SlideShare una empresa de Scribd logo
La expresión “introducir válidamente el elemento probatorio a los fines de su
posterior valoración”, nos advierte que esta actividad se desarrolla en dos
momentos, uno práctico y otro crítico, a los que nos referiremos más adelante.-

Surge, entonces, la necesidad de conocer cómo se lo introduce “validamente”,
que es el “elemento probatorio”, quien lo produce y para qué, lo que nos lleva a
los conceptos de medio de prueba, elemento de prueba, órgano de prueba y
objeto de prueba.-

                  a)-“Medios de prueba” son los procedimientos establecidos por
la ley, o admitidos por la jurisprudencia, para introducir válidamente al proceso el
elemento de prueba.- Por regla general, los códigos procesales regulan
minuciosamente esos trámites, estableciendo requisitos y plazos, que son distintos
según el medio de que se trate (testimonial, confesional, pericial, etc.).-

                  Cabe advertir que no todos los medios de prueba han estado
siempre legislados y algunos de ellos, antes de ser regulados por la ley, fueron
admitidos por la jurisprudencia.

De manera que es admisible cualquier medio de prueba “idóneo y pertinente”, con
lo que ha perdido vigencia la vieja discusión acerca de si los legislados
constituían, o no, un “número clausus”.-

                  b)-“Elemento de prueba” es el dato capaz de producir en el
juzgador un conocimiento cierto o probable acerca del objeto de prueba.-Este
“dato” ha de ser de tal entidad que produzca en el juzgador no solamente
conocimiento sino también un convencimiento acerca de la existencia o
inexistencia del objeto de prueba y, en su caso, de las circunstancias que lo
rodean.-A modo de ejemplo, hay “elemento de prueba” en el dicho del testigo que
describe la forma en que se produjo el accidente de tránsito que se debate en el
proceso porque es apto para hacer conocer y convencer al juez acerca de la
existencia del hecho, pero no lo hay en la declaración de aquel que afirma ignorar
lo que se le pregunta, porque es inapto para producir ese efecto.-

                 c)-“Órgano de prueba” es la persona productora del elemento
de prueba.-Es el testigo cuyo dicho es apto para producir convencimiento, es la
parte que reconoce el hecho afirmado por su adversario, es el experto que
describe los procedimientos científicos o técnicos que ha realizado y que lo llevan
a una determinada conclusión, etc.-

                 Siempre el “órgano de prueba” es una persona física: es el
testigo, sujeto capaz ajeno al conflicto que origina el proceso, que relata lo que
conoce acerca del objeto de prueba; es el informante que elabora y transmite la
información requerida judicialmente, es el documentador, que elabora el
documento que contiene el elemento probatorio y que se incorpora al proceso,
etc.- Se advierte, entonces, que el órgano de prueba es un intermediario entre el
objeto de prueba y el juzgador ya que este no tiene un conocimiento directo y
propio del fundamento fáctico de las pretensiones hechas valer en el proceso (y no
debe tenerlo para preservar su imparcialidad y carencia de prejuicios), sino
indirecto que le es suministrado por aquellos.-

La excepción a lo dicho está dada por la llamada “inspección ocular”, más
correctamente “inspección judicial”, mediante la cual el juez adquiere un
conocimiento directo, lo más objetivo posible, de personas y sus circunstancias, o
de lugares, su ubicación y condiciones.- En este supuesto no hay “órgano de
prueba” porque no hay un intermediario entre el juez y el objeto de prueba

                   d)-“Objeto de prueba” son los hechos, entendidos estos como
toda circunstancia susceptible de apreciación por un tercero, en tanto tengan
significación jurídica y, por consiguiente, sean capaces de producir la adquisición,
modificación o extinción de un derecho.-

                 En el concepto expresado quedan captados y, por tanto, pueden
ser objeto de prueba -considerados abstractamente, esto es, qué se puede probar
en un proceso, sin consideración a ninguno en particular- tanto las personas
físicas como ideales, los estados de ánimo, las condiciones psíquicas, las
conductas humanas, los hechos de la naturaleza, los lugares o espacios físicos,
las cosas u objeto materiales y los acontecimientos futuros en tanto sean factibles
de ocurrir, como por ejemplo, el contraer matrimonio, o la producción de un
incendio.-



