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Perú: “Ley Pulpín”, El BID y las APP
Las trampas hechas y lo que se oculta
rubèn ramos
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http://alizorojo.lamula.pe
2
En este artículo quiero referirme a dos aspectos vinculados con la
“Ley que promueve el acceso de jóvenes al mercado laboral y la
protección social”. Ley a la que ahora todos llaman “Ley Pulpín”. No
pretendo invalidar nada de cuanto los jóvenes han dicho al
respecto.
Debo subrayar, sin embargo que en su mayoría se trata de
aproximaciones intuitivas. Otras, son la expresión de viejas
estructuras sindicales o partidarias utilizando a sus integrantes
jóvenes para reclamar “diálogo” al gobierno y ver cómo se
acomodan mejor para seguir manipulando los intereses de los
trabajadores y seguir vegetando.
En cualquier caso, “la naturaleza contestataria de los jóvenes”, ha
puesto en evidencia una lamentable orfandad informativa y de
conocimiento, tanto sobre la ley, como sobre el entorno en el que se
enmarca y el contexto en el que se inscribe. Dos de los aspectos
que precisamente quiero tratar sin pretender agotar la discusión.
La “transmigración” del DL 728 y de otras trampas
Yo no soy un entendido en cuestiones laborales pero sé que todo
el armazón legislativo referido a la contratación de trabajadores, a
sus obligaciones y a sus derechos, se “flexibilizó” a favor del capital
y de la empresa privada, con los Programas de Ajuste Estructural
(PAE) a que dio lugar el Consenso de Washington a comienzos de
los 90’. Igual para los que ya se encontraban trabajando como para
los que recién se incorporaran.
De esos tiempos data el Decreto Legislativo 728 que aprobó la “Ley
de Fomento al Empleo” impuesto por la institucionalidad financiera
(FMI-BM) que rige, desde entonces (aunque ya lo venía haciendo
desde antes), la economía y la sociedad peruana.
Esta misma institucionalidad impuso el PAE y el “paquetazo” de los
90’ dando inicio al “milagro” del crecimiento macro-económico que
generó extrema pobreza, mayor desigualdad social y la crisis actual.
Muchos, sin embargo, añoran ese milagro.
El DL 728 y su reglamento fueron “ordenados” en un texto único
que apareció como “Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo
728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral Decreto
Supremo 003-97-TR 27/03/1997”.
3
Algo más: Ley, Reglamento y Texto único Ordenado (TUO) fueron
impuestos por la misma institucionalidad que impuso el modelo
macro económico para el Perú y, fueron refrendados por el ex-
presidente Fujimori y sus inefables primeros ministros, cada uno a
su turno.
Es a este TUO que la “Ley Pulpín” remite como “texto supletorio”
para todo aquello no previsto, en esta Ley. Así está escrito en el
apartado 5 del Art.1 de la “Ley Pulpín”. Dice textualmente: “En todo
lo no previsto en esta norma es de aplicación supletoria la
regulación de los contratos sujetos a modalidad prevista en el Texto
Único Ordenado del Decreto Legislativo 728, Ley de Productividad y
Competitividad Laboral aprobado mediante Decreto Supremo 003-
97-TR 27/03/1997.
Y, ¿qué son los contratos sujetos a modalidad?
Todos aquellos a “plazo fijo” (como los que prevé la Ley Pulpín),
que “se celebran en razón a las necesidades del mercado o a la
mayor producción de la empresa”. Así está definido en el Art. 53 del
TUO al que he hecho referencia. Valdría la pena que alguien más
versado en los intríngulis legales les diera a los jóvenes algunos
alcances respecto a sus implicancias.
Lo evidente es que la Ley Pulpín se enmarca dentro de un TUO de
la Ley 728, cuyo Título II, será el que marque la pauta para todo lo
que serán las modalidades de contratación de los jóvenes y su
“temporalidad” que, como es fácil deducir, no está en función de
tiempos, sino de “las necesidades del mercado o de la mayor
producción de la empresa”. En este sentido, no hay que pasar por
alto, primero, que el mercado urge ser “reactivado” haciendo que
ingresen más consumidores “formales”. No importa con sueldo
mínimo, pero que sean sujetos de crédito para sumarse a los
millones que “viven de prestado”. Segundo, las APP, como veremos
más adelante, necesitan mano de obra barata para “abaratar”
costos, pues así es como la empresa privada entiende incrementar
la producción.
Al margen de esto, dos preguntas ingenuas:
¿Será por esto de la “transmigración” del DL 728 al cuerpo de la
Ley Pulpín que la congresista Martha Chávez defiende esta ley?
