El documento describe el sistema financiero mexicano. Explica que está compuesto por varias instituciones como el Banco de México, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas y la Comisión Nacional de Sistemas de Ahorro para el Retiro. Cada una tiene funciones reguladoras y de supervisión específicas para garantizar la estabilidad y buen funcionamiento del sistema financiero del país.
Este documento es un decreto que reglamenta la Ley de Concertación Tributaria de Nicaragua. Establece procedimientos administrativos para la aplicación de impuestos creados por la ley, como el Impuesto sobre la Renta. Define términos como residente, establecimiento permanente y paraísos fiscales. También especifica las rentas que se consideran de fuente nicaragüense para efectos del impuesto, incluyendo rentas de trabajo, actividades económicas, capital y ganancias/pérdidas de capital.
2013 01-15- decreto ejecutivo no. 01-2013, reglamento de la ley no. 822, ley ...Yader Membreño
Decreto Ejecutivo No. 01-2013, el cual implementa la forma de aplicación de las disposiciones contenidas en la Ley No. 822, Ley de Concentración Tributaria.
El documento describe la historia de la creación y evolución de la Superintendencia Financiera de Colombia. Se estableció originalmente en 1923 como la Superintendencia Bancaria para regular el sector financiero. Ha adoptado reformas a lo largo de los años para fortalecer la supervisión y proteger a los consumidores, incluida la fusión con la Superintendencia de Valores en 2005 para formar la Superintendencia Financiera actual.
El documento explica la obligación de los mexicanos de pagar impuestos según la Constitución Política. Detalla que la Constitución establece que los mexicanos deben contribuir de manera proporcional y equitativa a los gastos públicos federales, estatales y municipales. Además, presenta la jerarquía de las leyes fiscales en México y cómo la Constitución tiene supremacía sobre los tratados, leyes y otros ordenamientos legales.
El documento proporciona información sobre la contabilidad bancaria. Explica que la contabilidad bancaria se ocupa de medir y valorar los elementos financieros que circulan internamente en un banco. También describe las funciones del departamento de contabilidad bancaria, como llevar la contabilidad general y supervisar los registros contables de todas las operaciones del banco. Además, explica conceptos como el catálogo de cuentas emitido por la superintendencia de bancos y cómo se clasifican y codifican las cuentas.
Ley general de instituciones del sistema bancario segunda parte-legislacion ...Videoconferencias UTPL
Este documento contiene disposiciones sobre inversiones de instituciones financieras ecuatorianas en el exterior, gobierno y administración, patrimonio, operaciones, y funcionamiento de dichas instituciones. Regula aspectos como la adquisición de acciones en el exterior, composición y funciones de los directorios, capital mínimo requerido, constitución y manejo del patrimonio técnico, y tipos de operaciones permitidas como recibir depósitos.
La Superintendencia Financiera de Colombia es la entidad encargada de supervisar el sistema financiero y bursátil colombiano con el fin de preservar su estabilidad y seguridad. Se formó a partir de la fusión de la Superintendencia Bancaria de Colombia y la Superintendencia de Valores en 2005. Tiene como objetivo supervisar el sistema financiero para preservar su estabilidad y promover el mercado de valores, protegiendo a los inversionistas, ahorradores y asegurados. Está dirigida por un Superintendente Financiero y po
El documento describe el sistema financiero mexicano. Explica que está compuesto por varias instituciones como el Banco de México, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas y la Comisión Nacional de Sistemas de Ahorro para el Retiro. Cada una tiene funciones reguladoras y de supervisión específicas para garantizar la estabilidad y buen funcionamiento del sistema financiero del país.
Este documento es un decreto que reglamenta la Ley de Concertación Tributaria de Nicaragua. Establece procedimientos administrativos para la aplicación de impuestos creados por la ley, como el Impuesto sobre la Renta. Define términos como residente, establecimiento permanente y paraísos fiscales. También especifica las rentas que se consideran de fuente nicaragüense para efectos del impuesto, incluyendo rentas de trabajo, actividades económicas, capital y ganancias/pérdidas de capital.
2013 01-15- decreto ejecutivo no. 01-2013, reglamento de la ley no. 822, ley ...Yader Membreño
Decreto Ejecutivo No. 01-2013, el cual implementa la forma de aplicación de las disposiciones contenidas en la Ley No. 822, Ley de Concentración Tributaria.
El documento describe la historia de la creación y evolución de la Superintendencia Financiera de Colombia. Se estableció originalmente en 1923 como la Superintendencia Bancaria para regular el sector financiero. Ha adoptado reformas a lo largo de los años para fortalecer la supervisión y proteger a los consumidores, incluida la fusión con la Superintendencia de Valores en 2005 para formar la Superintendencia Financiera actual.
El documento explica la obligación de los mexicanos de pagar impuestos según la Constitución Política. Detalla que la Constitución establece que los mexicanos deben contribuir de manera proporcional y equitativa a los gastos públicos federales, estatales y municipales. Además, presenta la jerarquía de las leyes fiscales en México y cómo la Constitución tiene supremacía sobre los tratados, leyes y otros ordenamientos legales.
El documento proporciona información sobre la contabilidad bancaria. Explica que la contabilidad bancaria se ocupa de medir y valorar los elementos financieros que circulan internamente en un banco. También describe las funciones del departamento de contabilidad bancaria, como llevar la contabilidad general y supervisar los registros contables de todas las operaciones del banco. Además, explica conceptos como el catálogo de cuentas emitido por la superintendencia de bancos y cómo se clasifican y codifican las cuentas.
Ley general de instituciones del sistema bancario segunda parte-legislacion ...Videoconferencias UTPL
Este documento contiene disposiciones sobre inversiones de instituciones financieras ecuatorianas en el exterior, gobierno y administración, patrimonio, operaciones, y funcionamiento de dichas instituciones. Regula aspectos como la adquisición de acciones en el exterior, composición y funciones de los directorios, capital mínimo requerido, constitución y manejo del patrimonio técnico, y tipos de operaciones permitidas como recibir depósitos.
La Superintendencia Financiera de Colombia es la entidad encargada de supervisar el sistema financiero y bursátil colombiano con el fin de preservar su estabilidad y seguridad. Se formó a partir de la fusión de la Superintendencia Bancaria de Colombia y la Superintendencia de Valores en 2005. Tiene como objetivo supervisar el sistema financiero para preservar su estabilidad y promover el mercado de valores, protegiendo a los inversionistas, ahorradores y asegurados. Está dirigida por un Superintendente Financiero y po
Este documento proporciona información sobre las cuentas de cheques y el Sistema de Información Empresarial Mexicano (SIEM). Explica los requisitos para abrir una cuenta de cheques como la cédula de identidad y firma del girador. También define al SIEM como un sistema que registra empresas para promover negocios e identificar oportunidades, mencionando que el registro es anual y los costos varían desde $100 hasta $670 dependiendo del tamaño de la empresa. Además, presenta partes del reglamento del SIEM sobre su operación y
Este documento presenta información sobre la contabilidad de las cajas de ahorro en Venezuela. Brevemente describe: 1) La función de la contabilidad y las características de las cajas de ahorro; 2) Los aspectos relevantes de la contabilidad de cajas de ahorro como los libros de contabilidad que deben llevarse y las leyes que las regulan; y 3) Las normas contables que deben seguir incluyendo la Constitución venezolana, el Código de Comercio y la Ley de Cajas de Ahorro.
La entidad Delicateses Las 5 Fronteras, C.A. solicita a expertos en ciencias fiscales que revisen y regularicen su situación fiscal inicial, ya que no ha realizado el ajuste por inflación correspondiente al 31 de enero de 2014 cuando culminó su etapa preoperativa. Los expertos revisan la información financiera de la entidad al 31 de diciembre de 2014 expresada en bolívares nominales, así como las políticas contables aplicadas.
El documento presenta los aspectos fundamentales de la reforma fiscal de 2008 en México, incluyendo la introducción de un nuevo impuesto a los depósitos en efectivo y un impuesto empresarial a tasa única. Se establecen las tasas, sujetos obligados y exentos, y reglas para el acreditamiento de los impuestos contra otras contribuciones para los contribuyentes.
Sistema Financiero Mexicano. Linea del tiempo.ArturoPerea6
Una breve síntesis de la historia del Sistema Financiero Mexicano.
Desde la creación de las primeras instituciones financieras, hasta los tiempos actuales.
El documento presenta un resumen de la reforma fiscal de 2008 en México, incluyendo la introducción de un nuevo impuesto a los depósitos en efectivo y un impuesto empresarial a tasa única. Se establecen las fechas de entrada en vigor de ambos impuestos, se definen los sujetos obligados y exentos, y se describen aspectos clave como las tasas aplicables, deducciones permitidas, y reglas para el acreditamiento e imputación de los impuestos.
El documento discute la exclusión de sujetos pasivos calificados como "especiales" del sistema de ajustes por inflación (AXI) en Venezuela. En tres oraciones: 1) Explica que la ley de 2015 excluyó a sujetos bancarios, financieros, de seguros y sujetos pasivos especiales del sistema de AXI. 2) Señala que esta exclusión vulnera el principio constitucional de distribuir las cargas tributarias según la capacidad económica real. 3) Indica que la ley no ha regulado el ajuste contable para est
Este documento presenta la unidad dos de la asignatura Contabilidad de Instituciones Financieras. Define la contabilidad de las instituciones financieras y explica el Catálogo Único de Cuentas, incluyendo los usuarios obligados, el plan de cuentas y su codificación. Además, describe los elementos del estado financiero, como activo, pasivo, patrimonio, gastos e ingresos. Por último, incluye un ejercicio demostrativo sobre el registro contable de la constitución de un banco.
La actividad financiera del estado venezolano copiaCesar Mejias
El documento presenta una clasificación de los ingresos públicos del Estado venezolano. Explica que los ingresos públicos incluyen tributos, tasas, contribuciones y sanciones patrimoniales. Se clasifican los ingresos en económicos (originarios y derivados, ordinarios y extraordinarios), patrimoniales (bienes de dominio público y privado, empresas estatales) y por sanciones. El documento concluye que los ingresos públicos financian los gastos del Estado y deben seguir principios como la legalidad.
La ley establece la creación de un fideicomiso de obligaciones previsionales administrado por el Banco Multisectorial de Inversiones. El objetivo del fideicomiso es financiar las obligaciones del sistema previsional a través de la emisión de certificados de inversión previsionales. Se definen los roles y responsabilidades de los fideicomitentes (Ministerio de Hacienda, ISSS, INPEP) y del fiduciario (Banco Multisectorial de Inversiones).
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El sistema financiero mexicano está constituido por diversas instituciones como bancos, aseguradoras, sociedades financieras y de pensiones que son reguladas por organismos como la Secretaría de Hacienda, el Banco de México, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas y la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, entre otros. Estas instituciones se encargan de captar, administrar y canalizar los ahorros de los ciudadanos hacia inversiones.
