"Para su Aplicación en la Teoría del caso"
Oscar Peña Gonzáles / Frank Almanza Altamirano
Editorial Nomos & Thesis E.I.R.L. 2010
PRIMERA PARTE - TEORÍA DEL DELITO
CAPÍTULO 1 / EL DELITO
CAPÍTULO 2 / LA ACCIÓN
CAPÍTULO 3 / LA OMISIÓN
CAPÍTULO 4 / LA TIPICIDAD
CAPÍTULO 5 / LA ANTIJURICIDAD
CAPÍTULO 6 / LA CULPABILIDAD
SEGUNDA PARTE - TEORÍA DEL CASO
CAPÍTULO 1 / LA TEORÍA DEL DELITO COMO ELEMENTO ESENCIAL EN EL PLANTEAMIENTO DE LA TEORÍA DEL CASO
CAPÍTULO 2 / TEORÍA DEL CASO
CASOS PRÁCTICOS
"Para su Aplicación en la Teoría del caso"
Oscar Peña Gonzáles / Frank Almanza Altamirano
Editorial Nomos & Thesis E.I.R.L. 2010
PRIMERA PARTE - TEORÍA DEL DELITO
CAPÍTULO 1 / EL DELITO
CAPÍTULO 2 / LA ACCIÓN
CAPÍTULO 3 / LA OMISIÓN
CAPÍTULO 4 / LA TIPICIDAD
CAPÍTULO 5 / LA ANTIJURICIDAD
CAPÍTULO 6 / LA CULPABILIDAD
SEGUNDA PARTE - TEORÍA DEL CASO
CAPÍTULO 1 / LA TEORÍA DEL DELITO COMO ELEMENTO ESENCIAL EN EL PLANTEAMIENTO DE LA TEORÍA DEL CASO
CAPÍTULO 2 / TEORÍA DEL CASO
CASOS PRÁCTICOS
Acumulacion Procesal, Litisconsorcio e Intervención de Terceros en el Proceso...Ronald Lobaton
Acumulación Procesal, Litisconsorcio e Intervención de Terceros en el Proceso Civil. PPT práctico para estudiantes del curso de Teoría General del Proceso
Tema 4: Inhibición y Recusación en Materia Laboral Tema 5: Medios de Prueba AndreaLeal59
Inhibición Es la acción tomada por el juez de abstenerse de seguir conociendo de una causa, que inicialmente le correspondía conocer.
Recusación Es el acto mediante el cual una de la partes rechaza a un juez para que entienda o conozca de la causa, tomando en cuenta que se juzga que su imparcialidad ofrece motivadas dudas.
Causales de Inhibición y Recusación en materia Laboral.
Tramitación de inhibición y Recusación.Cuando el juez observa que se encuentra incumpliendo alguna de las clausulas de inhibición o recusación establecidas en el Art. 31 LDPL, Inmediatamente procede a redactar un acta en donde reasignara la causa a un tribunal competente pero que este conozca de la misma. Si el caso fuera de inhibición e juez a quien corresponda, deberá decidirla dentro de los 3 días de despacho siguientes al recibo de las actuaciones.
En cuanto a recusación esta deberá ser presentada personalmente y por escrito al juez recusado y además también puede ser presentada antes de que se realice la audiencia preliminar.
En los casos de inhibiciones o recusaciones de los Jueces de Sustanciación, Mediación y Ejecución o de los Jueces de Juicio, conocerá el Juez del Tribunal Superior del Trabajo competente por el territorio.
En los casos de inhibición o recusación de los Jueces que integran los Tribunales Superiores del Trabajo, será competente para decidir, el Juez de un Tribunal de la misma categoría.
Medios de prueba
Por medios de prueba deben considerarse los elementos o instrumentos utilizados por las partes y el juez, que suministren esas razones o motivos.
Pruebas
Esta es el elemento procesal mas relevante para la determinación de los hechos, mediante esta el tribunal podrá adquirir el conocimiento necesario para descubrir la verdad.
