P á g i n a 1 | 4
Derecho Pocesal Cilvil I
Medios de Prueba
Abog. Elisa Speers
Nelsy Yolanda Hernandes Figueroa
202002195
P á g i n a 2 | 4
Medios de Pruebas
Son medios de prueba admisibles en el proceso civil los siguientes:
a) Interrogatorio de las partes.
El interrogatorio de las parteslitigantes constituye una prueba esencialen eldesarrollo de la actividad probatoria,
y es la declaración que ante eltribunal efectúanlas partessobre hechos y circunstancias de los que tengan noticia
y que guarden relación con el objeto del proceso.
Ejemplo, La parte demanda y la demandante tienen que dar su versión de los hechos en la audiencia de medios
de prueba.
b) Documentos públicos.
Documento público es elotorgado por elfuncionario público en ejercicio de sus funciones o con su intervención.
Así mismo, es público el documento otorgado por un particular en ejercicio de funciones públicas o con su
intervención. Cuando consiste en un escrito autorizado o suscrito por el respectivo funcionario, es instrumento
público; cuando es autorizado por un notario o quien haga sus veces y ha sido incorporado en el respectivo
protocolo, se denomina escritura pública.
Las partes tienen que proporcionar todo tipo de documentos públicos que sean necesarios para esclarecer el
litigio.
Ejemplo: Certificados de Nacimiento
c) Documentos privados.
El documento privado es aquel documento que no cumple los requisitos del documento público, es decir, es un
documento que no ha sido elaborado por un funcionario público, ni ha habido intervención de éste para su
elaboración.
Los documentos privados son aquellos que elaboran los particulares en ejercicio de sus actividades.
Un documento privado es aquel documento realizado entre particulares en el que no ha intervenido ningún
funcionario público o autoridad pública.
Las partes tienen que proporcionar todo tipo de documentos privados que sean necesarios para esclarecer el
litigio, estos tienen que ser autenticados.
Ejemplo, un Documento Jurado debidamente autenticado.
P á g i n a 3 | 4
d) Medios técnicos de reproducción del sonido y de la imagen, e instrumentos técnicos que permitan
archivar y conocer o reproducir palabras, datos, cifras y operaciones matemáticas llevadas a cabo.
Medio de prueba consistente en la reproducción ante el tribunal de palabras, imágenes y sonidos registrados
mediante instrumentos técnicos de filmación, grabación u otros semejantes, así como de los dispositivos que
permitan archivar o reproducir datos, palabras, cifras u operaciones matemáticas, llevadas a cabo con fines
contables o de cualquier otra clase,y que resulten necesarioso convenientes para acreditarlos hechos invocados.
e) Testifical.
Consistente en la manifestación de una persona, que no es parte en el proceso, para hacer constar datos
fidedignos o susceptibles de ser empleados para demostrar y hacer patente la verdad o falsedad de algo que se
alega en la causa.
Hay testigo que presenciaron los hechos y otros que se enteraron.
Ejemplo: Cuando alguien presencia un asesinato es una testigo clave.
f) Peritaje.
Las Pruebas Periciales son la forma de introducir los conceptos técnicos o científicos de un caso en su
investigación. Se trata de documentos y estudios que recogen pruebas para esclarecer los hechos.
Contar con este tipo de pruebas de cara a un procedimiento judicial o de reclamación es de vital importancia
para demostrar lo sucedido.
Los perritos son los expertos de una determinada materia.
Ejemplo; los de medicina forense.
g) Reconocimiento judicial.
Medio de prueba que consiste en el examen personal del juez, de algún lugar, objeto o persona, cuando para el
esclarecimiento y apreciación de los hechos resulte necesario o conveniente, y al que podrán comparecer a
instancia de la parte interesada personas técnicas o prácticas en la materia, peritos o testigos.
Las partes tienen que solicitar el reconocimiento judicial, cuando vean que es de suma importancia.
Ejemplo: si se necesita los datos internos de una empresa, la parte interesada tienen que solicitar al juez.
P á g i n a 4 | 4
.

