1. La aplicación estricta de las medidas de seguridad para joyerías a establecimientos de bisutería y complementos sería desproporcionada. 2. Solo cuando exista un riesgo concreto para la seguridad ciudadana debido al valor de los objetos expuestos, se podrán imponer medidas de seguridad individualizadas a estos establecimientos. 3. Los establecimientos de joyería y platería pueden solicitar una dispensa parcial o total de las medidas de seguridad si su volumen de negocio es redu