Este documento resume los aspectos fiscales de las personas físicas que operan como pequeños contribuyentes (Repecos) y de las sociedades cooperativas de producción en México. Explica que los Repecos pueden optar por pagar impuestos a través de cuotas fijas bimestrales determinadas por el nivel de ingresos estimados, y que las sociedades cooperativas de producción pueden elegir tributar como personas físicas o bajo un régimen especial para sociedades cooperativas.
El documento habla sobre varios temas relacionados con impuestos en Colombia. Explica que los semilleros de investigación en las universidades son comunidades de aprendizaje enfocadas en una línea de investigación. Luego, describe algunos impuestos como el impuesto sobre la renta y complementarios, el impuesto de renta, las ganancias ocasionales y el impuesto complementario de remesas. Finalmente, define conceptos como patrimonio bruto, patrimonio líquido y deuda.
El documento establece las regulaciones de la Ley de Seguridad Poblacional de Honduras. Establece mecanismos para fortalecer los ingresos del Estado destinados a la seguridad pública. Grava diversas operaciones financieras realizadas en entidades bancarias y financieras. Exime ciertas cuentas, transferencias, organizaciones y operaciones. Las entidades financieras son agentes de percepción de la contribución y deben declarar, liquidar y pagar los montos recaudados mensualmente a las autoridades fiscales.
Este documento presenta información sobre el Registro Único del Contribuyente (RUC) en Perú. Explica que el RUC es un registro a cargo de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT) que contiene datos de todos los contribuyentes del país. Detalla los diferentes tipos de RUC para personas naturales y jurídicas, y los documentos requeridos para cada registro. El objetivo es informar sobre la importancia de obtener un RUC y los requisitos de inscripción.
La ley del ISR ha evolucionado a través del tiempo para definir conceptos como ingresos y renta. Originalmente gravaba sueldos y utilidades de empresas. Actualmente grava los ingresos de personas físicas y morales residentes en México o con establecimiento permanente en el país. El ISR se calcula restando deducciones autorizadas a los ingresos para obtener la renta gravable.
Inscripción de una sociedad ante el registro nacionalele-sak
1) La inscripción de una sociedad ante el Registro Nacional requiere presentar una escritura pública ante el Registro Mercantil con información como el nombre, objetivo, capital social y administradores de la sociedad. 2) Se debe publicar un edicto en el diario oficial y pagar timbres de registro. 3) Una vez completados estos pasos, la escritura pública se presenta al Registro Mercantil para obtener la cédula jurídica e inscribir legalmente la sociedad.
ClasificacióN De Los Ingresos Del EstadoRadamanthyss
1) El documento describe varios conceptos fiscales esenciales como la clasificación de los ingresos del estado, las contribuciones, impuestos, aportaciones de seguridad social, derechos, contribuciones especiales y accesorias.
2) Explica los principios de las contribuciones como prestaciones obligatorias para sufragar gastos públicos.
3) Detalla los diferentes organismos encargados de la seguridad social como el IMSS e ISSSTE.
Este documento resume la historia de la banca comercial en Costa Rica desde sus inicios hasta 1996. Detalla los primeros intentos de crear un banco nacional en la década de 1850, incluido el primer banco establecido en 1857 llamado Banco Nacional de Costa Rica. También describe la fundación del Banco Anglocostarricense en 1863 y del Banco de la Unión en 1877 (más tarde llamado Banco de Costa Rica). Finalmente, cubre la creación del cuarto Banco Nacional de Costa Rica en 1914, conocido como el Banco Internacional de Costa Rica.
El documento presenta el proyecto de Código Monetario y Financiero de Ecuador, el cual busca regular el sistema financiero para poner a las personas por encima del capital financiero y lograr objetivos como una distribución justa del ingreso y fomentar la producción nacional. El código fortalecerá el rol del Estado en el sistema financiero privado y dará al Ejecutivo mayor capacidad para planificar la economía nacional de forma consistente con su política económica.
Este documento proporciona información sobre las cuentas de cheques y el Sistema de Información Empresarial Mexicano (SIEM). Explica los requisitos para abrir una cuenta de cheques como la cédula de identidad y firma del girador. También define al SIEM como un sistema que registra empresas para promover negocios e identificar oportunidades, mencionando que el registro es anual y los costos varían desde $100 hasta $670 dependiendo del tamaño de la empresa. Además, presenta partes del reglamento del SIEM sobre su operación y
Este documento presenta información sobre la contabilidad de las cajas de ahorro en Venezuela. Brevemente describe: 1) La función de la contabilidad y las características de las cajas de ahorro; 2) Los aspectos relevantes de la contabilidad de cajas de ahorro como los libros de contabilidad que deben llevarse y las leyes que las regulan; y 3) Las normas contables que deben seguir incluyendo la Constitución venezolana, el Código de Comercio y la Ley de Cajas de Ahorro.
La entidad Delicateses Las 5 Fronteras, C.A. solicita a expertos en ciencias fiscales que revisen y regularicen su situación fiscal inicial, ya que no ha realizado el ajuste por inflación correspondiente al 31 de enero de 2014 cuando culminó su etapa preoperativa. Los expertos revisan la información financiera de la entidad al 31 de diciembre de 2014 expresada en bolívares nominales, así como las políticas contables aplicadas.
El documento presenta los aspectos fundamentales de la reforma fiscal de 2008 en México, incluyendo la introducción de un nuevo impuesto a los depósitos en efectivo y un impuesto empresarial a tasa única. Se establecen las tasas, sujetos obligados y exentos, y reglas para el acreditamiento de los impuestos contra otras contribuciones para los contribuyentes.
Sistema Financiero Mexicano. Linea del tiempo.ArturoPerea6
Una breve síntesis de la historia del Sistema Financiero Mexicano.
Desde la creación de las primeras instituciones financieras, hasta los tiempos actuales.
El documento presenta un resumen de la reforma fiscal de 2008 en México, incluyendo la introducción de un nuevo impuesto a los depósitos en efectivo y un impuesto empresarial a tasa única. Se establecen las fechas de entrada en vigor de ambos impuestos, se definen los sujetos obligados y exentos, y se describen aspectos clave como las tasas aplicables, deducciones permitidas, y reglas para el acreditamiento e imputación de los impuestos.
El documento discute la exclusión de sujetos pasivos calificados como "especiales" del sistema de ajustes por inflación (AXI) en Venezuela. En tres oraciones: 1) Explica que la ley de 2015 excluyó a sujetos bancarios, financieros, de seguros y sujetos pasivos especiales del sistema de AXI. 2) Señala que esta exclusión vulnera el principio constitucional de distribuir las cargas tributarias según la capacidad económica real. 3) Indica que la ley no ha regulado el ajuste contable para est
Este documento presenta la unidad dos de la asignatura Contabilidad de Instituciones Financieras. Define la contabilidad de las instituciones financieras y explica el Catálogo Único de Cuentas, incluyendo los usuarios obligados, el plan de cuentas y su codificación. Además, describe los elementos del estado financiero, como activo, pasivo, patrimonio, gastos e ingresos. Por último, incluye un ejercicio demostrativo sobre el registro contable de la constitución de un banco.
La actividad financiera del estado venezolano copiaCesar Mejias
El documento presenta una clasificación de los ingresos públicos del Estado venezolano. Explica que los ingresos públicos incluyen tributos, tasas, contribuciones y sanciones patrimoniales. Se clasifican los ingresos en económicos (originarios y derivados, ordinarios y extraordinarios), patrimoniales (bienes de dominio público y privado, empresas estatales) y por sanciones. El documento concluye que los ingresos públicos financian los gastos del Estado y deben seguir principios como la legalidad.
La ley establece la creación de un fideicomiso de obligaciones previsionales administrado por el Banco Multisectorial de Inversiones. El objetivo del fideicomiso es financiar las obligaciones del sistema previsional a través de la emisión de certificados de inversión previsionales. Se definen los roles y responsabilidades de los fideicomitentes (Ministerio de Hacienda, ISSS, INPEP) y del fiduciario (Banco Multisectorial de Inversiones).
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El sistema financiero mexicano está constituido por diversas instituciones como bancos, aseguradoras, sociedades financieras y de pensiones que son reguladas por organismos como la Secretaría de Hacienda, el Banco de México, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas y la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, entre otros. Estas instituciones se encargan de captar, administrar y canalizar los ahorros de los ciudadanos hacia inversiones.
Este documento resume los aspectos fiscales de las personas físicas que operan como pequeños contribuyentes (Repecos) y de las sociedades cooperativas de producción en México. Explica que los Repecos pueden optar por pagar impuestos a través de cuotas fijas bimestrales determinadas por el nivel de ingresos estimados, y que las sociedades cooperativas de producción pueden elegir tributar como personas físicas o bajo un régimen especial para sociedades cooperativas.
El documento habla sobre varios temas relacionados con impuestos en Colombia. Explica que los semilleros de investigación en las universidades son comunidades de aprendizaje enfocadas en una línea de investigación. Luego, describe algunos impuestos como el impuesto sobre la renta y complementarios, el impuesto de renta, las ganancias ocasionales y el impuesto complementario de remesas. Finalmente, define conceptos como patrimonio bruto, patrimonio líquido y deuda.
El documento establece las regulaciones de la Ley de Seguridad Poblacional de Honduras. Establece mecanismos para fortalecer los ingresos del Estado destinados a la seguridad pública. Grava diversas operaciones financieras realizadas en entidades bancarias y financieras. Exime ciertas cuentas, transferencias, organizaciones y operaciones. Las entidades financieras son agentes de percepción de la contribución y deben declarar, liquidar y pagar los montos recaudados mensualmente a las autoridades fiscales.
Este documento presenta información sobre el Registro Único del Contribuyente (RUC) en Perú. Explica que el RUC es un registro a cargo de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT) que contiene datos de todos los contribuyentes del país. Detalla los diferentes tipos de RUC para personas naturales y jurídicas, y los documentos requeridos para cada registro. El objetivo es informar sobre la importancia de obtener un RUC y los requisitos de inscripción.
La ley del ISR ha evolucionado a través del tiempo para definir conceptos como ingresos y renta. Originalmente gravaba sueldos y utilidades de empresas. Actualmente grava los ingresos de personas físicas y morales residentes en México o con establecimiento permanente en el país. El ISR se calcula restando deducciones autorizadas a los ingresos para obtener la renta gravable.
Inscripción de una sociedad ante el registro nacionalele-sak
1) La inscripción de una sociedad ante el Registro Nacional requiere presentar una escritura pública ante el Registro Mercantil con información como el nombre, objetivo, capital social y administradores de la sociedad. 2) Se debe publicar un edicto en el diario oficial y pagar timbres de registro. 3) Una vez completados estos pasos, la escritura pública se presenta al Registro Mercantil para obtener la cédula jurídica e inscribir legalmente la sociedad.
