REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA
EDUCACIÓN UNIVERSITARIA
UNIVERSIDAD YACAMBÚ
CUMPLIMIENTO E INCUMPLIMIENTO DE
LAS OBLIGACIONES
“Teoría General de las Obligaciones”
Participantes:
Norimar Álvarez. C.I: 15. 985. 478
Expediente: CJP – 002-00416V
TJC-0753 ED0D0V
Junio, 2016
CUMPLIMIENTO DE
LAS OBLIGACIONES
CUMPLIMIENTO DE
LAS OBLIGACIONES
CAUSA MÁS
NORMAL DE
EXTINCIÓN DE
LAS
OBLIGACIONES
FORMAS DE
CUMPLIMIENTO
ES LA REALIZACIÓN
EFECTIVA DE LA
PRESTACIÓN DEBIDA
Fundamentación Legal
Artículos 1.264- 1.372 Código
Civil Venezolano
•VOLUNTARIO
•FORZOSO
PRINCIPIOS
GENERALES DE
CUMPLIMIENTO
PUNTO DE VISTA DE LA
EJECUCIÓN DE LA
PRESTACIÓN TAL COMO SE
CONTRAJO
A) CUMPLIMIENTO O
EJECUCIÓN EN ESPECIE
B) CUMPLIMIENTO POR
EQUIVALENTE.
PUNTO DE VISTA DE LA
VOLUNTARIEDAD EN EL
CUMPLIMIENTO :
A) CUMPLIMIENTO
VOLUNTARIO
PUNTO DE VISTA DE LA
PERSONA QUE EJECUTA LA
OBLIGACIÓN
A) CUMPLIMIENTO DIRECTO O
EJECUCIÓN DIRECTA. ES EL QUE
ES REALIZADO POR LA PERSONA
DEL DEUDOR.
B) CUMPLIMIENTO INDIRECTO O
EJECUCIÓN INDIRECTA. ES
AQUELLA QUE ES REALIZADA
POR UNA PERSONA O MEDIOS
DISTINTOS AL DEUDOR QUE LA
CONTRAJO
Según su naturaleza propia: total o parcial
TOTAL: Ejecución absoluta de la obligación, incumplimiento por
excelencia.
PARCIAL: Ejecución en parte de la obligación, produce efectos
según la magnitud, corresponde al juez determinar la gravedad.
Según su naturaleza propia: total o parcial
TOTAL: Ejecución absoluta de la obligación, incumplimiento por
excelencia.
PARCIAL: Ejecución en parte de la obligación, produce efectos
según la magnitud, corresponde al juez determinar la gravedad.
Según su duración: Permanente o definitivo y temporal
PERMANENTE: inejecución definitiva de la obligación es
permanente e inmutable.
TEMPORAL: retardo en la ejecución de la obligación
Según su duración: Permanente o definitivo y temporal
PERMANENTE: inejecución definitiva de la obligación es
permanente e inmutable.
TEMPORAL: retardo en la ejecución de la obligación
Según las causas que lo originen:
INCUMPLIMIENTO INVOLUNTARIO: inejecución de la obligación
por hechos, obstáculos o causas sobrevenidas después del
nacimiento de la obligación y no dependen de la voluntad del
deudor y por lo tanto no se le puede imputar-
INCUMPLIMIENTO VOLUNTARIO: es denominado culposo, es la
inejecución de la obligación motivado a causas imputables al
deudor.
Según las causas que lo originen:
INCUMPLIMIENTO INVOLUNTARIO: inejecución de la obligación
por hechos, obstáculos o causas sobrevenidas después del
nacimiento de la obligación y no dependen de la voluntad del
deudor y por lo tanto no se le puede imputar-
INCUMPLIMIENTO VOLUNTARIO: es denominado culposo, es la
inejecución de la obligación motivado a causas imputables al
deudor.ES LA INEJECUCIÓN DE LA MISMA
QUE PUEDE SER TOTAL O
PARCIAL, PERMANENTE O
TEMPORAL DEBIDO A HECHOS
IMPUTABLES AL DEUDOR O A
CAUSAS EXTRAÑAS NO
IMPUTABLE AL DEUDOR.
