Este documento establece medidas para garantizar el derecho al trabajo de las personas con discapacidad en Colombia. Se requiere que el gobierno y entidades como el Ministerio de Trabajo, SENA y Bancóldex implementen estrategias como capacitación, créditos preferenciales, incentivos a empresas que contraten personas con discapacidad, y sistemas de preferencia para contratistas con discapacidad, con el fin de promover su inclusión laboral.
Este documento presenta 21 artículos de la Ley 1014 de Colombia. Los artículos describen los objetivos de la formación para el emprendimiento en los niveles educativos, la enseñanza obligatoria del tema, y la creación de un sistema de información y orientación profesional. También cubren la formación de formadores, la opción de planes de negocios como trabajos de grado, y varias actividades y beneficios destinados a promover la cultura emprendedora.
La ley 1014 establece objetivos y lineamientos para promover la cultura empresarial y el emprendimiento en Colombia. Busca desarrollar habilidades emprendedoras en los estudiantes desde edades tempranas a través de la inclusión de una cátedra empresarial en los planes de estudio. También crea redes de apoyo para emprendedores y establece beneficios para aquellos que se vinculen, como acceso preferencial a programas de formación y herramientas para emprendedores.
Esta ley establece objetivos y lineamientos para promover la cultura empresarial y el emprendimiento en Colombia. Señala que la formación para el emprendimiento debe ser obligatoria en los niveles educativos formales y que debe incluir la enseñanza de habilidades empresariales. Además, crea incentivos para vincular emprendedores a redes de apoyo, y establece que las nuevas empresas pequeñas se constituirán bajo normas simplificadas.
El Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) se encarga de ofrecer formación profesional gratuita a los trabajadores colombianos para contribuir al desarrollo del país. El SENA innovará permanentemente sus estrategias de aprendizaje de acuerdo con las necesidades del sector empresarial y los cambios tecnológicos. El contrato de aprendizaje permite a las personas obtener formación profesional a cambio de apoyo económico por parte de las empresas, sin que esto constituya un salario.
Este documento describe el sistema educativo actual de una provincia en Argentina. Resume la legislación vigente, la administración del sistema, la matrícula escolar, el financiamiento y los trayectos educativos de los estudiantes. También identifica tres ejes críticos que impiden mejoras: la infraestructura y servicio alimentario escolar, las condiciones laborales de los docentes y la formación docente.
Esta ley establece objetivos y lineamientos para promover la cultura empresarial y el emprendimiento en Colombia. Se destaca que la formación para el emprendimiento será obligatoria en los niveles educativos formales y se enfocará en desarrollar habilidades emprendedoras. Además, establece beneficios para emprendedores que se vinculen a redes de emprendimiento y promueve programas de apoyo a la creación de nuevas empresas.
Este documento presenta 21 artículos de la Ley 1014 de Colombia. Los artículos describen los objetivos de la formación para el emprendimiento en los niveles educativos, la enseñanza obligatoria del tema, y la creación de un sistema de información y orientación profesional. También cubren la formación de formadores, la opción de planes de negocios como trabajos de grado, y varias actividades y beneficios destinados a promover la cultura emprendedora.
Este documento presenta información sobre la democratización de la transformación productiva y el acceso a los factores de producción en Ecuador. Explica que el Estado promoverá políticas para facilitar el acceso a la tierra, capital y tecnología, especialmente para agricultores familiares, mujeres y pueblos indígenas. También establece objetivos como fomentar la propiedad de medios de producción y empresas, e incentivar la innovación y desarrollo de MIPYMES. Finalmente, detalla mecanismos para facilitar el financiamiento y acceso
Este documento presenta 21 artículos de la Ley 1014 de Colombia. Los artículos describen los objetivos de la formación para el emprendimiento en los niveles educativos, la enseñanza obligatoria del tema, y la creación de un sistema de información y orientación profesional. También cubren la formación de formadores, la opción de planes de negocios como trabajos de grado, y varias actividades y beneficios destinados a promover la cultura emprendedora.
La ley 1014 establece objetivos y lineamientos para promover la cultura empresarial y el emprendimiento en Colombia. Busca desarrollar habilidades emprendedoras en los estudiantes desde edades tempranas a través de la inclusión de una cátedra empresarial en los planes de estudio. También crea redes de apoyo para emprendedores y establece beneficios para aquellos que se vinculen, como acceso preferencial a programas de formación y herramientas para emprendedores.