Medios Probatorios
Los Medios probatorios se encuentran específicamente a partir del Art 77 de La ley Orgánica Procesal del Trabajo, hasta el Art 122. Entre ellos tenemos:
Prueba por escrito: Esta consiste en la representación escrita de un hecho.
Art. 77 al 81
Ejemplo: informes o archivos.
De la exhibición de documentos Es un medio probatorio mediante el cual, se adhiere al proceso una prueba documental.
Art. 82
Ejemplo; Documentos públicos o privados.
La prueba de experticia: Es un medio de prueba que se basa en la aportación de elementos técnicos y científicos, para que sean apreciados por el juez.
Art. 92 al 97
Ejemplo: Accidente de trabajo, en donde la experticia determinara lo sucedido.
Prueba de testigos: Es una prueba mediante la cual un testigo puede declarar ante el juez y aportar conocimiento sobre los hechos.
Art. 98 y 99
Ejemplo: Una persona que presencio el suceso, en un accidente en horas laborales.
Declaración de parte: Se trata de la juramentación de las partes, este medio de prueba solamente puede ser promovida por el juez en la audiencia de juicio.
Art. 103 al 106
Gracias…
Este es un modelo de demanda de cobro de beneficios sociales e pago de indemnización por despido arbitrario realizado teniendo en cuenta lo establecido en la Nueva Ley Procesal del Trabajo (Perú). AUTOR: José María Pacori Cari
Esta publicación se realiza en la “legítima defensa” que tenemos los ciudadanos peruanos como Derecho consagrado en el artículo2 inciso 23 de nuestra Constitución; para defendernos legalmenteante tanto abuso, vejamen y atropello y ante tanta agresión ilegítima cometida por diversas clase de corruptos funcionariospúblicos y corruptos magistrados del Ministerio Publico y del Poder Judicial que en forma permanente y brutal violan en forma impuney flagrantemente de manera sistemática y constante los máselementales derechos y principios constitucionales de losciudadanos peruanos
A lo largo de la historia de las relaciones humanas han existido conflictos y soluciones acordes a los tiempos.
Ya sea por el típico método judicial o por los nuevos modelos de mediación, la resolución de los diversos puntos en conflictos requiere de la visión y acción de un profesional del derecho.
La comprometida actividad del abogado y su conocimiento de las leyes permite articular soluciones al amplio abanico de conflictos jurídicos de los particulares y de las organizaciones.
Esta es la vocación que hemos puesto a su servicio.
Sin más lo invitamos a recorrer las siguientes páginas para interiorizarse de nuestras actividades y servicios.
Acumulacion Procesal, Litisconsorcio e Intervención de Terceros en el Proceso...Ronald Lobaton
Acumulación Procesal, Litisconsorcio e Intervención de Terceros en el Proceso Civil. PPT práctico para estudiantes del curso de Teoría General del Proceso
Tema 4: Inhibición y Recusación en Materia Laboral Tema 5: Medios de Prueba AndreaLeal59
Inhibición Es la acción tomada por el juez de abstenerse de seguir conociendo de una causa, que inicialmente le correspondía conocer.
Recusación Es el acto mediante el cual una de la partes rechaza a un juez para que entienda o conozca de la causa, tomando en cuenta que se juzga que su imparcialidad ofrece motivadas dudas.
Causales de Inhibición y Recusación en materia Laboral.
Tramitación de inhibición y Recusación.Cuando el juez observa que se encuentra incumpliendo alguna de las clausulas de inhibición o recusación establecidas en el Art. 31 LDPL, Inmediatamente procede a redactar un acta en donde reasignara la causa a un tribunal competente pero que este conozca de la misma. Si el caso fuera de inhibición e juez a quien corresponda, deberá decidirla dentro de los 3 días de despacho siguientes al recibo de las actuaciones.
