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Ley 1314 de juLio 13 deLey 1314 de juLio 13 de
20092009
VENTANA DE LA
CONVERGENCIA A
NORMAS
INTERNACIONALES
DE INFOPRMACION
FINANCIERA NIIF -
IFRS - NIC
28/09/13 2
Ley 550 de 1999Ley 550 de 1999
• Articulo 63.Articulo 63. Artículo 63.Artículo 63. Armonización de lasArmonización de las
normas contables con los usos y reglasnormas contables con los usos y reglas
internacionalesinternacionales.. (…) El Gobierno Nacional(…) El Gobierno Nacional
revisará las normas actuales en materia derevisará las normas actuales en materia de
contabilidad, auditoría, revisoría fiscal ycontabilidad, auditoría, revisoría fiscal y
divulgación de información, con el objeto dedivulgación de información, con el objeto de
ajustarlas a los parámetros internacionales yajustarlas a los parámetros internacionales y
proponer al Congreso las modificacionesproponer al Congreso las modificaciones
pertinentes.pertinentes.
28/09/13 3
Hacia la convergencia de NormasHacia la convergencia de Normas
Internacionales de ContabilidadInternacionales de Contabilidad
"POR LA CUAL SE REGULAN LOS PRINCIPIOS"POR LA CUAL SE REGULAN LOS PRINCIPIOS
Y NORMAS DE CONTABILIDAD EY NORMAS DE CONTABILIDAD E
INFORMACION FINANCIERA Y DEINFORMACION FINANCIERA Y DE
ASEGURAMIENTO DE INFORMACIONASEGURAMIENTO DE INFORMACION
ACEPTADOS EN COLOMBIA, SE SEÑALANACEPTADOS EN COLOMBIA, SE SEÑALAN
LAS AUTORIDADES COMPETENTES, ELLAS AUTORIDADES COMPETENTES, EL
PROCEDIMIENTO PARA SU EXPEDICIÓN YPROCEDIMIENTO PARA SU EXPEDICIÓN Y
SE DETERMINAN LAS ENTIDADESSE DETERMINAN LAS ENTIDADES
RESPONSABLES DERESPONSABLES DE
VIGILAR SU CUMPLIMIENTO".VIGILAR SU CUMPLIMIENTO".
28/09/13 4
FIN A LAS ESPECULACIONES Y CAMINOFIN A LAS ESPECULACIONES Y CAMINO
A LAS REDEFICIONESA LAS REDEFICIONES
• AcademiaAcademia (Pilares de formación – Registro, Arquitectura(Pilares de formación – Registro, Arquitectura
financiera y contable del Ente Económico, Legislación yfinanciera y contable del Ente Económico, Legislación y
Aseguramiento)Aseguramiento)– AJUSTE DE CONTENIDOS A LOS PRONUNCIAMIENTOS INTERNACIONALES DE– AJUSTE DE CONTENIDOS A LOS PRONUNCIAMIENTOS INTERNACIONALES DE
FORMACION PARA CONTADORES PROFESIONALES DE LA - IFAC.FORMACION PARA CONTADORES PROFESIONALES DE LA - IFAC.
• DocenciaDocencia
• EstudiantesEstudiantes
• ProfesionalesProfesionales
• EmpresariosEmpresarios
• ConceptosConceptos
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ARTÍCULO 1°._ Objetivos de esta Ley.ARTÍCULO 1°._ Objetivos de esta Ley.
(Intervención de la Economía con limitación a la libertad).(Intervención de la Economía con limitación a la libertad).
• SistemaSistema Único –Único – Estatuto Contable.Estatuto Contable.
• Elementos – (Elementos – (Informes contables - Estados FinancierosInformes contables - Estados Financieros
– Libros – Tecnología)– Libros – Tecnología)
• Cualidades de la información financieraCualidades de la información financiera..
(Comprensible,(Comprensible, transparentetransparente y comparable, pertinentey comparable, pertinente
y confiable, útil para la toma de decisiones económicas.)y confiable, útil para la toma de decisiones económicas.)
• Destinatarios –Destinatarios – Estado, los propietarios, funcionariosEstado, los propietarios, funcionarios
y empleados de las empresas, los inversionistas actuales oy empleados de las empresas, los inversionistas actuales o
potenciales y otras partes interesadas.potenciales y otras partes interesadas.
• Objetivos –Objetivos – (Mejorar- productividad - competitividad -(Mejorar- productividad - competitividad -
desarrollo armónico de la actividad empresarial de lasdesarrollo armónico de la actividad empresarial de las
personas naturales y jurídicas nacionales o extranjeras).personas naturales y jurídicas nacionales o extranjeras).
• Finalidad - Interés público.Finalidad - Interés público.
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ARTÍCULO 1°._ Objetivos de esta Ley.ARTÍCULO 1°._ Objetivos de esta Ley.
(Intervención de la Economía con limitación a la libertad).(Intervención de la Economía con limitación a la libertad).
• Principios –Principios – ((Equidad,Equidad, reciprocidad y conveniencia nacional -reciprocidad y conveniencia nacional -
la internacionalización de las relaciones económicasla internacionalización de las relaciones económicas))
• Acción del Estado –Acción del Estado – Convergencia.Convergencia.
• (Con estándares internacionales de aceptación mundial,(Con estándares internacionales de aceptación mundial,
con las mejores prácticas y con la rápida evolución de loscon las mejores prácticas y con la rápida evolución de los
negocios).negocios).
• Sistema documental contable –Sistema documental contable – Conservación,Conservación,
difusión y depósito electrónico de la informacióndifusión y depósito electrónico de la información
• Registro de libros –Registro de libros – (Una vez diligenciados).(Una vez diligenciados).
• Limites – No aplicaLimites – No aplica (a la contabilidad financiera(a la contabilidad financiera
gubernamental)gubernamental)
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INTERES PUBLICOINTERES PUBLICO
• Concepto de orden funcional para justificarConcepto de orden funcional para justificar
diversas formas de intervención del Estado en ladiversas formas de intervención del Estado en la
esfera de los particulares previendo limites deesfera de los particulares previendo limites de
distinto grado.distinto grado.
• Para la IFAC (International Federation ofPara la IFAC (International Federation of
Accountants) Uno de los ubjetivos generales deAccountants) Uno de los ubjetivos generales de
la profesión es proteger el “Interés Publico”la profesión es proteger el “Interés Publico”
28/09/13 8
CONVERGENCIACONVERGENCIA
• Uno de los objetivos mas importantes del IASC IASBUno de los objetivos mas importantes del IASC IASB
International Acounting Standards CommitteeInternational Acounting Standards Committee
International Acounting Standards BoardInternational Acounting Standards Board
• Lugar donde ocurre esta reunión (…).Lugar donde ocurre esta reunión (…).
• Coincidencia de ideas y tendencias sociales, políticas,Coincidencia de ideas y tendencias sociales, políticas,
culturales o económicas. Confluencia(…).culturales o económicas. Confluencia(…).
• Convergencia adaptativa o convergencia evolutiva. ProcesoConvergencia adaptativa o convergencia evolutiva. Proceso
adaptativo según el cual los organismos que seadaptativo según el cual los organismos que se
desenvuelven en un mismo medio desarrollan órganosdesenvuelven en un mismo medio desarrollan órganos
parecidos aunque estos tengan un origen diferente.parecidos aunque estos tengan un origen diferente.
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ARTÍCULOARTÍCULO 2°._2°._ Ámbito de aplicaciónÁmbito de aplicación..
(Contadores públicos, funcionarios y demás personas encargadas de la(Contadores públicos, funcionarios y demás personas encargadas de la
preparación de estados financieros)preparación de estados financieros)
• Contabilidad Simplificada.Contabilidad Simplificada. (Nivel Moderado)(Nivel Moderado)
• Contabilidad para Microempresas.Contabilidad para Microempresas. (Articulo 499(Articulo 499
del Estatuto Tributario).del Estatuto Tributario).
• Contabilidad para no obligados.Contabilidad para no obligados. (Quienes pretendan(Quienes pretendan
valor probatorio).valor probatorio).
Obligados a llevar contabilidadObligados a llevar contabilidad
• ComerciantesComerciantes (Articulo 19 al 73 Co. Co. ).(Articulo 19 al 73 Co. Co. ).
• Sociedades Civiles y demás ComunidadesSociedades Civiles y demás Comunidades
Organizadas.Organizadas. (Articulo 23, 98 del Co. Co – Articulo 1 de la Ley 222 de(Articulo 23, 98 del Co. Co – Articulo 1 de la Ley 222 de
1995).1995).
• ACTOS MERCANTILES.ACTOS MERCANTILES.
• ACTOS CIVILES.ACTOS CIVILES.
• Empresas del Grupo 1 – Decreto 2784 de dic.28 de 2012Empresas del Grupo 1 – Decreto 2784 de dic.28 de 2012
• Empresas del Grupo 2Empresas del Grupo 2
• Empresas del Grupo 3 – Decreto 2706 de dic.27 de 2012Empresas del Grupo 3 – Decreto 2706 de dic.27 de 2012
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EJES DE IMPLEMENTACIONEJES DE IMPLEMENTACION
• Empresas de interés publico y otras empresasEmpresas de interés publico y otras empresas
privadas grandes NIIF y NAIF.privadas grandes NIIF y NAIF. (Que cotizan en bolsa o(Que cotizan en bolsa o
simplemente se consideran de gran tamaño).simplemente se consideran de gran tamaño).
• Sectores informales, micro, pequeñas y medianasSectores informales, micro, pequeñas y medianas
empresasempresas (Mipymes)(Mipymes)
- Contabilidad simplificada para medianas y pequeñas empresas.Contabilidad simplificada para medianas y pequeñas empresas.
- Contabilidad con base en caja para las microempresas.Contabilidad con base en caja para las microempresas.
- Mecanismos para formalizar empresarial.Mecanismos para formalizar empresarial.
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28/09/13 12
ARTÍCULOARTÍCULO 3°._3°._ De las normas de contabilidad yDe las normas de contabilidad y
de información financiera.de información financiera.
• Sistema – Digno de Crédito y comparable.Sistema – Digno de Crédito y comparable.
• Reconocimiento de los hechos económicosReconocimiento de los hechos económicos
(Esencia o realidad económica / su forma legal).(Esencia o realidad económica / su forma legal).
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ARTICULO 4°. Independencia y autonomía de lasARTICULO 4°. Independencia y autonomía de las
normas tributarias frente a las de contabilidad y denormas tributarias frente a las de contabilidad y de
información financiera.información financiera.
• Remisión de las normas tributarias.Remisión de las normas tributarias. (Cuando las(Cuando las
Leyes tributarias remitan expresamente a estas – a las Contables)Leyes tributarias remitan expresamente a estas – a las Contables)
• Supletoriedad de las normas Contables.Supletoriedad de las normas Contables.
(Cuando las tributarias no regulen la materia).(Cuando las tributarias no regulen la materia).
• Autonomía de las normas tributarias.Autonomía de las normas tributarias. (Las(Las
declaraciones tributarias y sus soportes deberán ser preparados según lodeclaraciones tributarias y sus soportes deberán ser preparados según lo
determina la legislación fiscal).determina la legislación fiscal).
• Prevalecía de las normas tributariasPrevalecía de las normas tributarias.. (Cuando se(Cuando se
presente incompatibilidad entre las normas contables y las de carácterpresente incompatibilidad entre las normas contables y las de carácter
tributario, prevalecerán estas últimas).tributario, prevalecerán estas últimas).
• Contabilización de las revelaciones yContabilización de las revelaciones y
conciliaciones fiscales.conciliaciones fiscales. (Conciliación Fiscal)(Conciliación Fiscal)
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ARTÍCULO 5°. De las normas deARTÍCULO 5°. De las normas de
aseguramiento de información.aseguramiento de información.
• Aseguramiento de información.Aseguramiento de información.
