La nueva ley de servicio público universitario establece que la educación es un derecho fundamental y servicio público aplicable a universidades públicas y privadas, aunque el dictamen en minoría argumenta que la educación superior no es obligatoria y no puede ser calificada como un servicio público esencial. También se discute la obligatoriedad de las universidades privadas para publicar información administrativa y financiera, reservando estas obligaciones principalmente para las universidades públicas. Finalmente, la ley contempla diversas disposiciones sobre el bienestar universitario, financiamiento y exoneraciones fiscales para las universidades públicas.