 Es una orden incondicional de pago que da una 
persona llamada " librador" a otra llamada " 
librado ", para que pague a la orden o al 
portador, cierta suma de dinero, a la vista o en 
una fecha determinada. 
regulado por el Código de comercio 
Colombiano en sus artículos 691 a 708.
 La letra de cambio históricamente ha 
surgido, debido a exigencias económicas, 
que necesitaban de un medio acto para 
satisfacerlas
 la letra es un título valor esencialmente de crédito, es 
decir, que contiene una operación crediticia que debe 
satisfacerse mediante el pago de una cantidad de 
dinero, en un tiempo determinado
 Girador o librador: el que da la orden de pago. 
 Girado o librado: Acepta la orden de pago 
firmando el documento comprometiéndose a 
pagar. 
 Beneficiario o tomador: Recibe la suma de 
dinero en el tiempo señalado 
 Avalista: la persona que garantiza el pago de la 
letra. no es un requisito obligatorio.
 letra de cambio es título- valor a la orden, o 
sea que se puede transferir mediante 
endoso; aun cuando no figure la cláusula a 
la orden, la letra es un documento circulante, 
por tanto puede tener una serie continuada 
de endosos
 La Ley Cambiaria y del Cheque establece los siguientes 
requisitos mínimos para considerar un documento letra de 
cambio: 
1. La denominación de Letra de Cambio inserta en el 
mismo texto del documento y expresado en el mismo 
idioma empleado en la redacción del documento. 
 
2. La orden pura y simple de pagar una suma 
determinada. 
 
3. Nombre del que debe pagar (Librado). 
4. Indicación de la fecha de vencimiento. 
5. Lugar donde el pago debe efectuarse. 
6. Nombre de la persona a cuyo cargo debe efectuarse 
el pago suele corresponder con el librador de la letra. 
7. Fecha y lugar donde se emitió la letra. 
8. La firma del que gira la letra (Librador).
 A la propia orden (a la orden del girador) 
 Cuando un sujeto crea la letra de cambio a favor de 
él mismo. Una persona debe pagarla al creador de 
la letra. 
 A cargo de tercera persona. 
 Cuando un sujeto crea la letra de cambio para que la 
pague una persona determinada favor de otra 
persona. Intervienen tres sujetos: Creador de la 
letra, Girado (el que debe pagar la letra) y 
beneficiario (al que le deben pagar la letra) 
 A cargo del propio Girador. 
 Cuando un sujeto crea la letra de cambio para 
pagarla el mismo a otra persona.
 El endosante: Es el que endosa una letra o la 
transmite a un tercero. 
 El endosatario: Es aquel el que recibe la letra. 
 Endosar: Es ceder a otra persona el derecho a cobrar un documento 
de crédito, como una letra de cambio o un cheque a la orden
 El aval es el compromiso que adquiere 
una tercera persona de realizar el pago, 
en caso de no hacerlo el librado. 
Pudiendo comprender la totalidad de la 
deuda o parte de ella. 
El aval se debe hacer constar en el 
reverso de la letra de cambio
 Es un acto notarial que sirve para acreditar 
que se ha producido 
la falta de aceptación o de pago de la letra 
de cambio. 
 El protesto notarial puede ser sustituido por 
una declaración firmada por el librado en la 
que conste su negativa a aceptar o pagar la 
letra. 
 Solo será necesario cuando el creador de la 
letra o algún tenedor inserte la clausula “con 
protesto”, en el anverso y con caracteres 
visibles.
 La Aceptación de la letra de cambio es el acto por 
medio del cual el girado estampa su firma en el 
documento, manifestando así la voluntad de 
obligarse cambiariamente a realizar el pago de la 
letra. Una vez aceptada la letra, el aceptante se 
convierte en el principal obligado, y se constituye en 
deudor cambiario de cualquier tenedor de la letra, 
incluso del mismo girador.
 El pago de la letra debe 
hacerse contra su entrega.
 Día fijo: vencen en el plazo establecido en la letra. 
 A la vista: se vuelve pagadera en cuanto acepta la 
parte obligada a pagar 
 A un plazo desde la fecha: vencen el día que se 
cumpla el plazo señalado. 
 A un plazo desde la vista: su vencimiento se 
determinará a un plazo desde la fecha de la aceptación.
Letra de cambio
Letra de cambio