(Normas éticas, Normas de auditoria de información financiera histórica,(Normas éticas, Normas de auditoria de información financiera histórica,
Normas de revisión de información financiera histórica y normas deNormas de revisión de información financiera histórica y normas de
aseguramiento de información distinta de la anterior).aseguramiento de información distinta de la anterior).
• Normas de auditoria integral.Normas de auditoria integral.
(Aplicables a los casos en que hubiere que practicar sobre las operaciones de(Aplicables a los casos en que hubiere que practicar sobre las operaciones de
un mismo ente diferentes auditorias)un mismo ente diferentes auditorias)
• Contratación de servicios deContratación de servicios de
aseguramiento de la informaciónaseguramiento de la información
financiera.financiera. (Con personas jurídicas o naturales – Con la dirección y(Con personas jurídicas o naturales – Con la dirección y
responsabilidad de contadores públicos).responsabilidad de contadores públicos).
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DE LA PROTECCION DE LA INFORMACION Y DE LOSDE LA PROTECCION DE LA INFORMACION Y DE LOS
DATOSDATOS
Ley 1273 de enero 5 de 2009Ley 1273 de enero 5 de 2009
Adiciona al código penal delitos tales como:Adiciona al código penal delitos tales como:
• Acceso abusivo a un sistema informático.Acceso abusivo a un sistema informático.
• Obstaculización ilegitima de sistema informático o redObstaculización ilegitima de sistema informático o red
de telecomunicaciones.de telecomunicaciones.
• Interceptación de datos informáticos.Interceptación de datos informáticos.
• Daño informático.Daño informático.
• Uso de Software maliciosoUso de Software malicioso
• Violación de datos personales.Violación de datos personales.
• Suplantación de sitios web para capturar datosSuplantación de sitios web para capturar datos
personales y otros atentados informáticospersonales y otros atentados informáticos
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JUSTIFICACION DEL ASEGURAMIENTOJUSTIFICACION DEL ASEGURAMIENTO
DE LA INFORMACIONDE LA INFORMACION (L. 1273 de enero 2009)(L. 1273 de enero 2009)
• Es la base sobre la que se construye la toma de decisionesEs la base sobre la que se construye la toma de decisiones
de una organización.de una organización.
• Sin aseguramiento, las empresas no tienen certidumbre deSin aseguramiento, las empresas no tienen certidumbre de
que la información sobre la que sustentan sus decisiones esque la información sobre la que sustentan sus decisiones es
confiable, segura y está disponible cuando se necesita.confiable, segura y está disponible cuando se necesita.
• Es la realización de actividades, con el fin de proteger laEs la realización de actividades, con el fin de proteger la
información, los sistemas de información , y preservar lainformación, los sistemas de información , y preservar la
disponibilidad, la integridad, la confidencialidad, ladisponibilidad, la integridad, la confidencialidad, la
autenticidad, ante el riesgo de amenazas locales, o remotasautenticidad, ante el riesgo de amenazas locales, o remotas
a través de comunicaciones e Internet.a través de comunicaciones e Internet.
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ARTÍCULO 6°._ Autoridades de regulación yARTÍCULO 6°._ Autoridades de regulación y
normalización técnicanormalización técnica
• En materia de contabilidad públicaEn materia de contabilidad pública (Contaduría(Contaduría
General de la Nación)General de la Nación)
• Regulación.Regulación.
(Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Comercio, Industria y Turismo)(Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Comercio, Industria y Turismo)
• Normalización Técnica.Normalización Técnica.
(Consejo Técnico de la Contaduría Pública)(Consejo Técnico de la Contaduría Pública)
• Órganos de supervisión y sus límites.Órganos de supervisión y sus límites.
(En los términos señalados en el artículo 10 de la presente Ley – Vigilar el(En los términos señalados en el artículo 10 de la presente Ley – Vigilar el
cumplimiento de las normas; Expedición de normas técnicas, interpretaciones y guías,cumplimiento de las normas; Expedición de normas técnicas, interpretaciones y guías,
dentro del marco normativo).dentro del marco normativo).
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ARTÍCULO 6°._ Autoridades de regulación yARTÍCULO 6°._ Autoridades de regulación y
normalización técnicanormalización técnica
• En materia de contabilidad públicaEn materia de contabilidad pública (Contaduría(Contaduría
General de la Nación)General de la Nación)
• Regulación.Regulación. (Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Comercio,(Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Comercio,
Industria y Turismo)Industria y Turismo)
• Normalización TécnicaNormalización Técnica..(Consejo Técnico de la Contaduría(Consejo Técnico de la Contaduría
Pública)Pública)
. Órganos de supervisión y sus límites.. Órganos de supervisión y sus límites. (En los(En los
términos señalados en el artículo 10 de la presente Ley – Vigilar el cumplimiento de lastérminos señalados en el artículo 10 de la presente Ley – Vigilar el cumplimiento de las
normas; Expedición de normas técnicas, interpretaciones y guías, dentro del marconormas; Expedición de normas técnicas, interpretaciones y guías, dentro del marco
normativo).normativo).
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REGULACIONREGULACION
• Las regulaciones son entendidas como el amplioLas regulaciones son entendidas como el amplio
rango de instrumentos legales y decisionesrango de instrumentos legales y decisiones
constituciones, leyes parlamentarias, legislacionesconstituciones, leyes parlamentarias, legislaciones
subordinadas, decretos, ordenes, normassubordinadas, decretos, ordenes, normas
licencias, códigos y aún los instrumentoslicencias, códigos y aún los instrumentos
informales mediante los cuales los gobiernosinformales mediante los cuales los gobiernos
establecen condiciones en la conducta de losestablecen condiciones en la conducta de los
ciudadanos, las empresas y el gobierno mismociudadanos, las empresas y el gobierno mismo
(OCDE)(OCDE)
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NORMALIZACION O ESTANDARIZACIONNORMALIZACION O ESTANDARIZACION
• Modificación de un establecimiento existente con la finalidad deModificación de un establecimiento existente con la finalidad de
adecuarlo a ciertas normas predeterminadas.adecuarlo a ciertas normas predeterminadas.
• Sometimiento de un conjunto de fenómenos, situaciones uSometimiento de un conjunto de fenómenos, situaciones u
objetos a un modelo, reglamento o patrón. La normalización seobjetos a un modelo, reglamento o patrón. La normalización se
expresa actualmente en todo el abanico de actividades humanasexpresa actualmente en todo el abanico de actividades humanas
especializadas (ciencia, técnica, economía, comercio, industria,especializadas (ciencia, técnica, economía, comercio, industria,
etc.etc.
• Actividad que aporta soluciones para aplicaciones repetitivas queActividad que aporta soluciones para aplicaciones repetitivas que
se desarrollan fundamentalmente, en el ámbito de la ciencia, lase desarrollan fundamentalmente, en el ámbito de la ciencia, la
tecnología y la economía, con el fin de conseguir una ordenacióntecnología y la economía, con el fin de conseguir una ordenación
óptima en un determinado contextoóptima en un determinado contexto
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ARTICULO 7°. Criterios a los cuales debe sujetarse laARTICULO 7°. Criterios a los cuales debe sujetarse la
regulación autorizada por esta Ley.regulación autorizada por esta Ley.
(Los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Comercio, Industria y Turismo,(Los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Comercio, Industria y Turismo,
observarán los siguientes criterios)observarán los siguientes criterios)
• 1. Que los proyectos por parte del Consejo Técnico de la Contaduría1. Que los proyectos por parte del Consejo Técnico de la Contaduría
Pública sean.Pública sean. (Sean abiertos, transparente y de público conocimiento).(Sean abiertos, transparente y de público conocimiento).
• 22.. Considerar las recomendaciones y observaciones de la DIAN yConsiderar las recomendaciones y observaciones de la DIAN y
organismos responsables del diseño y manejo de la política económicaorganismos responsables del diseño y manejo de la política económica
yy entidades de inspección, vigilancia o control.entidades de inspección, vigilancia o control.
• 3. Para un texto definitivo, se deben tener en cuenta las observaciones3. Para un texto definitivo, se deben tener en cuenta las observaciones
aportadas durante la etapa de exposición pública de los proyectos.aportadas durante la etapa de exposición pública de los proyectos.
• 4. Publicación y divulgación, de las normas.4. Publicación y divulgación, de las normas.
• 55.. Velaran porVelaran por que las reglamentaciones de otras autoridades de la ramaque las reglamentaciones de otras autoridades de la rama
ejecutiva estén acorde a la ley emitiendo conjuntamente opiniones noejecutiva estén acorde a la ley emitiendo conjuntamente opiniones no
vinculantes; velaran porque los procesos de desarrollo de esta Ley, se realicenvinculantes; velaran porque los procesos de desarrollo de esta Ley, se realicen
de manera abierta y transparente.de manera abierta y transparente.
• 6. Garantizar buenas prácticas y un debido proceso en la regulación.6. Garantizar buenas prácticas y un debido proceso en la regulación.
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Artículo 8°._Artículo 8°._ Criterios a los cuales debe sujetarse elCriterios a los cuales debe sujetarse el
Consejo Técnico de la Contaduría Pública.Consejo Técnico de la Contaduría Pública.
• 1.1. Enviará a los Ministerios, al menos una vez cada seis (6) meses, para suEnviará a los Ministerios, al menos una vez cada seis (6) meses, para su
difusión, un programa de trabajo que describa los proyectos que consideredifusión, un programa de trabajo que describa los proyectos que considere
emprender o que se encuentren en curso.emprender o que se encuentren en curso.
• 2. M2. Mejores prácticas internacionales,ejores prácticas internacionales, utilizando procedimientos que sean ágiles,utilizando procedimientos que sean ágiles,
flexibles, transparentes y de público conocimiento teniendo en cuenta, laflexibles, transparentes y de público conocimiento teniendo en cuenta, la
comparación entre el beneficio y el costo que producirían sus proyectos en casocomparación entre el beneficio y el costo que producirían sus proyectos en caso
de ser convertidos en normas.de ser convertidos en normas.
• 3.3. EEstándares más recientes y de mayor aceptación que hayan sido expedidos ostándares más recientes y de mayor aceptación que hayan sido expedidos o
estén próximos a ser expedidos - Conveniencia e implicaciones de acuerdo conestén próximos a ser expedidos - Conveniencia e implicaciones de acuerdo con
el interés público y el bien común.el interés público y el bien común.
• 4, Tendrá en cuenta la Escalabilidad entre los entes económicos4, Tendrá en cuenta la Escalabilidad entre los entes económicos
• 5. Propenderá por la participación voluntaria de reconocidos expertos en la5. Propenderá por la participación voluntaria de reconocidos expertos en la
materia.materia.
• 6.6. Establecerá Comités Técnicos ad - honoremEstablecerá Comités Técnicos ad - honorem..
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Artículo 8°._Artículo 8°._ Criterios a los cuales debe sujetarse elCriterios a los cuales debe sujetarse el
Consejo Técnico de la Contaduría Pública.Consejo Técnico de la Contaduría Pública.
• 7. Considerará las recomendaciones de formuladas por la DIAN, por los organismos responsables del7. Considerará las recomendaciones de formuladas por la DIAN, por los organismos responsables del
diseño y manejo de la política económica, por quienes ejercen funciones de inspección, vigilancia odiseño y manejo de la política económica, por quienes ejercen funciones de inspección, vigilancia o
control y por quienes participen en los procesos de discusión pública.control y por quienes participen en los procesos de discusión pública.
• 8. Dispondrá la publicación, amplia divulgación, de los borradores de sus proyectos y remisión a los8. Dispondrá la publicación, amplia divulgación, de los borradores de sus proyectos y remisión a los
Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Comercio, Industria y Turismo, publicará losMinisterios de Hacienda y Crédito Público y de Comercio, Industria y Turismo, publicará los
proyectos definitivos.proyectos definitivos.
• 9. Velará porque sus decisiones sean adoptadas en tiempos razonables y con las menores cargas9. Velará porque sus decisiones sean adoptadas en tiempos razonables y con las menores cargas
posibles para sus destinatarios.posibles para sus destinatarios.
