Este documento resume la Ley de Lucha Contra la Corrupción, Enriquecimiento Ilícito e Investigación de Fortunas de Bolivia. Establece mecanismos para prevenir, investigar, procesar y sancionar actos de corrupción. Creó nuevos delitos como el enriquecimiento ilícito y favorecimiento al enriquecimiento ilícito. También modificó procedimientos para eliminar la impunidad, como la imprescriptibilidad de delitos, juicio en rebeldía y levantamiento del secreto bancario para investigaciones. Designó
4. Pena
proc
¿Cómo era el tratamiento normativo en la
lucha contra la corrupción?
ANTES DE LA
LEY ACTUALMENTE
Todos somos iguales
de Imprescriptibilidad
beneficios
Sanción efectiva
No existen fueros ni privilegios.
Prosigue el juicio en rebeldía
Ahora estamos bajo un régimen
Posibilidad de juzgar delitos de
corrupción del pasado
Posibilidad de juzgar el
enriquecimiento ilícito
Penas severas – se eliminan
Ahora existe el Consejo Nacional de
LCC
Impunidad
Privilegios e inmunidades
Juicios paralizados
Los delitos de corrupción
prescribían
Irretroactividad
Imposibilidad de investigar
fortunas
s leves y beneficios
esales para corruptos
Solo el MTILCC elaboraba y
proponía políticas de LCC
5. FIN
OBJETO Establecer mecanismos
y procedimientos
para
Prevenir
Investigar
Procesar
Sancionar
Recuperar
patrimonio
el
Actos de
corrupción
del Estado.
ALIDAD Prevenir la corrupción
Acabar con la impunidad
Proteger el patrimonio del Estado
7. debe vel
bienes y
del Es
benefici
co
Principios
constitucional de
denunciando todo
ADMINISTRACIÓN
comportamiento
principios
servicio a la
reflejados en
honestidad,
cooperarse
GRA
TUIDAD
La investigación y la
administraciónde
justicia en temas de
LCC, tienen carácter
gratuito
COOPERACIÓN
AMPLIA
Las entidades deben
mutuamente,
coordinando e
intercambiando
información sin
restricción
ÉTICA
El conformea
los morales de
comunidad,
valores de
transparencia,
integridad,
probidad,
responsabilidad
y eficiencia.
IMPARCIALIDAD
EN LA
DE JUSTICIA
Tod@ bolivian@ tiene
derecho a una pronta,
efectiva y
transparente
administraciónde
justicia.
TRANSPARENCIA
Práctica y manejo visible
de los recursos del
Estado por l@s S.P., así
como personas
naturales y jurídicas
nacionales o extrajeras
que presten servicios o
comprometanrecursos
del Estado.
AMA SUWA (NO
SEAS
LADRÓN),
AHUA’NA
MACHAPI’TYA
(NO ROBAR)
Toda persona
nacional o extranjera
ar por los
patrimonio
tado en
o del bien
mún
CELERIDAD
Mecanismos de
investigación y
administración de
justicia en temas
de LCC, deben ser
prontos y
oportunos
DEFENSA DEL
PA
TRIMONIO
DEL ESTADO
Obligación tod@
bolivian@ de
precautelar y
resguardar el
patrimonio del Estado,
acto o hecho de
corrupción
SUMA QAMAÑA
(VIVIR BIEN)
Complementariedad
entre el acceso y el
disfrute de los bienes
materiales y la
realización efectiva,
subjetiva y espiritual,
en armonía con la
naturaleza y en
comunidad con los
seres humanos
8. AMBITO DE APLICACIÓN
La presente Ley se aplica a:
sus
entidades e
instituciones
Servidores públicos y
ex – servidores públicos
de:
territoriales
Ministerio
Público
Defensoría
general del
Estado
Universidades
Procuraduría
general del
Estado
Entidades
autónomas,
departamentales,
municipales,
regionales e
indígena originario campesinas
nivel central,
descentralizadas o
desconcentradas
Todos los
Órganos del
Estado
Plurinacional
9. AMBITO DE APLICACIÓN
La presente Ley
se aplica a: Entidades u
organizaciones
En las que
el Estado tenga
Participación
patrimonial,
independientemente
su naturaleza jurídica
de
FuerzasArmadas y
Policía Boliviana
causando daño
económico al Estado
Personas privadas
naturales o jurídicas
y todas que no
siendo S.P
.
cometan
o se beneficien con
sus recursos.