En definitiva, considerado en concreto, esto es, con relación a un proceso dado,
son objeto de prueba los hechos afirmados por las partes como fundamento de
sus respectivas pretensiones.-Así, a modo de ejemplo, el acreedor deberá probar
la existencia de la deuda, en tanto el deudor deberá hacerlo con el pago.-Y
también lo serán aquellos que otros que, sin constituir el fundamento de la
pretensión, contengan elementos indiciarios que permitan deducir una presunción
acerca de la existencia o inexistencia del hecho fundante, como por ejemplo, el
largo de la huella de frenada en un accidente de tránsito, que permita deducir la
velocidad a que se desplazaban los vehículos intervinientes.-



www.institutoderechoprocesal.org/biblio_display_cont.cgi?...

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Conceptos Elementalesdel Proceso Civil Uigv[1]
Conceptos Elementalesdel Proceso Civil Uigv[1]Conceptos Elementalesdel Proceso Civil Uigv[1]
Conceptos Elementalesdel Proceso Civil Uigv[1]
guestfb48eae
 
Resumen constitucional para examen fase publica
Resumen constitucional para examen fase publicaResumen constitucional para examen fase publica
Resumen constitucional para examen fase publica
Elizabeth Florian
 
Material interactivo módulo 7 segunda parte
Material interactivo módulo 7 segunda parteMaterial interactivo módulo 7 segunda parte
Material interactivo módulo 7 segunda parte
miltonmora17
 
Principio de oralidad
Principio de oralidadPrincipio de oralidad
Principio de oralidad
AndreaCampos782003
 
Acciones posesoria
Acciones posesoriaAcciones posesoria
Acciones posesoria
Jimmy Argenis
 
La nulidad de cosa juzgada fraudulenta
La nulidad de cosa juzgada fraudulentaLa nulidad de cosa juzgada fraudulenta
La nulidad de cosa juzgada fraudulenta
Oscar Vielich Saavedra
 
El Adulterio, La Bigamia, La Suposición y Supresión del Estado Civil
El Adulterio, La Bigamia, La Suposición  y Supresión del Estado CivilEl Adulterio, La Bigamia, La Suposición  y Supresión del Estado Civil
El Adulterio, La Bigamia, La Suposición y Supresión del Estado Civil
ABDELBONILLA2015
 
La interdiccion en venezuela
La interdiccion en venezuelaLa interdiccion en venezuela
La interdiccion en venezuela
marileida fonseca
 
Delitos contra la fe pública
Delitos contra la fe públicaDelitos contra la fe pública
Delitos contra la fe pública
MARY Forero
 
ENJ-300: Módulo III- curso Estrategia Penal
ENJ-300: Módulo III- curso Estrategia PenalENJ-300: Módulo III- curso Estrategia Penal
ENJ-300: Módulo III- curso Estrategia Penal
ENJ
 
mapa conceptual, nociones básicas del Derecho Internacional Privado
mapa conceptual, nociones básicas del Derecho Internacional Privadomapa conceptual, nociones básicas del Derecho Internacional Privado
mapa conceptual, nociones básicas del Derecho Internacional Privado
RosmaryVizcaya
 
ETAPA POSTULATORIA DEL PROCESO CIVIL - LA DEMANDA
ETAPA POSTULATORIA DEL PROCESO CIVIL - LA DEMANDAETAPA POSTULATORIA DEL PROCESO CIVIL - LA DEMANDA
ETAPA POSTULATORIA DEL PROCESO CIVIL - LA DEMANDA
Ronald Lobaton
 
Demanda impugnacion de paternidad
Demanda impugnacion de paternidad Demanda impugnacion de paternidad
Demanda impugnacion de paternidad
percy flores matias
 
Delitos contra la fe pública final
Delitos contra la fe pública finalDelitos contra la fe pública final
Delitos contra la fe pública final
Jhosi Gomez
 
Error En El Acto JuríDico
Error En El Acto JuríDicoError En El Acto JuríDico
Error En El Acto JuríDico
Lenin Blas
 