• 10. Participará en los procesos de elaboración de normas internacionales de Contabilidad y de10. Participará en los procesos de elaboración de normas internacionales de Contabilidad y de
información financiera y de aseguramiento de información,.información financiera y de aseguramiento de información,.
• 11. Evitará la duplicación o repetición del trabajo realizado por otras instituciones con actividades de11. Evitará la duplicación o repetición del trabajo realizado por otras instituciones con actividades de
normalización internacional. (Organismos de Control y Vigilancia)normalización internacional. (Organismos de Control y Vigilancia)
• 12. En coordinación con los Ministerios de Educación, Hacienda y Crédito Público y Comercio,12. En coordinación con los Ministerios de Educación, Hacienda y Crédito Público y Comercio,
Industria y Turismo, así como con los representantes de las facultades y programas de ContaduríaIndustria y Turismo, así como con los representantes de las facultades y programas de Contaduría
Pública del país, promover un proceso de divulgaciónPública del país, promover un proceso de divulgación
Conformación del Consejo Técnico de laConformación del Consejo Técnico de la
Contaduría PublicaContaduría Publica (D. 691 de marzo 04 de 2010)(D. 691 de marzo 04 de 2010)
• Organismo permanente de normalización, de 4Organismo permanente de normalización, de 4
miembros.miembros.
• Presidente – Nombra (1).Presidente – Nombra (1).
• Ministerio de Hacienda y Crédito Publico – (1).Ministerio de Hacienda y Crédito Publico – (1).
• Ministerio de Comercio, Industria y Turismo – (1).Ministerio de Comercio, Industria y Turismo – (1).
-Uno de ellos podrá no tener la calidad de Contador--Uno de ellos podrá no tener la calidad de Contador-
- El miembro nombrado por el Presidente será el- El miembro nombrado por el Presidente será el
Presidente del Organismo.Presidente del Organismo.
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Conformación del Consejo Técnico de la ContaduríaConformación del Consejo Técnico de la Contaduría
Publica (D. 691 de marzo 04 de 2010)Publica (D. 691 de marzo 04 de 2010)
• Cuarto miembro del CTCP.Cuarto miembro del CTCP.
• Lo nombrara el Presidente de ternas enviadasLo nombrara el Presidente de ternas enviadas
por: Asociaciones de Contadores Públicos,por: Asociaciones de Contadores Públicos,
Facultades de Contaduría, Colegios deFacultades de Contaduría, Colegios de
Contadores, y Federaciones de Contadores.Contadores, y Federaciones de Contadores.
• ProcedimientoProcedimiento
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ARTÍCULO 9°. Autoridad Disciplinaria:ARTÍCULO 9°. Autoridad Disciplinaria:
• La Junta Central de Contadores, UnidadLa Junta Central de Contadores, Unidad
Administrativa Especial con personería jurídica,Administrativa Especial con personería jurídica,
continuará actuando como tribunal disciplinario ycontinuará actuando como tribunal disciplinario y
órgano de registro de la profesión contable. Para elórgano de registro de la profesión contable. Para el
cumplimiento de sus funciones podrá solicitarcumplimiento de sus funciones podrá solicitar
documentos, practicar inspecciones, obtenerdocumentos, practicar inspecciones, obtener
declaraciones y testimonios, así como aplicardeclaraciones y testimonios, así como aplicar
sanciones personales o institucionales a quienessanciones personales o institucionales a quienes
hayan violado las normas aplicables.hayan violado las normas aplicables. (Debido Proceso)(Debido Proceso)
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ARTÍCULO 10°. Autoridades de supervisión.ARTÍCULO 10°. Autoridades de supervisión.
(Corresponde a las autoridades de supervisión)(Corresponde a las autoridades de supervisión)
• 1.1. Vigilar por el cumplimiento, y aplicar lasVigilar por el cumplimiento, y aplicar las
sanciones a que haya lugar por infracciones a lassanciones a que haya lugar por infracciones a las
mismas.mismas.
• 2.2. Expedir normas técnicas especiales,Expedir normas técnicas especiales,
interpretaciones y guías en materia deinterpretaciones y guías en materia de
Contabilidad y de información financiera y deContabilidad y de información financiera y de
aseguramiento de información dentro de losaseguramiento de información dentro de los
límites fijados en la Constitución, en la presentelímites fijados en la Constitución, en la presente
Ley y en las normas que la reglamenten yLey y en las normas que la reglamenten y
desarrollen.desarrollen.
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ARTICULO 11°.ARTICULO 11°. Ajustes Institucionales:Ajustes Institucionales:
(Conforme a lo previsto en el artículo 189 de la Constitución Política)(Conforme a lo previsto en el artículo 189 de la Constitución Política)
• A los funcionarios y asesores de las entidades a que hace referencia el articuloA los funcionarios y asesores de las entidades a que hace referencia el articulo
6, así como a los integrantes, empleados y contratistas de la Junta Central de6, así como a los integrantes, empleados y contratistas de la Junta Central de
Contadores y del Consejo Técnico de la Contaduría Pública, se les aplicará enContadores y del Consejo Técnico de la Contaduría Pública, se les aplicará en
su totalidad las inhabilidades, impedimentos, incompatibilidades, reglas parasu totalidad las inhabilidades, impedimentos, incompatibilidades, reglas para
manejo de conflictos de interés y demás normas consagradas en la Ley 734 demanejo de conflictos de interés y demás normas consagradas en la Ley 734 de
2002 o demás normas que la adicionen, modifiquen o sustituyan.2002 o demás normas que la adicionen, modifiquen o sustituyan.
• Los recursos del CTCP, provendrán del presupuesto nacional, seLos recursos del CTCP, provendrán del presupuesto nacional, se
administrarán y ejecutarán por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo,administrarán y ejecutarán por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo,
a partir del 1 de enero del año 2010.a partir del 1 de enero del año 2010.
• Por lo menos tres cuartas partes de los miembros del CTCP deberán serPor lo menos tres cuartas partes de los miembros del CTCP deberán ser
contadores públicos que hayan ejercido con buen crédito su profesión.contadores públicos que hayan ejercido con buen crédito su profesión. TodosTodos
los miembros del Consejo Técnico de la Contaduría Pública deberán demostrarlos miembros del Consejo Técnico de la Contaduría Pública deberán demostrar
conocimiento y experiencia de más de diez (10) años, en dos (2) o más de lasconocimiento y experiencia de más de diez (10) años, en dos (2) o más de las
siguientes áreas o especialidades: revisoría fiscal, investigación contable,siguientes áreas o especialidades: revisoría fiscal, investigación contable,
docencia contable, contabilidad, regulación contable, aseguramiento, derechodocencia contable, contabilidad, regulación contable, aseguramiento, derecho
tributario, finanzas, formulación y evaluación de proyectos de inversión otributario, finanzas, formulación y evaluación de proyectos de inversión o
negocios nacionales e internacionales.negocios nacionales e internacionales.
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ARTICULO 11°.ARTICULO 11°. Ajustes Institucionales:Ajustes Institucionales:
(Conforme a lo previsto en el artículo 189 de la Constitución Política)(Conforme a lo previsto en el artículo 189 de la Constitución Política)
• Se garantizará un grupo de la mejor combinación posible deSe garantizará un grupo de la mejor combinación posible de
habilidades técnicas y de experiencia en las materias …, así como enhabilidades técnicas y de experiencia en las materias …, así como en
las realidades y perspectivas de los mercados, con el fin de obtenerlas realidades y perspectivas de los mercados, con el fin de obtener
proyectos de normas de alta calidad y pertinencia.proyectos de normas de alta calidad y pertinencia.
• Una cuarta parte de los miembros serán designados por el PresidenteUna cuarta parte de los miembros serán designados por el Presidente
de la República, de ternas enviadas por diferentes entidades talesde la República, de ternas enviadas por diferentes entidades tales
como: Asociaciones de Contadores Públicos, Facultades decomo: Asociaciones de Contadores Públicos, Facultades de
Contaduría, Colegios de Contadores Públicos y Federaciones deContaduría, Colegios de Contadores Públicos y Federaciones de
Contadores.Contadores.
• Las temas serán elaboradas por las anteriores organizaciones, a partirLas temas serán elaboradas por las anteriores organizaciones, a partir
de una lista de elegibles conformada mediante concurso público dede una lista de elegibles conformada mediante concurso público de
méritos que incluyan examen de antecedentes laborales, examen deméritos que incluyan examen de antecedentes laborales, examen de
conocimientos y experiencia de que trata este artículo.conocimientos y experiencia de que trata este artículo.
28/09/13 30
ARTÍCULO 12°.ARTÍCULO 12°. Coordinación entre entidades públicasCoordinación entre entidades públicas..
(Para garantizar que las normas sean homogéneos, consistentes y(Para garantizar que las normas sean homogéneos, consistentes y
comparables.)comparables.)
• Las autoridades de regulación y deLas autoridades de regulación y de
supervisión obligatoriamente coordinarán elsupervisión obligatoriamente coordinarán el
ejercicio de sus funciones.ejercicio de sus funciones.
28/09/13 31
ARTICULO 13°.ARTICULO 13°. Primera Revisión:Primera Revisión:
• A partir del 1° de enero del año 2010 y dentro de los seis (6)A partir del 1° de enero del año 2010 y dentro de los seis (6)
meses siguientes a esta fecha, el Consejo Técnico de lameses siguientes a esta fecha, el Consejo Técnico de la
Contaduría Pública hará una primera revisión de lasContaduría Pública hará una primera revisión de las
normas de contabilidad, de información financiera y denormas de contabilidad, de información financiera y de
aseguramiento de información.aseguramiento de información.
• Dicho plan deberá ejecutarse dentro de los veinticuatro (24)Dicho plan deberá ejecutarse dentro de los veinticuatro (24)
meses siguientesmeses siguientes,, término durante el cual el Consejotérmino durante el cual el Consejo
presentará a consideración de los Ministerios de Haciendapresentará a consideración de los Ministerios de Hacienda
y Crédito Público y de Comercio, Industria y Turismo losy Crédito Público y de Comercio, Industria y Turismo los
proyectos a que haya lugar.proyectos a que haya lugar.
• Las normas legales sobre contabilidadLas normas legales sobre contabilidad,, expedidas conexpedidas con
anterioridad conservarán su vigor hasta que entre enanterioridad conservarán su vigor hasta que entre en
vigencia una nueva disposición expedida en desarrollo devigencia una nueva disposición expedida en desarrollo de
esta Ley que las modifique, reemplace o elimineesta Ley que las modifique, reemplace o elimine..
28/09/13 32
ARTÍCULO 14°. Entrada en vigencia de las normas deARTÍCULO 14°. Entrada en vigencia de las normas de
intervención en materia de contabilidad y de información financieraintervención en materia de contabilidad y de información financiera
y de aseguramiento de informacióny de aseguramiento de información..
• A partir de la vigencia el 1° de enero delA partir de la vigencia el 1° de enero del
segundo año gravable siguiente al de susegundo año gravable siguiente al de su
promulgación, a menos que en virtud de supromulgación, a menos que en virtud de su
complejidad, consideren necesariocomplejidad, consideren necesario
establecer un plazo diferente.establecer un plazo diferente.
28/09/13 33
ARTÍCULO 15°. Aplicación extensiva.ARTÍCULO 15°. Aplicación extensiva.
• Cuando para no comerciantes se advierta que noCuando para no comerciantes se advierta que no
contempla normas en materia de contabilidad,contempla normas en materia de contabilidad,
estados financieros, control interno,estados financieros, control interno,
administradores, rendición de cuentas, informes aadministradores, rendición de cuentas, informes a
los máximos órganos sociales, revisoría fiscal,los máximos órganos sociales, revisoría fiscal,
auditoria, o cuando como consecuencia de unaauditoria, o cuando como consecuencia de una
normatividad incompleta se adviertan vacíosnormatividad incompleta se adviertan vacíos
legales en dicho régimen, se aplicarán en formalegales en dicho régimen, se aplicarán en forma
supletiva las disposiciones para las sociedadessupletiva las disposiciones para las sociedades
comerciales previstas en el Co. Co. y en las demáscomerciales previstas en el Co. Co. y en las demás
normas que modifican y adicionan a éste.normas que modifican y adicionan a éste.