Esta Ley de conformidad con la CPE, no reconoce
inmunidad, fuero o privilegio alguno. (Art. 112 CPE)
delitos de
corrupción
10. C
CONTENIDO DE LA LEY
Medidas
os
y Denunciantes
Declaraciones Juradas
Exención de
Proceso
ordinario
CPP
renuncia secreto
bancario
Obligación de
querellarse
Imprescriptibilidad
Retroactividad
Juicio en rebeldía
ONTROL SOCIAL
Agravación de penas
procedimiento
INSTITUCIONALES JUDICIALES OPERATIVAS
Consejo Nacional
• MTILCC (SIIARBE)
• Tribunales
• Fiscales
• Investigadores
• UIF
Creación de nuevos delitos Protección de testig
Modificación de Verificación
procedimiento
Declaraciones J
confidencialidad y
11. Entidades encargadas de la LCC:
Consejo Nacional de Lucha contra la
Corrupción, Enriquecimiento Ilícito y
Legitimación de ganancias Ilícitas
Preside
titular de:
en el
Representantes de
del Estado
El Consejo no investiga, no procesa, no sanciona
Entidades
independientes
cumplimiento
de sus
atribuciones
específicas
en el marco de
la CPE
Ministerio de
Gobierno
Procuraduría General
la sociedad civil
organizada
12. Consejo Nacional de Lucha contra la
Corrupción, Enriquecimiento Ilícito y
Legitimación de ganancias Ilícitas
ATRIBUCIONES
Proponer,
supervisar y
fiscalizar
Proteger
Prevención
Recuperar el
patrimonio
del Estado
Lucha contra la
corrupción
Políticas
públicas
Evaluar la ejecución
el Plan NLCC
Aprobar el Plan
Nacional de
LCC
Elaborado por el
MTILCC Relacionarse
con los
Gobiernos
autónomos En lo relativo a
sus funciones
13. CONTROL SOCIAL
Será ejercido para:
Prevenir y
Luchar contra la Corrupción
Autoridades
competentes
Identificar y
Denunciar ante
Atribuciones
Hechos y
Coadyuvar
en procesos
por
Delitos de corrupción
Judiciales
Administrativos
Falta de transparencia
Hechos de corrupción
16. Identificar
corrupción
MTILCC,
del Estado Fiscales
actividades de
inteligencia
patrimonial
Analizará
A requerimiento de: Realizará
para presuntos
Procuraduría Gral. financiera y hechos o delitos de
Anticorrupción
Oficio
Remitir los resultados del
Autoridad jurisdiccional análisis y antecedentes
competente cuando
corresponda.
Dirección funcional de Fiscales
Policía Boliviana Investigadores
Especializados
Atribuciones
17. Obligación de Constituirse
en Parte Querellante
Deberán
constituirse
obligatoriamente
Delitos de corrupción,
vinculados
una vez conocidos
Su
omisión
incurrir en el delito de
incumplimiento de deberes y
otros que correspondan, de
conformidad con la presente Ley.
Parte
querellante
La máxima autoridad
ejecutiva de la
entidad afectada o
Las autoridades llamadas
por Ley
18. Jurisdicción Indígena
Originaria Campesina
Los artículos
191 y 192 de
CPE
190,
la
La aplicación de la
jurisdicción indígena
originaria campesina
Se regirá
por
La Ley del
Deslinde
Jurisdiccional
19. Sistema de evaluación
permanente
Para: Jueces
Fiscales y
Policías especializados
Para
garantizar
Probidad y
Eficiencia en el cumplimiento
de sus funciones
Formación y capacitación continua de
estos recursos humanos.