Esta ley establece objetivos y lineamientos para promover la cultura empresarial y el emprendimiento en Colombia. Señala que la formación para el emprendimiento debe ser obligatoria en los niveles educativos formales y que debe incluir la enseñanza de habilidades empresariales. Además, crea incentivos para vincular emprendedores a redes de apoyo, y establece que las nuevas empresas pequeñas se constituirán bajo normas simplificadas.
El Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) se encarga de ofrecer formación profesional gratuita a los trabajadores colombianos para contribuir al desarrollo del país. El SENA innovará permanentemente sus estrategias de aprendizaje de acuerdo con las necesidades del sector empresarial y los cambios tecnológicos. El contrato de aprendizaje permite a las personas obtener formación profesional a cambio de apoyo económico por parte de las empresas, sin que esto constituya un salario.
Este documento describe el sistema educativo actual de una provincia en Argentina. Resume la legislación vigente, la administración del sistema, la matrícula escolar, el financiamiento y los trayectos educativos de los estudiantes. También identifica tres ejes críticos que impiden mejoras: la infraestructura y servicio alimentario escolar, las condiciones laborales de los docentes y la formación docente.
Esta ley establece objetivos y lineamientos para promover la cultura empresarial y el emprendimiento en Colombia. Se destaca que la formación para el emprendimiento será obligatoria en los niveles educativos formales y se enfocará en desarrollar habilidades emprendedoras. Además, establece beneficios para emprendedores que se vinculen a redes de emprendimiento y promueve programas de apoyo a la creación de nuevas empresas.
Este documento presenta 21 artículos de la Ley 1014 de Colombia. Los artículos describen los objetivos de la formación para el emprendimiento en los niveles educativos, la enseñanza obligatoria del tema, y la creación de un sistema de información y orientación profesional. También cubren la formación de formadores, la opción de planes de negocios como trabajos de grado, y varias actividades y beneficios destinados a promover la cultura emprendedora.
Este documento presenta información sobre la democratización de la transformación productiva y el acceso a los factores de producción en Ecuador. Explica que el Estado promoverá políticas para facilitar el acceso a la tierra, capital y tecnología, especialmente para agricultores familiares, mujeres y pueblos indígenas. También establece objetivos como fomentar la propiedad de medios de producción y empresas, e incentivar la innovación y desarrollo de MIPYMES. Finalmente, detalla mecanismos para facilitar el financiamiento y acceso
La ley establece el marco legal para promover los derechos de las personas con discapacidad y su inclusión en la vida política, económica, social y cultural. Se describen las competencias del Estado para formular políticas y asignar recursos para este fin. Se detallan los derechos de las personas con discapacidad en áreas como salud, educación, transporte, empleo y más. También se establecen el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad y las oficinas regionales y locales para la atención de personas con
La ley establece objetivos y lineamientos para promover el desarrollo de habilidades emprendedoras en estudiantes y ciudadanos. Se crea un sistema de información y orientación profesional, y se promueve la enseñanza obligatoria de emprendimiento en colegios y universidades a través de cátedras y planes de negocio. Además, se ofrecen incentivos como formación y asesoría para emprendedores vinculados a redes de emprendimiento.
Ley 1014 del 2006 guimber manzi y luisa moreno 901skjghaer
La ley 1014 de 2006 establece objetivos y lineamientos para promover el desarrollo de habilidades emprendedoras en Colombia. Se busca lograr el desarrollo integral de las personas y acercar las instituciones educativas al mundo productivo. Se define la enseñanza de emprendimiento como obligatoria en todos los niveles educativos y se promueven actividades para fomentar la cultura emprendedora.
El documento resume los incentivos e iniciativas del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo de Colombia para apoyar a las mujeres desplazadas que han logrado establecer empresas. Estos incluyen tres convocatorias para proyectos de encadenamientos productivos, centros de desarrollo empresarial y microfranquicias, así como programas para fortalecer unidades productivas indígenas y víctimas del desplazamiento forzado. También menciona el Fondo Emprender administrado por el SENA como una fuente principal de financiamiento para
Este documento establece lineamientos para fomentar la cultura del emprendimiento en Colombia. Los objetivos de la formación para el emprendimiento incluyen lograr personas integrales y contribuir al mejoramiento de sus capacidades. Se hace obligatoria la enseñanza del emprendimiento en todos los niveles educativos. Además, se promueve la formación de formadores, el voluntariado empresarial, programas de apoyo a nuevas empresas y la difusión de la cultura del emprendimiento en televisión pública.