28/09/13 34
ARTICULO 16°, Transitorio.ARTICULO 16°, Transitorio.
• Las entidades que estén adelantandoLas entidades que estén adelantando
procesos de convergencia …,procesos de convergencia …, podránpodrán
continuar haciéndolo.continuar haciéndolo.
• Las normas así promulgadas serán revisadasLas normas así promulgadas serán revisadas
por el CTCP para asegurar su concordancia,por el CTCP para asegurar su concordancia,
una vez sean expedidas por los Ministeriosuna vez sean expedidas por los Ministerios
de Hacienda y Crédito Público y dede Hacienda y Crédito Público y de
Comercio, Industria y Turismo, con lasComercio, Industria y Turismo, con las
normas a que hace referencia esta Leynormas a que hace referencia esta Ley..
28/09/13 35
ARTÍCULO 17° Vigencia y derogatorias.ARTÍCULO 17° Vigencia y derogatorias.
(La presente Ley rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas(La presente Ley rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas
las normas que le sean contrarias).las normas que le sean contrarias).
• DEROGATORIA TACITA. Deja vigente en normas anteriores,DEROGATORIA TACITA. Deja vigente en normas anteriores,
aunque versen sobre la misma materia, todo aquello que noaunque versen sobre la misma materia, todo aquello que no
pugna con la nueva ley.pugna con la nueva ley. (Art. 72 del C.C.).(Art. 72 del C.C.).
Nic. 1 – NIIF 2007. Presentación deNic. 1 – NIIF 2007. Presentación de
Estados Financieros - ObjetivosEstados Financieros - Objetivos
• Establece las bases para la presentaciónEstablece las bases para la presentación
• Asegurando la comparabilidad respecto deAsegurando la comparabilidad respecto de
ejercicios anteriores y frente a otras entidades.ejercicios anteriores y frente a otras entidades.
- Consideraciones generales.Consideraciones generales.
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(El reconocimiento, medición, transacciones y sucesos particulares se abordan en la Nic.1.1)(El reconocimiento, medición, transacciones y sucesos particulares se abordan en la Nic.1.1)
28/09/13 36
Nic. 1 – AlcanceNic. 1 – Alcance
• Información de propósito general.Información de propósito general.
• No aplica a usuarios con requerimientos deNo aplica a usuarios con requerimientos de
información especifica.información especifica.
• No aplica a estados financieros intermedios.No aplica a estados financieros intermedios.(Nic.34).(Nic.34).
• Aplica lo relativo a: imagen fiel, empresa enAplica lo relativo a: imagen fiel, empresa en
marcha, devengo, uniformidad, materialidad,marcha, devengo, uniformidad, materialidad,
compensación, información comparativa.compensación, información comparativa.
• No aplica para entidades financieras.No aplica para entidades financieras. (Nic. 30-IFRS 7)(Nic. 30-IFRS 7) ºº
28/09/13 37
Nic.1- Finalidad de los EstadosNic.1- Finalidad de los Estados
Financieros.(Financieros.(
• Representación estructurada de la situación yRepresentación estructurada de la situación y
desempeño económico y de los flujos endesempeño económico y de los flujos en
efectivo del ente.efectivo del ente. (Nic. 1.7)(Nic. 1.7)
• Elementos del ente: Activos; pasivos;Elementos del ente: Activos; pasivos;
patrimonio neto; gastos e ingresos, en los que sepatrimonio neto; gastos e ingresos, en los que se
incluyen las perdidas y ganancias; otros cambiosincluyen las perdidas y ganancias; otros cambios
en el patrimonio neto; y flujos de efectivo.en el patrimonio neto; y flujos de efectivo.
• Información contenida en las notas.Información contenida en las notas.
(Deben ayudar a los usuarios a predecir flujos de efectivo futuros, la distribución y certidumbre de los mismos)(Deben ayudar a los usuarios a predecir flujos de efectivo futuros, la distribución y certidumbre de los mismos)
28/09/13 38
Nic.1 - Conjunto completo deNic.1 - Conjunto completo de
Estados FinancierosEstados Financieros (Nic.1.8)(Nic.1.8)
• Balance.Balance.
• Estado de Resultados.Estado de Resultados.
• Estado de cambios en el patrimonio neto, bien sea queEstado de cambios en el patrimonio neto, bien sea que
estos se den por operaciones con los propietarios o queestos se den por operaciones con los propietarios o que
procedan de operaciones distintas.procedan de operaciones distintas.
• Estado de flujos de efectivo.Estado de flujos de efectivo.
• NotasNotas (Resumen de las políticas contables significativas y otras notas explicativas). Los informes(Resumen de las políticas contables significativas y otras notas explicativas). Los informes
adicionales están fuera del alcance de las NIIF (NIC1.9-10)adicionales están fuera del alcance de las NIIF (NIC1.9-10)
28/09/13 39
Nic. 1 – ConsideracionesNic. 1 – Consideraciones
generales.generales.
• Presentación razonable y cumplimiento de lasPresentación razonable y cumplimiento de las
NIIF.NIIF. (Imagen fiel de los efectos de las transacciones, según criterios de reconocimiento de los activos(Imagen fiel de los efectos de las transacciones, según criterios de reconocimiento de los activos
pasivos, ingresos, y gastos fijados en el marco conceptual – NIC. 1,13 – 1,14)pasivos, ingresos, y gastos fijados en el marco conceptual – NIC. 1,13 – 1,14)
• Políticas contables. (Políticas contables. (No están legitimadas políticas contables inadecuadas).No están legitimadas políticas contables inadecuadas).
• Hipótesis de negocio en marcha.Hipótesis de negocio en marcha. (Amenos que se pretenda liquidar(Amenos que se pretenda liquidar
el ente o cesar su actividad, en este caso se opta por revelaciones )el ente o cesar su actividad, en este caso se opta por revelaciones )
• Base contable de acumulación (o devengo).Base contable de acumulación (o devengo).(Las(Las
operaciones y hechos se reconocen cuando ocurren – Los gastos se deben asociar directamente a los costos eoperaciones y hechos se reconocen cuando ocurren – Los gastos se deben asociar directamente a los costos e
ingresos – No se permiten en el balance partidas que no estén definidas como activos y pasivos reales). – Salvoingresos – No se permiten en el balance partidas que no estén definidas como activos y pasivos reales). – Salvo
la información sobre flujos de efectivo.la información sobre flujos de efectivo.
28/09/13 40
Nic. 1 – Otros aspectos a tener enNic. 1 – Otros aspectos a tener en
cuentacuenta
• Uniformidad.Uniformidad. (Se obliga a cambiar los importes de años precedentes por cambios(Se obliga a cambiar los importes de años precedentes por cambios
significativos para preservar la uniformidad en la presentación).significativos para preservar la uniformidad en la presentación).
• Importancia relativa y agrupación de datos.Importancia relativa y agrupación de datos.
(Presentación separada, las partidas de importancia relativa – agrupación las de menor cuantía de similar(Presentación separada, las partidas de importancia relativa – agrupación las de menor cuantía de similar
naturaleza).naturaleza).
• Compensación.Compensación. (Según lo dictamine una NIC. – Activo Vs. Gasto, Pasivo Vs. Ingresos;(Según lo dictamine una NIC. – Activo Vs. Gasto, Pasivo Vs. Ingresos;
si no son significativos).si no son significativos).
• Información comparativa año anterior.Información comparativa año anterior.
• Conservación de la presentación y clasificación.Conservación de la presentación y clasificación.
(De un año a otro)(De un año a otro)
28/09/13 41
DE LAS ABREVIATURASDE LAS ABREVIATURAS
A CONOCERA CONOCER
• A.A.AA.A.A American Accounting Asociation, Asociación Americana deAmerican Accounting Asociation, Asociación Americana de
Contabilidad.Contabilidad.
•   
• AICPA:AICPA: American Institute of Certified Public Accountants - InstitutoAmerican Institute of Certified Public Accountants - Instituto
Americano de Contadores Públicos Certificados.Americano de Contadores Públicos Certificados.
•   
• APBAPB:: Accounting Principles Board - Comité de Principios de ContabilidadAccounting Principles Board - Comité de Principios de Contabilidad
•   
• FEEFEE:: Fédération Des Experts Comptables Européensthe Federation OfFédération Des Experts Comptables Européensthe Federation Of
European Accountants - Federación Europea de ContadoresEuropean Accountants - Federación Europea de Contadores
•   
• IAS:IAS: International Accounting Standards - Estándares Internacionales deInternational Accounting Standards - Estándares Internacionales de
Contabilidad, también conocidos como Normas Internacionales de Contabilidad, NIC.Contabilidad, también conocidos como Normas Internacionales de Contabilidad, NIC.
28/09/13 42
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• IASB:IASB: International Accounting Standards Board - Junta deInternational Accounting Standards Board - Junta de
Estándares Internacionales de Contabilidad. Reemplazó al InternationalEstándares Internacionales de Contabilidad. Reemplazó al International
Accounting Standards Committee, IASC o Comité de EstándaresAccounting Standards Committee, IASC o Comité de Estándares
Internacionales de Contabilidad.Internacionales de Contabilidad.
• IASCIASC:: International Accounting Standards Committee - Comité deInternational Accounting Standards Committee - Comité de
Estándares Internacionales de ContabilidadEstándares Internacionales de Contabilidad
• IASCF:IASCF: International Accounting Standards Committee Foundation-International Accounting Standards Committee Foundation-
Fundación del Comité de Estándares Internacionales de Contabilidad.Fundación del Comité de Estándares Internacionales de Contabilidad.
• IFAC:IFAC: International Federation of Accountants- FederaciónInternational Federation of Accountants- Federación
Internacional de Contadores PúblicosInternacional de Contadores Públicos
• IFRIC:IFRIC: International Financial Reporting Interpretations CommitteeInternational Financial Reporting Interpretations Committee
of the IASB - Comité de Interpretación de las Normas Internacionales deof the IASB - Comité de Interpretación de las Normas Internacionales de
Información Financiera.Información Financiera.
28/09/13 43
DE LAS ABREVIATURASDE LAS ABREVIATURAS
A CONOCERA CONOCER
• IFRSIFRS:: International Financial Accounting Standards -EstándaresInternational Financial Accounting Standards -Estándares
Internacionales de Información Financiera, también conocidos como NormasInternacionales de Información Financiera, también conocidos como Normas
Internacionales de Información Financiera, NIIF.Internacionales de Información Financiera, NIIF.
• IOSCO:IOSCO: International Organization of securities commission-International Organization of securities commission-
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• PCAOBPCAOB:: Public Company Accounting Oversight Board (United States)Public Company Accounting Oversight Board (United States)
- Junta de Supervisión de la Contabilidad de las Compañías Públicas de- Junta de Supervisión de la Contabilidad de las Compañías Públicas de
Estados Unidos.Estados Unidos.
• SECSEC:: Securities and Exchange Commission - Comisión de Valores de losSecurities and Exchange Commission - Comisión de Valores de los
Estados Unidos.Estados Unidos.
• FASBFASB:: Financial Accounting Standards Board (United States) - JuntaFinancial Accounting Standards Board (United States) - Junta
de Estándares de Contabilidad Financiera de los Estados Unidos.de Estándares de Contabilidad Financiera de los Estados Unidos.