En cuanto a recusación esta deberá ser presentada personalmente y por escrito al juez recusado y además también puede ser presentada antes de que se realice la audiencia preliminar.
En los casos de inhibiciones o recusaciones de los Jueces de Sustanciación, Mediación y Ejecución o de los Jueces de Juicio, conocerá el Juez del Tribunal Superior del Trabajo competente por el territorio.
En los casos de inhibición o recusación de los Jueces que integran los Tribunales Superiores del Trabajo, será competente para decidir, el Juez de un Tribunal de la misma categoría.
Medios de prueba
Por medios de prueba deben considerarse los elementos o instrumentos utilizados por las partes y el juez, que suministren esas razones o motivos.
Pruebas
Esta es el elemento procesal mas relevante para la determinación de los hechos, mediante esta el tribunal podrá adquirir el conocimiento necesario para descubrir la verdad.
Medios Probatorios
Los Medios probatorios se encuentran específicamente a partir del Art 77 de La ley Orgánica Procesal del Trabajo, hasta el Art 122. Entre ellos tenemos:
Prueba por escrito: Esta consiste en la representación escrita de un hecho.
Art. 77 al 81
Ejemplo: informes o archivos.
De la exhibición de documentos Es un medio probatorio mediante el cual, se adhiere al proceso una prueba documental.
Art. 82
Ejemplo; Documentos públicos o privados.
La prueba de experticia: Es un medio de prueba que se basa en la aportación de elementos técnicos y científicos, para que sean apreciados por el juez.
Art. 92 al 97
Ejemplo: Accidente de trabajo, en donde la experticia determinara lo sucedido.
Prueba de testigos: Es una prueba mediante la cual un testigo puede declarar ante el juez y aportar conocimiento sobre los hechos.
Art. 98 y 99
Ejemplo: Una persona que presencio el suceso, en un accidente en horas laborales.
Declaración de parte: Se trata de la juramentación de las partes, este medio de prueba solamente puede ser promovida por el juez en la audiencia de juicio.
Art. 103 al 106
Gracias…
Este es un modelo de demanda de cobro de beneficios sociales e pago de indemnización por despido arbitrario realizado teniendo en cuenta lo establecido en la Nueva Ley Procesal del Trabajo (Perú). AUTOR: José María Pacori Cari
Esta publicación se realiza en la “legítima defensa” que tenemos los ciudadanos peruanos como Derecho consagrado en el artículo2 inciso 23 de nuestra Constitución; para defendernos legalmenteante tanto abuso, vejamen y atropello y ante tanta agresión ilegítima cometida por diversas clase de corruptos funcionariospúblicos y corruptos magistrados del Ministerio Publico y del Poder Judicial que en forma permanente y brutal violan en forma impuney flagrantemente de manera sistemática y constante los máselementales derechos y principios constitucionales de losciudadanos peruanos
A lo largo de la historia de las relaciones humanas han existido conflictos y soluciones acordes a los tiempos.
Ya sea por el típico método judicial o por los nuevos modelos de mediación, la resolución de los diversos puntos en conflictos requiere de la visión y acción de un profesional del derecho.
La comprometida actividad del abogado y su conocimiento de las leyes permite articular soluciones al amplio abanico de conflictos jurídicos de los particulares y de las organizaciones.
Esta es la vocación que hemos puesto a su servicio.
Sin más lo invitamos a recorrer las siguientes páginas para interiorizarse de nuestras actividades y servicios.
Es grato dirigirnos a ustedes, a fin de remitirle y detallarle nuestro servicio de Asesoría Legal Empresarial Integral, los mismos que serán vitales para superar vuestras contingencias.
A&A Consultores es una empresa dedicada a la prestación de servicios legales altamente personalizados. Nuestras áreas de experiencia son: Asesoría Corporativa; Asesoría para Operaciones Inmobiliarias y Saneamiento de Propiedades.