El SISFOH es un sistema intersectorial e intergubernamental que permite identificar a las personas o los hogares en situación de pobreza para que las intervenciones públicas focalizadas del Estado puedan considerarlos como sus potenciales usuarios. La ULE es la responsable de recibir e impulsar el trámite de las solicitudes de clasificación socioeconómica ante la DOF y de recolectar la información de los hogares solicitantes. La clasificación socioeconómica determinada por el SISFOH es empleada por programas sociales y de
El SISFOH es un sistema que permite identificar hogares en situación de pobreza para que programas del Estado puedan brindarles asistencia. La Unidad Local de Empadronamiento es responsable de recolectar información de hogares solicitantes y registrarla en el sistema para determinar su clasificación socioeconómica, la cual define su elegibilidad para programas de salud, educación, pensiones y otros.
El documento describe varios programas del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo de Colombia para apoyar el desarrollo empresarial de poblaciones vulnerables como víctimas del desplazamiento forzado y comunidades indígenas. Estos programas incluyen convocatorias para fortalecer empresas a través de encadenamientos productivos, microfranquicias y centros empresariales; apoyo para fortalecer las economías de comunidades indígenas; e iniciativas para mejorar la capacidad empresarial y competitividad de tender
El documento habla sobre una empresa con más de 5 años de experiencia en la distribución y elaboración de bufandas a nivel nacional e internacional ubicada en Bogotá. La empresa se enfoca en distribuir y expandir su línea de bufandas colombianas de alta calidad mediante un portafolio de diseños exclusivos y diferentes medidas y colores.
El documento habla sobre una empresa con más de 5 años de experiencia en la distribución y elaboración de bufandas a nivel nacional e internacional ubicada en Bogotá. La empresa se enfoca en distribuir y expandir su línea de bufandas colombianas de alta calidad mediante un portafolio de diseños exclusivos y diferentes medidas y colores.
Sistema de focalización de hogares _ sisfoshZairaYanayaco
El documento describe el Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH) en Perú, que permite identificar hogares en situación de pobreza para que programas sociales del Estado puedan brindarles asistencia. El SISFOH asigna una Clasificación Socioeconómica a cada hogar que determina su elegibilidad para 8 programas como Pensión 65, JUNTOS y seguro de salud. La clasificación se basa en información recolectada a través de formatos completados en las Unidades Locales de Empadronamiento.
La ley 1014 establece las bases para promover una política de Estado que fomente la cultura emprendedora en Colombia. Se crean redes nacionales y regionales para el emprendimiento para establecer políticas, planes estratégicos y apoyar procesos emprendedores. La ley también promueve la enseñanza obligatoria de emprendimiento en la educación formal y establece incentivos para emprendedores como acceso a programas de formación.
La ley 1014 establece las bases para promover una política de Estado que fomente la cultura emprendedora en Colombia. Se crean redes nacionales y regionales para el emprendimiento para establecer políticas, planes estratégicos y apoyar procesos emprendedores. La ley también promueve la enseñanza obligatoria de emprendimiento en la educación formal y establece incentivos para emprendedores como acceso a programas de formación.
La ley 1014 establece las bases para promover una política de Estado que fomente la cultura emprendedora en Colombia. Se crean redes nacionales y regionales para el emprendimiento para establecer políticas, planes estratégicos y proporcionar apoyo a emprendedores. La ley también promueve la enseñanza obligatoria de emprendimiento en la educación formal y establece incentivos para nuevas empresas como acceso a programas de formación.