ClasificacióN De Los Ingresos Del EstadoRadamanthyss
1) El documento describe varios conceptos fiscales esenciales como la clasificación de los ingresos del estado, las contribuciones, impuestos, aportaciones de seguridad social, derechos, contribuciones especiales y accesorias.
2) Explica los principios de las contribuciones como prestaciones obligatorias para sufragar gastos públicos.
3) Detalla los diferentes organismos encargados de la seguridad social como el IMSS e ISSSTE.
Este documento resume la historia de la banca comercial en Costa Rica desde sus inicios hasta 1996. Detalla los primeros intentos de crear un banco nacional en la década de 1850, incluido el primer banco establecido en 1857 llamado Banco Nacional de Costa Rica. También describe la fundación del Banco Anglocostarricense en 1863 y del Banco de la Unión en 1877 (más tarde llamado Banco de Costa Rica). Finalmente, cubre la creación del cuarto Banco Nacional de Costa Rica en 1914, conocido como el Banco Internacional de Costa Rica.
El documento presenta el proyecto de Código Monetario y Financiero de Ecuador, el cual busca regular el sistema financiero para poner a las personas por encima del capital financiero y lograr objetivos como una distribución justa del ingreso y fomentar la producción nacional. El código fortalecerá el rol del Estado en el sistema financiero privado y dará al Ejecutivo mayor capacidad para planificar la economía nacional de forma consistente con su política económica.
Este documento presenta un resumen de la Ley de Bancos de El Salvador. Establece que la ley tiene como objetivo regular las funciones de intermediación financiera y operaciones de los bancos para brindar servicios transparentes, confiables y ágiles que contribuyan al desarrollo del país. También define la actividad bancaria y establece disposiciones sobre la organización, administración y funcionamiento de las instituciones bancarias salvadoreñas.
Este documento resume el sistema financiero peruano y la regulación de las instituciones financieras. Menciona que el estado promueve el ahorro bajo libre competencia y combate prácticas monopólicas. También describe las funciones de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, incluyendo la supervisión de instituciones, el establecimiento de normas y la protección de ahorristas. Finalmente, cubre temas como encajes bancarios, la central de riesgos y el fondo de seguro de depósitos.
Este documento presenta información sobre los fundamentos legales y aspectos clave del sistema financiero mexicano. Brevemente, describe las finalidades y funciones del Banco de México según la ley, así como las regulaciones que emite. También resume los principales componentes del sistema financiero como la banca múltiple, grupos financieros, leyes como la de instituciones de crédito, y aspectos fiscales y contables relevantes.
Sesión 3 - Economía III - Sesión de Clase de AsignaturaWilfrido34
El documento describe el sistema financiero mexicano, incluyendo los diferentes mercados (mercado de capitales, renta fija, dinero), tipos de mercados (primario y secundario), y las diferentes instituciones financieras como bancos comerciales, sociedades financieras, bancos de desarrollo, y los organismos reguladores como la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. También explica la estrategia tradicional de la política monetaria mexicana enfocada en lograr objetivos intermedios y últimos a través del control de variables operativas e instrument
Años de investigación y Analaisis me ha permitido hacer una propuesta de Reforma al Sistema previsional que nos dará una seguridad definitiva y una garantía Estatal de pensiones no considerada en las anteriores propuestas y beneficios definidos--
Un cambio en la administración especulativos de los recursos y fundamentalmente un cambio radical en el sistema de inversiones--pasar de un sistema real de inversiones
Este documento trata sobre la banca y el servicio público de banca y crédito en México. Explica que la banca involucra las actividades realizadas por bancos comerciales y de desarrollo como admitir depósitos y otorgar créditos. También describe las instituciones regulatorias clave como el Banco de México y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Finalmente, resume algunas de las regulaciones y disposiciones legales aplicables a las instituciones de crédito en México.
Este documento establece la Ley de Bancos de El Salvador. Su objetivo es regular las funciones bancarias para proporcionar servicios transparentes, confiables y ágiles que contribuyan al desarrollo del país. Establece que los bancos deben organizarse como sociedades anónimas y cumplir con requisitos de capital y propiedad accionaria. También regula aspectos como la denominación bancaria, emisión de acciones y autorizaciones necesarias.
Este documento establece las normas fundamentales para el funcionamiento del Sistema Nacional de Tesorería en Perú. Define el Sistema como el conjunto de órganos, normas y procedimientos para administrar los fondos públicos. Designa a la Dirección Nacional del Tesoro Público como el órgano rector encargado de centralizar los fondos públicos y ejecutar operaciones de tesorería. También establece las responsabilidades de las unidades ejecutoras en las entidades para administrar los fondos que recaudan y seguir los procedimientos del Sistema Nacional de
Esta ley establece los principios de organización y funcionamiento del mercado de valores en Venezuela e instituye a la Superintendencia Nacional de Valores como ente regulador. Excluye del ámbito de la ley las operaciones con deuda pública y crédito. Prohíbe a los operadores de valores tener títulos de deuda pública en su cartera. Designa atribuciones a la Superintendencia Nacional de Valores como autorizar ofertas públicas de valores y operadores del mercado.
Administradoras de fondos de pensionesJoel G. Kuan
El documento describe el origen y funcionamiento del Sistema Privado de Pensiones en Perú, el cual fue creado en 1992. Las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) se encargan de administrar los fondos de pensiones individuales de los trabajadores. El documento explica el proceso de constitución de una AFP, los requisitos para su organización y operación, así como sus características y funciones principales.
La presentación describe la financiación colectiva, cómo empezó históricamente y cómo funciona actualmente. Explica que la financiación colectiva ha existido durante siglos para proyectos comunitarios como la construcción de iglesias y que recientemente ha tomado auge con el crowdfunding en internet. También resume brevemente algunas leyes y regulaciones mexicanas relacionadas con las instituciones de tecnología financiera.
Diapositivas de la 9° Conferencia - Miercoles 19-10-2016
-Econ. Fernando Zarzoza Espino - OPERATIVIDAD DE LAS AFP: VENTAJAS Y DESVENTAJAS DE RETIRAR EL 95.5% DEL FONDO (LEY N° 30425) Y USO DEL 25% PARA VIVIENDA (LEY N° 30478)
Este documento presenta la Ley Orgánica del Banco Nacional de Comercio Exterior de México. Establece que el Banco es una institución de banca de desarrollo cuyo objetivo principal es financiar el comercio exterior del país y promover dicha actividad. Describe las funciones y operaciones que puede realizar el Banco para cumplir con este objetivo, como otorgar financiamiento, garantías y seguros relacionados con el comercio exterior. También especifica cómo estará constituido su capital social y cómo será administrado.
Bases de convocatoria innova cy t 2019_programa emprendedores20190617091051Diego Cumbicos
Este documento establece las bases para la convocatoria del programa "Emprendedores" del componente de capital semilla del Fideicomiso Fondo de Capital de Riesgo. El objetivo es apoyar emprendimientos innovadores en etapas iniciales mediante cofinanciamiento. Se espera que los proyectos alcancen resultados como validación de productos mínimos viables y captación de inversiones. Los criterios incluyen igualdad de oportunidades, respeto ambiental e introducción de bienes o servicios con valor agregado. La convocatoria rechazará
Este documento presenta extractos de la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero de Ecuador. Establece que la ley regula la creación, organización, actividades y funcionamiento de las instituciones financieras privadas del país, así como las funciones de supervisión de la Superintendencia de Bancos. Define las diferentes instituciones que componen el sistema financiero ecuatoriano y establece normas para su constitución y organización.
Este documento propone la creación del Fondo para la Revolución Industrial Productiva (FINPRO) para financiar proyectos productivos estatales. FINPRO contaría inicialmente con $1,200 millones de dólares provenientes de reservas internacionales. Se establece que FINPRO operará como un fideicomiso de 30 años administrado por una entidad fiduciaria designada. Los proyectos deben orientarse a la transformación de la matriz productiva e incorporar la industrialización de materias primas y alimentos.
El documento describe las facultades y atribuciones de la Secretaría de Finanzas del Estado de México como organismo fiscal autónomo. Entre ellas se encuentran la administración y recaudación de impuestos, la determinación de créditos fiscales, la imposición de sanciones por infracciones fiscales, y la celebración de convenios de colaboración administrativa con otros estados y municipios en materia fiscal.
mercado de valores de ecuador y todo sobreXavierCastro37
Este documento establece los requisitos para las administradoras de fondos y fideicomisos en Ecuador. Entre otros requisitos, se especifica que deben constituirse como compañías anónimas, contar con la autorización de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, mantener manuales operativos actualizados, reportar información financiera y de inversiones mensual y anualmente, y publicar valores de integración y rescate de unidades de participación semanalmente en su página web.
Similar a Los presidentes modificaciones el sistema de pensiones copia (20)
El tema de la Educación chilena, no solo debe responsabilisarse al Presidente de la República y a su gobierno, son responsable ademas, los que administran Educación y Recursos, sean Corporaciones o Personas Naturales, sin dejar de lado la gran responsabilidad del Ministro de Educacion
La discusión del tema Educación en nuestro país no solo debe centrase en la responsabilidad del gobierno, sino en los que administran educación y recursos, sean corporaciones o personas naturales, que ami juicio son los principales responsables, sin dejar de lado la responsabilidad del Ministro de educacio
Modernizacion del estado sistema nacional de educaion finaciamiento, avances ...Enzo Javier Gonzalez Basso
El documento habla sobre el Sistema Nacional de Educación en Chile. Propone la creación de un Fondo Nacional para la Educación con 4.000 millones de dólares iniciales, provenientes de recursos que actualmente se destinan al lucro en algunas instituciones educativas. El objetivo es que estos fondos se utilicen para mejorar la educación pública y financiar proyectos educativos.
Movimiento social, por la educacion que queremos hoy, para el chile del mañana Enzo Javier Gonzalez Basso
No debemos perder el norte de los objetivos de la existencia de las instituciones publicas y las responsabilidades de estado, como pilares del bien comun, desgraciadamente esta situacion ha generado un gran descontento social, necesari abordar responsablemente aclarando de la mejor manera las cosas
Movimiento social, por la educacion que queremos hoy, para el chile del mañana Enzo Javier Gonzalez Basso
La clase politica ha perdido el norte de lo que es lo publico y y la razon de le exsistencia de las intituciones y sus objetivos especificos, necesariamente, se debe recordar, la responsabilidad social de estos pilares basicos, que son financiados por la cuidadania y el esfuerzo de los verdaderos emprendedores
Lucro, mal que afecta alos emprendedores y los principios del concepto empresa
El gran problema economico pais, es el permanente desangramiento de los dineros fiscales a instituciones privadas, eso es lucro olvidando la responsabilidad comun frente al desarrollo social comun y la proteccion de las familias y el debido de sus derechos y el cuidado de sus recursos,
Una muestra de como van los avances en el conflicto por una educacion de calidad y que el gobierno asuma su responsabilidad en el financiamiento de la educacion,
las respuestas del gobierno que el ministro no ha sabido capitalizar, agravando el conflicto
El documento discute la necesidad de recuperar el rol del Estado en proveer educación, salud y otras responsabilidades sociales. Propone que las instituciones educativas que reciban fondos públicos deben informar sobre sus presupuestos y cualquier excedente debe ir a un fondo nacional para la educación. También aboga por terminar con el lucro en la educación y establecer un claro sistema de financiamiento estatal.
