Este documento analiza la normativa sobre la prestación de servicios de seguridad privada en centros militares. Explica que la ley establece que estos servicios deben prestarse generalmente sin armas, aunque permite el uso de armas en circunstancias específicas. Analiza la normativa y concluye que los servicios de seguridad en instalaciones militares deben prestarse necesariamente con armas debido a la naturaleza peligrosa de dichas instalaciones. Recomienda instar a las empresas a ajustar sus contratos a la norm