demanda prescripción adquisitiva
de dominio.
SEÑOR JUEZ ESPECIALIZADO EN LO CIVIL DE AREQUIPA
Diego Chávez Ampuero identificado con DNI N º 44302850 , con dirección domiciliaria en Av. José Abelardo Quiñones
123 y con domicilio procesal en Calle San José 311; a Ud. Atentamente digo:
I. Demandado
Don Daniel Lira López, a quien se deberá notificar en la Av. Ejercito 250, distrito de Yanahuara ciudad de Arequipa.
II. Petitorio
Se interpone Demanda de PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, solicitando a su despacho se sirva declarar
suscrito como propietario del inmueble ubicado en Av. José Abelardo Quiñones 123; en atención a los siguientes
fundamentos de hecho y derecho.
III. Fundamentos de hecho
Con fecha 12 de septiembre de 1994 tome posesión de inmueble ubicado en Av. José Abelardo Quiñones 123 del distrito
del Cercado inscrito en la partida registral Nº PO-239647 a nombre de Don Daniel Lira López , con un área de 200 metros
cuadrados cuyo perímetro y colindancias figuran en la partida antes mencionada. , como propietario con justo titulo y
buena fe, desde hace mas de 12 años, en virtud de un contrato de promesa de venta celebrado con el demandado en la
fecha antes indicada.
VI. Fundamentos de derecho
1. Fundamentos de orden sustantivo:
Amparo mi pretensión en el articulo 950 del código civil , debido a que vengo poseyendo por mas de 12 años , con justo
titulo y buena fe , lo que me hace acreedor al derecho de adquirir por prescripción a los de 5 años de haber poseído
pacifica , continua y públicamente.
En el articulo 952 para que se me declare propietario en merito a lo anteriormente mencionado, y pueda registrar mi
propiedad en el registro correspondiente.
16. 2. Fundamento de orden adjetivo
La presente demanda cumple con los requisitos exigidos en los artículos 130, 424 y 425 del Código Procesal Civil y además cumple con los
requisitos especiales exigidos por el artículo 505 del Código procesal civil
VII. Monto del petitorio
La pretensión principal es inapreciable en dinero.
VIII. Vía procedimental
Debe tramitarse por la vía de proceso ABREVIADO.
IX. Medios probatorios de la pretensión de interdicto de retener
Contrato de promesa de venta de fecha 30 de agosto de 1994.
Recibo de pago por la suma de 50 mil nuevos soles, por concepto de cancelación de precio.
Copias legalizadas de los recibos de pago del impuesto predial de los años 1995 a 2005.
Copias legalizadas de los recibos de pago de arbitrios municipales de los años 1995 a 2005.
Declaración testimonial de los señores :
a) Manuel Aguirre de 30 años de edad, domiciliado en Av. José Abelardo Quiñones 122, de ocupación panadero, vecino de la zona que
declarara acerca de mi posesión de más 12 años y de que es continua, pacifica y publica.
b) Rosa López de 40 años de edad, domiciliada en Av. José Abelardo Quiñones 125, de ocupación enfermera, vecina de la zona que
declarara acerca de mi posesión de más 12 años y de que es continua, pacifica y publica.
c) Mario Mamani de 35 años de edad, domiciliado en Av. José Abelardo Quiñones 123, de ocupación taxista, vecino de la zona que
declarara acerca de mi posesión de más 12 años y de que es continua, pacifica y publica.
VII Anexos
1.a. Copia del documento de identificación de recurrente.
1.b. Contrato de promesa de venta de fecha 30 de agosto de 1994.
1.c. Recibo de pago por la suma de 50 mil nuevos soles, por concepto de cancelación de precio.
1.d. Copias legalizadas de los recibos de pago del impuesto predial de los años 1995 a 2005.
1.e Copias legalizadas de los recibos de pago de arbitrios municipales de los años 1995 a 2005.
1.f. Pliego interrogatorio cerrado conforme al cual responderán los señores: Manuel Aguirre, Rosa López, Mario Mamani.
1.g. Planos de ubicación y perimétricos.
1.h. Certificación Municipal sobre la persona que ocupa el bien.
1.i. Copia Literal de los asientos registrales de los últimos 10 años.
1.j. Comprobante de pago de la tasa judicial correspondiente.
POR LO TANTO:
A Ud. Señor juez solicito se sirva a admitir la presente demanda, tramitarla a su naturaleza y en su oportunidad declararla FUNDADA