ES LA INEJECUCIÓN DE LA MISMA
QUE PUEDE SER TOTAL O
PARCIAL, PERMANENTE O
TEMPORAL DEBIDO A HECHOS
IMPUTABLES AL DEUDOR O A
CAUSAS EXTRAÑAS NO
IMPUTABLE AL DEUDOR.
INCUMPLIMIENTO VOLUNTARIO O
CULPOSO
INCUMPLIMIENTO VOLUNTARIO O
CULPOSO
Es la inejecución de la obligación
motivada por un obstáculo o causa
que es o se considera por el
legislador imputable al deudor.
El culposo: Viene dado
por el dolo (intención) y
por lo tanto la culpa es
imputable al deudor.
Voluntario: viene dado
tanto por circunstancias
imputables al deudor o
por otras circunstancias
no imputables.
ELEMENTOSELEMENTOS
Elementos del Incumplimiento
•OBJETIVA: Inejecución total de la
obligación. (Art. 1.271 CC)
•SUBJETIVA: la culpa, la violación
a una obligación preexistente.
MORA: el retraso en el
cumplimiento de una obligación ó
deber
INCUMPLIMIENTO CULPOSO DE
OBLIGACIONES CONTRACTUALES Y
EXTRACONTRACTUALES
INCUMPLIMIENTO CULPOSO DE
OBLIGACIONES CONTRACTUALES: Es el
incumplimiento de una obligación nacida de un
contrato, sin la intención de incumplir con tal
contrato.
INCUMPLIMIENTO CULPOSO DE
OBLIGACIONES EXTRACONTRACTUALES:
Surge cuando el daño o perjuicio causado no
tiene su origen en una relación contractual, sino
en cualquier otro tipo de actividad, es decir,
aquella que existe cuando una persona causa,
por sí misma, por medio de otra, por una cosa de
su propiedad o de que se sirve, un daño a otra
persona, respecto de la cual no estaba ligada por
un vínculo obligatorio anterior relacionado con el
daño producido
.
Es el incumplimiento doloso
o culpable del deudor a su
debido tiempo o la no
aceptación de la prestación
que constituye el objeto de
la obligación por parte del
acreedor.
LAS CLASES DE MORA:
Según los sujetos de la
obligación:
Mora Accipiendi, mora del
acreedor
Mora Solvendi, mora del
deudor
MORA DEL DEUDOR:
Es el retraso doloso o al
menos culpable, por parte
del deudor en el
cumplimiento de la
obligación a su debido
tiempo y lugar.
REQUISITOS
• Que el derecho de crédito fuese valido
conforme a la ley
• Que exista una acción civil para poder
reclamar el cumplimiento del deudor
• Que la obligación fuese de plazo vencido
• Que el deudor haya sido notificado por el
acreedor a su debido tiempo
EFECTOS EXTINCIÓN
•Cuando la cosa debida es un cuerpo
cierto, se encuentra a riesgo del
deudor desde el momento en que
este cae en mora.
•Si la deuda es un cantidad de
dinero, el deudor debe desde el
momento de la mora, los intereses al
tipo legal
•Cuando el deudor paga la mora
•Cuando las partes de común acuerdo
así lo exigen.
•Cuando el deudor realiza una oferta
real de pago y el acreedor lo acepta.
Cuando el acreedor da una prórroga
para el cumplimiento de la obligación
MORA DEL ACREEDOR:
Es el retraso doloso o al
menos culpable del
acreedor, al no aceptar por
parte del deudor el
cumplimiento de la
obligación
REQUISITOS
•Que el acreedor retarde, por dolo o culpa,
injustamente la ejecución de la obligación, es
decir, rechaza los ofrecimientos regulares de
pago.
Es preciso que se hayan hecho ofrecimientos
valederos y que pueden ser realizados por toda
persona que tenga derecho a pagar hechos a
quien es capaz de recibir el pago
EFECTOS EXTINCIÓN
Todos los riesgos
corren por cuenta del
acreedor.
Debe reparar todos los
daños y perjuicios que
como consecuencia de
la mora se le
ocasionaron al deudor.
Cuando el acreedor está
dispuesto a recibir el
pago.
Cuando el acreedor y el
deudor convienen en
extinguir dicha mora
INCUMPLIMIENTO
INVOLUNTARIO
Es el incumplimiento que resulta ajeno a su
voluntad, como en el caso del caso fortuito o
fuerza mayor.