• US GAAPUS GAAP:: Generally Accepted Accounting Principies (United States)Generally Accepted Accounting Principies (United States)
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28/09/13 44

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Normas contables convergen NIIF

  • 1. Ley 1314 de juLio 13 deLey 1314 de juLio 13 de 20092009 VENTANA DE LA CONVERGENCIA A NORMAS INTERNACIONALES DE INFOPRMACION FINANCIERA NIIF - IFRS - NIC
  • 2. 28/09/13 2 Ley 550 de 1999Ley 550 de 1999 • Articulo 63.Articulo 63. Artículo 63.Artículo 63. Armonización de lasArmonización de las normas contables con los usos y reglasnormas contables con los usos y reglas internacionalesinternacionales.. (…) El Gobierno Nacional(…) El Gobierno Nacional revisará las normas actuales en materia derevisará las normas actuales en materia de contabilidad, auditoría, revisoría fiscal ycontabilidad, auditoría, revisoría fiscal y divulgación de información, con el objeto dedivulgación de información, con el objeto de ajustarlas a los parámetros internacionales yajustarlas a los parámetros internacionales y proponer al Congreso las modificacionesproponer al Congreso las modificaciones pertinentes.pertinentes.
  • 3. 28/09/13 3 Hacia la convergencia de NormasHacia la convergencia de Normas Internacionales de ContabilidadInternacionales de Contabilidad "POR LA CUAL SE REGULAN LOS PRINCIPIOS"POR LA CUAL SE REGULAN LOS PRINCIPIOS Y NORMAS DE CONTABILIDAD EY NORMAS DE CONTABILIDAD E INFORMACION FINANCIERA Y DEINFORMACION FINANCIERA Y DE ASEGURAMIENTO DE INFORMACIONASEGURAMIENTO DE INFORMACION ACEPTADOS EN COLOMBIA, SE SEÑALANACEPTADOS EN COLOMBIA, SE SEÑALAN LAS AUTORIDADES COMPETENTES, ELLAS AUTORIDADES COMPETENTES, EL PROCEDIMIENTO PARA SU EXPEDICIÓN YPROCEDIMIENTO PARA SU EXPEDICIÓN Y SE DETERMINAN LAS ENTIDADESSE DETERMINAN LAS ENTIDADES RESPONSABLES DERESPONSABLES DE VIGILAR SU CUMPLIMIENTO".VIGILAR SU CUMPLIMIENTO".
  • 4. 28/09/13 4 FIN A LAS ESPECULACIONES Y CAMINOFIN A LAS ESPECULACIONES Y CAMINO A LAS REDEFICIONESA LAS REDEFICIONES • AcademiaAcademia (Pilares de formación – Registro, Arquitectura(Pilares de formación – Registro, Arquitectura financiera y contable del Ente Económico, Legislación yfinanciera y contable del Ente Económico, Legislación y Aseguramiento)Aseguramiento)– AJUSTE DE CONTENIDOS A LOS PRONUNCIAMIENTOS INTERNACIONALES DE– AJUSTE DE CONTENIDOS A LOS PRONUNCIAMIENTOS INTERNACIONALES DE FORMACION PARA CONTADORES PROFESIONALES DE LA - IFAC.FORMACION PARA CONTADORES PROFESIONALES DE LA - IFAC. • DocenciaDocencia • EstudiantesEstudiantes • ProfesionalesProfesionales • EmpresariosEmpresarios • ConceptosConceptos
  • 5. 28/09/13 5 ARTÍCULO 1°._ Objetivos de esta Ley.ARTÍCULO 1°._ Objetivos de esta Ley. (Intervención de la Economía con limitación a la libertad).(Intervención de la Economía con limitación a la libertad). • SistemaSistema Único –Único – Estatuto Contable.Estatuto Contable. • Elementos – (Elementos – (Informes contables - Estados FinancierosInformes contables - Estados Financieros – Libros – Tecnología)– Libros – Tecnología) • Cualidades de la información financieraCualidades de la información financiera.. (Comprensible,(Comprensible, transparentetransparente y comparable, pertinentey comparable, pertinente y confiable, útil para la toma de decisiones económicas.)y confiable, útil para la toma de decisiones económicas.) • Destinatarios –Destinatarios – Estado, los propietarios, funcionariosEstado, los propietarios, funcionarios y empleados de las empresas, los inversionistas actuales oy empleados de las empresas, los inversionistas actuales o potenciales y otras partes interesadas.potenciales y otras partes interesadas. • Objetivos –Objetivos – (Mejorar- productividad - competitividad -(Mejorar- productividad - competitividad - desarrollo armónico de la actividad empresarial de lasdesarrollo armónico de la actividad empresarial de las personas naturales y jurídicas nacionales o extranjeras).personas naturales y jurídicas nacionales o extranjeras). • Finalidad - Interés público.Finalidad - Interés público.
  • 6. 28/09/13 6 ARTÍCULO 1°._ Objetivos de esta Ley.ARTÍCULO 1°._ Objetivos de esta Ley. (Intervención de la Economía con limitación a la libertad).(Intervención de la Economía con limitación a la libertad). • Principios –Principios – ((Equidad,Equidad, reciprocidad y conveniencia nacional -reciprocidad y conveniencia nacional - la internacionalización de las relaciones económicasla internacionalización de las relaciones económicas)) • Acción del Estado –Acción del Estado – Convergencia.Convergencia. • (Con estándares internacionales de aceptación mundial,(Con estándares internacionales de aceptación mundial, con las mejores prácticas y con la rápida evolución de loscon las mejores prácticas y con la rápida evolución de los negocios).negocios). • Sistema documental contable –Sistema documental contable – Conservación,Conservación, difusión y depósito electrónico de la informacióndifusión y depósito electrónico de la información • Registro de libros –Registro de libros – (Una vez diligenciados).(Una vez diligenciados). • Limites – No aplicaLimites – No aplica (a la contabilidad financiera(a la contabilidad financiera gubernamental)gubernamental)
  • 7. 28/09/13 7 INTERES PUBLICOINTERES PUBLICO • Concepto de orden funcional para justificarConcepto de orden funcional para justificar diversas formas de intervención del Estado en ladiversas formas de intervención del Estado en la esfera de los particulares previendo limites deesfera de los particulares previendo limites de distinto grado.distinto grado. • Para la IFAC (International Federation ofPara la IFAC (International Federation of Accountants) Uno de los ubjetivos generales deAccountants) Uno de los ubjetivos generales de la profesión es proteger el “Interés Publico”la profesión es proteger el “Interés Publico”
  • 8. 28/09/13 8 CONVERGENCIACONVERGENCIA • Uno de los objetivos mas importantes del IASC IASBUno de los objetivos mas importantes del IASC IASB International Acounting Standards CommitteeInternational Acounting Standards Committee International Acounting Standards BoardInternational Acounting Standards Board • Lugar donde ocurre esta reunión (…).Lugar donde ocurre esta reunión (…). • Coincidencia de ideas y tendencias sociales, políticas,Coincidencia de ideas y tendencias sociales, políticas, culturales o económicas. Confluencia(…).culturales o económicas. Confluencia(…). • Convergencia adaptativa o convergencia evolutiva. ProcesoConvergencia adaptativa o convergencia evolutiva. Proceso adaptativo según el cual los organismos que seadaptativo según el cual los organismos que se desenvuelven en un mismo medio desarrollan órganosdesenvuelven en un mismo medio desarrollan órganos parecidos aunque estos tengan un origen diferente.parecidos aunque estos tengan un origen diferente.
  • 9. 28/09/13 9 ARTÍCULOARTÍCULO 2°._2°._ Ámbito de aplicaciónÁmbito de aplicación.. (Contadores públicos, funcionarios y demás personas encargadas de la(Contadores públicos, funcionarios y demás personas encargadas de la preparación de estados financieros)preparación de estados financieros) • Contabilidad Simplificada.Contabilidad Simplificada. (Nivel Moderado)(Nivel Moderado) • Contabilidad para Microempresas.Contabilidad para Microempresas. (Articulo 499(Articulo 499 del Estatuto Tributario).del Estatuto Tributario). • Contabilidad para no obligados.Contabilidad para no obligados. (Quienes pretendan(Quienes pretendan valor probatorio).valor probatorio).
  • 10. Obligados a llevar contabilidadObligados a llevar contabilidad • ComerciantesComerciantes (Articulo 19 al 73 Co. Co. ).(Articulo 19 al 73 Co. Co. ). • Sociedades Civiles y demás ComunidadesSociedades Civiles y demás Comunidades Organizadas.Organizadas. (Articulo 23, 98 del Co. Co – Articulo 1 de la Ley 222 de(Articulo 23, 98 del Co. Co – Articulo 1 de la Ley 222 de 1995).1995). • ACTOS MERCANTILES.ACTOS MERCANTILES. • ACTOS CIVILES.ACTOS CIVILES. • Empresas del Grupo 1 – Decreto 2784 de dic.28 de 2012Empresas del Grupo 1 – Decreto 2784 de dic.28 de 2012 • Empresas del Grupo 2Empresas del Grupo 2 • Empresas del Grupo 3 – Decreto 2706 de dic.27 de 2012Empresas del Grupo 3 – Decreto 2706 de dic.27 de 2012 28/09/13 10
  • 11. EJES DE IMPLEMENTACIONEJES DE IMPLEMENTACION • Empresas de interés publico y otras empresasEmpresas de interés publico y otras empresas privadas grandes NIIF y NAIF.privadas grandes NIIF y NAIF. (Que cotizan en bolsa o(Que cotizan en bolsa o simplemente se consideran de gran tamaño).simplemente se consideran de gran tamaño). • Sectores informales, micro, pequeñas y medianasSectores informales, micro, pequeñas y medianas empresasempresas (Mipymes)(Mipymes) - Contabilidad simplificada para medianas y pequeñas empresas.Contabilidad simplificada para medianas y pequeñas empresas. - Contabilidad con base en caja para las microempresas.Contabilidad con base en caja para las microempresas. - Mecanismos para formalizar empresarial.Mecanismos para formalizar empresarial. 28/09/13 11
  • 12. 28/09/13 12 ARTÍCULOARTÍCULO 3°._3°._ De las normas de contabilidad yDe las normas de contabilidad y de información financiera.de información financiera. • Sistema – Digno de Crédito y comparable.Sistema – Digno de Crédito y comparable. • Reconocimiento de los hechos económicosReconocimiento de los hechos económicos (Esencia o realidad económica / su forma legal).(Esencia o realidad económica / su forma legal).
  • 13. 28/09/13 13 ARTICULO 4°. Independencia y autonomía de lasARTICULO 4°. Independencia y autonomía de las normas tributarias frente a las de contabilidad y denormas tributarias frente a las de contabilidad y de información financiera.información financiera. • Remisión de las normas tributarias.Remisión de las normas tributarias. (Cuando las(Cuando las Leyes tributarias remitan expresamente a estas – a las Contables)Leyes tributarias remitan expresamente a estas – a las Contables) • Supletoriedad de las normas Contables.Supletoriedad de las normas Contables. (Cuando las tributarias no regulen la materia).(Cuando las tributarias no regulen la materia). • Autonomía de las normas tributarias.Autonomía de las normas tributarias. (Las(Las declaraciones tributarias y sus soportes deberán ser preparados según lodeclaraciones tributarias y sus soportes deberán ser preparados según lo determina la legislación fiscal).determina la legislación fiscal). • Prevalecía de las normas tributariasPrevalecía de las normas tributarias.. (Cuando se(Cuando se presente incompatibilidad entre las normas contables y las de carácterpresente incompatibilidad entre las normas contables y las de carácter tributario, prevalecerán estas últimas).tributario, prevalecerán estas últimas). • Contabilización de las revelaciones yContabilización de las revelaciones y conciliaciones fiscales.conciliaciones fiscales. (Conciliación Fiscal)(Conciliación Fiscal)
  • 14. 28/09/13 14 ARTÍCULO 5°. De las normas deARTÍCULO 5°. De las normas de aseguramiento de información.aseguramiento de información. • Aseguramiento de información.Aseguramiento de información. (Normas éticas, Normas de auditoria de información financiera histórica,(Normas éticas, Normas de auditoria de información financiera histórica, Normas de revisión de información financiera histórica y normas deNormas de revisión de información financiera histórica y normas de aseguramiento de información distinta de la anterior).aseguramiento de información distinta de la anterior). • Normas de auditoria integral.Normas de auditoria integral. (Aplicables a los casos en que hubiere que practicar sobre las operaciones de(Aplicables a los casos en que hubiere que practicar sobre las operaciones de un mismo ente diferentes auditorias)un mismo ente diferentes auditorias) • Contratación de servicios deContratación de servicios de aseguramiento de la informaciónaseguramiento de la información financiera.financiera. (Con personas jurídicas o naturales – Con la dirección y(Con personas jurídicas o naturales – Con la dirección y responsabilidad de contadores públicos).responsabilidad de contadores públicos).