Los jovenes, no solicitan nada nuevo, solo que se les repete su dignidad y derecho a educarse, en un sistema de buena calidad, donde estan las comisiones de educacion, que no ha hecho su trabajo, fiscalizar, recursos pesupuestos, planes de estudio, etc, si no son capaces, contraten especialistas con el dinero que se les paga , o de lo cntrario inhabilitense y...........
Este documento discute la educación, su financiamiento y calidad en Chile. Propone crear un Fondo Nacional para la Educación con 4 mil millones de dólares iniciales, transparentar los excedentes de las instituciones educativas para incrementar este fondo, y revisar el sistema de créditos estudiantiles. También aboga por una mayor fiscalización de la administración pública educativa y usar al Instituto Nacional como un modelo a seguir. El objetivo final es lograr una educación de calidad financiada por el Estado.
El crecimiento economica llega al gobierno y alñ sector privado en desmedra de las familias chilenas asociadas al fondo de pensiones. Es una reacion de como ha crecido el pais, sobre todo el recurso que manejan los gobiernos y no resuelve de buena manera los prolemas eternos, Salud, Educacion y trabajo,
Perdidas por sobre los 3.400 millones de dolares afectaron a nuestros ahorros de pensiones a enero de 2011, ¿Cual es la responsabilidad de los gobiernos en este tema? , ha existido una real preocupacion sobre el tema, ¿ que grado de participacion tiene los gobiernos en las inversiones. analiza en conciencia el tema que aqui les envio y saquen sus proias conclusiones
Modernizacion del estado, cumbre de la corrupcion y la estafa al fisco, las 7...Enzo Javier Gonzalez Basso
La intendenta democraticamente actuo en forma transparente, aqui no hay nada escondido, informo sobre sus intenciones, presento el proyecto para su aprobacion, ¿ donde estaban los Senadores y diputados regionales, los que se suponen deben advertir y fiscalizar que las cosas se informen adecuadamente y se presenten tambien de la misma forma?
y que hoy escoden la cabeza como la avestruz, Talvez esperando la caida de la autoridad que no supieron defender, creo que hoy estos señores tienen la gran oportunidad de realzar bien su trabajo y no tratar de sacar probecho de estas pequeñeces compara con las que aqui se presentan y tampoco sacan la voz, el gobierno debe hacer su parte e iniciar un proceso de aclaracion de estos temas que ocurren en la administracon publica
Modernizacion del estado, cumbre de la corrupcion y la estafa al fisco, las 7...Enzo Javier Gonzalez Basso
Intendenta Regional, simbolo dela anticorrupcion, le mintio al presidente para favorecer a su pueblo y vecinos, en cambio presidentes mediante leyes dudusas, le mienten al pueblo para favorecer, a sus familiares, amigos y asociaciones politicas, y el senador nada ha dicho acambio
Es necesario revisar el rol del Estado y la funcion del presidente de la republica, y fiscalizadores
La Moderizacion del Estado, debe contemplar el correcto cuidado de los recursos de las familias chilenas, sobre todo en los recursos previsonales, relacionados con los excedentes en salud, el financiamiento de subsidios, deb hacerse con el recurso Iva, que ha sido solicitado por los gobiernos para tal efecto y tambien con los proveneintes del superavit fiscal es lo que corresponde ha derecho. los excedentes de los asociados a la libreta de ahorro, como lo estipula ley
y la constitucion.
Los excedentes en salud, son de propiedad de los asociados al sistema de salud, independiente de la administracion, elsistema de salud es uno solo, esta propiedad, fueratificada por la sexta sala de la corte de apelaciones de santiago,
para subsidiar, esta el recurso IVA, los recursos del Superavit fiscal, y tambien los recursos que puedan venir de la regla fiscal. enagenar esos recursos, esincontitucional y tambiem tiene otro nombre.
MODERNIZACION DEL ESTADO
Claramente, la reforma al sistema de salud, contempla la enagenacion de los excedentes en salud de las familias asociadas, la sexta sala de la corte de apelaciones de santiago, dictamino lo contrario, de una vez por todos terminar con la enagenacion de nuestros recursos y los del estado que deben estar a la disposicion del bien comun
ACCIONES QUE ACRECIENTAN LA INSEGURIDAD FAMILIAR, Los excedentes de salud, deben estar en una cuenta de ahorro de los asociados , pàra los fines especificos
Fondo nacional del medio ambiente. una solucion real al problema de la cesantiaEnzo Javier Gonzalez Basso
El derecho humano a la vida, la libertad, la finalidad de integracion a cada uno de los ciudadanos de la nacion a la maxima relizacion espiritual y material posible, y el derecho a participar en la vida nacional con igualdades de oportunidades , principios olvidados y en peligro de extincion
El documento propone la creación de un Fondo Nacional de Protección del Medio Ambiente de 6 mil millones de dólares para proteger el medio ambiente, recuperar áreas contaminadas, y generar empleos. Se sugiere destinar parte de los beneficios tributarios a las empresas para iniciar el fondo, y reorientar el Ministerio de Economía y recursos presupuestarios para enfrentar problemas ambientales y de empleo.
Este documento ha sido elaborado por el Observatorio Ciudadano de Seguridad Justicia y Legalidad de Irapuato siendo nuestro propósito conocer datos sociodemográficos en conjunto con información de incidencia delictiva de las 10 colonias y/o comunidades que del año 2020 a la fecha han tenido mayor incidencia.
Existen muchas más colonias que presentan cifras y datos en materia de seguridad, sin embargo, en este primer acercamiento lo que se prevées darle al lector una idea de como se encuentran las colonias analizadas, tomando como referencia los datos del INEGI 2020, datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública del 2020 al 2023 y las bases de datos propias que desde el 2017 el Observatorio Ciudadano ha recopilado de manera puntual con datos de las vıć timas de homicidio doloso, accidentes de tránsito, personas lesionadas por arma de fuego, entre otros indicadores.
Minería de Datos e IA Conceptos, Fundamentos y Aplicaciones.pdfMedTechBiz
Este libro ofrece una introducción completa y accesible a los campos de la minería de datos y la inteligencia artificial. Cubre todo, desde conceptos básicos hasta estudios de casos avanzados, con énfasis en la aplicación práctica utilizando herramientas como Python y R.
También aborda cuestiones críticas de ética y responsabilidad en el uso de estas tecnologías, discutiendo temas como la privacidad, el sesgo algorítmico y transparencia.
El objetivo es permitir al lector aplicar técnicas de minería de datos e inteligencia artificial a problemas reales, contribuyendo a la innovación y el progreso en su área de especialización.
Reporte homicidio doloso descripción
Reporte que contiene información de las víctimas de homicidio doloso registradas en el municipio de Irapuato Guanajuato durante el periodo señalado, comprende información cualitativa y cuantitativa que hace referencia a las características principales de cada uno de los homicidios.
La información proviene tanto de medios de comunicación digitales e impresos como de los boletines que la propia Fiscalía del Estado de Guanajuato emite de manera diaria a los medios de comunicación quienes publican estas incidencias en sus distintos canales.
Podemos observar cantidad de personas fallecidas, lugar donde se registraron los eventos, colonia y calle así como un comparativo con el mismo periodo pero del año anterior.
Edades y género de las víctimas es parte de la información que incluye el reporte.
LINEA DE TIEMPO Y PERIODO INTERTESTAMENTARIOAaronPleitez
linea de tiempo del antiguo testamento donde se detalla la cronología de todos los eventos, personas, sucesos, etc. Además se incluye una parte del periodo intertestamentario en orden cronológico donde se detalla todo lo que sucede en los 400 años del periodo del silencio. Basicamente es un resumen de todos los sucesos desde Abraham hasta Cristo
04 capital interes simple.pdf de la clase métodos cuantitativos
Los presidentes modificaciones el sistema de pensiones copia
1. PINOCHET Y AYLWIN: LAS AFP'S NO COMPENSAN AL AFILIADO POR PÉRDIDAS
-Con los cambios a los artículos 36 y 37 de la Ley 18481 promulgada en 1984, el promedio de
rentabilidad pasara a ser de un promedio mensual, a uno de 12 meses. Lo que es más fácil de
cumplir para las AFP y dificulta que se compense al afiliado por pérdidas, ya que tienen más
tiempo para recuperarse
Augusto José Ramón Pinochet Ugarte
n. Valparaiso, Chile 1915 – m. Santiago, Chile 2006
Régimen Militar izquierda-centro-derecha
Dictador Militar [y 30º Presidente Auto Proclamado]
g. 11 de septiembre de 1973 – 11 de marzo de 1990
2. Miguél Juan Sebastián Piñera Echenique
n. Santiago, Chile 1949 –
Partido Renovación Nacional
izquierda-centro-derecha
35º Presidente de Chile
11 de marzo de 2010 – 11 de
marzo de 2014
ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES CUPRUM S.A.
Sociedad Anónima Abierta
Inscripción Registro de Valores N°107
AVISO DERECHO A RETIRO
En conformidad a lo dispuesto en el artículo 71 bis de la ley 18.046 sobre Sociedades Anónimas, el hecho de que un
controlador adquiera más del 95% de las acciones de una sociedad anónima abierta, da derecho a retiro en favor
de los accionistas minoritarios, el que debe ser ejercido dentro del plazo de 30 días contado desde la fecha en que
el controlador alcance la participación indicada, en este caso, hasta el 9 de abril de 2014.
Este derecho de retiro deberá ejercerse por el total de las acciones que el accionista que desee ejercerlo posee
inscritas en el Registro de Accionistas de Cuprum al 10 de marzo de 2014 y que permanezcan en esa condición
hasta el día del pago.
Cuprum pagará a los accionistas que hagan uso del derecho a retiro el valor de mercado de sus acciones, conforme
a lo dispuesto en el artículo 132 número 3 del Reglamento de Sociedades Anónimas, que equivale a $36.711,350 por
acción.