¿Será que la exhortación del presidente Humala a los congresistas,
estaba dirigido a los fujimoristas?
4
(Recordemos que esta exhortación, además de retratarlo, pedía a
los congresistas que “tengan convicciones y firmeza y no posiciones
débiles que les hagan olvidarse y retroceder, porque eso genera el
desprecio del pueblo hacia el político”).
Las otras trampas
Pero, la del DL 728 no es la única “transmigración”. Hay más. Y tal
vez resulte mejor identificarlas como “las trampas” hechas para una
ley. Así, se dice en la Ley Pulpín, que todo lo que tenga que ver con
la Jornada de trabajo, horario de trabajo y trabajo en sobretiempo
se establecerá de acuerdo al DS 007-2002-TR, Texto Único
Ordenado del Decreto Legislativo 854, modificado por Ley 27671 o
“norma que lo sustituya”.
Lo que tenga que ver con lo que se llama “infracción administrativa
muy grave”, se verá a través de la Ley General de Inspección del
trabajo 28806 Art 33.
Y, la devolución de los pagos por seguro social, se resolverá por la
Ley 26979 (SUNAFIL). No digo más y paso a la segunda cuestión.
El BID y “las tres razones para ser optimistas”
La segunda cuestión a la que quiero referirme sirve para
desenmadejar el verdadero propósito de la Ley Pulpín. Tiene
relación directa con la política de inversión pública y el rol de furgón
de cola que asume el Estado peruano en la conducción del tren
privado de su economía. Responde a una estrategia de mayor nivel
a la que no se puede acceder mirándose los pies.
En todo cuanto escuché, a favor y en contra de la Ley Pulpín, no se
asomó para nada el autor y protagonista principal de la
tragicomedia del “crecimiento económico con inclusión social”: el
Banco Interamericano de Desarrollo (BID), ni sus actores
secundarios: los bancos que integran el Grupo BID (GBID)
presentes en cuanta inversión realiza este Banco en todos los
ámbitos del quehacer nacional. Tampoco se hizo mención a sus
socios inversionistas ni a las modalidades que han adoptado para
ser, en primera y última instancia, los que desarrollan la trama.
5
Como se sabe el BID es uno de esos curiosos bancos creados por
las élites del poder financiero y económico mundial, cuyo nombre
tiene más de norteamericano, europeo, israelita, japonés,
australiano y surcoreano que de sudamericano y caribeño. A no ser
por el rol que tienen todos los países de esta parte del continente
americano como miembros “prestatarios”i
.
La grita del administrador de turno del palacio de gobierno del Perú
y de sus adláteres, no tiene otra explicación que el dar cumplimiento
a los compromisos asumidos con el principal acreedor de su deuda
pública y principal “apalanqueador” de los lucrativos negocios de
sus socios inversionistas extranjeros y nativos, en infraestructura y
construcción, explotación de RRNN, producción, comercialización,
servicios públicos (salud, educación, transporte, comunicaciones,
gastronomía, defensa y seguridad nacional), gobernabilidad y
administración pública a nivel nacional, regional y local, registro y
titulación de tierras, creación de ONGs y Fundaciones como
“Forge”, por ejemplo, que trabaja con jóvenes en Perú, República
Dominicana, México, Colombia en un proyecto multimillonario de
transición de la escuela al trabajo; o NEO que también trabaja con
más de un millón de jóvenes pobres y vulnerables de América
Latina y el Caribe para mejorar sus capacidades y asegurar su
“empleabilidad” en empresas en las que gobiernos y sociedad civil
aportan recursos. NEO, tiene como socios corporativos a
consorcios como Walmart, Caterpillar, Microsoft, CEMEX, y Arcos
Dorados. Usted puede visitarlos en internet para ver qué hacen.
Igual, puede visitar la página web del BID para que tenga una idea
de la magnitud del manejo y control de esta institución del orden
mundial, adscrita a la OEA, sobre el Perú y sobre otros Estados.
6
Aquí sólo haré referencia a uno de los
programas que guarda estrecha
relación con la Ley Pulpín, su sentido y
proyección. Para esto voy a remitirme
a un documento del propio BID titulado
“Perú: Se desacelera la economía”. Se
trata de un documento en el que el Banco advierte sobre la
estrepitosa caída del tan ponderado crecimiento económico
peruano (de 5.8 entre octubre 2013 y marzo 2014, al 1.2 entre abril
a septiembre 2014). Obviamente, no dice nada del incremento de
la pobreza extrema y de la amplitud de la brecha de la desigualdad
social que generó el tal crecimiento en las tres últimas décadas.