Que leyes en venezuela contemplan los medios alternativos de solución de conf...
Que leyes en venezuela contemplan los medios alternativos de solución de conf...Que leyes en venezuela contemplan los medios alternativos de solución de conf...
Que leyes en venezuela contemplan los medios alternativos de solución de conf...
Gabriel E. Muñoz
 
Allanamiento y reconocimiento (1)
Allanamiento y reconocimiento (1)Allanamiento y reconocimiento (1)
Allanamiento y reconocimiento (1)
Karen Pio Saire
 
ENJ-300 El Defensor en la Audiencia Preliminar
ENJ-300 El Defensor en la Audiencia PreliminarENJ-300 El Defensor en la Audiencia Preliminar
ENJ-300 El Defensor en la Audiencia Preliminar
ENJ
 
4 esquema amparo -ley de amparo
4 esquema amparo  -ley de amparo4 esquema amparo  -ley de amparo
4 esquema amparo -ley de amparo
Samuel Sánchez
 
La Prueba en Materia Civil PPT
La Prueba en Materia Civil PPTLa Prueba en Materia Civil PPT
La Prueba en Materia Civil PPT
Lic. David Paíz Pérez
 

La actualidad más candente (20)

Conceptos Elementalesdel Proceso Civil Uigv[1]
Conceptos Elementalesdel Proceso Civil Uigv[1]Conceptos Elementalesdel Proceso Civil Uigv[1]
Conceptos Elementalesdel Proceso Civil Uigv[1]
 
Resumen constitucional para examen fase publica
Resumen constitucional para examen fase publicaResumen constitucional para examen fase publica
Resumen constitucional para examen fase publica
 
Material interactivo módulo 7 segunda parte
Material interactivo módulo 7 segunda parteMaterial interactivo módulo 7 segunda parte
Material interactivo módulo 7 segunda parte
 
Principio de oralidad
Principio de oralidadPrincipio de oralidad
Principio de oralidad
 
Acciones posesoria
Acciones posesoriaAcciones posesoria
Acciones posesoria
 
La nulidad de cosa juzgada fraudulenta
La nulidad de cosa juzgada fraudulentaLa nulidad de cosa juzgada fraudulenta
La nulidad de cosa juzgada fraudulenta
 
El Adulterio, La Bigamia, La Suposición y Supresión del Estado Civil
El Adulterio, La Bigamia, La Suposición  y Supresión del Estado CivilEl Adulterio, La Bigamia, La Suposición  y Supresión del Estado Civil
El Adulterio, La Bigamia, La Suposición y Supresión del Estado Civil
 
La interdiccion en venezuela
La interdiccion en venezuelaLa interdiccion en venezuela
La interdiccion en venezuela
 
Delitos contra la fe pública
Delitos contra la fe públicaDelitos contra la fe pública
Delitos contra la fe pública
 
ENJ-300: Módulo III- curso Estrategia Penal
ENJ-300: Módulo III- curso Estrategia PenalENJ-300: Módulo III- curso Estrategia Penal
ENJ-300: Módulo III- curso Estrategia Penal
 
mapa conceptual, nociones básicas del Derecho Internacional Privado
mapa conceptual, nociones básicas del Derecho Internacional Privadomapa conceptual, nociones básicas del Derecho Internacional Privado
mapa conceptual, nociones básicas del Derecho Internacional Privado
 
ETAPA POSTULATORIA DEL PROCESO CIVIL - LA DEMANDA
ETAPA POSTULATORIA DEL PROCESO CIVIL - LA DEMANDAETAPA POSTULATORIA DEL PROCESO CIVIL - LA DEMANDA
ETAPA POSTULATORIA DEL PROCESO CIVIL - LA DEMANDA
 
Demanda impugnacion de paternidad
Demanda impugnacion de paternidad Demanda impugnacion de paternidad
Demanda impugnacion de paternidad
 
Delitos contra la fe pública final
Delitos contra la fe pública finalDelitos contra la fe pública final
Delitos contra la fe pública final
 
Error En El Acto JuríDico
Error En El Acto JuríDicoError En El Acto JuríDico
Error En El Acto JuríDico
 
Que leyes en venezuela contemplan los medios alternativos de solución de conf...
Que leyes en venezuela contemplan los medios alternativos de solución de conf...Que leyes en venezuela contemplan los medios alternativos de solución de conf...
Que leyes en venezuela contemplan los medios alternativos de solución de conf...
 