La ley 1014 de 2006 establece objetivos y lineamientos para promover la cultura emprendedora en Colombia. Define que la formación para el emprendimiento debe ser un área obligatoria en todos los niveles educativos formales. Además, estipula que entidades como el Sena deben ofrecer programas de formación de formadores en emprendimiento y que las universidades pueden ofrecer proyectos de emprendimiento como opciones para trabajos de grado. Finalmente, detalla diversas actividades y beneficios dirigidos a promover y apoyar el emprendimiento
Respuesta inclusion social septiembre 8 2015lamunoz2
Este documento describe varios programas y convocatorias del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo de Colombia para apoyar el desarrollo empresarial de la población víctima del desplazamiento forzado, incluyendo convocatorias para encadenamientos productivos, centros de desarrollo empresarial, y microfranquicias, así como programas para fortalecer las comunidades indígenas y mejorar la inclusión de la población víctima en el mercado. También menciona otros recursos disponibles como el
La ley 1014 de 2006 tiene como objetivo promover la cultura del emprendimiento en Colombia a través de tres estrategias principales: 1) incorporar la enseñanza del emprendimiento en todos los niveles del sistema educativo, 2) crear redes nacionales y regionales para el emprendimiento que coordinen las instituciones públicas y privadas involucradas, y 3) establecer mecanismos de financiamiento y apoyo para nuevos emprendedores y empresas.
El documento presenta un convenio marco entre la Secretaría del Trabajo y Previsión Social de México y una institución denominada "Instituto de Difusión Técnica Núm. 4" para implementar el programa Jóvenes Construyendo el Futuro. El convenio establece que la Secretaría será responsable de proporcionar una beca de $3,600 mensuales a los becarios, así como capacitarlos y darles seguimiento. La institución tutora se compromete a desarrollar un plan de capacitación, recibir a los becarios para
Ley 1014 de 2006 de fomento a la cultura del emprendimientoManuel Bedoya D
Este documento establece la creación de redes nacionales y regionales para el fomento del emprendimiento en Colombia. Define términos como cultura empresarial, emprendedor y planes de negocios. Establece que la educación debe promover el espíritu emprendedor y vincular el sistema educativo con el productivo. Crear estas redes busca promover la creación de empresas, fortalecer procesos empresariales y brindar acompañamiento a nuevas empresas.
La ley establece el marco legal para promover los derechos de las personas con discapacidad y su inclusión en la vida política, económica, social y cultural. Se describen las competencias del Estado para formular políticas y asignar recursos para este fin. Se detallan los derechos de las personas con discapacidad en áreas como salud, educación, transporte, empleo y más. También se establecen el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad y las oficinas regionales y locales para la atención de personas con
La ley establece objetivos y lineamientos para promover el desarrollo de habilidades emprendedoras en estudiantes y ciudadanos. Se crea un sistema de información y orientación profesional, y se promueve la enseñanza obligatoria de emprendimiento en colegios y universidades a través de cátedras y planes de negocio. Además, se ofrecen incentivos como formación y asesoría para emprendedores vinculados a redes de emprendimiento.
Ley 1014 del 2006 guimber manzi y luisa moreno 901skjghaer
La ley 1014 de 2006 establece objetivos y lineamientos para promover el desarrollo de habilidades emprendedoras en Colombia. Se busca lograr el desarrollo integral de las personas y acercar las instituciones educativas al mundo productivo. Se define la enseñanza de emprendimiento como obligatoria en todos los niveles educativos y se promueven actividades para fomentar la cultura emprendedora.
El documento resume los incentivos e iniciativas del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo de Colombia para apoyar a las mujeres desplazadas que han logrado establecer empresas. Estos incluyen tres convocatorias para proyectos de encadenamientos productivos, centros de desarrollo empresarial y microfranquicias, así como programas para fortalecer unidades productivas indígenas y víctimas del desplazamiento forzado. También menciona el Fondo Emprender administrado por el SENA como una fuente principal de financiamiento para
Este documento establece lineamientos para fomentar la cultura del emprendimiento en Colombia. Los objetivos de la formación para el emprendimiento incluyen lograr personas integrales y contribuir al mejoramiento de sus capacidades. Se hace obligatoria la enseñanza del emprendimiento en todos los niveles educativos. Además, se promueve la formación de formadores, el voluntariado empresarial, programas de apoyo a nuevas empresas y la difusión de la cultura del emprendimiento en televisión pública.