En el mismo documento, el BID advierte que la crisis de
desaceleración y de la “caída de las expectativas” (un eufemismo
para aludir a la deflación ya existente), no tiene porque generar
pesimismo. Y esto, dice, porque el Perú cuenta con “tres razones
para ser optimistas: sólidos fundamentos, respuestas de políticas y
cambios estructurales”.
1. En cuanto a “sólidos fundamentos”, destaca la “calificación de
riesgo” que agencias privadas, vinculadas al seguimiento de los
compromisos de pago y de la política fiscal, le otorgan al Perú. Y
claro, para el Banco este es un “sólido
argumento” porque está vinculado a otro
referido a las “altas reservas externas” que
son las que le garantizan el pago de sus
intereses por los préstamos que impone a
este país para que siga “creciendo”, o
intente remontar su crisis en la situación
actual.
2. En lo que se refiere a “respuestas de política” el BID identifica a
las “Alianzas Público Privadas” (APP) generadas en Perú y en los
otros países de la Alianza del Pacífico a través del FOMIN (Fondo
Multilateral de Inversiones). Este es un banco integrante del grupo
BID y es el primer impulsor de las multimillonarias inversiones que
se vienen haciendo en el Perú. Comparte artes y partes con el otro
banco integrante del grupo, denominado Corporación
Interamericana de Inversiones (CII).
7
Los dos, más el propio BID, están orientados a extender y asegurar
la inversión privada en los “países prestatarios” de América latina, el
Caribe y el mundo. Y en el Perú, en particular.
Las Alianzas Públicas Privadas (APP) son un mecanismo creado
por el GBID para hacer que el Estado asegure la rentabilidad de los
lucrativos negocios de las instituciones financieras de este grupo y
la de sus socios inversionistas. Estos no son otros que los
consorcios de empresas privadas extranjeras y nativas, que ganan
la Buena Pro en cuanta obra financia el BID. Esos consorcios son
convocados y calificados por el propio BID. Los consorcios se
hacen acreedores de los proyectos “por concesión”. Estas
concesiones pueden extenderse hasta por 99 años. Esto quiere
decir, por ejemplo, que usted y sus siguientes generaciones verán
al consorcio ítalo-español que tiene la concesión de las líneas del
Metro de Lima, como dueños de la infraestructura y de los servicios
que implica. Pero no sólo esto. También son los dueños del
territorio por donde circula el Metro. Igual en el caso de los
consorcios “ganadores” italianos, españoles, belgas, surcoreanos,
alemanes, brasileños, chilenos, colombianos, israelitas, japoneses,
australianos, canadienses y, por supuesto norteamericanos porque
todos dependen del apalancamiento del GBID solos o en alianza
con los otros grupos de bancos del Banco Mundial (GBM), y/o de la
Agencia Internacional para el Desarrollo de los Estados Unidos
(GUSAID).
Las Alianzas Público Privadas se han hecho para que la empresa
privada se engulla lo público. Esto es, al Estado, que somos todos.
Pero no sólo esto, están concebidas en la perspectiva de la
“ocupación” de los territorios por la institucionalidad financiera y los
8
consorcios y las empresas privadas extranjeras. Suponen, en
consecuencia una violación de la soberanía sobre el territorio
nacional. De esto trata la Doctrina del Nuevo Siglo Americano
(AIPAC). Pero, sus orígenes se remontan a la Doctrina Monroe y,
antes, al Destino Manifiesto y al Nuevo Orden Mundial de la
simbiosis iluminista que está grabada en el billete de un dólar.
Las APP constituyen la forma más violenta de usurpación del
territorio nacional a través de la economía. La instauración del
domino de la empresa privada, dentro de un modelo de capitalismo
salvaje con respaldo de la fuerza militar. Una forma de apropiación
del territorio, para depredarlo, acabar con las poblaciones
originarias, con el medio ambiente, con los espacios públicos. Para
destruir lo propio y construir lo ajeno en nombre de la humanidad y
la globalización. Explotar y enajenar la mano de obra, asegurar la
hegemonía del capital internacional bajo el patrón del dólar
norteamericano. Así fue previsto el futuro de nuestras economías
tras la caída del muro de Berlín y desde el Consenso de
Washington y los PAE. Así lo avaló la Constitución del 93 en el caso
peruano. Así lo instrumentalizaron los gobiernos de Fujimori, de
Toledo, de Alán García, de Humala.