  • 15. 28/09/13 15 DE LA PROTECCION DE LA INFORMACION Y DE LOSDE LA PROTECCION DE LA INFORMACION Y DE LOS DATOSDATOS Ley 1273 de enero 5 de 2009Ley 1273 de enero 5 de 2009 Adiciona al código penal delitos tales como:Adiciona al código penal delitos tales como: • Acceso abusivo a un sistema informático.Acceso abusivo a un sistema informático. • Obstaculización ilegitima de sistema informático o redObstaculización ilegitima de sistema informático o red de telecomunicaciones.de telecomunicaciones. • Interceptación de datos informáticos.Interceptación de datos informáticos. • Daño informático.Daño informático. • Uso de Software maliciosoUso de Software malicioso • Violación de datos personales.Violación de datos personales. • Suplantación de sitios web para capturar datosSuplantación de sitios web para capturar datos personales y otros atentados informáticospersonales y otros atentados informáticos
  • 16. 28/09/13 16 JUSTIFICACION DEL ASEGURAMIENTOJUSTIFICACION DEL ASEGURAMIENTO DE LA INFORMACIONDE LA INFORMACION (L. 1273 de enero 2009)(L. 1273 de enero 2009) • Es la base sobre la que se construye la toma de decisionesEs la base sobre la que se construye la toma de decisiones de una organización.de una organización. • Sin aseguramiento, las empresas no tienen certidumbre deSin aseguramiento, las empresas no tienen certidumbre de que la información sobre la que sustentan sus decisiones esque la información sobre la que sustentan sus decisiones es confiable, segura y está disponible cuando se necesita.confiable, segura y está disponible cuando se necesita. • Es la realización de actividades, con el fin de proteger laEs la realización de actividades, con el fin de proteger la información, los sistemas de información , y preservar lainformación, los sistemas de información , y preservar la disponibilidad, la integridad, la confidencialidad, ladisponibilidad, la integridad, la confidencialidad, la autenticidad, ante el riesgo de amenazas locales, o remotasautenticidad, ante el riesgo de amenazas locales, o remotas a través de comunicaciones e Internet.a través de comunicaciones e Internet.
  • 17. 28/09/13 17 ARTÍCULO 6°._ Autoridades de regulación yARTÍCULO 6°._ Autoridades de regulación y normalización técnicanormalización técnica • En materia de contabilidad públicaEn materia de contabilidad pública (Contaduría(Contaduría General de la Nación)General de la Nación) • Regulación.Regulación. (Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Comercio, Industria y Turismo)(Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Comercio, Industria y Turismo) • Normalización Técnica.Normalización Técnica. (Consejo Técnico de la Contaduría Pública)(Consejo Técnico de la Contaduría Pública) • Órganos de supervisión y sus límites.Órganos de supervisión y sus límites. (En los términos señalados en el artículo 10 de la presente Ley – Vigilar el(En los términos señalados en el artículo 10 de la presente Ley – Vigilar el cumplimiento de las normas; Expedición de normas técnicas, interpretaciones y guías,cumplimiento de las normas; Expedición de normas técnicas, interpretaciones y guías, dentro del marco normativo).dentro del marco normativo).
  • 18. 28/09/13 18 ARTÍCULO 6°._ Autoridades de regulación yARTÍCULO 6°._ Autoridades de regulación y normalización técnicanormalización técnica • En materia de contabilidad públicaEn materia de contabilidad pública (Contaduría(Contaduría General de la Nación)General de la Nación) • Regulación.Regulación. (Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Comercio,(Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Comercio, Industria y Turismo)Industria y Turismo) • Normalización TécnicaNormalización Técnica..(Consejo Técnico de la Contaduría(Consejo Técnico de la Contaduría Pública)Pública) . Órganos de supervisión y sus límites.. Órganos de supervisión y sus límites. (En los(En los términos señalados en el artículo 10 de la presente Ley – Vigilar el cumplimiento de lastérminos señalados en el artículo 10 de la presente Ley – Vigilar el cumplimiento de las normas; Expedición de normas técnicas, interpretaciones y guías, dentro del marconormas; Expedición de normas técnicas, interpretaciones y guías, dentro del marco normativo).normativo).
  • 19. 28/09/13 19 REGULACIONREGULACION • Las regulaciones son entendidas como el amplioLas regulaciones son entendidas como el amplio rango de instrumentos legales y decisionesrango de instrumentos legales y decisiones constituciones, leyes parlamentarias, legislacionesconstituciones, leyes parlamentarias, legislaciones subordinadas, decretos, ordenes, normassubordinadas, decretos, ordenes, normas licencias, códigos y aún los instrumentoslicencias, códigos y aún los instrumentos informales mediante los cuales los gobiernosinformales mediante los cuales los gobiernos establecen condiciones en la conducta de losestablecen condiciones en la conducta de los ciudadanos, las empresas y el gobierno mismociudadanos, las empresas y el gobierno mismo (OCDE)(OCDE)
  • 20. 28/09/13 20 NORMALIZACION O ESTANDARIZACIONNORMALIZACION O ESTANDARIZACION • Modificación de un establecimiento existente con la finalidad deModificación de un establecimiento existente con la finalidad de adecuarlo a ciertas normas predeterminadas.adecuarlo a ciertas normas predeterminadas. • Sometimiento de un conjunto de fenómenos, situaciones uSometimiento de un conjunto de fenómenos, situaciones u objetos a un modelo, reglamento o patrón. La normalización seobjetos a un modelo, reglamento o patrón. La normalización se expresa actualmente en todo el abanico de actividades humanasexpresa actualmente en todo el abanico de actividades humanas especializadas (ciencia, técnica, economía, comercio, industria,especializadas (ciencia, técnica, economía, comercio, industria, etc.etc. • Actividad que aporta soluciones para aplicaciones repetitivas queActividad que aporta soluciones para aplicaciones repetitivas que se desarrollan fundamentalmente, en el ámbito de la ciencia, lase desarrollan fundamentalmente, en el ámbito de la ciencia, la tecnología y la economía, con el fin de conseguir una ordenacióntecnología y la economía, con el fin de conseguir una ordenación óptima en un determinado contextoóptima en un determinado contexto
  • 21. 28/09/13 21 ARTICULO 7°. Criterios a los cuales debe sujetarse laARTICULO 7°. Criterios a los cuales debe sujetarse la regulación autorizada por esta Ley.regulación autorizada por esta Ley. (Los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Comercio, Industria y Turismo,(Los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Comercio, Industria y Turismo, observarán los siguientes criterios)observarán los siguientes criterios) • 1. Que los proyectos por parte del Consejo Técnico de la Contaduría1. Que los proyectos por parte del Consejo Técnico de la Contaduría Pública sean.Pública sean. (Sean abiertos, transparente y de público conocimiento).(Sean abiertos, transparente y de público conocimiento). • 22.. Considerar las recomendaciones y observaciones de la DIAN yConsiderar las recomendaciones y observaciones de la DIAN y organismos responsables del diseño y manejo de la política económicaorganismos responsables del diseño y manejo de la política económica yy entidades de inspección, vigilancia o control.entidades de inspección, vigilancia o control. • 3. Para un texto definitivo, se deben tener en cuenta las observaciones3. Para un texto definitivo, se deben tener en cuenta las observaciones aportadas durante la etapa de exposición pública de los proyectos.aportadas durante la etapa de exposición pública de los proyectos. • 4. Publicación y divulgación, de las normas.4. Publicación y divulgación, de las normas. • 55.. Velaran porVelaran por que las reglamentaciones de otras autoridades de la ramaque las reglamentaciones de otras autoridades de la rama ejecutiva estén acorde a la ley emitiendo conjuntamente opiniones noejecutiva estén acorde a la ley emitiendo conjuntamente opiniones no vinculantes; velaran porque los procesos de desarrollo de esta Ley, se realicenvinculantes; velaran porque los procesos de desarrollo de esta Ley, se realicen de manera abierta y transparente.de manera abierta y transparente. • 6. Garantizar buenas prácticas y un debido proceso en la regulación.6. Garantizar buenas prácticas y un debido proceso en la regulación.
  • 22. 28/09/13 22 Artículo 8°._Artículo 8°._ Criterios a los cuales debe sujetarse elCriterios a los cuales debe sujetarse el Consejo Técnico de la Contaduría Pública.Consejo Técnico de la Contaduría Pública. • 1.1. Enviará a los Ministerios, al menos una vez cada seis (6) meses, para suEnviará a los Ministerios, al menos una vez cada seis (6) meses, para su difusión, un programa de trabajo que describa los proyectos que consideredifusión, un programa de trabajo que describa los proyectos que considere emprender o que se encuentren en curso.emprender o que se encuentren en curso. • 2. M2. Mejores prácticas internacionales,ejores prácticas internacionales, utilizando procedimientos que sean ágiles,utilizando procedimientos que sean ágiles, flexibles, transparentes y de público conocimiento teniendo en cuenta, laflexibles, transparentes y de público conocimiento teniendo en cuenta, la comparación entre el beneficio y el costo que producirían sus proyectos en casocomparación entre el beneficio y el costo que producirían sus proyectos en caso de ser convertidos en normas.de ser convertidos en normas. • 3.3. EEstándares más recientes y de mayor aceptación que hayan sido expedidos ostándares más recientes y de mayor aceptación que hayan sido expedidos o estén próximos a ser expedidos - Conveniencia e implicaciones de acuerdo conestén próximos a ser expedidos - Conveniencia e implicaciones de acuerdo con el interés público y el bien común.el interés público y el bien común. • 4, Tendrá en cuenta la Escalabilidad entre los entes económicos4, Tendrá en cuenta la Escalabilidad entre los entes económicos • 5. Propenderá por la participación voluntaria de reconocidos expertos en la5. Propenderá por la participación voluntaria de reconocidos expertos en la materia.materia. • 6.6. Establecerá Comités Técnicos ad - honoremEstablecerá Comités Técnicos ad - honorem..