Fundamento Legal
ARTICULO 1.271 CÓDIGO CIVIL
INCUMPLIMIENTO
INVOLUNTARIO
Es el incumplimiento que resulta ajeno a su
voluntad, como en el caso del caso fortuito o
fuerza mayor.
Fundamento Legal
ARTICULO 1.271 CÓDIGO CIVIL

Mapa conceptual obligaciones 21

  • 1.
    REPÚBLICA BOLIVARIANA DEVENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA UNIVERSIDAD YACAMBÚ CUMPLIMIENTO E INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES “Teoría General de las Obligaciones” Participantes: Norimar Álvarez. C.I: 15. 985. 478 Expediente: CJP – 002-00416V TJC-0753 ED0D0V Junio, 2016
  • 2.
    CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES CUMPLIMIENTODE LAS OBLIGACIONES CAUSA MÁS NORMAL DE EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES FORMAS DE CUMPLIMIENTO ES LA REALIZACIÓN EFECTIVA DE LA PRESTACIÓN DEBIDA Fundamentación Legal Artículos 1.264- 1.372 Código Civil Venezolano •VOLUNTARIO •FORZOSO PRINCIPIOS GENERALES DE CUMPLIMIENTO PUNTO DE VISTA DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN TAL COMO SE CONTRAJO A) CUMPLIMIENTO O EJECUCIÓN EN ESPECIE B) CUMPLIMIENTO POR EQUIVALENTE. PUNTO DE VISTA DE LA VOLUNTARIEDAD EN EL CUMPLIMIENTO : A) CUMPLIMIENTO VOLUNTARIO PUNTO DE VISTA DE LA PERSONA QUE EJECUTA LA OBLIGACIÓN A) CUMPLIMIENTO DIRECTO O EJECUCIÓN DIRECTA. ES EL QUE ES REALIZADO POR LA PERSONA DEL DEUDOR. B) CUMPLIMIENTO INDIRECTO O EJECUCIÓN INDIRECTA. ES AQUELLA QUE ES REALIZADA POR UNA PERSONA O MEDIOS DISTINTOS AL DEUDOR QUE LA CONTRAJO
  • 3.
    Según su naturalezapropia: total o parcial TOTAL: Ejecución absoluta de la obligación, incumplimiento por excelencia. PARCIAL: Ejecución en parte de la obligación, produce efectos según la magnitud, corresponde al juez determinar la gravedad. Según su naturaleza propia: total o parcial TOTAL: Ejecución absoluta de la obligación, incumplimiento por excelencia. PARCIAL: Ejecución en parte de la obligación, produce efectos según la magnitud, corresponde al juez determinar la gravedad. Según su duración: Permanente o definitivo y temporal PERMANENTE: inejecución definitiva de la obligación es permanente e inmutable. TEMPORAL: retardo en la ejecución de la obligación Según su duración: Permanente o definitivo y temporal PERMANENTE: inejecución definitiva de la obligación es permanente e inmutable. TEMPORAL: retardo en la ejecución de la obligación Según las causas que lo originen: INCUMPLIMIENTO INVOLUNTARIO: inejecución de la obligación por hechos, obstáculos o causas sobrevenidas después del nacimiento de la obligación y no dependen de la voluntad del deudor y por lo tanto no se le puede imputar- INCUMPLIMIENTO VOLUNTARIO: es denominado culposo, es la inejecución de la obligación motivado a causas imputables al deudor. Según las causas que lo originen: INCUMPLIMIENTO INVOLUNTARIO: inejecución de la obligación por hechos, obstáculos o causas sobrevenidas después del nacimiento de la obligación y no dependen de la voluntad del deudor y por lo tanto no se le puede imputar- INCUMPLIMIENTO VOLUNTARIO: es denominado culposo, es la inejecución de la obligación motivado a causas imputables al deudor.ES LA INEJECUCIÓN DE LA MISMA QUE PUEDE SER TOTAL O PARCIAL, PERMANENTE O TEMPORAL DEBIDO A HECHOS IMPUTABLES AL DEUDOR O A CAUSAS EXTRAÑAS NO IMPUTABLE AL DEUDOR. ES LA INEJECUCIÓN DE LA MISMA QUE PUEDE SER TOTAL O PARCIAL, PERMANENTE O TEMPORAL DEBIDO A HECHOS IMPUTABLES AL DEUDOR O A CAUSAS EXTRAÑAS NO IMPUTABLE AL DEUDOR.