Gráfico para Perú
9
Con relación a la Ley Pulpín y a la contratación de jóvenes entre 18
y 24 años importa relievar que son precisamente estos consorcios
y/o sus empresas integrantes de las Alianzas Público Privadas
(APP), “apalancados” por el GBID, los que ofertarán las
“oportunidades” para mejorar la “empleabilidad” y para “promover la
contratación de jóvenes desocupados en aquellas empresas que no
tengan multas consentidas impagas vigentes por infracciones a la
normativa sociolaboral”. (La alusión a las que forman parte de las
APP, no puede ser más clara). Pero podrían ser también
contratados por las empresas privadas que operan bajo esa otra
forma de enajenar el rol del Estado (haciéndolo cómplice de la
explotación del trabajo), llamado “Obras por Impuestos (OxI).
En cualquier caso, la “temporalidad” es una noción presente en la
Ley y resulta pertinente decir, además de lo que ya indiqué, que
“contrato temporal” tiene que ver con la explotación de la mano de
obra hasta por tres años. Tiempo durante el cual, los consorcios y
sus empresas integrantes serán subsidiados por el Estado a través
de los beneficios tributarios, el pago por seguro social de los
jóvenes contratados, la asunción de los costos por capacitación.
Todo, a costa de los impuestos de todos los peruanos.
No se trata, por tanto, sólo de la precariedad de las contrataciones y
de la explotación a que serán sometidos los jóvenes, sino de los
enormes beneficios que obtendrán (y que ya obtienen) las
instituciones financieras y las empresas privadas que conforman
consorcios u operan individualmente. Ciertamente a costa de los
propios jóvenes, pero igual, a costa de todos los peruanos.
3. En cuanto a los cambios estructurales, el documento del BID
“Perú: Se desacelera la economía”, enfatiza que uno de estos es
“Mejorar la formalización del empleo”. No discutiré la falsedad de
este aserto, por razones de espacio. Sólo diré que sobre esto de la
“formalización” ha girado gran parte de los desaciertos de “tirios y
troyanos” al discutir la Ley Pulpín.
Lo que el BID está diciendo, o pretendiendo
contrabandear, es exactamente lo mismo que
hace esa otra institución, gemela, garante de la
explotación del trabajo por el capital que es la
OIT. Esta considera que formalizar el empleo
“es una estrategia de desarrollo y crecimiento
de los países de América Latina y el Caribe”. Si
10
así fuera, la Ley Pulpín hay que derogarla ¡Ya! Porque nada más
opuesto al desarrollo y al crecimiento, en este caso del Perú, que
esta Ley, por todo lo que dije respecto de los consorcios y/o s
empresas a las que serán enganchados los jóvenes. Las APP son
la negación, por excelencia, de cualquier posibilidad de crecimiento
y más aún de desarrollo nacional. En este sentido, “mejorar la
formalización del empleo, en estas empresas, supone revestir el
factor trabajo de un conjunto de requisitos y exigencias legales para
inmovilizar la capacidad política de los trabajadores y devolverlos a
una situación de servidumbre y de obsecuencia. En economías
primario exportadoras, donde la única alternativa para no morir de
hambre es “cachuelear”, o mendigar, hablar de “formalizar el
empleo” resulta cínico, cuando no perverso. La informalidad es no
sólo consustancial, sino también funcional al tipo de economía que
tiene el Perú y la mayoría de los países de América latina y del
Caribe.
Cuando nuestros países recuperen la propiedad de sus recursos
naturales e inicien procesos de explotación racional y sostenible de
los mismos, junto a procesos de transformación manufacturera e
industrial de esos recursos, en un marco de independencia
económica y de soberanía política, no hará falta que el BID o
cualquiera de estas instituciones, a las que les beneficia la
informalidad, recomienden que formalicemos el empleo.
El cuento de la formalización, tomado como tema recurrente por
esas instituciones, la prensa decadente, los “expertos” y los
“políticos” advenedizos y mediocres, sólo sirve para engatusar
ingenuos y estupidizar el entendimiento de la realidad. La
informalidad es codeterminante con el tipo de economía y de
“crecimiento” que tenemos en América latina y que ahora se
extiende también a Europa y EEUU, a donde las medidas de ajuste
neoliberal junto a los cambios en la estructura mundial de la
producción, ha lanzado a la desocupación a millones de
trabajadores “formales”. Plantear la formalización, no es “flexibilizar”
el trabajo atándolo a las exigencias del capital financiero
especulativo y bárbaro, sino procurar su equiparidad, junto al
capital, en procesos de transformación productivos, la generación
de riqueza y en su distribución. Pero esto, supone un cambio
estructural. www.alizorojo.com
i
Ver al respecto, en mi página web o en internet mi artículo: “Este es el BID qué les parece”, o consultar el sub capítulo 3.4 sobre
el BID en mi libro La institucionalidad para reproducir el orden mundial capitalista.