  • 23. 28/09/13 23 Artículo 8°._Artículo 8°._ Criterios a los cuales debe sujetarse elCriterios a los cuales debe sujetarse el Consejo Técnico de la Contaduría Pública.Consejo Técnico de la Contaduría Pública. • 7. Considerará las recomendaciones de formuladas por la DIAN, por los organismos responsables del7. Considerará las recomendaciones de formuladas por la DIAN, por los organismos responsables del diseño y manejo de la política económica, por quienes ejercen funciones de inspección, vigilancia odiseño y manejo de la política económica, por quienes ejercen funciones de inspección, vigilancia o control y por quienes participen en los procesos de discusión pública.control y por quienes participen en los procesos de discusión pública. • 8. Dispondrá la publicación, amplia divulgación, de los borradores de sus proyectos y remisión a los8. Dispondrá la publicación, amplia divulgación, de los borradores de sus proyectos y remisión a los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Comercio, Industria y Turismo, publicará losMinisterios de Hacienda y Crédito Público y de Comercio, Industria y Turismo, publicará los proyectos definitivos.proyectos definitivos. • 9. Velará porque sus decisiones sean adoptadas en tiempos razonables y con las menores cargas9. Velará porque sus decisiones sean adoptadas en tiempos razonables y con las menores cargas posibles para sus destinatarios.posibles para sus destinatarios. • 10. Participará en los procesos de elaboración de normas internacionales de Contabilidad y de10. Participará en los procesos de elaboración de normas internacionales de Contabilidad y de información financiera y de aseguramiento de información,.información financiera y de aseguramiento de información,. • 11. Evitará la duplicación o repetición del trabajo realizado por otras instituciones con actividades de11. Evitará la duplicación o repetición del trabajo realizado por otras instituciones con actividades de normalización internacional. (Organismos de Control y Vigilancia)normalización internacional. (Organismos de Control y Vigilancia) • 12. En coordinación con los Ministerios de Educación, Hacienda y Crédito Público y Comercio,12. En coordinación con los Ministerios de Educación, Hacienda y Crédito Público y Comercio, Industria y Turismo, así como con los representantes de las facultades y programas de ContaduríaIndustria y Turismo, así como con los representantes de las facultades y programas de Contaduría Pública del país, promover un proceso de divulgaciónPública del país, promover un proceso de divulgación
  • 24. Conformación del Consejo Técnico de laConformación del Consejo Técnico de la Contaduría PublicaContaduría Publica (D. 691 de marzo 04 de 2010)(D. 691 de marzo 04 de 2010) • Organismo permanente de normalización, de 4Organismo permanente de normalización, de 4 miembros.miembros. • Presidente – Nombra (1).Presidente – Nombra (1). • Ministerio de Hacienda y Crédito Publico – (1).Ministerio de Hacienda y Crédito Publico – (1). • Ministerio de Comercio, Industria y Turismo – (1).Ministerio de Comercio, Industria y Turismo – (1). -Uno de ellos podrá no tener la calidad de Contador--Uno de ellos podrá no tener la calidad de Contador- - El miembro nombrado por el Presidente será el- El miembro nombrado por el Presidente será el Presidente del Organismo.Presidente del Organismo. 28/09/13 24
  • 25. Conformación del Consejo Técnico de la ContaduríaConformación del Consejo Técnico de la Contaduría Publica (D. 691 de marzo 04 de 2010)Publica (D. 691 de marzo 04 de 2010) • Cuarto miembro del CTCP.Cuarto miembro del CTCP. • Lo nombrara el Presidente de ternas enviadasLo nombrara el Presidente de ternas enviadas por: Asociaciones de Contadores Públicos,por: Asociaciones de Contadores Públicos, Facultades de Contaduría, Colegios deFacultades de Contaduría, Colegios de Contadores, y Federaciones de Contadores.Contadores, y Federaciones de Contadores. • ProcedimientoProcedimiento 28/09/13 25
  • 26. 28/09/13 26 ARTÍCULO 9°. Autoridad Disciplinaria:ARTÍCULO 9°. Autoridad Disciplinaria: • La Junta Central de Contadores, UnidadLa Junta Central de Contadores, Unidad Administrativa Especial con personería jurídica,Administrativa Especial con personería jurídica, continuará actuando como tribunal disciplinario ycontinuará actuando como tribunal disciplinario y órgano de registro de la profesión contable. Para elórgano de registro de la profesión contable. Para el cumplimiento de sus funciones podrá solicitarcumplimiento de sus funciones podrá solicitar documentos, practicar inspecciones, obtenerdocumentos, practicar inspecciones, obtener declaraciones y testimonios, así como aplicardeclaraciones y testimonios, así como aplicar sanciones personales o institucionales a quienessanciones personales o institucionales a quienes hayan violado las normas aplicables.hayan violado las normas aplicables. (Debido Proceso)(Debido Proceso)
  • 27. 28/09/13 27 ARTÍCULO 10°. Autoridades de supervisión.ARTÍCULO 10°. Autoridades de supervisión. (Corresponde a las autoridades de supervisión)(Corresponde a las autoridades de supervisión) • 1.1. Vigilar por el cumplimiento, y aplicar lasVigilar por el cumplimiento, y aplicar las sanciones a que haya lugar por infracciones a lassanciones a que haya lugar por infracciones a las mismas.mismas. • 2.2. Expedir normas técnicas especiales,Expedir normas técnicas especiales, interpretaciones y guías en materia deinterpretaciones y guías en materia de Contabilidad y de información financiera y deContabilidad y de información financiera y de aseguramiento de información dentro de losaseguramiento de información dentro de los límites fijados en la Constitución, en la presentelímites fijados en la Constitución, en la presente Ley y en las normas que la reglamenten yLey y en las normas que la reglamenten y desarrollen.desarrollen.
  • 28. 28/09/13 28 ARTICULO 11°.ARTICULO 11°. Ajustes Institucionales:Ajustes Institucionales: (Conforme a lo previsto en el artículo 189 de la Constitución Política)(Conforme a lo previsto en el artículo 189 de la Constitución Política) • A los funcionarios y asesores de las entidades a que hace referencia el articuloA los funcionarios y asesores de las entidades a que hace referencia el articulo 6, así como a los integrantes, empleados y contratistas de la Junta Central de6, así como a los integrantes, empleados y contratistas de la Junta Central de Contadores y del Consejo Técnico de la Contaduría Pública, se les aplicará enContadores y del Consejo Técnico de la Contaduría Pública, se les aplicará en su totalidad las inhabilidades, impedimentos, incompatibilidades, reglas parasu totalidad las inhabilidades, impedimentos, incompatibilidades, reglas para manejo de conflictos de interés y demás normas consagradas en la Ley 734 demanejo de conflictos de interés y demás normas consagradas en la Ley 734 de 2002 o demás normas que la adicionen, modifiquen o sustituyan.2002 o demás normas que la adicionen, modifiquen o sustituyan. • Los recursos del CTCP, provendrán del presupuesto nacional, seLos recursos del CTCP, provendrán del presupuesto nacional, se administrarán y ejecutarán por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo,administrarán y ejecutarán por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, a partir del 1 de enero del año 2010.a partir del 1 de enero del año 2010. • Por lo menos tres cuartas partes de los miembros del CTCP deberán serPor lo menos tres cuartas partes de los miembros del CTCP deberán ser contadores públicos que hayan ejercido con buen crédito su profesión.contadores públicos que hayan ejercido con buen crédito su profesión. TodosTodos los miembros del Consejo Técnico de la Contaduría Pública deberán demostrarlos miembros del Consejo Técnico de la Contaduría Pública deberán demostrar conocimiento y experiencia de más de diez (10) años, en dos (2) o más de lasconocimiento y experiencia de más de diez (10) años, en dos (2) o más de las siguientes áreas o especialidades: revisoría fiscal, investigación contable,siguientes áreas o especialidades: revisoría fiscal, investigación contable, docencia contable, contabilidad, regulación contable, aseguramiento, derechodocencia contable, contabilidad, regulación contable, aseguramiento, derecho tributario, finanzas, formulación y evaluación de proyectos de inversión otributario, finanzas, formulación y evaluación de proyectos de inversión o negocios nacionales e internacionales.negocios nacionales e internacionales.
  • 29. 28/09/13 29 ARTICULO 11°.ARTICULO 11°. Ajustes Institucionales:Ajustes Institucionales: (Conforme a lo previsto en el artículo 189 de la Constitución Política)(Conforme a lo previsto en el artículo 189 de la Constitución Política) • Se garantizará un grupo de la mejor combinación posible deSe garantizará un grupo de la mejor combinación posible de habilidades técnicas y de experiencia en las materias …, así como enhabilidades técnicas y de experiencia en las materias …, así como en las realidades y perspectivas de los mercados, con el fin de obtenerlas realidades y perspectivas de los mercados, con el fin de obtener proyectos de normas de alta calidad y pertinencia.proyectos de normas de alta calidad y pertinencia. • Una cuarta parte de los miembros serán designados por el PresidenteUna cuarta parte de los miembros serán designados por el Presidente de la República, de ternas enviadas por diferentes entidades talesde la República, de ternas enviadas por diferentes entidades tales como: Asociaciones de Contadores Públicos, Facultades decomo: Asociaciones de Contadores Públicos, Facultades de Contaduría, Colegios de Contadores Públicos y Federaciones deContaduría, Colegios de Contadores Públicos y Federaciones de Contadores.Contadores. • Las temas serán elaboradas por las anteriores organizaciones, a partirLas temas serán elaboradas por las anteriores organizaciones, a partir de una lista de elegibles conformada mediante concurso público dede una lista de elegibles conformada mediante concurso público de méritos que incluyan examen de antecedentes laborales, examen deméritos que incluyan examen de antecedentes laborales, examen de conocimientos y experiencia de que trata este artículo.conocimientos y experiencia de que trata este artículo.
  • 30. 28/09/13 30 ARTÍCULO 12°.ARTÍCULO 12°. Coordinación entre entidades públicasCoordinación entre entidades públicas.. (Para garantizar que las normas sean homogéneos, consistentes y(Para garantizar que las normas sean homogéneos, consistentes y comparables.)comparables.) • Las autoridades de regulación y deLas autoridades de regulación y de supervisión obligatoriamente coordinarán elsupervisión obligatoriamente coordinarán el ejercicio de sus funciones.ejercicio de sus funciones.
  • 31. 28/09/13 31 ARTICULO 13°.ARTICULO 13°. Primera Revisión:Primera Revisión: • A partir del 1° de enero del año 2010 y dentro de los seis (6)A partir del 1° de enero del año 2010 y dentro de los seis (6) meses siguientes a esta fecha, el Consejo Técnico de lameses siguientes a esta fecha, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública hará una primera revisión de lasContaduría Pública hará una primera revisión de las normas de contabilidad, de información financiera y denormas de contabilidad, de información financiera y de aseguramiento de información.aseguramiento de información. • Dicho plan deberá ejecutarse dentro de los veinticuatro (24)Dicho plan deberá ejecutarse dentro de los veinticuatro (24) meses siguientesmeses siguientes,, término durante el cual el Consejotérmino durante el cual el Consejo presentará a consideración de los Ministerios de Haciendapresentará a consideración de los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Comercio, Industria y Turismo losy Crédito Público y de Comercio, Industria y Turismo los proyectos a que haya lugar.proyectos a que haya lugar. • Las normas legales sobre contabilidadLas normas legales sobre contabilidad,, expedidas conexpedidas con anterioridad conservarán su vigor hasta que entre enanterioridad conservarán su vigor hasta que entre en vigencia una nueva disposición expedida en desarrollo devigencia una nueva disposición expedida en desarrollo de esta Ley que las modifique, reemplace o elimineesta Ley que las modifique, reemplace o elimine..
  • 32. 28/09/13 32 ARTÍCULO 14°. Entrada en vigencia de las normas deARTÍCULO 14°. Entrada en vigencia de las normas de intervención en materia de contabilidad y de información financieraintervención en materia de contabilidad y de información financiera y de aseguramiento de informacióny de aseguramiento de información.. • A partir de la vigencia el 1° de enero delA partir de la vigencia el 1° de enero del segundo año gravable siguiente al de susegundo año gravable siguiente al de su promulgación, a menos que en virtud de supromulgación, a menos que en virtud de su complejidad, consideren necesariocomplejidad, consideren necesario establecer un plazo diferente.establecer un plazo diferente.
  • 33. 28/09/13 33 ARTÍCULO 15°. Aplicación extensiva.ARTÍCULO 15°. Aplicación extensiva. • Cuando para no comerciantes se advierta que noCuando para no comerciantes se advierta que no contempla normas en materia de contabilidad,contempla normas en materia de contabilidad, estados financieros, control interno,estados financieros, control interno, administradores, rendición de cuentas, informes aadministradores, rendición de cuentas, informes a los máximos órganos sociales, revisoría fiscal,los máximos órganos sociales, revisoría fiscal, auditoria, o cuando como consecuencia de unaauditoria, o cuando como consecuencia de una normatividad incompleta se adviertan vacíosnormatividad incompleta se adviertan vacíos legales en dicho régimen, se aplicarán en formalegales en dicho régimen, se aplicarán en forma supletiva las disposiciones para las sociedadessupletiva las disposiciones para las sociedades comerciales previstas en el Co. Co. y en las demáscomerciales previstas en el Co. Co. y en las demás normas que modifican y adicionan a éste.normas que modifican y adicionan a éste.