20. con l
inicia
o te
Protección de los Denunciantes
y Testigos
Brindarán
protección
adecuada
contra toda:
Denunciantes
T
estigos,
Peritos,
Asesores técnicos
Servidores
públicos y
Otros partícipes
Ministerio de
Gobierno
Investigación
procesamiento
acusación y
juzgamiento
Del
proceso
de
Amenaza
Agresión
Represalia
Intimidación
Reserva de identidad de denunciantes
a posibilidad de levantar la reserva e
rse proceso penal por denuncia falsa
meraria
Guardará en reserva la documentación
presentada, recolectada y generada durante el
cumplimiento de sus funciones
21. Exención del Secreto Bancario para
Investigación de Delitos de Corrupción
No existe
confidencialidad
en
Operaciones
financieras realizadas
dentro de procesos
judiciales
Se presuma la
comisión de delitos
cuando
financieros
333 CPE)
(Art.
Se levanta El secreto bancario,
investigar delitos de
para
corrupción
Los servidores públicos pueden
renunciar voluntariamente al
secreto bancario.
22. Deber de informar
Solicitudes de la UIF
, dentro de una investigación,
o de Oficio a la UIF cuando en el ejercicio de sus funciones y/o
actividades detecten la posible comisión de
corrupción:
hechos o delitos de
Entidades
Sujetos
ONGs, fundaciones, asociaciones
Partidos Políticos,
pueblos indígenas
agrupaciones ciudadanas y
Actividades con
movimiento de
efectivo
Susceptible de ser
utilizada para
lavado de dinero y
otras actividades
financieras,
económicas,
comerciales
establecidas en el Código
de Comercio.
23. Manejo de la Información
no podrá ser
compartida
ni publicada.
Fase de:
análisis e
investigación
La información
obtenida por la
UIF
Información
valorada podrá
ser presentada
como prueba
en procesos
penales
Cuando
Procuraduría
del Estado
MTILCC
Considere que:
La información
contiene presuntos
hechos de
corrupción
Antecedentes
al:
Min. Público
24. de
SIIARBE
Sistema Integrado de Información Anticorrupción y
Recuperación de Bienes del Estado
Sistema de
centralización e
intercambio de
información
Verificación de oficio de
declaraciones juradas de
bienes y rentas de S.P
.
que manejen
significativos recursos
del Estado
A cargo del
MTILCC
Diseño y aplicación de
políticas preventivas y
proteccionistas del Estado,
para hacer seguimiento y
monitoreo de procesos en
el ámbito de la LCC
26. Conductas q
ien jurídico p
l no cesar s
empo, puede
IMPRESCRIPTIBILIDAD
RETROACTIVIDAD
DELITO PERMANENTE
de particulares con
- Enriquecimiento ilícito
afectación al Estado.
Enriquecimiento ilícito
ue violan permanentemente el
b rotegido.
A us efectos por el transcurso
del ti n ser juzgadas en el
presente, a pesar de que se cometieron en el
pasado.
Los delitos de corrupción existentes en
el CP cometidos en el pasado, podrán
ser investigados, procesados y
sancionados a partir de ahora. Art. 123
CPE.
A pesar del transcurso del tiempo, las
personas que cometen delitos de
corrupción podrán ser procesadas en
cualquier momento.Art. 112 CPE.
27. (conclusió
aplicaci
Recupe
defra
reparac
PROSECUCIÓN DE
JUICIO EN REBELDÍA
Serán igualmente
juzgados
hasta
QUÉ SE BUSCA CON ESTA
MEDIDA?
Evitar la impunidad
n del proceso y
ón de penas)
rar los bienes
udados y la
ión del daño
asegurando el derecho a
defensa y demás
garantías
constitucionales, a
través de un abogado de
oficio
Sentencia
Se escondan o salgan
del país
Los procesados por
delitos de corrupción
Que para evadir la justicia y
Paralizar el proceso
29. nuevos
SISTEMATIZACIÓN
DE DELITOS (Art. 24)
DELITOS
VINCULADOS A LA
CORRUPCIÓN
DELITOS PROPIOS DE
CORRUPCIÓN
• Asociación delictuosa
• Falsedad material
• Organización criminal
• Sociedades o asociaciones
ficticias
Delitos
existentes
agravados
Delitos
30. 7. Ob
8. Fal
Creación de Nuevos Tipos Penales
1. Uso indebido de bienes y servicios públicos
2. Enriquecimiento ilícito
3. Enriquecimiento ilícito de particulares con afectación al Estado
4. Favorecimiento al enriquecimiento ilícito
5. Cohecho activo transnacional
6. Cohecho pasivo transnacional
strucción de la justicia y
sedad en la declaración jurada de bienes y rentas
32. Artículo IX, Enriquecimien
Con sujeción a su Constit
Enriquecimiento ilícito
to ilícito (CIC)
ución y a los principios fundamentales de su ordenamiento jurídico, los Estados Partes que aún no lo hayan hecho
adoptarán las medidas necesarias para tipificar en su legislación como delito, el incremento del patrimonio de un funcionario
público con significativo exceso respecto de sus ingresos legítimos durante el ejercicio de sus funciones y que no pueda ser razonablemente
justificado por él.