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Perú: Ley Pulpín, el BID-FOMIN y las APP. Las trampas hechas y lo que se oculta

  • 1. 1 Perú: “Ley Pulpín”, El BID y las APP Las trampas hechas y lo que se oculta rubèn ramos www.alizorojo.com http://alizorojo-rr.blogspot.com http://alizorojo.lamula.pe
  • 2. 2 En este artículo quiero referirme a dos aspectos vinculados con la “Ley que promueve el acceso de jóvenes al mercado laboral y la protección social”. Ley a la que ahora todos llaman “Ley Pulpín”. No pretendo invalidar nada de cuanto los jóvenes han dicho al respecto. Debo subrayar, sin embargo que en su mayoría se trata de aproximaciones intuitivas. Otras, son la expresión de viejas estructuras sindicales o partidarias utilizando a sus integrantes jóvenes para reclamar “diálogo” al gobierno y ver cómo se acomodan mejor para seguir manipulando los intereses de los trabajadores y seguir vegetando. En cualquier caso, “la naturaleza contestataria de los jóvenes”, ha puesto en evidencia una lamentable orfandad informativa y de conocimiento, tanto sobre la ley, como sobre el entorno en el que se enmarca y el contexto en el que se inscribe. Dos de los aspectos que precisamente quiero tratar sin pretender agotar la discusión. La “transmigración” del DL 728 y de otras trampas Yo no soy un entendido en cuestiones laborales pero sé que todo el armazón legislativo referido a la contratación de trabajadores, a sus obligaciones y a sus derechos, se “flexibilizó” a favor del capital y de la empresa privada, con los Programas de Ajuste Estructural (PAE) a que dio lugar el Consenso de Washington a comienzos de los 90’. Igual para los que ya se encontraban trabajando como para los que recién se incorporaran. De esos tiempos data el Decreto Legislativo 728 que aprobó la “Ley de Fomento al Empleo” impuesto por la institucionalidad financiera (FMI-BM) que rige, desde entonces (aunque ya lo venía haciendo desde antes), la economía y la sociedad peruana. Esta misma institucionalidad impuso el PAE y el “paquetazo” de los 90’ dando inicio al “milagro” del crecimiento macro-económico que generó extrema pobreza, mayor desigualdad social y la crisis actual. Muchos, sin embargo, añoran ese milagro. El DL 728 y su reglamento fueron “ordenados” en un texto único que apareció como “Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral Decreto Supremo 003-97-TR 27/03/1997”.
  • 3. 3 Algo más: Ley, Reglamento y Texto único Ordenado (TUO) fueron impuestos por la misma institucionalidad que impuso el modelo macro económico para el Perú y, fueron refrendados por el ex- presidente Fujimori y sus inefables primeros ministros, cada uno a su turno. Es a este TUO que la “Ley Pulpín” remite como “texto supletorio” para todo aquello no previsto, en esta Ley. Así está escrito en el apartado 5 del Art.1 de la “Ley Pulpín”. Dice textualmente: “En todo lo no previsto en esta norma es de aplicación supletoria la regulación de los contratos sujetos a modalidad prevista en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral aprobado mediante Decreto Supremo 003- 97-TR 27/03/1997. Y, ¿qué son los contratos sujetos a modalidad? Todos aquellos a “plazo fijo” (como los que prevé la Ley Pulpín), que “se celebran en razón a las necesidades del mercado o a la mayor producción de la empresa”. Así está definido en el Art. 53 del TUO al que he hecho referencia. Valdría la pena que alguien más versado en los intríngulis legales les diera a los jóvenes algunos alcances respecto a sus implicancias. Lo evidente es que la Ley Pulpín se enmarca dentro de un TUO de la Ley 728, cuyo Título II, será el que marque la pauta para todo lo que serán las modalidades de contratación de los jóvenes y su “temporalidad” que, como es fácil deducir, no está en función de tiempos, sino de “las necesidades del mercado o de la mayor producción de la empresa”. En este sentido, no hay que pasar por alto, primero, que el mercado urge ser “reactivado” haciendo que ingresen más consumidores “formales”. No importa con sueldo mínimo, pero que sean sujetos de crédito para sumarse a los millones que “viven de prestado”. Segundo, las APP, como veremos más adelante, necesitan mano de obra barata para “abaratar” costos, pues así es como la empresa privada entiende incrementar la producción. Al margen de esto, dos preguntas ingenuas: ¿Será por esto de la “transmigración” del DL 728 al cuerpo de la Ley Pulpín que la congresista Martha Chávez defiende esta ley? ¿Será que la exhortación del presidente Humala a los congresistas, estaba dirigido a los fujimoristas?