  • 34. 28/09/13 34 ARTICULO 16°, Transitorio.ARTICULO 16°, Transitorio. • Las entidades que estén adelantandoLas entidades que estén adelantando procesos de convergencia …,procesos de convergencia …, podránpodrán continuar haciéndolo.continuar haciéndolo. • Las normas así promulgadas serán revisadasLas normas así promulgadas serán revisadas por el CTCP para asegurar su concordancia,por el CTCP para asegurar su concordancia, una vez sean expedidas por los Ministeriosuna vez sean expedidas por los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y dede Hacienda y Crédito Público y de Comercio, Industria y Turismo, con lasComercio, Industria y Turismo, con las normas a que hace referencia esta Leynormas a que hace referencia esta Ley..
  • 35. 28/09/13 35 ARTÍCULO 17° Vigencia y derogatorias.ARTÍCULO 17° Vigencia y derogatorias. (La presente Ley rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas(La presente Ley rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las normas que le sean contrarias).las normas que le sean contrarias). • DEROGATORIA TACITA. Deja vigente en normas anteriores,DEROGATORIA TACITA. Deja vigente en normas anteriores, aunque versen sobre la misma materia, todo aquello que noaunque versen sobre la misma materia, todo aquello que no pugna con la nueva ley.pugna con la nueva ley. (Art. 72 del C.C.).(Art. 72 del C.C.).
  • 36. Nic. 1 – NIIF 2007. Presentación deNic. 1 – NIIF 2007. Presentación de Estados Financieros - ObjetivosEstados Financieros - Objetivos • Establece las bases para la presentaciónEstablece las bases para la presentación • Asegurando la comparabilidad respecto deAsegurando la comparabilidad respecto de ejercicios anteriores y frente a otras entidades.ejercicios anteriores y frente a otras entidades. - Consideraciones generales.Consideraciones generales. - Determinación de la estructura.Determinación de la estructura. - Requisitos y contenidos mínimosRequisitos y contenidos mínimos (El reconocimiento, medición, transacciones y sucesos particulares se abordan en la Nic.1.1)(El reconocimiento, medición, transacciones y sucesos particulares se abordan en la Nic.1.1) 28/09/13 36
  • 37. Nic. 1 – AlcanceNic. 1 – Alcance • Información de propósito general.Información de propósito general. • No aplica a usuarios con requerimientos deNo aplica a usuarios con requerimientos de información especifica.información especifica. • No aplica a estados financieros intermedios.No aplica a estados financieros intermedios.(Nic.34).(Nic.34). • Aplica lo relativo a: imagen fiel, empresa enAplica lo relativo a: imagen fiel, empresa en marcha, devengo, uniformidad, materialidad,marcha, devengo, uniformidad, materialidad, compensación, información comparativa.compensación, información comparativa. • No aplica para entidades financieras.No aplica para entidades financieras. (Nic. 30-IFRS 7)(Nic. 30-IFRS 7) ºº 28/09/13 37
  • 38. Nic.1- Finalidad de los EstadosNic.1- Finalidad de los Estados Financieros.(Financieros.( • Representación estructurada de la situación yRepresentación estructurada de la situación y desempeño económico y de los flujos endesempeño económico y de los flujos en efectivo del ente.efectivo del ente. (Nic. 1.7)(Nic. 1.7) • Elementos del ente: Activos; pasivos;Elementos del ente: Activos; pasivos; patrimonio neto; gastos e ingresos, en los que sepatrimonio neto; gastos e ingresos, en los que se incluyen las perdidas y ganancias; otros cambiosincluyen las perdidas y ganancias; otros cambios en el patrimonio neto; y flujos de efectivo.en el patrimonio neto; y flujos de efectivo. • Información contenida en las notas.Información contenida en las notas. (Deben ayudar a los usuarios a predecir flujos de efectivo futuros, la distribución y certidumbre de los mismos)(Deben ayudar a los usuarios a predecir flujos de efectivo futuros, la distribución y certidumbre de los mismos) 28/09/13 38
  • 39. Nic.1 - Conjunto completo deNic.1 - Conjunto completo de Estados FinancierosEstados Financieros (Nic.1.8)(Nic.1.8) • Balance.Balance. • Estado de Resultados.Estado de Resultados. • Estado de cambios en el patrimonio neto, bien sea queEstado de cambios en el patrimonio neto, bien sea que estos se den por operaciones con los propietarios o queestos se den por operaciones con los propietarios o que procedan de operaciones distintas.procedan de operaciones distintas. • Estado de flujos de efectivo.Estado de flujos de efectivo. • NotasNotas (Resumen de las políticas contables significativas y otras notas explicativas). Los informes(Resumen de las políticas contables significativas y otras notas explicativas). Los informes adicionales están fuera del alcance de las NIIF (NIC1.9-10)adicionales están fuera del alcance de las NIIF (NIC1.9-10) 28/09/13 39
  • 40. Nic. 1 – ConsideracionesNic. 1 – Consideraciones generales.generales. • Presentación razonable y cumplimiento de lasPresentación razonable y cumplimiento de las NIIF.NIIF. (Imagen fiel de los efectos de las transacciones, según criterios de reconocimiento de los activos(Imagen fiel de los efectos de las transacciones, según criterios de reconocimiento de los activos pasivos, ingresos, y gastos fijados en el marco conceptual – NIC. 1,13 – 1,14)pasivos, ingresos, y gastos fijados en el marco conceptual – NIC. 1,13 – 1,14) • Políticas contables. (Políticas contables. (No están legitimadas políticas contables inadecuadas).No están legitimadas políticas contables inadecuadas). • Hipótesis de negocio en marcha.Hipótesis de negocio en marcha. (Amenos que se pretenda liquidar(Amenos que se pretenda liquidar el ente o cesar su actividad, en este caso se opta por revelaciones )el ente o cesar su actividad, en este caso se opta por revelaciones ) • Base contable de acumulación (o devengo).Base contable de acumulación (o devengo).(Las(Las operaciones y hechos se reconocen cuando ocurren – Los gastos se deben asociar directamente a los costos eoperaciones y hechos se reconocen cuando ocurren – Los gastos se deben asociar directamente a los costos e ingresos – No se permiten en el balance partidas que no estén definidas como activos y pasivos reales). – Salvoingresos – No se permiten en el balance partidas que no estén definidas como activos y pasivos reales). – Salvo la información sobre flujos de efectivo.la información sobre flujos de efectivo. 28/09/13 40
  • 41. Nic. 1 – Otros aspectos a tener enNic. 1 – Otros aspectos a tener en cuentacuenta • Uniformidad.Uniformidad. (Se obliga a cambiar los importes de años precedentes por cambios(Se obliga a cambiar los importes de años precedentes por cambios significativos para preservar la uniformidad en la presentación).significativos para preservar la uniformidad en la presentación). • Importancia relativa y agrupación de datos.Importancia relativa y agrupación de datos. (Presentación separada, las partidas de importancia relativa – agrupación las de menor cuantía de similar(Presentación separada, las partidas de importancia relativa – agrupación las de menor cuantía de similar naturaleza).naturaleza). • Compensación.Compensación. (Según lo dictamine una NIC. – Activo Vs. Gasto, Pasivo Vs. Ingresos;(Según lo dictamine una NIC. – Activo Vs. Gasto, Pasivo Vs. Ingresos; si no son significativos).si no son significativos). • Información comparativa año anterior.Información comparativa año anterior. • Conservación de la presentación y clasificación.Conservación de la presentación y clasificación. (De un año a otro)(De un año a otro) 28/09/13 41
  • 42. DE LAS ABREVIATURASDE LAS ABREVIATURAS A CONOCERA CONOCER • A.A.AA.A.A American Accounting Asociation, Asociación Americana deAmerican Accounting Asociation, Asociación Americana de Contabilidad.Contabilidad. •    • AICPA:AICPA: American Institute of Certified Public Accountants - InstitutoAmerican Institute of Certified Public Accountants - Instituto Americano de Contadores Públicos Certificados.Americano de Contadores Públicos Certificados. •    • APBAPB:: Accounting Principles Board - Comité de Principios de ContabilidadAccounting Principles Board - Comité de Principios de Contabilidad •    • FEEFEE:: Fédération Des Experts Comptables Européensthe Federation OfFédération Des Experts Comptables Européensthe Federation Of European Accountants - Federación Europea de ContadoresEuropean Accountants - Federación Europea de Contadores •    • IAS:IAS: International Accounting Standards - Estándares Internacionales deInternational Accounting Standards - Estándares Internacionales de Contabilidad, también conocidos como Normas Internacionales de Contabilidad, NIC.Contabilidad, también conocidos como Normas Internacionales de Contabilidad, NIC. 28/09/13 42
  • 43. DE LAS ABREVIATURASDE LAS ABREVIATURAS A CONOCERA CONOCER • IASB:IASB: International Accounting Standards Board - Junta deInternational Accounting Standards Board - Junta de Estándares Internacionales de Contabilidad. Reemplazó al InternationalEstándares Internacionales de Contabilidad. Reemplazó al International Accounting Standards Committee, IASC o Comité de EstándaresAccounting Standards Committee, IASC o Comité de Estándares Internacionales de Contabilidad.Internacionales de Contabilidad. • IASCIASC:: International Accounting Standards Committee - Comité deInternational Accounting Standards Committee - Comité de Estándares Internacionales de ContabilidadEstándares Internacionales de Contabilidad • IASCF:IASCF: International Accounting Standards Committee Foundation-International Accounting Standards Committee Foundation- Fundación del Comité de Estándares Internacionales de Contabilidad.Fundación del Comité de Estándares Internacionales de Contabilidad. • IFAC:IFAC: International Federation of Accountants- FederaciónInternational Federation of Accountants- Federación Internacional de Contadores PúblicosInternacional de Contadores Públicos • IFRIC:IFRIC: International Financial Reporting Interpretations CommitteeInternational Financial Reporting Interpretations Committee of the IASB - Comité de Interpretación de las Normas Internacionales deof the IASB - Comité de Interpretación de las Normas Internacionales de Información Financiera.Información Financiera. 28/09/13 43
  • 44. DE LAS ABREVIATURASDE LAS ABREVIATURAS A CONOCERA CONOCER • IFRSIFRS:: International Financial Accounting Standards -EstándaresInternational Financial Accounting Standards -Estándares Internacionales de Información Financiera, también conocidos como NormasInternacionales de Información Financiera, también conocidos como Normas Internacionales de Información Financiera, NIIF.Internacionales de Información Financiera, NIIF. • IOSCO:IOSCO: International Organization of securities commission-International Organization of securities commission- Organización Internacional de Reguladores del Mercado de ValoresOrganización Internacional de Reguladores del Mercado de Valores • PCAOBPCAOB:: Public Company Accounting Oversight Board (United States)Public Company Accounting Oversight Board (United States) - Junta de Supervisión de la Contabilidad de las Compañías Públicas de- Junta de Supervisión de la Contabilidad de las Compañías Públicas de Estados Unidos.Estados Unidos. • SECSEC:: Securities and Exchange Commission - Comisión de Valores de losSecurities and Exchange Commission - Comisión de Valores de los Estados Unidos.Estados Unidos. • FASBFASB:: Financial Accounting Standards Board (United States) - JuntaFinancial Accounting Standards Board (United States) - Junta de Estándares de Contabilidad Financiera de los Estados Unidos.de Estándares de Contabilidad Financiera de los Estados Unidos. • US GAAPUS GAAP:: Generally Accepted Accounting Principies (United States)Generally Accepted Accounting Principies (United States) Principios de contabilidad generalmente aceptados de los Estados UnidosPrincipios de contabilidad generalmente aceptados de los Estados Unidos 28/09/13 44