El SISFOH es un sistema intersectorial e intergubernamental que permite identificar a las personas o los hogares en situación de pobreza para que las intervenciones públicas focalizadas del Estado puedan considerarlos como sus potenciales usuarios. La ULE es la responsable de recibir e impulsar el trámite de las solicitudes de clasificación socioeconómica ante la DOF y de recolectar la información de los hogares solicitantes. La clasificación socioeconómica determinada por el SISFOH es empleada por programas sociales y de
El SISFOH es un sistema que permite identificar hogares en situación de pobreza para que programas del Estado puedan brindarles asistencia. La Unidad Local de Empadronamiento es responsable de recolectar información de hogares solicitantes y registrarla en el sistema para determinar su clasificación socioeconómica, la cual define su elegibilidad para programas de salud, educación, pensiones y otros.
El documento describe varios programas del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo de Colombia para apoyar el desarrollo empresarial de poblaciones vulnerables como víctimas del desplazamiento forzado y comunidades indígenas. Estos programas incluyen convocatorias para fortalecer empresas a través de encadenamientos productivos, microfranquicias y centros empresariales; apoyo para fortalecer las economías de comunidades indígenas; e iniciativas para mejorar la capacidad empresarial y competitividad de tender
El documento habla sobre una empresa con más de 5 años de experiencia en la distribución y elaboración de bufandas a nivel nacional e internacional ubicada en Bogotá. La empresa se enfoca en distribuir y expandir su línea de bufandas colombianas de alta calidad mediante un portafolio de diseños exclusivos y diferentes medidas y colores.
El documento habla sobre una empresa con más de 5 años de experiencia en la distribución y elaboración de bufandas a nivel nacional e internacional ubicada en Bogotá. La empresa se enfoca en distribuir y expandir su línea de bufandas colombianas de alta calidad mediante un portafolio de diseños exclusivos y diferentes medidas y colores.
Sistema de focalización de hogares _ sisfoshZairaYanayaco
El documento describe el Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH) en Perú, que permite identificar hogares en situación de pobreza para que programas sociales del Estado puedan brindarles asistencia. El SISFOH asigna una Clasificación Socioeconómica a cada hogar que determina su elegibilidad para 8 programas como Pensión 65, JUNTOS y seguro de salud. La clasificación se basa en información recolectada a través de formatos completados en las Unidades Locales de Empadronamiento.
La ley 1014 establece las bases para promover una política de Estado que fomente la cultura emprendedora en Colombia. Se crean redes nacionales y regionales para el emprendimiento para establecer políticas, planes estratégicos y apoyar procesos emprendedores. La ley también promueve la enseñanza obligatoria de emprendimiento en la educación formal y establece incentivos para emprendedores como acceso a programas de formación.
La ley 1014 establece las bases para promover una política de Estado que fomente la cultura emprendedora en Colombia. Se crean redes nacionales y regionales para el emprendimiento para establecer políticas, planes estratégicos y apoyar procesos emprendedores. La ley también promueve la enseñanza obligatoria de emprendimiento en la educación formal y establece incentivos para emprendedores como acceso a programas de formación.
La ley 1014 establece las bases para promover una política de Estado que fomente la cultura emprendedora en Colombia. Se crean redes nacionales y regionales para el emprendimiento para establecer políticas, planes estratégicos y proporcionar apoyo a emprendedores. La ley también promueve la enseñanza obligatoria de emprendimiento en la educación formal y establece incentivos para nuevas empresas como acceso a programas de formación.
La ley 1014 de 2006 establece objetivos y lineamientos para promover la cultura emprendedora en Colombia. Define que la formación para el emprendimiento debe ser un área obligatoria en todos los niveles educativos formales. Además, estipula que entidades como el Sena deben ofrecer programas de formación de formadores en emprendimiento y que las universidades pueden ofrecer proyectos de emprendimiento como opciones para trabajos de grado. Finalmente, detalla diversas actividades y beneficios dirigidos a promover y apoyar el emprendimiento
Respuesta inclusion social septiembre 8 2015lamunoz2
Este documento describe varios programas y convocatorias del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo de Colombia para apoyar el desarrollo empresarial de la población víctima del desplazamiento forzado, incluyendo convocatorias para encadenamientos productivos, centros de desarrollo empresarial, y microfranquicias, así como programas para fortalecer las comunidades indígenas y mejorar la inclusión de la población víctima en el mercado. También menciona otros recursos disponibles como el
La ley 1014 de 2006 tiene como objetivo promover la cultura del emprendimiento en Colombia a través de tres estrategias principales: 1) incorporar la enseñanza del emprendimiento en todos los niveles del sistema educativo, 2) crear redes nacionales y regionales para el emprendimiento que coordinen las instituciones públicas y privadas involucradas, y 3) establecer mecanismos de financiamiento y apoyo para nuevos emprendedores y empresas.