  • 4. 4 (Recordemos que esta exhortación, además de retratarlo, pedía a los congresistas que “tengan convicciones y firmeza y no posiciones débiles que les hagan olvidarse y retroceder, porque eso genera el desprecio del pueblo hacia el político”). Las otras trampas Pero, la del DL 728 no es la única “transmigración”. Hay más. Y tal vez resulte mejor identificarlas como “las trampas” hechas para una ley. Así, se dice en la Ley Pulpín, que todo lo que tenga que ver con la Jornada de trabajo, horario de trabajo y trabajo en sobretiempo se establecerá de acuerdo al DS 007-2002-TR, Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 854, modificado por Ley 27671 o “norma que lo sustituya”. Lo que tenga que ver con lo que se llama “infracción administrativa muy grave”, se verá a través de la Ley General de Inspección del trabajo 28806 Art 33. Y, la devolución de los pagos por seguro social, se resolverá por la Ley 26979 (SUNAFIL). No digo más y paso a la segunda cuestión. El BID y “las tres razones para ser optimistas” La segunda cuestión a la que quiero referirme sirve para desenmadejar el verdadero propósito de la Ley Pulpín. Tiene relación directa con la política de inversión pública y el rol de furgón de cola que asume el Estado peruano en la conducción del tren privado de su economía. Responde a una estrategia de mayor nivel a la que no se puede acceder mirándose los pies. En todo cuanto escuché, a favor y en contra de la Ley Pulpín, no se asomó para nada el autor y protagonista principal de la tragicomedia del “crecimiento económico con inclusión social”: el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), ni sus actores secundarios: los bancos que integran el Grupo BID (GBID) presentes en cuanta inversión realiza este Banco en todos los ámbitos del quehacer nacional. Tampoco se hizo mención a sus socios inversionistas ni a las modalidades que han adoptado para ser, en primera y última instancia, los que desarrollan la trama.
  • 5. 5 Como se sabe el BID es uno de esos curiosos bancos creados por las élites del poder financiero y económico mundial, cuyo nombre tiene más de norteamericano, europeo, israelita, japonés, australiano y surcoreano que de sudamericano y caribeño. A no ser por el rol que tienen todos los países de esta parte del continente americano como miembros “prestatarios”i . La grita del administrador de turno del palacio de gobierno del Perú y de sus adláteres, no tiene otra explicación que el dar cumplimiento a los compromisos asumidos con el principal acreedor de su deuda pública y principal “apalanqueador” de los lucrativos negocios de sus socios inversionistas extranjeros y nativos, en infraestructura y construcción, explotación de RRNN, producción, comercialización, servicios públicos (salud, educación, transporte, comunicaciones, gastronomía, defensa y seguridad nacional), gobernabilidad y administración pública a nivel nacional, regional y local, registro y titulación de tierras, creación de ONGs y Fundaciones como “Forge”, por ejemplo, que trabaja con jóvenes en Perú, República Dominicana, México, Colombia en un proyecto multimillonario de transición de la escuela al trabajo; o NEO que también trabaja con más de un millón de jóvenes pobres y vulnerables de América Latina y el Caribe para mejorar sus capacidades y asegurar su “empleabilidad” en empresas en las que gobiernos y sociedad civil aportan recursos. NEO, tiene como socios corporativos a consorcios como Walmart, Caterpillar, Microsoft, CEMEX, y Arcos Dorados. Usted puede visitarlos en internet para ver qué hacen. Igual, puede visitar la página web del BID para que tenga una idea de la magnitud del manejo y control de esta institución del orden mundial, adscrita a la OEA, sobre el Perú y sobre otros Estados.