  • 4.
    INCUMPLIMIENTO VOLUNTARIO O CULPOSO INCUMPLIMIENTOVOLUNTARIO O CULPOSO Es la inejecución de la obligación motivada por un obstáculo o causa que es o se considera por el legislador imputable al deudor. El culposo: Viene dado por el dolo (intención) y por lo tanto la culpa es imputable al deudor. Voluntario: viene dado tanto por circunstancias imputables al deudor o por otras circunstancias no imputables. ELEMENTOSELEMENTOS Elementos del Incumplimiento •OBJETIVA: Inejecución total de la obligación. (Art. 1.271 CC) •SUBJETIVA: la culpa, la violación a una obligación preexistente. MORA: el retraso en el cumplimiento de una obligación ó deber INCUMPLIMIENTO CULPOSO DE OBLIGACIONES CONTRACTUALES Y EXTRACONTRACTUALES INCUMPLIMIENTO CULPOSO DE OBLIGACIONES CONTRACTUALES: Es el incumplimiento de una obligación nacida de un contrato, sin la intención de incumplir con tal contrato. INCUMPLIMIENTO CULPOSO DE OBLIGACIONES EXTRACONTRACTUALES: Surge cuando el daño o perjuicio causado no tiene su origen en una relación contractual, sino en cualquier otro tipo de actividad, es decir, aquella que existe cuando una persona causa, por sí misma, por medio de otra, por una cosa de su propiedad o de que se sirve, un daño a otra persona, respecto de la cual no estaba ligada por un vínculo obligatorio anterior relacionado con el daño producido .
  • 5.
    Es el incumplimientodoloso o culpable del deudor a su debido tiempo o la no aceptación de la prestación que constituye el objeto de la obligación por parte del acreedor. LAS CLASES DE MORA: Según los sujetos de la obligación: Mora Accipiendi, mora del acreedor Mora Solvendi, mora del deudor MORA DEL DEUDOR: Es el retraso doloso o al menos culpable, por parte del deudor en el cumplimiento de la obligación a su debido tiempo y lugar. REQUISITOS • Que el derecho de crédito fuese valido conforme a la ley • Que exista una acción civil para poder reclamar el cumplimiento del deudor • Que la obligación fuese de plazo vencido • Que el deudor haya sido notificado por el acreedor a su debido tiempo EFECTOS EXTINCIÓN •Cuando la cosa debida es un cuerpo cierto, se encuentra a riesgo del deudor desde el momento en que este cae en mora. •Si la deuda es un cantidad de dinero, el deudor debe desde el momento de la mora, los intereses al tipo legal •Cuando el deudor paga la mora •Cuando las partes de común acuerdo así lo exigen. •Cuando el deudor realiza una oferta real de pago y el acreedor lo acepta. Cuando el acreedor da una prórroga para el cumplimiento de la obligación MORA DEL ACREEDOR: Es el retraso doloso o al menos culpable del acreedor, al no aceptar por parte del deudor el cumplimiento de la obligación REQUISITOS •Que el acreedor retarde, por dolo o culpa, injustamente la ejecución de la obligación, es decir, rechaza los ofrecimientos regulares de pago. Es preciso que se hayan hecho ofrecimientos valederos y que pueden ser realizados por toda persona que tenga derecho a pagar hechos a quien es capaz de recibir el pago EFECTOS EXTINCIÓN Todos los riesgos corren por cuenta del acreedor. Debe reparar todos los daños y perjuicios que como consecuencia de la mora se le ocasionaron al deudor. Cuando el acreedor está dispuesto a recibir el pago. Cuando el acreedor y el deudor convienen en extinguir dicha mora
  • 6.
    INCUMPLIMIENTO INVOLUNTARIO Es el incumplimientoque resulta ajeno a su voluntad, como en el caso del caso fortuito o fuerza mayor. Fundamento Legal ARTICULO 1.271 CÓDIGO CIVIL
  • 7.
    INCUMPLIMIENTO INVOLUNTARIO Es el incumplimientoque resulta ajeno a su voluntad, como en el caso del caso fortuito o fuerza mayor. Fundamento Legal ARTICULO 1.271 CÓDIGO CIVIL