Letra de cambio

  • 3.
     Es unaorden incondicional de pago que da una persona llamada " librador" a otra llamada " librado ", para que pague a la orden o al portador, cierta suma de dinero, a la vista o en una fecha determinada. regulado por el Código de comercio Colombiano en sus artículos 691 a 708.
  • 4.
     La letrade cambio históricamente ha surgido, debido a exigencias económicas, que necesitaban de un medio acto para satisfacerlas
  • 5.
     la letraes un título valor esencialmente de crédito, es decir, que contiene una operación crediticia que debe satisfacerse mediante el pago de una cantidad de dinero, en un tiempo determinado
  • 6.
     Girador olibrador: el que da la orden de pago.  Girado o librado: Acepta la orden de pago firmando el documento comprometiéndose a pagar.  Beneficiario o tomador: Recibe la suma de dinero en el tiempo señalado  Avalista: la persona que garantiza el pago de la letra. no es un requisito obligatorio.
  • 7.
     letra decambio es título- valor a la orden, o sea que se puede transferir mediante endoso; aun cuando no figure la cláusula a la orden, la letra es un documento circulante, por tanto puede tener una serie continuada de endosos
  • 8.
     La LeyCambiaria y del Cheque establece los siguientes requisitos mínimos para considerar un documento letra de cambio: 1. La denominación de Letra de Cambio inserta en el mismo texto del documento y expresado en el mismo idioma empleado en la redacción del documento.  2. La orden pura y simple de pagar una suma determinada.  3. Nombre del que debe pagar (Librado). 4. Indicación de la fecha de vencimiento. 5. Lugar donde el pago debe efectuarse. 6. Nombre de la persona a cuyo cargo debe efectuarse el pago suele corresponder con el librador de la letra. 7. Fecha y lugar donde se emitió la letra. 8. La firma del que gira la letra (Librador).
  • 10.
     A lapropia orden (a la orden del girador)  Cuando un sujeto crea la letra de cambio a favor de él mismo. Una persona debe pagarla al creador de la letra.  A cargo de tercera persona.  Cuando un sujeto crea la letra de cambio para que la pague una persona determinada favor de otra persona. Intervienen tres sujetos: Creador de la letra, Girado (el que debe pagar la letra) y beneficiario (al que le deben pagar la letra)  A cargo del propio Girador.  Cuando un sujeto crea la letra de cambio para pagarla el mismo a otra persona.
  • 11.
     El endosante:Es el que endosa una letra o la transmite a un tercero.  El endosatario: Es aquel el que recibe la letra.  Endosar: Es ceder a otra persona el derecho a cobrar un documento de crédito, como una letra de cambio o un cheque a la orden
  • 12.
     El avales el compromiso que adquiere una tercera persona de realizar el pago, en caso de no hacerlo el librado. Pudiendo comprender la totalidad de la deuda o parte de ella. El aval se debe hacer constar en el reverso de la letra de cambio
  • 13.
     Es unacto notarial que sirve para acreditar que se ha producido la falta de aceptación o de pago de la letra de cambio.  El protesto notarial puede ser sustituido por una declaración firmada por el librado en la que conste su negativa a aceptar o pagar la letra.  Solo será necesario cuando el creador de la letra o algún tenedor inserte la clausula “con protesto”, en el anverso y con caracteres visibles.
  • 14.
     La Aceptaciónde la letra de cambio es el acto por medio del cual el girado estampa su firma en el documento, manifestando así la voluntad de obligarse cambiariamente a realizar el pago de la letra. Una vez aceptada la letra, el aceptante se convierte en el principal obligado, y se constituye en deudor cambiario de cualquier tenedor de la letra, incluso del mismo girador.
  • 15.
     El pagode la letra debe hacerse contra su entrega.
  • 16.
     Día fijo:vencen en el plazo establecido en la letra.  A la vista: se vuelve pagadera en cuanto acepta la parte obligada a pagar  A un plazo desde la fecha: vencen el día que se cumpla el plazo señalado.  A un plazo desde la vista: su vencimiento se determinará a un plazo desde la fecha de la aceptación.