El documento presenta un convenio marco entre la Secretaría del Trabajo y Previsión Social de México y una institución denominada "Instituto de Difusión Técnica Núm. 4" para implementar el programa Jóvenes Construyendo el Futuro. El convenio establece que la Secretaría será responsable de proporcionar una beca de $3,600 mensuales a los becarios, así como capacitarlos y darles seguimiento. La institución tutora se compromete a desarrollar un plan de capacitación, recibir a los becarios para
Ley 1014 de 2006 de fomento a la cultura del emprendimientoManuel Bedoya D
Este documento establece la creación de redes nacionales y regionales para el fomento del emprendimiento en Colombia. Define términos como cultura empresarial, emprendedor y planes de negocios. Establece que la educación debe promover el espíritu emprendedor y vincular el sistema educativo con el productivo. Crear estas redes busca promover la creación de empresas, fortalecer procesos empresariales y brindar acompañamiento a nuevas empresas.
Similar a Ley estatutaria 1618 de 2013 articulo 13 (20)
En la ciudad de Pasto, estamos revolucionando el acceso a microcréditos y la formalización de microempresarios informales con nuestra aplicación CrediAvanza. Nuestro objetivo es empoderar a los emprendedores locales proporcionándoles una plataforma integral que facilite el acceso a servicios financieros y asesoría profesional.
José Luis Jiménez Rodríguez
Junio 2024.
“La pedagogía es la metodología de la educación. Constituye una problemática de medios y fines, y en esa problemática estudia las situaciones educativas, las selecciona y luego organiza y asegura su explotación situacional”. Louis Not. 1993.
Business Plan -rAIces - Agro Business Techjohnyamg20
Innovación y transparencia se unen en un nuevo modelo de negocio para transformar la economia popular agraria en una agroindustria. Facilitamos el acceso a recursos crediticios, mejoramos la calidad de los productos y cultivamos un futuro agrícola eficiente y sostenible con tecnología inteligente.
CONTENIDOS Y PDA DE LA FASE 3,4 Y 5 EN NIVEL PRIMARIA
Ley estatutaria 1618 de 2013 articulo 13
1. LEY ESTATUTARIA 1618 DE 2013
ARTÍCULO 13. DERECHO AL TRABAJO. <Artículo CONDICIONALMENTE exequible> Todas las
personas con discapacidad tienen derecho al trabajo. Para garantizar el ejercicio efectivo del
derechoal trabajo de las personas con discapacidad, en términos de igualdad de oportunidades,
equidad e inclusión, en concordancia con el artículo 27 de la Ley 1346 de 2009, el Ministerio de
Trabajo o quien haga sus veces y demás entidades competentes establecerán entre otras, las
siguientes medidas:
1. El GobiernoNacional,atravésdel Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Departamento
Nacional de Planeación o de quienes hagan sus veces, expedirá el decreto reglamentario que
establezca una puntuación adicional en los procesos de licitación pública, concurso de méritos y
contratación directa, para las empresas que en su planta de personal tengan personas con
discapacidadcontratadas con todas las exigencias y garantías legalmente establecidas, y para las
empresas de personas con discapacidad, familiares y tutores.