  • 6. 6 Aquí sólo haré referencia a uno de los programas que guarda estrecha relación con la Ley Pulpín, su sentido y proyección. Para esto voy a remitirme a un documento del propio BID titulado “Perú: Se desacelera la economía”. Se trata de un documento en el que el Banco advierte sobre la estrepitosa caída del tan ponderado crecimiento económico peruano (de 5.8 entre octubre 2013 y marzo 2014, al 1.2 entre abril a septiembre 2014). Obviamente, no dice nada del incremento de la pobreza extrema y de la amplitud de la brecha de la desigualdad social que generó el tal crecimiento en las tres últimas décadas. En el mismo documento, el BID advierte que la crisis de desaceleración y de la “caída de las expectativas” (un eufemismo para aludir a la deflación ya existente), no tiene porque generar pesimismo. Y esto, dice, porque el Perú cuenta con “tres razones para ser optimistas: sólidos fundamentos, respuestas de políticas y cambios estructurales”. 1. En cuanto a “sólidos fundamentos”, destaca la “calificación de riesgo” que agencias privadas, vinculadas al seguimiento de los compromisos de pago y de la política fiscal, le otorgan al Perú. Y claro, para el Banco este es un “sólido argumento” porque está vinculado a otro referido a las “altas reservas externas” que son las que le garantizan el pago de sus intereses por los préstamos que impone a este país para que siga “creciendo”, o intente remontar su crisis en la situación actual. 2. En lo que se refiere a “respuestas de política” el BID identifica a las “Alianzas Público Privadas” (APP) generadas en Perú y en los otros países de la Alianza del Pacífico a través del FOMIN (Fondo Multilateral de Inversiones). Este es un banco integrante del grupo BID y es el primer impulsor de las multimillonarias inversiones que se vienen haciendo en el Perú. Comparte artes y partes con el otro banco integrante del grupo, denominado Corporación Interamericana de Inversiones (CII).
  • 7. 7 Los dos, más el propio BID, están orientados a extender y asegurar la inversión privada en los “países prestatarios” de América latina, el Caribe y el mundo. Y en el Perú, en particular. Las Alianzas Públicas Privadas (APP) son un mecanismo creado por el GBID para hacer que el Estado asegure la rentabilidad de los lucrativos negocios de las instituciones financieras de este grupo y la de sus socios inversionistas. Estos no son otros que los consorcios de empresas privadas extranjeras y nativas, que ganan la Buena Pro en cuanta obra financia el BID. Esos consorcios son convocados y calificados por el propio BID. Los consorcios se hacen acreedores de los proyectos “por concesión”. Estas concesiones pueden extenderse hasta por 99 años. Esto quiere decir, por ejemplo, que usted y sus siguientes generaciones verán al consorcio ítalo-español que tiene la concesión de las líneas del Metro de Lima, como dueños de la infraestructura y de los servicios que implica. Pero no sólo esto. También son los dueños del territorio por donde circula el Metro. Igual en el caso de los consorcios “ganadores” italianos, españoles, belgas, surcoreanos, alemanes, brasileños, chilenos, colombianos, israelitas, japoneses, australianos, canadienses y, por supuesto norteamericanos porque todos dependen del apalancamiento del GBID solos o en alianza con los otros grupos de bancos del Banco Mundial (GBM), y/o de la Agencia Internacional para el Desarrollo de los Estados Unidos (GUSAID). Las Alianzas Público Privadas se han hecho para que la empresa privada se engulla lo público. Esto es, al Estado, que somos todos. Pero no sólo esto, están concebidas en la perspectiva de la “ocupación” de los territorios por la institucionalidad financiera y los
  • 8. 8 consorcios y las empresas privadas extranjeras. Suponen, en consecuencia una violación de la soberanía sobre el territorio nacional. De esto trata la Doctrina del Nuevo Siglo Americano (AIPAC). Pero, sus orígenes se remontan a la Doctrina Monroe y, antes, al Destino Manifiesto y al Nuevo Orden Mundial de la simbiosis iluminista que está grabada en el billete de un dólar. Las APP constituyen la forma más violenta de usurpación del territorio nacional a través de la economía. La instauración del domino de la empresa privada, dentro de un modelo de capitalismo salvaje con respaldo de la fuerza militar. Una forma de apropiación del territorio, para depredarlo, acabar con las poblaciones originarias, con el medio ambiente, con los espacios públicos. Para destruir lo propio y construir lo ajeno en nombre de la humanidad y la globalización. Explotar y enajenar la mano de obra, asegurar la hegemonía del capital internacional bajo el patrón del dólar norteamericano. Así fue previsto el futuro de nuestras economías tras la caída del muro de Berlín y desde el Consenso de Washington y los PAE. Así lo avaló la Constitución del 93 en el caso peruano. Así lo instrumentalizaron los gobiernos de Fujimori, de Toledo, de Alán García, de Humala. Gráfico para Perú