3. *
US$ 158,330,84 millones de
dólares
COMPAÑIAS DE SEGUROS US$
41,670 millones de dolares
CAPITAL
PLAN VITAL
MODELO
HABITAT
PROVIDA
CUPRUM
DECRETO LEY 3.500
TITULO IV
De las Administradoras de Fondos de Pensiones
DE LAS INVERSIONES
Artículo 45.- Las inversiones que se efectúen con recursos de un
Fondo de Pensiones tendrán como únicos objetivos la obtención de una
adecuada rentabilidad y seguridad.
Todo otro objetivo que se pretenda dar a tales inversiones se
considerará contrario a los intereses de los afiliados y constituirá un
incumplimiento grave de las obligaciones de las Administradoras
O SEA NO PODRA HABER RENTABILIDAD NEGATIVA EN NUESTROS
FONDOS
4. ACTIVOS;
158,33; 39%
;
MULTIFONDO
S; 90,115;
22%
; BANCO
CENTRAL;
39,343; 10%
PERDIDAS
HISTORICAS,
, 120, 29%
DE LAS RESPONSABILIDAD DE LAS INVERSIONES
¿ Y DE LAS PERDIDAS ????????????Título XVI
Del Consejo Técnico de Inversiones
Artículo 167.- Créase un Consejo Técnico de Inversiones, en adelante "Consejo", de carácter permanente, cuyo objetivo
será efectuar informes, propuestas y pronunciamientos respecto de las
inversiones de los Fondos de Pensiones, con el objeto de procurar el logro de una adecuada rentabilidad y seguridad para
los Fondos. Específicamente, el Consejo tendrá las siguientes funciones y atribuciones:
4) Pronunciarse sobre las materias relacionadas con las inversiones de los Fondos de Pensiones que le sean
consultadas por los Ministerios de Hacienda y del Trabajo y Previsión Social;
5) Entregar una memoria anual de carácter público al Presidente de la República, correspondiente al
ejercicio del año anterior, a más tardar dentro del primer cuatrimestre de cada año. Copia de dicha memoria
deberá enviarse a la Cámara de Diputados y al Senado, y Encargar la realización de estudios técnicos con relación las
inversiones de los fondos de pensiones
RESPONSABILIDAD DEL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
a) Un miembro designado por el Presidente de la República. La designación deberá recaer en una persona que haya
desempeñado el cargo de Ministro de Hacienda o de Superintendente o directivo de las Superintendencias de Pensiones,
de Bancos e Instituciones Financieras o de Valores y Seguros, o de consejero o gerente del Banco Central de Chile;
b) Un miembro designado por el Consejo del Banco Central de Chile c) Un miembro designado por las Administradoras
de Fondos de Pensiones d) Dos miembros designados por los Decanos de las
Facultades de Economía o de Economía y Administración de las Universidades que se encuentren acreditadas de
conformidad a lo dispuesto en la ley Nº 20.129.
FONDOS DE PENSIONES A 30 AÑOS DE EXISTENCIA
5. Banco Central de Chile---- Reservas: 40.494 millones de USD (diciembre 2016
El Banco Central de Chile es un organismo autónomo y de rango constitucional, de
carácter técnico, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que tiene por objeto
velar por la estabilidad de la ...Wikipedia
Presidente: Mario Marcel Fundación: 22 de agosto de 1925
Tipo de interés: 2,5% (Fijada el 18-05-2017) Divisa: Pesos chilenos; CLP (ISO 4217)
Oficina Central De Garrison: Santiago de Chile
TITULO IV
De las Administradoras de Fondos de Pensiones (De la custodia de los fondos de Pensiones y Encaje)
Artículo 44.-
Los títulos representativos de a lo menos, el noventa y ocho por ciento del valor de cada uno de los Fondos de Pensiones y de los Encajes
respectivos, susceptibles de ser custodiados, deberán mantenerse, en todo momento, en custodia del Banco Central de Chile, en las instituciones
extranjeras que éste autorice para el caso de las inversiones de la letra j) del artículo 45 y en las empresas de depósito de valores a que se refiere la
ley N° 18.876. En este último caso, las empresas de depósito y las Administradoras deberán observar las reglas especiales sobre custodia contenidas
en el Título XIII de esta ley.
La Superintendencia, mediante norma de carácter general, establecer los títulos no susceptibles de ser custodiados por parte de las referidas
entidades.
El Banco Central de Chile determinará las tarifas que cobrará por las distintas labores que le signifique
el mantenimiento de la custodia
6. TITULO IV
De las Administradoras de Fondos de Pensiones (De la custodia de los fondos de Pensiones y Encaje)
Artículo 44.-
Los títulos representativos de a lo menos, el noventa y ocho por ciento del valor de cada uno de los Fondos de Pensiones y de los Encajes respectivos,
susceptibles de ser custodiados, deberán mantenerse, en todo momento, en custodia del Banco Central de Chile, en las instituciones extranjeras que éste
autorice para el caso de las inversiones de la letra j) del artículo 45 y en las empresas de depósito de valores a que se refiere la ley N° 18.876. En este
último caso, las empresas de depósito y las Administradoras deberán observar las reglas especiales sobre custodia contenidas en el Título XIII de esta ley.
La Superintendencia, mediante norma de carácter general, establecer los títulos no susceptibles de ser custodiados por parte de las referidas entidades.
El Banco Central de Chile determinará las tarifas que cobrará por las distintas labores que le signifique
el mantenimiento de la custodia
Banco Central de Chile---- Reservas: 40.494 millones de USD (diciembre 2016
El Banco Central de Chile es un organismo autónomo y de rango constitucional,
de carácter técnico, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que tiene
por objeto velar por la estabilidad de la ...Wikipedia
Presidente: Mario Marcel Fundación: 22 de agosto de 1925
Tipo de interés: 2,5% (Fijada el 18-05-2017) Divisa: Pesos chilenos; CLP (ISO
4217)
Oficina Central De Garrison: Santiago de Chile
PILAR SOLIDARIO
5% APORTE DE LOS EMPRESARIOS—TODO A SOLIDARIDAD Y
MEJORAR PENSIONES
---BANCO CENTRAL ---
ENTIDAD ADMINISTRADORA Y FONDOS DE RESERVA DE
PENSIONES
LOS TRABAJADORES APORTANTES CONSEVARAN SU
PROPIEDAD DE LOS FONDOS
EL BANCO CENTRAL DE CHILE
ADMINISTRA 9.231 MILLONES
DE DOLARES DE LOS FONDOS DE
PROPIEDAD DE LOS
TRABAJADORES
7. FONDOS DE PENSIONES ADMINISTRADOS POR EL BANCO CENTRAL----9.231 MUS$---.¿CUANTO HA
SIDO EL RETOR PARA LOS TRABAJADORES DE ESAS INVERSIONES--O SEA---LA RENTABILIDAD
REAL A UNA TASA PROMEDIO QUE ELLOS MISMOS FIJAN?
Banco Central de Chile
El Banco Central de Chile es un organismo autónomo y de rango constitucional, de carácter técnico, con
personalidad jurídica y patrimonio propio, que tiene por objeto velar por la estabilidad de la ...Wikipedia
Presidente: Mario Marcel
Fundación: 22 de agosto de 1925
Tipo de interés: 2,5% (Fijada el 18-05-2017)
Divisa: Pesos chilenos; CLP (ISO 4217)
Reservas: 40.494 millones de USD (diciembre 2016)
Oficina Central De Garrison: Santiago de Chile
8. INDUSTRA 2015 2014 2013 2012 2011 2010 2009 2008 2007 2006
Afiliados 9.961.722 9.746.467 9.525.04
8
9.268.872 8.957.495 8.751.068 8.558.713 8.372.475 8.043.808 7.683.451
Cotizantes 5.583.524 5.479.938 5.339.16
5
5.236.146 5.008.158 4.773.097 4.428.773 4.572.327 4.329.412 3.956.992
Fondos MUS$ 154.711 165.432 162.988 162.021 134.963 148.767 118.053 73.512 109.882 87.343
En MM$ $
109.433.
42
$
100.479.
815
$
85.366.5
8
$
77.543.2
1
$
70.377.42
0
US$
148.437
US$
118.053
US$ 74.313 US$
111.037
US$88.632
Rentabilidad
Aumento anual
MM$
$
8.953.60
6
$
15.113.2
30
$
7.823.34
4
$
7.176.62
7
853.966 MUS$
17.667
MUS$
27.93
MUS$ 21.566
Perdidas.
MUS$
9.424
MMUS$ 16.858
LA INDUSTRA DE LAS PENSIONES 2007--2015
AFP´S Ingresos por comisiones 2015, 1.27% DE LA RENTA IMPONIBLE, MM$145.701.83,564 AUMENTO DE LOS FONDOS DE PENSIONES O Ingresos
por cotizaciones $ 8.953.606 millones
9. FONDOS DE PENSIONES
2016--174.480-MMUS$
INVERSIONES DE LOS FONDOS DE
PENSIONES.
—EMPRESAS-INSTITUCIONES ESTATALES—
INV. EXTRANJERO
INV. EXTRANJERO.
69.630 MMUS$
INV.ESTATALES.
37.006 MMUS$
INV. NACIONALES--
93.687 MMUS$
El valor de los Fondos de Pensiones alcanzó a $ 116.428.630 millones al 31 de diciembre de 2016.
Con respecto a igual fecha del año anterior, éste aumentó en $ 6.995.209 millones, equivalente al
6,4% (variación real 3,5%). El valor de los Fondos de Pensiones en millones de dólares para el mes
de diciembre 2016 es de US$174.480
Ingresos por Comisiones
Comisiones
Obligatorias 93,3%
comisiones porAPV
3,2%
Comisiones por CAV
2.0%
Comisiones por
Pensiones 1,4%
Otras Comisiones
0,1%
INGRESOS POR COMISIONES—1,24% SUELDO BRUTO---MM$ 155.538
UTILIDADES NETA ANUAL--- MM$ 87.657
UTILIDAD DISTRIBUIBLE $ 87.657.000.807
10. *
Otras reservas 2008
Corresponde al Fondo de Reserva Legal, constituido en la Junta General Ordinaria de Accionistas de fecha
17 de septiembre de 1986, de acuerdo a lo establecido en la letra a) del artículo 17 de los Estatutos de la Sociedad.
Con fecha 20 de mayo de 1987, en la Junta General Extraordinaria de Accionistas se acordó eliminar el Fondo de
Reserva Legal, quedando el saldo compuesto al 31 de diciembre del 2008 de la siguiente forma:
13. *
REVISO LOS ESTADOS FINACIEROS DEL BANCO CENTRAL Y EN NIGUN ITEM APARECE
EL RETORNO POR RENTABILIDAD DE LOS FONDOS DE PENSIONES INVERTIDOS Y ADMINISTRADOS
14. Inversiones
ACTFONDO DE RESERVA DE
PENSIONES
MUS$ 9.135,2
Valor de Mercado a Octubre 2016 El valor de mercado del Fondo de Reserva de Pensiones (FRP) totalizó
US$9.135,29 millones a fines de octubre de 2016. La variación del mes se debió a: (i) interés devengado por
US$14,12 millones, (ii) pérdidas de capital en las inversiones por US$282,19 millones, y (iii) costos de
administración, custodia y otros por US$0,07 millones.