Allanamiento y reconocimiento (1)
Allanamiento y reconocimiento (1)Allanamiento y reconocimiento (1)
Allanamiento y reconocimiento (1)
 
ENJ-300 El Defensor en la Audiencia Preliminar
ENJ-300 El Defensor en la Audiencia PreliminarENJ-300 El Defensor en la Audiencia Preliminar
ENJ-300 El Defensor en la Audiencia Preliminar
 
4 esquema amparo -ley de amparo
4 esquema amparo  -ley de amparo4 esquema amparo  -ley de amparo
4 esquema amparo -ley de amparo
 
La Prueba en Materia Civil PPT
La Prueba en Materia Civil PPTLa Prueba en Materia Civil PPT
La Prueba en Materia Civil PPT
 

Similar a Elementos probatorios

12 08 d prob slide share
12 08 d prob slide share12 08 d prob slide share
12 08 d prob slide share
Jose Pastor Perez Tovar
 
Peritaje mayra 2012
Peritaje mayra 2012Peritaje mayra 2012
Peritaje mayra 2012
Angel Blanquillo
 
Obejeto de prueba
Obejeto de pruebaObejeto de prueba
Obejeto de prueba
LUISCORONEL44
 
Tema 14 15 16
Tema 14 15 16Tema 14 15 16
Tema 14 15 16
Kleyner Gutierrez
 
Inspeccion
Inspeccion Inspeccion
Prueba de testigos
Prueba de testigosPrueba de testigos
Prueba de testigos
Patrizia Gonzalez Montanari
 
Trabajo de 1er corte tema 1
Trabajo de 1er corte tema 1Trabajo de 1er corte tema 1
Trabajo de 1er corte tema 1
sylvia franco
 
Actividad 2 presentación (concepto de prueba)
Actividad 2 presentación (concepto de prueba)Actividad 2 presentación (concepto de prueba)
Actividad 2 presentación (concepto de prueba)
MiguelJimnez74
 
Derecho probatorio
Derecho probatorioDerecho probatorio
Derecho probatorio
Nelis Lopez
 
la prueba documental
la prueba documentalla prueba documental
la prueba documental
Ybe Bravo
 
La prueba
La pruebaLa prueba
La prueba
zuly garcia
 
Los Medios Probatorio Modulo II Natalia Galati SP01.pdf
Los Medios Probatorio Modulo II Natalia Galati SP01.pdfLos Medios Probatorio Modulo II Natalia Galati SP01.pdf
Los Medios Probatorio Modulo II Natalia Galati SP01.pdf
NatiiNatiita
 
Teoria general de la prueba1_IAFJSR
Teoria general de la prueba1_IAFJSRTeoria general de la prueba1_IAFJSR
Teoria general de la prueba1_IAFJSR
Mauri Rojas
 
Derecho procesal penal ii semana1 act1
Derecho procesal penal ii semana1 act1Derecho procesal penal ii semana1 act1
Derecho procesal penal ii semana1 act1
taly0202
 
Tarea de la semana 1 actividad 2 derecho procesal ii
Tarea de la semana 1 actividad 2 derecho procesal iiTarea de la semana 1 actividad 2 derecho procesal ii
Tarea de la semana 1 actividad 2 derecho procesal ii
RosendoGuzman1
 
Material interactivo Modulo 12
Material interactivo Modulo 12Material interactivo Modulo 12
Material interactivo Modulo 12
miltonmora17
 
Material interactivo Valoracion de la Prueba
Material interactivo Valoracion de la PruebaMaterial interactivo Valoracion de la Prueba
Material interactivo Valoracion de la Prueba
miltonmora17
 
PTT Actividad_Probatoria_NLPT_Dialogo+JurídicoS7.pdf
PTT Actividad_Probatoria_NLPT_Dialogo+JurídicoS7.pdfPTT Actividad_Probatoria_NLPT_Dialogo+JurídicoS7.pdf
PTT Actividad_Probatoria_NLPT_Dialogo+JurídicoS7.pdf
Juankarlos Tinta
 