39. esta hubie
NO PROC
CIRCUNST
Modificaciones e incorporaciones al
Código Penal
Art. 34 Se modifican los artículos:
• 105, Términos para la Prescripción
1) En 10 años …pena privativa de Libertad de 6 años.
de la pena
2)En 7 años….penas privativas, menores de seis años y mayores de dos
3) En 5 años si se trata de las demás penas
Los plazos empiezan a correr desde el día de la notificación con la
sentencia condenatoria o desde el quebrantamiento de la condena, si
ra empezado a cumplirse.
EDERÁ LA PRESCRIPCIÓN DE LA PENA, BAJO NINGUNA
ANCIA, EN DELITOS DE CORRUPCIÓN
41. 150 Bis NE
CO P
151
Modificaciones e incorporaciones
al Código Penal
Artículo Delito Pena o Sanción Pena o Sanción Observaciones
N° (Antes de la Ley 004) (Ley 004)
142 PECULADO 3 a 8 años 5 a 10 años Sin agravante
70 a 200días 200 a 500 días
144 MALVERSACIÓN 1 mes a 1 año 3 a 8 años Agravada en 1/3 (por
20 a 240 días 100 a 250 días daño o entorpecimiento
para el servicio Público)
145 COHECHO PASIVO PROPIO 2 a 6 años 3 a 8 años Sin agravante
30 a 100 días 50 a 150 días
146 USO INDEBIDO DE INFLUENCIAS 2 a 8 años 3 a 8 años Sin agravante
100 a 500 días 100 a 500 días
147 BENEFICIOS EN RAZÓN DEL CARGO 1 a 3 años 3 a 8 años Sin agravante
60 a 200 días 100 a 250 días
149 OMISIÓN DE DECLARACIÓN DE 30 días multa 30 días multa Es consideradoun delito
BIENES Y RENTAS vinculado a actos de
Corrupción
150 NEGOCIACIONES INCOMPATIBLES 1 a 3 años 5 a 10 años Sin agravante
DON EL EJERCICIO DE LA 30 a 500 días 30 a 500 días
PROFESIÓN
GOCIACIONES INCOMPATIBLES 1 a 3 años 5 a 10 años Constituía el 2do. Párrafo
N EL EJERCICIO DE FUNCIONES 30 a 500 días 30 a 500 días del artículo 150
ÚBLICAS POR PARTICULARES
CONCUSIÓN 2 a 5 años 3 a 8 años Sin agravante
152 EXACCIONES 1 mes a 2 años 1 a 4 años Agravada en 1/3 si se usa
violencia
42. 177 NEGA
185 Bis LEGITI
221 CON
Modificaciones e incorporaciones al
Código Penal
153 RESOLUCIONES CONTRARIAS A LA 1 mes a 2 años 5 a 10 años Misma pena para fiscales
CONSTITUCIÓN Y A LAS LEYES Agravadaen 1/3 si existe
daño económico al Estado
154 INCUMPLIMIENTO DE DEBERES 6 meses a 2 años 1 a 4 años Agravada en ambos casos
en 1/3 por daño económico
al Estado
157 NOMBRAMIENTOS ILEGALES Multa de 30 a 100 días 1 a 4 años
30 a 100 días
172 Bis RECEPTACIÓN PROVENIENTE DE DELITOS 3 a 8 años y decomisode Es incluido, no existía en el
DE CORRUPCIÓN los bienes obtenidos C.P.B.