Fondo de Reserva de Pensiones (FRP) totalizó US$9.135,29 millones
El Fondo de Reserva de Pensiones (FRP) se constituyó el 28 de diciembre de
2006, con un aporte inicial de US$ 604,5 millones. Conforme a la ley de
Responsabilidad Fiscal, el FRP se incrementa cada año en un monto mínimo
equivalente al 0,2% del producto interno bruto (PIB) del año anterior.
- 600 millones de dólares
Si el superávit fiscal efectivo es superior a 0,2% del PIB, el FRP recibe un
aporte equivalente a dicho superávit con un máximo de 0,5% del PIB. –de
1.500 millones de dólares
Interés devengado por US$14,12 millones
Aporte del Iva que pagamos todos los pobres---del 1%---anual---300
millones de dólares app
15. 17 de December, 2015
Fondo de infraestructura: MOP y Hacienda crearán
empresa estatal para nuevas carreteras y trenes
PASO N° 3.- LA REFORMA SIN LAS AFP´S
CAMBIO RADICAL EN EL SISTEMA DE ADMINISTRACION E INVERSION DE NUESTROS AHORROS
El acuerdo consiste en la creación de una
empresa, de origen estatal, que
administrará al menos US$ 9 mil millones
en activos de concesiones -principalmente
carreteras-, que servirían para producir
nuevos recursos para la construcción de
autopistas e infraestructura de transporte
como metro o trenes en todo el país. Esta
opción se barajaba dentro de la industria
desde hace semanas y fue adelantada por
“El Mercurio” en un reportaje del domingo
1 de noviembre pasado.
CONCEPCION sábado, 21 de julio de 2018
16.
17. Te gusta esta página · 13 de mayo ·
#NoMasAFP ¿Sabías que la mitad de las personas
que jubilaron en marzo de 2018 y que cotizaron
entre 30 y 35 años, solamente lograron una
pensión de $245.938 o menos? Este monto ni
siquiera alcanza para igualar el mini salario
mínimo que tenemos hoy en Chile. Esta situación
es incluso peor en el caso de las mujeres, donde
la mitad de las nuevas jubiladas de marzo que
cotizaron entre 30 y 35 años, alcanzaron una
pensión igual o inferior a $217.353:
18. "Aquellos dirigentes sindicales y gremiales que aún persisten en
una actitud blanda, descolorida, amorfa y de sospechosas
concesiones a la clase patronal o al Gobierno, deben ser barridos
de sus cargos para colocar en sus puestos a hermanos calificados
por su honradez y lealtad para con sus hermanos de clase, de
convicciones profundas y sólidamente revolucionarias que sepan
donde van y no pueden ser juguetes de los acontecimientos o
tentados por el soborno patronal o gubernamental."
(Clotario Blest en el octavo Aniversario de la CUT, el 12 de
Febrero de 1962.)
Enzo Javier Gonzalez Basso
febrero de 2000 ·
Mi proyecto Social MODERNIZACIÓN DEL ESTADO
19. *
Aguafuerte
LA RIQUEZA DE LAS NACIONES
Según la tesis Central de las Riqueza de las Naciones, La clave del Bienestar social, esta en el Crecimiento Económico, que
se potencia a través de la División del Trabajo, a su vez, se profundiza a medida que se Amplia la extensión De los Mercados
y por ende la Especialización y la Riqueza de las Naciones, A través del Crecimiento Económico con UNA ADECUADA
DISTRIBUCION DE LOS BENEFICIOS.
20. * EL SISTEMA PREVISIONAL CHILENO
* La familia --los hijos-- fue de hecho el primer gran sistema previsional. Si bien la capacidad de
trabajo del jefe de la familia flaqueaba con los años, ahí estaban los hijos para compensar con
creces a través del tiempo, ese deterioro y ofrecer a los ancianos las condiciones para una
subsistencia holgada
El espacio que dejó vacante la familia al contraerse, mal o bien pasó a ser ocupado por Instituciones
del Estado.
* Quizás no cabía otra opción. Quizás la solución no era enteramente mala en la medida en que estas
Instituciones fuera capaz de organizar la previsión con arreglo a los principios ancestrales que
dominaban este asunto.
* En los sistemas de pensiones una política de Estado, con prestaciones definidas basadas en el bien
común, el riesgo se asume colectivamente.
* El riesgo. Si bien esta presente y como alternativa existe, ello no debería debilitar los sistemas de
solidaridad, en los que el riesgo está repartido entre todos los participantes al régimen.
* Los regímenes complementarios de pensiones pueden ser un valioso suplemento pero, en la mayoría
de los casos, no pueden sustituir a los regímenes [básicos] obligatorios
MODERNIZACION DEL
ESTADO
21. Modificaciones al D.L. 3.500
posteriores a 1981- (Creado
por la Ley Nº 19.795, de
fecha 28 de febrero de
2002),
La disminución del encaje
de un 5% a 1%, la
eliminación del Fondo de
Reserva de Fluctuación de
Rentabilidad (el cual llegaba
a un 5% del fondo de
pensiones), la introducción
de los Multifondos (en 2002)
y la introducción del sistema
electrónico de consulta de
ofertas de montos de
pensión (SCOMP)23
12. Reemplázanse los
incisos primero y segundo
del artículo 39 por los
siguientes:
"Artículo 39.- La Reserva
de Fluctuación de
Rentabilidad, que estará
expresada en cuotas del
respectivo Fondo de
Pensiones, se formará con
los excesos de
rentabilidad real
anualizada de los últimos
treinta y seis meses de un
Fondo, que en un mes
supere la cantidad que
resulte mayor entre:
La RFR se constituía con los
excesos de rentabilidad obtenida
por los recursos de los afiliados
en un período de 12 meses por
sobre una banda establecida en
la ley y permitía a la AFP cubrir
los déficits de rentabilidad
respecto de la rentabilidad
mínima. La Reserva operaba
primero que el Encaje (estos
últimos son fondos de propiedad
de las AFP), por lo tanto, a
mayor RFR hacía que los déficits
de rentabilidad fueran cubiertos
en mayor medida por los propios
afiliados.
LO QUE INTENTO LAGOS Y SUS ASESORES DESDE SU IGNORANCIA
En las últimas semanas se ha difundido información errónea sobre el funcionamiento del sistema en relación al
riesgo: Se ha afirmado que la Ley 18.964, publicada el 10 de marzo de 1990, baja de 5% a 1% la
compensación que las AFP debían hacer a los afiliados para incrementar la rentabilidad de los fondos.
La modificación que realizó esta ley fue referida a la Reserva de Fluctuación de Rentabilidad (RFR), NO al
encaje
22. Ricardo Froilán Lagos Escobar
n. Santiago, Chile 1938 –
Partido Socialista
izquierda-centro-derecha
33º Presidente de Chile
11 de marzo de 2000
11 de marzo de 2006
En las últimas semanas se ha difundido información errónea sobre el funcionamiento del sistema en relación al riesgo: Se ha afirmado
que la Ley 18.964, publicada el 10 de marzo de 1990, baja de 5% a 1% la compensación que las AFP debían hacer a los afiliados para
incrementar la rentabilidad de los fondos.
La modificación que realizó esta ley fue referida a la Reserva de Fluctuación de Rentabilidad (RFR), NO al encaje.
La RFR se constituía con los excesos de rentabilidad obtenida por los recursos de los afiliados en un período de 12 meses por sobre
una banda establecida en la ley y permitía a la AFP cubrir los déficits de rentabilidad respecto de la rentabilidad mínima. La Reserva
operaba primero que el Encaje (estos últimos son fondos de propiedad de las AFP), por lo tanto, a mayor RFR hacía que los déficits de
rentabilidad fueran cubiertos en mayor medida por los propios afiliados.
EL ENCAJE DE LAS AFP, Este activo, que se conforma con recursos propios de las Administradoras, debe invertirse en cuotas del mismo
fondo de pensiones
Como ya se señaló en el apartado anterior, por ley las AFP constituyen un activo denominado encaje. En esta sección se analizará el
origen de este activo y su evolución a la fecha, planteándose elementos que afectarán su magnitud en el corto y largo plazo. 1.1 Origen
Según se establece en el DL Nº 3.500, las AFP están obligadas a constituir una reserva denominada encaje, equivalente, a lo menos, al
1% de sus fondos de pensiones.
Solange Berstein
Solange Michelle Berstein Jáuregui es una economista,
académica y consultora chilena, ex superintendenta de
Pensiones del los presidentes Sebastián Piñera y Michelle
Bachelet. Es hija del ingeniero mecánico Luis Berstein y de
Verónica Jáuregui. Wikipedia
Fecha de nacimiento: 30 de noviembre de 1967 (edad 49)
Concepción,sábado, 21 de julio de 2018
23. DECRETO LEY 3.500
Artículo 33-original
El Fondo de Pensiones es un patrimonio independiente y diverso del Patrimonio de la Administradora, sin que esta
tenga dominio sobre el
El Fondo de Pensiones estará constituido por las cotizaciones, y aportes establecidos en los artículos 17 y 21, sus
inversiones y las Rentabilidades de estas, deducidas las comisiones de la Administradora
b)Se diseñaría un sistema de doble seguro, de responsabilidad de la AFP y el Estado, respectivamente,
DE LA RENTABILIDAD DE LOS AHORROS Y SU SEGURIDAD
a)De composición de los ahorros previsionales
de los trabajadores y Rentabilidad
24. a)De composición de los ahorros previsionales de los trabajadores y Rentabilidad
DECRETO LEY 3.500
Artículo 33-original
El Fondo de Pensiones es un patrimonio independiente y diverso del Patrimonio de la Administradora, sin que esta
tenga dominio sobre el
El Fondo de Pensiones estará constituido por las cotizaciones, y aportes establecidos en los artículos 17 y 21, sus
inversiones y las Rentabilidades de estas, deducidas las comisiones de la Administradora
b)Se diseñaría un sistema de doble seguro, de responsabilidad de la AFP y el Estado, respectivamente,
TITULO IV
De las Administradoras de Fondos de Pensiones
ENCAJE Y FLUCTUACIONES
Artículo 38.- Con el objeto de garantizar la rentabilidad a que se refiere el artículo anterior, en cada Fondo existirá
una "Reserva de Fluctuación de Rentabilidad", que será parte de cada uno de ellos, y un "Encaje", señalado en el
artículo 40, de propiedad de la Administradora, que deberá mantenerse invertido en cuotas del Fondo respectivo
DE LA RENTABILIDAD DE LOS AHORROS Y SU SEGURIDAD
25. INFORME COMISION BRAVO -----FONDO DE FLUCTUACIONES Y ENCAJE
Encaje
Es el dinero, que equivale al 1% del fondo acumulado en una AFP, que debe mantenerse como reserva para aportar a las cuentas de sus
afiliados en caso de que la rentabilidad sea inferior al mínimo exigido. Con las modificaciones de estos dos factores, la eliminación del
Fondo de Reserva de Fluctuación de Rentabilidad y la disminución del encaje se traspasó a los afiliados el riesgo de pérdidas desde las AFP
FONDO DE FLUCTUACIONES Y ENCAJE
El Fondo de Reserva de Fluctuación de Rentabilidad.- Eran recursos del propio afiliado que servían como cobertura de riesgo, los cuales se
utilizaban para absorber eventuales retornos negativos del fondo de pensiones
Anexo 3: Descripción de algunos elementos que conforman el Sistema de Pensiones Chileno
Modificaciones al D.L. 3.500 posteriores a 1981-----(Creado por la Ley Nº 19.795, de fecha 28 de febrero de 2002),
La disminución del encaje de un 5% a 1%, la eliminación del Fondo de Reserva de Fluctuación de Rentabilidad (el cual llegaba a un 5% del
fondo de pensiones), la introducción de los Multifondos (en 2002)
y la introducción del sistema electrónico de consulta de ofertas de montos de pensión (SCOMP)23
PROPUESTA—Traspasar todo a renta vitalicia—o sea traspasar la propiedad de los fondos a las aseguradoras
26. TITULO IV
De las Administradoras de Fondos de Pensiones
Artículo 23.- Las Administradoras de Fondos de Pensiones, denominadas también en esta ley
Administradoras, serán sociedades anónimas que tendrán como objeto exclusivo administrar Fondos de Pensiones y otorgar y
administrar las prestaciones y beneficios que establece esta ley.