  • 9. 9 Con relación a la Ley Pulpín y a la contratación de jóvenes entre 18 y 24 años importa relievar que son precisamente estos consorcios y/o sus empresas integrantes de las Alianzas Público Privadas (APP), “apalancados” por el GBID, los que ofertarán las “oportunidades” para mejorar la “empleabilidad” y para “promover la contratación de jóvenes desocupados en aquellas empresas que no tengan multas consentidas impagas vigentes por infracciones a la normativa sociolaboral”. (La alusión a las que forman parte de las APP, no puede ser más clara). Pero podrían ser también contratados por las empresas privadas que operan bajo esa otra forma de enajenar el rol del Estado (haciéndolo cómplice de la explotación del trabajo), llamado “Obras por Impuestos (OxI). En cualquier caso, la “temporalidad” es una noción presente en la Ley y resulta pertinente decir, además de lo que ya indiqué, que “contrato temporal” tiene que ver con la explotación de la mano de obra hasta por tres años. Tiempo durante el cual, los consorcios y sus empresas integrantes serán subsidiados por el Estado a través de los beneficios tributarios, el pago por seguro social de los jóvenes contratados, la asunción de los costos por capacitación. Todo, a costa de los impuestos de todos los peruanos. No se trata, por tanto, sólo de la precariedad de las contrataciones y de la explotación a que serán sometidos los jóvenes, sino de los enormes beneficios que obtendrán (y que ya obtienen) las instituciones financieras y las empresas privadas que conforman consorcios u operan individualmente. Ciertamente a costa de los propios jóvenes, pero igual, a costa de todos los peruanos. 3. En cuanto a los cambios estructurales, el documento del BID “Perú: Se desacelera la economía”, enfatiza que uno de estos es “Mejorar la formalización del empleo”. No discutiré la falsedad de este aserto, por razones de espacio. Sólo diré que sobre esto de la “formalización” ha girado gran parte de los desaciertos de “tirios y troyanos” al discutir la Ley Pulpín. Lo que el BID está diciendo, o pretendiendo contrabandear, es exactamente lo mismo que hace esa otra institución, gemela, garante de la explotación del trabajo por el capital que es la OIT. Esta considera que formalizar el empleo “es una estrategia de desarrollo y crecimiento de los países de América Latina y el Caribe”. Si
  • 10. 10 así fuera, la Ley Pulpín hay que derogarla ¡Ya! Porque nada más opuesto al desarrollo y al crecimiento, en este caso del Perú, que esta Ley, por todo lo que dije respecto de los consorcios y/o s empresas a las que serán enganchados los jóvenes. Las APP son la negación, por excelencia, de cualquier posibilidad de crecimiento y más aún de desarrollo nacional. En este sentido, “mejorar la formalización del empleo, en estas empresas, supone revestir el factor trabajo de un conjunto de requisitos y exigencias legales para inmovilizar la capacidad política de los trabajadores y devolverlos a una situación de servidumbre y de obsecuencia. En economías primario exportadoras, donde la única alternativa para no morir de hambre es “cachuelear”, o mendigar, hablar de “formalizar el empleo” resulta cínico, cuando no perverso. La informalidad es no sólo consustancial, sino también funcional al tipo de economía que tiene el Perú y la mayoría de los países de América latina y del Caribe. Cuando nuestros países recuperen la propiedad de sus recursos naturales e inicien procesos de explotación racional y sostenible de los mismos, junto a procesos de transformación manufacturera e industrial de esos recursos, en un marco de independencia económica y de soberanía política, no hará falta que el BID o cualquiera de estas instituciones, a las que les beneficia la informalidad, recomienden que formalicemos el empleo. El cuento de la formalización, tomado como tema recurrente por esas instituciones, la prensa decadente, los “expertos” y los “políticos” advenedizos y mediocres, sólo sirve para engatusar ingenuos y estupidizar el entendimiento de la realidad. La informalidad es codeterminante con el tipo de economía y de “crecimiento” que tenemos en América latina y que ahora se extiende también a Europa y EEUU, a donde las medidas de ajuste neoliberal junto a los cambios en la estructura mundial de la producción, ha lanzado a la desocupación a millones de trabajadores “formales”. Plantear la formalización, no es “flexibilizar” el trabajo atándolo a las exigencias del capital financiero especulativo y bárbaro, sino procurar su equiparidad, junto al capital, en procesos de transformación productivos, la generación de riqueza y en su distribución. Pero esto, supone un cambio estructural. www.alizorojo.com i Ver al respecto, en mi página web o en internet mi artículo: “Este es el BID qué les parece”, o consultar el sub capítulo 3.4 sobre el BID en mi libro La institucionalidad para reproducir el orden mundial capitalista.