Concordancias
2. El Ministerio de Trabajo o quien haga sus veces deberá:
a) Garantizarla capacitacióny formaciónal trabajode laspersonascon discapacidadysusfamilias,
teniendo en cuenta la oferta laboral del país;
b) Fortalecer el programa de ubicación laboral de las personas con discapacidad, mediante
estrategias de promoción direccionadas hacia el sector empresarial, incentivando además los
servicios de apoyo de acompañamiento a las empresas;
c) Desarrollarplanes y programas de inclusión laboral y generación de ingresos flexibles para las
personas que por su discapacidad severa o discapacidad múltiple, no puedan ser fácilmente
incluidos por el mercado laboral, o vinculados en sistemas de producción rentables o empleos
regulares.Parael efecto,deberáfijarestrategiasprotegidasoasistidas de generación de ingresos
o empleo que garanticen en cualquiera de las formas ingresos dignos y en las condiciones de
seguridadsocial que correspondan,ypermitiendoasuscuidadorasycuidadores,ysusfamilias,las
posibilidades de intervenir en estos procesos;
2. d) Fomentar la creación y fortalecimiento de unidades productivas, por medio de capacitación
técnicay empresarial,líneasde créditoespecíficasparaaquelloscasos enque lossolicitantessean
personascondiscapacidady/osusfamilias,conunabaja tasa de interés,apoyocontecnologíasde
la información y la comunicación, y diseño de páginas web para la difusión de sus productos,
dandoprelaciónala distribución, ventayadquisiciónde sus productos por parte de las entidades
públicas;
e) Incentivar el desarrollo de negocios inclusivos y fortalecer el emprendimiento y crecimiento
empresarial de las entidades que propenden por la independencia y superación de la población
con discapacidad, mediante programas de intermediación de mercados que potencien la
producción, la comercialización o venta de servicios generados por esta población, a partir del
financiamiento con recursos específicos y estrategias dirigidas;
f) En coordinación con el departamento administrativo de la función pública, asegurar que el
Estado a través de todos los órganos, organismos y entidades de los niveles nacional,
departamental,distrital ymunicipal,enlossectorescentral y descentralizado, deberá vincular un
porcentaje de personas con discapacidad dentro de los cargos existentes, el cual deberá ser
publicado al comienzo del año fiscal mediante mecanismos accesibles a la población con
discapacidad.
Concordancias
3. El Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, deberá:
a) Asegurar la inclusión efectiva de las personas con discapacidad a todos sus programas y
servicios de la entidad, además garantizar su acceso a los diferentes servicios de apoyo
pedagógico;
b) Garantizar la prestacióndel serviciode intérpretesde lengua de señas y guías intérpretes, para
la población con discapacidad auditiva y sordoceguera, y ayudas tecnológicas para las personas
con discapacidad visual, así como los apoyos específicos que requieren las personas con
discapacidad intelectual;
3. c) Garantizar asesoría y acompañamiento a los empresarios que deseen contratar personas con
discapacidad;
d) Asegurar la capacitación y formación al trabajo de las personas con discapacidad teniendo en
cuenta la oferta laboral del país;
e) Fortalecerel Servicio Nacional de Empleo SNE de cada Regional para que garantice el acceso y
beneficio de las personas con discapacidad mediante estrategias de promoción direccionadas
hacia el sector empresarial;
f) Otorgar títulosde formación profesional endiferentesáreas, a partir del reconocimiento de los
procesos formativos que realizan las organizaciones de y para personas con discapacidad, que
cumplan con los requisitos establecidos por esta entidad;
g) Formarevaluadoresenprocesosde certificaciónde evaluación de competencias en diferentes
áreas, que permitan a las personas con discapacidad adquirir una certificación de competencias
laborales de acuerdo a su experiencia;
4. El FondoNacional de Ahorroo quienhagassusveces,otorgará créditosde vivienday educación
para las personascondiscapacidad,conuna tasa de interéspreferencial.El Fondoreglamentará la
materia.
5. El Banco de Comercio Exterior de Colombia, Bancóldex, creará líneas de crédito con tasas de
interésblandas,paralosemprendimientoseconómicosode lasempresasenque seantitulareslas
personas con discapacidad en el 20%.
6. Los empresariosyempleadoresque vinculenlaboralmente personas con discapacidad, tendrán
además de lo establecido en el capítulo IV de la Ley 361 de 1997, los estímulos económicos que
establezca el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, de conformidad al artículo 27 numeral 1
literales h), i) de la Ley 1346 de 2009.
4. 7. El Gobierno Nacional deberá implementar mediante Decreto reglamentario un sistema de
preferencias a favor de los empleadores particulares que vinculen laboralmente personas con
discapacidad debidamente certificadas, en un porcentaje mínimo del 10% de su planta de
trabajadores. Tal sistema de preferencias será aplicable a los procesos de adjudicación y
celebraciónde contratos,yal otorgamientode créditos o subvenciones de organismos estatales.
8. Los gobiernos nacional, departamentales, distritales y municipales, deberán fijar mediante
decretoreglamentario,enlos procesosde selecciónde loscontratistasyproveedores, un sistema
de preferencias a favor de las personas con discapacidad.
Tomado de: https://www.icbf.gov.co/cargues/avance/docs/ley_1618_2013.htm