Artículo 28.- La Administradora tendrá derecho a una retribución establecida sobre la base de comisiones, las que serán
deducidas de las respectivas cuentas de capitalización individual o de los retiros, según corresponda
Estas comisiones estarán destinadas al financiamiento de la Administradora, incluyendo la administración de cada uno
de los Fondos de Pensiones, de las cuentas de capitalización individual, de los sistemas de pensiones de vejez, invalidez y
sobrevivencia y del sistema de beneficios garantizados por el Estado, el pago de la prima del contrato de seguro a que se
refiere el artículo 59 y la administración de las demás prestaciones que establece esta ley
Asimismo, las Administradoras podrán constituir en el país sociedades anónimas filiales que complementen su giro, previa
autorización de su existencia otorgada mediante resolución dictada por el Superintendente
Artículo 23 bis.- Las Administradoras de Fondos de Pensiones podrán encargar la función de
administración de cartera de los recursos que componen el Fondo de Pensiones a sociedades anónimas de duración
indefinida, cuyo objeto exclusivo sea la administración de cartera de recursos previsionales, las que deberán cumplir con
los requisitos que se señalan en la presente ley y en una norma de carácter general que dictará la Superintendencia. El
costo de la subcontratación será siempre de cargo de la Administradora.
DE LAS COMISIONES FANTASMAS
27. DECRETO LEY 3.500--- 1980
Revisado al 11/ 10/ 1982
TITULO I
Normas generales
Articulo N° 1.-Crease un Sistema de Pensiones de Vejes, de Invalidez y sobrevivencia derivado de la capitalización
individual que se regirá por la presente ley
La capitalización se efectuará en organismos denominados Administradoras de Fondos de Pensiones
El Estado garantizara pensiones mínimas de vejez, Invalidez, y sobrevivencia a todos los al sistema que cumplan
los requisitos establecidos en este cuerpo legal
TITULO VII- Decreto ley 3.500
Del Sistema De Benéficos Garantizados por el Estado
Articulo 73.-El Estado garantiza pensiones mínimas de vejez, invalidez y sobrevivencia a todos los afiliados,
independientemente de los beneficios que se vienen sumando a este tema relacionado con la seguridad social ----.Salud-
Accidentes laborales y otros
Artículo 26° Las pensiones mínimas de jubilación LEY 17907, La pensión mínima de los obreros afectos a las NOTA leyes
10.383 y 10.662, por invalidez o vejez, será (LEY 16258) equivalente al salario mínimo industrial
Concepción, jueves, 31 de agosto de 2017
Augusto José Ramón Pinochet Ugarte
n. Valparaíso, Chile 1915 – m. Santiago, Chile 2006
Régimen Militar , 11 de septiembre de 1973 – 11 de marzo de
1990
GARANTIA ESTATAL DE PENSIONES
Artículo 26° , La pensión mínima de los obreros afectos a las NOTA leyes
10.383 y 10.662, por invalidez o vejez, será (LEY 16258) equivalente al salario
mínimo industrial
28. Fondo de Revalorización de
Pensiones
Capitulo N° 1
Garantía Estatal
Fortalecimiento de la Seguridad Social
----- CHILE 2005—
Fondo de Reserva de Pensiones
29. *LA SEGURIDAD SOCIAL EN
CHILE
* La Seguridad Social
* Nace de la acción natural del hombre de su responsabilidad de dar bienestar y proteger a su familia . A los mas débiles, enfermos Y
viejos. Con el resultado de su trabajo.- Y que ha sido desarrollada, normada y reformada con la existencia de los regímenes
democráticos. Tipificada como una Política de Estado ,orientada a brindar protección a la familia y con una clara responsabilidad
Estatal sobre el tema.- (Derecho Natural Universal)
* TITULO VII- Decreto ley 3.500
* Del Sistema De Benéficos Garantizados por el Estado
* Articulo 73.-El Estado garantiza pensiones mínimas de vejez, invalidez y sobrevivencia a todos los afiliados, independientemente de
los beneficios que se vienen sumando a este tema relacionado con la seguridad social ----.Salud-Accidentes laborales y otros
* Artículo 26° Las pensiones mínimas de jubilación LEY 17907, serán equivalentes a un sueldo vital escala A)
del ART. 1°, f), N° 1 departamento de Santiago.
* La pensión mínima de los obreros afectos a las NOTA leyes 10.383 y 10.662, por invalidez o vejez, será (LEY 16258)
equivalente al salario mínimo industrial.
30. Tipo Norma :Ley 15386
Fecha Publicación :11-12-1963
Fecha Promulgación :02-12-1963
Organismo :MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Título :REVALORIZACION DE PENSIONES
REVALORIZACION DE PENSIONES
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación
al siguiente:
PROYECTO DE LEY:
"I.- FONDO DE REVALORIZACION DE PENSIONES"
Artículo 1°-
Créase el Fondo de Revalorización de Pensiones, que tendrá por objeto financiar un régimen de pensiones mínimas, compensar el
deterioro sufrido por las pensiones de regímenes previsionales a causa de las desvalorización monetaria y mantener sus montos
revalorizados de acuerdo con las disposiciones establecidas en esta ley.
En las instituciones de previsión social en que exista un régimen de reajuste automático de pensiones, se aplicará la revalorización con
carácter complementario con cargo a los recursos propios de la institución cuando tengan excedentes en sus respectivos Fondos de
Pensiones o Fondo Común de Beneficios y de acuerdo con las normas e índices que establezca la Comisión Revalorizadora de Pensiones.
Asimismo, en estos casos el mayor gasto por los nuevos montos mínimos que se fijan a las pensiones, será de cargo de la respectiva
institución.
GARANTIAS ESTATALES
31. Eduardo Frei Ruiz-Tagle
n. Santiago, Chile 1942 –
Partido Demócrata Cristiano
izquierda-centro-derecha
32º Presidente de Chile
11 de marzo de 1994 –
11 de marzo de 2000
Patricio Aylwin Azócar
n. Viña del Mar, Chile 1918 –
m. Santiago, Chile 2016
Partido Demócrata Cristiano
izquierda-centro-derecha
31º Presidente de Chile
11 de marzo de 1990 –
11 de marzo de 1994
Verónica Michelle Bachelet Jeria
n. Santiago, Chile 1951 –
Partido Socialista
izquierda-centro-derecha
34º Presidenta de Chile
11 de marzo de 2006 –
11 de marzo de 2010
Miguél Juan Sebastián Piñera
Echenique
n. Santiago, Chile 1949 –
Partido Renovación Nacional
izquierda-centro-derecha
35º Presidente de Chile
11 de marzo de 2010 –
11 de marzo de 2014
BACHELET, LAGOS Y FREI PROMULGARON LEYES PRO AFPS
COMO NO COMPARTIR LAS PÉRDIDAS
1990, la Ley 18.964 1999, La Ley 19.641
Ley 20.255 2008:
COMPLICE PASIVOAporte Gino Lorenzini. Concepción, 21/07/2018
32. 1990, la Ley 18.964
Patricio Aylwin Azócar
n. Viña del Mar, Chile 1918 – m. Santiago, Chile 2016
Partido Demócrata Cristiano
izquierda-centro-derecha
31º Presidente de Chile
11 de marzo de 1990 – 11 de marzo de 1994
LAS AFP’S NO
COMPENSAN AL
AFILIADO POR
PÉRDIDAS
-Con los cambios a los artículos 36 y 37 de la Ley 18481 promulgada en 1984, el promedio de rentabilidades pasara a ser de un
promedio mensual, a uno de 12 meses. Lo que es más fácil de cumplir para las AFP y dificulta que se compense al afiliado por
pérdidas, ya que tienen más tiempo para recuperarse
En 1990, la Ley 18.964 modificó el artículo 39 que planteó que la compensación para incrementar la rentabilidad de los fondos vía el
encaje —patrimonio de la AFP invertido en el fondo de cada persona que actúa como garantía— se baja desde un 5% a un 1%.
Lorenzini explica que “si el afiliado aporta $100 millones la AFP debe poner de su bolsillo $1 millón, y si renta menos que el promedio
ese encaje se traspasa al fondo. Pero con esto, el fondo para cubrir las bajas rentabilidades disminuyó”, sostiene.
Aporte Gino Lorenzini
Concepción, 21/07/2018
33. Eduardo Frei Ruiz-Tagle
n. Santiago, Chile 1942 –
Partido Demócrata Cristiano
izquierda-centro-derecha
32º Presidente de Chile
11 de marzo de 1994 –
11 de marzo de 2000
ERA FREI:
LAS AFPS PUEDEN
PERDER TU PLATA
La Ley 19.641 publicada en octubre de 1999, bajo la administración del ex presidente Eduardo Frei (DC) estableció:
-El promedio de rentabilidad pasó de 12 meses a 36 meses, lo que facilita a las AFP nunca compensar por baja rentabilidad.