Las pruebas en el proceso DIAPOSITIVAS.pptx
Las pruebas en el proceso DIAPOSITIVAS.pptxLas pruebas en el proceso DIAPOSITIVAS.pptx
Las pruebas en el proceso DIAPOSITIVAS.pptx
saraleeg271
 
Prueba
PruebaPrueba

Similar a Elementos probatorios (20)

12 08 d prob slide share
12 08 d prob slide share12 08 d prob slide share
12 08 d prob slide share
 
Peritaje mayra 2012
Peritaje mayra 2012Peritaje mayra 2012
Peritaje mayra 2012
 
Obejeto de prueba
Obejeto de pruebaObejeto de prueba
Obejeto de prueba
 
Tema 14 15 16
Tema 14 15 16Tema 14 15 16
Tema 14 15 16
 
Inspeccion
Inspeccion Inspeccion
Inspeccion
 
Prueba de testigos
Prueba de testigosPrueba de testigos
Prueba de testigos
 
Trabajo de 1er corte tema 1
Trabajo de 1er corte tema 1Trabajo de 1er corte tema 1
Trabajo de 1er corte tema 1
 
Actividad 2 presentación (concepto de prueba)
Actividad 2 presentación (concepto de prueba)Actividad 2 presentación (concepto de prueba)
Actividad 2 presentación (concepto de prueba)
 
Derecho probatorio
Derecho probatorioDerecho probatorio
Derecho probatorio
 
la prueba documental
la prueba documentalla prueba documental
la prueba documental
 
La prueba
La pruebaLa prueba
La prueba
 
Los Medios Probatorio Modulo II Natalia Galati SP01.pdf
Los Medios Probatorio Modulo II Natalia Galati SP01.pdfLos Medios Probatorio Modulo II Natalia Galati SP01.pdf
Los Medios Probatorio Modulo II Natalia Galati SP01.pdf
 
Teoria general de la prueba1_IAFJSR
Teoria general de la prueba1_IAFJSRTeoria general de la prueba1_IAFJSR
Teoria general de la prueba1_IAFJSR
 
Derecho procesal penal ii semana1 act1
Derecho procesal penal ii semana1 act1Derecho procesal penal ii semana1 act1
Derecho procesal penal ii semana1 act1
 
Tarea de la semana 1 actividad 2 derecho procesal ii
Tarea de la semana 1 actividad 2 derecho procesal iiTarea de la semana 1 actividad 2 derecho procesal ii
Tarea de la semana 1 actividad 2 derecho procesal ii
 
Material interactivo Modulo 12
Material interactivo Modulo 12Material interactivo Modulo 12
Material interactivo Modulo 12
 
Material interactivo Valoracion de la Prueba
Material interactivo Valoracion de la PruebaMaterial interactivo Valoracion de la Prueba
Material interactivo Valoracion de la Prueba
 
PTT Actividad_Probatoria_NLPT_Dialogo+JurídicoS7.pdf
PTT Actividad_Probatoria_NLPT_Dialogo+JurídicoS7.pdfPTT Actividad_Probatoria_NLPT_Dialogo+JurídicoS7.pdf
PTT Actividad_Probatoria_NLPT_Dialogo+JurídicoS7.pdf
 
Las pruebas en el proceso DIAPOSITIVAS.pptx
Las pruebas en el proceso DIAPOSITIVAS.pptxLas pruebas en el proceso DIAPOSITIVAS.pptx
Las pruebas en el proceso DIAPOSITIVAS.pptx
 