Somos una firma de asesoría legal especializada que tiene como objetivo proporcionar soluciones efectivas a nuestros clientes.
Más que abogados, somos asesores legales que buscan dar un enfoque empresarial y de negocios en cada caso, procurando generar nuevas oportunidades entre nuestros clientes.
Contáctanos a: gerencia@lexabogados.com.sv
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China, un mercado por decubrir.
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Elaboración, implementación y evaluación del PCI para la gestión pedagógica d...
Lextratega abogados (presentación corporativa)
1.
2. Perfil Despacho constituido en el año 2010, sobre una
idea principal: ofrecer al cliente una atención más
personalizada y cuidadosa, considerando hasta el más
pequeño detalle de cada operación.
La firma se encuentra integrada por tres socios
dedicados de tiempo completo a la práctica del derecho,
así como por un grupo de abogados asociados elegidos
por su experiencia profesional y académica, y
especializados en numerosas disciplinas jurídicas,
agrupadas en dos grandes ramas: el área corporativa y el
área de litigio.
Es por ello que nos caracterizamos en ser un despacho
de abogados comprometidos a satisfacer las necesidades
jurídicas de nuestros clientes, mediante la prestación de
servicios de defensa y asesoría legal integral, siendo
bases rectoras de la relación cliente-abogado la ética
profesional, honestidad, transparencia y profesionalismo.
3. Nuestra experiencia
• Está conformada por el permanente ejercicio del derecho en los
sectores privado y público, así como en distintas áreas de la
práctica legal; obtenida del ejercicio profesional y académico de
cada uno de los integrantes de Lextratega, por lo que la asesoría y
defensa de empresas, la consultoría dentro de la administración
pública, así como en diversos órganos jurisdiccionales, constituye
un valor agregado que abona en la calidad de los resultados.
4. Nuestros Servicios
a) Área Corporativa
Nuestra firma presta servicios de consultoría respecto de una gran
gama de servicios corporativos, como la planeación de estructuras
de todas clase de sociedades, incluyendo la preparación de
estatutos sociales, acuerdos entre socios, estipulaciones para la
protección de derechos corporativos de accionistas y esquemas
para el control de sociedades.
5. Nuestros Servicios
Auditoría legal y estrategias preventivas de empresas:
Servicio del área corporativa destinado a las micros, medianas y
grandes empresas que no cuentan con la seguridad jurídica que se
requiere para que mantener sólida la estructura financiera y legal de la
empresa.
Este servicio es la mejor herramienta para conocer todos los riesgos
jurídicos por los que actualmente puede estar atravesando la
empresa, para posteriormente corregirlos.
6. Nuestros Servicios
b) Área de litigio
Nuestro despacho se dedica a la representación de los intereses de
nuestros clientes ante juzgados, tanto locales como federales, cuya
jurisdicción se encuentre en cualquier Estado de la República
Mexicana. Contando además con gran experiencia en la sustanciación
de juicios de amparo.
7. Nuestros Servicios
Corporativo Fiscal Laboral
• Estrategia • Asesoría • Asesoría
• Constitución de • Atención a • Defensa
Sociedades requerimientos de al • Planeación
• Elaboración de Actas autoridad • Documentación y
• Celebración de • Planeación visitas de
Asambleas • Recursos inspección
• Fusiones, Escisiones y Administrativos • Auditoría
Liquidaciones • Juicio Contencioso • Negociación
• Acciones Administrativo
• Amparo
Auditoría legal
• Análisis de las áreas administrativa, civil,
mercantil, laboral y societario
• Identificación de contingencias legales
• Diagnóstico de las áreas de análisis
• Implementación de acciones correctivas y
preventivas
• Supervisión constante de la aplicación de
acciones
8. Socios
Leo David Alvarado Roldán
Responsable del área fiscal y corporativo
Federico Basauri Ochoa
Responsable del área de auditorías legales
Alejandro Tavares Calderón
Responsable del área laboral