-Se modificó el artículo 39 de la ley que reforzó que en caso de rentabilidad negativa, se traspasa el riesgo de pérdidas a las personas, a
través de la creación de multifondos. “Antes de estas reformas estábamos todos en el fondo C, pero como hoy las pérdidas las sufre el
afiliado y con los multifondos, creados en 2012, aumenta el riesgo de las personas”, asegura el fundador de Felices y Forrados.
-Además, se incorporó tácitamente el concepto de “rentabilidad negativa” con una modificación al artículo 37. “Esto significó que se
le permitió perder a las AFP’s, lo que hasta el año 1999 no se contemplaba”, agrega el experto.
1999, La Ley 19.641
Concepción 21/07/2018
34. Verónica Michelle Bachelet Jeria
n. Santiago, Chile 1951 –
Partido Socialista
izquierda-centro-derecha
34º Presidenta de Chile
11 de marzo de 2006 – 11 de marzo de 2010
PRIMER GOBIERNO DE BACHELET: AFPS
NO ASEGURAN GANANCIAS MÍNIMAS
Ley 20.255 que establece la Reforma Previsional publicada en marzo de 2008:
-Derogó el inciso final del artículo 37,” lo que eliminó definitivamente los mecanismos que garantizaban rentabilidades mínimas del
sistema”, explica Lorenzini.
-También se derogó el artículo 38 de la ley, que contemplaba el único mecanismo de compensación por pérdidas y bajas
rentabilidad.
Ley 20.255 2008:
CREO EL FONDO DE RESERVA DE PENSIONES COMO RESPONSABILIDAD ESTATAL PARA LAS PENSIONES ASISTENCIALES
Art. 71 bis. También dará derecho a retiro en favor de los accionistas minoritarios, que un controlador adquiera más del noventa y cinco por ciento
de las acciones de una sociedad anónima abierta. Este derecho a retiro deberá ser ejercido dentro del plazo de 30 días contado desde la fecha en
que el accionista controlador alcance la participación indicada, lo que se comunicará dentro de los dos días hábiles siguientes a través de un aviso
destacado publicado en un diario de circulación nacional y en el sitio en Internet de la sociedad, si ella dispone de tales medios.
Ley 20382
Ley 18.046 2010
Concepcion,21/07/2018
35. Miguél Juan Sebastián Piñera Echenique
n. Santiago, Chile 1949 –
Partido Renovación Nacional
izquierda-centro-derecha
35º Presidente de Chile
11 de marzo de 2010 – 11 de marzo de 2014
36. Eduardo Frei Ruiz-Tagle
n. Santiago, Chile 1942 –
Partido Demócrata Cristiano
izquierda-centro-derecha
32º Presidente de Chile
11 de marzo de 1994 – 11 de marzo de 2000
Tipo Norma :Ley 19301
Fecha Publicación :19-03-1994
Fecha Promulgación :07-03-1994
Organismo :MINISTERIO DE HACIENDA
Título :MODIFICA DIVERSOS CUERPOS LEGALES RELATIVOS A MERCADO DE
VALORES, ADMINISTRACION DE FONDOS MUTUOS, FONDOS DE
INVERSION, FONDOS DE PENSIONES
TITULO XXIII
Disposiciones varias
Artículo 38.- DEROGADO
ENCAJE Y FLUCTUACIONES
7.- Sustituyese el artículo 38, por el siguiente:
"Artículo 38.- Con el objeto de garantizar la rentabilidad a que se refiere el artículo anterior, existirá una "Reserva de
Fluctuación de Rentabilidad", que será parte del Fondo, y el "Encaje" de propiedad de la Administradora aludido en el artículo 40,
que deberá mantenerse invertido en cuotas del mismo Fondo.".
8.- Remplazanse los incisos primero y segundo del artículo 40, por los siguientes:
"Artículo 40.- La Administradora deberá mantener un activo denominado Encaje, equivalente a un uno por
ciento del Fondo.
37. Ricardo Froilán Lagos Escobar
n. Santiago, Chile 1938 –
Partido Socialista izquierda-centroderecha
33º Presidente de Chile
11 de marzo de 2000 – 11 de marzo de 2006
11. Reemplázanse, en el artículo 37, los incisos primero y segundo por los siguientes:
"Artículo 37.- En cada mes, las Administradoras serán responsables de que la rentabilidad real anualizada de los últimos treinta y seis meses de
cada uno de sus Fondos, no sea menor a la que resulte inferior
entre:
12. Reemplázanse los incisos primero y segundo del artículo 39 por los siguientes:
"Artículo 39.- La Reserva de Fluctuación de Rentabilidad, que estará expresada en cuotas del respectivo Fondo de Pensiones, se formará con los
excesos de rentabilidad real anualizada de los últimos treinta y seis meses de un Fondo, que en un mes supere la cantidad que resulte mayor
entre:
Modificaciones al D.L. 3.500 posteriores a 1981- (Creado por la Ley Nº 19.795, de fecha 28 de febrero de 2002),
La disminución del encaje de un 5% a 1%, la eliminación del Fondo de Reserva de Fluctuación de Rentabilidad (el cual llegaba a un 5% del fondo
de pensiones), la introducción de los Multifondos (en 2002) y la introducción del sistema electrónico de consulta de ofertas de montos de
pensión (SCOMP)23
6. Publicación de ley en Diario Oficial, 6.1. Ley Nº 19.795
Tipo Norma : Ley 19795 Fecha Publicación : 28-02-2002
Fecha Promulgación : 15-02-2002
Organismo : MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIONSOCIAL; SUBSECRETARIA DE PREVISION SOCIAL
Título : MODIFICA D.L. Nº 3.500, EN MATERIA---DE INVERSION DE LOS FONDOS DE PENSIONES
Tipo Versión : Texto Original De : 28-02-2002
En consecuencia, y habiéndose dado cumplimiento al control de constitucionalidad establecido en el artículo 82, Nº 1, de la Constitución Política de la República; y por cuanto he
tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República. Santiago, 15 de febrero de 2002.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente
de la República.- María Ariadna Hornkohl Venegas, Ministra del Trabajo y Previsión Social (S).- Mario Marcel Cullell, Ministro de Hacienda (S).
38. Decreto Ley Nº 3.500, de 1980
RENTABILIDAD MINIMA
Artículo 37.- Cada Administradoras será responsables que el Fondo genere rentabilidad promedio mensual mínima que deberá ser igual
a la resulte entre
a) La rentabilidad promedio mensual de todos los fondos menos dos puntos porcentuales
b) El cincuenta por ciento de la rentabilidad mensual de todos los fondos
Esta rentabilidad mínima estará asegurada por los mecanismos y en forma descrita en los artículos 38,39 y 40 y en orden allí
contemplado
Historia de la Ley Nº 19.795 ------Página 662 de 694 (año 2002)
11. Reemplázanse, en el artículo 37, los incisos primero y segundo por los siguientes:
"Artículo 37.- En cada mes, las Administradoras serán responsables de que la rentabilidad real anualizada de los últimos treinta y seis meses
de cada uno de sus Fondos, no sea menor a la que resulte inferior entre:
1. En el caso de los Fondos Tipos A y B:
a) La rentabilidad real anualizada de los últimos treinta y seis meses promedio de todos los Fondos del mismo tipo, según corresponda, menos
cuatro puntos porcentuales, y
b) La rentabilidad real anualizada de los últimos treinta y seis meses promedio de todos los Fondos del mismo tipo, según corresponda, menos
el valor absoluto del cincuenta por ciento de dicha rentabilidad.
Ricardo Froilán Lagos Escobar
n. Santiago, Chile 1938 –
Partido Socialista izquierda-centroderecha
33º Presidente de Chile
11 de marzo de 2000 – 11 de marzo de 2006
39. *
* Artículo 39.- Las Administradoras serán responsables
por los perjuicios causados a los afiliados en sus
cuentas de capitalización individual producto del no
cumplimiento oportuno de sus obligaciones, así como
de las instrucciones dadas por el afiliado a aquéllas en
el ejercicio de los derechos que le establece esta ley.
Una vez acreditado el incumplimiento y habiéndose
producido pérdida de rentabilidad en alguna de las
cuentas del afiliado, siempre que la Administradora no
realice la compensación correspondiente, la
Superintendencia podrá ordenar la restitución de dicha
pérdida a la cuenta de capitalización individual
respectiva, de acuerdo al procedimiento que
establezca una norma de carácter general. En este
último caso, la Administradora podrá reclamar en
contra de tal determinación de acuerdo a lo dispuesto
en el N° 8 del artículo 94.
* Una vez acreditado el incumplimiento y
habiéndose producido pérdida de rentabilidad
en alguna de las cuentas del afiliado, siempre
que la Administradora no realice la
compensación correspondiente, la
Superintendencia podrá ordenar la restitución
de dicha pérdida a la cuenta de capitalización
individual respectiva
40. Verónica Michelle Bachelet Jeria
n. Santiago, Chile 1951 –
Partido Socialista
izquierda-centro-derecha
34º Presidenta de Chile
11 de marzo de 2006 – 11 de marzo de 2010
41. Miguél Juan Sebastián Piñera Echenique
n. Santiago, Chile 1949 –
Partido Renovación Nacional
izquierda-centro-derecha
35º Presidente de Chile
11 de marzo de 2010 – 11 de marzo de 2014
42. Verónica Michelle Bachelet Jeria
n. Santiago, Chile 1951 –
Partido Socialista
izquierda-centro-derecha
36º Presidenta de Chile
11 de marzo de 2014 –
43. Augusto José Ramón Pinochet Ugarte
n. Valparaiso, Chile 1915 – m. Santiago, Chile 2006
Régimen Militar
izquierda-centro-derecha
Dictador Militar [y 30º Presidente Auto-Proclamado]
g. 11 de septiembre de 1973 – 11 de marzo de 1990
45. AFP HABITAT al 31 de diciembre 2015 MM$ 2014 MM$
Afiliados 2.052.121 2.075.466
NUMERO DE JUBILADOS 209.046 167.256
Cotizantes Totales 1.231.959 1.222.599
Fondos Administrados (MM$ US) 40.538 42.820
INGRESOS POR COTIZACIONES
RENTABILIDAD DE LOS FONDOS
PERDIDAS DEL EJERCICO
ENCAJE 282.261.093 256.879.237
UTILIDADES ENCAJE 17.656.644 32.088.719
FONDO DE LOS TRABAJADORES
RENTABILIDAD DE LOS FONDOS
AUMENTO REAL DE LOS FONDOS
TOTAL JUBILADOS 1.019.596 973.837
LO QUE DEBE QUEDAR MUY CLARO ANTES DE CUALQUIER CAMBIO
sábado, 21 de julio de 2018