Prueba
PruebaPrueba
Prueba
 

Elementos probatorios

  • 1. La expresión “introducir válidamente el elemento probatorio a los fines de su posterior valoración”, nos advierte que esta actividad se desarrolla en dos momentos, uno práctico y otro crítico, a los que nos referiremos más adelante.- Surge, entonces, la necesidad de conocer cómo se lo introduce “validamente”, que es el “elemento probatorio”, quien lo produce y para qué, lo que nos lleva a los conceptos de medio de prueba, elemento de prueba, órgano de prueba y objeto de prueba.- a)-“Medios de prueba” son los procedimientos establecidos por la ley, o admitidos por la jurisprudencia, para introducir válidamente al proceso el elemento de prueba.- Por regla general, los códigos procesales regulan minuciosamente esos trámites, estableciendo requisitos y plazos, que son distintos según el medio de que se trate (testimonial, confesional, pericial, etc.).- Cabe advertir que no todos los medios de prueba han estado siempre legislados y algunos de ellos, antes de ser regulados por la ley, fueron admitidos por la jurisprudencia. De manera que es admisible cualquier medio de prueba “idóneo y pertinente”, con lo que ha perdido vigencia la vieja discusión acerca de si los legislados constituían, o no, un “número clausus”.- b)-“Elemento de prueba” es el dato capaz de producir en el juzgador un conocimiento cierto o probable acerca del objeto de prueba.-Este “dato” ha de ser de tal entidad que produzca en el juzgador no solamente conocimiento sino también un convencimiento acerca de la existencia o inexistencia del objeto de prueba y, en su caso, de las circunstancias que lo rodean.-A modo de ejemplo, hay “elemento de prueba” en el dicho del testigo que describe la forma en que se produjo el accidente de tránsito que se debate en el proceso porque es apto para hacer conocer y convencer al juez acerca de la existencia del hecho, pero no lo hay en la declaración de aquel que afirma ignorar lo que se le pregunta, porque es inapto para producir ese efecto.- c)-“Órgano de prueba” es la persona productora del elemento de prueba.-Es el testigo cuyo dicho es apto para producir convencimiento, es la parte que reconoce el hecho afirmado por su adversario, es el experto que describe los procedimientos científicos o técnicos que ha realizado y que lo llevan a una determinada conclusión, etc.- Siempre el “órgano de prueba” es una persona física: es el testigo, sujeto capaz ajeno al conflicto que origina el proceso, que relata lo que conoce acerca del objeto de prueba; es el informante que elabora y transmite la
  • 2. información requerida judicialmente, es el documentador, que elabora el documento que contiene el elemento probatorio y que se incorpora al proceso, etc.- Se advierte, entonces, que el órgano de prueba es un intermediario entre el objeto de prueba y el juzgador ya que este no tiene un conocimiento directo y propio del fundamento fáctico de las pretensiones hechas valer en el proceso (y no debe tenerlo para preservar su imparcialidad y carencia de prejuicios), sino indirecto que le es suministrado por aquellos.- La excepción a lo dicho está dada por la llamada “inspección ocular”, más correctamente “inspección judicial”, mediante la cual el juez adquiere un conocimiento directo, lo más objetivo posible, de personas y sus circunstancias, o de lugares, su ubicación y condiciones.- En este supuesto no hay “órgano de prueba” porque no hay un intermediario entre el juez y el objeto de prueba d)-“Objeto de prueba” son los hechos, entendidos estos como toda circunstancia susceptible de apreciación por un tercero, en tanto tengan significación jurídica y, por consiguiente, sean capaces de producir la adquisición, modificación o extinción de un derecho.- En el concepto expresado quedan captados y, por tanto, pueden ser objeto de prueba -considerados abstractamente, esto es, qué se puede probar en un proceso, sin consideración a ninguno en particular- tanto las personas físicas como ideales, los estados de ánimo, las condiciones psíquicas, las conductas humanas, los hechos de la naturaleza, los lugares o espacios físicos, las cosas u objeto materiales y los acontecimientos futuros en tanto sean factibles de ocurrir, como por ejemplo, el contraer matrimonio, o la producción de un incendio.- En definitiva, considerado en concreto, esto es, con relación a un proceso dado, son objeto de prueba los hechos afirmados por las partes como fundamento de sus respectivas pretensiones.-Así, a modo de ejemplo, el acreedor deberá probar la existencia de la deuda, en tanto el deudor deberá hacerlo con el pago.-Y también lo serán aquellos que otros que, sin constituir el fundamento de la pretensión, contengan elementos indiciarios que permitan deducir una presunción acerca de la existencia o inexistencia del hecho fundante, como por ejemplo, el largo de la huella de frenada en un accidente de tránsito, que permita deducir la velocidad a que se desplazaban los vehículos intervinientes.- www.institutoderechoprocesal.org/biblio_display_cont.cgi?...