ilícitamente
173 PREVARICATO 2 a 4 años 5 a 10 años Agravada en 1/3 en ambos
3 a 8 años 3 a 8 años casos , por daño económico
al Estado
173 Bis COHECHO PASIVO DE LA JUEZA, JUEZ O 3 a 8 años 5 a 10 años Sin agravante
FISCAL 200 a 500 días 200 a 500 días
174 CONSORCIO DE JUECES, FISCALES Y O 2 a 4 años 5 a 10 años Sin agravante
ABOGADOS
TIVA O RETARDO DE JUSTICIA 2 a 5 años 5 a 10 años Sin agravante
MACIÓN DE GANANCIAS ILÍCITAS 1 a 6 años 5 a 10 años Aunque haya sido cometido
100 a 500 días 200 a 500 días en el exterior
4 a 8 años al que facilite
TRATOS LESIVOS AL ESTADO 6 meses a 2 años 5 a 10 años El particular 3 a 8 años
1 a 3 años 1 a 4 años (culpa)
43. 23 FRANQUIC
0 PRIVILEGIO
Modificaciones e incorporaciones al
Código Penal
222 INCUMPLIMIENTO DE CONTRATOS 1 a 3 años 3 a 8 años Sin agravante
3 meses a 2 años 1 a 4 años (culpa)
224 CONDUCTA ANTIECONÓMICA 1 a 6 años 3 a 8 años Sin agravante
3 meses a 2 años 1 a 4 años (culpa)
225 INFIDENCIAECONÓMICA 1 a 3 años 1 a 4 años Rebajada en 1/3 en caso
Agravada en 1/3 Agravada en 1/3 culposo
228 CONTRIBUCIONES Y VENTAJAS 1 a 3 años 1 a 3 años Se vincula a un acto de
ILEGÍTIMAS 1/3 agravante Agravada en 1/3 corrupción
228 CONTRIBUCIONESY VENTAJAS 3 a 8 años Es incorporadomediante
Bis ILEGÍTIMAS DE LA SERVIDORA O la Ley N° 004
SERVIDOR PÚBLICO
229 SOCIEDADES O ASOCIACIONES 6 meses a 3 años 1 a 4 años
FICTICIAS 100 a 500 días 100 a 500 días
3 a 8 años si es servidor
publico
30 a 100 días
IAS LIBERACIONES O 30 a 300 días multa 3 a 8 años Agravada en 1/3
S ILEGALES
44. • Proc
de C
Inclusiones y Modificaciones al Código de
Procedimiento Penal, Código Civil y Ley
Orgánica del Ministerio Público
• Art. 36 <inclusión de Artículos en el Código
Procedimiento Penal
Imprescriptibilidad
Prosecución del Juicio en Rebeldía
Recuperación de Bienes en el Extranjero
de
•
•
•
• Trámite de Incautación en delitos de Corrupción
edimiento de Juicio Oral en rebeldía por delitos
orrupción
45. Min
esp
dep
Inclusiones y Modificaciones al Código de
Procedimiento Penal, Código Civil y Ley
Orgánica del Ministerio Público
•
•
•
•
•
Art. 39 Modificaciones al Código Civil
Excepciones en cuanto a
Anotación Preventiva de
Término de la Anotación
la prescripción
Registros
Preventiva
Art. 40 Inclusión en la Ley Orgánica del
isterio Público, la designación de fiscales
ecializados en corrupción en cada
artamento
46. Incluir
en las
Sistem
denunc
CONVENCIÓN
INTERAMERICANA
CONTRA
LA CORRUPCIÓN
CONVENCIÓN DE
NACIONES UNIDAS
CONTRA
LA CORRUPCIÓN
Recomendaciones: Con la Ley:
Contar con órganos o instancias de
prevención y LCC.
Consejo Nacional de Lucha CC.
Promover la participación de la
sociedad civil en la prevención y
combate de la corrupción
Control social
Sancionar con severidad los delitos
de corrupción
Agravación de penas
delitos que se encuentran ya
convenciones
Nuevos delitos incluidos
a de protección de
iantes y testigos
Art. 17 de la ley
Prevención de lavado de activos UIF especializada