MEDIOS DE PRUEBA.docx

  • 1.
    P á gi n a 1 | 4 Derecho Pocesal Cilvil I Medios de Prueba Abog. Elisa Speers Nelsy Yolanda Hernandes Figueroa 202002195
  • 2.
    P á gi n a 2 | 4 Medios de Pruebas Son medios de prueba admisibles en el proceso civil los siguientes: a) Interrogatorio de las partes. El interrogatorio de las parteslitigantes constituye una prueba esencialen eldesarrollo de la actividad probatoria, y es la declaración que ante eltribunal efectúanlas partessobre hechos y circunstancias de los que tengan noticia y que guarden relación con el objeto del proceso. Ejemplo, La parte demanda y la demandante tienen que dar su versión de los hechos en la audiencia de medios de prueba. b) Documentos públicos. Documento público es elotorgado por elfuncionario público en ejercicio de sus funciones o con su intervención. Así mismo, es público el documento otorgado por un particular en ejercicio de funciones públicas o con su intervención. Cuando consiste en un escrito autorizado o suscrito por el respectivo funcionario, es instrumento público; cuando es autorizado por un notario o quien haga sus veces y ha sido incorporado en el respectivo protocolo, se denomina escritura pública. Las partes tienen que proporcionar todo tipo de documentos públicos que sean necesarios para esclarecer el litigio. Ejemplo: Certificados de Nacimiento c) Documentos privados. El documento privado es aquel documento que no cumple los requisitos del documento público, es decir, es un documento que no ha sido elaborado por un funcionario público, ni ha habido intervención de éste para su elaboración. Los documentos privados son aquellos que elaboran los particulares en ejercicio de sus actividades. Un documento privado es aquel documento realizado entre particulares en el que no ha intervenido ningún funcionario público o autoridad pública. Las partes tienen que proporcionar todo tipo de documentos privados que sean necesarios para esclarecer el litigio, estos tienen que ser autenticados. Ejemplo, un Documento Jurado debidamente autenticado.
  • 3.
    P á gi n a 3 | 4 d) Medios técnicos de reproducción del sonido y de la imagen, e instrumentos técnicos que permitan archivar y conocer o reproducir palabras, datos, cifras y operaciones matemáticas llevadas a cabo. Medio de prueba consistente en la reproducción ante el tribunal de palabras, imágenes y sonidos registrados mediante instrumentos técnicos de filmación, grabación u otros semejantes, así como de los dispositivos que permitan archivar o reproducir datos, palabras, cifras u operaciones matemáticas, llevadas a cabo con fines contables o de cualquier otra clase,y que resulten necesarioso convenientes para acreditarlos hechos invocados. e) Testifical. Consistente en la manifestación de una persona, que no es parte en el proceso, para hacer constar datos fidedignos o susceptibles de ser empleados para demostrar y hacer patente la verdad o falsedad de algo que se alega en la causa. Hay testigo que presenciaron los hechos y otros que se enteraron. Ejemplo: Cuando alguien presencia un asesinato es una testigo clave. f) Peritaje. Las Pruebas Periciales son la forma de introducir los conceptos técnicos o científicos de un caso en su investigación. Se trata de documentos y estudios que recogen pruebas para esclarecer los hechos. Contar con este tipo de pruebas de cara a un procedimiento judicial o de reclamación es de vital importancia para demostrar lo sucedido. Los perritos son los expertos de una determinada materia. Ejemplo; los de medicina forense. g) Reconocimiento judicial. Medio de prueba que consiste en el examen personal del juez, de algún lugar, objeto o persona, cuando para el esclarecimiento y apreciación de los hechos resulte necesario o conveniente, y al que podrán comparecer a instancia de la parte interesada personas técnicas o prácticas en la materia, peritos o testigos. Las partes tienen que solicitar el reconocimiento judicial, cuando vean que es de suma importancia. Ejemplo: si se necesita los datos internos de una empresa, la parte interesada tienen que solicitar al juez.
  • 4.
    P á gi n a 4 | 4 .